Pues ahi me han surgido muchas dudas,porque el caso dice que regresa a España hasta su fallecimiento pero no menciona que ponga su residencia allí,con lo cual entiendo que sigue teniendo la misma en California y,por ende,su testamento se rige por la ley de allí (seguramente la habré liado,pero he intentado fundamentarlo jurídicamente lo mejor posible).
El testamento otorgado teniendo la residencia habitual en California sigue siendo válido materialmente aun modificada la residencia habitual en el momento del fallecimiento.
La teórica me ha parecido muy fácil, sobretodo las 3 últimas preguntas:
-Ley aplicable a la separación entre cónyuges de E.M.
-Requisitos materiales y formales del matrimonio entre español y extranjero en el extranjeto
-Procedimiento de protección de menores entre E.M.
Los dos casos muy enrevesados:
-Sucesión testada tanto competencia como ley aplicable
-Obligación extracontractual por productos. E.M.