Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: MORDEKAY en 08 de Septiembre de 2014, 17:27:19 pm

Título: Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: MORDEKAY en 08 de Septiembre de 2014, 17:27:19 pm
Derecho Financiero y Tributario II Primer parcial curso 2014 / 2015

Todo lo relacionado con la asignatura para el primer parcial del curso 2014/2015

Guia de la asignatura: 66023072 Derecho Financiero y Tributario II (https://shared.com/6toxg95u01?s=b)

Aquí no se piden ni ofrecen apuntes, todo post que lo haga será eliminado.

Zona de petición de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0

Zona de subida y descarga de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=13.0

Zona de compraventa de libros: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=20.0
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: niki en 08 de Septiembre de 2014, 17:52:42 pm
 ;D otra joya para este año, madre mia
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 08 de Septiembre de 2014, 19:02:59 pm
Miedo me da esta, otro mas.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Ra_chel en 08 de Septiembre de 2014, 19:04:41 pm
Yo también me apunto...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 08 de Septiembre de 2014, 20:10:37 pm
Yo también, leeré los apuntes de vivero aunque me parecen una pasada de extensos para que lo importante sea hacer casos, también tengo sus casos...

vosotros? algunos más cortos e igual de buenos?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: niki en 08 de Septiembre de 2014, 20:23:10 pm
ilse, estamos descansando ahora, cuando salgan las notas, ya nos ponemos las pilas en recabar informacion, estaremos atentos a todo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 08 de Septiembre de 2014, 20:35:10 pm
Habla por ti, yo al menos no puedo esperar un mes a que salgan las notas para organizarme, así que tú organízate un mes antes o cuando quieras, los demás que sigan su ritmo, gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 08 de Septiembre de 2014, 20:40:59 pm
Yo voy con los de vivero tocados por ponder, pero creo que hay nueva edición de libro, habrá que incluir novedades
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: davazpi en 08 de Septiembre de 2014, 20:57:58 pm
Muchísimos casos! Las clases de Ibiza y aprobado seguro!!

Me harte de estudiar  el año pasado y saqué un 2!!!!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Arbotante en 08 de Septiembre de 2014, 21:01:09 pm
Para dentro también !!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Ra_chel en 08 de Septiembre de 2014, 21:01:48 pm
Y la pregunta del millón, sirve el código de 2013?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: niki en 08 de Septiembre de 2014, 21:01:53 pm
teneis el enlace del profesor de ibiza? gracias si las poneis
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 08 de Septiembre de 2014, 21:03:31 pm
http://www.uned-illesbalears.net/ca/recursos-para-estudiantes/grabaciones/derecho-primer-semestre-tercer-curso-enlaces-grabaciones/

pero hay que leer ls apuntes o directo a los casos jajaja
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: davazpi en 08 de Septiembre de 2014, 21:14:37 pm
Por mi experiencia, diría que directo a los casos. Yo desde luego no los pienso ni abrir!

Mucho código, muchos casos y muchas clases!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Veruska123 en 08 de Septiembre de 2014, 21:48:55 pm
Yo también me apunto!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: molivares1 en 09 de Septiembre de 2014, 09:40:47 am
He oído que el manual sirve para poco...... que lo que hay que hacer son muchos casos. ¿que opináis al respecto? ¿compraréis el nuevo manual?   Suerte a todos.....
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 09 de Septiembre de 2014, 11:04:12 am
Yo no lo quiero ni regalado  :), pérdida de tiempo, se aconsejan las clases, el profesor te indica muy bien cómo prepararla, y se ve que se explica bastante bien...

yo estoy dudando si pasar de leerme los apuntes, veré las clases e intentaré hacer casos.

El profesor dice que esta asignatura es completamente práctica, no hay que memorizar nada del manual y que es bonita preciosa amena nos encantará y tendremos un orgasmo múltiple con ella. además de que no se haga caso del bulo que corre de que es súper complicada, que hay un 97% de aprobados
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia70 en 09 de Septiembre de 2014, 11:11:11 am
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Yo no lo quiero ni regalado  :), pérdida de tiempo, se aconsejan las clases, el profesor te indica muy bien cómo prepararla, y se ve que se explica bastante bien...

yo estoy dudando si pasar de leerme los apuntes, veré las clases e intentaré hacer casos.

El profesor dice que esta asignatura es completamente práctica, no hay que memorizar nada del manual y que es bonita preciosa amena nos encantará y tendremos un orgasmo múltiple con ella. además de que no se haga caso del bulo que corre de que es súper complicada, que hay un 97% de aprobados

La asignatura es bonita, es cierto, y yo te diría que no te hace ni falta leer los apuntes, porque el prof. Ferrandis lo explica todo muy bien. Yo iba cogiendo notas de lo importante y si te haces con los esquemas perfecto. Los casos prácticos es la clave porque hay ir haciendo para coger práctica. Ahora bien, en cuanto a los orgasmos, no se si el prof. habrá tenido alguno con ella. Yo te aseguro que jamás tuve ninguno con esta asignatura.  ;D ;D
Ahora en serio, a mi si que me gustó muchisimo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia70 en 09 de Septiembre de 2014, 11:13:24 am
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He oído que el manual sirve para poco...... que lo que hay que hacer son muchos casos. ¿que opináis al respecto? ¿compraréis el nuevo manual?   Suerte a todos.....
Yo nunca llegué a abrirlo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 09 de Septiembre de 2014, 11:21:04 am
Eso estoy hacienndo, escuchar las clases y tomar nota de lo importante, dice en la primera clase que está realizando unos esquemas que los podnrá a uso del que los quiera, sabes por dónde andan esos esquemas?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: RAQCAR en 09 de Septiembre de 2014, 11:29:10 am
He leido vuestros comentarios y me dais una orientación para comenzar con esta asignatura. Saludos,
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 09 de Septiembre de 2014, 11:55:21 am
Os doy mis consejos, después cada uno que haga lo que mejor le convenga:
-Libro me lo compré y no sirve para nada.
-El examen es práctico, no te van a preguntar nada de teoría, puedes utilizar o el código o las leyes imprimidas, puedes subrayarlas.
-Las clases del profesor Ferrandis son buenas, pero algunas se escuchan mal, las del segundo parcial yo ni las escuché.
-Apuntes de Vivero aunque son buenísimos como todo lo que hace, es mejor ir al grano, me explico cuando recoge las soluciones explica y después resume la solución, yo me iría al final al final a la solución.
-Los manuales de la agencia tributaria de irpf, iva e impuesto de sociedades son muy prácticos, no se si cuentan 2 o 3 €.
-No vale el código del 2013, recordar que este año hay cambios al menos en el IRPF.
-Al principio todo os sonará a chino, y casi seguro que os entra el agobio, pero conforme vayáis haciendo casos se entienden.
-Manejar la legislación como si fuera el padrenuestro, al localizar el artículo a aplicar leerlo hasta final, tener muy en cuenta cualquier detalle porque puede ser que la solución sea distinta.
-Los casos del examen son muy concretos, las soluciones claras, nada de explicar rollazos, justificar vuestra solución con el artículo a aplicar.
-Si compráis el código os recomiendo editorial Aranzadi.
-Esta página está muy bien, lo explica claro y con ejemplos http://www.fiscal-impuestos.com/guia-fiscal-2014.html
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 09 de Septiembre de 2014, 12:01:06 pm
Gracias pravias, la verdad que la primera clase se escucha fatal y me está doliendo hasta la cabeza, la voz distorsionada, a ver si las que grabe este año no tiene este problema.

Entonces veis bien empezar con las clases y después ir mirando casos con el código al lado? yo voy a comprarme el de aranzadi porque dicen que al final viene un índice analítico que viene muy bien.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: May1985 en 09 de Septiembre de 2014, 12:01:53 pm
Otra más por aquí para este año.

Gracias a todos por los consejos!
Ilse en cuanto a los apuntes de Vivero, él los tiene en 5 bloques pero explica que el 1 es el resumen de los bloques 3, 4 y 5. El bloque 2 son solo los casos prácticos. VAmos que si quieres mirarte algo que sean los bloques 1 y 2
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 09 de Septiembre de 2014, 12:04:44 pm
Otro más que se sube al carro de Tributario II...a ver como se da, me da mucho respeto esta asignatura.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 09 de Septiembre de 2014, 12:05:05 pm
Ilse yo empezaría primero con las nociones básicas de los impuestos, en el primer parcial es IRPf e IS.
Las clases a mi me agobiaron entre que se oía mal, las interrupciones de los alumnos, son pocas las que vi.
Cuando tengas los conceptos claros, los que son rendimientos del trabajo, especie, base imponible, etc, como una idea global de la asignatura, empiezas a hacer casos.
Aranzadi para mi fue el mejor código porque tiene unos pies de página que en alguna ocasión te puede ayudar, te remite por ejemplo de la ley del irpf al reglamento, ver artículo tal. Aunque también te puedes imprimir las leyes y ver que tal te manejas y evitar comprarte el código.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: robcar en 09 de Septiembre de 2014, 12:07:26 pm
99% de acuerdo con Pravias , lo unico diria que el libro algo si que sirve , cuando explica  que es cada cosa de los impuesto en el contexto y tal  sirve para situarse un poco . Tiene tambien algunos ejemplos que pueden  servir para entender  ciertas logicas  sobre todo si uno no esta muy ducho con los numeros.
Lo demas  confirmo todo por experiencia  y subrayo aun mas fuerte eso de hacer ejercicios , como minimo todos los de años anteriores con las soluciones oficiales , se aprende y se ve que es lo que quieren. Y aun mas fuerte el CODIGO , el examen se saca con el codigo , hay que manejarlo MUY MUY BIEN desde el indice y en cada articulo , buscar y leer todo porque esto es mucho de detallitos , que al final que menos te lo esperas te dice SALVO QUE ... EN EL CASO QUE ... y cosa de esa y te cambia totalmente el sentido de la solución del caso . Y a esta gente  le vale solo la solucion correcta , si a uno le falta aunque solo el detallito de la exencion y nosequé , ya clavan el cero en la pregunta  y no le vale nada que antes hayas escrito cosas correctas . Tienden mucho a ir a todo o nada ,Quieren el resultado correcto y punto . Asi que practicar muchisimo con el codigo , ya resolviendo los casos antiguos  y si se tiene eso claro pues el examen esta pasado , al menos las tres preguntas  que te sirven minimo para aprobar.
Hala tranquilidad  que hay asignaturas peores y dejar de lado los catastrofistas
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pasteles en 09 de Septiembre de 2014, 12:12:34 pm
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Os doy mis consejos, después cada uno que haga lo que mejor le convenga:
-Libro me lo compré y no sirve para nada.
-El examen es práctico, no te van a preguntar nada de teoría, puedes utilizar o el código o las leyes imprimidas, puedes subrayarlas.
-Las clases del profesor Ferrandis son buenas, pero algunas se escuchan mal, las del segundo parcial yo ni las escuché.
-Apuntes de Vivero aunque son buenísimos como todo lo que hace, es mejor ir al grano, me explico cuando recoge las soluciones explica y después resume la solución, yo me iría al final al final a la solución.
-Los manuales de la agencia tributaria de irpf, iva e impuesto de sociedades son muy prácticos, no se si cuentan 2 o 3 €.
-No vale el código del 2013, recordar que este año hay cambios al menos en el IRPF.
-Al principio todo os sonará a chino, y casi seguro que os entra el agobio, pero conforme vayáis haciendo casos se entienden.
-Manejar la legislación como si fuera el padrenuestro, al localizar el artículo a aplicar leerlo hasta final, tener muy en cuenta cualquier detalle porque puede ser que la solución sea distinta.
-Los casos del examen son muy concretos, las soluciones claras, nada de explicar rollazos, justificar vuestra solución con el artículo a aplicar.
-Si compráis el código os recomiendo editorial Aranzadi.
-Esta página está muy bien, lo explica claro y con ejemplos http://www.fiscal-impuestos.com/guia-fiscal-2014.html

+10000.

Los apuntes de vivero son muy buenos. Pero esto ha cambiado, yo recomiendo por mi experiencia, manual del iva 2013 o si sale el nuevo 2014, editado por hacienda; los apuntes de fiscalimpuestos con ejemplos (tengo lo más importante de estos ejemplos de iva con su artículos puestos por mí), y otra página que he visto a última hora que se llama gabilos.com, también con ejemplos cortos del estilo que pondrán en el examen. Todo lo anterior lo he hecho a partir del segundo parcial por recomendación de un compañero y os aseguro que se mejora muchísimo. Suerte.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 09 de Septiembre de 2014, 18:27:12 pm
Un saludo a todos. Me añado al hilo.
Suerte a todos,
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: RAQCAR en 09 de Septiembre de 2014, 20:49:13 pm
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Os doy mis consejos, después cada uno que haga lo que mejor le convenga:
-Libro me lo compré y no sirve para nada.
-El examen es práctico, no te van a preguntar nada de teoría, puedes utilizar o el código o las leyes imprimidas, puedes subrayarlas.
-Las clases del profesor Ferrandis son buenas, pero algunas se escuchan mal, las del segundo parcial yo ni las escuché.
-Apuntes de Vivero aunque son buenísimos como todo lo que hace, es mejor ir al grano, me explico cuando recoge las soluciones explica y después resume la solución, yo me iría al final al final a la solución.
-Los manuales de la agencia tributaria de irpf, iva e impuesto de sociedades son muy prácticos, no se si cuentan 2 o 3 €.
-No vale el código del 2013, recordar que este año hay cambios al menos en el IRPF.
-Al principio todo os sonará a chino, y casi seguro que os entra el agobio, pero conforme vayáis haciendo casos se entienden.
-Manejar la legislación como si fuera el padrenuestro, al localizar el artículo a aplicar leerlo hasta final, tener muy en cuenta cualquier detalle porque puede ser que la solución sea distinta.
-Los casos del examen son muy concretos, las soluciones claras, nada de explicar rollazos, justificar vuestra solución con el artículo a aplicar.
-Si compráis el código os recomiendo editorial Aranzadi.
-Esta página está muy bien, lo explica claro y con ejemplos http://www.fiscal-impuestos.com/guia-fiscal-2014.html

Los manuales que citas de la AEAT, es éste por ejemplo???
manual práctico
RENTA2013
http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/DIT/Contenidos_Publicos/CAT/AYUWEB/Biblioteca_Virtual/Manuales_practicos/Renta/Manual_renta_patrimonio_2013_es_es.pdf
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ebravo44 en 09 de Septiembre de 2014, 22:10:22 pm
Tras muchísimo trabajarla por haberla suspendido alguna vez, coincido con Pravias 100% en los consejos: poco libro de teoría, muchos casos prácticos, mirar los esquemas y sobre todo, machacarte el código, e ir viendo lo que subrayas y marcas. Y aparte, el libro de casos prácticos que hay viene genial, junto con los exámenes de años anteriores, eso sí, más bien para ver la estructura, en algunos casos en que la legislación ha cambiado y ya la respuesta no es válida. Al principio agobia y es mortal pero si le coges el tranquillo hasta te gusta...

En cuanto a los post-it, yo me hice un sistema en que ponía a cada cosa un color (en el primer parcial por ejemplo, un color para marcar ciertas cosas del IS y en cuanto al IRPF, pues 4 colores, cada uno para rendimientos de trabajo, de capital, de actividades económicas y para ganancias y pérdidas patrimoniales -tener aparte en cuenta la imputación de rentas-), y luego los post it los ponía a la misma altura en artículos que iban relacionados entre sí normalmente...pero luego con manejo incluso te olvidas de ellos.

Eso sí, no porque sea práctica la dejéis para última hora; al contrario es la que deberíais practicar un ratillo a diario.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 09 de Septiembre de 2014, 22:35:10 pm
Con el tema de los casos, a que os referís  exactamente, porque he visto casos de vivero, casos del tutor eladio, etc, son los mismos todos?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 09 de Septiembre de 2014, 22:49:37 pm
Yo he visto la primera clase del año pasado y el profesor ha explicado lo de imposición de rentas, rendimientos de capital de trabajo y las exenciones Y YA SE HA PUESTO A HACER CASOS, me ha asustado, lo explica como si tuvieramos nociones...

que según el art.7 la exenciones pero no es lo mismo exento que no sujeto bla bla y pues vale...

el profesor muestra un libro de casos prácticos en la primera clases que dice es fundamental, LO QUIERO.

pero me ha gustado la primera impresión, a mí tributario me gusta bastante.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 09 de Septiembre de 2014, 23:48:22 pm
He tanteado el trabajo de Vivero, y el primer parcial lo ha estructurado el 5 bloques:
Bloque I: orientaciones (teoria)
Bloque II: supuestos (son 200 paginas)
Bloque III: IRPF 1º parte (teoria mas desarrollada)
Bloque IV: IRPF 2º parte
Bloque V: IS (teoria mas desarrollada)

Creo que se refieres a lo que correspondería con el bloque II, entiendo que los supuestos están en el libro de teoria, que no es un libro distinto puesto que no hay mas como materiales recomendados, a ver si nos dan algo mas de luz los veteranos en esta.

Un saludo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 10 de Septiembre de 2014, 10:52:15 am
Raqcar si son esos manuales, pero si los compras son más prácticos para manejar que mirarlo por el ordenador.
Ilse ese libro lo recoge Vivero en sus casos prácticos, y como bien dices hay que tener unas nociones básicas para empezar con los casos tipo rendimientos, sujeto, exento, amortizaciones, etc....
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: epiqureo en 10 de Septiembre de 2014, 12:31:40 pm
Ilse, las de Tejerizo en el canal Uned están muy bien, en Youtube las tienes todas.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 10 de Septiembre de 2014, 12:40:22 pm
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Ilse, las de Tejerizo en el canal Uned están muy bien, en Youtube las tienes todas.

perfecto, las busco y a ver qué tal...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Veruska123 en 10 de Septiembre de 2014, 13:16:57 pm
¡Muchas gracias por vuestros consejos! Esta tarde empezaré con la asignatura, a ver si poco a poco me familiarizo con ella.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 10 de Septiembre de 2014, 13:18:53 pm
https://canal.uned.es/serial/index/id/956
Los vídeos de Tejerizo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: RAQCAR en 10 de Septiembre de 2014, 13:45:35 pm
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https://canal.uned.es/serial/index/id/956
Los vídeos de Tejerizo.
Ayer los estuve localizando en el canal de Pedro Herrera en YouTube al que estoy suscrita y me salen el IRPF 2, 3 y 4 , pero no veo el 1 ni se si hay más. Me puedes indicar cuantos tenéis los que ya lo habéis cursado??? Está muy bien el enlace que pones no lo había mirado por Canal UNED.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 10 de Septiembre de 2014, 13:53:17 pm
https://canal.uned.es/serial/index/hash/2823f4797102ce1a1aec05359cc16dd9
Aquí hay una introducción y el capítulo I.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: RAQCAR en 10 de Septiembre de 2014, 15:28:39 pm
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https://canal.uned.es/serial/index/hash/2823f4797102ce1a1aec05359cc16dd9
Aquí hay una introducción y el capítulo I.
Muchas gracias por la ayuda Pravias :) ya lo he localizado.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 10 de Septiembre de 2014, 15:59:56 pm
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Ilse yo empezaría primero con las nociones básicas de los impuestos, en el primer parcial es IRPf e IS.
Las clases a mi me agobiaron entre que se oía mal, las interrupciones de los alumnos, son pocas las que vi.
Cuando tengas los conceptos claros, los que son rendimientos del trabajo, especie, base imponible, etc, como una idea global de la asignatura, empiezas a hacer casos.
Aranzadi para mi fue el mejor código porque tiene unos pies de página que en alguna ocasión te puede ayudar, te remite por ejemplo de la ley del irpf al reglamento, ver artículo tal. Aunque también te puedes imprimir las leyes y ver que tal te manejas y evitar comprarte el código.

