Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: MORDEKAY en 27 de Agosto de 2018, 17:37:39 pm
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Derecho Penal I Primer parcial curso 2018 / 2019
Todo lo relacionado con la asignatura para el primer parcial del curso 2018/2019
Guía de la asignatura: Derecho Penal I (https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=125281.0)
Audioclases: Derecho Penal I: Clases de radio emitidas (audios) (http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=119647.0)
Aquí no se piden ni ofrecen apuntes, todo post que lo haga será eliminado.
Zona de petición de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0
Zona de subida y descarga de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=13.0
Zona de compraventa de libros: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=20.0
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Un saludo a todos, me apunto.
Está confirmado por el Departamento que se utilizará el mismo texto que el año pasado.
"Curso de Derecho Penal. Parte General". Segunda edición.
En exámenes tipo test está recomendado el uso del manual, que se puede sacar de la bilbioteca, o comprar, es caro pero es lo que hay. (además es recomendable el uso del Código Penal).
Para ver respuestas a las preguntas tipo test recomiendo la apertura de los Hilos del año pasado, no comprendo por qué el departamento no cuelga en UNEd Calatayud o Barbastro las soluciones oficiales, nos lo haría más fácil.
Un saludo de nuevo, y ánimo
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Bajo mi criterio el manual es indispensable junto a un CP (BOE) y esquemas de los temas. Uno de los mayores huesos de la carrera sin duda.
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Hola! Repito asignatura. En su momento no pude presentarme en junio ni en septiembre. Este parcial lo aprobé con un 8,5. En su momento estudié por el manual. Imprescindible leer los ejemplos del libro, de ahí parten muchas preguntas. Este año le compré a un chico del foro el manual actualizado que es el mismo que el del año pasado y la primera parte que corresponde con este parcial es prácticamente igual al de mi manual del 2014.
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Me apunto con ella.
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:-\ :-\ :-\ :-\ :-\
Yo me uno.
Es mi hueso...
Segundo parcial aprobado y primero al hoyo... :'( :'( :'(
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Buenos dias a todos, ¿podéis recomendar test contrastados? ya que como dice el compañero, el departamento no cuelga las soluciones.
Saludos
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Buenas tardes, me apunto!!
¿Sabeis si están subidas en algun sitio las plantillas de todos los exámenes de años anteriores?
Animo y a por ella.
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Sí
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Bueno, segundo año por aquí... primer parcial aprobado pero el segundo me he quedado con un 4'8 :-\
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Me apunto, vamos a por ella!
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Pues habrá que comprar el manual... todo sea por aprobar! :D
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Buenas tardes.
¿ Sabeis donde se pueden conseguir las plantillas de respuesta a los exámenes de años anteriores?
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Hola a tod@s, me la pido este curso con un poco de miedo, sobre todo al segundo parcial por comentarios que he visto. Me da que al ser tipo test no me va a quedar otra que tirar de manual (aunque llamar manual a un tocho de 1170 págs. es un decir) y espero que no sea también tirar una pasta ... Con todo y superada la bajona, vamos a por ella!
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Buenas compi,
este año voy a coger Penal I tambien y veo que recomiendan el código Penal actualizado. Cual es el mejor? el de leyes procesales yo adquiri el de Wolters Kluwer, el de Penal de esta editorial es el mejor? esta a 19,90€, luego he visto en amazon tambien este de Legisfor por 9,90€:
https://www.amazon.es/C%C3%B3digo-Penal-septiembre-Colecci%C3%B3n-Jur%C3%ADdicos/dp/1727003705/ref=sr_1_2?s=books&ie=UTF8&qid=1537465332&sr=1-2&keywords=codigo+penal
Cual me aconsejáis?
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Buenas compi,
este año voy a coger Penal I tambien y veo que recomiendan el código Penal actualizado. Cual es el mejor? el de leyes procesales yo adquiri el de Wolters Kluwer, el de Penal de esta editorial es el mejor? esta a 19,90€, luego he visto en amazon tambien este de Legisfor por 9,90€:
https://www.amazon.es/C%C3%B3digo-Penal-septiembre-Colecci%C3%B3n-Jur%C3%ADdicos/dp/1727003705/ref=sr_1_2?s=books&ie=UTF8&qid=1537465332&sr=1-2&keywords=codigo+penal
Cual me aconsejáis?
Pues si sólo quieres el código penal (sin legislación complementaria), cualquier edición actualizada estará bien y te ahorras pagar por lo que no necesitas (otra cosa es que te guste con letra más o menos grande, encuadernación lujosilla). En la página web del BOE tienes la versión consolidada gratis...
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Hola a tod@s, me la pido este curso con un poco de miedo, sobre todo al segundo parcial por comentarios que he visto. Me da que al ser tipo test no me va a quedar otra que tirar de manual (aunque llamar manual a un tocho de 1170 págs. es un decir) y espero que no sea también tirar una pasta ... Con todo y superada la bajona, vamos a por ella!
El segundo parcial es más ameno, pero es importante tener claros los conceptos básicos que se tratan en el primero.
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Pues si sólo quieres el código penal (sin legislación complementaria), cualquier edición actualizada estará bien y te ahorras pagar por lo que no necesitas (otra cosa es que te guste con letra más o menos grande, encuadernación lujosilla). En la página web del BOE tienes la versión consolidada gratis...
gracias por responder,
en Penal I necesitas legislación complementaria o solo mas adelante? cual recomiendas con legislación complementaria en caso de que lo necesite?
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gracias por responder,
en Penal I necesitas legislación complementaria o solo mas adelante? cual recomiendas con legislación complementaria en caso de que lo necesite?
Pues aún no tengo el manual, pero supongo que lo primero que debemos plantearnos es si interesa ir haciéndose con la bibliografía básica como "fondo de armario" o de momento simplemente sacar la asignatura. Cada uno tiene sus circunstancias y ha de valorar la inversión y las expectativas de retorno, que los cambios legislativos están a la orden del día...
Según he visto en las guías de Penal I y II el código recomendado es el de Dykinson (aunque no permiten llevar nada de eso al examen) pero no lo he tenido a mano y no sé qué incluye ni si está comentado. Yo tengo una copia impresa del Código Penal descargada del BOE con el propósito de "guarrearla" a lo bestia y he encargado un código de Aranzadi. Personalmente, en ediciones impresas estoy familiarizada con los códigos y legislación complementaria de Aranzadi, que me gustan mucho pues además del libro en papel, ofrecen la versión en ebook, actualizaciones y formularios y doctrina, pero el coste es más elevado.
Quizá alguno de los compañeros que ha cursado la asignatura pueda iluminarnos desde su experiencia ;)
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El segundo parcial es más ameno, pero es importante tener claros los conceptos básicos que se tratan en el primero.
Muchas gracias, tomo nota para emplearme a fondo desde ya, que el tiempo vuela ...
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Buenas!
Los vídeos de Illes Balears los recomendáis para esta asignatura? He visto que hay de dos profesores C. Moncada y A.Torres
Algún consejo?
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hola, me apunto a la famosa asignatura a ver como sale.
yo he visto las vidioclases de A.Torres de introduccion al Derecho procesal y era bastante flojas, el otro profesor no lo conozco.
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Que tutor o tutores recomendaríais visualizar? al ser tan hueso, quiero al menos ver dos tutorias distintas pero que sean impartidas por los mejores tutores de la UNED ;D ;D
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Hace tiempo que Penal ha dejado de ser hueso, es una asignatura sin más, nada asequible, pero con un grado de dificultad normal para el nivel de estudios en el que estamos, los universitarios.
Así que no os asustéis tanto, hay que cogerla con ganas, y seguro que tendréis buenos resultados.
No os olvidéis de que los ejemplos del libro son importantes.
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Buenas tardes!
Secundo lo dicho por Adodu1 y añado que la dificultad de esta asignatura, desde mi opinión personal, es porque maneja conceptos abstractos y puede resultar un poco complejo pero nada que no se supere bien si se comprenden esos conceptos.
Les recomiendo que no se desesperen con ella y que, cuando se encuentren con un problema de entender un determinado concepto, lo pregunten o busquen por Internet (hay mil páginas que hablan de esas cosas). No olviden leer los ejemplos del libro que además de esclarecedores muchas veces también caen en las preguntas del examen. Y por último, no olviden que en el examen les preguntarán casi seguro por la postura que el ED defiende en el manual y no por otras lineas de pensamiento que existen (lo comento porque otros años ha habido problemas con estas cosas de cara a contestar en el examen y aunque todo es reclamable supongo que preferirán no tener que acudir a la reclamación).
Si la toman con calma y paciencia puede ser una asignatura muy bonita y de las que le hacen reflexionar a uno.
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Hola, otra vez a por ella. Los dos cursos anteriores con un parcial aprobado, así que es mi tercer año con ella. Voy a decir como Escarlata: Juro por Dios que de este año no pasa de quitármela, que pesadez de asignatura. A ver si se les enciende la luz a los del Departamento de Penal y la hacen semestrales.
Como han dicho otros compis, sin duda lectura del libro y muchos test, las videclases a mi me resultan un poco pesadas o es que las que yo veo el profesor es un poco "pastoso" y con una voz muy lineal y me duermo.
Saludos de Pepa Sánchez, la trirrepetidora de Penal I
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Buenas noches a todos.
Se pueden descargar los audios de las clases ???.
Muchas Gracias a todos.
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Yo también en uno por aquí
Aunque voy a pedir compensación al ser mi última asignatura y convocatoria extraordinaria de diciembre por si no hay suerte con lo primero ñ.
Para mi sin duda la peor asignatura del grado
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El año pasado saqué bastante bien el primer parcial y no me pareció difícil. Si bien es verdad que ya estaba familiarizado con este tema. El segundo parcial me pareció bastante más difícil. El libro no está mal por los ejemplos, pero es muy tocho. Este año son dos asignaturas diferentes o una anual?
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Despues de dos años en standby....a mi pesar...retomo la carrera, cuatro asignaturas, ésta incluida, ánimo a todos!!!
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Por si sirve de algo a mi me ayudo mucho en esta asignatura cuando la cursé el haber entendido teoria del derecho, sobre todo la primera parte de la asignatura donde se manejan conceptos complejos. Lo vi como una continuación especifica de una parte de teoria del derecho.
Y no es que sea muy difícil penal, pero los exámenes no son poca cosa, los ponen de cierto nivel.
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Cuando está previsto que abran ALF, o ya está abierto???
