Ante todo pedir perdón por la premura con la que he de escribir este texto y la cuestión, pudiendo incurrir en no puede plantear con nitidez la misma.
Nos dirigimos hacia Madrid para ser atendido de ser posible en audiencia por su Magestad, y plantear el problema que nos ocupa que no es otro sino la recuperación de oficio que solicitamos ejerza nuestro alcalde como le requerimos un grupo de ciudadano.
Este lejos de iniciar el procedimiento de recuperación de oficio, nos ha venido mintiendo pues no ha hecho creer que ya le había iniciado.
Como nos urge el que este se inicie con celeridad le hemos instado a que así lo haga, por activa y por pasiva, pero se escuda en que no tiene medios económicos, partida presupuestaria, pruebas suficientes, etc
Cuando en verdad y “creer las razones son otras”, dado que sobre la marcha que hemos iniciado hacia Madrid las estamos descubriendo pasito a pasito.
El viernes pasado en reunión mantenida con los distintos grupos políticos con el Alcalde a la cabeza y miembros de afectados, al igual que una parte interesada en la recuperación del mismo como es la figura del presidente de una fundación que preside el párroco de nuestra localidad quien gestiona una finca que se encuentra al paso de este camino. Adquirieron el compromiso de reunir dictámenes jurídicos de cual ha de ser el proceso dentro del procedimiento más acertado. Dictámenes que se han de emitir por parte del Secretario de la corporación así como de los juristas que los partidos políticos designen.
De ahí que requiera de vuestras inestimables opiniones.
Nuestro alcalde se niega a cumplir tal compromiso y no quiere asistir a tal reunión impidiendo por ello y haciendo caso omiso a tales dictámenes.
De las cuatro fuerza políticas en nuestro municipio representadas tres de ellas al día de hoy sostienen que el proceso de iniciarse ha de ser de distinto modo como lo planteamos nosotros "unos caminantes" y la otra esta de nuestra parte.
Pero a todos los efectos es el Sr. Alcalde quien tiene la potestad dictar la recuperación de oficio de susodicho bien.
Pero del modo que nosotros planteamos, a nuestro criterio que este es el más rápido, pese a que corremos el riesgo de que la partes afectadas nos "frían a contenciosos", pero son muchas, ingentes e incuestionables las pruebas que avalan nuestros argumentos, llegado el caso de iniciarse el proceso de investigación el mismo que susodicho alcalde no inicia por considerar que no existen pruebas sobradas.
Nosotros rogamos dicte resolución de iniciación de recuperación del mismo y que luego se adjunten susodichas pruebas concluyente asumiendo el riego de los posibles contenciosos que se le interponga.
La cuestiones que hay en juego son de mucha trascendencia para la población de nuestra localidad y el esclarecimiento de muchos puntos que son vitales para nuestra defensa en otros pleitos que tenemos pendientes.
De ahí que la pregunta sea:
¿Si tu tuvieras que dictar un informe en que sentido lo arias?
Cuando se pretende evitar una alarma social y clarificar las ideas a cuantos nos encontramos en esta tesitura, y darle luz y sentido a la determinación que ha de adoptar nuestro Sr. Alcalde.
De antemano te agradezco tus aportaciones.
Para documentarte inicialmente sobre dicha ley ver Boja nº 31 Sevilla, 15 de Febrero pagina nº 21
Para una mayor profundización en el tema puedes acceder a No puedes ver los enlaces.
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