¡Gracias por esos consejos! Y por lo que estás apuntado; no tengo aún notas, pero a pesar del muy bueno primer parcial, no estoy tan segura del segundo, creo que nos vamos a ver, si es así, seguiré tus instrucciones.

Con los apuntes del compañero Vivero, a pesar de su gran extensión, no son para los casos que se plantean ahora, sus respuestas demasiado largas en función de los casos me lleva a no aclararme; es en la primera asignatura que me pasa esto, pues siempre me he apoyado en sus explicaciones para entender algo que no sabía, pero con esta no lo he conseguido.

Respecto a las tutorías, es verdad, no hay por qué indicar si se dan los requisitos de tal y los requisitos de tal, etc, etc. Compraremos otro Aranzadi; con el trabajo y los estudios lo tengo todo casi verde, quitando los de la Ley de Procesal, que también tengo que comprar -la de la facultad presencial no me lo ha devuelto-.

Por cierto, ¿nadie respondió en el segundo el de inversión del sujeto pasivo? el servicio se presta por un profesional pero a una empresa residente en territorio del impuesto, con lo cual la empresa que ha recibido los servicios del profesional -abogado- tiene que pagar el impuesto, ¿no es así, o cada vez me hago más lío con eso?  ???
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 10 de Septiembre de 2014, 16:06:34 pm
Mnieves por eso comentaba de que eran muy "liosos" por la explicación, es mejor irse al final dónde da la solución y evitar la explicación, en el cuadro final lo ves mejor.
Los apuntes yo los estudiaría por los esquemas del profesor Ferrandis, son más claros.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: whitecanary en 10 de Septiembre de 2014, 16:10:30 pm
Mnieves, el Código Tributario de Aranzadi es una pasada. No te compres otro. Sabiéndolo manejar tienes dos terceras partes del examen aprobado.
Yo lo presté (me la quité en junio), pero en cualquier momento podría rescatarlo, aunque su edición está cerrada a 09/2013.

Ánimo que este curso que viene nos graduamos, y tú a seguir con CCJJAAPP y yo a Trabajo Social.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 10 de Septiembre de 2014, 16:33:47 pm
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Mnieves, el Código Tributario de Aranzadi es una pasada. No te compres otro. Sabiéndolo manejar tienes dos terceras partes del examen aprobado.
Yo lo presté (me la quité en junio), pero en cualquier momento podría rescatarlo, aunque su edición está cerrada a 09/2013.

Ánimo que este curso que viene nos graduamos, y tú a seguir con CCJJAAPP y yo a Trabajo Social.

¡Eso te lo aseguro!   ;)

Y sí, también voy con algunas del Grado de CCJJAAPP, ¡a cabezota no hay quien me gane!  :D

Aunque de otro, aún espero nota, lo tengo muy crudo con este Departamento, pero la esperanza es lo último que se pierde. Espero no tardar mucho en saber seguro, así podré decir eso de ¡os acompaño!

Del Aranzadi tengo la edición de 2013, aunque compraré otro nuevo, y pos-it nuevos, con nuevos colores, y subrayaré en vez de con lápiz con algo de color, en fin, me da pena el viejito de 1 año, pero no me fío, si suspendo, no me fío.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 10 de Septiembre de 2014, 16:35:54 pm
Mnieves para que te vas a comprar otro código los cambios no creo que sean muy grandes, además puedes llevar los cambios imprimidos. Yo subrayé el código con muchísimos colorines, utilice unos rotuladores que eran como cera, de gel, ya que el papel es de fumar.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 10 de Septiembre de 2014, 16:41:44 pm
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Mnieves para que te vas a comprar otro código los cambios no creo que sean muy grandes, además puedes llevar los cambios imprimidos. Yo subrayé el código con muchísimos colorines, utilice unos rotuladores que eran como cera, de gel, ya que el papel es de fumar.

¡No tengo ese tipo de rotuladores! ¿Cómo se llaman? Me los compro en cuanto que tenga mony, que no sé cuándo será, pero,  :-\  en cualquier momento que tenga liquidez el ayuntamiento,  ;D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 10 de Septiembre de 2014, 16:46:25 pm
Son de la marca jovi, se llaman de gel
http://www.vivaelcole.com/material-escolar/set-de-4-marcadores-de-gel-fluorescente-jovi.html
el precio barato sobre 1€, para subrayar el código es lo mejor.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 10 de Septiembre de 2014, 16:55:06 pm
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Son de la marca jovi, se llaman de gel
http://www.vivaelcole.com/material-escolar/set-de-4-marcadores-de-gel-fluorescente-jovi.html
el precio barato sobre 1€, para subrayar el código es lo mejor.

Gracias querida Pracias. Haré eso que dices en caso de que ocurra la ecatombre, si no son muchos cambios, y voy a comprar los rotuladores, a final de mes, pero los compraré.

Un abrazo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 10 de Septiembre de 2014, 17:05:27 pm
Hola las exenciones no hay que aprendérselas,no? lo difícil es saber si lo es o no, mirando el código y siendo tantas se te puede ir un buen rato, hay que ir como el viento aquí mirando el código..
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 10 de Septiembre de 2014, 17:08:31 pm
No Ilse, no te la tienes que saber, en esta asignatura no tienes que memorizar nada, conforme vas a haciendo los casos ya las vas "memorizando" y como la mayoría se repiten pues vas del tirón al apartado concreto del artículo.
En el segundo parcial por ejemplo está en artículo 20 del iva que es muy largo y por eso hay que manejar el código para moverse con rapidez.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: sailor en 10 de Septiembre de 2014, 18:29:41 pm
hola compis!

los casos de los que hablais son los cuelga el departamento en aLF mas los de Viverio? :'(

suerte a todos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: luu003 en 10 de Septiembre de 2014, 19:14:28 pm
Me apunto a esta también, que mejor lectura para las noches tristes de invierno, con un buen fuego y la nieve más allá de la ventana.

Que lectura, podría haber mejor, que duda cabe...

Salu2!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Matías en 10 de Septiembre de 2014, 20:21:19 pm
Otro que se apunta a este año!!!!

Alguien puede poner algún enlace del manual de Aranzadi que han comentado? es que en la web de la editorial hay muchos y no se cuál es el que recomendáis comprar...

Muchas gracias y ánimo!!!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 10 de Septiembre de 2014, 20:25:47 pm
Aquí lo tienes:

https://www.sanzytorres.es/ficha.php?libid=17771
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: apodio1 en 10 de Septiembre de 2014, 20:32:16 pm
Pravias lleva razón. Practicar,practicar ,practicar hasta aburrirte y conseguir ir directamente al artic correcto. No os desanimeis si no dais pie con bola al principio. A mi me sirvió mucho tener los conceptos claros ,y despues directamente te lanzas a por ellos,. Yo sufrí mucho con la redacción del código ,pero al final te acostumbras. ánimo a todos ,que si yo he podido ,vosotros también.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Veruska123 en 10 de Septiembre de 2014, 20:39:05 pm
Una pregunta... ¿los esquemas del profesor Ferrandis dónde puedo encontrarlos? He buscado y he dado con sus conferencias online. ¿Es eso a lo que os referís?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: tevivi en 10 de Septiembre de 2014, 20:46:13 pm
Gracias a todos por vuestros consejos!!! Si no fuera por el Foro, qué triste sería esto...

Permitidme recapitular y discúlpadme si me olvido de algún consejillo:

1. Programa (no creo que varíe con respecto al curso anterior).
2. Leer temas en libro o apuntes (dilema, comprar libro o no).
3. Código Aranzadi (no es por hacer publicidad) y subrayadito con rotulador de gel (buena idea).
4. Comprar los libritos sobre IRPF, IVA e impuesto de sociedades que edita Hacienda.
5. Ejercicios de exámenes anteriores día sí, día no y día tambien.

La pregunta es: qué apuntes nos recomendáis los que ya habéis superado la asignatura? La verdad es que yo no sé hacer los ejercicios sin tener la base teórica delante... :-(

Gracias y ánimo!!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Matías en 10 de Septiembre de 2014, 20:55:06 pm
Gracias derechito_11 por el enlace. Aunque veo que cuesta más de 50 euros… habrá que ver si compensa comprarlo... :-[
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 10 de Septiembre de 2014, 21:12:12 pm
Compensar... pues todos los años hay reformas y cosas nuevas, pero si es respecto a la asignatura, compensa y mucho, diría que indispensable, porque lo puedes llevar a examen rotulado, con poss it, etc
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Matías en 10 de Septiembre de 2014, 21:24:35 pm
Pues habrá que hacer un esfuerzo y comprarlo entonces…

Muchas gracias por los consejos!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pedro73 en 10 de Septiembre de 2014, 21:50:15 pm
hola chicos, yo tambien andará por aquí con esta asignatura

y siguiendo el tema de comprar el código de aranzadi que está publicado con el descuento no será porque va a salir una nueva edicción actualizada?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 10 de Septiembre de 2014, 22:14:29 pm
Es esa la edición nueva, la de 2014, todos tienen "descuento".
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Veruska123 en 10 de Septiembre de 2014, 22:20:37 pm
¿No se pueden llevar al examen las leyes imprimidas? ¿Es obligatorio comprarse el código?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pachuli en 10 de Septiembre de 2014, 23:08:06 pm
Se pueden llevar al examen los libros que edita Hacienda?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 11 de Septiembre de 2014, 00:03:38 am
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Se pueden llevar al examen los libros que edita Hacienda?

Sólo y exclusivamente el Código, también puedes llevar el Programa, pero si ya no da tiempo de detenerte en el Código, no digamos si te vas al Programa.

Por cierto, los libros que edita Hacienda se pueden comprar on line, o hay que comprarlos en la Dirección Provincial de la Agencia Tributaria.  ???

Gracias

P.D. Me quiero poner con ellos, al menos, mientras llegan los nuevos manuales.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: marion007 en 11 de Septiembre de 2014, 00:23:10 am
Me apunto.  Suerte a todos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 11 de Septiembre de 2014, 00:24:22 am
El tejerizo es un poco coñazo, no? demasiado técnico, ferrandis es como más explicado para alumnos, la verdad que te quedas  :o
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 11 de Septiembre de 2014, 09:26:18 am
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Gracias a todos por vuestros consejos!!! Si no fuera por el Foro, qué triste sería esto...

Permitidme recapitular y discúlpadme si me olvido de algún consejillo:

1. Programa (no creo que varíe con respecto al curso anterior).el programa no vale para nada porque el primer parcial entra irpf e is y el examen es práctico, entran otros temas pero como se puede eliminar 1 pregunta pues la gente se suele mirar solo irpf e is
2. Leer temas en libro o apuntes (dilema, comprar libro o no).no te compres el libro, con tener los conceptos claros de lo que es rendimiento, exenciones, etc tiene más que suficiente
3. Código Aranzadi (no es por hacer publicidad) y subrayadito con rotulador de gel (buena idea).puedes llevarte también las leyes imprimidas, pero si decides comprarte el codigo aranzadi
4. Comprar los libritos sobre IRPF, IVA e impuesto de sociedades que edita Hacienda. Ok
5. Ejercicios de exámenes anteriores día sí, día no y día tambien., si amén jj

La pregunta es: qué apuntes nos recomendáis los que ya habéis superado la asignatura? La verdad es que yo no sé hacer los ejercicios sin tener la base teórica delante... :-(
los apuntes que ofreció el profesor Ferrandis
Gracias y ánimo!!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 11 de Septiembre de 2014, 09:32:24 am
No sé si ya se ha respondido, puedo llevar al examen el impuesto de sociedades y el irpf separados tal cual se compran en la AEAT, porque si cuestan 1€ 2€ por qué comprar uno libracode 52€, total la ley es la misma tanto en uno como en otro...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 11 de Septiembre de 2014, 09:37:11 am
Ilse lo que se vende en hacienda es un manual con explicaciones, ejercicios, etc, eso no puedes llevarlo al examen.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Airam en 11 de Septiembre de 2014, 09:47:36 am
Buenas, otro que se suma a esta asignatura.

Por lo que he podido leer, se trata de machacar mucho los casos prácticos.

Sobre lo de comprar en la AEAT, ¿no es mejor bajarse directamente las leyes y llevarlas?

Les dejo el enlace del BOE donde están todos los códigos y leyes gratis https://www.boe.es/legislacion/codigos/

Saludos!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 11 de Septiembre de 2014, 09:49:01 am
Airam repito lo de la agencia tributaria es un manual para entender los impuestos con ejemplos, explicaciones, etc.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 11 de Septiembre de 2014, 10:21:30 am
Ya están las fechas de illesbalears de cuando se dan las tutorias, son los martes a las 19.30 empezando el 6 de octubre.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 11 de Septiembre de 2014, 10:37:30 am
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Airam repito lo de la agencia tributaria es un manual para entender los impuestos con ejemplos, explicaciones, etc.

creo que la compañera se refire a bajarte las leyes, las llevas impresas al examen en lugar del código, total "solo son dos leyes"...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Veruska123 en 11 de Septiembre de 2014, 10:38:49 am
Por lo que he leído en el hilo oficial de esta asignatura del curso pasado, sí que dejan llevar las leyes imprimidas.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 11 de Septiembre de 2014, 10:40:46 am
Son más, la ley y su reglamento, ley entidades sin ánimo de lucro y no recuerdo si alguna más (pero sin mucha importancia)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 11 de Septiembre de 2014, 11:04:18 am
Derechito yo utilizaría otras explicaciones básicas, no recuerdo si son de Jbr, algo antiguas pero más concretas.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 11 de Septiembre de 2014, 11:04:57 am
Pues sí, está genial porque en las clases te va explicando un poco de teoría y hace casos, con los esquemas de 50 páginas vamos sobrados, y después hacer muchos casos prácticos...

a ver si nnos juntamos un grupo bueno por aquí para resolver dudas de casos o de la materia...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 11 de Septiembre de 2014, 11:05:30 am
Gracias, ahora le echaré un vistazo a ver que encuentro.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Ra_chel en 11 de Septiembre de 2014, 11:40:11 am
Estoy viendo la clase de introducción y me estoy partiendo de risa, este hombre tiene cada salida.... Habla de beyonce y bieber... Me parto  ;D ;D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 11 de Septiembre de 2014, 11:43:47 am
Esta profesora da muy buenas explicaciones
https://www.youtube.com/watch?v=yUumdzDWYTY#!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Interlaken en 11 de Septiembre de 2014, 12:32:34 pm
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Esta profesora da muy buenas explicaciones
https://www.youtube.com/watch?v=yUumdzDWYTY#!

Estoy contigo, Pravias, es extraordinaria
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 11 de Septiembre de 2014, 16:51:12 pm
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Esta profesora da muy buenas explicaciones
https://www.youtube.com/watch?v=yUumdzDWYTY#!

Hay más vídeos de esta chica? he visto alguno pero creo que no es de esta parte, por ejemplo de irpf tiene más? creo que hay otro de IS. Más?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: RAQCAR en 11 de Septiembre de 2014, 18:06:38 pm
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Hay más vídeos de esta chica? he visto alguno pero creo que no es de esta parte, por ejemplo de irpf tiene más? creo que hay otro de IS. Más?
Mira a ver si es esto
https://www.youtube.com/watch?v=bYpv8VWB-3M sobre sociedades
https://www.youtube.com/watch?v=yUumdzDWYTY irpf
https://www.youtube.com/watch?v=H3s_polD4C8 iva
https://www.youtube.com/watch?v=EZDuSZFTJ-0 sucesiones y donaciones
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 11 de Septiembre de 2014, 19:30:41 pm
sí, perfecto, gracias...

no será por material, madonna!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 12 de Septiembre de 2014, 09:53:43 am
Compañeros, ¿los Esquemas del Profesor Ferrandis son los que ocupan 15 páginas sobre el IRPF y 31 páginas sobre el Impto. de Sociedades?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: May1985 en 12 de Septiembre de 2014, 10:18:31 am
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Compañeros, ¿los Esquemas del Profesor Ferrandis son los que ocupan 15 páginas sobre el IRPF y 31 páginas sobre el Impto. de Sociedades?

Yo aun no los he encontrado pero supongo que cuando abran ALF este año los pondrá también en Documentos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 12 de Septiembre de 2014, 10:34:59 am
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Compañeros, ¿los Esquemas del Profesor Ferrandis son los que ocupan 15 páginas sobre el IRPF y 31 páginas sobre el Impto. de Sociedades?

Dónde están esos esquemas...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Veruska123 en 12 de Septiembre de 2014, 10:43:33 am
Yo tampoco los he encontrado.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: RAQCAR en 12 de Septiembre de 2014, 11:08:10 am
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Yo tampoco los he encontrado.
Ayer siguiendo este hilo http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=97499.0 puede entrar pero todo lo que vi era de Internacional Público e IVA nada del 1º cuatrimestre. A ver si a la tarde que tengo más tiempo investigo más.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 12 de Septiembre de 2014, 11:15:09 am
Os parece bien que cuelgue lo que tengo en el post que puso Derechito en apuntes temporales http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=98811.0  y que cada uno se descargue lo que necesite?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: May1985 en 12 de Septiembre de 2014, 11:23:31 am
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Os parece bien que cuelgue lo que tengo en el post que puso Derechito en apuntes temporales http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=98811.0  y que cada uno se descargue lo que necesite?

Ay sí genial. Muchísimas gracias Pravias!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 12 de Septiembre de 2014, 11:57:19 am
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Dónde están esos esquemas...

Supongo que serán los mismos que los que dice Pravias, sino no me importaría enviároslo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 12 de Septiembre de 2014, 12:00:50 pm
Si son los mismos que dice Trospi, pero subo la carpeta y que cada uno se sirva  ::)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: RAQCAR en 12 de Septiembre de 2014, 12:20:51 pm
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Si son los mismos que dice Trospi, pero subo la carpeta y que cada uno se sirva  ::)

Graaaacias Pravias  :) :) :) :)
Abusando un poco más, acabo de coger de la Biblioteca el código tributario de 2013 de Aranzadi para ver cómo es y decidir si compro el nuevo o descargo las leyes del BOE o de alguna base de datos como Aranzadi.
De todo este tochazo se usa tanta ley??? o se puede contestar a las preguntas con la ley del impuesto que sea y su rto correspondiente??
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 12 de Septiembre de 2014, 12:28:00 pm
 ;D Que va se usa una mínima parte del código, un 25% por mucho, el resto se queda intacto.
Primer cuatrimestre si mal no recuerdo: ley y su reglamento (irpf e IS), algunos artículos ley de entidades no lucrativas y no recuerdo si algún artículo de la financiación autonómica.
El código como es papel de fumar se queda hecho una pelota en esas partes el resto intacto.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Veruska123 en 12 de Septiembre de 2014, 12:37:18 pm
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Si son los mismos que dice Trospi, pero subo la carpeta y que cada uno se sirva  ::)

¡Muchas gracias!  :)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: RAQCAR en 12 de Septiembre de 2014, 12:41:48 pm
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;D Que va se usa una mínima parte del código, un 25% por mucho, el resto se queda intacto.
Primer cuatrimestre si mal no recuerdo: ley y su reglamento (irpf e IS), algunos artículos ley de entidades no lucrativas y no recuerdo si algún artículo de la financiación autonómica.
El código como es papel de fumar se queda hecho una pelota en esas partes el resto intacto.
Estoy entonces por mirar códigos más reducidos en libro (o sea que vayan al grano) o directamente descargar el código tributario del BOE o de alguna base de datos, no se dan cuenta de los años que tenemos muchos de nosotros y esa letrita minúscula.... menudo mareo si tengo que andar con las gafas de cerca quitando y poniendo cada vez que consulte el dichoso código. Gracias por la información una vez más Pravias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 12 de Septiembre de 2014, 12:47:35 pm
Hay varios códigos
https://www.sanzytorres.es/textosuned2.php?estid=9&carid=237&curid=3
pero el Aranzadi es una pasada imaginate unas 2500 páginas, la ventaja es las anotaciones, pero ya te digo que si empezáis directamente con la ley y sois capaces de resolver con la legislación es un buen dinero ahorrado.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 12 de Septiembre de 2014, 13:01:24 pm
Entonces con el archivo de conceptos básicos tanto de iprf e IS, las clases y hacer muchos casos no se debería tener problema en superarla.

