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Autor Tema: Nómina domiciliada-Seguros sociales domic-Seguro autón domic-Constancia bancaria  (Leído 1256 veces)

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Desconectado Esgrimidor

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He escuchado a pensionistas que protestan porque tienen que abrir una cuenta corriente a los efectos de recibir su pensión.
Incluso para recibir una indemnización.
Otras veces he oído los seguros sociales de la empresa. No puedes ir a pagarlos por ventanilla al parecer.
Con el seguro de autónomo la situación parece más vericuetada : o domicilias o no tienes ningún soporte para poder pagar.  No existe una cuenta de ingreso como quien ingresa/paga una factura de agua, luz,gas, teléfono, etc.
Por constancia bancaria me refiero a ciertos pagos que se impone que sean a través de un banco como medio de dejar constancia del mismo.

Me gustaría debatir estos temas.

Luego está el tema de la titularidad .

Puede un jubiliado indicar una cuenta bancaria que autoriza su titular para que le sea ingresada su pensión u otros motivos ? por ejemplo en la cuenta de su hijo.
Puede indicar un autónomo una cuenta de la que no sea titular o con la que no mantenga relación jurídica directa (por ejemplo cuenta de una sociedad ajena, o cuenta de una sociedad en la que no es accionista...)?. Otra cuenta cualquiera autorizada ?.
Existe alguna alternativa a la transacción bancaria para ciertos pagos de los que se requiere prueba de realizados ?
Se pueden pagar los seguros sociales con cargo a la cuenta de el gestor administrativo de una sociedad/persona domiciliándolos en la cuenta de la gestoría ?

Gracias





Desconectado derechito_11

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Re:Nómina domiciliada-Seguros sociales domic-Seguro autón domic-Constancia bancaria
« Respuesta #1 en: 13 de Febrero de 2016, 00:47:50 am »
Pues sobre el tema, esta semana he hecho un recurso de alzada por el caso de una persona que ingresaba el dinero de una tienda que tiene en la cuenta de su padre, un jubilado, y ha ido la inspección y le ha dado alta en el reta de oficio, argumento tras argumento se lo pasaba por el forro el subinspector, aún dándole con la ley en el morro y criterios de la SS el dice que puesto que se le ingresa dinero y firmo un contrato de trabajo de un empleado (porque no estaba su hijo disponible y que aún así no procede darle de alta) le parecía que no podía tener pensión puesto que era empresario.

Así que nada, recurso de alzada y detrás de eso querella por prevaricación, imagino que estimarán el recurso.

La SS, además de la cuasimafiosa inspección que hace a la gente con "amenazas", te da de oficio de alta sin carácter retroactivo en un principio, te dicen que pagues los 100 euros del autónomo o te meterás en juicios o historias, y claro, la gente dice pues pago 100 euros que encima ni me sancionan no sea que me lleve más susto.

Una vez han pagado te quitan la pensión, te piden que devuelvas los meses de pensión que te han abonado desde que te "pillaron" y que pagues desde que te "pillaron" las cuotas de autónomo con su correspondiente recargo.

Desconectado Esgrimidor

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Re:Nómina domiciliada-Seguros sociales domic-Seguro autón domic-Constancia bancaria
« Respuesta #2 en: 13 de Febrero de 2016, 01:43:52 am »
Bueno el tema empieza francamente bien con tu aporte.
Lo que me viene a la mente es una orden de Hacienda cuando empezó la crisis.
Yo tengo un amigo que continúa trabajando con 79 años y no paga RETA.
Pero creo que ahora sería obligado si desarrolla alguna actividad empresarial.


Desconectado abogado M

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Re:Nómina domiciliada-Seguros sociales domic-Seguro autón domic-Constancia bancaria
« Respuesta #3 en: 13 de Febrero de 2016, 12:41:35 pm »
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Pues sobre el tema, esta semana he hecho un recurso de alzada por el caso de una persona que ingresaba el dinero de una tienda que tiene en la cuenta de su padre, un jubilado, y ha ido la inspección y le ha dado alta en el reta de oficio, argumento tras argumento se lo pasaba por el forro el subinspector, aún dándole con la ley en el morro y criterios de la SS el dice que puesto que se le ingresa dinero y firmo un contrato de trabajo de un empleado (porque no estaba su hijo disponible y que aún así no procede darle de alta) le parecía que no podía tener pensión puesto que era empresario.

