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Autor Tema: Duda sobre la Ley 34/2006 de Acceso a la Abogacía  (Leído 1156 veces)

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Desconectado federicomartin

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Duda sobre la Ley 34/2006 de Acceso a la Abogacía
« en: 09 de Abril de 2016, 18:59:49 pm »
Hola a todos

Os planteo esta duda que me surge por el desconocimiento del tema, lo de colegiarse como abogado como máximo a los dos años de acabar la licenciatura en Derecho lo tengo claro, pero luego no sé si te colegias y luego te puedes dar de baja como abogado, y tendrías que hacer el máster de acceso a la abogacía?? o como funciona el tema??

La Disposición 8º de la ley dice: "Licenciados en Derecho. Los títulos profesionales que se regulan en esta Ley no serán exigibles a quienes obtengan un título de licenciado en Derecho con posterioridad a la entrada en vigor de la misma, siempre que en el plazo máximo de dos años, a contar desde el momento en que se encuentren en condiciones de solicitar la expedición del título oficial de licenciado en Derecho, procedan a colegiarse, como ejercientes o no ejercientes".

Muchas gracias


Desconectado malomos

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Re:Duda sobre la Ley 34/2006 de Acceso a la Abogacía
« Respuesta #1 en: 09 de Abril de 2016, 21:10:03 pm »
Pues me temo que si te colegias como ejerciente dentro de esos 2 años y luego te das de baja para ejercer años más tarde, el nuevo  sistema de acceso que se le aplica a los de Grado va afectarte directamente. Para que opere esta exclusión la Disposición 8º exige precisamente colegiarse en ese plazo.
Yo considero que la Ley (y el Gobierno) lo tienen claro: Tú no ejerzas pero paga tu cuota  >:( ¡Y menos mal que nos hemos librado del resto a última hora y recularon, pero su intención era adosarnos también a los Licenciados la normativa de Grado!
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Desconectado federicomartin

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Re:Duda sobre la Ley 34/2006 de Acceso a la Abogacía
« Respuesta #2 en: 09 de Abril de 2016, 21:53:31 pm »
Muchas gracias Malomos!! Claro, la duda que tenía era esa y me imaginaba que es así, pero estaba un poco perdido con el tema en concreto, lo que pasa es que claro yo sería colegiarme como abogado no ejerciente y así evito de hacer el famoso máster

Porque yo en un futuro no sé si ejercere o no, pero es una opción aunque ahora tenga un trabajo estable, aunque nunca se sabe

Porque yo acabé la licenciatura en el año 2014 y ya me tengo que colegiar antes de los dos años, que no me queda nada y prefería tenerlo claro, porque el máster es tiempo perdido, que a lo mejor allí se aprende más pero a la larga supongo que será mejor colegiarse que hacer el máster

Sabéis si hay alguna ventaja por ser abogado no ejerciente? Me refiero a cursos o algo? Había escuchado algo así...