Aunque las clases del año pasado se escuchan fatal, esperemos tener más suerte este año.

Esto me recuerda a privado  :-X
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 12 de Septiembre de 2014, 13:04:42 pm
 ;D Ilse si pudiste con privado en serio que financiero II cuesta la mitad o menos que privado, además como son casos se hace entretenida no como privado y su trabalenguas  ;D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Picapleito en 12 de Septiembre de 2014, 15:39:50 pm
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creo que la compañera se refire a bajarte las leyes, las llevas impresas al examen en lugar del código, total "solo son dos leyes"...

Yo es que me voy a imprimir las leyes,qué diferencia hay de las leyes impresas y el código?53 euros?pues buenos son,vaya negocio con el aranzadi,cerca de diez mil calas la mieldah el libro,y luego quien paga la matricula,Montoro?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 12 de Septiembre de 2014, 15:59:23 pm
Joder es que es muy caro 53€ para que después no te valga para nada, por lo menos el código de leyes procesales te vale para los 2 ó 3 procesales, pero este ladrillo, después de que solo se utiliza una parte, coño es un negocio...

código + matrícula + libro de texto

que alguien amable ponga los enlaces de las leyes que hay que llevar por favor.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 12 de Septiembre de 2014, 16:04:28 pm
Este es el indice del código que venía el año pasado
-Ley General Tributaria (§ 3).

-Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (§ 14).

-Ley del Impuesto sobre Sociedades (§ 16).

-Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (§ 29).

En segundo lugar, contiene las reformas de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras, en:

-Ley del Impuesto sobre Sociedades (§ 16).

-Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (§ 21).

-Ley de Impuestos Especiales (§ 31).

-Ley de medidas fiscales para la sostenibilidad energética (§ 35).

-Ley Reguladora de las Haciendas Locales (§ 46).

-Ley del Catastro Inmobiliario (§ 47).

En tercer lugar, los cambios que realiza el Real Decreto 633/2013, de 2 de agosto en el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (§ 17).

En cuarto lugar, se incluye una nueva norma, el Reglamento (UE) 952/2013, de 9 de octubre, por el que se establece el código aduanero de la Unión (§ 38 bis), que deroga el § 38.

Y por último, contiene las modificaciones realizadas por el Real Decreto 828/2013, de 25 de octubre, en el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio (§ 5), el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre (§ 6), el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo (§ 13), y en el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (§ 30).
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: hidrosun en 12 de Septiembre de 2014, 16:06:01 pm
Madre mía me va a dar un fatuco... :-\
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ElGallo en 12 de Septiembre de 2014, 16:06:51 pm
Podéis usar el Código Tributario de la página web del BOE. Se puede descargar en PDF. Saludos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 12 de Septiembre de 2014, 16:09:09 pm
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Podéis usar el Código Tributario de la página web del BOE. Se puede descargar en PDF. Saludos

ste?  2087 páginas jeje

https://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?modo=1&id=049_Codigo_de_Legislacion_Tributaria

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Picapleito en 12 de Septiembre de 2014, 16:15:11 pm
La verdad,que agobio,creo que me voy a coger este año un par de asignaturas y pasar de agobios,llevo ya unos pocos de años estudiando y cada vez tengo las pilas más bajas.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 12 de Septiembre de 2014, 16:18:35 pm
Imprescindibles:
-ley irpf y su reglamento
-ley is y su reglamento
-ley impuesto sobre no residentes
-ley entidades no lucrativas
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: zuspi en 12 de Septiembre de 2014, 16:23:13 pm
https://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=049_Codigo_de_Legislacion_Tributaria&modo=1
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 12 de Septiembre de 2014, 16:33:11 pm
2087 páginas x 0,02 en el mejor de los casos= 41€

no compensa, es preferible comprarse el código. Además maneja esas 2087 páginas en pdf en un examen falto de tiempo y con 5 supuestos que hacer, CAQUITA.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 12 de Septiembre de 2014, 16:45:14 pm
Ilse no tienes que imprimirlo todo, es una mínima parte.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 12 de Septiembre de 2014, 17:08:37 pm
Yo paso de líos, me pillo el código que ademas han comentado que tiene alguna explicación, bastante lío tengo ya con esquemas, definiciones, videoclases y el restante curso de tercero, aunque duelen esos 50 y tantos, ya podría ser mas parecido al código procesal en precio.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: RAQCAR en 12 de Septiembre de 2014, 17:17:12 pm
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2087 páginas x 0,02 en el mejor de los casos= 41€

no compensa, es preferible comprarse el código. Además maneja esas 2087 páginas en pdf en un examen falto de tiempo y con 5 supuestos que hacer, CAQUITA.
Ilse mi idea es sacar los codigos por parciales y no el codigo tributario entero sino estos que creon nos servirían igual pero voy a esperar a que comience el curso por si actualizan otra vez, el código de aranzadi acaba de salir y estarás más actualizado que los del BOE, así serían 2 documentos para el 1º parcial:
1º parcial
https://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=064_Impuesto_sobre_la_Renta_de_las_Personas_Fisicas&modo=1 (353 pags.)
https://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=062_Impuesto_sobre_Sociedades&modo=1 (288 pags.)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: RAQCAR en 12 de Septiembre de 2014, 17:19:59 pm
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Yo paso de líos, me pillo el código que ademas han comentado que tiene alguna explicación, bastante lío tengo ya con esquemas, definiciones, videoclases y el restante curso de tercero, aunque duelen esos 50 y tantos, ya podría ser mas parecido al código procesal en precio.
Esta mañana me han dejado en la biblioteca el del año pasado, para mi es demasiado, grande apenas puedo con el, me manejo mal al ser tan grande, letra enana y tiene demasiadas normas que no se si nos hacen falta. Eso sí al final está el indice analítico que puede servir para ir rapidamente a lo que buscas y remisiones a arts. pues código comentado creo que no dejan. Pero cada uno tenemos unos gustos. Visto lo visto estoy saturada de material :(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Picapleito en 12 de Septiembre de 2014, 17:27:51 pm
Pero a examen que es lo que se puede llevar,por favor.Código tributario,código I.S,Código IRPF,todo?dos?los tres?nada?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Picapleito en 12 de Septiembre de 2014, 17:29:29 pm
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Yo paso de líos, me pillo el código que ademas han comentado que tiene alguna explicación, bastante lío tengo ya con esquemas, definiciones, videoclases y el restante curso de tercero, aunque duelen esos 50 y tantos, ya podría ser mas parecido al código procesal en precio.

Yo también quisiera pasar de líos,peeeroo...la cartera manda.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 12 de Septiembre de 2014, 17:30:09 pm
Picapleito creo que no has entendido nada:
-el código tributario lleva todo, y sobra el 70% del contenido
-si no te lo compras, pues imprimes las 4 o 5 leyes básicas (ley irpf y su reglamento, etc)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: RAQCAR en 12 de Septiembre de 2014, 17:45:25 pm
Como alumnos de Uned tenemos acceso a varias bases de datos muy interesantes dentro de ALF en bibiloteca, como opciones a los códigos del BOE como:
Aranzadi
La Ley
Portal del BOE
VLex Global
Estoy mirando cada una de ellas para ver opciones de impresión (cuanto ocupan) y las que mejor se acomoden a lo que necesito y se parezca al código tributario que he visto hoy de Aranzadi.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Picapleito en 12 de Septiembre de 2014, 17:49:56 pm
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Picapleito creo que no has entendido nada:
-el código tributario lleva todo, y sobra el 70% del contenido
-si no te lo compras, pues imprimes las 4 o 5 leyes básicas (ley irpf y su reglamento, etc)

Hombre nada,nada tampoco.Se que el código de aranzadi vale 54 pavos,eso te aseguro que me he enterao, y dices que sobra el 70% de él según tú ,no?entonces merecerá la pena comprar dos cartuchos de tinta de 9 euros e imprimir los Códigos de IRPF y de I.S ?esos dos ,no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Picapleito en 12 de Septiembre de 2014, 17:52:53 pm
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Imprescindibles:
-ley irpf y su reglamento
-ley is y su reglamento
-ley impuesto sobre no residentes
-ley entidades no lucrativas

O sea estos que dices ,no?esta leyes impresas son necesarias para hacer el examen y se pueden llevar fotocopiadas a éste,correcto?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 12 de Septiembre de 2014, 17:58:40 pm
Correcto...

realmente el reglamento es necessario? como la ley de impuestos de no residentes y las entidades no lucrativas?

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Ilse mi idea es sacar los codigos por parciales y no el codigo tributario entero sino estos que creon nos servirían igual pero voy a esperar a que comience el curso por si actualizan otra vez, el código de aranzadi acaba de salir y estarás más actualizado que los del BOE, así serían 2 documentos para el 1º parcial:
1º parcial
https://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=064_Impuesto_sobre_la_Renta_de_las_Personas_Fisicas&modo=1 (353 pags.)
https://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=062_Impuesto_sobre_Sociedades&modo=1 (288 pags.)

creo que serán las que me descargaré, el reglamento viene separado de la ley? y lo del impuesto de no residentes y entidades no lucrativas?

todo sea por ahorrarme 45€ joder que ya les vale.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Picapleito en 12 de Septiembre de 2014, 18:02:06 pm
Gracias Ilse,espero respuesta también con lo de los ambos reglamentos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: RAQCAR en 12 de Septiembre de 2014, 18:06:06 pm
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Correcto...

realmente el reglamento es necessario? como la ley de impuestos de no residentes y las entidades no lucrativas?

creo que serán las que me descargaré, el reglamento viene separado de la ley? y lo del impuesto de no residentes y entidades no lucrativas?

todo sea por ahorrarme 45€ joder que ya les vale.

Ilse entra con tu usuario en UNED y te metes en biblioteca en bases de datos busca La Ley y mira, ventaja que he visto se asemeja mucho al contenido del código aranzadi en cuanto a estructura (remisión arts., normativa, etc.) desventaja no hay un código como en el BOE  que reuna toda la legislacion por impuestos, habría que descargar todo por separado y llevarlo a imprimir junto.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ElGallo en 12 de Septiembre de 2014, 18:10:35 pm
Vamos a ver, gente, no petéis. Es tan sencillo como imprimir del Código Tributario del BOE sólo las normas que vayáis a usar en el examen. ¿Cuáles son esas normas?  Si el programa para este curso no ha cambiado con respecto al anterior, veréis que en cada parcial entran dos o tres leyes (con sus reglamentos) suficientes para pasar el examen con nota.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: adodu1 en 12 de Septiembre de 2014, 18:14:12 pm
Juer :o, 7 páginas y faltan 3 semanas para empezar el curso...os veo en enero con 100 páginas!!! ;D :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Ra_chel en 12 de Septiembre de 2014, 18:16:44 pm
Que lío!!! Yo lo he comprado de segunda mano y si hay alguna modificación me la imprimo... Me parece a mí que nos vamos a volver un poco locos  :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Picapleito en 12 de Septiembre de 2014, 18:18:04 pm
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Juer :o, 7 páginas y faltan 3 semanas para empezar el curso...os veo en enero con 100 páginas!!! ;D :D

jejeje,desde luego,que euforia.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Picapleito en 12 de Septiembre de 2014, 18:24:43 pm
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Que lío!!! Yo lo he comprado de segunda mano y si hay alguna modificación me la imprimo... Me parece a mí que nos vamos a volver un poco locos  :D

Pues sí,es buena idea,lo pensé.Puedes decir cuanto te ha salido?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 12 de Septiembre de 2014, 18:26:49 pm
O no me explico o simplemente no me leéis  :-X
Que no hay código irpf, no hay código impuesto de sociedades.
Que para el primer parcial hay que llevar la ley del irpf 35/2006 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764
 y su reglamento 439/2007 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6820
y así con el impuesto de sociedades https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-4456
reglamento impuesto sociedades https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-14600
ley de entidades no lucrativas https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2002-25039
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 12 de Septiembre de 2014, 18:28:44 pm
A ver ya lo tengo:

IRPF
https://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=064_Impuesto_sobre_la_Renta_de_las_Personas_Fisicas&modo=1

únicamente § 1  Ley IRPF  § 2 Reglamento IRPF  § 5 ley del impuesto no residentes  § 6 Reglamento del impuesto no residentes.

Impuesto de Sociedades.
https://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=062_Impuesto_sobre_Sociedades&modo=1

§ 1 Ley Impuesto Sociedades(IS) § 2 Reglamento del IS § 4 Ley entidades no lucrativas § 5 reglamento entidades no lucrativas.

Por lo que cuando abres el documento a la izquierda te aparece el índice sistemático, ahí imprimes los números que he indicado desde la página que comienza hasta que termina, y así con el resto.



Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 12 de Septiembre de 2014, 21:53:15 pm
Yo también me inclino por las leyes impresas....además la letra es más grande y no me da tanto palo guarrearlo....q no me convence algo me vuelvo a imprimir la hoja y punto.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 12 de Septiembre de 2014, 22:15:11 pm
Hola

Una que a pesar de no saber la nota, es realista.

No voy a entrar mucho, no tengo tiempo que perder.

Por cierto, el Código del curso pasado me sirve, sólo he de añadir pequeñas cosas.

Un saludo y suerte
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Picapleito en 12 de Septiembre de 2014, 22:56:14 pm
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A ver ya lo tengo:

IRPF
https://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=064_Impuesto_sobre_la_Renta_de_las_Personas_Fisicas&modo=1

únicamente § 1  Ley IRPF  § 2 Reglamento IRPF  § 5 ley del impuesto no residentes  § 6 Reglamento del impuesto no residentes.

Impuesto de Sociedades.
https://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=062_Impuesto_sobre_Sociedades&modo=1

§ 1 Ley Impuesto Sociedades(IS) § 2 Reglamento del IS § 4 Ley entidades no lucrativas § 5 reglamento entidades no lucrativas.

Por lo que cuando abres el documento a la izquierda te aparece el índice sistemático, ahí imprimes los números que he indicado desde la página que comienza hasta que termina, y así con el resto.

Ok,perfec.El preambulo por ejemplo se puede ahorrar de imprimir no?hay que ahorrar folio y tinta..jaja que esta la cosa que arde.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Picapleito en 12 de Septiembre de 2014, 23:00:49 pm
Por cierto veré como queda en tamaño cuartilla jajaja,sería la mitad de folios.A3 se llama no?

A hierro el ahorro!! ;D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 12 de Septiembre de 2014, 23:06:30 pm
Claro... preambulo para qué, desde que dice artículo 1 hasta que termina, y como dijeron antes, es más fácil de guarrear el papel y si no te convence imprimes otra de la mismapágina...
 

La pela es la pela, todavía si le fuera a dar un uso, ahora eso sí hay que manejarlo bien, creo que puede ser hasta más cómodo así porque en el código parte del mismono se va a utilizar y resulta menos manrjable que si tienes las que son.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Picapleito en 12 de Septiembre de 2014, 23:18:29 pm
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Claro... preambulo para qué, desde que dice artículo 1 hasta que termina, y como dijeron antes, es más fácil de guarrear el papel y si no te convence imprimes otra de la mismapágina...
 

La pela es la pela, todavía si le fuera a dar un uso, ahora eso sí hay que manejarlo bien, creo que puede ser hasta más cómodo así porque en el código parte del mismono se va a utilizar y resulta menos manrjable que si tienes las que son.

Exacto lo que interesa tener es lo que vamos a usar.

He impreso una página tamaño cuartilla y hombre,logicamente sale más pequeño,pero yo creo que el código original no deben ser mucho más grandes las letras.

Voy hacerlo asi y lo encuadernaré,cuando lo tenga si queréis os subo una foto de cómo me ha quedado y qué os parece.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ElGallo en 12 de Septiembre de 2014, 23:33:56 pm
Perfecto, chicos. Una vez lo tengáis hay que hacer casos prácticos como churros. Para llevar las leyes al examen, según las instrucciones, podéis subrayarlas y poner post-it de colores con el nombre del título, artículo o concepto tributario... Pero no podéis añadir comentarios ni notas en el texto de la norma.

Apenas tendréis que estudiar. Con estudiar el apartado de conceptos básicos de Vivero (unas 30 págs por parcial) y haciendo todos los casos una vez (y repasando después los más importantes) iréis bien preparados al examen. También es importante tener asimilados los conceptos básicos de FyT1 tales como base imponible, liquidable, cuota, tarifa, etc. (hay resumen de éstos al principio de los apuntes de Vivero).

Otra cosa, también es útil (por los casos prácticos resueltos a modo de ejemplo) el Manual IRPF de la AEAT. Se puede descargar gratis de su web o comprar en papel por 2€ (estancos).

Suerte.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: kurtwild en 13 de Septiembre de 2014, 13:59:41 pm
otro que se une. Al parecer ya tengo todo lo necesario para empezar gracias a vosotros. Estoy viendo conceptos iniciales del IRPF por el canal UNED, la guia fiscal 2014 de ediciones CEF y los apuntes de vivero. Vamos a por ello
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 13 de Septiembre de 2014, 15:08:47 pm
Los esquemas de 50 páginas explican el IRPF e IS de forma clara y no es extenso, va a los conceptos que hay que tener claros para hacer los casos y hace hincapié en aquellos que son importante como el 7 de las excensiones.

Creo que será el único que lea.

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: darbon en 13 de Septiembre de 2014, 15:51:12 pm
COSAS QUE ME HA PARECIDO VER QUE CAMBIAN ESTE AÑO:

1) IRPF: Este año no hay deducciones por "inversion" en vivienda habitual. Si que sigue habiendola para los gastos de alquiler para vivienda habitual.

2) IS: El tipo general es ahora del 35% no del 30 % como esta en los apuntes.

De todas maneras solo he pegado una leida rapida, si veis algo más o yo estoy equivocado, no dudeis en comentarlo.
Yo también me voy a leer solo esos apuntes de 50 pgs, luego casos a piñón.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 13 de Septiembre de 2014, 15:58:48 pm
Hay un documento con las novedades pero de este curso que ha pasado, yo lo que haré será esperar que el profesor de las clases de baleares las comente porque el año pasado en la primera clase fue lo que hizo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: darbon en 13 de Septiembre de 2014, 16:08:33 pm
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Hay un documento con las novedades pero de este curso que ha pasado, yo lo que haré será esperar que el profesor de las clases de baleares las comente porque el año pasado en la primera clase fue lo que hizo.

Ok, estaremos atentos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 13 de Septiembre de 2014, 20:12:36 pm
Esto viene en el código.


La Presente ACTUALIZACIÓN Contiene, Entre Otras, Las modificaciones realizadas POR Las Siguientes Normas:

- Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

- Ley 26/2013, de 27 de Diciembre, de cajas de ahorros y Fundaciones Bancarias.

- Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura Electrónica y Creación del Registro contable de facturas en el Sector Público.

- Ley 22/2013, de 23 de diciembre, Presupuestos Generales del Estado Para El Año 2014.

- Ley 16/2013, de 29 de octubre, Por La Que se establecen determinadas Medidas en materia de fiscalidad Medioambiental y sí adoptan Otras Medidas tributarias, financieras.

- Real Decreto-ley 1/2014, de 24 de enero, de Reforma en materia de Infraestructuras y Transporte, y Otras Medidas Económicas.

- Real Decreto 1042/2013, de 27 de diciembre, Por El Que se aprueba el reglamento del Impuesto sobre los gases fluorados de Efecto Invernadero, y de Modificacion de Varios respectivos reglamentos.

- Real Decreto 1041/2013, de 27 de diciembre, Por El Que se modifi el reglamento de los Impuestos Especiales.

- Real Decreto 960/2013, de 5 de diciembre, de modificacion de Varios respectivos reglamentos en materia fiscal.

- Real Decreto 828/2013, de 25 de octubre, de modificacion de Varios respectivos reglamentos en materia fiscal.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 13 de Septiembre de 2014, 22:27:25 pm
Ahí va  :o:

Las reducciones y deducciones, para calcular la base liquidable primer hay que aplicar las reducciones a la base imponible general y una vez obtenida la base liquidable aplicar las deducciones para obtener la cuota íntegra...puede ser?

Después otra cosa que no sé si he entendido, si yo tengo un piso y lo dono el que lo recibe tiene que declararlo en el impuesto de sucesiones y donaciones, y el donante en la renta de ganancias y pérdidas de mi patrimonio, ganancias no pueden ser porque lo estoy donando, serían en todo caso pérdidas, iría ahí no?  en una de las explicaciones dice que va en ganancias, si lo estoy donando a un hijo por ejemplo, qué ganancia me produce? o hay que calcular lo que yo pagué por el piso y lo que declara el hijo...

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Picapleito en 13 de Septiembre de 2014, 23:13:22 pm
En el art 108 de la Ley del IRPF que hay ochentamil disposciones¿eso hay que imprimirlo?
Y luego ,¿dónde están los artículos desde 109 a 113?

Ilse dóname el pisito sí.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 13 de Septiembre de 2014, 23:36:58 pm
No hay artículos del 109 al 113, termina con las disposiciones generales que es el 108, pues la verdad que mirando casos no he visto ninguno que diga que se solucione con las disposiciones del orden jurisdiccional...

Yo creo que el asunto está entre los 50 primeros artículos, en el caso del irpf que es el que he mirado, de todas formas mira en "esquema del IRPF" de los documentos de ferrandis, si te das cuenta los artículos que se aplican de este impuesto no pasan del 50 a excepciones de algunos que te derivan al 100 en ganancias y pérdidas, pero de disposiciones no veo nada...

Por lo que he leído las disposiciones adicionales: Las Disposiciones Adicionales se integran por aquella parte dispositiva que no tienen otra ubicación en el texto de la Ley, es como el “cajón de sastre”

Ahora yo no lo voy a imprimir, a no ser que más adelante haciendo casos vea que me hace falta.


Me estoy volviendo friki tributario porque me gusta esta asignatura.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Picapleito en 13 de Septiembre de 2014, 23:44:43 pm
uf yo la odio y eso que aún no he empezado.

He impreso desde la página 10 a la 86 de la Ley del irpf,las disposiciones del 108 no las voy a imprimir,seguiré con la Ley de I.S

Gracias.

Ah,joder y reglamentoo,puf,es necesario el reglamento pal examen? :(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 13 de Septiembre de 2014, 23:47:26 pm
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Ahí va  :o:

Las reducciones y deducciones, para calcular la base liquidable primer hay que aplicar las reducciones a la base imponible general y una vez obtenida la base liquidable aplicar las deducciones para obtener la cuota íntegra...puede ser?

Después otra cosa que no sé si he entendido, si yo tengo un piso y lo dono el que lo recibe tiene que declararlo en el impuesto de sucesiones y donaciones, y el donante en la renta de ganancias y pérdidas de mi patrimonio, ganancias no pueden ser porque lo estoy donando, serían en todo caso pérdidas, iría ahí no?  en una de las explicaciones dice que va en ganancias, si lo estoy donando a un hijo por ejemplo, qué ganancia me produce? o hay que calcular lo que yo pagué por el piso y lo que declara el hijo...

El hijo tributará por el ISD; y el padre, efectivamente por el IRPF, dentro de Ganancia/Pérdida Patrimonial; ahora bien, a esos efectos y conforme al art. 33.5., "No se considerarán como pérdidas patrimoniales, c) Las debidas a transmisiones por actos "inter vivos" o liberalidades".

El padre no puede reputar una pérdida patrimonial la liberalidad de la donación del inmueble que realiza al hijo.

Lo otro así es efectivamente, e igual si se trata tanto de la general como la del ahorro.

¡Espero nota! Fui convencida de suspender, y ahora me entra dudas de tal afirmación. Después estaré atenta, y preguntaré si tengo dudas.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 13 de Septiembre de 2014, 23:52:58 pm
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uf yo la odio y eso que aún no he empezado.

He impreso desde la página 10 a la 86 de la Ley del irpf,las disposiciones del 108 no las voy a imprimir,seguiré con la Ley de I.S

Gracias.

Ah,joder y reglamentoo,puf,es necesario el reglamento pal examen? :(

Imagino que sí, si han dicho los compañeros que es importante, yo lo que haré será imprimir lo que vaya viendo que se toca, esos artículos que has impreso sí que salen en esquemas video y demás, del reglamento todavía no he visto nada...
Puedes ir mirando algo de teoría antes de imprimir y poder ajustar bien lo que tienes que llevar...

Después no olvides el impuesto de no residentes y su reglamento además de IS y su reglamento.

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 14 de Septiembre de 2014, 00:07:43 am
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El hijo tributará por el ISD; y el padre, efectivamente por el IRPF, dentro de Ganancia/Pérdida Patrimonial; ahora bien, a esos efectos y conforme al art. 33.5., "No se considerarán como pérdidas patrimoniales, c) Las debidas a transmisiones por actos "inter vivos" o liberalidades".

El padre no puede reputar una pérdida patrimonial la liberalidad de la donación del inmueble que realiza al hijo.

Lo otro así es efectivamente, e igual si se trata tanto de la general como la del ahorro.

¡Espero nota! Fui convencida de suspender, y ahora me entra dudas de tal afirmación. Después estaré atenta, y preguntaré si tengo dudas.

Aclarado,  lo iré viendo con los casos...

suerte y que apruebes.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 14 de Septiembre de 2014, 20:28:33 pm
Hola

Una a la que no engaña su visión objetiva de su examen.

El primer parcial lo tengo encauzado, pero para el segundo tendré mucho para intentar aclararme con eso del "sujeto pasivo", ¡he invertido el sujeto pasivo en la que no era!  :o

No consigo hacerme con eso,  :-[, ya pediré ayuda en el segundo parcial.

¡Suerte!

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: matias1 en 14 de Septiembre de 2014, 20:35:42 pm
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COSAS QUE ME HA PARECIDO VER QUE CAMBIAN ESTE AÑO:

1) IRPF: Este año no hay deducciones por "inversion" en vivienda habitual. Si que sigue habiendola para los gastos de alquiler para vivienda habitual.

2) IS: El tipo general es ahora del 35% no del 30 % como esta en los apuntes.

De todas maneras solo he pegado una leida rapida, si veis algo más o yo estoy equivocado, no dudeis en comentarlo.
Yo también me voy a leer solo esos apuntes de 50 pgs, luego casos a piñón.


Hombre darbon, pero para los que compramos antes de 1º de enero de 2013 sigue habiendo deducción...que me matas jajaja
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: darbon en 14 de Septiembre de 2014, 22:25:57 pm
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Hombre darbon, pero para los que compramos antes de 1º de enero de 2013 sigue habiendo deducción...que me matas jajaja
jajaja, yo todavía estoy mu verde por estos lares.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 15 de Septiembre de 2014, 09:32:13 am
El reglamento SI hay que llevarlo al examen porque es lo que complementa, detalla a la ley. En el caso del Iva (2 parcial) ya es menos importante pero en el irpf e IS super importante el reglamento.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Dcho2012 en 15 de Septiembre de 2014, 09:47:42 am
Alguien puede enviarme o indicarme dónde puedo encontrar los casos prácticos, o hay que comprar algún libro??

Gracias!!

leticia25bm@gmail.com

Miedito de asignaturaaaaa
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 15 de Septiembre de 2014, 09:52:27 am
En el hilo tienes la respuesta... están en apuntes temporales.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Dcho2012 en 15 de Septiembre de 2014, 09:59:07 am
Ok, gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: tradixion en 15 de Septiembre de 2014, 10:38:25 am
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O no me explico o simplemente no me leéis  :-X
Que no hay código irpf, no hay código impuesto de sociedades.
Que para el primer parcial hay que llevar la ley del irpf 35/2006 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764
 y su reglamento 439/2007 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6820
y así con el impuesto de sociedades https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-4456
reglamento impuesto sociedades https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-14600
ley de entidades no lucrativas https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2002-25039

Pregunta de escuela, pero ¿por qué ponen las leyes "este texto consolidado no tiene valor jurídico"? Deduzco que porque no está aprobado aún, pero eso significará que a lo mejor lo cambian. ¿O no? Vale, no me sé el proceso de aprobación de reglamentos.  :-X Lo que me importa es no imprimirlo pa que luego no sea la versión final en el examen.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 15 de Septiembre de 2014, 10:41:40 am
El reglamento está aprobado del 2007 lo único que cada año si hay alguna reforma cambian algún artículo, igual que la ley del irpf que es del 2006 cambian sus artículos según las reformas que hayan.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: May1985 en 15 de Septiembre de 2014, 10:52:35 am
En el libro de este año también podemos mirar el prólogo donde ponen las modificaciones de este año.

Desde que esté en la biblioteca lo consultaré a ver que dicen...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: unserapio en 16 de Septiembre de 2014, 03:05:10 am
Yo me guiaré por las indicaciones del compañero Pravia... Me descargaré las leyes e intentare poco a poco ir resolviendo los examenes.
También me compraré el manual, digo yo que algo ayudará.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Winnie en 16 de Septiembre de 2014, 11:38:20 am
Los manuales de la AGENCIA TRIBUTARIA, que se pueden adquirir, a qué ejercicio fiscal corresponden? al 2013 o ya lo hay del 2014?, cuál habría que adquirir y usar? me refiero a los manuales de RENTA, IVA Y SOCIEDADES que venden a 2€ en Hacienda o en los estancos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 16 de Septiembre de 2014, 11:42:31 am
Los que hay publicados son del 2013, no recuerdo si es ahora por octubre o noviembre cuando suelen publicar los del 2014
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rutger en 16 de Septiembre de 2014, 11:51:46 am
Mirad en la agencia tributaria, porque normalmente también están publicados en su web.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 16 de Septiembre de 2014, 11:52:39 am
Perdona, en qué estancos? donde venden tabaco? dame una cajetilla de IRPF... Que gracioso

de verdad que ahí se cmpran también? que relació tiene el estanco con hacienda, impuestos?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 16 de Septiembre de 2014, 11:53:40 am
 En la página de la agencia están publicados hasta el 2013, acabo de mirarlo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Winnie en 16 de Septiembre de 2014, 12:18:42 pm
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Perdona, en qué estancos? donde venden tabaco? dame una cajetilla de IRPF... Que gracioso

de verdad que ahí se cmpran también? que relació tiene el estanco con hacienda, impuestos?

sí, en algunos estancos los tienen, aunque en la mayoría creo que ya no, pero sí se pueden comprar ahí, igual que el papel timbrado o contratos  estándar de arrendamientos, de cámaras de comercio o cosas así, aunque cada vez se use menos. Antes de la existencia de internet, era bastante usado el estanco de tabaco para esos usos, y también para comprar sellos de correos. Esto útimo también se puede seguir adquiriendo ahora.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 16 de Septiembre de 2014, 12:24:46 pm
vale, no sabía, preguntaré sobre octubre a ver si los tienen o me dicen no pero tenemos chester jejeje, lo de los sellos y contratos sí porque el de mi piso lo compré en un estanco, pero lo de libritos de supuestos de IRPF e IS me parecía raro. 

Pero bueno si los tienen mejor que mejor.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 16 de Septiembre de 2014, 12:30:42 pm
Yo me cabree al ver el código las hojas de papel de fumar que tiene que incluso se transparentan, pero claro son 2600 paginas y es enorme ya, me dio la sensación de peor calidad que el de leyes procesales, eso si, tiene un puntazo enorme, el indice analítico del final, que aunque estoy verde ahora creo que es suficiente para saber donde buscar, vienen enumeradas todas las instituciones de las leyes, reglamentos etc y los artículos donde se regulan, a ver si en tener un poco de tiempo lo escaneo y os lo paso para los que no os lo vayáis a comprar.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jjo en 16 de Septiembre de 2014, 13:17:07 pm
¿Alguien sabe dónde están los apuntes del profesor Ferrandis? Tengo unos resúmenes de más de 150 páginas y sabiendo que este año la asignatura es más práctica que otra cosa, me gustaría estudiar mejor por aquéllos, que creo que se quedan en sólo 50 páginas. Es que no los encuentro, ni siquiera yendo a la web de la UNED de Baleares. Gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Alopekos en 16 de Septiembre de 2014, 13:25:30 pm
me uno
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 16 de Septiembre de 2014, 13:36:42 pm
No leéis el post?, que ya se ha explicado varias veces que está todo en la zona de apuntes temporales  >:(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jjo en 16 de Septiembre de 2014, 13:45:01 pm
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No leéis el post?, que ya se ha explicado varias veces que está todo en la zona de apuntes temporales  >:(

Lo siento, la verdad es que no. Voy a revisarlo. Gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 16 de Septiembre de 2014, 14:03:20 pm
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Yo me cabree al ver el código las hojas de papel de fumar que tiene que incluso se transparentan, pero claro son 2600 paginas y es enorme ya, me dio la sensación de peor calidad que el de leyes procesales, eso si, tiene un puntazo enorme, el indice analítico del final, que aunque estoy verde ahora creo que es suficiente para saber donde buscar, vienen enumeradas todas las instituciones de las leyes, reglamentos etc y los artículos donde se regulan, a ver si en tener un poco de tiempo lo escaneo y os lo paso para los que no os lo vayáis a comprar.

Sería un detalle por tu parte compañero, gracias de antemano.  ;D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ElGallo en 16 de Septiembre de 2014, 16:29:43 pm
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vale, no sabía, preguntaré sobre octubre a ver si los tienen o me dicen no pero tenemos chester jejeje, lo de los sellos y contratos sí porque el de mi piso lo compré en un estanco, pero lo de libritos de supuestos de IRPF e IS me parecía raro. 

Pero bueno si los tienen mejor que mejor.

El manual del IRPF está bastante bien y, por 2 euros, merece la pena tenerlo en papel. Para conseguirlo, lo mejor es preguntar en la oficina de Hacienda pues sólo lo venden determinados estancos de cada ciudad (y así te ahorras volverte loco preguntando de estanco en estanco). En mi caso, el estanco que vendía el manual era uno que estaba cerca de la delegación de Hacienda.

Saludos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: zuspi en 16 de Septiembre de 2014, 16:51:36 pm
Vaya hilo, no ha empezado y es el que mas visitas tiene 3920. Cuantos estamos matriculados??????No será tan dificil tributario I, cuando esta es de las usuarios tiene.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 17 de Septiembre de 2014, 10:13:42 am
Uno que ya se ha imprimido las leyes, he incluido:
Ley y Reglamento IRPF
Ley y Reglamento Impto. no residentes

Ley y Reglamento Impto. Sociedades
Ley y Reglamento Entidades no lucrativas

No sé si lo encuadernaré en 2 tomos, 1 para IRPF y otro para Sociedades o todo el tocho junto.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ElGallo en 17 de Septiembre de 2014, 10:37:32 am
Al tocho del primer parcial le añadiría la ley del impuesto de sucesiones y donaciones. Es breve y te puede servir en el examen.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 17 de Septiembre de 2014, 10:40:27 am
Si vais a excluir la parte de sucesiones no es necesario.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: NuriMad85 en 17 de Septiembre de 2014, 18:12:16 pm
Chicos!! mil gracias por toda la informacion!! todo apuntadito queda!! este año me cojo todas las que me quedan (4º entero, una de 2º y una de 3º!!! ) y currandooo eso sí el TFG se queda para el año que veien que no me dejna por creditos...
Nos vemos por aqui!! este año empiezo a estudiar el 1 de octubre, hoy de momento me voy a tomar una caña a vuestra salud! por los buenos compañeros q sois!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: castelo en 17 de Septiembre de 2014, 22:31:29 pm
Buenas noches....
Tocará sufrir otro año con esta patata :-\   

El año pasado me cansé de estudiar el manual. Conclusión perdí el tiempo. Creo en la línea práctica de lo que exponen los compañeros en los mensajes previos irá mejor la cosa.

Un saludo y mucha suerte!!!!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: castelo en 17 de Septiembre de 2014, 22:35:02 pm
Por cierto, alguno sabéis que tal está el código tributario de la editorial la ley,... 29 lereles, ahorras casi la mitad con respecto a Aranzadi...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: hektor7 en 18 de Septiembre de 2014, 08:05:12 am
Miedo me da esta asignatura... aunque... si es casi todo práctica puede que se de bien, ¿quien sabe?  :o
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: niki en 18 de Septiembre de 2014, 08:12:28 am
http://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=049


el nuevo codigo de gestion tributaria
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 18 de Septiembre de 2014, 09:34:30 am
Cuando se habla de tributación conjunta dice que los cónyuges lo pueden hacer si no están seaparados legalmente, dspués los hijos menores, no aclara si son matrimoniales o extramatrimoniales, se cuenntan ambos? gracias.

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 18 de Septiembre de 2014, 09:52:30 am
Artículo 82. Tributación conjunta
1. Podrán tributar conjuntamente las personas que formen parte de alguna de las siguientes modalidades de unidad familiar:

1ª La integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiera:

a) Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientes de éstos.

b) Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.

2ª En los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y que reúnan los requisitos a que se refiere la regla 1ª de este artículo.

2. Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.

3. La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente a 31 de diciembre de cada año.

En relación con la Ley 40/1998, que tenía una redacción similar, la STC 19/2012, de 15 de febrero de 2012, ha declarado inconstitucional la limitación a los «hijos que convivan», pues es evidente que la familia a la que manda proteger su art. 39.1 nada tiene que ver con el hecho físico de la convivencia entre los miembros que la integran, de modo que no es posible admitir que el progenitor que no vive con sus descendientes pero que mantiene, por imposición legal o judicial, la obligación de prestarles asistencia de todo orden, quede excluido por esa circunstancia del ámbito de protección que exige aquel precepto constitucional.

Artículo 83. Opción por la tributación conjunta
1. Las personas físicas integradas en una unidad familiar podrán optar, en cualquier período impositivo, por tributar conjuntamente en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con arreglo a las normas generales del impuesto y las disposiciones de este título, siempre que todos sus miembros sean contribuyentes por este impuesto.

La opción por la tributación conjunta no vinculará para períodos sucesivos.

2. La opción por la tributación conjunta deberá abarcar a la totalidad de los miembros de la unidad familiar. Si uno de ellos presenta declaración individual, los restantes deberán utilizar el mismo régimen.

