se me presenta un supuesto en el que se realiza una compra-venta de un inmueble en un documento privado ( fue hace 22 ó 23 años) en la que estaba presente en la hora de la firma la hija de la propietaria de una parte de ese inmueble
Hasta aquí, perfecto. Se hace una compraventa en documento privado y está presente en el acto la hija de la propietaria de una parte del inmueble; aunque no dices quién es el titular de la otra parte del inmueble.
(la propietaria estaba difunta y en su testamento dejaba heredera universal a la hija e usufructuario al marido)
Eso no es lo que has puesto más arriba. Si la madre ya estaba muerta y la hija había heredado su parte del inmueble, no es que esta última fuera la hija de la propietaria, es que ella es la propietaria de esa parte del inmueble. Sigue en el aire quién es el titular del resto del inmueble.
el marido de la hija (vendedora), el comprador y un hijo de este. En aquellos momentos el comprador y la vendedora firman el contrato privado, quien vende cobra el dinero y pasan los años.
Vale. La hija es la que vende y la que cobra el dinero. Se supone que si vende ella y solo ella, es porque lo hace en calidad de propietaria del 100% del inmueble.
El usufructuario, padre de la vendedora, no estaba presente en este acto,
Es que el usufructuario no tiene porqué estar. Él no es propietario.
ya que le concedió el dinero a su hija para comprar otra propiedad que tuviera en herencia de su madre. Y nunca le comentó a su hija que tuviera que firmar nada al respeto.
¿Lo cualo? o sea, ¿el motivo de no estar en el acto de la firma es que le donó no sé qué dinero a la hija para comprar otra propiedad que tuviera en herencia de su madre? ¿Que la tuviera quién? ¿La hija? Si ya la tenía en herencia ¿Porqué y a quién iba a comprarla? ¿Era el padre quien tenía esa otra propiedad en herencia? Si es así, ¿Qué cosa tan rara es esa de darle dinero a una hija para que te compre algo que es tuyo? ¿Lo ves como no tiene sentido nada de ese párrafo?
Ahora, muerto el usufructuario, se quiere hacer escritura notarial de la compra-venta y le comentan a la vendedora que en el documento privado de hace 22 ó 23 años consta la firma de su padre, cuando él no estaba presente en ese acto.
Bueno, si firmó a lo mejor fue porque él era propietario de una parte del inmueble. Y si no lo era pero también firmó...pues vale. ¿Cuál es el problema?
El problema surge al ir a la notaría cuando consta en la nota simple del registro que el dueño de una parte del terreno sobre el que está construido el inmueble que se vendió privadamente es del marido de la difunta; consta en escritura pública.
Aaaaaaamiga, esto empieza a oler, y mucho, a derecho de superficie, con lo cual el asunto se complica. Y con la poquísima información que das, poco o nada se te puede ayudar. Por parecer, parece que la hija actuó con mucha ignorancia o incluso con mala fe.
La hija, al enterarse de esto, dice que va a reclamar su parte correspondiente por su padre, ya que "él no vendió nunca nada", ya que en su documento privado, sin testigos no consta la firma de su padre.
Ya, ¿Y en concepto de qué quiere ahora cobrar si se supone que ella vendió el inmueble pensando que era la nuda propietaria del mismo y lo hizo con la intención de transmitirlo de buena fe? Por otro lado, me extraña que alguien compre un inmueble sabiendo que está sujeto al usufructo vitalicio de un tercero.
En un principio el comprador del inmueble está callado, pero ahora cuando ella quiere que se escriture de una vez y le den el dinero que le corresponde le dicen que en el documento privado su padre había firmado.
¿Cómo puede ser esto?
Pues una de dos: O el padre efectivamente firmó en su día o no lo hizo. En el primer caso, la hija debería saberlo; en el segundo caso, si el comprador se está oliendo la tostada, puede que haya optado por inventarse la firma al sentirse estafado. Por otro lado, no dices nada de lo que pone en el documento privado de transmisión.
La vendedora intentó que se escriturara la compra-venta del inmueble, ya que eran muchos los años que pasaban, pero siempre se le daban largas.
Bueno... si tú lo dices... Cuando se hace una compraventa de un inmueble, lo más normal es que ambas partes quieran que se eleve a escritura pública y se inscriba en el registro de la propiedad y para conseguirlo basta con que una sola de las partes conmine a la otra a hacerlo. Es muy raro que el comprador tenga interés en no escriturar; y en cuanto al vendedor que no insiste en que el contrato se eleve a escritura pública y se inscriba en el registro, quizá es porque sabe que el inmueble que está vendiendo tiene bicho.