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Autor Tema: Pared Medianera en finca rústica. Daños por agua.  (Leído 13953 veces)

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Desconectado akiti

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Pared Medianera en finca rústica. Daños por agua.
« en: 30 de Septiembre de 2009, 12:27:09 pm »
Me llamo José, tengo 45 años, me presento en el foro como alumno de derecho que retomo después de abandono por causas ajenas, ahora con mucha ilusión. Os propongo un caso por si me podeis echar una manilla pero no al cuello  :)

Bien amigos os planteo el caso:

Resulta que heredé hace años una pequeña finca de olivar y que en uno de sus laterales está cerrada por unos mojones de piedras que presumo medianería, por el lugar en que están colocadas y que por el apecto y color de las piedras deberán llevar allí muchos años,, ni se sabe...


Mi finca está unos metros mas alta que la del vecino y debido a las ultimas e intensas lluvias ha habido flitraciones de agua a través de las rocas, lo que han producido desprendimiento y caida de rocas hacia su predio, pues la tierra al reblandecerse y existir ese desnivel parece que no soporta el peso que suponen las rocas.

El dueño del otro fundo ( mi vecino), pretende a mi costa que repare y recoja dichas piedras y además de salida al agua por otro sitio, ya que según él,  se ha informado y " me correponde", argumentando que al existir desnivel entre fincas y estando yo "en la finca de arriba" me hace responsable, al igual que él esta en la finca de arriba con respecto a otro vecino,,,,(imaginaros fincas en escalera, por ejempo) repararía la pared si daños se produjeran

Entonces me pregunto yo hasta que punto mi vecino está en lo cierto, y si tienen base legal sus argumentos. En tal caso y en buena lid, si así me correspondiera yo repararía sin dilación. Por contra, me gustaría saber qué dice la regulación específica sobre esta materia, para si no tubiera obligación, hacerle ver con base a mi vecino que esto es cosa de los dos.....

Muchas gracias



Desconectado Patalpac

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Re: Pared Medianera en finca rústica. Daños por agua.
« Respuesta #1 en: 30 de Septiembre de 2009, 23:48:11 pm »
Como ya sabemos el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado, pero yo en este caso no veo que haya habido una acción u omisión negligente por tu parte, puesto que conforme a lo que comentas se trata de unos mojones que dividen las dos propiedades y quizá podría tratarse de una medianería. En este caso pienso que nos podríamos remitir al art. 575 del Código Civil que dispone que "La reparación y construcción de las paredes medianeras y el mantenimiento de los vallados, setos vivos, zanjas y acequias, también medianeros, se costeará por todos los dueños de las fincas que tengan a su favor la medianería, en proporción al derecho de cada uno". En todo caso pienso que la dificultad de este caso estaría en determinar si nos encontramos ante una medianería. Lo cierto es que el tema presenta cierta complejidad. Un saludo.


Desconectado Drop

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Re: Pared Medianera en finca rústica. Daños por agua.
« Respuesta #2 en: 01 de Octubre de 2009, 00:41:51 am »
Tal y como cuentas, si es un muro de piedra, hay que considerarlo medianería.  En cuanto al tema del agua: si no has hecho ninguna obra para desviar el curso del agua, si es un cauce que sigue su curso natural, rige el artº 552 del Código Civil: "Los predios inferiores están sujetos a recibir las aguas que naturalmente y sin obra del hombre descienden de los predios superiores, así como la tierra o piedra que arrastran en su curso.

Ni el dueño del predio inferior puede hacer obras que impidan esta servidumbre, ni el del superior obras que la agraven
".

De modo que no te puede pedir que lo repares a tu costa.

Y de acuerdo con el artº 5 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, no se deben modificar los cauces naturales.
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Desconectado akiti

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Re: Pared Medianera en finca rústica. Daños por agua.
« Respuesta #3 en: 01 de Octubre de 2009, 11:46:00 am »
Efectivamente ni se ha reliazado obra alguna, ni se ha desviado el curso natural de las aguas, además es  una medianería de pared de piedra.