La opción ejercitada para un período impositivo no podrá ser modificada con posterioridad respecto del mismo una vez finalizado el plazo reglamentario de declaración.

En caso de falta de declaración, los contribuyentes tributarán individualmente, salvo que manifiesten expresamente su opción en el plazo de 10 días a partir del requerimiento de la Administración tributaria.

Yo entiendo que da igual que sean extramatrimoniales siempre que que sean menores que vivan ahí o mayores incapacitados.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 18 de Septiembre de 2014, 10:00:30 am
Sí había leído el artículo pero no lo deja muy claro que sean matrimoniales o extramatrimoniales, yo creo que serán únicamente matrimoniales, no me preguntes por qué...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 18 de Septiembre de 2014, 10:05:35 am
Ilse no entiendo tu pregunta, te refieres a hijos de la pareja antes de casarse?, pero si se han casado pasan a ser matrimoniales no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 18 de Septiembre de 2014, 11:03:33 am
Eso es, a efectos tributarios creo que es diferente respecto al CC, justo en una de las clases que estaba vienndo ahora,  ferrandis dice que entiende que son hijos matrimoniales y no extra...que el artículo habla de los cónyuges y no menciona nada de hijo extramatrimoniales

Minuto 24 d ela clase 3 por si alguien le interesa.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dgarcia1225 en 18 de Septiembre de 2014, 12:07:11 pm
Pueden constituir unidad familiar y, por tanto, realizar tributación conjunta el matrimonio y, en su caso, sus hijos ( si reúnen los requisitos); si se trata de una pareja de hecho, solo podrán constituir unidad familiar uno de los cónyuges con los hijos que con él convivan, no sé si era eso a lo que te referías Ilse.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Lunaval en 18 de Septiembre de 2014, 12:35:19 pm
En 5º de Licenciatura, con susto en el cuerpo ante esta asignatura, y sencillamente dar las gracias por todos los consejos que proporcionais.
Saludos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 18 de Septiembre de 2014, 13:18:27 pm
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Pueden constituir unidad familiar y, por tanto, realizar tributación conjunta el matrimonio y, en su caso, sus hijos ( si reúnen los requisitos); si se trata de una pareja de hecho, solo podrán constituir unidad familiar uno de los cónyuges con los hijos que con él convivan, no sé si era eso a lo que te referías Ilse.

Quizás me explico mal...

A se casa con B, tienen dos hijos en común y uno extramatrimonial, a efectos tributarios para hacer la declaración el extramatrimonial quedaría fuera aunque cumpliera los requisitos de mennor de edad, incapacitado, etc..

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 18 de Septiembre de 2014, 13:20:55 pm
Ilse pero ese hijo que es con A antes del matrimonio, o te refieres a que B tiene un hijo con otra tercera persona?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dgarcia1225 en 18 de Septiembre de 2014, 13:27:22 pm
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Quizás me explico mal...

A se casa con B, tienen dos hijos en común y uno extramatrimonial, a efectos tributarios para hacer la declaración el extramatrimonial quedaría fuera aunque cumpliera los requisitos de mennor de edad, incapacitado, etc..


A mi entender, ése hijo podrá formar una unidad familiar con uno de los padres ( A o B) siempre que éstos no formen parte de otra unidad familiar puesto que no puede formarse parte de más de una.


Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 18 de Septiembre de 2014, 13:29:37 pm
Si la hacen conjunta entrarías los 3 siempre que sean menores y vivan con ellos o mayores incapacitados, si la hacen separada los dos en común los meten en cualquiera de las dos y el extra en la del padre o madre biológico.

Eso me dice la lógica, ya que sean o no extramatrimoniales, si la hacen conjunta y viven ahí, es un núcleo familiar, ademas no tiene sentido hoy en día de un hijo adoptado, matrimonial o extramatrimonial.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dgarcia1225 en 18 de Septiembre de 2014, 13:30:17 pm
Además, al estar casados, aunque el hijo hubiese nacido antes del matrimonio, creo que no hay problema en constituir unidad familiar con todos los hijos, puesto que lo que limita que puedan tributar conjuntamente es que haya o no matrimonio, no se si me explico .. :-\
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 18 de Septiembre de 2014, 13:30:43 pm
A ver si os sirve este enlace de la agencia tributaria
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Campanas/Renta_2012/_INFORMACION/Ayuda/_Cuando_procede_presentar_declaracion_por_tributacion_conjunta_.shtml
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 18 de Septiembre de 2014, 13:54:00 pm
Hijo de un matrimonio anterior, no es común de ambos cónyuges, sí reconocido pero no común, se puede incluir en la declaración?

minuto 24 de las clase 3.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dgarcia1225 en 18 de Septiembre de 2014, 14:01:53 pm
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Hijo de un matrimonio anterior, no es común de ambos cónyuges, sí reconocido pero no común, se puede incluir en la declaración?

minuto 24 de las clase 3.

Si no es común, podría tributar si con el que tributa no forma parte de una unidad familiar.
Ejemplo: A y B están casados y tienen un hijo en común; B tiene un hijo con C

El hijo de B y C podría constituir una unidad familiar con B si éste no forma parte de otra unidad familiar ( A y B más el hijo en común), así A y el hijo común constiturian una, por ejemplo, y B con su hijo otra ( si convive con él), o formar éste una unidad con sus dos hijos.

Si B formase parte de otra unidad familiar ( A y B más el hijo en común) no podría formar otra con su hijo.

Así lo entiendo yo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 18 de Septiembre de 2014, 14:07:59 pm
Y el hijo de b y c podría incluirse en la declaración de a y b(casados)? podría formar parte de la tributación conjunta?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dgarcia1225 en 18 de Septiembre de 2014, 14:13:07 pm
Yo entiendo que no, de todas formas voy a indagar un poco a ver si consigo verlo más claro, pero en principio entiendo que no.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 18 de Septiembre de 2014, 14:20:21 pm
Ahí quería llegar, yo entiendo que tampoco, el artículo no está claro, ya que no deja claro si son matrimoniales o extra...

en el cc no hace diferencia entre hijos matrim que extra, sin embargo a efectos tributarios sí, como en otros aspectos que difiere el cc a como se eaplica la ley del IPRF
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dgarcia1225 en 18 de Septiembre de 2014, 14:30:03 pm
 La aplicación del mínimo plantea dudas porque su parentesco no es de consanguinidad sino
de afinidad. Por regla general, cuando la norma tributaria se refiere al parentesco por afinidad lo señala
expresamente [vid., por ejemplo, el artículo 20.2.a) LISD]. En los artículos 58 LIRPF (mínimo por descendientes) y
59 LIRPF (mínimo por ascendientes) no se incluye expresamente el parentesco por afinidad.
En consecuencia, se entiende
comúnmente que sólo procede aplicar estos mínimos por descendientes o ascendientes consanguíneos.

Aunque es de otro caso, aquí el equipo docente en respuesta a una de las preguntas de un examen anterior establece que no es aplicable los mínimos por descendiente o ascendiente cuando el parentesco lo sea por afinidad ( como sería en el caso que planteas).

No obstante, matiza el ED que hay opiniones en contra, habiendo incluso sentencia del TS.

No se si esto podría aplicarse también al caso que planteas, ¿ tú como lo ves?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dgarcia1225 en 18 de Septiembre de 2014, 14:31:40 pm
Si esa teoría es aplicable no podría incluirse en la unidad familiar de A y B, ¿ no?
Uff que lío me estoy haciendo ... jeje
Creo que es más sencillo y que directamente no puede formar unidad con ellos ...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 18 de Septiembre de 2014, 14:37:48 pm
sí, queda claro que no se podría incluir en la tributación familiar...

o sea que tiene que ser consaguineidad siempre, y no por afinidad.

Otra cosa, cuando decías que B y C podían hacer declración conjunta con el hijo común si B no la constituía con A , si se supone que A y B están cansados y lo único que le une a B y C es el hijo cmún ya que  están divorciados, veo raro que B y C puedan hacer declaración cnjunta con el hijo común.

Es más yo creía que entre A y B las opciones que tienen son entre ellos o separados con los mínimos ascendentes y descendientes consanguineos pero C en este caso no es nada ya con B, cómo es posible que pretendan hacer declaración B y C conjuntamente.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 18 de Septiembre de 2014, 14:39:38 pm
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Si esa teoría es aplicable no podría incluirse en la unidad familiar de A y B, ¿ no?
Uff que lío me estoy haciendo ... jeje
Creo que es más sencillo y que directamente no puede formar unidad con ellos ...

así es.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dgarcia1225 en 18 de Septiembre de 2014, 14:41:44 pm
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sí, queda claro que no se podría incluir en la tributación familiar...

o sea que tiene que ser consaguineidad siempre, y no por afinidad.

Otra cosa, cuando decías que B y C podían hacer declración conjunta con el hijo común si B no la constituía con A , si se supone que A y B están cansados y lo único que le une a B y C es el hijo cmún ya que pero están divorciados, veo raro que B y C puedan hacer declaración cnjunta con el hijo común.

Es más yo creía que entre A y B las opciones que tienen son entre ellos o separados con los mínimos ascendentes y descendientes consanguineos pero C en este caso no es nada ya con B, cómo es posible que pretendan hacer declaración B y C conjuntamente.

Ups, me he equivocado, obviamente C no puede tributar conjuntamente con B, lo siento.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 18 de Septiembre de 2014, 14:43:49 pm
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Ups, me he equivocado, obviamente C no puede tributar conjuntamente con B, lo siento.

no pasa nada, aquí estamos para equivocarnos, creo que ya está claro.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dgarcia1225 en 18 de Septiembre de 2014, 14:44:13 pm
En cuanto a la consaguineidad y la afinidad, según el ED, cuando cabe la afinidad la ley lo establece expresamente, por lo que si no dice nada debe ser por consaguineidad.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 19 de Septiembre de 2014, 09:42:38 am
En un supuesto caso que hable de una pareja pero sin darte a conocer si están casados o son pareja de hecho, y por ejemplo te pregunta si tndrían deducción o alguna otra cuestión que no se pueda deducir del enunciado, se tendrían que explicar las opciones que cabe, si están casados pueden hacer tramitación conjunta y si no pues nada...



Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 19 de Septiembre de 2014, 09:45:55 am
Normalmente los enunciados de los examenes ya te da una buena pista de la solución del caso, pero en el caso de que no mencione nada vosotros tenéis que especificar en el caso de que sea un matrimonio no separado.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 19 de Septiembre de 2014, 09:50:16 am
Vale, entonces no son casos muy complejos(espero), otra cosa, en las respuestas hay que poner artículo y redactarlo, no todo el artículo porque por ejemplo si es el 7 no terminas, quiero decir si el que se aplica a ese caso hay que redactarlo poniendo el artículo...

He visto varios y algunos supuestos son muy extensos, en fyt I con tres frases te sobraban la mitad.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 19 de Septiembre de 2014, 09:57:50 am
Siempre hay que poner el artículo por ejemplo, artículo 7.3 apartado tal de la ley del irpf, no hay que copiar el total del artículo, sólo indicarlo y explicar porqué llegas a esa conclusión.
Suelen ser casos muy concretos que en pocas líneas se explica, pero claro hay que manejar muy bien el código para ir derechos a la solución.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 19 de Septiembre de 2014, 10:41:37 am

Se me ha planteado otra duda con esto del hijo común y extramatrimonial, si A y B casados con hijo común y otro extra, deciden hacer declaración separada, incluyendo A al hijo común y B quiere incluir en la suya al extra, pero C en este caso también, qué pasaría? llamamos a tengo una carta para ti... ;D

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 19 de Septiembre de 2014, 11:09:00 am
Lo incluye quien conviva con el, el otro solo puede deducir los gastos de manutención a la madre/padre
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 19 de Septiembre de 2014, 11:35:00 am
Cuidado que la pensión de alimentos lleva un sistema distinto, lo veréis conforme vayáis avanzando en el temario.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: kurtwild en 19 de Septiembre de 2014, 11:44:20 am
Yo he encontrado este caso al respecto en los foros de rankia. Expongo


" Pareja no casada con un hijo comun de ambos progenitores y otro hijo de uno solo de los progenitores.
En esta situacion al no existir matrimonio , la fiscalidad no contempla como Unidad Familiar todos los miembros de esta familia.
Si contempla como Unidad Familiar un progenitor con el hijo no comun que convive con ambos , en este caso el progenitor puede deducirse en su totalidad por su hijo en convivencia. "

Yo entiendo de esto que sólo se podría generar una unidad familiar en los casos de parejas de hecho y que ésta no puede abarcarlos a todos (en caso de hijos comunes y no comunes), así que por lo tanto deberían optar por o bién "progenitores+hijos comunes" o bién "1 progenitor+hijo no común que conviva con ellos"  con lo cual siempre hay hijos colgando...

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 19 de Septiembre de 2014, 12:34:18 pm
Pero es que las parejas de hecho al igual que las que no tienen  vínculo matrimonial no tienen la posibilidad de tributar cnjuntamente, la unidad familiar solo existe cuando hay matrimonio, o sea que no hay deducción por pareja de hecho.

Las parejas de hecho lo harán de forma separada y podrán incluir a los hijos...

es lo mismo que has dicho? no lo he entendido bien.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 19 de Septiembre de 2014, 12:52:34 pm
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En cuanto a la consaguineidad y la afinidad, según el ED, cuando cabe la afinidad la ley lo establece expresamente, por lo que si no dice nada debe ser por consaguineidad.

¡Cuidadín con eso que indicas! Cuando accedas a ALF tendrás los exámenes con las respuestas, -también estarán en el post de febrero aquí- y, podrás ver como se ha de argumentar tanto de la afinidad como de la consiguinidad, mismos grados; yo creí que la ley lo establecía así, argumenté el por qué la nuera no podía deducir lo del suegro -que además se incrementaba por tener más de 75 años; no hubo quien les bajase del burro, porque lo único que subieron fue o,5 puntos que me habían descontado del IS cuando el ajuste extracontable positivo estaba bien, pero no subieron al 2 en ese pregunta, dejaron el 1, tal cual, es decir, 4, ¡sí o sí!

Consejo que me aplicaré visto la que he liado con la inversión del sujeto pasivo en el IVA, indicar todas las posibles opciones, se recojan en la Ley o se haya asentado por el antecedente administrativo de los tribunales económico administrativos.

Con lo otro os estáis haciendo un lío que me lo estáis poniendo difícil hasta a mi, más de lo que ya lo tengo; la unidad familiar contribuyente es la formada por cónyuges con descendientes o ascendientes que convivan en el mismo domicilio; la formada por parejas de hecho no se asimilan a cónyuges a efectos del impuesto, así que si hay hijos en común, podrá deducir sólo uno de ellos, pero no ambos; si hay algún ascendiente, idem; hijos extramatrimoniales los puede haber, ahora bien, si existe filiación reconocida y convive en el domicilio conyugal con el resto de hijos, a diferencia de los hijos comunes que pueden deducir al 50 por ciento cada uno si la realizan por separado, el extramatrimonial al no tener afiliación reconocida por el otro cónyuge, sólo podrá deducirlo el padre o la madre del "extramatrimonial"; la generalidad de esos casos, es que a pesar del reconocimiento de la filiación el hijo conviva con la madre, con lo cual será ésta la que tenga opción a la deducción por hijo a cargo, en la cuantía establecida, dependiendo de la edad.

No creo que suene la campana "ni de coña" en el segundo parcial, así que por aquí nos veremos, pero algo más cerca de los exámenes, tengo cuatro nuevas que quiero leer unas cuantas de veces.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mitsukoakari en 19 de Septiembre de 2014, 12:53:15 pm
Madre mía... Esta asignatura es para salir un poco por patas, no me la convalidaron y ahora mismo estoy acordándome de la familia del Tribunal de convalidación...
A estudiar tochazos :___(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 19 de Septiembre de 2014, 12:55:09 pm
Ufffffff, siento esa "a" tan horrible antes de filiación, pero tengo el cuello tieso y no puedo bajar la vista ni al teclado, de ahí que ande por estos lares.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 19 de Septiembre de 2014, 13:02:01 pm
No mezclemos contenidos, estamos con el IRPF e IS, no el IVA. Nos podemos liar más todavía.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 19 de Septiembre de 2014, 22:18:34 pm
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No mezclemos contenidos, estamos con el IRPF e IS, no el IVA. Nos podemos liar más todavía.

Pero ILSE, ¿quién ha mezclado del segundo parcial?  ???

¡Ahhhhhhhhh! Creo que te refieres a la alusión que he realizado a mi segundo examen de septiembre, ok, desde ahora,  :-X, ¿mejor?  :P
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: kurtwild en 20 de Septiembre de 2014, 11:18:02 am
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Pero es que las parejas de hecho al igual que las que no tienen  vínculo matrimonial no tienen la posibilidad de tributar cnjuntamente, la unidad familiar solo existe cuando hay matrimonio, o sea que no hay deducción por pareja de hecho.

Las parejas de hecho lo harán de forma separada y podrán incluir a los hijos...

es lo mismo que has dicho? no lo he entendido bien.

Si, creo que lo he puesto un poco liado porque yo no lo entendía del todo. En caso de pareja de hecho con hijos comunes y no comunes que convivan con ellos, un progenitor podría tener una unidad familiar con los comunes y el otro con los no comunes y hacer 2 declaraciones conjuntas. Eso es lo que entiendo yo.

Lo que no me queda del todo claro es que pasa con este caso cuando es matrimonio y no pareja de hecho, todos juntos forman una unidad familiar para poder hacer declaración conjunta?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 20 de Septiembre de 2014, 11:42:00 am
Yo lo veo así en cuanto a parejas de hecho con hijos comunes y extramatrimoniales, no puede tributar conjuntamente al no ser matrimonio pero sí pueden hacerlo con los hijos que cumplan los requisitos, el hijo común podrá hacerlo con el padre o madre, y el extramatrimonnial solo con el que tenga consanguinidad(padre o madre).

Pues yo creo que cuando es matrimonio y tieen hijo extra, éste queda fuera, solo el común podrían incluir...

alguien lo ve así o hay algo que esté mal
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 20 de Septiembre de 2014, 11:45:26 am
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Si, creo que lo he puesto un poco liado porque yo no lo entendía del todo. En caso de pareja de hecho con hijos comunes y no comunes que convivan con ellos, un progenitor podría tener una unidad familiar con los comunes y el otro con los no comunes y hacer 2 declaraciones conjuntas. Eso es lo que entiendo yo.

Lo que no me queda del todo claro es que pasa con este caso cuando es matrimonio y no pareja de hecho, todos juntos forman una unidad familiar para poder hacer declaración conjunta?

Si lo declarantes son matrimonio que conviven en el mismo domicilio con hijos comunes y no comunes, hemos de entender que forman una unidad familiar a efectos de la Declaración de la Renta, con lo cual, podrán realizar tributación conjunta; recuerda que la presunción de los datos declarados puede ser revisados en los procedimientos tributarios, y que esa presunción es iuris tantum, y necesitará ser probada por los sujetos pasivos del impuesto. Si los hijos no comunes no conviven en el domicilio familiar, o vive aún el otro progenitor sin mediar sentencia de guarda y custodia, lo tendrán más difícil para probarlo, aunque podría valer un certificado de convivencia del Padrón municipal previa verificación e informe de un Agente policial de esa convivencia.

