Hola si el auto es de fecha equivocada debes presentar un recurso de aclaración (Aunque lo normal es que llames por telefono y normalmente se modifica de oficio) , no entiendo lo de auto sin notificar como sabes entonces lo de la fecha,donde estoy yo hay un local de procuradores que el agente baja las notificaciones a dicho local y luego las sube con la fecha del dia de entrega en dicho local firmada por el respectivo procurador, nunca la secretario-a por favor jaja, se te notifica personalmente algunas resoluciones aunque tengas representación procesal en autos y sino la tienes siempre, si entras un escrito en un procedimiento que tengas procurador debe presentarlo él para eso está, porque preguntas todo eso ?
Gracias por contestar :
1) Recurso de aclaración : hay un plazo para esto ?
No cabe lo previsto en el Art.267 LOPJ ?
2) "auto sin notificar como sabes entonces lo de la fecha"
pues han notificado el auto de sobreseimiento libre ; examinando las actuaciones he visto que existía un informe
del Fiscal que no se ha notificado al Procurador.
3) antes de designar el Procurador había presentado un escrito para ver las actuaciones conforme lo previsto en el
Reglamento ( me parece es ) 5/1995 de LOPJ. Asimismo he solicitado la notificación de lo actuado
anteriormente a partir de la inhibición al Juzgado de Instrucción de mi pueblo. Las Previas habían sido inhibidas
desde Madrid ( yo era actor, personado ) . Pues tampoco me han notificado dos "interlocurias".
Tenían que notificármelo ? O tenia que personarme también delante del Juzgado de instrucción de mi pueblo ?
Un saludo