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Autor Tema: Hilo Oficial Penal I (septiembre 2021)  (Leído 681 veces)

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Desconectado MORDEKAY

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Hilo Oficial Penal I (septiembre 2021)
« en: 14 de Junio de 2021, 11:47:22 am »
Derecho Penal I septiembre curso 2020 / 2021

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Desconectado KaMyCHiKo

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Re:Hilo Oficial Penal I (septiembre 2021)
« Respuesta #1 en: 18 de Junio de 2021, 15:41:06 pm »
Hola Compañeros,

Resulta que revisando mi examen, veo que tengo 8 aciertos y 3 fallos en AvEX y revisando las respuestas, juraría que hubo alguna que había marcado diferente y me aparece marcada, pero bueno, probablemente con las prisas se me pasaría, el tema es que estoy intentando revisar mis preguntas por que con que una esté bien hace la diferencia entre el aprobado y el suspenso y hay una pregunta de la que me surje una duda a ver si vosotros podéis resolverla:

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Omar, de nacionalidad marroquí, comete un delito de lesiones en un brote psicótico, por lo que es declarado inimputable. En el juicio los forenses determinan que, dada su patología. Omar es peligroso. Como regla general, ¿Que consecuencia jurídico penal cumplirá Omar?

a) ninguna

b) Una medida de seguridad de internamiento en centro psiquiátrico.

c) La expulsión de territorio español.

A ver, comprendo en parte que la expulsión del territorio español se lleva a cabo como una pena cuando el sujeto es imputable y condenado a + de 1 año de prisión, pero si el problema procede de un brote psicótico y además existe peligrosidad determinada por un forense, el sujeto debería ser inimputable y por tanto habría que llevar a cabo medidas de seguridad como el internamiento en un centro psiquiátrico.

La plataforma AVex me marca como correcta la C), pero yo había marcado la B) en base a este supuesto.

¿Alguien que me pueda arrojar algo más de luz? Gracias de antemano compañeros.

Un Cordial Saludo

Desconectado anxoperez

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Re:Hilo Oficial Penal I (septiembre 2021)
« Respuesta #2 en: 18 de Junio de 2021, 16:24:24 pm »
La respuesta correcta es la C, artículo 96 del Código Penal. Al ser el sujeto inimputable, sólo se le pueden aplicar medidas no privativas de libertad y el internamiento en centro psiquiátrico es privativa de libertad, sólo podría aplicarse en caso de ser imputable. Por tanto, sólo cabe la expulsión de territorio español entre las respuestas que se dan al supuesto. Es la C. No sé si me he explicado bien.

Desconectado KaMyCHiKo

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Re:Hilo Oficial Penal I (septiembre 2021)
« Respuesta #3 en: 18 de Junio de 2021, 20:23:13 pm »
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La respuesta correcta es la C, artículo 96 del Código Penal. Al ser el sujeto inimputable, sólo se le pueden aplicar medidas no privativas de libertad y el internamiento en centro psiquiátrico es privativa de libertad, sólo podría aplicarse en caso de ser imputable. Por tanto, sólo cabe la expulsión de territorio español entre las respuestas que se dan al supuesto. Es la C. No sé si me he explicado bien.

Sí, ¡Gracias compañero!

Desconectado sólo ante el peligro.

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Re:Hilo Oficial Penal I (septiembre 2021)
« Respuesta #4 en: 05 de Septiembre de 2021, 22:13:15 pm »
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La respuesta correcta es la C, artículo 96 del Código Penal. Al ser el sujeto inimputable, sólo se le pueden aplicar medidas no privativas de libertad y el internamiento en centro psiquiátrico es privativa de libertad, sólo podría aplicarse en caso de ser imputable. Por tanto, sólo cabe la expulsión de territorio español entre las respuestas que se dan al supuesto. Es la C. No sé si me he explicado bien.


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