No obstante, no creo que pongan algo así, tan retorcido, creo, aunque,  :-\
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 20 de Septiembre de 2014, 11:52:16 am
Mnieves pero los no comunes no forman parte de la unidad familiar a efeectos tributarios, además en la página de hacienda no dice nada de no comunes, puedes copiar el enlace donde lo diga? que los no comunes pueden formar parte de la declaración conjunta del matrimonio...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 20 de Septiembre de 2014, 12:43:48 pm
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Mnieves pero los no comunes no forman parte de la unidad familiar a efeectos tributarios, además en la página de hacienda no dice nada de no comunes, puedes copiar el enlace donde lo diga? que los no comunes pueden formar parte de la declaración conjunta del matrimonio...

ILSE he tratado de dar respuesta a ese lío monumental que os habéis planteado con lo hijos extramatrimoniales; en ese caso, y aunque no por residir en el mismo domicilio la regla general no les obliga a declarar conjuntamente, pudiendo hacerlo de forma individual -caso de un hijo menor que percibe rentas que conviva en el domicilio familiar de sus padres con su hijo = unidad familiar independiente del hijo y nieto, la opción de tributación conjunta es de los sujetos pasivos.

Ahora bien, lo que he indicado antes, es que pueda darse la situación de hijos comunes y no comunes en una unidad familiar en que los sujetos pasivos son cónyuges; en ese caso si el otro progenitor del menor de edad o incapacitado judicialmente vive, tendremos que pensar que se puede dar una unidad familiar separada, la del progenitor casado por un lado y la del otro progenitor por otro, así que quien tenga opción a la reducción la tiene al completo, no se puede dividir.

Si tenemos un supuesto, en el que existe algún hijo extramatrimonial en el que la madre ha muerto, ha sido incapacitada judicialmente, y bien se haya producido el traspaso de la patria potestad al completo, o bien lo haya sido sólo de forma temporal hasta la recuperación de la misma, o bien le hayan dado la guarda y custodia, siempre por sentencia judicial firme, el ejercicio temporal del devengo en que el hijo extramatrimonial está conviviendo en el mismo domicilio, no se considera unidad familiar a efectos del impuesto -lo siento, me he ido al supuesto de adopción por uno de los cónyuges, en ese caso, ¿qué ocurre? ¿Puede tributar conjuntamente con su esposa y los hijos comunes de ambos? Esto está recogido en la ley a efectos de unidad familiar
¿Tendría que tributar por separado al tener un hijo no común? ¡Ma cachis!, lo habéis puesto complicado, no lo veo ni con el manual delante, es decir, no veo la solución exacta a ese caso planteado, ¿qué opción le deja al contribuyente que se encuentra en esta situación?  ???  ???

Hay que exponerlo en ALF, por muy retorcidos que sean los casos probables, ni el TC aclara cuando dice respecto al principio de no discriminación del art. 14 CE, ya que las leyes "en su pretensión de racionalidad se proyectan sobre la normalidad de los casos, sin que baste la aparición de un supuesto no previsto para determinar su inconstitucionalidad" -está referida a la pretensión formalada por dos contribuyentes casados, de tributar por separado con cada uno de sus hijos -siendo comunes a ambos-; la conclusión de esa sentencia del TC es que la LIRPF no discrimina a los sujetos pasivos casados frente a quiénes no lo están.

Así que, tributación individual con hijos comunes, reparto al 50 por ciento por cada hijo. Si el supuesto que indicáis forzosamente tiene que realizar la tributación individual ya que conforma dos unidades familiares, los hijos comunes lo hará al 50 por ciento, y los no comunes, al 100 por 100,

¿Podría ser esa la solución?  :-\
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 20 de Septiembre de 2014, 12:56:23 pm
Pues yo veo única solución de djearle fuera(extramatrimonial) en el caso de que sea matrimonio y quieran incluir a los hijos, ya que estos no  forman parte de la unidad familiar.

Después si es individual, el hijo extramatrimonial lo incluirá el padre o la madre que conviva con él, que sea "su padre o madre de sangre".

No sé, es como lo veo yo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 20 de Septiembre de 2014, 13:31:53 pm
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Pues yo veo única solución de djearle fuera(extramatrimonial) en el caso de que sea matrimonio y quieran incluir a los hijos, ya que estos no  forman parte de la unidad familiar.

Después si es individual, el hijo extramatrimonial lo incluirá el padre o la madre que conviva con él, que sea "su padre o madre de sangre".

No sé, es como lo veo yo.

ok.

Entonces, si es un hijo extramatrimonial de uno de los cónyuges, fuera, no se incluye en la declaración de la renta, ahora bien, siguen teniendo la opción de tributación conjunta o individual.

Si el hijo extramatrimonial tiene progenitor fuera del matrimonio -jeje, siempre lo será de sangre, no creo que aquí se pueda dar un supuesto de adopción, y si lo lleva de soltera o soltero por adopción, no sería un supuesto de extramatrimonial-, lo más normal es que recaiga sobre él o ella, el poder incluirlo en la declaración de su renta.

Y si el hijo extramatrimonial forma la unidad familiar con su padre o con su madre, que a su vez podría constituir otra unidad familiar con hijos comunes, la declaración sería individual, y lo podrá incluir el padre o madre de "sangre", quien ostenta su filiación, -si no la tiene no lo puede hacer constar, hijos matrimoniales y extramatrimoniales tienen los mismos derechos, siempre que tenga reconocida la filiación-, si bien, eso no implica a que renuncie a su 50 por ciento de reducción -si se dan los requisitos- de los hijos comunes a su constante matrimonio en el momento temporal de devengo del impuesto.

jejje, ¡menos mal que no se ha producido eso en mis 34 años de matrimonio, porque menudo lío!  :D

P.D. Voy a seguir con Trabajo, que también se las trae, aunque al final, me va a entrar el gusanillo de toda esta materia.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 20 de Septiembre de 2014, 14:02:35 pm
Si queda fuera, el matrimonio no puede incluirlo en la declaración conjunta para la deducción, por lo que conjunta podrían, pero sin ese hijo no común.

si deciden hacerlo de forma individual incluyendo el mínimo por dscedientes, el que no es consanguineo de uno de ellos no podrá incluirlo, el otro sí(el que es su padre o madre, al parecer a efectos tributarios no se les recooce el mismo derecho que a efectos civiles a unos hijos y otros)

sigues diciendo que hijos matrimoniales y extramatrimoniales tienen los mismos derechos, aunque tengan reconocida filiación, pero al parecer tributando no.

vaya debate.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 20 de Septiembre de 2014, 16:57:41 pm
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Si queda fuera, el matrimonio no puede incluirlo en la declaración conjunta para la deducción, por lo que conjunta podrían, pero sin ese hijo no común.

si deciden hacerlo de forma individual incluyendo el mínimo por dscedientes, el que no es consanguineo de uno de ellos no podrá incluirlo, el otro sí(el que es su padre o madre, al parecer a efectos tributarios no se les recooce el mismo derecho que a efectos civiles a unos hijos y otros)

sigues diciendo que hijos matrimoniales y extramatrimoniales tienen los mismos derechos, aunque tengan reconocida filiación, pero al parecer tributando no.

vaya debate.

 ;D, siiiiiiiiiiii, ¡vaya debate!  :D

Aunque aquí no es el hijo el que tiene el "derecho", sino el padre o madre que tiene la filiación.  ;)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 21 de Septiembre de 2014, 23:53:04 pm
El IS me está costando, no me entero de nada...

mafalda lo explica muy bien pero creo que deemasiado breve.

https://www.youtube.com/watch?v=M464Z34lHtE

la pobre tiene unas ojeras, da un poco de miedo...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: May1985 en 22 de Septiembre de 2014, 09:52:24 am
jajajajja ayayyyy  :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Alopekos en 22 de Septiembre de 2014, 11:18:55 am
Que diferencia hay entre el Código Tributario de la Ley y el de Aranzadi? Todo el mundo recomienda el de Aranzadi, pero la diferencia de precio es casi el doble. Que es lo que lo hace tan bueno, porque siendo un Código, no se que grandes diferencias puede haber.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ElGallo en 22 de Septiembre de 2014, 11:50:10 am
Las notas a pie de página con las referencias a otros artículos aplicables y el índice analítico al final del Código. Todo ello no quiere decir que el código de La Ley sea bueno y te sirva para sacar el examen sin problemas  ::)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 22 de Septiembre de 2014, 13:43:30 pm
Supongo que no habría problema en llevar las leyes impresas y el índice análitico del Código de Aranzadi fotocopiado, ¿no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ugax en 22 de Septiembre de 2014, 14:20:28 pm
Uno que se apunta a esta asignatura el curso que viene. Un abrazo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: RAQCAR en 22 de Septiembre de 2014, 15:23:54 pm
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Que diferencia hay entre el Código Tributario de la Ley y el de Aranzadi? Todo el mundo recomienda el de Aranzadi, pero la diferencia de precio es casi el doble. Que es lo que lo hace tan bueno, porque siendo un Código, no se que grandes diferencias puede haber.
He estado mirando en la web de La Ley que puedes consultar el índice, lo he cotejado con el código de Aranzadi del año pasado que saqué de la Biblioteca y faltan normas, por ejemplo no está lo de no residentes y alguna otra que han citado por aqui. Mira las webs de ambos códigos y compara lo que entra en cada uno, yo iba a comprar el de La Ley por ser más barato como opción a imprimir los códigos que también la barajo, pero sin estar varias normas no lo compro por si acaso.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ferreret en 22 de Septiembre de 2014, 16:18:56 pm
+1 :D ANIMOS
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 23 de Septiembre de 2014, 10:49:12 am
Alguien sabe cómo es el reparto d epreguntas? 3 IRPF 2 IS 1 ISD, o no hay proporción.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 23 de Septiembre de 2014, 10:50:40 am
Yo lo que he visto de los otros exámenes es 4 irpf 2 is
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 23 de Septiembre de 2014, 10:51:33 am
Y el ISD?

El IS no lo pillo, por eso mi pregunta.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 23 de Septiembre de 2014, 10:54:36 am
Del ISD no he visto, pero no me hagas mucho caso que los miré así por encima y vi 4-2, es lógico, yo me veo verde también, en un par de meses ya lo tendremos mas o menos controlado.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 23 de Septiembre de 2014, 10:58:55 am
vale, gracias, de momento lo que es el IRPF no le veo tanta dificultad para como se hablaba de esta asignatura y lo  súper complicada que se decía que era.

es muy práctica, casos y más casos, llevar bien separado en el código donde está una renta y otra y alguna cosilla más de exenciones etc.

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 23 de Septiembre de 2014, 10:59:14 am
Como del bloque de Donaciones sólo podrá caer 1 pregunta y te dan a elegir pues casi todo el mundo sólo se mira Irpf e IS, casi nunca ponen nada de donaciones.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 23 de Septiembre de 2014, 12:16:51 pm
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Uno que ya se ha imprimido las leyes, he incluido:
Ley y Reglamento IRPF
Ley y Reglamento Impto. no residentes

Ley y Reglamento Impto. Sociedades
Ley y Reglamento Entidades no lucrativas

No sé si lo encuadernaré en 2 tomos, 1 para IRPF y otro para Sociedades o todo el tocho junto.

Las disposiciones transitorias y adicionales las has impreso?

A mí me ha salido un total de 380 páginas a 0,02= 7,6€   ahora no sé si hacerlo en una cara dos páginas, probaré a ver qué tal se ve, así que sería la mitad de gasto.

Si alguien quiere saber de qué página a qué página hay que imprimir, quitando prólogos disposiciones y demás, únicamente dejando artículos de todos los cuerpos legales qye hay que llevar puedo copiarlo.

La verdad que 52€ es una pasta buena para después no darle uso, me ponen de mal genio estas cosas,ya podían facilitar el ahorro.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 23 de Septiembre de 2014, 13:39:17 pm
Las DA y DT también las he imprimido.
Al final las he encuadernado en 2 tomos como dije, añadiendo un índice a cada Ley y Reglamento..... más rebonicos me han quedado  ;D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 23 de Septiembre de 2014, 23:13:59 pm
Sobre rentas de trabajo en especie:

Si el trabajador disfruta de un piso por el que éste no paga nada, la empresa paga un precio anual igual al del mercado, no sería renta en especie, qué sería?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 23 de Septiembre de 2014, 23:31:12 pm
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Sobre rentas de trabajo en especie:

Si el trabajador disfruta de un piso por el que éste no paga nada, la empresa paga un precio anual igual al del mercado, no sería renta en especie, qué sería?

Aissssssss, tengo que descansar la vista a menudo, me la come la letra pequeña del manual de Trabajo.

¡Qué cosas más raras preguntas! Si el trabajador no paga nada, ¿es un regalo del empresario o una renta en especie? Yo creo que será una renta en especie y, así recoge el art. 43 LIRPF, 1. Con carácter general las rentes en especie se valorarán por su valor normal en el mercado, con las siguientes especialidades ... si consideramos que ese piso es un rendimiento del trabajo en especie a) En el caso de utilización de una vivienda que sea propiedad del pagador (empresario), el 10 por ciento del valor catastral -Disposición Transitoria veinticuatroava-.

Supongo que es a eso a lo que te refieres, es decir, lo que se paga por ese rendimiento del trabajo en especie -que lo hará constar el empresario en nómina, de todas todas- supone que el trabajador tenga que declarar un 10 por ciento del valor catastral de esa vivienda.

Osú, tengo ya casi las bandejas listas, esta también, ordenada el primer parcial, me queda Penal II y Civil IV, pero me da miedo desalojarlas, por si acaso.  :-\
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 23 de Septiembre de 2014, 23:36:37 pm
Sí mnieves, pero entonces:

Constituyen rentas en especie la utilización, consumo u obtención, para fines particulares, de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, aun cuando no supongan un gasto real para quien las conceda.

Por eso mi pregunta, que pasa cuando el precio no es inferior, tributaría como renta en especie?

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: widowson en 23 de Septiembre de 2014, 23:43:17 pm
Si el precio no es inferior es una compraventa sin más.
Imaginemos que un tío trabaja en un concesionario de coches, por currar allí le dejan un coche a mitad de precio. Eso sería un pago en especies. Si se lo dejan al mismo precio que el PVP, no hay pago de ningún tipo, hay una compraventa, sin más.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: widowson en 23 de Septiembre de 2014, 23:45:36 pm
Ahora he visto tu post anterior, perdona.
Aquí lo que marca su tributación es que el empleado reciba esa renta en un precio inferior al de mercado. Que la empresa lo pague a precio de mercado, superior o inferior no influye. Como si a la empresa no le cuesta nada.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 23 de Septiembre de 2014, 23:49:07 pm
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Sí mnieves, pero entonces:

Constituyen rentas en especie la utilización, consumo u obtención, para fines particulares, de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, aun cuando no supongan un gasto real para quien las conceda.

Por eso mi pregunta, que pasa cuando el precio no es inferior, tributaría como renta en especie?

Creo que eso a que te refieres entraría en el art. 42.2, es decir, no se considera un rendimiento de trabajo en especie, de ahí que no se tenga que tributar por ello, aunque depende de qué clases de bienes son los que se destinan a esa renta en especie, si entra dentro de esos recogidos en el artículo que te he indicado, el trabajador no tributa porque no se considera rendimiento íntegro en especie, aunque sí que lo hace constar en la nómina, pero no suma, al menos, no para el trabajador (eso es lo que quieren hacer en la Agencia del ese Hospital por el que preguntaba un compañero).

De esa forma, si a efectos del IRPF no consta, es la misma base que para las contingencias comunes = menos base para el paro, para la jubilación, para incapacidad temporal, etc, y encima se ahorra al ser menor la base el pagar la parte proporcional menor a la SS, y tampoco paga el empresario su parte proporcional por el impuesto ya que no suma para la deducción del IRPF.

¿Entiendes algo?  ???

Porfi, que alguien "ducho o ducha" en esta materia eche una mano; ILSE me lo pone muy difícil.  :(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 23 de Septiembre de 2014, 23:50:50 pm
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Ahora he visto tu post anterior, perdona.
Aquí lo que marca su tributación es que el empleado reciba esa renta en un precio inferior al de mercado. Que la empresa lo pague a precio de mercado, superior o inferior no influye. Como si a la empresa no le cuesta nada.

vale ahora entiendo,creo, claro estaba yo en la empresa si lo que importa es el sujeto pasivo(el trabajador) que recibe el piso y paga una renta inferior a la del mercado por el piso, lo que pague la empresa etc no tiene relevancia para el trabajador y su tributación.

si?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: darbon en 23 de Septiembre de 2014, 23:51:05 pm
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Sí mnieves, pero entonces:

Constituyen rentas en especie la utilización, consumo u obtención, para fines particulares, de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, aun cuando no supongan un gasto real para quien las conceda.

Por eso mi pregunta, que pasa cuando el precio no es inferior, tributaría como renta en especie?


Ilse, el trabajdor esta usando gratuitamente el piso (puesto que no paga nada).
Si el valor de mercado de ese alquiler fuera 400 €/mes y el trabajador paga 100 €, tendria una renta en especie de 300 €/mes.
Pero. si el trabjador pagara 400/mes, pues estaría pagando el precio de mercado y como dice widowson, estas pagando lo que en realidad corresponde al alquiler. Sin ninguna ventaja, ni renta en especie.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: darbon en 23 de Septiembre de 2014, 23:53:10 pm
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vale ahora entiendo,creo, claro estaba yo en la empresa si lo que importa es el sujeto pasivo(el trabajador) que recibe el piso y paga una renta inferior a la del mercado por el piso, lo que pague la empresa etc no tiene relevancia para el trabajador y su tributación.

si?
Ahí estamos. :)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 23 de Septiembre de 2014, 23:55:00 pm
perfecto, gracias a todos.

seguimos...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ferreret en 24 de Septiembre de 2014, 13:32:53 pm
Hola, alguien me puede pasar el programa 2014/2015, ya que no me deja descargarlo el ordenador en el link indicado. Mi correo es pmartorellb@gmail.com. Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: tevivi en 24 de Septiembre de 2014, 17:26:53 pm
La pregunta del millón: hay una addenda de casos prácticos que complementa el manual? Pregunto esto porque si existe, yo no la localizo por ningún sitio...

Gracias anticipadas por vuestra respuesta y mucho ánimo con la asignatura!!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 24 de Septiembre de 2014, 17:42:22 pm
La addenda está fuera de la venta, pero Vivero recogió los casos en su archivo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: tevivi en 24 de Septiembre de 2014, 18:29:43 pm
Pravias, muchas gracias!!! Te echaremos de menos cuando termines.... Espero sea muy pronto  :)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 24 de Septiembre de 2014, 19:35:13 pm
Un saludo a todos, me uno a la asignatura, un poco tarde pero con ganas.
En principio con los ejercicios de Vivero, que siempre me han parecido magníficos.
Por cierto, llevar al examen leyes con artículos subrayados, parcial o totalmente, con rotulador fluorescente está permitido???
Suerte a todos,
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 24 de Septiembre de 2014, 19:56:54 pm
sí está permitido...

Una pregunta, los casos de cursos virtuales qué son, el equipo docente los va colgadno en alf o son exámenes de años anteriores, porque los veo de una eextennsión en la respuesta considerable... pensé que había que ir al grano, por ejemplo el SUPUESTO 3 madre mía.

Los qu digo son los de ponder,los que estoy viendo...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alberto8051 en 24 de Septiembre de 2014, 20:11:43 pm
Me uno a este hilo, yo también la llevo...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: burbujita en 25 de Septiembre de 2014, 12:16:56 pm
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Las disposiciones transitorias y adicionales las has impreso?

A mí me ha salido un total de 380 páginas a 0,02= 7,6€   ahora no sé si hacerlo en una cara dos páginas, probaré a ver qué tal se ve, así que sería la mitad de gasto.

