Mi opinión como estudiante es la siguiente:
1- el documento notarial de tu padre es revocable, por tanto, hay que ver si llegado el caso, existe o no el documento.
Si existe el documento, éste será utilizado por algunas de sus tutoras para tomar decisiones tales como tratamientos, consentimiento para que lo operen, para que administre sus bienes etc., pero eso no te exonera de la obligación de alimentista que te confiere en el CC y, por tanto, sus tutoras (en caso de incapacitacion) estarían legitimadas para reclamar a sus hijos la pensión alimenticia.
2- Si le niegan sus hijos el alimento, creo que la única consecuencia sería la desheredación (pero no sé si algo más)
Saludos