Abierto alf, muy importante sobre la PEC
Para aquellos alumnos que realicen la prueba de evaluación continua, la calificación de la asignatura será el resultado de la ponderación entre el examen final (que ponderará un 70 por 100) y la prueba de evaluación continua (que ponderará un 30 por 100), en las condiciones que se indican a continuación.
Para que el porcentaje de la evaluación continua sea sumado favorablemente al porcentaje de la calificación obtenida en el examen presencial será necesario que en el examen presencial se haya obtenido, al menos, un 6,5 sobre 10. Por tanto, en ningún caso la calificación de la prueba de evaluación continua permite o sirve para compensar un no apto en la prueba presencial. De este modo, si se obtiene una nota inferior a 5 en la prueba presencial, la puntuación de la prueba de evaluación continua no sumará, por lo que el alumno estará suspendido.
De lo anterior se derivan también las siguientes consecuencias:
Si se opta por realizar la prueba de evaluación continua y se obtiene en ésta una calificación inferior a 5, el alumno deberá compensar la puntuación obtenida en dicha prueba con la nota del examen presencial de acuerdo con la ponderación indicada (70/30). Es decir, si se obtiene una calificación inferior a 5 en la prueba de evaluación continua, no se podrá aprobar la asignatura con un 5 en el examen presencial, pues en tal caso el examen presencial no habrá compensado el no apto obtenido en la prueba de evaluación continua.
Si se obtiene una nota inferior a 6,5 en el examen presencial, la puntuación de la prueba de evaluación continua no sumará favorablemente, como se ha señalado, pero sí podrá restar de acuerdo con la ponderación indicada (70/30).
A los alumnos que suspendan el examen presencial en la convocatoria ordinaria (junio) se les reservará la calificación de la PEC para el examen de la convocatoria extraordinaria (septiembre).