La injuria atenta contra el honor y, como tal, ha de tener difusión. Si alguien me dice que soy una fresca y que tengo un montón de amantes y me lo dice en privado, sin testigos, en puridad, no me estaría injuriando porque ni mi imagen pública, ni mi honorabilidad y buen nombre estarían siendo vulnerados. La injuria se produce en el contexto de una determinada moral pública y unos usos sociales concretos. Si en nuestra sociedad estuviera plenamente aceptado que una mujer pueda tener múltiples amantes sin poner, por ello, su conducta en tela de juicio ni censurarla, entonces el comentario no podría considerarse injurioso.
Si alguien dice en una emisora local que yo llevo una vida licenciosa y casquivana me está injuriando, incluso aunque lo que diga sea cierto, ya que con sus comentarios se produce un menoscabo de mi imagen pública. Por tanto, para que haya injuria no es necesario que la conducta o hecho atribuido sea falso, sino que sea socialmente deshonroso. Si encima sucede que es falso, entraríamos ya en el terreno de la calumnia.
Así me lo explicó un amigo abogado experto en este tipo de querellas y así se quedó grabado en mi memoria. Espero que os sirva.