Patalpac y Drop, gracias por las rápidas respuestas que me anoto con vuestro permiso.

¿algún enfoque más que pueda si cabe complementar o añadir algo?.......

Desconectado Drop

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Re: Pared Medianera en finca rústica. Daños por agua.
« Respuesta #4 en: 01 de Octubre de 2009, 18:04:53 pm »
La única duda que quedaría saber es si ese muro es, efectivamente, medianero, o se ha construído íntegramente en tu terreno.
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Desconectado Lisi

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Re: Pared Medianera en finca rústica. Daños por agua.
« Respuesta #5 en: 01 de Octubre de 2009, 18:13:54 pm »
lo que te puedo decir, más por experiencia vital que por conocimiento jurídico, que no des por hecho que ese muro es el que divide tu finca de la vecina. En cuestión de lindes te puedes llevar unas buenas sorpresas. Debes confirmar ese extremo y solo cuando tengas certeza tomar medidas.
suerte.
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Desconectado jbr

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Re: Pared Medianera en finca rústica. Daños por agua.
« Respuesta #6 en: 01 de Octubre de 2009, 18:34:16 pm »
Hola:

  Hay que tener en cuenta los art. CC siguientes:
Artículo 420.
El dueño de un predio en que existan obras defensivas para contener el agua, o en que por la variación de su curso sea necesario construirlas de nuevo, está obligado, a su elección, a hacer los reparos o construcciones necesarias o a tolerar que, sin perjuicio suyo, las hagan los dueños de los predios que experimenten o estén manifiestamente expuestos a experimentar daños.
Artículo 421.
Lo dispuesto en el artículo anterior es aplicable al caso en que sea necesario desembarazar algún predio de las materias cuya acumulación o caída impida el curso de las aguas con daño o peligro de tercero.
Artículo 422.
Todos los propietarios que participen del beneficio proveniente de las obras de que tratan los dos artículos anteriores, están obligados a contribuir a los gastos de su ejecución en proporción a su interés. Los que por su culpa hubiesen ocasionado el daño serán responsables de los gastos.

También los art. 571 y ss, sobre servidumbres de medianería.

Saludos cordiales,
jbr



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Desconectado akiti

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Re: Pared Medianera en finca rústica. Daños por agua.
« Respuesta #7 en: 02 de Octubre de 2009, 09:38:01 am »
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lo que te puedo decir, más por experiencia vital que por conocimiento jurídico, que no des por hecho que ese muro es el que divide tu finca de la vecina. En cuestión de lindes te puedes llevar unas buenas sorpresas. Debes confirmar ese extremo y solo cuando tengas certeza tomar medidas.
suerte.

¿y de qué manera cofirmo yo eso? La medianería la presupongo ya que ese muro de 80 metros aproximadamente de piedra está colocado justamente separando las dos fincas, es que no le veo otra función. He preguntado a los más viejos de lugar y resulta que toda este conjunto de plantaciones es de lo mas viejo en la comarca y por tanto "eso está ahí de toda la vida"....

Hombre al preguntarle a mi vecino sobre su información y argumentar simplemente que por el desnivel de la finca  soy el obligado (que a lo mejor lo soy) me parece simple , o ganas de que lo arreglo yo por la cara, sin base alguna, no sé......

Recapitular todo el articulado que habéis citado (que me parece muy acertado) e incluso mirar sentencias parecidas... Por cierto voy a leer la escritura de propiedad, aunque no creo que ahí diga nada pero bueno......es que ese muro de piedra es capaz de tener ciento cincuenta años....

En Resumen y simplificando:

Entonces si es medianería, que creo que sí, los gastos correrán en proporción a los dos dueños de las fincas, pues el mantenimiento de ese muro nos pertenece a ambos, y por el tema de las aguas, siendo cauce natural y no existiendo obras (que no existen) que desvíen el cauce del agua , digamos que el predio de nivel bajo tiene la carga de soportar ese agua así como tierra o piedra arrastrada, así se argumenta el el C.C. y la Ley de Aguas, quedando pediente leer sentencias homólogas.

