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Autor Tema: Alguien que me responda por favor  (Leído 3372 veces)

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Meta Caribu

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Alguien que me responda por favor
« en: 12 de Febrero de 2006, 11:59:36 am »
Hola, es posible que este no sea el lugar y que a alguien le moleste pero es que estoy desesperada. Vivo en una casa de alquiler bajo las condiciones de la ley 29/1994 de arrendamientos urbanos. Hemos hecho el contrato por un año  comenzando el 25 de nov. de 2005. Despues de dos meses en la casa las paredes se han llenado de humedad, el termo funciona mal, con dicha humedad algunos enchufes no funcionan y no podemos poner estufas ni deshumidificadores porque se va la luz (y hace mucho frío). Como es lógico nos queremos ir de aqui. Se lo hemos comunicado al propietario (todavia no a la inmobiliaria) y nos ha dicho "pero es que tienen un contrato por un año" (del que todavia nos quedan 10 meses por pagar). entonces mis pregunta son:
 ¿tendremos que pagar el resto de renta que nos queda para completar el año para poder irnos?

Yo espero que no porque el propietario no se ha preocupado de mantener la casa (llevamos asi un mes). Pero y si el dice que nos la va a arreglar ¿tendremos que permanecer aqui con ese pretexto? ¿y el tiempo que tarde en arreglarla como sobrevivimos aquí?

Muchas gracias y por pavor, por favor, por favor, responderme lo antes posible, mi compañera y yo no aguntamos más. Les debemos una.


Desconectado José L.Buenestado

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Re: Alguien que me responda por favor
« Respuesta #1 en: 12 de Febrero de 2006, 12:36:20 pm »
Estimada amiga:

En cualquier momento puedes rescindir el contrato de alquiler, eso sí, comunícaselo por escrito con 15 días de antelación.

No estás obligada a pagarle nada de nada, eso sí, si diste algo de fianza al formalizar el contrato es posible que el arrendador se niegue a devolvertela, alegando incumplimiento de contrato por tu parte, por ello es conveniente que con 15 días de antelación a abandonar la vivienda, le comuniques por escrito tu intención de rescindir el contrato, alegando o motivando tu decisión en las deficiencias del inmueble, así él no se podrá negar a devolverte lo que diste de señal, suerte

Meta Caribu

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Re: Alguien que me responda por favor
« Respuesta #2 en: 12 de Febrero de 2006, 17:28:02 pm »
Muchas gracias, de verdad.

Desconectado Pedro.v

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Re: Alguien que me responda por favor
« Respuesta #3 en: 12 de Febrero de 2006, 20:17:28 pm »
Hola, quizás me meta donde no debo, pero creo que los pasos a dar son: Comunicar de modo fehaciente al arrendador el problema, y solamente si se niega a hacer las reparaciones de modo inmediato, podrás rescindir el contrato o bien realizar por tu cuenta las obras necesarias (advirtiendole antes de que las vas ha hacer) y exigiendole inmediatamente despues su pago, que está obligado a abonarte. Pero si acepta realizarlas sin demora, me temo que no puedes desistir del contrato, creo que tendrás que soportar las molestias que te cause su reparación si lo hace en menos de veinte días. Para rescindir el contrato si se niega a hacer las reparaciones te interesa poder demostrar su negativa (contestación por escrito o ante varios testigos). Porque podría reclamarte el cumplimiento del contrato si no puedes probar que se ha negado a realizar las reparaciones en el plazo más breve posible.
Saludos

Desconectado tuno

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Re: Alguien que me responda por favor
« Respuesta #4 en: 13 de Febrero de 2006, 15:38:56 pm »
Hola, a parte de mis comenzados conocimientos de Derecho, te contesto por experiencia

Debes comunicar al arrendador inmediatamente que te lo solucione, es mas, si la "averia" o el arreglo condiciona tu estancia en la propiedad, el vendedor se debe hacer cargo de tu realojamiento hasta que este solucionado (tu deberas seguir pagando), debes hacer esto lo primerisimo con los correspondientes justificantes de decirlo (burofax, telegrama, etc ... no vale decirselo de palabra, carta o telefono).

Si se niega a arreglarlo en el plazo oportuno, debes ir a un abogado porque empieza la pelea (que tal y como lo cuentas tienes las de ganar). Pero nunca te niegues a pagar el alquiler como compensacion ...

Lo de la Inmobiliaria es lo de menos, porque el contrato tu lo tienes con el arrendador, y la inmobiliaria en todo caso tendra un contrato unicamente de servicios con el arrendador (buscar un inquilino, no la gestion del arrendamiento)

Entiendo en cualquier caso que debes agotar el contrato, y si te quieres ir, avisar con el plazo que ya te han comentado, pero el año le cumples.

Al ataque y no te desanimes
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Desconectado Lili

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Re: Alguien que me responda por favor
« Respuesta #5 en: 13 de Febrero de 2006, 17:18:13 pm »
La Lau dice: art. 21 El arrendador está obligado a realizar,sin derecho a elevar por ellos la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido....
Art. 27.3.a) Del mismo modo el arrendatario podrá resolver el contrato por las siguientes causas: la no realización por el arrendador de las reparaciones a que se refiere el artículo 21.
 
