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Autor Tema: El derecho a recibir una información veraz  (Leído 8760 veces)

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lampiao

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El derecho a recibir una información veraz
« en: 22 de Octubre de 2003, 12:07:26 pm »
Tengo entendido que en la Constitución existe un artículo que dice que todos los ciudadanos tenemos derecho a recibir y emitir información veraz.
Bien, en base a este artículo entiendo que la información facilitada por un Delegado de Gobierno, o un miembro del gobierno, debe ser necesariamente veraz para no vulnerar nuestros derechos fundamentales.
Cual fué mi sorpresa cuando el Defensor del Pueblo me respondió a una queja afirmando que la información facilitada, aún que falsa, entranda dentro del derecho a emitir una información.

¿Que os parece?


Desconectado MORDEKAY

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Re:El derecho a recibir una información veraz
« Respuesta #1 en: 22 de Octubre de 2003, 22:23:32 pm »
Artículo 20

1. Se reconocen y protegen los derechos: a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. c) A la libertad de cátedra. d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

3. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.

4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.

5. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.
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lampiao

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Re:El derecho a recibir una información veraz
« Respuesta #2 en: 23 de Octubre de 2003, 11:21:33 am »
Como se ve claramente ne el artículo 20.d, se trata de comunicar yrecibir información veraz, no cualquier tipo de información, y mucho menos falsa.

Desconectado PDEE

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Re:El derecho a recibir una información veraz
« Respuesta #3 en: 12 de Noviembre de 2003, 16:52:21 pm »
Una información veraz sería evitar los juicios de valor y exponer la información emitida por esos cargos públicos, o la misma del Defensor del Pueblo.

La verdad. ¡Y qué es la verdad?
¿Cuántos pleitos y juicios se celebran al día? Y todos están en posesión de la verdad.

Hay otros muchos conceptos o elementos que forman esa valoración del derecho a una información veraz como: la mentira, la mala fé, el engaño, la relevancia o importancia del hecho, ... Sin olvidar que no existe un derecho sino un conjunto de ellos que se afectan mutuamente.
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Desconectado lampiao

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Re:El derecho a recibir una información veraz
« Respuesta #4 en: 28 de Noviembre de 2003, 12:09:40 pm »
En este caso estariamos hablando de que los medios de comunicación transmitirian una información veraz, pero pretendo que se valore si la actitude del cargo público que emite una información manifestamente falsa es aceptable

Desconectado shadowmaker

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Re: El derecho a recibir una información veraz
« Respuesta #5 en: 14 de Marzo de 2005, 12:05:17 pm »
No. No es aceptable de ninguna de las maneras que un cargo público emita información falsa a sabiendas. Otra cosa es que lo que diga, lea o escriba lo haga en la creencia de que sea verdadero... vamos, la típica distinción entre no decir la verdad (puede tratarse de una equivocación o estar mediatizado por una información recibida a su vez por él) o mentir.