Estas son mis respuestas en términos generales...que no quiere decir que sean correctas...
1. 90%
2. El obligado tributario...
3. De la totalidad al ser responsables solidarios (esta creo que está mal)
4. No. El IBI lo soporta el titular del bien inmueble.
5. No. Antes de la comparecencia, se ha de notificar con 2 intentos al domicilio fiscal (o el indicado por el interesado), excepto si éste es desconocido en dicha dirección, entonces con un intento valdría. Pero la pregunta dice que está ausente, no desconocido, así que faltaría el 2º intento.