Así que nada, recurso de alzada y detrás de eso querella por prevaricación, imagino que estimarán el recurso.

La SS, además de la cuasimafiosa inspección que hace a la gente con "amenazas", te da de oficio de alta sin carácter retroactivo en un principio, te dicen que pagues los 100 euros del autónomo o te meterás en juicios o historias, y claro, la gente dice pues pago 100 euros que encima ni me sancionan no sea que me lleve más susto.

Una vez han pagado te quitan la pensión, te piden que devuelvas los meses de pensión que te han abonado desde que te "pillaron" y que pagues desde que te "pillaron" las cuotas de autónomo con su correspondiente recargo.

   Un caso interesante, derechito. ¿Puedes dar más detalles?
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Desconectado derechito_11

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Re:Nómina domiciliada-Seguros sociales domic-Seguro autón domic-Constancia bancaria
« Respuesta #4 en: 13 de Febrero de 2016, 14:14:07 pm »
Nosotros nos hemos acogido y alegado una de las compatibilidades que prescribe la ley:

-El mantenimiento de la titularidad del negocio y el ejercicio de las funciones inherentes a dicha titularidad.

Alegando esta resolución también:

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"En principio, el titular de un negocio puede realizar personalmente cualquier función conveniente o necesaria para la consecución de sus fines, es decir toda actividad de su negocio la es “inherente”, si bien lo habitual es que utilice, en mayor o menor medida, el concurso de otras personas, bien porque no pueda, bien porque no quiera actuar personalmente, pues la titularidad de un negocio o empresa no exige al empresario desarrollar una actividad empresarial directa y personalmente, sino que basta con que ésta se realice en su nombre, es decir, de tal forma que se le atribuyan las relaciones jurídicas con terceros que se generen y todos los derechos y obligaciones que se produzcan, asumiendo el titular el riesgo y ventura del negocio."

Además de una extensa jurisprudencia sobre el tema.

Es decir, no solo el cliente no ejerce actividad alguna puesto que la ejerce el hijo, pero aún buscando las cosquillas por haber firmado un contrato e ingresar en una cuenta suya el dinero no es causa para dar de alta y posterior retirada de pensión amparándos en lo citado, puesto que puede hacer dichas funciones.

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Re:Nómina domiciliada-Seguros sociales domic-Seguro autón domic-Constancia bancaria
« Respuesta #5 en: 13 de Febrero de 2016, 21:21:01 pm »
Puede alguien aclararme el tema de la titularidad de la cuenta.
Se puede indicar cualquier otra cuenta autorizada que no sea la del titular del servicio, bien, tasa, impuesto, mercadería que se trate ?
Existe alguna limitación en algún campo específico por LEY ?

Desconectado abogado M

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Re:Nómina domiciliada-Seguros sociales domic-Seguro autón domic-Constancia bancaria
« Respuesta #6 en: 14 de Febrero de 2016, 11:42:12 am »
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Nosotros nos hemos acogido y alegado una de las compatibilidades que prescribe la ley:

-El mantenimiento de la titularidad del negocio y el ejercicio de las funciones inherentes a dicha titularidad.

Alegando esta resolución también:

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"En principio, el titular de un negocio puede realizar personalmente cualquier función conveniente o necesaria para la consecución de sus fines, es decir toda actividad de su negocio la es “inherente”, si bien lo habitual es que utilice, en mayor o menor medida, el concurso de otras personas, bien porque no pueda, bien porque no quiera actuar personalmente, pues la titularidad de un negocio o empresa no exige al empresario desarrollar una actividad empresarial directa y personalmente, sino que basta con que ésta se realice en su nombre, es decir, de tal forma que se le atribuyan las relaciones jurídicas con terceros que se generen y todos los derechos y obligaciones que se produzcan, asumiendo el titular el riesgo y ventura del negocio."

Además de una extensa jurisprudencia sobre el tema.