Si alguien quiere saber de qué página a qué página hay que imprimir, quitando prólogos disposiciones y demás, únicamente dejando artículos de todos los cuerpos legales qye hay que llevar puedo copiarlo.

La verdad que 52€ es una pasta buena para después no darle uso, me ponen de mal genio estas cosas,ya podían facilitar el ahorro.

y la de no residentes hace falta si no te estudias el bloque 3? es que estoy un poco perdidilla... (otra que se va a imprimir las leyes)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 25 de Septiembre de 2014, 12:27:14 pm
sí es necesario, por si preguntan por un no residente, pero en total con la ley y el reglamento son solo 38 páginas...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: burbujita en 25 de Septiembre de 2014, 12:51:15 pm
Muchísimas gracias ILSE!!!!! pues voy a proceder a imprimir esas leyes  ;)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 25 de Septiembre de 2014, 13:26:27 pm
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sí está permitido...

Una pregunta, los casos de cursos virtuales qué son, el equipo docente los va colgadno en alf o son exámenes de años anteriores, porque los veo de una eextennsión en la respuesta considerable... pensé que había que ir al grano, por ejemplo el SUPUESTO 3 madre mía.

Los qu digo son los de ponder,los que estoy viendo...

Yo también me acabo de asustar al ver el Supuesto 3... :-\
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dgarcia1225 en 25 de Septiembre de 2014, 13:30:27 pm
En el examen debes ir al grano, exponiendo todas las posibilidades que existan en función del caso. Yo me he examinado en septiembre ( la dejé directamente y aun no tengo la nota, espero quitármela) y los casos son concretos no suelen necesitar una respuesta muy extensa, así que tranquilos  ;)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 25 de Septiembre de 2014, 13:52:00 pm
En los supuestos de Vivero, en el encabezado de cada supuesto pone la fuente de donde se han sacado, especificando si son del Curso Virtual o de Exámenes.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rutger en 25 de Septiembre de 2014, 14:01:28 pm
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sí está permitido...

Una pregunta, los casos de cursos virtuales qué son, el equipo docente los va colgadno en alf o son exámenes de años anteriores, porque los veo de una eextennsión en la respuesta considerable... pensé que había que ir al grano, por ejemplo el SUPUESTO 3 madre mía.

Los qu digo son los de ponder,los que estoy viendo...

Ilse, desde el curso pasado las preguntas de los exámenes van mucho más al grano, y las respuestas del ED son también algo más escuetas. Imagino que en el curso virtual tenéis colgadas soluciones de exámenes anteriores y sí, recuerdo que había alguna pregunta de casi folio y medio de respuesta...
De todas maneras, sobre todo en el primer parcial, debes poner siempre, si la pregunta da para ello, las posibles soluciones y justificarlas. Si te fijas en las respuestas del ED así lo hacen, van hilando un poco todo hasta dar la solución concreta, y el profesor Ferrandis de Baleares así lo aconseja siempre también.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 25 de Septiembre de 2014, 16:05:27 pm
Mínimo por descendencia.
Pareja de hecho, hijo que cumple  los requisitos para tributar conjuntamente con uno de los dos, el hijo obtiene rentas superiores a 1800€, solo puede tributar conjuntamente con uno, si es inferior a ese importe se prorratea entre los dos...

mi pregunta es cuándo obtiene rentas superiores a 1800€, con quién tributa? hay ua regla para saber si es con uno o con otro? ya que solo puede ser incluido con uno u otro.

pd rutger sí en los vídeos dice que hay explicar todas las alternatvas posibles, si son más cortos mejor porque los del curso virtual son extensos extensos, y son 6 no da tiempo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dgarcia1225 en 25 de Septiembre de 2014, 16:12:12 pm
Ilse son 6 preguntas a elegir 5, aunque es verdad que el tiempo se queda corto
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dgarcia1225 en 25 de Septiembre de 2014, 16:15:49 pm
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Mínimo por descendencia.
Pareja de hecho, hijo que cumple  los requisitos para tributar conjuntamente con uno de los dos, el hijo obtiene rentas superiores a 1800€, solo puede tributar conjuntamente con uno, si es inferior a ese importe se prorratea entre los dos...

mi pregunta es cuándo obtiene rentas superiores a 1800€, con quién tributa? hay ua regla para saber si es con uno o con otro? ya que solo puede ser incluido con uno u otro.

pd rutger sí en los vídeos dice que hay explicar todas las alternatvas posibles, si son más cortos mejor porque los del curso virtual son extensos extensos, y son 6 no da tiempo.

Ilse, he encontrado esto, no se si te aclara la duda

- El hijo o descendiente debe ser menor de 25 años, salvo en el caso de descendientes discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100.

-Debe vivir en la misma casa que el contribuyente.

-El descendiente no debe haber ganado más de 8.000 euros anuales.

-El hijo en cuestión por el que se quiere aplicar el mínimo por descendiente no debe haber presentado declaración del IRPF si tiene rentas superiores a 1.800 euros (aunque existen una serie de excepciones).

Creo que no tiene obligación de tributar con uno u otro, puede tributar con cualquiera.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 25 de Septiembre de 2014, 16:19:59 pm
vale gracias. c0on cualquiera entonces, esperando que se pongan dee acuerdo...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: zuspi en 25 de Septiembre de 2014, 16:24:52 pm
Bueno, una resolución que puede complementar esto del irpf y las pensiones alimenticias.

http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/6105308/09/14/El-Teac-mejora-el-IRPF-de-los-divorciados-con-hijos.html
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 25 de Septiembre de 2014, 17:43:42 pm
Justo iba a poner el enlace ahora, supongo que esa novedad ya no entrará.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: kanty361 en 25 de Septiembre de 2014, 22:34:58 pm
Hola, igual lo conoceís, pero bueno lo lanzo. Me ha venido estupendamente repasar los casos prácticos consultando las preguntas y respuestas vinculantes de la AEAT.  La verdad que resulta ameno y muy enriquecedor.
Saludos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 25 de Septiembre de 2014, 22:40:53 pm
Te refieres al librito que vende? no entiendo bien...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 25 de Septiembre de 2014, 23:12:57 pm
Creo que son las consultas que se hacen a la aeat que son vinculantes para los que las formulan, como una especie de doctrina, creo yo vamos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 25 de Septiembre de 2014, 23:32:21 pm
vale,no lo había entendido, yo creo que pillaré el librito, a ver si lo publican...

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: May1985 en 26 de Septiembre de 2014, 09:49:50 am
Ayer me dijeron que el libro se publica en mayo, justo antes de la campaña de renta.

Aquí se había dicho sobre octubre o noviembre, algo sabe algo con seguridad?

Es que si no el que tendríamos que usar es el de 2013 que está en la web pero en folleto por ejemplo en mi AEAT ya no quedan.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rutger en 26 de Septiembre de 2014, 10:01:27 am
Yo utilicé este enlace de la aeat, si vais navegando por cada vínculo va aclarando muchas cosas:
https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/s/IAFRIAFRC02F
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: darbon en 26 de Septiembre de 2014, 12:36:46 pm
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Yo utilicé este enlace de la aeat, si vais navegando por cada vínculo va aclarando muchas cosas:
https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/s/IAFRIAFRC02F

No me funciona ese hilo...?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 26 de Septiembre de 2014, 13:23:42 pm
Tengo una duda que creo que me estoy liando yo solo...

Art. 43.1.f) dice que el precio de la valoración en especie sera su valor de mercado, salvo cuando la especie sea por empresas que producen ese rendimiento que su valor no podrá ser inferior al precio ofertado al público.

Bien, en el supuesto 7,  un empleado de una eléctrica tiene contratado con su empresa un servicio de suministro pero con descuento del 50 %.

Ahora para llevarlo a la practica y por lo que entiendo seria esto (corregidme si no estoy en lo cierto)

-Factura de iberdrola a su empleado: 150 € - 75€ (50% de descuento) = 75€ de renta en especie
-Factura con el mismo consumo a cualquier persona: 150€

-El empleado tributaria los 150€ al ser inferior la factura en el mercado que la factura de venta al publico.

¿Es correcto?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: RAQCAR en 26 de Septiembre de 2014, 13:33:42 pm
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No me funciona ese hilo...?
Prueba este a mi me ha funcionado https://www2.agenciatributaria.gob.es/ES13/S/IAFRIAFRIINF
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rutger en 26 de Septiembre de 2014, 13:40:13 pm
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No me funciona ese hilo...?
Darbon, no entiendo nada porque si copias el enlace tal cual efectivamente da error, y sin embargo entrando a través de la aeat y yendo al irpf sí deja.
Te dejo otro enlace: https://www2.agenciatributaria.gob.es/ES13/S/IAFRIAFRC12F?TIPO=C&CODIGO=1337
a mi a través de este me deja perfectamente. Arriba, al lado de donde pone consultas, verás que pone impuesto de la renta de las personas físicas ley 35/2000, si clikas ahí podrás ver todos las consultas.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ttanni en 26 de Septiembre de 2014, 14:04:20 pm
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Tengo una duda que creo que me estoy liando yo solo...

Art. 43.1.f) dice que el precio de la valoración en especie sera su valor de mercado, salvo cuando la especie sea por empresas que producen ese rendimiento que su valor no podrá ser inferior al precio ofertado al público.

Bien, en el supuesto 7,  un empleado de una eléctrica tiene contratado con su empresa un servicio de suministro pero con descuento del 50 %.

Ahora para llevarlo a la practica y por lo que entiendo seria esto (corregidme si no estoy en lo cierto)

-Factura de iberdrola a su empleado: 150 € - 75€ (50% de descuento) = 75€ de renta en especie
-Factura con el mismo consumo a cualquier persona: 150€

-El empleado tributaria los 150€ al ser inferior la factura en el mercado que la factura de venta al publico.

¿Es correcto?

Efectivamente, así lo veo yo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: darbon en 26 de Septiembre de 2014, 14:11:04 pm
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Darbon, no entiendo nada porque si copias el enlace tal cual efectivamente da error, y sin embargo entrando a través de la aeat y yendo al irpf sí deja.
Te dejo otro enlace: https://www2.agenciatributaria.gob.es/ES13/S/IAFRIAFRC12F?TIPO=C&CODIGO=1337
a mi a través de este me deja perfectamente. Arriba, al lado de donde pone consultas, verás que pone impuesto de la renta de las personas físicas ley 35/2000, si clikas ahí podrás ver todos las consultas.
Ahora si, perfecto gracais
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 26 de Septiembre de 2014, 14:29:16 pm
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Efectivamente, así lo veo yo.


+1
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 28 de Septiembre de 2014, 14:26:49 pm
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Tengo una duda que creo que me estoy liando yo solo...

Art. 43.1.f) dice que el precio de la valoración en especie sera su valor de mercado, salvo cuando la especie sea por empresas que producen ese rendimiento que su valor no podrá ser inferior al precio ofertado al público.

Bien, en el supuesto 7,  un empleado de una eléctrica tiene contratado con su empresa un servicio de suministro pero con descuento del 50 %.

Ahora para llevarlo a la practica y por lo que entiendo seria esto (corregidme si no estoy en lo cierto)

-Factura de iberdrola a su empleado: 150 € - 75€ (50% de descuento) = 75€ de renta en especie
-Factura con el mismo consumo a cualquier persona: 150€

-El empleado tributaria los 150€ al ser inferior la factura en el mercado que la factura de venta al publico.

¿Es correcto?
Yo creo que no. La renta en especie es 75€, que es lo que tributaría. Los otros 75€ ya lo ha pagado en la factura.
En otro orden de cosas, recomiendo los videos del Profesor Tejerizo como teoría del IRPF para consolidar conceptos, su claridad es total. (por algo es el Catedrático)
Un saludo,
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 28 de Septiembre de 2014, 16:24:31 pm
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Yo creo que no. La renta en especie es 75€, que es lo que tributaría. Los otros 75€ ya lo ha pagado en la factura.
En otro orden de cosas, recomiendo los videos del Profesor Tejerizo como teoría del IRPF para consolidar conceptos, su claridad es total. (por algo es el Catedrático)
Un saludo,

Gracias Carlos02 por esa aclaración -sigo creyendo que no salvo el segundo parcial-, e idem con los vídeos, para mi, lo mejor, otra cosa es que él lo haga tan fácil con la inversión del sujeto pasivo y con las tablas en el IVA y yo sea tan torpe a la hora de dar solución.

Saludos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Iker014 en 28 de Septiembre de 2014, 20:06:35 pm
Yo también me apunto a esta asignatura para este año. Estoy estudiando con los apuntes de Vivero. Me he leído sus consejos y creo que son muy acertados.

La clave de esta asignatura es saber manejarte en el Código tributario. No hay que memorizar, simplemente tener soltura a la hora de buscar en la Ley del IRPF.

Una cosa muy importante, comprad un Código actualizado, en esta materia hay muchos cambios legislativos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Iker014 en 28 de Septiembre de 2014, 20:14:14 pm
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Tengo una duda que creo que me estoy liando yo solo...

Art. 43.1.f) dice que el precio de la valoración en especie sera su valor de mercado, salvo cuando la especie sea por empresas que producen ese rendimiento que su valor no podrá ser inferior al precio ofertado al público.

Bien, en el supuesto 7,  un empleado de una eléctrica tiene contratado con su empresa un servicio de suministro pero con descuento del 50 %.

Ahora para llevarlo a la practica y por lo que entiendo seria esto (corregidme si no estoy en lo cierto)

-Factura de iberdrola a su empleado: 150 € - 75€ (50% de descuento) = 75€ de renta en especie
-Factura con el mismo consumo a cualquier persona: 150€

-El empleado tributaria los 150€ al ser inferior la factura en el mercado que la factura de venta al publico.

¿Es correcto?

Yo también creo que no, que la opinión que te dan los compañeros es la correcta, la retribución en especie sería, en ese caso, de 75 €.
Creo que malinterpretas el sentido del art. 43.1 f), ese precepto quiere decir que cuando una retribución en especie se una actividad, y la concesionaria sea una empresa dedicada a tal fin, el valor de tal actividad no puede ser inferior al que se oferta la misma. Por ejemplo, Pepe y cía Abogados, otorga a un trabajador suyo unos servicios de asesoramiento como retribución en especie, pues a la hora de valorar estos servicios, los mismos no podrán tener un valor inferior al que Pepe y cía da para el público en general.

El caso que tu mencionas es diferente, pues la retribución en especie es un porcentaje de su facturación por el servicio (50%) no es que se le aplique un precio inferior por el servicio.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 28 de Septiembre de 2014, 20:38:28 pm
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Yo también me apunto a esta asignatura para este año. Estoy estudiando con los apuntes de Vivero. Me he leído sus consejos y creo que son muy acertados.

La clave de esta asignatura es saber manejarte en el Código tributario. No hay que memorizar, simplemente tener soltura a la hora de buscar en la Ley del IRPF.

Una cosa muy importante, comprad un Código actualizado, en esta materia hay muchos cambios legislativos.

Son muchasssssssssssssssssssssssssssssss, ¡qué vale muy caro!  :'(, no llego a eso ni de coña.

Por cierto, con tu permiso estoy modificando tu documento del primer parcial de Mercantil II, los añadidos en rojo, he dejado la portada tal cual, y debajo sólo, actualizados por mnieves, ¿te importa?  ???

Te pensaba pedir permiso, si me lo das lo haré público, en caso contrario, no.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 29 de Septiembre de 2014, 12:02:29 pm
No se si lo habéis puesto, pero pongo este canal de youtube muy completo sobre el IS.

https://www.youtube.com/channel/UC60njURNkvzy_NiZftnaGFQ/videos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rutger en 29 de Septiembre de 2014, 12:19:07 pm
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Mínimo por descendencia.
Pareja de hecho, hijo que cumple  los requisitos para tributar conjuntamente con uno de los dos, el hijo obtiene rentas superiores a 1800€, solo puede tributar conjuntamente con uno, si es inferior a ese importe se prorratea entre los dos...

mi pregunta es cuándo obtiene rentas superiores a 1800€, con quién tributa? hay ua regla para saber si es con uno o con otro? ya que solo puede ser incluido con uno u otro.

pd rutger sí en los vídeos dice que hay explicar todas las alternatvas posibles, si son más cortos mejor porque los del curso virtual son extensos extensos, y son 6 no da tiempo.

Ilse: mi chuleta del curso pasado por si te sirve para aclarar cosas:
Con independencia de que el hijo sea menor o mayor de edad, dará derecho a deducción si cumple los siguientes requisitos:
•Que tenga menos de 25 años a fin de año.
•Que conviva con los padres.
•Que no tenga rentas superiores a 8.000€ (no computan las rentas exentas. Ej.: becas)
•Que no presente renta individual con ingresos declarados superiores a 1.800€
Situaciones que se pueden dar:
Hijos menores de 18 años:
1.Sin ingresos o ingresos menores de 1.800 €: Da derecho a deducción. Puede presentar renta conjunta con la Unidad Familiar o individual si todos optan por la individual.
2.Con ingresos mayores de 1.800€ pero menores de 8.000 €: Da derecho a deducción, si no presenta Renta individual el menor. Por tanto, si la unidad familiar tributa de forma individual, tendremos que ver qué tipo de rentas tiene el menor para ver si está obligado o no a presentar la renta, ya que si está obligado y la presenta sus padres no tendrán derecho a deducción por él. Si no está obligado a declarar el hijo, seguramente será mejor no presentar la renta del hijo, pues su devolución será menor que el beneficio que obtengan los padres por su desgravación fiscal.
3.Con ingresos mayores 8.000 €: No da derecho al mínimo por descendiente. Si la unidad familiar opta por la tributación individual, el menor presentará la renta si está obligado a ello y si no está obligado, la presentará si le interesa para que le devuelvan las retenciones.
RENTA CONJUNTA: se suma la renta del hijo menor de 18 años
RENTA INDIVIDUAL: No se suman la renta del hijo, cada uno declara por separado y el hijo presentará la suya, según lo comentado, para que le devuelvan sus retenciones siempre y cuando no perjudique con ello a sus padres por superar el límite de los 1.800€.

