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Autor Tema: Duda con las tributaciones de la lotería  (Leído 522 veces)

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Desconectado RitaMeisLeiro

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Duda con las tributaciones de la lotería
« en: 24 de Diciembre de 2021, 00:00:32 am »
Buenas noches chic@s, veréis a mi primo y a su mujer le han tocado varias participaciones de la lotería de navidad, en total 80.000€ , me ha dicho hoy que va a declarar su mujer 40.000€ y el otros 40.000€ para no tributar, pero yo le he dicho que creía que estando casados en gananciales como están, eso no es posible, pues se contaría como 80.000€ del matrimonio, no 40mil y 40mil, estoy en lo cierto? En el momento de decírselo estaba al 100x100 segura de tener yo razón, pero la verdad es que todavía no he estudiado tanto como para saberlo fijo  ::) ::) ::).
Alguien que me ilumine? (No quiero aguantarlo en la comida de navidad  ;) )
Graciassss


Desconectado juanma72

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Re: Duda con las tributaciones de la lotería
« Respuesta #1 en: 24 de Diciembre de 2021, 00:25:29 am »
No se si lo estas preguntando en serio o no, pero te responderé.
La LIRPF se desmarca totalmente del CC por lo que igual da que sean matrimonio que vecinos y hayan comprado la lotería a medias. Dos ganadores dos tributaciones. La cantidad exenta son los primeros 4.000 euros, el exceso a pasar por caja a tipo fijo en concepto de ganancias que no provienen de trasmisión  previa.
Pero para que el ganador no tenga que molestarse presentando autoliquidación por el premio, Hacienda es tan generosa que el premio se cobra siempre neto no integro, así te ahorra la molestia de autoliquidar, o sea, siempre se cobra con el descuento ya hecho.

Desconectado ivanleoget

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Re: Duda con las tributaciones de la lotería
« Respuesta #2 en: 24 de Diciembre de 2021, 08:41:14 am »
Otra opción es constituir una empresa off shore en Belize por 575€ y cobrarlo desde allí.

Desconectado MANUELO

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Re: Duda con las tributaciones de la lotería
« Respuesta #3 en: 24 de Diciembre de 2021, 09:39:03 am »
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Buenas noches chic@s, veréis a mi primo y a su mujer le han tocado varias participaciones de la lotería de navidad, en total 80.000€ , me ha dicho hoy que va a declarar su mujer 40.000€ y el otros 40.000€ para no tributar, pero yo le he dicho que creía que estando casados en gananciales como están, eso no es posible, pues se contaría como 80.000€ del matrimonio, no 40mil y 40mil, estoy en lo cierto? En el momento de decírselo estaba al 100x100 segura de tener yo razón, pero la verdad es que todavía no he estudiado tanto como para saberlo fijo  ::) ::) ::).
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Si le han tocado participaciones y no decimos la cosa cambia, puesto que los 40.000€ de exención de este se reparte entre las participaciones de manera proporcional.

Desconectado MFILGUEIR9

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Duda con las tributaciones de la lotería
« Respuesta #4 en: 24 de Diciembre de 2021, 14:47:24 pm »
1-MATRIMONIO CASADO EN EL RÉGIMEN LEGAL DE SOCIEDAD DE GANANCIALES:
En este caso hay que acudir al Artículo 1351 del Código Civil que establece que "Las ganancias obtenidas por cualquiera de los cónyuges en el juego o las procedentes de otras causas que eximan de la restitución pertenecerán a la sociedad de gananciales".
En este supuesto, si cualquiera de los cónyuges comprase un boleto de la lotería o participase en algún tipo de juego de azar (lotería, casino, quiniela, etc…) y obtuviese alguna ganancia, esta última tendría la consideración de bien ganancial y ello con independencia de que el dinero previamente invertido tuviese la consideración de ganancial o privativo.
Pongamos un ejemplo: tu primo decide, con su dinero privativo, comprar un boleto de la lotería y éste resultase premiado, la ganancia obtenida será siempre ganancial. Si el matrimonio está casado en régimen de “sociedad de gananciales”, el Código Civil establece de forma expresa que las ganancias obtenidas constante el matrimonio formarán parte de la sociedad de gananciales, independientemente de la procedencia del dinero con la que se adquirió el décimo. Para la Renta 2021, estos premios se encuentran exentos de tributación hasta una cuantía de 40.000 euros. En caso de premios superiores a 40.000 euros, se deberá tributar por el exceso de esa cantidad.
La base imponible será el importe que exceda los 40.000 euros exentos. Por ejemplo, en este premio de 80.000 euros, la base imponible ascenderá a 40.000 euros.
El tipo que se aplicará a la base imponible será el 20%. El resultado será la cuota íntegra, que se minorará en el importe de las retenciones o ingresos a cuenta soportados por el contribuyente. En el ejemplo mencionado la cuota integra serían 8.000 euros (80.000 euros importe premio - 40.000 euros exento =40.000 base imponible  x 20% tipo impositivo=8.000 euros). Las entidades pagadoras de los premios que sean residentes en territorio español estarán obligadas a realizar la retención de dicho 20% sobre la base imponible, de modo que en el momento del cobro del premio ya se encontraría descontada la cantidad que iría destinada a Hacienda y no habría obligación fiscal adicional.
(Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado, art. 67.2 y Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, Disposicion Transitoria trigésima quinta).


Desconectado anxoperez

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Re: Duda con las tributaciones de la lotería
« Respuesta #5 en: 25 de Diciembre de 2021, 23:45:56 pm »
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Buenas noches chic@s, veréis a mi primo y a su mujer le han tocado varias participaciones de la lotería de navidad, en total 80.000€ , me ha dicho hoy que va a declarar su mujer 40.000€ y el otros 40.000€ para no tributar, pero yo le he dicho que creía que estando casados en gananciales como están, eso no es posible, pues se contaría como 80.000€ del matrimonio, no 40mil y 40mil, estoy en lo cierto? En el momento de decírselo estaba al 100x100 segura de tener yo razón, pero la verdad es que todavía no he estudiado tanto como para saberlo fijo  ::) ::) ::).
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El premio que cobrarán con las participaciones ya llevará descontado lo que corresponda de Hacienda. Es decir, ellos no van a ver los 80.000 euros, si no eso menos la parte proporcional que ya habrá retenido Hacienda al que posea los décimos. Es decir, si cada décimo es de 100.000 euros Hacienda se quedará directamente con el 20 por ciento de 60.000 euros y el premio a repartir será en realidad de 40.000 exentos más 48.000 una vez descontado lo que se queda Hacienda. Por tanto, el premiado recibiría 88.000 euros, no 100.000. Eso se refleja en las participaciones también de manera proporcional, así que no verán 80.000 euros, da igual que se lo repartan o no. Verán 72.000 euros y eso, si quieren, que lo repartan por la mitad.