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Autor Tema: ¿Qué delito sería?  (Leído 16310 veces)

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Desconectado abogado M

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¿Qué delito sería?
« en: 24 de Abril de 2013, 13:59:11 pm »
   Hola a todos:

   ¿Qué delito/s comete el vecino de una comunidad que se encuentra las llaves puestas en la puerta del domicilio de otro vecino, entra y se lleva algo de dentro, tanto si su valor es superior como inferior a 400 euros?

Puigdemont, Forcadell, Trapero...¡TODOS A LA CÁRCEL!

Desconectado Alfmonti

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Re:¿Qué delito sería?
« Respuesta #1 en: 24 de Abril de 2013, 14:53:24 pm »
Son dos delitos: 1º allanamiento de morada 202CP y 2º Hurto del 235CP (>400€, falta 623.1 si <400€) con lo que habría que pensar en un concurso del art. 77CP para aplicar para la pena en su mitad superior de la más grave.

Saludos

Desconectado abogado M

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Re:¿Qué delito sería?
« Respuesta #2 en: 24 de Abril de 2013, 17:23:50 pm »
   Gracias por responder Alfmonti. En principio yo la cosa también la tengo clara. Se supone que no es robo con fuerza en las cosas porque se encuentra la llave puesta en la cerradura, y ese supuesto no está entre los recogidos por el Código Penal para entender que hay uso de llave falsa; aunque no sé si la jurisprudencia ha equiparado alguna vez ese supuesto con el de, por ejemplo, una llave perdida, que sí se considera en el Código Penal como uso de llave falsa.

   En cuanto a lo del allanamiento, cuando el libro de texto de A. Serrano habla en su página 379 del robo con fuerza en las cosas, dice: "La entrada en casa habitada para cometer un robo, en principio, no dará lugar a allanamiento de morada. Allí se busca tomar alguna cosa con ánimo de lucro (como en el hurto, añado yo); en el allanamiento se persigue violar la seguridad e intimidad de las personas (en este caso, el ratero tampoco pretende violar la intimidad quedándose un rato, sino que quiere llevarse algo, aunque sin ejercer fuerza en ninguna cosa). Por tanto el robo en casa habitada no supone allanamiento, pero se tiene en cuenta el lugar de la comisión, y de ahí que sea una modalidad agravada."

   La cuestión es que ese supuesto agravado se contempla en el robo con fuerza en las cosas, pero no en el hurto, ¿No? Entonces, qué, ¿Se condenaría solo por hurto? No son ganas de marear ni de poner a prueba a nadie, es un caso real que conozco.

   
Puigdemont, Forcadell, Trapero...¡TODOS A LA CÁRCEL!

Desconectado Alfmonti

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Re:¿Qué delito sería?
« Respuesta #3 en: 24 de Abril de 2013, 17:48:04 pm »
Pues yo si he leído en alguna ocasión que el uso de llaves encontradas en el delito de robo, se equiparaba a robo con fuerza en las cosas. De todas formas, estate tranquilo que el Fiscal calificará según las circunstancias del reo. Si es delincuente habitual, con mayor severidad pudiendo calificar el delito en los tres apartados que entre los dos hemos apuntado con solo modificar ligeramente la interpretación.

Con respecto a lo que diga Serrano en sus libros, mi mayor respeto pero comete a veces errores, o mejor dicho interpretaciones personales que no comparto, con lo que prefiero las mías a las suyas y en caso de duda las de la Sala 2ª del TS. En el caso presente, depende de la intención, si la intención del asaltante era el apoderamiento de cosas, la entrada en el domicilio de la victima era un medio para cometerlo y por tanto, volvemos al concurso del artículo 77CP que no significa que no se cometiera el delito de allanamiento, lo que significa es que se pena el robo o el hurto si estos tienen mayor pena y en su mitad superior.

También podría verse desde la óptica del art. 8CP y que el delito de robo atrajera al de allanamiento. Como ves, las posibilidades procesal-penales son amplias...