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Cuando está previsto que abran ALF, o ya está abierto???
Creo recordar que el calendario ponía que el día 4 de octubre. ;)
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Gracias Sapara, esperemos pues.
Un saludo
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Hoy día 4, ya está activo ALF.
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Otro con Penal I, espero que se nos de bien a tod@s.
Vamos a por ella!!!!!!!
Un saludo.
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Hola a todos, me uno al foro y ya de paso pregunto a los q teneis manual...he visto en el foro q un profesor ha dicho q no entra la letra pequeña pero si entran los ejemplos en azul. Mi pregunta es...todos los ejemplos estan en azul osea entran todos o es q hay ejemplos q no entran?.
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hOLA A TODOS,
ALGUIEN ME PODRÍA DECIR DONDE SE PUEDEN CONSEGUIR LAS RESPUESTAS DE DE LOS EXÁMENES?HE MIRADO EN UNED CALATAYUD Y SOLO HAY 4 RESPUESTAS
UN SALUDO
MARBERG
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Hola a todos, me uno al foro y ya de paso pregunto a los q teneis manual...he visto en el foro q un profesor ha dicho q no entra la letra pequeña pero si entran los ejemplos en azul. Mi pregunta es...todos los ejemplos estan en azul osea entran todos o es q hay ejemplos q no entran?.
Hola, te confirmo que todos los ejemplos están en azul,la letra pequeña suelen ser conceptos aclaratorios ,saludos
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Hola, te confirmo que todos los ejemplos están en azul,la letra pequeña suelen ser conceptos aclaratorios ,saludos
Gracias parabellum, me lo temia pero al especificar q estaban en azul pense q pudiera haber ejemplos q no estuvieran en ese color. Un saludo y suerte.
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hOLA A TODOS,
ALGUIEN ME PODRÍA DECIR DONDE SE PUEDEN CONSEGUIR LAS RESPUESTAS DE DE LOS EXÁMENES?HE MIRADO EN UNED CALATAYUD Y SOLO HAY 4 RESPUESTAS
UN SALUDO
MARBERG
Prueba en DAYPO es una pagina de test de todas las asignaturas y suelen tener las preguntas de los examenes ademas podras practicarlas sin lapiz ni papel. Vas al buscador y pones derecho penal uned. 💪
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Buenas, a ver si alguien puede ayudarme. En la lección 1, cuando se habla del enfoque preventivo de la pena, se dice que "en caso de que los índices de criminalidad de una concreta Infracción penal sean elevados o exista el pronóstico de que así vaya a ser, se deberá prever para sus autores la pena que se estime necesaria en orden a reconducir esa situación o evitar que llegue a producirse, aunque supere la gravedad material de la conducta y la peligrosidad criminal del concreto condenado"
Pero luego, en el punto 1.3., las teorías unitarias como modelo explicativo de la imposición de la pena, afirma que desde el punto de vista de la prevención general no es posible una pena mayor a la proporcionada a lo injusto culpable, pues en ningún caso se ha de superar la barrera infranqueable representada por la retribución.
Alguien podría aclararme esta aparente contradicción?
Gracias!
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Buenas Friedlex.
No hay contradicción, te esta hablando de dos sistemas diferentes de enfocar la finalidad de la pena.
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"Hace mucho tiempo que penal ha dejado de ser hueso"
Según las últimas estadísticas publicadas en el portal de la Uned,las tres asignaturas con mayor número de suspensos son: mercantil 1(oro),administrativo 1(plata) y penal 1(bronce).Desde que hay estadísticas del grado, penal 1 está en la misma horquilla 40-45% de "cates".Esta es la información real que cualquiera que tenga acceso a la plataforma puede ver.
¿Qué se busca con una afirmación así?
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Buenas Friedlex.
No hay contradicción, te esta hablando de dos sistemas diferentes de enfocar la finalidad de la pena.
He pensado que quizá iba por ahí la cosa, en la contraposición de diferentes posturas, pero es que cuando se habla del enfoque preventivo, el manual lo hace a modo de explicación de los principios básicos de la fundamentación de la pena (retribución y prevención), no como una postura más, de ahí mi duda.
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"Hace mucho tiempo que penal ha dejado de ser hueso"
Según las últimas estadísticas publicadas en el portal de la Uned,las tres asignaturas con mayor número de suspensos son: mercantil 1(oro),administrativo 1(plata) y penal 1(bronce).Desde que hay estadísticas del grado, penal 1 está en la misma horquilla 40-45% de "cates".Esta es la información real que cualquiera que tenga acceso a la plataforma puede ver.
¿Qué se busca con una afirmación así?
Veo que no tienes cojones para citarme, pero para dar por saco día sí, día no, en todos los hilos donde participo, sí. Estás obsesionado conmigo, pedazo de troll.
Sabes hacer algo más aparte de dar por saco? Desde que estás en el foro sólo te he visto hacer eso y estar a la gresca con todos los que has interactuado.
Acaso has cursado esta asignatura, has hecho algún examen de Penal I, sabes el historial del departamento de los últimos años, para atreverte a insinuar chorradas? Porque yo sí he pasado por estas cosas y que yo recuerde tú aún estas atascado con TEC porque no te han dejado llevar el manual al examen, así que Penal I ni de lejos la has olido, como mucho llevas matriculado de ella unas semanas, pero una vez más sueltas la pullita, sólo para dejarte en evidencia tú solito, como siempre.
La explicación que daré a continuación no es para ti, porque tú no te mereces ni el más mínimo esfuerzo mío, troll. Se lo explicaré al resto de compañeros de este hilo, para que no sigan yendo con miedo al examen de esta asignatura.
En licenciatura esta asignatura tenía una dificultad normal. Había quejas después de los exámenes, pero como en todas las asignaturas, nada fuera de lo común.
Llegó el año 2012, el primer examen de Penal I de grado, manual nuevo, y ahí ocurrió la masacre, muchas preguntas no se podían contestar con el manual delante ( no una o dos como pasa ahora), pero ni alumnos, ni tutores casi se ponían de acuerdo. Los foros ardían, tanto el oficial como este, todo el mundo se quejaba, volaban las reclamaciones, impugnaciones, quejas por todos los lados, el hilo oficial de Penal de ese curso tuvo casi 90 páginas ( los de estos últimos cursos llegan a 15 con suerte, si tenéis curiosidad podéis entrar en las estadísticas del foro y veréis que está en el top 10 de temas más concurridos de todo el foro).
Ese curso se ha llegado a una tasa de éxito del 50% ( que no alcanza el 50, pero bueno, redondearemos todo hacia arriba) sólo porque los del ED se tuvieron que bajar del burro y bajar la nota de corte a 4, porque no les daba para llegar al porcentaje mínimo obligatorio de aprobados, supongo. Tantísimos suspensos había!
Ese curso sí que fue un hueso la asignatura.
El siguiente, 2013, también. No tanto como el anterior, pero lo fue. El porcentaje de éxito empezó a subir, pero creo que en parte fue porque la gente estaba muy concienciada ya con esta asignatura, iban todos a saco con ella y acojonados al examen. Como para olvidar la que se montó el curso anterior.
El 2014, bueno, se empezaba a normalizar un poco la cosa, el porcentaje de éxito ha subido un poco más, aunque no mucho.
A partir del 2015 ya empezó a haber más "privilegios", por así decirlo, subir los 4´8 a 5, una buena batería de preguntas tipo test para poder orientarte de como podías enfocar el examen e incluso la asignatura (esto es muy importante, porque hasta el curso 2012 sólo se tuvo batería de tests de licenciatura, y el tipo de preguntas cambia por completo, fue también uno de los factores que influyeron en la masacre, con el nuevo manual y el nuevo tipo de examen parecía otra asignatura incluso), empezaron a repetir algunas preguntas( 3-4 por examen se repite siempre, aunque no sea exactamente igual la pregunta, son muy parecidas), dejaron de poner preguntas tan abstractas relacionadas con las teorías de los 300 autores del manual, empezaron a incidir más en los ejemplos del manual ( lo que vienen en azul marino, como comentan más arriba), etc.
Estos últimos cursos ha ido subiendo también el porcentaje de éxito, pero no mucho, creo que el más alto es de 64%, y todo eso pese a que hay más privilegios, los exámenes son más normales, y ya sabemos muy bien a qué atenernos gracias a los tests anteriores.
Y por qué no ha subido aún más la tasa de éxito? Pues yo creo que es porque la gente sigue un poco acojonada con esta asignatura y muchos tiran la toalla incluso antes de ponerse en serio con ella al escuchar a todo el mundo lo hueso que es la asignatura.
La gente se autosugestiona desde antes de empezar con ella, "es hueso, difícil de aprobar, tampoco me voy a matar con ella porque es difícil de aprobar".
Pues no, no es una asignatura fácil, pero ya no es lo que era, se aprueba perfectamente, y con buenas notas incluso, si le metéis sus buenas horas y la cogéis con ganas y sin miedo desde el principio.
Quedaros con eso de alguien que ha pasado por ello y la ha aprobado en tercera matrícula.
Animaos, empezad ya, poco a poco, si no tenéis el libro, coged los apuntes más extensos que encontréis, iros a la biblioteca y leeros los ejemplos del libro e ya que estáis allí, fijaos en el libro de casos prácticos de Penal II*, en la primera parte tiene un resumen y esquemas muy buenos y aclaratorios de Penal I, de menos de 100 páginas si no recuerdo mal. Yo os lo recomiendo encarecidamente.
Echadle ganas y tendréis buenos resultados! Ánimo!
* Antes había libro de casos prácticos, ahora ya no sé si se ofertará en la bibliografía, así que por si acaso os dejo el nombre del libro: Casos prácticos de Derecho Penal (Parte Especial), de Carlos Vázquez González, editorial Dykinson.
Esta es la información real, de alguien que ha pasado por ello, y habla con propiedad.
¿Qué se busca con una afirmación así?
Ya que insistes en la pregunta, y no es ni la primera, ni la segunda, ni la tercera vez que te atreves a insinuar que aconsejo en el foro en perjuicio de los compañeros, te diré que con esa afirmación busco animar y ayudar a los compañeros, creo que a ellos les ha quedado bastante claro.
Qué buscas tú con perseguirme por los hilos, sacarle punta y poniendo en duda todo lo que digo, abrir hilos hablando mal de mi y lanzándome pullitas ( y que nadie te hace ni caso, por cierto, saben que eres troll), eh?
