Información sobre el procedimiento de extinción de títulos en la Universidad de
Alicante
La Universidad de Alicante estableció en la “NORMATIVA DE LA UA PARA LA
IMPLANTACIÓN DE TÍTULOS DE GRADO “(BOUA 4/7/2008) y en el PROCEDIMIENTO DE
EXTINCIÓN DE PLANES DE ESTUDIOS CONDUCENTES A LA OBTENCIÓN DE TÍTULOS OFICIALES
DE LICENCIADO, ARQUITECTO, INGENIERO, DIPLOMADO, ARQUITECTO TÉCNICO E
INGENIERO TÉCNICO (BOUA 6/10/2010) que la extinción de dichos planes de estudio se
realizaría curso a curso, con la organización de cuatro convocatorias adicionales en los dos
cursos siguientes a la extinción de cada curso, de acuerdo con la legislación al respecto (R.D.
2347/1996).
Sin embargo, a solicitud de representantes estudiantiles, el Consejo de Gobierno de la
Universidad de Alicante aprobó, con fecha 29 de mayo de 2012 -publicado en BOUA
de 4 de junio de 2012- la ampliación del plazo en un año más y con ello 2
convocatorias adicionales a las cuatro que marca como mínimo el Real Decreto.
Por tanto, con esta normativa publicada en BOUA de 4 de junio de 2012, el alumnado
de títulos en extinción tiene la oportunidad de superar todas las asignaturas de su plan
de estudios en seis convocatorias adicionales, en los tres cursos siguientes al último
curso en el que tuvieron docencia, de acuerdo con el cronograma de extinción de cada
título, publicado en la pagina web de la Universidad de Alicante
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Login. Obviamente,
estas seis convocatorias adicionales, se suman a las que ya tenían mientras las
asignaturas se estaban impartiendo, con lo que se ha dispuesto al menos de ocho
oportunidades de examen para superar cada asignatura.
Con la aplicación de la normativa vigente un número importante de estudiantes,
procedentes de títulos en extinción, ya ha trasladado su expediente a los estudios de
Grado correspondiente en los últimos años.
Además, la Universidad de Alicante ha realizado otras acciones para facilitar la
conclusión de los estudios al alumnado matriculado en cursos en extinción, como son:
a) La flexibilización de los criterios para la aplicación de la evaluación curricular
por compensación para estos estudios, de manera que ningún estudiante se
encuentra obligado a trasladarse al grado correspondiente si únicamente le resta
una asignatura para finalizar sus estudios.
b) Dar máxima flexibilidad al alumnado que necesariamente tiene que transitar al
grado, en cuanto al momento elegido para trasladar su expediente, de modo que
se le permite mantenerse en la titulación de origen, abonando solamente los
derechos de examen y siguiendo con su plan de estudios original, realizando las
asignaturas que le sean más favorables de acuerdo a la tabla de equivalencias o
adaptaciones existente en cada una de las memorias de los estudios de Grado
publicadas en la página web de la Universidad de Alicante
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Register or
LoginToda la normativa al respecto se encuentra publicada en la página web de la
Universidad de Alicante No puedes ver los enlaces.
Register or
LoginComo consecuencia de todo lo anteriormente expuesto, y en relación con la solicitud de
un grupo de estudiantes la Universidad de Alicante de una nueva ampliación del plazo
para la superación de asignaturas de títulos en extinción, se informa al alumnado
matriculado en planes de estudio en extinción que no es posible modificar nuevamente
la normativa establecida en la Universidad de Alicante a tal efecto, que ya fue
modificada en ese sentido en 2012 cuando todavía se estaba impartiendo docencia en
todos los cursos de dichos planes de estudio.
No obstante, este rectorado atenderá, como siempre lo ha hecho, cualquier circunstancia
extraordinaria y sobrevenida que el alumnado comunique.
En Alicante, a 4 de septiembre de 2015
Nuria Grané Teruel
Vicerrectora de Estudiantes
Universidad de Alicante