Es decir, no solo el cliente no ejerce actividad alguna puesto que la ejerce el hijo, pero aún buscando las cosquillas por haber firmado un contrato e ingresar en una cuenta suya el dinero no es causa para dar de alta y posterior retirada de pensión amparándos en lo citado, puesto que puede hacer dichas funciones.

   Me parece abusivo lo que han hecho, aunque con lo del contrato que firmó el padre puede que lo tengas difícil. ¿Se supone que se agarran a ello para decir que desempeña la gestión directa del negocio y que por lo tanto la pensión es incompatible?

   El problema es que las consultas son vinculantes para la administración, así que el servicio de inspección, amparándose en lo del contrato firmado por el padre, ya actúa sin contemplaciones.

   Cuéntanos cómo acaba la cosa, porfa.
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Desconectado derechito_11

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Re:Nómina domiciliada-Seguros sociales domic-Seguro autón domic-Constancia bancaria
« Respuesta #7 en: 14 de Febrero de 2016, 12:02:45 pm »
Claro, hace poco estuve hablando con un inspector de la ss en petit comité sobre el tema de las incapacidades y le pregunte el por qué de gente aún yendo en silla de ruedas se la rechazan.

El me comentó que es fácil, que no se si será así, ellos tienen orden de rechazar por ejemplo 100 solicitudes, de esas 100 unas 30 apechugan y unas 70 van al orden judicial, de esas 70 unas unas 40 son reconocidas la incapacidad y el resto no, por lo que se han quitado 60 incapacidades de esas 100.

Pues con lo otro igual, te dicen que te vas a meter en juicios y te asustan, la gente paga los 100 euros solamente de reta y luego es cuando les viene el susto.

No es que los ponga como ogros, imagino que tendrán sus órdenes y cumplirán con sus competencias.

Respecto a mi caso, la gestión directa se refiere a estar en el mostrador de la tienda trabajando, por lo tanto se ha columpiado el inspector, veremos en como acaba esto.

Desconectado abogado M

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Re:Nómina domiciliada-Seguros sociales domic-Seguro autón domic-Constancia bancaria
« Respuesta #8 en: 14 de Febrero de 2016, 13:06:00 pm »
   Entiendo, derechito, que el hijo no tenía contrato laboral y por eso le dan de alta en el RETA. De haber tenido contrato no habrían podido. ¿Correcto?

   En cuanto al padre, aún agarrándose a lo de que firmó él un contrato, me parece abusivo que interpreten por ello que está llevando la gestión del negocio (incongruente además con lo de dar de alta al hijo en el RETA, puesto que con ello interpretan que es el hijo el que lleva el negocio) y le retiren por tanto la pensión de jubilación. Podríais alegar que fue algo totalmente excepcional y que el resto de las contrataciones y gestiones las hacía el hijo como empleado autorizado para ello. ¿Podéis acreditar algo así con papeles de fecha anterior al contrato que firmó el padre?
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Re:Nómina domiciliada-Seguros sociales domic-Seguro autón domic-Constancia bancaria
« Respuesta #9 en: 14 de Febrero de 2016, 14:18:53 pm »
Yo preguntaría o indagaría también desde cuando está jubilado el padre. Porque si está jubilado desde hace tiempo no tendría que darse de alta en el RETA. Salió con la crisis una orden de hacienda diciendo que quien siguiera ejerciendo actividad tras jubilarse tenía que darse de alta en el RETA.
Lo digo porque yo tengo un compañero jubilado que ejerce y no está pagando el RETA porque es antes de esa orden.
Por otra parte fíjate que acumulas indicios. Si el padre no estaba pagando RETA es probable que estuviera jubilado hace tiempo.
Si el hijo no estaba dado de alta en el RETA va a favor de la "suposición" de los inspectores.

Ahora bien. El caso que yo te reseño lo explico :
Un profesor se jubila y cobra su pensión por ello.
Luego se dedica a hacer proyectos y cobrarlos sin pagar el RETA. Hace sus declaraciones de la renta para los ajustes.

Si el caso que nos ocupa del padre del hijo de la tienda - que ahora es del hijo documentalmente - antes de jubilarse se dedicaba a la misma actividad exactamente; entonces le retirarán la pensión porque estaría cobrando "doble".

De todas formas yo quedo a lo que digan los compañeros. No me hagas mucho caso.