Siguiendo con el tema de la comisión de extinción, supongo que a los que habéis presentado solicitud os ha llegado ya este correo, pero por si hay alguno que no presentó os envío instrucciones que mandaron ayer.
De: ENRIQUE SAN MARTIN GONZALEZ
Enviado: jueves, 17 de noviembre de 2016 16:40
Para: Vicerrectorado de Ordenación Académica y Calidad
Asunto: Extinción de LDI
Estimados alumnos:
Este es el procedimiento que se ha determinado para solicitar la intervención de la Comisión Asesora de Extinción, aunque aquellos que ya lo han solicitado no necesitan hacer una nueva petición. No obstante, conviene que se lean bien el procedimiento puesto que al aceptar ser evaluado por dicha Comisión están aceptando sus normas de funcionamiento.
Se adjunta también la modificación normativa aprobada en Comisión Permanente.
Un saludo
Enrique San Martín González
Vicerrector Adjunto de Títulos de Grado (UNED)
No puedo subir los adjuntos a un servidor porque estoy en el ordenador del trabajo así que voy pegando las partes que creo importantes, si alguien quiere los adjuntos se los mando por mail (sino ya los subo a la tarde desde casa..)
Qué solicitudes podrán ser valoradas en la Comisión Asesora de Extinción en nov. /dic. de 2016?
1.1. Las de estudiantes de aquellos títulos de LDI cuya convocatoria extraordinaria de exámenes se realizó en el curso 2015/2016
1.2. Como requisito administrativo previo para que una solicitud sea valorada por la Comisión Asesora de Extinción, el estudiante debería haberse matriculado en el último curso académico en el que se haya ofertado el título de todas las asignaturas ofertadas2 que le hayan quedado pendientes para concluir el plan de estudios, con la excepción de las asignaturas de libre configuración.
1.3. Las de estudiantes que tengan un máximo de 31 créditos pendientes entre asignaturas ordinarias (troncales, obligatorias u optativas) y de libre configuración, con un máximo de 24 créditos pendientes de asignaturas ordinarias (troncales, obligatorias u optativas).
¿Cómo se tramita la solicitud para ser evaluado en la Comisión Asesora de Extinción en nov. /dic. de 2016?
3.1. El plazo máximo improrrogable para la presentación de solicitudes finalizará el próximo 22/11/2016.
3.2. Las solicitudes solo podrán presentarse por correo electrónico a las direcciones correspondientes de cada título en cada una de las facultades o escuelas que figuran en el anexo I. En el asunto del mensaje de correo electrónico deberá figurar SOLICITUD DE COMISIÓN ASESORA DE EXTINCIÓN.
3.3. La solicitud deberá presentarse, inexcusablemente, conforme al modelo que aparece en el anexo II (se adjunta en formato Excel).Resoluciones de la Comisión Asesora de Extinción
4.1. La Comisión Asesora de Extinción evalúa si un estudiante tiene las competencias y conocimientos necesarios para obtener el título de LDI. En el caso de que la Comisión tenga dudas al respecto puede optar por proponer medidas para comprobar dichas competencias y conocimientos.
4.2. En caso de que la propuesta de la Comisión sea la superación de asignaturas similares en el grado, la posible evaluación de conocimientos solo podrá efectuarse en las convocatorias de febrero y junio del curso 2016/2017 y nunca en la de septiembre de 2017. Dada la extrema excepcionalidad de esta medida, los estudiantes dispondrán de una única convocatoria de examen (febrero o junio) para verificar sus conocimientos.
4.2.1. En este caso lo que el estudiante tiene es, exclusivamente, el derecho a realizar un examen, dada la extrema excepcionalidad de la medida. No obstante, tendrá acceso a los cursos virtuales para poder utilizar los materiales de la asignatura. En este caso, los estudiantes evaluados no pueden reclamar una tutorización o trato especial o diferencial por parte de los equipos docentes como consecuencia de las decisiones de la Comisión Asesora de Extinción o como consecuencia de una matriculación fuera del plazo oficial de matrícula.
4.2.2. En el caso de que la evaluación fuese positiva, la asignatura de LDI pendiente figurará en el expediente con una valoración de Aprobado (5). En caso de una
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evaluación negativa, el estudiante no podrá terminar el título de LDI y deberá pasarse al grado en los términos y períodos habituales.
4.3. Los estudiantes que estén en condiciones de solicitar esta evaluación y ya se hayan matriculado de los estudios de Grado que dan relevo a su Licenciatura o Ingeniería, en el apartado de OBSERVACIONES del formulario deberán señalar este hecho para que se proceda a la anulación de su matrícula, y en su caso, a la devolución de las cantidades que correspondan por la diferencia entre la cantidad abonada y la que les corresponda abonar con la nueva situación.
4.4. Dada la extrema excepcionalidad de esta medida, los estudiantes que se presentan para ser evaluados por la Comisión Asesora de Extinción se comprometen a aceptar tanto sus normas como sus resoluciones. En caso de que el estudiante no esté de acuerdo con las normas o las resoluciones de la Comisión puede desistir de su solicitud y pasarse al grado en los términos y períodos habituales.
4.5. La no admisión, resolución desfavorable o renuncia del estudiante darán por finalizado el procedimiento, sin que quepa solicitud de nuevos tribunales de compensación o de matrícula fuera de plazo en algún estudio de Grado para el curso 2016/2017.
4.5.1. No obstante, se recuerda que en los últimos años ha existido un plazo de matrícula en febrero para asignaturas de segundo cuatrimestre, condicionado a la aprobación del órgano pertinente, en el que podrían matricularse en el grado de reemplazo si fuese de su interés.
Todo el proceso intentará realizarse lo más rápido posible para no perjudicar a los estudiantes que estén pendientes de obtener un título o de verificar sus conocimientos en el grado. Sin embargo, hay que ser consciente de que la complejidad del proceso ha impedido una tramitación más rápida, por lo que les rogamos su comprensión y su colaboración.