La 9 es la C.
La Ley 38/2003 dice:
3. Cuando se prevea expresamente en las bases reguladoras, podrán acceder a la
condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o
privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio
separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos,
actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la
subvención.
La negrita es literalmente la respuesta de examen.