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Autor Tema: Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)  (Leído 13358 veces)

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Desconectado fer21

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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #100 en: 22 de Enero de 2018, 22:21:16 pm »
Cierto. Toque los 3 epígrafes incluyendo artículo 1259 del CC.
A ver que pasa, a finales de febrero me enterare jeje


Desconectado rgonzalez1922

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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #101 en: 22 de Enero de 2018, 22:30:09 pm »
seguro que muy bien. Todo nuestros esfuerzos se verán recompensados. yo veremos a ver que me encuentro cuando vaya. soy sanitario,esta mañana trabajé y  esta noche estoy de guardia, y tengo la mesa entre libro, apuntes, esquemas. saludos y suerte a todos

Desconectado Krakos

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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #102 en: 28 de Enero de 2018, 13:40:59 pm »
Joer, quería ir al examen y justo pillo el virus este respiratorio que te tiras 4 dias con 38 y pico de fiebre y aún no lo he soltado.
Al de la próxima semana no puedo ir, así que entiendo que voy a Junio con todo, madre mía, con lo bien que lo llevaba.....

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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #103 en: 28 de Enero de 2018, 18:53:21 pm »
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Joer, quería ir al examen y justo pillo el virus este respiratorio que te tiras 4 dias con 38 y pico de fiebre y aún no lo he soltado.
Al de la próxima semana no puedo ir, así que entiendo que voy a Junio con todo, madre mía, con lo bien que lo llevaba.....

Vas a ir a junio con el segundo parcial, no con todo. A septiembre con el primero.

Desconectado Manolo97

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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #104 en: 30 de Enero de 2018, 23:25:39 pm »
Hola! Soy nuevo en la Uned y la semana pasada hice el primer parcial de Civil I. Creo que me salió bastante bien porque contesté tres preguntas bien, pero hubo una que me deje en blanco. Es necesario contestar todas para aprobar? Y otra cosa, sabéis más o menos cuando saldrá la nota? Muchas gracias y suerte con los exámenes.

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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #105 en: 05 de Febrero de 2018, 20:16:05 pm »

 Muy buenas,

Como ha ido el examen?

Un poco confuso el prácticum...

Desconectado Ignoto

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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #106 en: 05 de Febrero de 2018, 20:35:34 pm »
A mí en el practicum y en el ius solis me equivoqué y no puse todos los supuestos aunque si puse bien el ius sanguinis, luego la analogía y los efectos de emancipación lo puse bien, así que no sé si voy a aprobar... alguien sabe si puntúan bien o son muy exigentes?

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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #107 en: 05 de Febrero de 2018, 21:17:48 pm »
Preguntas:

- Analogía: concepto y clases
- Efectos de la emancipación
- Nacionalidad de origen
- Practicum: basado en el 15. Don Bonifacio desaparece a los 3 meses del documento, y finalmente se le declara fallecido. ¿Pueden sus herederos Donar su herencia?

Las preguntas de desarrollo son de las que han preguntado más de una vez, por lo cual las llevaba bien preparadas. El practicum siempre es un tanto etéreo... yo creo que he tocado varios temas, espero que correctamente. Salvo sorpresa, espero aprobar con holgura. Suerte a todos!

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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #108 en: 05 de Febrero de 2018, 23:50:48 pm »
buenas a todos-aas.
lo del practicum la verdad es que ha estado complicado, es que no se sabía por donde entrar. espero haber tocado algo factible, se aplicarían los 5 años de espera para poder donar los bienes??

un saludo y suerte.

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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #109 en: 06 de Febrero de 2018, 00:33:48 am »
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buenas a todos-aas.
lo del practicum la verdad es que ha estado complicado, es que no se sabía por donde entrar. espero haber tocado algo factible, se aplicarían los 5 años de espera para poder donar los bienes??

un saludo y suerte.

Buenas, yo creo que esa respuesta es correcta si valoran que ese es el supuesto correcto en el caso de declaración de fallecimiento del ausente. Pero, por otro lado, han ido a pillar y creo que había que poner que, para el caso, la declaración de fallecimiento no es correcta, pues se debe declarar pasados diez años desde la desaparición, cinco si dentro de dicho intervalo el ausente cumple los 75 años y dos si es en circunstancias de especial gravedad.