En derecho Penal, casi tan importante o más que la Parte Especial, es la General y seguidamente, el Procesal que es la madre de todo el Proceso.

Saludos

Desconectado Pravias

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Re:¿Qué delito sería?
« Respuesta #4 en: 24 de Abril de 2013, 18:06:53 pm »
LLAVE FALSA: CUALIFICACIÓN DEL ROBO

Artículo 239 indica lo que son llaves falsas:

1º Las ganzúas u otros instrumentos análogos.

2º Las llaves legítimas perdidas por el propietario u obtenidas por un medio que constituye infracción penal.

3º Cualesquiera otras que no sean las destinadas por el propietario para abrir la cerradura violentada por el reo.
Unas llaves dejadas por olvido en la puerta podrían entrar en el apartado 2?
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Desconectado abogado M

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Re:¿Qué delito sería?
« Respuesta #5 en: 24 de Abril de 2013, 22:35:39 pm »
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Pues yo si he leído en alguna ocasión que el uso de llaves encontradas en el delito de robo, se equiparaba a robo con fuerza en las cosas.



   Por supuesto, pero es que el dueño de las llaves no las ha perdido, sino que las deja habitualmente en la cerradura. Entiendo que no hay robo con fuerza en las cosas a no ser que se equipare esa circunstancia a la de uso de llave perdida por su dueño.

   En cuanto al concurso de allanamiento con hurto, si por extensión se interpreta lo mismo que dicen en el libro de texto de la parte especial acerca del allanamiento cuando se roba en un domicilio, la cosa se complica como bien dice alfmonti.

   Para más inri, os diré que no se trata de un solo hecho sino de varios cometidos en varios domicilios distintos, todos con las llaves en la puerta y en fechas distintas. Supongo que dependiendo del valor de lo robado en cada ocasión, unas veces se le aplicará la pena de allanamiento y otras las de allanamiento en su mitad superior. Aparte de alguna que otra cosilla que quizá habría que valorar.
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Desconectado palangana

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Re:¿Qué delito sería?
« Respuesta #6 en: 25 de Abril de 2013, 09:40:35 am »
Hola,

en mi opinión es robo. El bien juríidico protegido en el allanamiento de morada es la intimidad, mientras que el bien jurídiico protegido en el robo es el patrimonio. Si la entrada en la casa fue y se materializó para sustraer cosa ajena, la intimidad no necesariamente se vio vulnerada, por lo tanto, el orden penal no puede darle protección y rige además el principio in dubio pro reo. Entra en la casa con uso ilegítimo de llaves (robo) y se lleva cosa ajena, no dice nada más el supuesto como pensar que la intimidad ha sido vulnerada. Por otro lado, el fin era el robo, lo sustracción de lo ajeno, y por reglas de concurso entiendo que el robo se come al allanamiento.

Eso es lo que defendería yo si acusarán de los dos tipos penales.

Un saludo cordial.

Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado abogado M

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Re:¿Qué delito sería?
« Respuesta #7 en: 25 de Abril de 2013, 10:13:06 am »
   Gracias palangana por tu aportación. Yo también entiendo que el elemento subjetivo es el de llevarse algo, más que el de entrar en la casa. La cuestión es si el juez entenderá que abrir la puerta con las llaves que están puestas en la cerradura es equiparable a uso de llave falsa. Si no lo equiparase, no es robo con fuerza en las cosas y sería hurto, que tiene menor pena que el allanamiento y sería este último delito el que absorbiese al hurto. Pero está claro que la intención no era tanto la de allanar como la de llevarse algo que no es suyo.

