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Autor Tema: Donación  (Leído 7551 veces)

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Desconectado sangre

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Donación
« en: 15 de Enero de 2008, 11:44:45 am »
Hola a todos.

Os paso a comentar un caso familiar a ver si me podéis dar alguna aclaración al respecto.

Mis abuelos aun viven,y solo tienen como una propiedad una casita.Tienen 5 hijos,(los enumero del 1 al 5 para que entendáis mejor  la historia).Hace como 6 años hubo un enfado entre hermanos,situándose el 1y 2 por un lado, y 3,4,y 5 por otro.Mis abuelos tomaron partido por estos últimos.
Hace cosa de 2 años, 1 y 2 se enteran por publicación en el ayuntamiento, que la "casa" ha sido donada a los hermanos 3 y 4.El hermano 5,según sabemos,ha recibido una cantidad de dinero por parte de los anteriores,(suponemos que es para compensar el hecho de que no aparezca como donatario. evidentemente esto no esta reflejado por ningún lado,simplemente nos ha llegado esa información.
Acuden a un abogado, y este les comenta que no se puede hacer nada,que la donación esta bien hecha,y que si fallecieran los abuelos,esa donación no se podría dar, debido a la "legitima" que le corresponde a todos los hermanos.
Pero en caso de que 3 y 4 pasaran la propiedad a sus hijos,no habría nada que hacer.

Quería preguntaros los siguiente.
¿Hay alguna forma de revocar esa donación? ¿Hay que esperar al fallecimiento de los padres para revocarla?

Os agradecería una explicación a todo esto,ya que estoy muy perdido.

Muchísimas gracias


Desconectado agomez

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Re: Donación
« Respuesta #1 en: 16 de Enero de 2008, 14:20:52 pm »
Hola sangre, hazte con un C.C. y lee:

art. 624.- tus abuelos pueden donar si pueden contratar y disponer de sus bienes (si no están incapacitados, etc.)

art. 625.- tus tios 3 y 4 pueden aceptar la donacion si no están incapacitados.

art. 633.- será válida la donacion de inmueble si se hace en escritura pública, con expresión de los bienes donados y el valor de las cargas que tienen que pagar tus tios 3 y 4. la aceptación por tus tios pueden hacerla en la misma escritura publica de donación o en escritura aparte y notificar la aceptacion a tus abuelos.

art. 634.- tus abuelos pueden donar todos sus bienes o parte de ellos, con la única condicion de que se reserven ya sea como plenos propietarios o el usufructo de los bienes. (la casita se supone es el único bien de tus abuelos)

art. 636.- tus abuelos no pueden donar ni tus tios recibir mas de lo que puedan tus abuelos dar y tus tios recibir por testamento, si se excede será inoficiosa. (tus abuelos donan lo que pueden dejar por testamento).

art. 648 y 653.- posibilidad de que tus abuelos revoquen la donación por ingratitud. (muy dificil que lo hagan los supuestos que pone son raros), y como no se puede pasar esta posibilidad a los herederos, pues tus tios 1 y 2 no pueden hacerlo, sólo tus abuelos o sólo en el caso de que tus abuelos no hubieran podido hacerlo.

Por último si es el unico bien de tus abuelos a la muerte de éstos tus tios 1 y 2 (el 5 se supone que ya ha recibido compensación) en el momento de fallecimiento de los dos podrán pedir la reducción de las donaciones, porque tiene derecho a la legitima.

Perdona el lio pero he intentado ponerlo lo mas claro posible., y ya sabes que es una opinión, espero haberte ayudado. Un saludo.




Desconectado llamas-nua

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Re: Donación
« Respuesta #2 en: 17 de Enero de 2008, 10:49:18 am »
Estoy totalmente de acuerdo  ,  si el único bien de tus abuelos es la casa ,el heredero legitimario podrá presentar demanda para la reducción de la donación por afectar esta a la legítima ( art.655C.C.).

Cuando se recibe una donación se considera un  anticipo en  la herencia , tras el fallecimiento ,el heredero forzoso que concurra con otros a la sucesión,deberá traer a la masa hereditaria los bienes recibidos del causante por donación, para computarlos en la regulación de las legítimasy en la cuenta de participación.

 El donante puede dispensar de la colación , disponindolo así expresamente.

 Pero aún así , creo que en vuestro casa al ser un único bien,desde mi punto de vista la donacíon no tenía sentido y es extraño que un abogado no informara a tus abuelos de ello con el consiguiente ahorro en el pago del impuesto de Donaciones (mayor o menor según en que Comunidad residas).

Espero que me entiendas, pero recuerda es solo mi opinión, un saludo   sangre
Los científicos se esfuerzan por hacer posible lo imposible. Los políticos por hacer lo posible imposible.
B.Russell

Desconectado sangre

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Re: Donación
« Respuesta #3 en: 17 de Enero de 2008, 16:25:08 pm »
MUCHISIMAS GRACIAS POR LAS RESPUESTAS CHICOS!

Supongo que los abuelos fueron informados del caso,evidentemente eran plenamente conscientes de que estaban haciendo un acto que desfavorecía a 1 y 2.
Lo que tengo dudas es de si es necesario el fallecimiento de los dos? o es valido solo con que fallezca uno?
Por otro lado,no entiendo muy bien,en el caso en que 3 y 4 ,cedan la propiedad a sus herederos ,no se podría hacer nada no?


gracias de nuevo,un saludo

Desconectado llamas-nua

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Re: Donación
« Respuesta #4 en: 18 de Enero de 2008, 12:15:28 pm »
Veamos desde mi punto de vista si 3 y 4 donasen la propiedad a sus hijos:

1º Los otros dos hermanos podrían pedir que la primera Donación se redujera por inoficiosa la de tus abuelos a sus hijos , siempre y cuando esa propiedad fuera el único bien de tus abuelos y perjudicara la legítima que les corresponde, es interesante que mires bien el art 618, 634,636,654,656 C.C. referente a los Límites de la Donación, por eso no entiendo , es imposible que el abogado no les informara de esto, o bien tus abuelos disponen de otros bienes no sé es dificil sin examinar todo ofrecer una opinión

En la Donación inoficiosa el donante realiza una disposición patrimonial superior a la que le esta permitido por testamento.

Respecto a si fallece uno u otro no entiendo tu pregunta, si es necesario el fallecimiento para qué?
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B.Russell

Desconectado sangre

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Re: Donación
« Respuesta #5 en: 25 de Enero de 2008, 00:18:58 am »
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Respecto a si fallece uno u otro no entiendo tu pregunta, si es necesario el fallecimiento para qué?


Me refería a si hay que esperar al fallecimiento de ambos(los abuelos) o si se puede solicitar la reducción de la donación con el fallecimiento de uno  solo???