Yo no tengo entendido eso, si vas por la segunda titulación, da igual si en la primera te becaron algún año(o todos) o no, ya no tienes acceso a las becas.Hace años que llevo leyendo esto mismo...lo que comentas, Ana63, me parece curioso, estás segura al 100% de ello?Nos puedes pasar un link o algo de la información?
Ahora, el caso de Mnieves es más complicado ya que no tiene la primera titulación finalizada aún.No sabría que decir, igual sería mejor ponerte en contacto con MEC y cerciorarte.
Son cosas distintas. Una cosa es tener ya el título de grado o licenciatura becado; otra es cambiarte de estudios, o acceder a otra titulación sin haberte becado la primera (total o parcialmente), y poder o no pedir beca en esta nueva situación. El RD que regula el tema de las becas una vez introducido el Plan Boloña es este, aunque en el ámbito de lo que estamos hablando no hay cambios respecto de la Ley 6/2001, que introdujo el nuevo plan de educación:
No puedes ver los enlaces.
Register or
LoginEl art 4, punto 1 a) dice exactamente lo que tú has puesto:
Artículo 4. Condiciones de los beneficiarios.
1. Para ser beneficiario de las becas y ayudas al estudio reguladas en este real decreto será preciso:
a) No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca o ayuda.A esto me refería cuando escribí que "no te becan dos veces por los mismos estudios".
Pero luego, el art 24, (4 y 5) regula las condiciones para disfrutar de la condición de becario en casos de cambios de estudios o de planes de estudios:
4. Cuando se produzca un cambio de estudios universitarios cursados total o parcialmente con condición de becario, no podrá obtenerse ninguna beca en los nuevos estudios hasta que el número de cursos matriculados en éstos sea superior al número de años en que se disfrutó de beca en los estudios abandonados.
5. En el supuesto de cambio de estudios cursados totalmente sin condición de becario, se considerará a estos efectos como rendimiento académico que debe cumplir el solicitante para obtener beca en los nuevos estudios, el requisito académico que hubiera debido obtener en el último curso de los estudios abandonados, con excepción de los alumnos que concurran a mejorar la nota de la prueba de acceso a la universidad que podrán hacer uso de esta última calificación.
6. No se considerarán cambios de estudios las adaptaciones a nuevos planes de las mismas enseñanzas, debiendo, en todo caso, el alumno cumplir los requisitos académicos establecidos con carácter general.La duda surge a partir del punto 4, porque dice "cuando se produzca un cambio de estudios
cursados total o parcialmente" y también el punto 5, ya que refiere a "estudios cursados
totalmente", de lo cual se podría deducir, y es mi interpretación, que si has estudiado "totalmente" un plan sin disfrutar de beca, estos estudios podrían servir como nota media para otros estudios nuevos, a efectos de poder obtener beca.
Yo interpreto aquí que, si por ejemplo tienes una licenciatura y quieres acceder a un grado, y o te becaron en la licenciatura, aunque la tengas terminada, podrías acceder a la beca igualmente.
Claro, es una interpretación. Lo mejor, si se da el caso, sería consultarlo y ver qué interpretación real se hace en la UNED para poder atenerse a ella.
Saludos