Sí te puedes cotizar.
No sé si estarás cobrando el subsidio para mayores de 52, si es así desde entonces has estado cotizando el 125 por 100 del SMI.
Recuerda, eso sí, que al jubilarte con 4 años antes de la edad de jubilación te van a descontar un 6,5 por cada año que te jubilas antes (esto lo he hecho con mi marido, nació en el 55, aunque con 37 años cotizados contado hasta el momento de solicitar la jubilación anticipada); creo que estás en el límite, si te aplican la nueva Ley la base se hallará sobre los 25 años últimos cotizados, a estos efectos la cotización del subsidio es computable, o bien sobre los 15.
No pude hallar lo que sería la jubilación de mi marido por la cantidad de empresas en las que ha trabajado, de hecho, tuvimos que solicitar que nos enviasen la pensión que le quedaría para ver los pros y los contras, porque la funcionaria que nos atendió no podía hallarla tampoco.
A tu pregunta, sí te puedes jubilar; la pensión será si vas a computar sobre tiempo de trabajo cotizado o has cotizado estando en el subsidio; de una forma o de otra, ese porcentaje que te quitan no lo recuperas una vez llegues a los 65, lo que te quede es lo que vas a cobrar mientras vivas, salvo las "migajas" que suben cada año.
Si multiplicas 6,5 por 4 te da un total de un 26 por ciento menos de tu base; puede llegar incluso al 7 por ciento por cada año si, como veo, has cotizado menos de los 35 años, pero adelantas 4 años en el que vas a cobrar lo que te quede, y tienes que incluir las pagas; de todas formas a mi marido me puse para hallarlo con un compañero y le quedaba 27 euros más al mes si se jubilaba a los 65, así que ni lo pensé siquiera, el total de cotización del SMI iba a ser de casi 13 años.
Saludos