PD. Ale, a ver si tu amiguito Zubi también se une, es el único que falta.
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Todo el que no comulga con sus ideas,es un troll...y si usted fuera el troll,pero aun no se ha dado cuenta?
En su alegato,concurre usted en numerosas contradicciones y cae peligrosamente en su visión subjetiva de las cosas...no solo se trata de escribir gramaticalmente bien.
Dejo otro dato perfectamente contrastable por cualquier alumno real de la Uned con acceso a la plataforma:
Curso 2011/2012.Primer año con estadísticas del grado;porcentaje de aprobados 42.79
Curso 2016/2017.Ultimo año del que existen estadísticas del grado;porcentaje de aprobados 44.70
Ahora,pida a los moderadores/amiguetes que borren mi mensaje,que es el modus operandi habitual cuando se queda sin argumentos,ese y faltar al respeto,por supuesto.
Veo que recuerda bien el motivo de nuestro primer desencuentro.Jamás le busqué,ni pedí su opinión,pero usted,como siempre,tuvo que salir a rebatir con las formas que normalmente utiliza con los que piensa que puede avasallar por su vasta y dilatada experiencia en Uned,un hecho perfectamentamente contrastado,no sé que con qué intención.
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"Dar por saco en todos los hilos donde participo".....hay alguno donde no participe?
;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D
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Todo el que no comulga con sus ideas,es un troll...
Deja de desviar la atención, troll. Aquí el único troll eres tú.
Curso 2011/2012.Primer año con estadísticas del grado;porcentaje de aprobados 42.79
Curso 2016/2017.Ultimo año del que existen estadísticas del grado;porcentaje de aprobados 44.70
Esto no sé si es un burdo intento de manipulación, o es que de verdad no te da para más. Ese porcentaje de aprobados es sólo de los sacaron 5 y 6 en el examen, a eso hay que sumarle los notables y también los ínfimos MH. No se te había ocurrido?
Por eso hablo en términos de tasa de éxito en el anterior mensaje, que sería el término adecuado para ello.
Sí, los datos están en el portal de estadística para todo el que quiera echar un vistazo:
Curso 11-12, tasa de éxito: 53,88 (cuando se bajó la nota de corte a 4). En el anterior mensaje puse 50% porque me lié con la tasa de evaluación, la casilla de justo al lado.
Curso 12-13, tasa de éxito: 53,80%
Curso 13-14, tasa de éxito: 55,88%
Curso 14-15, tasa de éxito: 62,06%
Curso 15-16, tasa de éxito: 56,64%
Curso 16-17, tasa de éxito: 59,59%
A partir del ´15 empezaron los "privilegios", como ya dije, y se nota.
Ánimo a todo el mundo, para el que necesite algo de mi, ya sabe donde encontrarme.
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Oye, está muy bien vuestro debate y tal y podríais crear un post donde podéis debatirlo, pero no creo que el hilo oficial de la asignatura sea el sitio más adecuado para este tipo de disputas, porque se desvirtúa el fin del hilo y se perjudica así al resto de compañeros.
PD: Si alguien pueda aportar algo más a la duda que plantee hace un par de comentarios más arriba... ;D
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Buenas Friedlex.
Tal como yo lo veo la diferencia de un sistema a otro es el limite de "dureza" de la pena. En uno el limite es la gravedad del injusto en el otro puede superarse ese limite para "dar ejemplo" y "asustar" a la sociedad para que se lo piense muy bien antes de cometer ese ilicito concreto.
PD: Personalmente me ayuda mucho esto de debatir puntos de vista sobre el contenido de la asinatura.
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Entonces,y para que nos quede claro a todos...entre el año de "la masacre" y los años "de privilegios" hay entre un cuatro y un cinco por ciento menos de suspensos.no?
En fin....
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Se ve que las matemáticas y la comprensión lectora tampoco son lo tuyo.
Sí, en fin, sigue dejándote en evidencia. Lo que tenía que decir ya está dicho.
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Parece que le es imposible juntar dos líneas sin faltar al respeto implícita o explícitamente.No acepta que se le rebata ningún argumento y todo lo lleva al terreno personal...siga así...
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Por si hay algún veterano, este departamento, en el desarrollo qué piden, respuestas conceptuales y al grano o rollo?
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El examen es tipo test 25 preguntas (90 min) y cuatro opciones de respuesta
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Por si hay algún veterano, este departamento, en el desarrollo qué piden, respuestas conceptuales y al grano o rollo?
Me equivoqué de asignatura, mi pregunta iba dirigida a Procesal I. Perdón
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Buenas tardes.
¿Alguno tiene las plantillas de respuestas de examenes años anteriores? El Equipo Docente no los facilita
¿Cual de los dos profesores que graban las tutorias en Islas Baleares considerais que explica mejor la materia?
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Estoy en la misma situación que fer21, necesitaría saber donde encontrar las respuestas a los test de la plataforma. Alguien sabría decirme donde ver vídeo clases de este parcial ?? En algunos temas ando perdido y necesitaría esa ayuda. Si me podéis facilitar el enlace lo agradecería. Mucho ánimo con la asignatura y a por ella
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Mira en Uned Baleres.
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Muchas gracias Corbacho. Me vendrán genial ya que hay cosas que me cuesta entender.
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alguien tiene la pec del año pasado?
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Hola a todos,
Alguno tendría las respuestas del exámen de 2018 septiembre, primer parcial?
No las encuentro por ningún sitio y me gustaría comprobarlas.
Muchas gracias!
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PEC día 13 de enero 2019 , domingo, de 8 a 9 de la tarde.
Por hacerla no pasa nada (si estamos en disposición, por supuesto)
Un saludo
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PEC día 13 de enero 2019 , domingo, de 8 a 9 de la tarde.
Por hacerla no pasa nada (si estamos en disposición, por supuesto)
Un saludo
Alguien que tenga la de años anteriores, es que tengo pensado hacerla pero me gustaría tener idea de cómo fue otros años, gracias.
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Creeis que merece la pena hacer la PEC? Estoy indecisa :-\
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Creeis que merece la pena hacer la PEC? Estoy indecisa :-\
En qué dudas? Yo lo tengo claro, porque no baja la nota. Copio y pego del mensaje dejado en el foro por el equipo docente:
"Incidencia de las PEC en la calificación final:
Cada una de las PEC servirá SOLO para subir la nota del examen parcial correspondiente (NUNCA BAJA NOTA) siempre que se den los siguientes requisitos:
· Calificación de la PEC: Se debe aprobar la PEC, esto es, se debe obtener un mínimo de 1,25 sobre los 2,5 posibles; y
· Nota de corte en la prueba presencial: Es preciso alcanzar en la prueba presencial correspondiente al menos 7,5 puntos de los 10 posibles."
Espero haberte ayudado. Saludos y suerte!!
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En qué dudas? Yo lo tengo claro, porque no baja la nota. Copio y pego del mensaje dejado en el foro por el equipo docente:
"Incidencia de las PEC en la calificación final:
Cada una de las PEC servirá SOLO para subir la nota del examen parcial correspondiente (NUNCA BAJA NOTA) siempre que se den los siguientes requisitos:
· Calificación de la PEC: Se debe aprobar la PEC, esto es, se debe obtener un mínimo de 1,25 sobre los 2,5 posibles; y
· Nota de corte en la prueba presencial: Es preciso alcanzar en la prueba presencial correspondiente al menos 7,5 puntos de los 10 posibles."
Espero haberte ayudado. Saludos y suerte!!
Dudaba en que no se yo si a ese 7,5 llegaré. Pero gracias, creo que la haré y que sea lo que dios quiera :) :)
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Dudaba en que no se yo si a ese 7,5 llegaré. Pero gracias, creo que la haré y que sea lo que dios quiera :) :)
Claro, no tienes nada que perder. Si la haces y no llegas al 7,5 pues nada, tomarán tu nota del examen; pero sí pasas el 7,5 y te ha salido bien la PEC, sumarás nota!! Suerte :)
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Son las mismas preguntas para todos?podemos resolverlas en grupo? :D :D
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Hola, aquí esperando la PEC
:-\ :-\ :-\ :-\ :-\ :-\
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Ya esta
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¡Vamos a ello!
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Por favor, mandarme el texto que no me lo abre :'(
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“El acusado, Sergio, de nacionalidad española, mayor de edad y sin antecedentes penales, a lo largo de la noche recorrió diversos establecimientos en los cuales bebió bebidas alcohólicas, habiendo también consumido MDMA y hachís a lo largo de la noche, todo lo cual había mermado notablemente sus reflejos para conducir un vehículo, a la vez que desinhibido su conciencia. Siendo cerca de las seis horas y media de la madrugada el acusado entró en la Ronda de la Industria, un tramo recto que estaba desierto, sin peatones y con nula circulación de vehículos. Pese a que existían señales que limitaban la velocidad a 40 Km/hora y varios pasos de peatones con señalización vertical y horizontal, el acusado, en dicho tramo recto, aceleró deliberadamente su vehículo, y se acercó a una curva hacia la izquierda donde empieza un nuevo tramo recto, separada por el espacio reservado para el aparcamiento en línea de vehículos y separada también por la acera, acercándose el vehículo conducido por el acusado rápidamente a la curva, rebasando dos señales de curva peligrosa a la izquierda, curva en la que entró a cerca de ciento diez kilómetros por hora. El acusado perdió el control del vehículo hasta impactar, a entre noventa y cinco y ciento diez kilómetros por hora, contra la parte trasera una furgoneta que estaba allí estacionada en la zona destinada a tal efecto, delante de otro vehículo. El vehículo salió despedido contra unos contenedores que estaban más adelante y estos contenedores salieron a su vez despedidos, alejándose de la calzada, alcanzando uno u otro vehículo o los contenedores, a los peatones que, tras haber abandonado la discoteca, que ya había cerrado, se encontraban en grupos dispersos en la acera. Sergio no había visto a los peatones en el momento en el que aceleró su vehículo. A consecuencia de este atropello, por los golpes recibidos dos de los peatones fallecieron y otros tres resultaron heridos”.
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1-d
2-d
3-d
Correcto?
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A lo mejor han cambiado el orden en las preguntas...
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1-d
2-d
3-d
Correcto?
1- teoría equivalencia ...
2. Imagine que Sergio ...
3. Imagine que uno de los peatones ...
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1-d
2-d
3-d
Correcto?