Si no es medianería,,habría que determinar la propiedad del muro, y entonces el causante del daño se haría cargo.
un saludo

Desconectado Lisi

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Re: Pared Medianera en finca rústica. Daños por agua.
« Respuesta #8 en: 02 de Octubre de 2009, 09:48:30 am »
si ahora quisieras vender tu finca, cómo determinarías las lindes para saber el área con la que cuentas?
Escritura, catastro y superficie real pueden no coincidir. Si ese es tu caso, tienes que recurrir a un perito agrónomo.
Estas mediciones se hacen por GPS. En unos casos se buscan los mojones y en otros simplemente las márgenes de los campos cuando éstos están cultivados.

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Desconectado akiti

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Re: Pared Medianera en finca rústica. Daños por agua.
« Respuesta #9 en: 02 de Octubre de 2009, 10:03:24 am »
Bueno la escritura no dice ni mú... :)

En cuanto a lo que dice Lisi (gracias por cierto) es lo mas normal del mundo en estas plantaciones antiguas: La no coincidencia de datos de superficie, número de matas, linderos,,entre las escrituras y lo real de la finca, debido a las sucesivas modificaciones realizadas y no documentadas. Así es fácil que la escritura diga 124 olivos y el en recuento tengamos 131 reales debido a plantaciones posteriores que dueños anteriores han realizado, aunque esto ya se ha ido solucionando debido a las declaraciones de cultivo que la administración ha ido incorporando a sus bases de datos y a la que todos los olivicultores hemos estado obligados y así se ha hecho, esto ya está al día, gracias a dios. Efectivamente  existen fotografías aéreas tomadas por GPS para control de plantaciones, que se pueden consultar, que junto con la opinión de algún técnico igual nos sirve para delimitar.

un saludo

Desconectado Lisi

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Re: Pared Medianera en finca rústica. Daños por agua.
« Respuesta #10 en: 02 de Octubre de 2009, 10:19:57 am »
akiti: yo no te proponía medir la superficie de tu terreno por los olivos cultivados, ya que mañana plantas lechugas y estarías perdido  ;)

Si el muro perteneciera al terreno de tu vecino, implicaría que tu terreno es más grande y que tu vecino tiene que repararlo él solo. Yo creo que te costará mucho más "convencerlo" de esto. Por tanto, si tú estás de acuerdo con que esa es la linde, y parece que tu vecino también ya que te reclama el arreglo...tu fuerza debe centrarse en otro punto, que es el que te señala Drop.

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Desconectado akiti

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Re: Pared Medianera en finca rústica. Daños por agua.
« Respuesta #11 en: 02 de Octubre de 2009, 13:52:34 pm »
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akiti: yo no te proponía medir la superficie de tu terreno por los olivos cultivados, ya que mañana plantas lechugas y estarías perdido  ;)



jeje, si te entendí,  lo que pasa es que estos cultivos el precio se suele fijar por mata, y no por superficie cuando del cultivo tradicional hablamos y marcos de plantación parecidos, además de lechugas nada, continaremos dando a la sociedad un buen virgen extra  ;D

Desconectado Lisi

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Re: Pared Medianera en finca rústica. Daños por agua.
« Respuesta #12 en: 02 de Octubre de 2009, 14:06:59 pm »
jejej, ya lo sé...mi familia se dedica a lo mismo  ;)
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Desconectado akiti

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Re: Pared Medianera en finca rústica. Daños por agua.
« Respuesta #13 en: 02 de Octubre de 2009, 23:15:28 pm »
Pues que sepáis que me habéis ayudado mucho.

Ahora voy a intentar hablar y llegar a un acuerdo y arreglar entre dos,,que más vale un mal acuerdo que un buen pleito!!! dónde leí yo esto? :)

un saludo compañeros

Desconectado singulares26

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Re:Pared Medianera en finca rústica. Daños por agua.
« Respuesta #14 en: 11 de Febrero de 2013, 01:16:59 am »
Yopase por una situacion similar yo vivia cerca a unas No puedes ver los enlaces. Register or Login  se puedo solucionar, espero q ue tu tambien lo hayas logrado