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Autor Tema: SOLICITO EXAMENES CORREGIDOS ADMINISTRATIVO iv AÑOS ANTERIORES  (Leído 1168 veces)

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Desconectado firefox10886

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SOLICITO EXAMENES CORREGIDOS ADMINISTRATIVO iv AÑOS ANTERIORES
« en: 25 de Octubre de 2015, 19:14:13 pm »
Por favor, alguien podria pasarme los examenes corregidos de administrativo IV de años anteriores a jose_25gr@hotmail.com


Desconectado kisco1970

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Re:SOLICITO EXAMENES CORREGIDOS ADMINISTRATIVO iv AÑOS ANTERIORES
« Respuesta #1 en: 25 de Octubre de 2015, 22:23:17 pm »
Hola compañeros, si existen, también me gustaría tenerlos kisco1970@hotmail.com

Saludos y suerte

Desconectado nuriaplaya

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Re:SOLICITO EXAMENES CORREGIDOS ADMINISTRATIVO iv AÑOS ANTERIORES
« Respuesta #2 en: 26 de Octubre de 2015, 23:46:47 pm »
 :o¿¿??
Administrativo IV ; el examen consiste en 5 preguntas teóricas.
Si el alumno deja dos de las cinco preguntas en blanco o mal contestadas, es causa e suspenso.
Los exámenes corregidos no existen en el depósito de exámenes.
Lo más adecuado es usar el manual recomendado.

VG. preguntas de exámenes serían:

La autotutela de los bienes de la Administración, los bienes comunales, El Consejo Nacional del Agua, los puertos autonómicos, los montes de particulares, clases de suelo, valoraciones del suelo,el Agente Urbanizador,Naturaleza jurídica de los planes urbanísticos,etc.

Pregunta de exámen: ¿ en qué consiste la autotutela de los bienes de la Administración?

Respuesta: Básicamente en que la Administración ostenta la facultad que se concreta en las siguientes acciones:
a) inventarios y catálogos: la Administración llevará a cabo la cuenta de sus bienes y Derechos de su titularidad, que permiten un conocimiento exacto de los bienes y su situación. En el caso de la Administración local, se llevará a cabo de forma separada, esto es, mediante un registro de bienes muebles, otro de inmuebles, de créditos, de vehículos, etc.
b) Inscripción en el Registro de la Propiedad los bienes, Derechos y contratos susceptibles de inscripción.
c) Acción de investigación: La Administración tiene el Derecho y el deber de conocer los bienes que se presumen de su propiedad ( hablar del premio del  particular que los localice y denuncie : el 10% del valor del bien ).
d) Reintegro posesorio: Poder de la Administración de recuperar de oficio y en cualquier tiempo sus bienes, sin la necesidad de acudir a la jurisdicción civil. Hay que diferenciar la recuperación directa de los bienes demaniales frente al procedimiento de recuperación de los patrimoniales.
e) Desahucio administrativo: La Administración dispone de la potestad de recuperar la posesión de un inmueble de su propiedad frente a los precaristas o terceros mediante las acciones de rescisión del título, que legitiman la misma.
f) Para un control judicial será competente la jurisdicción Contencioso- Administrativa. ( cabe significar los medios de ejecución forzosa en que cuenta la Administración). Resultará competente la jurisdicción civil en lo concerniente a la  propiedad y posesión.