[
para mi que la 1 es la b y la 3 se le aplica la que estaba en vigor en el momento de la comisión del delito, además ue la vigente en el momento del juicio es peor para el reo, se debe aplicar la anterior porque le beneficia
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están cambiadas
1 .- Imagine que tras el accidente Sergio se da a la fuga...
2. Imagine que los hechos hubieran sucedido en julio de 2007
3. Imagine que Sergio se da a la fuga y consigue escapar del país huy
-
están cambiadas las preguntas
1.Imagine que uno de los peatones contra los que impacta el contenedor sale despedido y golpea, a su vez, contra otro de los clientes que salen de la discoteca causándole unas lesiones graves ¿Respondería el peatón por las lesiones ocasionadas?
No, puesto que no hay relación de causalidad, ni tampoco imputación objetiva de la conducta.
No, porque estaríamos ante un supuesto de ausencia de acción por fuerza irresistible.
Sí, puesto que hay relación de causalidad conforme a la teoría de la equivalencia de las condiciones.
Sí, puesto que no hay relación de causalidad, pero sí imputación objetiva del resultado.
-
Ojo! Las respuestas se cambian de orden!
A mi me ha echado y al volver a entrar las respuestas estabn cambiadas de orden, aunque si ha respetado lo q yo había contestado (sigue señalada la q yo consideraba correcta, aunque ocupe otra letra)
Me hace pensar q no tenemos las respuestas igual ordenadas
-
Ojo! Las respuestas se cambian de orden!
A mi me ha echado y al volver a entrar las respuestas estabn cambiadas de orden, aunque si ha respetado lo q yo había contestado (sigue señalada la q yo consideraba correcta, aunque ocupe otra letra)
Me hace pensar q no tenemos las respuestas igual ordenadas
Por vuestras respuestas yo diría que no están en el mismo orden, ni las preguntas ni las respuestas jajajaja
-
Malvados jo jo jo
-
La anterior regulación, conforme al principio de legalidad y la prohibición de irretroactividad penal de la ley penal desfavorable.
La anterior regulación, conforme al principio de culpabilidad y su garantía de lex stricta.
cual de las dos diríais?
-
La anterior regulación, conforme al principio de legalidad y la prohibición de irretroactividad penal de la ley penal desfavorable.
La anterior regulación, conforme al principio de culpabilidad y su garantía de lex stricta.
cual de las dos diríais?
La anterior regulación, conforme al principio de legalidad y la prohibición de irretroactividad penal de la ley penal desfavorable
-
- por dolo eventual
- omisión propia dolosa
(respuestas correctas???)
-
- por dolo eventual
- omisión propia dolosa
(respuestas correctas???)
omision propia si... pero dolo eventual? Puse imprudencia grave :-\. Estaba drogado y bebido... conduccion temeraria... no creo que contara con que podia ocurrir cualquier cosa
-
En cuanto a la de peligro abstracto y tal...ninguna es correcta no? es un peligro concreto
-
Yo veo q ninguna es correcta, efectivamente, peligro concreto
-
Según los hechos probados y teniendo en cuenta la postura defendida...
Sí, pues el resultado es abarcado por el fin de protección de la norma.
No, puesto que no existe imputación objetiva del resultado.
Sí, conforme al principio de confianza.
No, puesto que no existe imputación objetiva de la conducta.
cual creéis?
-
no seria peligro abstracto?
En cambio en los delitos de peligro abstracto el legislador prohíbe una conducta porque
generalmente es peligrosa para los bienes jurídicos. La peligrosidad de esa conducta
suele ser solo la ratio legis, el motivo por el que el legislador la prohíbe, y además es
una peligrosidad que el legislador presume, pero rara vez pasa a ser definida en el tipo,
y por lo tanto no pasa a ser un requisito típico cuya concurrencia deba probar el juez
para afirmar la realización del tipo.
Ej. 8.39: La doctrina suele definir el delito de conducción bajo la influencia de
determinadas sustancias, del art 379 CP, como un delito de peligro abstracto. En
él se castiga al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la
influencia
de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas
alcohólicas. El legislador entiende que esta conducta es peligrosa y por ello la
prohibe bajo pena, sin exigir que en el caso concreto haya producido ningún
resultado de peligro concreto, y sin exigir tampoco en el tipo que en el caso
concreto la conducta sea peligrosa, pues tal cosa se presume, y no se permite por
tanto la prueba en contrario.
-
En cuanto a la de peligro abstracto y tal...ninguna es correcta no? es un peligro concreto
Yo veo q ninguna es correcta, efectivamente, peligro concreto
Yo puse que estamos ante un delito de peligro abstracto concreto. Es una variante de los delitos de peligro abstracto, conocida como delitos de aptitud para producir un daño o como delitos de peligro abstracto-concreto. Es cuando el legislador prohíbe una conducta por ser peligrosa y exige en el propio tipo esa peligrosidad (pag. 196 manual)Es una cualidad de la conducta.
-
Según los hechos probados y teniendo en cuenta la postura defendida...
Yo creo que es esta la buena
Sí, pues el resultado es abarcado por el fin de protección de la norma.
No, puesto que no existe imputación objetiva del resultado.
Sí, conforme al principio de confianza.
No, puesto que no existe imputación objetiva de la conducta.
cual creéis?
-
Yo puse que estamos ante un delito de peligro abstracto concreto. Es una variante de los delitos de peligro abstracto, conocida como delitos de aptitud para producir un daño o como delitos de peligro abstracto-concreto. Es cuando el legislador prohíbe una conducta por ser peligrosa y exige en el propio tipo esa peligrosidad (pag. 196 manual)Es una cualidad de la conducta.
yo tb creo que es peligro abstracto concreto
-
Sí, pues el resultado es abarcado por el fin de protección de la norma.
yo también puse esa
-
Pienso igual, el resultado es abarcado por el fin de protección de la norma.
-
Dolo eventual o imprudencia grave???
-
1 .-Imagine que uno de los peatones contra los que impacta el contenedor sale despedido y golpea, a su vez, contra otro de los clientes que salen de la discoteca causándole unas lesiones graves ¿Respondería el peatón por las lesiones ocasionadas?
No, porque estaríamos ante un supuesto de ausencia de acción por fuerza irresistible.
2 .-Según los hechos probados y teniendo en cuenta la postura defendida en el manual recomendado para el estudio de la asignatura, Sergio responderá de las muertes y lesiones ocasionadas:
por imprudencia grave.
La anterior regulación, conforme al principio de legalidad y la prohibición de irretroactividad penal de la ley penal desfavorable.
4 .- Si aplicamos la teoría de la equivalencia de las condiciones podemos afirmar que:
a conducción bajo los efectos del alcohol y las drogas, así como con exceso de velocidad, es condición pero no causa de las muertes y las lesiones ocasionadas.
5 .-Imagine que tras el accidente Sergio se da a la fuga, realizando los elementos del tipo de lo injusto del delito de omisión del deber de socorro del art. 195 CP. Sergio habría realizado un delito de:
omisión propia doloso.
6 .-Imagine que Sergio se da a la fuga y consigue escapar del país huyendo de la Justicia española a Alemania. ¿Sería posible que nuestras autoridades judiciales persiguieran el delito fuera de nuestras fronteras?
í, reclamando al acusado mediante una orden de extradición activa.
7 .-Según los hechos probados y teniendo en cuenta la postura defendida en el manual recomendado para el estudio de la asignatura, ¿es posible imputar objetivamente a Sergio los resultados de muerte y lesiones?
Sí, pues el resultado es abarcado por el fin de protección de la norma.
8 .-La conducta cometida por Sergio consistente en conducir el vehículo como lo hizo es constitutiva de un delito de conducción temeraria cuyo tipo penal exige que la conducta ponga en peligro la vida o integridad física de las personas. Teniendo en cuenta la postura defendida en el texto básico recomendado para el estudio de la asignatura:
estamos ante un delito de peligro abstracto concreto.
-
1 .-Imagine que uno de los peatones contra los que impacta el contenedor sale despedido y golpea, a su vez, contra otro de los clientes que salen de la discoteca causándole unas lesiones graves ¿Respondería el peatón por las lesiones ocasionadas?
No, porque estaríamos ante un supuesto de ausencia de acción por fuerza irresistible.
2 .-Según los hechos probados y teniendo en cuenta la postura defendida en el manual recomendado para el estudio de la asignatura, Sergio responderá de las muertes y lesiones ocasionadas:
por imprudencia grave.
La anterior regulación, conforme al principio de legalidad y la prohibición de irretroactividad penal de la ley penal desfavorable.
4 .- Si aplicamos la teoría de la equivalencia de las condiciones podemos afirmar que:
a conducción bajo los efectos del alcohol y las drogas, así como con exceso de velocidad, es condición pero no causa de las muertes y las lesiones ocasionadas.
5 .-Imagine que tras el accidente Sergio se da a la fuga, realizando los elementos del tipo de lo injusto del delito de omisión del deber de socorro del art. 195 CP. Sergio habría realizado un delito de:
omisión propia doloso.
6 .-Imagine que Sergio se da a la fuga y consigue escapar del país huyendo de la Justicia española a Alemania. ¿Sería posible que nuestras autoridades judiciales persiguieran el delito fuera de nuestras fronteras?
í, reclamando al acusado mediante una orden de extradición activa.
7 .-Según los hechos probados y teniendo en cuenta la postura defendida en el manual recomendado para el estudio de la asignatura, ¿es posible imputar objetivamente a Sergio los resultados de muerte y lesiones?
Sí, pues el resultado es abarcado por el fin de protección de la norma.
8 .-La conducta cometida por Sergio consistente en conducir el vehículo como lo hizo es constitutiva de un delito de conducción temeraria cuyo tipo penal exige que la conducta ponga en peligro la vida o integridad física de las personas. Teniendo en cuenta la postura defendida en el texto básico recomendado para el estudio de la asignatura:
estamos ante un delito de peligro abstracto concreto.
La 6 no sería euro orden???
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No seria mediante euro orden? es Alemania ???
