;

Autor Tema: Agún entendido en herencias, necesito ayuda  (Leído 1755 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado carmona45

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 4
  • Registro: 16/11/15
  • www.uned-derecho.com
Agún entendido en herencias, necesito ayuda
« en: 16 de Noviembre de 2015, 20:54:20 pm »
El caso es que mi madre tenía un dinero en un banco procedente de la herencia de mi abuela (su madre). Ese dinero siempre estuvo a su nombre, sólo al suyo. Ahora ha fallecido sin testamento y en gananciales (mi padre aún vive), teniendo 2 hijas, ¿ quién hereda y qué porcentajes?

Gracias de antemano.


Desconectado eruiz471

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 384
  • Registro: 16/02/13
  • www.uned-derecho.com
Re:Agún entendido en herencias, necesito ayuda
« Respuesta #1 en: 18 de Noviembre de 2015, 08:40:16 am »
Buenos días, Carmona
Hay que partir de la base de que el bien es privativo, pues se incluyen en estos bienes las donaciones y los bienes dejados en testamento.
Las donaciones efectuadas a uno de los cónyuges, bien inter vivos o por testamento son privativos (art. 1346. 1º y 2º CC)

En cuanto a la donación de dinero, si se acredita que se donó a uno sólo de los cónyuges, el bien es privativo. Según STS 10-10-00, se endendió que una donación hecha por un padre a su hija no puede interpretarse que haya de entenderse hecha también a su esposo.

Cuando no existe testamento, el cónyuge viudo sólo tiene derecho a la “cuota legal usufructuaria”

Según dispone el art. 834 el cónyuge viudo no separado judicialmente o de hecho tendrá la condición de legitimario, y como tal, tendrá reconocido un derecho de usufructo parcial sobre la herencia con independencia de la concurrencia o no de descendientes. Dicha circunstancia, no afecta a la existencia del derecho en si, sino que hará variar el contenido del derecho en función de la cuota sobre la herencia aplicable al caso. A diferencia de la legítima de los descendientes, el viudo tendrá en principio un derecho de usufructo parcial sobre los bienes de la herencia

Este derecho de usufructo es variable mayor o menor dependiendo de con quien concurra el viudo a la herencia. Si en este caso tu padre concurre contigo y tu hermana, tendrá derecho a 1/3 en usufructo de la masa hereditaria, los otros dos tercios a repartirolos.

Ahora bien, este derecho de usufructo es conmutable, es decir se  puede pactar que en vez del usufructo, se de a tu padre dinero u otros bienes o una renta equivalente al valor del usufructo. Esta conmutación debe tener el acuerdo tanto de tu padre, como el tuyo y de tu hermana.

Si alguien puede aportar o corregir, todos aprenderemos.
Saludos
!Athletic beti zurequin!

Desconectado velypereira

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 1026
  • Registro: 24/08/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Agún entendido en herencias, necesito ayuda
« Respuesta #2 en: 18 de Noviembre de 2015, 14:03:34 pm »
Nuda propiedad las dos hijas a partes iguales del total de la herencia.
Usufructo 1/3 de la herencia para el padre.
El usufructo es valorable económicamente y así lo veréis al hacer el pago del impuesto de sucesiones.

Desconectado carmona45

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 4
  • Registro: 16/11/15
  • www.uned-derecho.com
Re:Agún entendido en herencias, necesito ayuda
« Respuesta #3 en: 09 de Diciembre de 2015, 20:26:13 pm »
A ver si lo he entendido bien.

Estoy hablando sólo de ese dinero que recibió mi madre en herencia y que como herencia, creo que no entra en bienes gananciales. A parte del resto bienes, ese dinero en concreto, sería para mi hermana y para mi a partes iguales o también entraría mi padre? me corresponde 1/2 o 1/3?

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:Agún entendido en herencias, necesito ayuda
« Respuesta #4 en: 10 de Diciembre de 2015, 21:00:25 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
A ver si lo he entendido bien.

