De verdad, que malísimamente mal estructurado está el manual de esta asignatura, parece que hayan metido contenido a lo bestia y vayan de un lado a otro liándonos, primero hablo de fuente interna, luego de derecho europeo luego de convencional y vuelvo a poner una excepción al punto primero del segundo párrafo de tal....oggggg.
Aprovechando el desahogo a ver si me aclaráis una duda, en el tema del proceso con elemento extranjero cuando habla de la prueba alude en el ámbito del derecho UE al reglamento 1206 y la regulación interna es subsidiaria, vale pero...en relación a la prueba del derecho extranjero específicamente no alude a un reglamento concreto si no a dos convenios multilaterales de Londres y Brasilia..quiere esto decir que no hay norma comunitaria y que es esta la que se aplica tb en el ámbito de la UE?