Con la modificación de la LOPJ del 2003, se permitió que los ayuntamientos crearan una figura dependiente de la policia local, con presunción de veracidad a pesar de no ser agentes de la autoridad, que ayudasen a ésta en temas de tráfico.
Lo que hizo esta ley es permitir que los ayuntamientos concedieran presunción de veracidad a los agentes de la ORA y similares.
Muy pocos lo han hecho, pero creo que en Madrid ya tiene presunción de veracidad.
En todo caso, tampoco importa mucho esto, puesto que le han hecho la foto con seguridad.
En cuanto a esta afirmación "puedes simplemente decir que en tu domicilio en ese momento se encontraban varias personas y que las llaves del vehículo estaban al alcance de varios, los identificas a todos delante de la administración con esto cumples con tu obligación de identificar al posible conductor y que te diga la administración el motivo por el que no se te detuvo el vehiculo en el momento de la infracción."
No cuela, precisamente en el 2001 se modificó la ley para evitar esta y otra triquiñuela (la de identificar a un extranjero) y ahora eso no le libraría de la multa por no identificación, la cual, por cierto, es altísima, pues es mucho más que la multa que le han puesto, conlleva la retirada de puntos y privarle un mes del permiso de circulación.
Yo aconsejo que pagues y, si quieres, recurras, pero en ningún caso llegar a juicio, requiere abogado y procurador, así que, aunque ganes, te saldrá por un pico, eso sí, si ganas no te quitarán los puntos, tú verás si te conviene.