Este año me matriculé en todo el grado de Derecho, si no me matriculaba del grado entero no me concedían la Beca. Me la concedieron más las ayudas de movilidad y material. No sé todas las notas, pero de momento sólo aprobé un asignatura en febrero y quiero saber ante qué me voy a encontrar.
1- Trabajo y ayudo a la familia, por lo cual no puedo asistir a las tutorías.
2- Me he presentado siempre a todos los exámenes, siempre he estudiado, aunque son pocas las horas de estudio que puedo dedicar, veo que para todo un curso debería dedicar más horas, y son horas que no dispongo.
3- Por otro lado he encontrado un "subtrabajo" con el que poder ayudar más en casa, estudiaré menos horas y probaré suerte en los exámenes de septiembre, pero en el caso de que sólo aprobara 1 o 2 asignaturas creo que voy a tener que devolver el importe de las ayudas y la beca ¿es así? En un aporte de un compañero leí que se puede pedir que te dejen devolver el importe a plazos ¿cómo se hace?
Artículo 41. Control sobre el cumplimiento de la finalidad de la beca o ayuda.
1. En el mes de octubre de 2013, la Subdirección General de Tecnologías de la
Información y Comunicaciones remitirá a todos los centros docentes con alumnado
beneficiario de becas convocadas por esta resolución, relación nominal con indicación de
su Documento Nacional de Identidad, componentes y cuantía de las becas o ayudas al
estudio concedidas.
2. Las secretarías de los centros comprobarán que el mencionado alumnado ha
destinado la subvención para la finalidad para la que fue concedida.
A estos efectos, se entenderá que no han destinado la beca o ayuda al estudio para
dicha finalidad quienes hayan incurrido en alguna o algunas de las siguientes situaciones:
a) Haber causado baja de hecho en el centro, antes de final del curso. 2012-2013
b) No haber asistido a un ochenta por ciento o más de las horas lectivas, salvo
dispensa de escolarización.
c) No haber abonado servicios prestados por el centro para cuya financiación se
hubiera concedido la beca.
d) No haber superado el 50 por ciento de las asignaturas o créditos matriculados, en
convocatoria ordinaria ni extraordinaria.
3. Atendiendo a la naturaleza de la beca o ayuda al estudio concedida, procederá el
reintegro completo de todos los componentes de quienes hubieran incurrido en la
circunstancia descrita en los apartados a) y d) del punto anterior. En el caso de que hayan
incurrido únicamente en la situación descrita en el apartado b), procederá el reintegro
completo de todos los componentes concedidos, excepción hecha del material escolar.
Quienes incurran en la situación descrita en el apartado c) deberán reintegrar los
componentes correspondientes a los servicios no abonados.
4. Las secretarías de los centros comunicarán, durante el mes de noviembre de
2013 a los órganos colegiados de selección el nombre, apellidos y demás datos
identificativos que se requieran de los becarios incursos en cualquiera de las situaciones
a que se refiere el punto anterior.Fuente: No puedes ver los enlaces.
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