-
No seria mediante euro orden? es Alemania ???
es verdad
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Personalidad pasiva ( las vi timas son españolas)
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Dolo eventual o imprudencia grave???
lo de imprudencia en el manual no lo veo claro
dolo eventual cuadra. la realizacion del tipo o producción resultado no es el fin que se persigue ni la consecuencia necesariamente unida, pero sí una consencuania no absolutamente improbalbe, con cuya producción el suejto cuenta (esta ultima parte me descuadra un poco) jajaja pero lo imprudencia, en el libro no dice como calificarla de grave o menos grave
-
O segundos
Tiempo
-
hecho, a ver si nos acompaña la suerte
Saludos de Pepa desde Cádiz
:-* :-* :-*
-
Mañana a las 10 lo sabremos!! ;D
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Un saludo a todos,
Encantado
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Hola, 7 de 8. Me da coraje >:( >:( >:( >:( porque en la 4 me he equivocado por no leer bien. Me di cuenta del error al poco de darle a finalizar la PEC. Contenta, ahora a intentar sacar ese 7,5 en el parcial.
Espero que os haya salido bien, suerte en el examen
Saludos de Pepa ::) ::)
-
por cierto, la 8 la cambié a última hora porque no lo veía claro y acerté. No era ninguna correcta, porque el peligro era concreto.
-
Hola chicos. Quien tiene bien las preguntas:
2 .-
Según los hechos probados y teniendo en cuenta la postura defendida en el manual recomendado para el estudio de la asignatura, Sergio responderá de las muertes y lesiones ocasionadas:
Observaciones:
4 .-
Imagine que Sergio se da a la fuga y consigue escapar del país huyendo de la Justicia española a Alemania. ¿Sería posible que nuestras autoridades judiciales persiguieran el delito fuera de nuestras fronteras?
-
Hola chicos. Quien tiene bien las preguntas:
2 .-
Según los hechos probados y teniendo en cuenta la postura defendida en el manual recomendado para el estudio de la asignatura, Sergio responderá de las muertes y lesiones ocasionadas:
Observaciones:
4 .-
Imagine que Sergio se da a la fuga y consigue escapar del país huyendo de la Justicia española a Alemania. ¿Sería posible que nuestras autoridades judiciales persiguieran el delito fuera de nuestras fronteras?
Yo las tengo bien todas
3- Imprudencia grave
4- euroorden
-
por cierto, la 8 la cambié a última hora porque no lo veía claro y acerté. No era ninguna correcta, porque el peligro era concreto.
Pues entonces no entiendo la diferencia entre peligro concreto, peligro abstracto y peligro abstracto-concreto. Alguien que me ilumine? Gracias!!
-
Ayuda :
-------------------
Según los hechos probados y teniendo en cuenta la postura defendida en el manual recomendado para el estudio de la
asignatura, ¿es posible imputar objetivamente a Sergio los resultados de muerte y lesiones?
Sí, conforme al principio de confianza.
No, puesto que no existe imputación objeva del resultado.
Sí, pues el resultado es abarcado por el fin de protección de la norma.
No, puesto que no existe imputación objeva de la conducta.
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-
Ayuda :
-------------------
Según los hechos probados y teniendo en cuenta la postura defendida en el manual recomendado para el estudio de la
asignatura, ¿es posible imputar objetivamente a Sergio los resultados de muerte y lesiones?
Sí, conforme al principio de confianza.
No, puesto que no existe imputación objeva del resultado.
Sí, pues el resultado es abarcado por el fin de protección de la norma.
No, puesto que no existe imputación objeva de la conducta.[/li]
---------------[/list]
[/quote]
La respuesta correcta es: Sí, pues el resultado es abarcado por el fin de protección de la norma.
De todas formas han colgado en la plataforma las soluciones correctas. Saludos!!
-
Ayuda :
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Según los hechos probados y teniendo en cuenta la postura defendida en el manual recomendado para el estudio de la
asignatura, ¿es posible imputar objetivamente a Sergio los resultados de muerte y lesiones?
Sí, conforme al principio de confianza.
No, puesto que no existe imputación objeva del resultado.
Sí, pues el resultado es abarcado por el fin de protección de la norma.
No, puesto que no existe imputación objeva de la conducta.
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Sí, pues el resultado es abarcado por el fin de protección de la norma
-
Ok gracias
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Pues entonces no entiendo la diferencia entre peligro concreto, peligro abstracto y peligro abstracto-concreto. Alguien que me ilumine? Gracias!!
En el peligro concreto se exige que la integridad de las personas haya entrado en el radio de acción de la conducta. En este caso la conducta de conducción temeraria produce un resultado concreto. En los peligros abstracto concretos no hay resultado sino que se refiere solo a la conducta.
No se si me he explicado bien. Quiero decir que aquí al haber gente alrededor podía perjudicar a esas personas con esa conducta.
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Ahora con esta nota que tenemos ,hace media con la nota final del examen, o eso es lo que nos sube a partir de 7.5 en el examen.Es decir,si saco un 8 ,me suman los 1,33 que he sacado de la PEC?y me queda un 9,33 o hace media?
-
Hola! he empezado a hacer los exámenes de otros años, y buscar las soluciones. En el de febrero del 2017, tipo A la pregunta 5 dice lo siguiente:
El art 234 de CP define delito de hurto como "el que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad del dueño...". Al respecto y teniendo en cuenta la explicación del texto reocmendado, es correcto decir:
A el elemento c"osa mueble" es un concepto normativo
B el elemento "ajena" es un concepto descriptivo
C el elemento "cosa mueble" es un concepto descriptivo mientras que el lemento "ajena" es un concepto normatio
D tanto el elemnto "cosa mueble" como "ajena" son conceptios normativos.
La respuesta creo tenerla máo o menos claro, pero buscnado informaicón por fuera porque en el libro (seguro que está delante mis narices) pero no hay manera. Algún alma caritativa que la haya buscado y me diga en que página está?
Gracias y ánimo
-
C
-
Tema 9 / Ejemplo 9.3 en página 207
-
Muchísimas gracias.
-
Ojo con preguntas similares PERO NO IGUALES
Febrero 2017. Tipo A. Pregunta 12 Verónica vierte una cantidad mortal de veneno.. Consulta móvil y es atrpellada por un autobús . Y la respuesta correcta es la C (referida a la interrupción del curso causal)
Sin embargo,
Febrero 2017. Tipo C. Pregunta 9 similar pregunta y la respuesta correcta es A (es atrpellada por el autobús por perdida de facultades por el efecto del veneno)
Un saludo,
-
Tengo una duda con respecto a la pregunta nº27 del Tipo A de Febrero de 2018, a ver si alguien me puede ayudar (o si tenéis las plantillas de respuestas de ese año, en Calatayud no están colgadas):
-De acuerdo la postura que se defiende en el texto básico recomendado, el que realiza una tentativa irreal o supersticiosa:
a- actúa sin dolo pero realiza el tipo objetivo de un delito doloso
b- actúa con dolo pero de manera justificada
c- lleva a cabo una coducta típica y antijurídica pero no culpable dada su inimputabilidad
d- lleva a cabo un comportamiento atípico
Gracias de antemano!
-
Tengo una duda con respecto a la pregunta nº27 del Tipo A de Febrero de 2018, a ver si alguien me puede ayudar (o si tenéis las plantillas de respuestas de ese año, en Calatayud no están colgadas):
-De acuerdo la postura que se defiende en el texto básico recomendado, el que realiza una tentativa irreal o supersticiosa:
a- actúa sin dolo pero realiza el tipo objetivo de un delito doloso
b- actúa con dolo pero de manera justificada
c- lleva a cabo una coducta típica y antijurídica pero no culpable dada su inimputabilidad
d- lleva a cabo un comportamiento atípico
Gracias de antemano!
Bajo mi punto de vista es la respuesta D) Lleva a cabo un comportamiento atípico
Saludos
-
Extraido de Foro del año pasado ( He comprobado varias páginas y es correcto)
RESPUESTAS TIPO A 1PP FEBRERO 2018 (24 de Enero de 2018) Primera semana
1C (pág.143) / 2D (pág.169 / 3C (pág.317) / 4B (pág.81) (ejemplo)
5A (pág.182) / 6B (pág.513) / 7C (pág.161) / 8A (pág.58)
9A (pág.90) / 10A (pág.211) / 11B (pág.262) / 12C (pág.385)
13C (pág.39) / 14A (pág.178) (ejemplo) / 15D (pág.432) / 16A (pág.23)
17B (pág.226 y 227) /
18B (pág.244) leer el párrafo de letra pequeña justo encima del ejemplo 10.19.
19C (pág.326) / 20B (pág.367) / 21B (pág.11) / 22C (pág.100)
23B (pág.492) / 24D (pág.418) / 25D (pág.349)
------------
26C (pág.530) / 27D (pág.345)
-
RESPUESTAS TIPO B 1PP FEBRERO 2018 (6 de febrero de 2018) segunda semana
1B (pág.14) / 2B (pág.429) / 3D (pág.471) / 4C (pág.104) / 5C (pág.455)
6D (pág.373) (Puede ser expreso o tácito, y también puede ser anterior o simultáneo a la ejecución del delito. PUEDE, es decir, no existe DEBER)
7A (pág.329) / 8C (pág.231) (Ejemplo 10.16) / 9A (pág.180)
10B (pág.41) (Es compatible sancionar penal y administrativamente cuando el fundamento de la sanción penal y de la disciplinaria es diferente)
11A (pág.118) / 12C (pág.377) / 13C (pág.193) (Ejemplo 8.35) / 14A (pág.46-47)
15B (pág.59) / 16D (pág.85) / 17B (pág.207) (Ejemplo 9.3) / 18C (pág.276)
19A (pág.391) / 20A (pág.277) / 21C (pág 505) / 22B (pág.411) / 23D (pág.286)
24A (pág.162) / 25B (pág.150)
-
Bajo mi punto de vista es la respuesta D) Lleva a cabo un comportamiento atípico
Saludos
Coincido con el compañero. La D sin duda
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Muchas gracias por vuestras respuestas, la D es la que yo creía pero no encontraba la página concreta, me alegra ver que coincidimos!
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Estoy haciendo exámenes, supongo que como todos, y los matices me pierden.
Realmente se hace complicado. Siempre hay 8 o 10 realmente difíciles de pillar.
Mucho ánimo y SALUD que hay mucha gripe suelta 😊
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Alguien tiene las soluciones de exámenes anteriores?por ejemplo de 2016 hasta 2018.He visto que de 2018 están los de febrero,las de septiembre alguien las tiene?
-
Alguien tiene las soluciones de exámenes anteriores?por ejemplo de 2016 hasta 2018.He visto que de 2018 están los de febrero,las de septiembre alguien las tiene?
Cuál es tu email?
-
Cuál es tu email?
Ya me los pasaron, gracias!!!
