Eso de que el tomador financia al deudor ya es nuevo. El tomador (endosatario) recibe la letra de cambio del comerciante, no del deudor. No está financiando al deudor según entiendo yo. El librador está traspasando el derecho de cobro de la deuda a otra persona. (y lo que no entiendo es el por qué xD) Lo único que se me ocurre es que el endosatario le deba dinero al librador y se lo cobre a través de la letra de cambio, como ha dicho Machini.
Estaba comentándolo desde una perspectiva histórico. No quiere decir que se financie nada....
La letra surgió en Venecia en el siglo XVI para básicamente no llevar dinero en los viajes de comercio. El tomador aceptaba un papel de un agente en su ciudad (librador) y lo ejecutaba en otra (librado).
De ahí evolucionó a finales del XIX a financiar el pago puesto que este se hacía raramente al contado y así si tu me comprabas algo y yo necesitaba el dinero te libraba una letra y la descontaba a un tomador.
Por otro lado el tomador será endosatario si endosa la letra, igual que el resto de endosantes en cascada, si no la endosa no es endosatario y en la práctica española, aunque la letra cada vez tiene menos tráfico, difícilmente se realizaba el endoso, no digamos con el cheque.
En USA hasta la aparición de los cajeros el uso del endoso en el cheque era algo común. Por ejemplo la gente iba a comprar a su supermercado y en vez de ir al banco a sacar dinero emitía un cheque que le abonaba el bar o el super y el super muchas veces en vez de cobrarlos los endosaba a sus proveedores. Eso siempre ha sido impensable en España.