Pues ahi me han surgido muchas dudas,porque el caso dice que regresa a España hasta su fallecimiento pero no menciona que ponga su residencia allí,con lo cual entiendo que sigue teniendo la misma en California y,por ende,su testamento se rige por la ley de allí (seguramente la habré liado,pero he intentado fundamentarlo jurídicamente lo mejor posible).
He contestado mas o menos igual que tu, que el testamento estaba otorgado correctamente y no especificaba el tiempo que estuvo en españa, de todas formas he metido que los hijos podian reclamar las legitimas, lo que pasa es que no se si en base al reglamento o al convenio, yo he puesro al reglamento, y veremos.
El otro caso era resp. Por productos en el que no se aplicaba el reglamento sino el convenio y podia demandar en el lugar del daño. Coincidis??
Yo no lo he visto tan facil, me ha costado despejar que es lo que preguntaban realmente.