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Alguien me podría echar un cable y pasarmelas? No tengo mucho contacto y no me llegan estas cosas :'(
mi mail es a.gabarron11@gmail.com
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Buenas! Encontré unas diapositivas de la universidad complutense que a mi están viniendo bastante bien. Es un resumen bastante completo. Comparto url para quien lo quiera. Suerte a todos! https://eprints.ucm.es/41130/
-
Como fue el examen de hoy? Alguna plantilla de respuestas?
-
Me pareció ver una pregunta repetida, madre mía..
-
Me pareció ver una pregunta repetida, madre mía..
Si hiciste el Tipo A me parece que si
-
Alguien sabe dónde cuelgan la plantilla, para enterarnos de las respuestas.
Y si de paso alguien se anima a explicar cómo hay que hacer para impugnar las preguntas del test.
Gracias.
-
Yo tenía el tipo A, he contestado
1b
2a
3b
4a
5a
6d
7b
8c
9a
10d
11d
12b
13a
14b
15d
16c
17d
18 b
19a
20a
21 b
22b
23d
24a (ahora creo q es la c)
25d
26 a
27
-
Yo tenía el tipo A, he contestado
1b
2a
3b
4a
5a
6d
7b
8c
9a
10d
11d
12b
13a
14b
15d
16c
17d
18 b
19a
20a
21 b
22b
23d
24a (ahora creo q es la c)
25d
26 a
27
Hola compañero,
Una cuestión... sobre la pregunta 23. Dice literalmente: Complete la siguiente frase "El principio real o de protección de intereses se aplica a delitos cometidos en el extranjero ......... y su fundamento radica en que los delitos......"
a) por ciudadanos extranjeros/afectan exclusivamente al titular de la Corona
b) con independencia de la nacionalidad del autor/afectan a la forma constitucional del Estado
c) por ciudadanos extranjeros/protegen bienes jurídicos supraindividuales
d) con independencia de la nacionalidad del autor/protegen determinados bienes jurídicos que constituyen intereses del Estado
Yo estaba dudando entre la b y la d. ¿Por qué dudé acerca de la d? porque si observamos la literalidad de la frase, dice: "y su fundamento radica en que los DELITOS PROTEGEN determinados bienes jurídicos..."
¿No os ha sonado raro? ::)
-
Me pareció ver una pregunta repetida, madre mía..
Me he pasado como 5 minutos en plan psicopata buscando la diferencia, pero sí, era la misma
-
Sí, es verdad, se repetía en la primera pregunta de reserva, la 26
-
¡Vaya! Me acabo de dar cuenta de lo de la pregunta 23. No me fijé en eso, pero es cierto... yo caí en la trampa
-
Me estoy haciendo un lío con esto...
¿En realidad sí se puede decir que los delitos protegen intereses no? El delito de homicidio protege la vida humana, por ejemplo.
-
Buenas tardes compis!
¿Alguien ha comprobado con el manual y tiene las respuestas?
Gracias
-
Hola compañero,
Yo también he puesto la d), ahí puede haber una mala redacción?
Una cuestión... sobre la pregunta 23. Dice literalmente: Complete la siguiente frase "El principio real o de protección de intereses se aplica a delitos cometidos en el extranjero ......... y su fundamento radica en que los delitos......"
a) por ciudadanos extranjeros/afectan exclusivamente al titular de la Corona
b) con independencia de la nacionalidad del autor/afectan a la forma constitucional del Estado
c) por ciudadanos extranjeros/protegen bienes jurídicos supraindividuales
d) con independencia de la nacionalidad del autor/protegen determinados bienes jurídicos que constituyen intereses del Estado
Yo estaba dudando entre la b y la d. ¿Por qué dudé acerca de la d? porque si observamos la literalidad de la frase, dice: "y su fundamento radica en que los DELITOS PROTEGEN determinados bienes jurídicos..."
¿No os ha sonado raro? ::)
-
Yo he puesto también la d), es posible que exista una redacción confusa
-
Me estoy haciendo un lío con esto...
¿En realidad sí se puede decir que los delitos protegen intereses no? El delito de homicidio protege la vida humana, por ejemplo.
Lo constitutivo de delito es algo que va contra lo establecido por la Ley, bajo mi punto de vista. Por eso considero que la d) es confusa e incorrecta.
Básicamente porque si un delito va contra Ley, no puede proteger al mismo tiempo los intereses del Estado.
Si hubiese puesto "delitos AFECTAN..." entonces sí sería como hemos estudiado en el manual o los apuntes.
-
Respecto a la pregunta 9... se trata de un ilícito, de un disfraz y pone en riesgo ciertos derechos humanos... ¿Cabe la obediencia debida?
Mirad este enlace:
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2018/03/28/legal/1522248362_010222.html
Es otra confusa... la correcta puede ser la D) ninguna de las anteriores es correcta. Pero a saber.
-
Respecto a la pregunta 9... se trata de un ilícito, de un disfraz y pone en riesgo ciertos derechos humanos... ¿Cabe la obediencia debida?
Mirad este enlace:
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2018/03/28/legal/1522248362_010222.html
Es otra confusa... la correcta puede ser la D) ninguna de las anteriores es correcta. Pero a saber.
[/quo
Perdón, me he equivocado al copiarla, yo he contestado efectivamente la D
Tienes razón
-
Me cuesta aceptar la respuesta 23.b) por "forma constitucional de estado". Creo que la buena es la d), pero no está bien redactado
-
¿Sabéis cuando dicen si anulan alguna pregunta?
-
Yo he puesto también la d), es posible que exista una redacción confusa
Creo que es correcta la D. La pregunta está bien formulada aunque no consta el texto completo por eso los puntos discontinuos
-
La 9 creo que es la d) por ser orden manifiestamente ilícita, alguna opinión?
-
En la 9 también he marcado la d, no cabe obediencia debida si la orden es manifiestamente ilícita. Además, creo que la vi muy parecida en un examen creo que de 2012.
¿Qué os parece la 21?
-
Yo tenía el tipo A, he contestado
1b
2a
3b
4a
5a
6d
7b
8c
9a
10d
11d
12b
13a
14b
15d
16c
17d
18 b
19a
20a
21 b
22b
23d
24a (ahora creo q es la c)
25d
26 a
27
En estas no coincido contigo:
1 d
8 d
9 d
10 c
15 c
17 a
22 d
24 (también entiendo que es la C)
-
Me cuesta aceptar la respuesta 23.b) por "forma constitucional de estado". Creo que la buena es la d), pero no está bien redactado
A mí también, por eso he dudado bastante. Es extraño, pero es que es mucho más duro aceptar que un delito "protege".
-
En la 9 también he marcado la d, no cabe obediencia debida si la orden es manifiestamente ilícita. Además, creo que la vi muy parecida en un examen creo que de 2012.
¿Qué os parece la 21?
En la 21 yo he marcado la b) Lucía responde por una tentativa de asesinato en concurso con un homicidio imprudente.
-
Yo creo que la 3 es la C, 15C, 23 D, y la 1 dudo que sea la B aunque me gustaría
Me ha parecido difícil, sobre todo la 9,10 y la 27 un misterio.
-
21 b) también, qué habeis puesto en la 22?
-
21 b) también, qué habeis puesto en la 22?
En la 22 he puesto la B) inductor de un delito de lesiones
-
La 21 también veo la b. La 10 entiendo que es la función práctica, b.
-
21 b) también, qué habeis puesto en la 22?
Considero 22 D. Ya que la inducción debe ir dirigida a persona/as determinadas y no a "miles de personas..."
-
La 8 si atendemos al CP es la c), pero el manual se posiciona en la d)
-
En la 8 hay que estar a lo que dice el código penal, el enunciado no dice "según el manual" . De ser la D, resultaría que puedes endiñarla a golpes con los okupas. No puede ser la d, yo creo.
-
Considero 22 D. Ya que la inducción debe ir dirigida a persona/as determinadas y no a "miles de personas..."
Pero si alguien lo lleva a cabo responden como inductores no la dude porque viene en el manual y cuando la estudie me extraño
-
A mi en general no me ha parecido difícil. Algo lioso en algunas preguntas y un par de ellas que conteste al tun tun.
El militar como decís es la d (ninguna es correcta). En el manual viene un ejemplo parecido.
No se si invalidarán alguna pero solo podrían tirar de un de reserva porque la otra es repetida no?.
A ver cuando salga la nota
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Pero si alguien lo lleva a cabo responden como inductores no la dude porque viene en el manual y cuando la estudie me extraño
pero se les castiga como al autor si se hace efectivo, no? todas ponen responde y esa " castiga" y ahí creo que está la trampa, yo puse la d
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A mi en general no me ha parecido difícil. Algo lioso en algunas preguntas y un par de ellas que conteste al tun tun.
El militar como decís es la d (ninguna es correcta). En el manual viene un ejemplo parecido.
No se si invalidarán alguna pero solo podrían tirar de un de reserva porque la otra es repetida no?.
A ver cuando salga la nota
Si se tira de reserva la 26 es válida aunque esté repetida.
Lo leí en el foro oficial ALF porque ya había pasado otro año pero con dos preguntas dentro de las 25.
En general el examen ha sido aceptable para aprobar, no muy complicado si se ha estudiado, y nada que ver con otros años en los que la dificultad estribaba en saber qué te están preguntando, en mi opinión.
Un saludo y a esperar
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Alguien me podría echar un cable y pasarmelas? No tengo mucho contacto y no me llegan estas cosas :'(
mi mail es a.gabarron11@gmail.com
Hola, a mi me pasa lo mismo. Podrías pasarmelas. mi correo es anarmaestre@hotmail.com
Muchas gracias
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Buenas compañeros, alguien ha cotejado con el libro las respuestas del examen tipo A.???
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Mira a ver si te vale esto https://mega.nz/#!5VIwTKoT!7-2wFCYXUgkv-hJ6LPlnnoZ8pILM6hTL0kY0mIoBuqY (https://mega.nz/#!5VIwTKoT!7-2wFCYXUgkv-hJ6LPlnnoZ8pILM6hTL0kY0mIoBuqY)
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Pues yo repito lo mismo: En la pregunta 23 del modelo A me parecería muy extraño que diesen por buena la d). En términos generales sería la más adecuada si no fuera por la nefasta redacción empleada, que debería invalidar esa opción.
En un estudiante de Derecho debe buscarse también el dominio de la semántica y aceptar que los delitos "protegen" es, bajo mi punto de vista, sangrante.
