Te puedo contar lo que hacemos nosotros. Tuvimos un caso parecido. En nuestro caso, el padre tenía derecho a ver al hijo en el "Punto de encuentro" los miercoles de 17.00 a 19.00 h. La madre no acudía. Lo primero, el padre debe hecer la denuncia pertinente en la policia, diciendo que: habiendose personado tal dia en tal sitio con el fin de ver a su hijo, en virtud de sentencia tal cual de tal fecha (la primera vez, que lleve copia de la sentencia), espero la media hora pertinente sin que apareciesen a llevar al pequeño. Aqui ayudaba mucho que el Centro tenía obligacion de realziar partes diarios de las visitas, y en el juicio tuvieron que confirmar que, efectivamente, la madre no había llevado al hijo esos dias.
La policia remite la denuncia al Juzgado que corresponda, se abren diligencias, juicio, y lo normal, si es reiterado, es que impongan a la madre una multa. ademas suelen "apercibirla" para que cumpla la sentencia dictada.
Lo de la denuncia por daños morales, tu verás su viabilidad consultándolo con un profesional...es como todo. Poder claro que puedes haces, otra cosa es que te compense "arriesgarte".