Por un lado, creo que aunque uno no se cerciore de los plazos y caiga en la trampa, puede que tengan en cuenta los efectos de la declaración de fallecimiento a la hora de poder donar o no. Si es tras ausencia, no se puede donar hasta pasados los cinco años que comentas. Sólo se pueden llevar a efecto negocios onerosos y no gratuitos.

Un saludo y mucha suerte a todos.

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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #110 en: 06 de Febrero de 2018, 00:39:29 am »
Personalmente, tanto por el concepto de analogía y clases como por los efectos de la emancipación y la nacionalidad de origen, se me ha iluminado la cara. Suelen caer, como ha dicho PPGDA, y las llevaba bien preparadas también. El caso práctico está algo más difuso, pero espero rascar también de ahí. Espero buena nota, pero... nunca se sabe.

A ver si la sacamos todos. ¡Ánimo!

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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #111 en: 06 de Febrero de 2018, 00:42:54 am »
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Buenas, yo creo que esa respuesta es correcta si valoran que ese es el supuesto correcto en el caso de declaración de fallecimiento del ausente. Pero, por otro lado, han ido a pillar y creo que había que poner que, para el caso, la declaración de fallecimiento no es correcta, pues se debe declarar pasados diez años desde la desaparición, cinco si dentro de dicho intervalo el ausente cumple los 75 años y dos si es en circunstancias de especial gravedad.

Por un lado, creo que aunque uno no se cerciore de los plazos y caiga en la trampa, puede que tengan en cuenta los efectos de la declaración de fallecimiento a la hora de poder donar o no. Si es tras ausencia, no se puede donar hasta pasados los cinco años que comentas. Sólo se pueden llevar a efecto negocios onerosos y no gratuitos.

Un saludo y mucha suerte a todos.


Entrar a valorar si la declaración de fallecimiento es válida o no creo que se sale del caso, pues en ningún momento especifica el tiempo transcurrido. Puesto que se trata de un documento de apoderamiento, también podía entrar a jugar la diferencia en la declaración de desaparecido. En mi opinión la parte importante eran los 5 años por tratarse de una donación. Saludos.

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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #112 en: 06 de Febrero de 2018, 00:48:52 am »
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Buenas, yo creo que esa respuesta es correcta si valoran que ese es el supuesto correcto en el caso de declaración de fallecimiento del ausente. Pero, por otro lado, han ido a pillar y creo que había que poner que, para el caso, la declaración de fallecimiento no es correcta, pues se debe declarar pasados diez años desde la desaparición, cinco si dentro de dicho intervalo el ausente cumple los 75 años y dos si es en circunstancias de especial gravedad.

Por un lado, creo que aunque uno no se cerciore de los plazos y caiga en la trampa, puede que tengan en cuenta los efectos de la declaración de fallecimiento a la hora de poder donar o no. Si es tras ausencia, no se puede donar hasta pasados los cinco años que comentas. Sólo se pueden llevar a efecto negocios onerosos y no gratuitos.

Un saludo y mucha suerte a todos.

No creo compañero. Si hubieran ido a pillar hubieran puesto alguna fecha. Y tendrían que poner cual fue la causa de la desaparición o la edad del ausente. En un caso práctico preguntan por algo concreto y para ver cómo argumentas. Si quisieran ver qué sabemos los plazos para declarar fallecido al ausente, hubieran preguntado directamente por ello.

Un saludo.y suerte!!! Yo la he pifiado en la nacionalidad de origen y puse la opción en vez de la posesión de estado.... Me cachis......
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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #113 en: 06 de Febrero de 2018, 01:07:33 am »
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No creo compañero. Si hubieran ido a pillar hubieran puesto alguna fecha. Y tendrían que poner cual fue la causa de la desaparición o la edad del ausente. En un caso práctico preguntan por algo concreto y para ver cómo argumentas. Si quisieran ver qué sabemos los plazos para declarar fallecido al ausente, hubieran preguntado directamente por ello.

Un saludo.y suerte!!! Yo la he pifiado en la nacionalidad de origen y puse la opción en vez de la posesión de estado.... Me cachis......

Entonces, ¿crees que poniendo que los herederos no pueden donar hasta pasados cinco años tras la declaración de fallecimiento y que mientras tanto pueden realizar negocios a título oneroso pero no gratuito la darán por buena? Argumentando todo de forma correcta, claro. Yo es que dudo en eso, en que han puesto que se declaró a los tres meses.