Estoy hablando sólo de ese dinero que recibió mi madre en herencia y que como herencia, creo que no entra en bienes gananciales. A parte del resto bienes, ese dinero en concreto, sería para mi hermana y para mi a partes iguales o también entraría mi padre? me corresponde 1/2 o 1/3?

Los bienes privativos no forman parte de los bienes gananciales, con lo cual para tu padre no sería nada en usufructo, sólo del 50 por ciento de los gananciales, sería para vosotros a partes iguales, si tu madre no ha dispuesto otra cosa.

Ahora bien, en una cartilla, de lo que se puede disponer perfectamente de los ahorros en vida, y en la que constan como autorizados los hijos, ¿qué problema existe para que se pueda sacar dinero aunque sea con el consentimiento de los titulares?

Si la cuestión es el padre, no tiene nada en eso que dices que es por herencia, absolutamente nada.

Saludos y suerte

Desconectado Jufran

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 314
  • Registro: 18/10/10
Re:Agún entendido en herencias, necesito ayuda
« Respuesta #5 en: 11 de Diciembre de 2015, 13:12:05 pm »
Mnieves, siento discrepar en lo que dices sobre “Los bienes privativos no forman parte de los bienes gananciales,…” hasta aquí correcto, ahora bien, no “con lo cual para tu padre no sería nada en usufructo, sólo del 50 por ciento de los gananciales, sería para vosotros a partes iguales, si tu madre no ha dispuesto otra cosa.”; el usufructo viudal es sobre todos los bienes que correspondan al cónyuge fallecido, no importa el origen de estos.

En este caso es como dice velyperreira:
La nuda propiedad las dos hijas a partes iguales del total de la herencia.
Para el padre, el usufructo viudal, esto es, la parte de legítima de mejora que es 1/3 de la herencia, sobre todos los bienes de la madre más el ajuar familiar, de la vivienda habitual, en plena propiedad. 

Desconectado carmona45

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 4
  • Registro: 16/11/15
  • www.uned-derecho.com
Re:Agún entendido en herencias, necesito ayuda
« Respuesta #6 en: 12 de Enero de 2016, 20:32:30 pm »
Me vais a disculpar pero no me ha quedado claro aún  :(

Olvidemos los bienes.... sólo me interesa saber de ese dinero que heredó mi madre de mi abuela, al ser heredado creo que no entra en gananciales. Somos dos hermanas y mi padre. Entonces que nos toca a cada una de nosotras de ese dinero en concreto: ¿1/2, 1/3 o 1/6?

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:Agún entendido en herencias, necesito ayuda
« Respuesta #7 en: 14 de Enero de 2016, 20:52:27 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Me vais a disculpar pero no me ha quedado claro aún  :(

Olvidemos los bienes.... sólo me interesa saber de ese dinero que heredó mi madre de mi abuela, al ser heredado creo que no entra en gananciales. Somos dos hermanas y mi padre. Entonces que nos toca a cada una de nosotras de ese dinero en concreto: ¿1/2, 1/3 o 1/6?

1/2, si no dispone otra cosa en testamento tu madre; y si se produce la sucesión intestada, idem, es para los descendientes, como sois dos, tocáis a la mitad.

Diferente cuestión es que tu madre quiera haceros una donación de ese dinero, que al ser bien privativo lo puede hacer sin el consentimiento de su cónyuge, y que no tendría por qué traerse a colación tras su muerte, ya que entraría en vuestra legítima, que si no se ha tocado el tercio de mejora ni nada del tercio de libre designación, iría a vosotros completa.

Desconectado abogado M

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 2873
  • Registro: 25/05/10
Re:Agún entendido en herencias, necesito ayuda
« Respuesta #8 en: 14 de Enero de 2016, 22:10:27 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
1/2, si no dispone otra cosa en testamento tu madre; y si se produce la sucesión intestada, idem, es para los descendientes, como sois dos, tocáis a la mitad.

