Hola buenos dias,
Si ha aprobado y tomado debe tomar posesion en la CCAA donde toque.
No puede pedir traslado hasta pasados 2 años de la toma de posesión.
Pero SI comisión de servicio a otro Juzgado de otra localidad y más, si el secretario lo solicita que sea esta persona no hay ningun problema y pudes volver a tu juzgado.
Suerte, veo que estabas muy bien en tu puesto.