En primer lugar hablaría con el arrendador. Para que consten los desperfectos haría fotos y se lo mostraría a los de la inmobiliaria, para que sean testigos. Si el arrendador  acepta todas las mejoras y la vivenda no está habilitable durante las mismas se podrá suspender el contato y el pago de la renta. ( art. 26)
Si el arrendador no acepta dentro de un plazo establecido anteriormente por carta certificada, burofax etc. tal como dicen los compañeros, se puede resolver el contrato. La fianza debe ser devuelta.
Con la LAU en la mano  ante el arrendador que no quiere meterse en gastos desistirá del contrato.
saludos
Lili
Abogada Icamalaga

Desconectado tuno

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Re: Alguien que me responda por favor
« Respuesta #6 en: 13 de Febrero de 2006, 17:58:21 pm »
Lili, una pregunta:

Si el arrendador se niega a hacer estas reformas (que son imprescindibles por lo visto), al incumplir el contrato que tiene con el arrendado

¿No corresponde el solicitar una indemnizacion (y perjuicio) por el incumplimiento del arrendador?

¿Esta indemnizacion no seria del tiempo hasta el final del contrato?

Meta Caribu, no me hagas caso, es una duda que tengo.

Acta non verba. Justitia omnibus

Desconectado Lili

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Re: Alguien que me responda por favor
« Respuesta #7 en: 14 de Febrero de 2006, 16:39:43 pm »
Bueno, yo sólo tenía a mano la pequeña"LAU". Tu pregunta requiere un estudio del Código civil al respecto, posiblemente de las leyes procesales.
No sé , lo que planteas es cuestión de meterse en una demanda civil contra el arrendador. Yo no lo recomendaría.
¿Cómo vas a estimar la indemnización, cómo valorarla, en base de qué?
Te va a costar más de lo que te sale.
 
Abogada Icamalaga

Desconectado Pedro.v

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Re: Alguien que me responda por favor
« Respuesta #8 en: 14 de Febrero de 2006, 20:46:40 pm »
Hola, creo que no sería factible una reclamación de daños dadas las opciones que contempla la LAU además de la resolución del contrato, por un lado la de realizar el arrendatario mismo las obras, previo aviso, reclamándole inmediatamente el importe al arrendador, por otro la de obtener un descuento en la renta si las obras exceden de veinte días, teniendo en cuenta que por lo que dice los problemas surgieron después de llevar dos meses en la vivienda. Otra cosa sería si el arrendador conocía que existia ese problema antes de hacer el alquiler, y se lo calló, en cuyo caso pienso que sí que cabría reclamación por daños y perjuicios de acuerdo con el art.1124 C.C. por incumplimiento de contrato al no entregar la vivienda en condiciones de habitabilidad. Es una opinión de "aprendiz", claro.
Saludos

Desconectado tuno

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Re: Alguien que me responda por favor
« Respuesta #9 en: 14 de Febrero de 2006, 23:29:37 pm »
Lili, segun mi opinion la indemnizacion vendria por el tiempo que queda hasta terminar el contrato desde que el arrendador lo deberia haber solucionado, aunque ya sabes, es muy relativo ...
alguien que sepa mas de este tema, a ver si nos da una idea de como solucionarlo

Un saludo
Acta non verba. Justitia omnibus

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Re: Alguien que me responda por favor
« Respuesta #10 en: 17 de Febrero de 2006, 11:17:19 am »
Hola a todos.
En mi opinión y con la experiencia que he tenido estando de alquiler. A veces no compensa lo que estas aguantando. Hay que verse en la situación y en todo caso estar a las condiciones en que está la vivienda en alquiler y en cómo es el arrendador.
Por lo que general, siempre están interesados en que firmes un contrato anual prorrogable hasta cinco y en que pagues 1 mes o 2 de fianza según lo establecido en cada Comunidad Autónoma.
Si las cosas fuesen como deben ser, cada una de las partes debería hacer frente a los derechos y deberes resultantes del contrato firmado entre los interesados.
En tu caso, perfectamente y dado que la humedad y desperfectos se han producido a los 2 meses de la inquilinidad,
existen vicios ocultos por parte del arrendador.
Meta caribu y su compañera de piso deben hacer una valoración en la que tengan en cuenta: 1º cuanto tiempo llevan conviviendo con la humedad en el piso, etc, 2º cuantas veces le han reclamado al arrendador que realice las reparaciones oportunas para la correcta habitabilidad, 3º cuanto dinero han dado de fianza, 4º si es fácil en esa zona encontrar una nueva vivienda a la que trasladarse y en caso afirmativo, si está dispuesta a hacerlo.
A mi desde luego me ha merecido más la pena irme de la casa en la que he tenido problemas, porque aunque la ley está ahí los trámites son en ocasiones demasiado lentos y las mortificaciones y disgustos que una pasa por gente irresponsable por no decir otra cosa, no compensa. Si te sirve de consuelo, a mi el cambio me ha ido genial pero todos los casos no son iguales. Eso debes valorarlo tú.

Espero que mi experiencia te sirva de ayuda.
Un saludo
Daya
Daya

Meta Caribu

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Re: Alguien que me responda por favor
« Respuesta #11 en: 17 de Febrero de 2006, 13:53:56 pm »
Antes de nada, muchas gracias a todos por responder.´Hemos hablado con un conocido que trabaja en estos temas y lo que nos ha dicho es que si logramos demostrar que el piso esta en las condiciones en las que esta y que el arrendador es consciente de ello y era consciende de que iba a estar asi antes de arrendarlo, no solo tenemos derecho a largarnos sinó que tendriamos la portestad de reclamar indemnizacion por vicios ocultos en la realizacion del contrato (me parece que alguien lo ha comentado) pero como tambien alguien ha dicho, los tramites y las penurias que tendriamos que afrontar tambien hay que valorarlas por lo que hemos llegado al "acuerdo" con el arrendador de que no nos devuelva la fianza y punto. Es una putada bajarse los pantalones así pero prefiero perder de vista lo antes posible a la gentuza de este tipo. Un saludo y lo dicho, muchas gracias.