Lo que quieres saber no está en los manuales. En los libros se explica la ley material, la ley procesal, la ley administrativa, pero lo que no se explica es que pasa cuando un expediente o un procedimiento se retrasa porque la Administración está colapsada o simplemente porque el Funcionario de turno está de trabajo hasta la bandera o simplemente es digamos "tranquilo". Pues bien, en esos casos, no pasa nada de nada, los plazos estrictos de las leyes procesales son sólo para los Abogados y los Administrados. La mejor forma de enfrentarse a esto es educación, empatía, respeto, insistencia, paciencia y mucha humildad...
20 días, poco es. Si necesita el documento con urgencia lo que tiene que hacer es incordiar, con una educación exquisita, en el Juzgado o donde nos hayan dicho.
Ya ahora, respuestas a tus consultas:
¿Un abogado/procurador te puede llevar un tema, del orden que sea, sin necesitar ni un apoderamiento notarial? NO, al menos Apud acta en procesos judiciales.
¿Aquí también vale el simple acuerdo de voluntades y el mandato? No entiendo...Si te refieres a acuerdos verbales entre Abogado-cliente para la dirección jurídica, es posible aunque se desaconseje en todas partes. Al menos, debería firmarse una "hoja de encargo".
Si te refieres a poner demandas en nombre de otro sin Apoderamiento, No es posible.
Si existe un apoderamiento notarial/apud acta ¿es necesario un desapoderamiento en sentido contrario para prescindir del abogado? No, se contrata a otro abogado y este último pide la venia al anterior y se identifica como tal en el Juzgado.
¿Tanto si se va a contratar a otro como si no? No siendo preceptiva la Defensa por Abogado, si se quiere asumir la propia defensa tras acudir con Abogado, se debe comunicar al Juzgado de forma fehaciente. Por ejemplo por comparecencia ante el Secretario Judicial.
¿La falta de seriedad de un abogado se reclama en el Colegio de Abogados? Por supuesto que es posible, pero tiene que ser por una causa real y no por perder un pleito.
¿Por qué y para qué el Decanato pone en guardia al abogado? El Decanato no conoce a nadie por lo que parece es una simple casualidad o si me apuras una relación entre Abogado y algún funcionario del Decanato. Lo que sucede es que el Abogado sigue siendo el representante procesal y seguramente al pedir lo mismo dos veces, se le haya llamado para que se explique. Además, la relación Abogado-cliente se rige por el principio de confianza mutua y la dirección corresponde al Abogado. La gestión de tu amigo en el Decanato, a espaldas del Abogado, quiebra este principio y por tanto el Abogado debería pedir explicaciones a tu amigo o directamente cobrar lo actuado, devolver la documentación y excusarse del resto de la defensa.
No veo de momento, por lo que cuentas, la mala gestión del Abogado, salvo por lo de los documentos que por otro lado y aunque no es muy ortodoxo ni reglamentario, lo hacen muchos en tanto no tienen pagados sus servicios.
Saludos