Dado que existe ese error, la más adecuada es la B, que es "extensiva" e incluye la forma constitucional.
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Lo primero que creo, que se dice "desde mi punto de vista" y no "bajo mi punto de vista". Te lo comento por lo preocupado que te veo por la correcta manera de expresarse del estudiante de Derecho. Luego comentarte que te eches un ojo al libro oficial en su página 75 Lección 4 Punto 3.1 que dice así:
"...El fundamento de este complemento al principio de territorialidad radica precisamente en la naturaleza de esos delitos a los que se extiende, pues son delitos que protegen determinados bienes jurídicos que constituyen intereses del Estado, y que pueden no verse tan bien protegidos por la legislación extranjera."
Según yo lo entiendo; si bien determinadas acciones u omisiones pueden cumplir con el tipo del delito, pueden no ser antijurídicas y considerarse lícitas conforme a derecho. Por lo que podría darse el caso que un delito no antijurídico, sirva para proteger un bien jurídico o los intereses del Estado.
Que lo mismo estoy equivocado y tienes tú razón.
Un saludo
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Lo primero que creo, que se dice "desde mi punto de vista" y no "bajo mi punto de vista". Te lo comento por lo preocupado que te veo por la correcta manera de expresarse del estudiante de Derecho. Luego comentarte que te eches un ojo al libro oficial en su página 75 Lección 4 Punto 3.1 que dice así:
"...El fundamento de este complemento al principio de territorialidad radica precisamente en la naturaleza de esos delitos a los que se extiende, pues son delitos que protegen determinados bienes jurídicos que constituyen intereses del Estado, y que pueden no verse tan bien protegidos por la legislación extranjera."
Según yo lo entiendo; si bien determinadas acciones u omisiones pueden cumplir con el tipo del delito, pueden no ser antijurídicas y considerarse lícitas conforme a derecho. Por lo que podría darse el caso que un delito no antijurídico, sirva para proteger un bien jurídico o los intereses del Estado.
Que lo mismo estoy equivocado y tienes tú razón.
Un saludo
Buenos días,
En primer lugar, comentarte que me parece algo triste que uno plantee una cuestión, pudiendo estar equivocado o no, y respondas a la defensiva. Créeme, en la vida hay cosas más importantes por las que ponerse los humos.
En segundo lugar, crees mal. La Fundéu BBVA, en la que participa la RAE, corrobora el uso de "bajo mi punto de vista". Si vas a buscar polémica, al menos hazlo desde el conocimiento. Creo que si una persona plantea que es relevante el buen uso de la lengua, no es de recibo que vayas a buscar el error.
Por último... si desde el principio me dices algo así como "compañero, estás equivocado, échale un ojo a..." yo, con humildad, reconozco el error. Es cierto que no lo había visto desde ese punto de vista: delito típico pero no antijurídico. Es totalmente razonable, de hecho. Algo que tengo interiorizado, pero en lo que no había caído.
Pido disculpas por el error.
Saludos.
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Buenos días,
En primer lugar, comentarte que me parece algo triste que uno plantee una cuestión, pudiendo estar equivocado o no, y respondas a la defensiva. Créeme, en la vida hay cosas más importantes por las que ponerse los humos.
En segundo lugar, crees mal. La Fundéu BBVA, en la que participa la RAE, corrobora el uso de "bajo mi punto de vista". Si vas a buscar polémica, al menos hazlo desde el conocimiento. Creo que si una persona plantea que es relevante el buen uso de la lengua, no es de recibo que vayas a buscar el error.
Por último... si desde el principio me dices algo así como "compañero, estás equivocado, échale un ojo a..." yo, con humildad, reconozco el error. Es cierto que no lo había visto desde ese punto de vista: delito típico pero no antijurídico. Es totalmente razonable, de hecho. Algo que tengo interiorizado, pero en lo que no había caído.
Pido disculpas por el error.
Saludos.
Lo primero no pretendía molestarte y si te han molestado las formas, te pido disculpas. Dicho esto, comentarte que estilísticamente hay quienes consideran preferible "desde". Evidentemente la diferencia no es "sangrante" :) pero así lo deja reflejado la fuente que comentas : https://www.fundeu.es/consulta/desde-mi-punto-de-vistabajo-mi-punto-de-vista-1627/ (https://www.fundeu.es/consulta/desde-mi-punto-de-vistabajo-mi-punto-de-vista-1627/) y como hablabas de la correcta semántica del uso del lenguaje, te lo dejaba caer, como en su día una profesora de lenguaje, me lo hizo ver a mi; Suena mejor el valorar algo desde un punto cualquiera (igualitario) que supervisarlo, por encima, al considerarlo por debajo. Piensa en las connotaciones que esto conlleva ... traído al Derecho podría parecer más conveniente tirar de valores clásicos del Derecho y la Administración y buscar la equidad, al mostrar opiniones confrontadas a otras en un mismo nivel. No ponerlas por debajo de la nuestra, pues podría parecer una pretendida elevación o ventaja de altura ... pero eres muy libre de ajustar tus opiniones a la altura que quieras. Si es por arriba, pues por arriba, en cuyo caso todo quedará bajo tu punto de vista, necesariamente. Y nada que ahí te dejo mi humilde reflexión para que la interiorices y valores como un estudiante de Derecho debe expresar sus opiniones, si desde arriba o desde un punto indeterminado y reflexivo. En ocasiones podemos estar equivocados y como que cuesta más bajar de las alturas donde nos creíamos ( estilísticamente hablando ) que acercarnos desde otro punto de vista indeterminado.
Un saludo y reiterarte mis disculpas.
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Lo primero no pretendía molestarte y si te han molestado las formas, te pido disculpas. Dicho esto, comentarte que estilísticamente hay quienes consideran preferible "desde". Evidentemente la diferencia no es "sangrante" :) pero así lo deja reflejado la fuente que comentas : https://www.fundeu.es/consulta/desde-mi-punto-de-vistabajo-mi-punto-de-vista-1627/ (https://www.fundeu.es/consulta/desde-mi-punto-de-vistabajo-mi-punto-de-vista-1627/) y como hablabas de la correcta semántica del uso del lenguaje, te lo dejaba caer, como en su día una profesora de lenguaje, me lo hizo ver a mi; Suena mejor el valorar algo desde un punto cualquiera (igualitario) que supervisarlo, por encima, al considerarlo por debajo. Piensa en las connotaciones que esto conlleva ... traído al Derecho podría parecer más conveniente tirar de valores clásicos del Derecho y la Administración y buscar la equidad, al mostrar opiniones confrontadas a otras en un mismo nivel. No ponerlas por debajo de la nuestra, pues podría parecer una pretendida elevación o ventaja de altura ... pero eres muy libre de ajustar tus opiniones a la altura que quieras. Si es por arriba, pues por arriba, en cuyo caso todo quedará bajo tu punto de vista, necesariamente. Y nada que ahí te dejo mi humilde reflexión para que la interiorices y valores como un estudiante de Derecho debe expresar sus opiniones, si desde arriba o desde un punto indeterminado y reflexivo. En ocasiones podemos estar equivocados y como que cuesta más bajar de las alturas donde nos creíamos ( estilísticamente hablando ) que acercarnos desde otro punto de vista indeterminado.
Un saludo y reiterarte mis disculpas.
Considero que le puede molestar "bajar" desde su púlpito... o desde las alturas, a quien haya pretendido estar en las alturas. A mis alumnos, en la Universidad, les comento que pueden corregirme sin problemas si ellos consideran que hay algo que no comparten. Es algo que me enseñaron mis padres, la confrontación de ideas, así como después mi director de tesis doctoral.
Como no tengo problemas en reconocer mis errores y, como aquí estoy para aprender Derecho, ya que nadie nace con los conocimientos sobre Derecho Penal de serie, agradezco en gran medida tu aporte sobre la cuestión que planteé. Repito, reconozco que no lo había visto y para mí las contribuciones de todos, estudiantes o ya titulados, enriquecen mucho el debate.
Por favor, no dejes de compartir cosas y, si ves que meto la pata y pasas por ahí, no dudes en indicar cómo lo ves tú. Para mí es muy útil, pues empecé la carrera de Derecho en octubre de 2017 y estoy en segundo. Aún me falta mucho por aprender.
Un saludo, Estudianto.
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Buenas tardes, alguien puede poner las plantillas de septiembre 2018? Las he buscado pero no las encuentro
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Buenas tardes, alguien puede poner las plantillas de septiembre 2018? Las he buscado pero no las encuentro
Espero te sirva:
SEP 18 MOD. A https://mega.nz/#!EQo3gAyC!Bi7tsGMjrOOeWiitTicqBCLfrFDg-DAxwK1tJjBBhu0 (https://mega.nz/#!EQo3gAyC!Bi7tsGMjrOOeWiitTicqBCLfrFDg-DAxwK1tJjBBhu0)
SEP 18 MOD. B https://mega.nz/#!BExVnajA!ZvaQ1FS2t21uV-ji028J_EEHEqVHdI21luqnqdCeDIg (https://mega.nz/#!BExVnajA!ZvaQ1FS2t21uV-ji028J_EEHEqVHdI21luqnqdCeDIg)
SEP 18 MOD. C https://mega.nz/#!EQo3gAyC!Bi7tsGMjrOOeWiitTicqBCLfrFDg-DAxwK1tJjBBhu0 (https://mega.nz/#!EQo3gAyC!Bi7tsGMjrOOeWiitTicqBCLfrFDg-DAxwK1tJjBBhu0)
Un saludo
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Alguien tiene las soluciones de exámenes anteriores? Lo agradecería mucho :)
Por cierto hay una chica en Youtube que acaba de subir una serie de videos sobre el Dcho Penal Parte General y en un par de horas tienes todos los contenidos de este primer parcial y está bastante bien explicado.
https://www.youtube.com/channel/UCKyW-A0cghx5Svhkc5va49g/videos
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Ah, pues está muy bien. se explica bien la chica :)
muchas gracias!
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Hola! Indagando en busca de videos que me ayudarán a entender ciertos conceptos, me he topado con estos videos, que lo veo muy bueno como material de repaso antes del examen, y quería compartirlo. Espero que os sea de utilidad.
https://youtu.be/ad1BSfv5Peo
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Muchas gracias Estudianto!!
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Muchas gracias Estudianto!!