Un saludo compañero.

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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #114 en: 06 de Febrero de 2018, 01:18:50 am »
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Entonces, ¿crees que poniendo que los herederos no pueden donar hasta pasados cinco años tras la declaración de fallecimiento y que mientras tanto pueden realizar negocios a título oneroso pero no gratuito la darán por buena? Argumentando todo de forma correcta, claro. Yo es que dudo en eso, en que han puesto que se declaró a los tres meses.

Un saludo compañero.

Pero pone que desapareció a los tres meses y PASADO UN TIEMPO fue declarado fallecido. No especifica que tiempo, ni causa con lo cual no puedes razonar lógicamente si el plazo ha pasado o no.
También, al ser el documento del prácticum un apoderamiento, han querido liarnos con el tema de los plazos para la declaración de ausencia legal, que es de tres años cuando hay apoderado general, pero tampoco se aplicaría aquí, porque de hecho no hay ni siquiera ausencia legal en el caso.
Por tanto creo que la opción correcta es esa, decir que no, que hasta cinco años después no pueden e ajenar a título gratuito, y si ya quieres rizar el rizo decir que previamente creo que deben hacer un inventario de bienes.
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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #115 en: 06 de Febrero de 2018, 01:31:20 am »
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Pero pone que desapareció a los tres meses y PASADO UN TIEMPO fue declarado fallecido. No especifica que tiempo, ni causa con lo cual no puedes razonar lógicamente si el plazo ha pasado o no.
También, al ser el documento del prácticum un apoderamiento, han querido liarnos con el tema de los plazos para la declaración de ausencia legal, que es de tres años cuando hay apoderado general, pero tampoco se aplicaría aquí, porque de hecho no hay ni siquiera ausencia legal en el caso.
Por tanto creo que la opción correcta es esa, decir que no, que hasta cinco años después no pueden e ajenar a título gratuito, y si ya quieres rizar el rizo decir que previamente creo que deben hacer un inventario de bienes.

Pues me acabas de dar una alegría, porque entonces esta práctica la tengo bien diría que al 100%. Es que recordaba lo de los tres meses y no ese apunte de "pasado un tiempo" fue declarado fallecido.

A ver cuánto tardan en salir las notas...

Desconectado ppgda

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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #116 en: 06 de Febrero de 2018, 07:16:39 am »
Recordad que hay un caso particular en el que se puede declarar fallecida a una persona en tres meses: si está es víctima de un siniestro. Por tanto la declaración es viable.

Desconectado Corbacho

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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #117 en: 06 de Febrero de 2018, 08:13:15 am »
Hasta que transcurra este mismo plazo no serán entregados los legados, si los hubiese, ni tendrán derecho a exigirlos los legatarios, salvo las mandas piadosas en sufragio del alma del testador o los legados en favor de instituciones de beneficencia.

Nos han querido liar con el último punto.

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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #118 en: 06 de Febrero de 2018, 14:48:20 pm »
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Recordad que hay un caso particular en el que se puede declarar fallecida a una persona en tres meses: si está es víctima de un siniestro. Por tanto la declaración es viable.

Creo que algunos no habéis leído, o al menos entendido, bien la pregunta.

Dice que a los 3 meses desaparece y "finalmente" se le declara fallecido. Diferente de que tras estar desaparecido 3 meses, se le declare fallecido.

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Re:Hilo Oficial Civil I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #119 en: 06 de Febrero de 2018, 15:23:24 pm »
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Creo que algunos no habéis leído, o al menos entendido, bien la pregunta.

Dice que a los 3 meses desaparece y "finalmente" se le declara fallecido. Diferente de que tras estar desaparecido 3 meses, se le declare fallecido.

Exacto, ese finalmente puede ser tres años, cuatro, diez o treinta, pero aquí es un término genérico que sirve para indicar que la persona fue declarada fallecida en plazo, y por la causa que fuera. Creo además que al meter al apoderado han intentado liarnos con el nombramiento del defensor del desaparecido. Al menos en civil II hicieron algo parecido en el caso, meten muchos datos genéricos para despistar, pero a la larga la respuesta sería esa, que tiene que esperar cinco años para realizar enajenaciones a título gratuito desde que es declarado fallecido
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