Diferente cuestión es que tu madre quiera haceros una donación de ese dinero, que al ser bien privativo lo puede hacer sin el consentimiento de su cónyuge, y que no tendría por qué traerse a colación tras su muerte, ya que entraría en vuestra legítima, que si no se ha tocado el tercio de mejora ni nada del tercio de libre designación, iría a vosotros completa.

   Mira que son ganas de liarse. Que la madre ya se ha muertooooo.......y que no hay testamentooo.
Puigdemont, Forcadell, Trapero...¡TODOS A LA CÁRCEL!

Desconectado abogado M

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 2873
  • Registro: 25/05/10
Re:Agún entendido en herencias, necesito ayuda
« Respuesta #9 en: 14 de Enero de 2016, 22:12:47 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Me vais a disculpar pero no me ha quedado claro aún  :(

Olvidemos los bienes.... sólo me interesa saber de ese dinero que heredó mi madre de mi abuela, al ser heredado creo que no entra en gananciales. Somos dos hermanas y mi padre. Entonces que nos toca a cada una de nosotras de ese dinero en concreto: ¿1/2, 1/3 o 1/6?

   Es que no puedes hablar solo del dinero a menos que sea lo único que hay en la herencia.  Para empezar, ¿Estamos hablando de derecho civil común o foral?
Puigdemont, Forcadell, Trapero...¡TODOS A LA CÁRCEL!

Desconectado carmona45

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 4
  • Registro: 16/11/15
  • www.uned-derecho.com
Re:Agún entendido en herencias, necesito ayuda
« Respuesta #10 en: 18 de Enero de 2016, 19:21:04 pm »
Estamos en Andalucía, creo que aquí no se desarrolla el derecho foral.

Entonces, concretando, estando mi madre muerta y sin haber dejado testamento, el dinero que tenía producto de la herencia de mi abuela, sería para mi hermana y para mi. A mi padre no le pertenece nada de ese dinero, correcto?

Desconectado Drop

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 5113
  • Registro: 01/09/05
Re:Agún entendido en herencias, necesito ayuda
« Respuesta #11 en: 18 de Enero de 2016, 21:02:03 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
A mi padre no le pertenece nada de ese dinero, correcto?

No, no es así.

Tu madre ha dejado una herencia, y en esa herencia entra ese dinero heredado de su madre, más los otros bienes privativos que pudiera tener, más la mitad de los bienes gananciales que tenía con tu padre.

Nótese que si la vivienda era en propiedad, y es bien ganancial, entonces la mitad hay que considerarla parte de la herencia de tu madre.

Sumas ahora el caudal hereditario de tu madre.  Pues bien: si tus padres no estaban separados legalmente o de hecho, a tu padre le corresponde el usufructo de un tercio de ese caudal hereditario.

El usufructo lo podéis sustituir de común acuerdo. Tiene un valor cuantificable en dinero.

Lo saco de No puedes ver los enlaces. Register or Login:

Usufructo vitalicio: 70 % del valor total cuando el usufructuario cuente menos de veinte años, restándose a medida que aumenta la edad, un 1 % por cada año más de diecinueve con el límite mínimo del 10 % del valor total.  Esto es lo mismo que decir: 89 – edad usufructuario = % a aplicar, con un máximo de 70% y mínimo de 10%.

Así que ponte a calcular. En cuanto al valor de la vivienda, no es exactamente el catastral. Puedes echar un vistazo a la Consejería de Hacienda de Andalucía. Mismamente No puedes ver los enlaces. Register or Login.

Calculado el valor del usufructo, eso es lo que le corresponde a tu padre. Lo suyo sería que, si hay vivienda, la mitad que no es de tu padre se le entregase en plena propiedad, y abonarle el resto, si lo hay.
No hay camino para la paz, la paz es el camino (Mahatma Gandhi)