De nada, a mandar... os dejo el examen del 22.1.19 en Daypo, está un poco cutre ( con imágenes) pero creo que se puede realizar bien.
Por cierto me pareció bastante cabrón el examen...
https://www.daypo.com/derecho-penal-i-febrero-2019.html (https://www.daypo.com/derecho-penal-i-febrero-2019.html)
Saludos
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Estudianto tienes las respuestas de exámenes antiguos?
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Estudianto tienes las respuestas de exámenes antiguos?
Mira si te sirve esto https://mega.nz/#!kBYV0ACa!1J6S_At-nqTjxjfv_GX4XZbvWhJ5NH6lgbXC2NNbbq0 (https://mega.nz/#!kBYV0ACa!1J6S_At-nqTjxjfv_GX4XZbvWhJ5NH6lgbXC2NNbbq0)
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Acabo de hacer el examen tipo B y tengo bastantes dudillas, alguien podría darme sus respuestas para contrastarlas con las mías :-X?
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El examen me ha parecido complicado en comparacion con la semana pasada... o al menos me ha hecho dudar mucho en muchas preguntas jajajaja ahí van mis respuestas pero no están comprobadas por el libro, es simplemente lo que he respondido.
TIPO B
1. c
2. a
3. —
4. b
5. a
6. —
7. a
8. —
9. a
10. a
11. a
12. d
13. c
14. a
15. c
16. d
17. c
18. d
19. c
20. c
21. a
22. c
23. a
24. b
25. a
26. a
27. c
-
Hola,
tengo la misma impresión que tú. he dudado demasiado. ahora según venía de camino a casa pensaba...la verdad es que no tengo ni idea de si me ha salido bien o mal. teniendo en cuenta que he dudado mucho, yo diría mas bien que mal... pero es test, nunca se sabe. ahí van mis respuestas:
1c
2b
3b
4b
5b
6a
7b
8a
9a
10a
11c
12d
13c
14c
15a
16b
17c
18d
19a
20d
21c
22c
23a
24b
25a
26d
27c
-
Las mías:
1-C
2-A
3-B
4-B
5-A
6-C
7-D
8-A
9-A
10-A
11-
12-D
13-C
14-
15-C
16-D
17-C
18-D
19-C
20-C
21-C
22-
23-A
24-B
25-
26-A
27-C
-
A mí también me ha parecido complicado. Por cierto contestando todas ¿cuántas se pueden tener mal para aprobar?
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A mí también me ha parecido complicado. Por cierto contestando todas ¿cuántas se pueden tener mal para aprobar?
10
-
10
Acabo de hacer la cuenta y me salen 15. Teniendo en cuenta que se contestan todas. 15 bien a 0,4 es un 6. 10 mal a -0,1 es 1. Sería un 5 justo.
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Yo he dudado muchisimo. Pocas preguntas he tenido claras al 100%.
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Estas seguro de las 15? y si es así las podrías poner. Gracias
-
Estas seguro de las 15? y si es así las podrías poner. Gracias
No se si me he explicado. No era una cuenta de mi examen. Sino en general cuántas harían falta para aprobar. Aún no he comprobado mi examen con el libro.
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Bueno pues yo no tengo las respuestas oficiales ni tampoco las he buscado en el libro.
pero tomando como criterio la coincidencia con legis23 y sapara...estaríamos los 3 aprobados! :)
Yo con un 5 raspadazo, así que...a ver que pasa con la 6, 7 y 14
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Buenos días
Creo que lo tengo medianamente corregido...
1C
2A
3B
4B
5A
6C
7B
8C
9A
10A
11D
12D
13C
14A
15C
16D
17C
18D
19C
20C
21A
22C
23A
24 no la encuentro
25A
26 no la encuentro
27C
Que opináis? Alguno lo ha intentado corregir?
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Creo que la 23 es la D) la 24 es la B) y la 26 tampoco la encuentro! El resto de acuerdo en todo
Buenos días
Creo que lo tengo medianamente corregido...
1C
2A
3B
4B
5A
6C
7B
8C
9A
10A
11D
12D
13C
14A
15C
16D
17C
18D
19C
20C
21A
22C
23A
24 no la encuentro
25A
26 no la encuentro
27C
Que opináis? Alguno lo ha intentado corregir?
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corrijo! Que efectivamente la 23 es la a)
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Alguien sabe si cuelgan las soluciones de ambos (primera y segunda semana)?
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Alguien sabe si cuelgan las soluciones de ambos (primera y segunda semana)?
En teoría sí, dijeron que al terminar el periodo de examenes lo harían...
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Creo que la 23 es la D) la 24 es la B) y la 26 tampoco la encuentro! El resto de acuerdo en todo
La 24 (si no me equivoco) es la B y está en la página 377 "Actuar en lugar de otro" y la 26 es la A y está en la pagina 422.
A ver si sacan pronto las plantillas y acaban con nuestra incertidumbre! ;D
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La 24 (si no me equivoco) es la B y está en la página 377 "Actuar en lugar de otro" y la 26 es la A y está en la pagina 422.
A ver si sacan pronto las plantillas y acaban con nuestra incertidumbre! ;D
Yo me quedo con 4.6 vaya putada
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jajaja me acabo de dar cuenta de una cosa...la 23 es la D, fijaros lo que pone: "Falta de provocación suficiente por parte del DEFENDIDO"... es el defensor!!! >:( mira que lo vi en examenes anteriores y pense: tengo que tener cuidado con esta respuesta...pues va, cae en el examen y caigo en la trampa!! otro fallo mas :'(
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jajaja me acabo de dar cuenta de una cosa...la 23 es la D, fijaros lo que pone: "Falta de provocación suficiente por parte del DEFENDIDO"... es el defensor!!! >:( mira que lo vi en examenes anteriores y pense: tengo que tener cuidado con esta respuesta...pues va, cae en el examen y caigo en la trampa!! otro fallo mas :'(
Con esto se demuestra que en estos exámenes no evalúan conocimientos, si no que van a pillar y a poner trampas... no entiendo que sacan con todo eso
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jajaja me acabo de dar cuenta de una cosa...la 23 es la D, fijaros lo que pone: "Falta de provocación suficiente por parte del DEFENDIDO"... es el defensor!!! >:( mira que lo vi en examenes anteriores y pense: tengo que tener cuidado con esta respuesta...pues va, cae en el examen y caigo en la trampa!! otro fallo mas :'(
Yo creo que es un error de transcripción y es posiblemente anulable! Da igual tengo mal también la 26 >:(
Además literalmente después en el libro pone que es posible que el provocador que no puede actuar en legítima defensa sea finalmente el defendido! Ya sabemos que puede actuar en legítima defensa un detenido! Creo muy a mi pesar que la respuesta correcta es la A
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jajaja me acabo de dar cuenta de una cosa...la 23 es la D, fijaros lo que pone: "Falta de provocación suficiente por parte del DEFENDIDO"... es el defensor!!! >:( mira que lo vi en examenes anteriores y pense: tengo que tener cuidado con esta respuesta...pues va, cae en el examen y caigo en la trampa!! otro fallo mas :'(
No, es la A. En la página 442 del libro viene que es el defendido
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La pregunta 24, yo no se si será la opción D, el actuar en lugar de otro es para el tema de personas jurídicas/administradores, para que sea un delito especial el autor debería tener una condición especial como juez o funcionario,si Noelia no lo es, no puede cometer el delito y es que el tipo ni siquiera existiría por lo que no será típico,yo creo que la opción D.
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La pregunta 24, yo no se si será la opción D, el actuar en lugar de otro es para el tema de personas jurídicas/administradores, para que sea un delito especial el autor debería tener una condición especial como juez o funcionario,si Noelia no lo es, no puede cometer el delito y es que el tipo ni siquiera existiría por lo que no será típico,yo creo que la opción D.
Yo también he pensado que podía ser la D. Es más, fue la que puse en el examen, pero por más que leo el libro no lo tengo del todo claro.
Por otro lado, la pregunta 12 no podría ser la B?
A ver si salen pronto las plantillas!
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No, es la A. En la página 442 del libro viene que es el defendido
Pues al final es la D... Ya han salido las plantillas
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Pues al final es la D... Ya han salido las plantillas
yo creo que es un error de la plantilla ya que creo que es clara y el libro lo pone, aunque ojala no lo sea ya que con esa apruebo y si la dan por mala suspendo
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PLANTILLA FEBRERO 1ª SEMANA 2019 MODELO A
1.- d)
2.- a)
3.- b)
4.- a)
5.- c)
6.- d)
7.- b)
8.- c)
9.- d)
10.- b)
11.- d)
12.- b)
13.- a)
14.- b)
15.- c)
16.- c)
17.- d)
18.- b)
19.- a)
20.- a)
21.- b)
22.- b)
23.- d)
24.- c)
25.-d)
26.- a)
27.- a)
PLANTILLA FEBRERO 2ª SEMANA 2019 MODELO B
1.- c)
2.- a)
3.- b)
4.- b)
5.- a)
6.- c)
7.- b)
8.- c)
9.- a)
10.- a)
11.- d)
12.- d)
13.- c)
14.- a)
15.- c)
16.- d)
17.- c)
18.- d)
19.- c)
20.- c)
21.- a)
22.- c)
23.- d)
24.- b)
25.- a)
26.- a)
27.- c)
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Pff pues yo estoy igual. Si se anula apruebo, y si no no lo se porque hay 2 pregunta que no recuerdo lo que contesté y no lo apunté xD
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Pff pues yo estoy igual. Si se anula apruebo, y si no no lo se porque hay 2 pregunta que no recuerdo lo que contesté y no lo apunté xD
Puedes ver tu examen en la valija y comprobar que contestaste.Mucha suerte.
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Pff pues yo estoy igual. Si se anula apruebo, y si no no lo se porque hay 2 pregunta que no recuerdo lo que contesté y no lo apunté xD
Que no se anule que también suspendo ;)
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Hola, sabéis si son flexibles a la hora de sumar la nota de la PEC?, es que me he quedado con un 7,2 (por una pregunta y encima dudé, la tenía bien y a última hora la cambié), que coraje
Saludos >:(
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Hola chicos, ya han salido las plantillas. A alguien le queda claro la pregunta 23 del modelo A? Muchos pensábamos que la respuesta D estaba mal redactada y finalmente han dado esa por correcta. Qué pensais?
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Pues yo me quedo con un 4,9 .....
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En años anteriores se aprobaba con 4,6-4,9
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Yo me quedo con un 4,7 :'(