hola a todos.
Quisiera comentaros el caso que me atañe en mi empresa. Resulta que por el convenio de transportes de la Comunidad de Castilla-La Mancha, los empleados tenemos derecho a dos días de asuntos propios sin justificar remunerados.
Pues bien, hoy viene nuestro superior y nos comenta que estos días tienen que ser recuperados y se basa en una Sentencia, ignoro si del Tribunal Supremo o del Constitucional, del mes de marzo en la que se modificaban a recuperables, siempre y cuando no hubieras llegado a las 1800 horas trabajadas anuales.
¿esto es posible?, quiero decir, puede una sentencia anular lo que diga un convenio?
gracias