   Desde luego, como le metan por robo con fuerza en las cosas, al tratarse de delito continuado o concurso real, ya se le suman unos añitos en prisión. Porque el ratero en cuestión ha entrado varias veces en varios domicilios.
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Desconectado Pandorgo

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Re:¿Qué delito sería?
« Respuesta #8 en: 25 de Abril de 2013, 11:00:56 am »
Yo no creo que pueda equipararse llave perdida con llave en la cerradura, máxime cuando parece que se deja habitualmente ahí puesta, por lo que debería calificarse como hurto. En el robo con fuerza en las cosas, a diferencia del hurto, se exigen determinados medios comisivos que revelan una “mayor energía criminal” debido a una conducta tendente a eliminar los elementos de protección de los bienes colocados por la víctima, de ahí el mayor desvalor de la acción y la mayor pena. Si dejas la llave puesta, sea por olvido o dejadez, dejas tú mismo el objeto desprotegido y el sujeto activo no debe emplear un plus de energía criminal: es lo mismo dejar un cofre abierto que un cofre con la llave puesta. En cambio, si encuentras una llave pedida debes al menos averiguar a qué cerradura pertenece y pensar en algún tipo de plan para llevar a cabo tu propósito criminal.

En relación con las cuestiones concursales que pueden suscitarse entre el allanamiento de morada y los hurtos y robos:

En relación al delito de hurto, la jurisprudencia mayoritaria aprecia la existencia de un concurso de leyes a favor de éste (STS 712/01: "para la existencia del delito de allanamiento de morada se precisa un dolo específico de allanar que, si bien en antiguas sentencias de esta Sala se entendía existente en cuanto se tenía conocimiento de que se entraba en morada ajena y, pese a ello, se decidía entrar, pero sin prestarse atención a cualquier otro elemento subjetivo del injusto, siendo totalmente irrelevante el móvil que guiará al agente, en más reciente doctrina de esta Sala la existencia del ánimo depredatorio excluye por absorción el ánimo de allanar.

Respecto al delito de robo con violencia o intimidación, la jurisprudencia mantiene diversas posturas: a) concurso ideal (STS 292/07); b) medial (STS 179/07); c) real (STS 371/01).

En relación al delito de robo con fuerza en casa habitada, la jurisprudencia mayoritaria defienden un concurso de leyes a favor del robo, argumentando que apreciar conjuntamente la agravación y el delito de allanamiento de morada vulneraría el principio de non bis in idem (STS 1520/05).

Desconectado ispecan

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Re:¿Qué delito sería?
« Respuesta #9 en: 25 de Abril de 2013, 11:49:17 am »
Existe robo con fuerza, en su especialidad  de allanamiento de vivienda residida habitualmente. Este delito absorbe el hurto

Desconectado abogado M

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Re:¿Qué delito sería?
« Respuesta #10 en: 25 de Abril de 2013, 11:57:05 am »
   Muy bueno Pandorgo. Toda esa argumentación es irrefutable. Con lo cual estamos en meros actos de hurto.

   Hasta el momento no he dado toda la información de que dispongo por ser un caso real y digamos...sensible. Para un mejor análisis os diré que la comunidad de vecinos no es una comunidad al uso; se trata de un cuartel de la Guardia Civil. Y aquí viene lo bueno y por lo que creo que un abogado tiquismiquis podría tumbar una mala o deficiente instrucción.

   Por lo que sé,  al presunto autor de los hechos solo le han pillado in fraganti dentro de una vivienda una vez y no tenía nada en las manos. Posteriormente, al hablar entre ellos distintas víctimas de hurtos, que al parecer todos suelen dejar las llaves puestas en la cerradura, se presentaron varias denuncias ante el grupo de policía judicial del propio cuartel y más tarde se intervinieron dentro de un piso que se usa como almacén multitud de objetos robados a lo largo del tiempo valorados en miles de euros, entre ellos suministros de material oficial de la Guardia Civil. Se supone que solo el presunto autor tiene llave de ese piso-almacén, pero eso supongo que será difícil o imposible de demostrar.

   Podría escaparse de una buena.
Puigdemont, Forcadell, Trapero...¡TODOS A LA CÁRCEL!