Hijo mayor de 18 años y menor de 25 años:
No forman parte de la unidad familiar.
Sus ingresos NO SE SUMAN nunca a los de la familia.
1.Sin ingresos o ingresos menores de 1.800 €: Da derecho a deducción. Puede presentar renta individual si le interesa para que le devuelvan sus retenciones.
2.Con ingresos mayores de 1.800 pero menor de 8.000 €: Si no presenta renta individual da derecho a deducción, pero si la presenta (por estar obligado) los padres pierden el derecho a la deducción.
3.Con ingresos superiores a 8.000 €: No da derecho a deducción. Presentará renta si está obligado, o si le interesa presentarla no estando obligado si el resultado de su Renta o Borrador es a devolver.
 Nota: Siempre se tiene en cuenta la edad al 31 de diciembre, por tanto, si a final de año ya es mayor de edad ya no forma parte de la unidad familiar y si cumple los 25 años antes de fin de año, ya no da derecho a deducción a sus padres.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 29 de Septiembre de 2014, 13:10:18 pm
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No se si lo habéis puesto, pero pongo este canal de youtube muy completo sobre el IS.

https://www.youtube.com/channel/UC60njURNkvzy_NiZftnaGFQ/videos

Tantos?  >:(

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Ilse: mi chuleta del curso pasado por si te sirve para aclarar cosas:
Con independencia de que el hijo sea menor o mayor de edad, dará derecho a deducción si cumple los siguientes requisitos:
•Que tenga menos de 25 años a fin de año.
•Que conviva con los padres.
•Que no tenga rentas superiores a 8.000€ (no computan las rentas exentas. Ej.: becas)
•Que no presente renta individual con ingresos declarados superiores a 1.800€
Situaciones que se pueden dar:
Hijos menores de 18 años:
1.Sin ingresos o ingresos menores de 1.800 €: Da derecho a deducción. Puede presentar renta conjunta con la Unidad Familiar o individual si todos optan por la individual.
2.Con ingresos mayores de 1.800€ pero menores de 8.000 €: Da derecho a deducción, si no presenta Renta individual el menor. Por tanto, si la unidad familiar tributa de forma individual, tendremos que ver qué tipo de rentas tiene el menor para ver si está obligado o no a presentar la renta, ya que si está obligado y la presenta sus padres no tendrán derecho a deducción por él. Si no está obligado a declarar el hijo, seguramente será mejor no presentar la renta del hijo, pues su devolución será menor que el beneficio que obtengan los padres por su desgravación fiscal.
3.Con ingresos mayores 8.000 €: No da derecho al mínimo por descendiente. Si la unidad familiar opta por la tributación individual, el menor presentará la renta si está obligado a ello y si no está obligado, la presentará si le interesa para que le devuelvan las retenciones.
RENTA CONJUNTA: se suma la renta del hijo menor de 18 años
RENTA INDIVIDUAL: No se suman la renta del hijo, cada uno declara por separado y el hijo presentará la suya, según lo comentado, para que le devuelvan sus retenciones siempre y cuando no perjudique con ello a sus padres por superar el límite de los 1.800€.

Hijo mayor de 18 años y menor de 25 años:
No forman parte de la unidad familiar.
Sus ingresos NO SE SUMAN nunca a los de la familia.
1.Sin ingresos o ingresos menores de 1.800 €: Da derecho a deducción. Puede presentar renta individual si le interesa para que le devuelvan sus retenciones.
2.Con ingresos mayores de 1.800 pero menor de 8.000 €: Si no presenta renta individual da derecho a deducción, pero si la presenta (por estar obligado) los padres pierden el derecho a la deducción.
3.Con ingresos superiores a 8.000 €: No da derecho a deducción. Presentará renta si está obligado, o si le interesa presentarla no estando obligado si el resultado de su Renta o Borrador es a devolver.
 Nota: Siempre se tiene en cuenta la edad al 31 de diciembre, por tanto, si a final de año ya es mayor de edad ya no forma parte de la unidad familiar y si cumple los 25 años antes de fin de año, ya no da derecho a deducción a sus padres.


gracias rutger
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ebravo44 en 30 de Septiembre de 2014, 16:06:33 pm
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Son muchasssssssssssssssssssssssssssssss, ¡qué vale muy caro!  :'(, no llego a eso ni de coña.

Por cierto, con tu permiso estoy modificando tu documento del primer parcial de Mercantil II, los añadidos en rojo, he dejado la portada tal cual, y debajo sólo, actualizados por mnieves, ¿te importa?  ???

Te pensaba pedir permiso, si me lo das lo haré público, en caso contrario, no.

De antemano especifico que no es un consejo, incluso más bien sería algo que no recomiendo, pero por poder aprobar, se puede, con un código "desactualizado", si es de un año para otro, más ya me parece demasiado...según las modificaciones sufridas, claro está, pero yo en mi caso aprobé este año con el código del curso pasado, ya que era repetidora y no me apetecía nada comprarlo de nuevo y tener que volver a currarme los subrayados y demás temas de post-it...así que simplemente busqué las actualizaciones de cada ley correspondiente en el BOE, me imprimí lo principal, y sin aprenderlo de memoria exhaustivamente tampoco, más o menos me quedé con los cambios en lo fundamental...y no me afectó en nada finalmente a la nota del examen de la asignatura, que por fin me he quitado de encima...

Ya digo que de todas formas no sólo no lo aconsejo sino que si podéis, descargaros la ley actual o comprar un código (como dicen muchos, el mejor para mí, el de Aranzadi), pero por si hay alguien en esa situación, poderse se puede, aunque es necesario algo más de esfuerzo como es lógico pero nada que no hagamos para estudiar normalmente.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 30 de Septiembre de 2014, 16:26:49 pm
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De antemano especifico que no es un consejo, incluso más bien sería algo que no recomiendo, pero por poder aprobar, se puede, con un código "desactualizado", si es de un año para otro, más ya me parece demasiado...según las modificaciones sufridas, claro está, pero yo en mi caso aprobé este año con el código del curso pasado, ya que era repetidora y no me apetecía nada comprarlo de nuevo y tener que volver a currarme los subrayados y demás temas de post-it...así que simplemente busqué las actualizaciones de cada ley correspondiente en el BOE, me imprimí lo principal, y sin aprenderlo de memoria exhaustivamente tampoco, más o menos me quedé con los cambios en lo fundamental...y no me afectó en nada finalmente a la nota del examen de la asignatura, que por fin me he quitado de encima...

Ya digo que de todas formas no sólo no lo aconsejo sino que si podéis, descargaros la ley actual o comprar un código (como dicen muchos, el mejor para mí, el de Aranzadi), pero por si hay alguien en esa situación, poderse se puede, aunque es necesario algo más de esfuerzo como es lógico pero nada que no hagamos para estudiar normalmente.

Gracias ebravo44

No me va a hacer falta, lo he superado, pero sin duda, a pesar de lo bonito que lo tengo, lo hubiese vuelto a comprar, al igual que he hecho con Mercantil II, me refiero al manual, un tercer  Código legislativo cuando no hace falta para llevarlo a examen sería demasiado para "mis pobres arcas".

Un saludo y suerte con esta asignatura, jejje, sabía que el primer parcial lo tenía para aprobar, tenía tres muy bien, la duda estaba con el segundo que sólo tenía dos muy bien, y dudaba si una me iba a servir lo que había escrito que estaba bien, pero sí que ha servido.

Esta es una prueba más de que las correcciones son individualizadas, en la presencial por el docente que teníamos, en la UNED creo que es más a nivel de Departamento, supongo, no lo sé, pero la sensación es la que tengo, aunque no del todo, ¡espero que no me marque más ese injusto suspenso del primer parcial de Penal II!, no pueden tirar por la borda un examen de tres preguntas porque en una de ellas no se llegue al 2, aunque eso nadie lo considera "injusto".

No lo creí tener que decir, pero ahora sí, es el primer departamento que me ha llevado al desengaño, no ahora, sino en febrero, y con la incongruencia de los supuestos prácticos del segundo, no me gusta que se vaya a pescar suspenso, y eso es, literalmente, lo que han hecho con su forma de "puntuar".

No es peloteo para esta asignatura, sólo se trata de reconocer que ahora -no sé si tiene que ver lo de smitting- valoran el argumento del alumno, no sólo quieren que sea una copia de lo que ellos responden, siempre y cuando no nos hayamos ido con "burradas".
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Winnie en 30 de Septiembre de 2014, 16:49:56 pm
qué le pasó a smitting?
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Gracias ebravo44

No me va a hacer falta, lo he superado, pero sin duda, a pesar de lo bonito que lo tengo, lo hubiese vuelto a comprar, al igual que he hecho con Mercantil II, me refiero al manual, un tercer  Código legislativo cuando no hace falta para llevarlo a examen sería demasiado para "mis pobres arcas".

Un saludo y suerte con esta asignatura, jejje, sabía que el primer parcial lo tenía para aprobar, tenía tres muy bien, la duda estaba con el segundo que sólo tenía dos muy bien, y dudaba si una me iba a servir lo que había escrito que estaba bien, pero sí que ha servido.

Esta es una prueba más de que las correcciones son individualizadas, en la presencial por el docente que teníamos, en la UNED creo que es más a nivel de Departamento, supongo, no lo sé, pero la sensación es la que tengo, aunque no del todo, ¡espero que no me marque más ese injusto suspenso del primer parcial de Penal II!, no pueden tirar por la borda un examen de tres preguntas porque en una de ellas no se llegue al 2, aunque eso nadie lo considera "injusto".

No lo creí tener que decir, pero ahora sí, es el primer departamento que me ha llevado al desengaño, no ahora, sino en febrero, y con la incongruencia de los supuestos prácticos del segundo, no me gusta que se vaya a pescar suspenso, y eso es, literalmente, lo que han hecho con su forma de "puntuar".

No es peloteo para esta asignatura, sólo se trata de reconocer que ahora -no sé si tiene que ver lo de smitting- valoran el argumento del alumno, no sólo quieren que sea una copia de lo que ellos responden, siempre y cuando no nos hayamos ido con "burradas".
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ebravo44 en 30 de Septiembre de 2014, 16:54:46 pm
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Gracias ebravo44

No me va a hacer falta, lo he superado, pero sin duda, a pesar de lo bonito que lo tengo, lo hubiese vuelto a comprar, al igual que he hecho con Mercantil II, me refiero al manual, un tercer  Código legislativo cuando no hace falta para llevarlo a examen sería demasiado para "mis pobres arcas".

Un saludo y suerte con esta asignatura, jejje, sabía que el primer parcial lo tenía para aprobar, tenía tres muy bien, la duda estaba con el segundo que sólo tenía dos muy bien, y dudaba si una me iba a servir lo que había escrito que estaba bien, pero sí que ha servido.

Esta es una prueba más de que las correcciones son individualizadas, en la presencial por el docente que teníamos, en la UNED creo que es más a nivel de Departamento, supongo, no lo sé, pero la sensación es la que tengo, aunque no del todo, ¡espero que no me marque más ese injusto suspenso del primer parcial de Penal II!, no pueden tirar por la borda un examen de tres preguntas porque en una de ellas no se llegue al 2, aunque eso nadie lo considera "injusto".

No lo creí tener que decir, pero ahora sí, es el primer departamento que me ha llevado al desengaño, no ahora, sino en febrero, y con la incongruencia de los supuestos prácticos del segundo, no me gusta que se vaya a pescar suspenso, y eso es, literalmente, lo que han hecho con su forma de "puntuar".

No es peloteo para esta asignatura, sólo se trata de reconocer que ahora -no sé si tiene que ver lo de smitting- valoran el argumento del alumno, no sólo quieren que sea una copia de lo que ellos responden, siempre y cuando no nos hayamos ido con "burradas".

No puedo estar más de acuerdo contigo MNieves (por cierto, que me alegra mucho tu aprobado, te lo mereces); no obstante, hay que matizar que, a pesar de haber aprobado yo también (en mi caso, al revés del pepino, iba con la primera parte), en el primer parcial no vino mucho al caso que hicieran una pregunta que ha sido objeto de ser explicada por la Dirección General del Tributo, pero bueno, aparte de eso, me da la sensación de que este septiembre no han sido tan duros corrigiendo...ojalá mantengan la línea para los siguientes, aunque es una asignatura que sólo se saca con esfuerzo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mlcosta en 30 de Septiembre de 2014, 19:01:38 pm
Si me permitis me gustaría daros un consejo a los que vais a preparar esta asignatura el proximo curso, me parecieron muy útiles las clases del profesor ferrandis de uned-baleares, y aunque el primer parcial dicen que es mas complicado, como todo suena (todos hacemos la renta...) me pareció mas facil de entender, ahora, el segundo me liaba un montón hasta que encontre un resumen de Ponder con base en los apuntes de Vivero, y me pareció fantastico, consegui entender el ITPAJD, y me pareció sencillisimo. Personalmente solo lei la teoría del segundo parcial, del primero con las clases y algunos supuestos fue suficiente, y saque un 8,5 y un 7,5 (y al salir ya me dí cuenta de que había fallado una pregunta en cada parcial) Asi que animo que una vez se le coje el truquillo es una asignatura muy bonita. Suerte a todos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Alopekos en 01 de Octubre de 2014, 14:16:34 pm
No os parecen algo extensos los apuntes de ponder/vivero?, 202 páginas para el 1ºQ, teniendo en cuenta que es una asignatura muy práctica...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 01 de Octubre de 2014, 14:18:36 pm
sí, demasiado, como mucho leer los resúmenes que hay con los conceptos básicos, no hay tiempo que perder con apuntes de 200 páginas si después lo que interesa son los casos.

Resúemnes conceptos básicos, vídeos ferrandis y si tienes tiempo los de tejerizo, y hacer casos casos y casos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Alopekos en 01 de Octubre de 2014, 14:22:27 pm
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sí, demasiado, como mucho leer los resúmenes que hay con los conceptos básicos, no hay tiempo que perder con apuntes de 200 páginas si después lo que interesa son los casos.

Resúemnes conceptos básicos, vídeos ferrandis y si tienes tiempo los de tejerizo, y hacer casos casos y casos.

Si, eso mismo pienso yo. Hay unos resumenes de conceptos básicos de 48 páginas también de Ponder que tienen buena pinta.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dgarcia1225 en 01 de Octubre de 2014, 14:56:11 pm
Los esquemas del profesor Ferrandis son muy útiles para la resolución de los casos, y ayuda a quedarse con los artículos importantes.
Yo empecé directamente con las clases de este profesor y a hacer casos y luego leí por encima los apuntes de Vivero ( sólo los puntos que me interesaban para fijar los conceptos ) y al final he aprobado en septiembre ( la dejé directamente para esta convocatoria) con buena nota.

Al principio le temía mucho, pero al fina me acabó hasta gustando  :)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Winnie en 01 de Octubre de 2014, 15:04:04 pm
gracias x los consejos Ilse y dgarcia1225 sobre cómo preparar bien esta asignatura.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jalcolea10 en 01 de Octubre de 2014, 16:14:35 pm
Estimados amigos,

Estoy esperando que pasen una MH al expediente para que el año que viene no me cobren esos créditos, por lo que aún no puedo matricularme.

Alguien me podría mandar el programa 2014/2015 de la asignatura y decirme si hay reducción de temario.

Gracias. Mi correo: lookingivthesun@hotmail.com
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 01 de Octubre de 2014, 19:25:31 pm
El irpf bien, pero el IS es lioso de cojones, no pillo ni una.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 01 de Octubre de 2014, 19:54:16 pm
nerei te he realizado un reenvío desde mi correo.

Las clases del profesor Ferrandis, bien, para realizar a primera vista y ver qué es el IRPF, puede valer.

Eso sí, no comencéis los casos con si se diese el supuesto de .... y dando por hecho que ....., creo que la forma de examen de este año hace que eso no haga falta -a mi no me funcionó en febrero-, preguntas cosas concretas y a eso hay que responder, punto y final.

Que cada cual estudie por el método que considere más eficaz; el mío necesita de una lectura previa, y si es extensa que lo recoja todo, mejor, así me puedo ir a los prácticos, en caso contrario, no, me hubiese quedado en "Babia".

Lo dicho ya tantas veces, suerte y buen curso
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 01 de Octubre de 2014, 19:59:01 pm
yo igua, irpf bien, mas o menos sabes lo que tienes que buscar y dónde, pero del IS no sé ni lo que hay que hacer, la clase de la chica de youtube es demasiad excueto explica los ajustes y poco más... y las clases de ferrandis se escucgan fatal, a ver si este año hay más suerte y se escucha mejor
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: widowson en 02 de Octubre de 2014, 10:51:33 am
Ilse, que es 2 de octubre, tío  ;D ;D tranqui, que lo sacas adelante.
En esta asignatura lo peor que te puede pasar es ir con miedo a ella. Es bonita, interesante y fácil.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 02 de Octubre de 2014, 11:14:23 am
A mi me ayudo mucho estas páginas, aclara bastantes conceptos
http://www.fiscal-impuestos.com/guia-fiscal-2014-capitulo-3-impuesto-sobre-sociedades.html
http://www.gabilos.com/webfiscal/textofiscal.htm
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: bonabi en 02 de Octubre de 2014, 13:01:09 pm
Mis dudas:
De la Ley IRPF, el reglamento, impuesto no residentes y demás leyes, hace falta imprimir también las disposiciones adicionales y transitorias del final de la Ley o sólo es necesario unicamente los artículos?
Gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 02 de Octubre de 2014, 13:04:47 pm
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Mis dudas:
De la Ley IRPF, el reglamento, impuesto no residentes y demás leyes, hace falta imprimir también las disposiciones adicionales y transitorias del final de la Ley o sólo es necesario unicamente los artículos?
Gracias.

ya se ha comentado anteriormente, yo llevo los artículos , no he visto ningún caso que tegas que resolverlo con disposiciones adicionales o transitorias, así que creo que no es necesario.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: luu003 en 02 de Octubre de 2014, 13:16:44 pm
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A mi me ayudo mucho estas páginas, aclara bastantes conceptos
http://www.fiscal-impuestos.com/guia-fiscal-2014-capitulo-3-impuesto-sobre-sociedades.html
http://www.gabilos.com/webfiscal/textofiscal.htm

Muchas gracias compi, seguro que vienen bien.

Salu2!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: bonabi en 02 de Octubre de 2014, 13:31:28 pm
Gracias Ilse, última duda, todo esto es lo que se puede meter el dia del examen?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 02 de Octubre de 2014, 13:52:42 pm
está el esquema de un folio de ferrandis que está genial, de todo el IRPF...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dianemod en 03 de Octubre de 2014, 01:56:02 am
Hola,

Yo también me uno a esta asignatura. Apenas he podido entrar en el foro, pues he tenido dos bebés en dos años, y como tiempo pues más bien me falta. Así que estudio de madrugada.

Yo este verano, me he tenido que especializar en el ITPAJD, ya que a mi marido le han reclamado 6000 euros por dicho impuesto y yo he realizado las alegaciones al TEAR.

A estudiar.  ;)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: kanty361 en 03 de Octubre de 2014, 17:12:52 pm
Jurisprudencia - Tribunal SupremoComentarios (0)Descargar
 
El TS anula los arts. 21.2, 21 bis 2 a) párrafo segundo y 21 bis 2 b) párrafo segundo, del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, modificado por el RD 1793/2008
03/10/2014 Compartir:
La Sala estima en parte el recurso deducido frente al RD 1793/2008, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades aprobado por el RD 1777/2004.

Por si interesa.
Saludos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: kanty361 en 03 de Octubre de 2014, 17:20:14 pm
Hola algún compañero me puede enviar los esquemas del profesor Ferrandis, o cómo conseguirlos.
mcv361@hotmail.com
Salukdos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Sevillano1985 en 04 de Octubre de 2014, 10:05:51 am
Es solo ver los apuntes y las leyes y esta asignatura es para echarse a temblar.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 04 de Octubre de 2014, 17:01:31 pm
sabe alguien las claves para poder entrar el lunes en la clase de ferrandis de forma directa? cuál es el enlace...

creo que empezaban este lunes.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: fonsopalencia en 04 de Octubre de 2014, 19:17:21 pm
Hola a tod@s, tengo una duda qué apuntes recomendáis para esta asignatura??  Podéis orientarme?

Gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 04 de Octubre de 2014, 19:37:48 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola a tod@s, tengo una duda qué apuntes recomendáis para esta asignatura??  Podéis orientarme?

Gracias.

Claro hombre, no es plan de leerse las 17 páginas, todo el material de vivero.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alfarero007 en 04 de Octubre de 2014, 22:32:34 pm
Hola. Me podeis decir qué son los activos representativos de la participación en fondos propios de una entidad ?
(los rendimientos de estos bienes deben tributar como rendimientos de capital mobiliario art. 29.1.c) LIRPF).
Es lo que peor llevo,todos estos conceptos económicos (acciones liberadas,valores de renta fija,operaciones de capitalización,...) ya que mi base en economía es casi nula (bueno, es la que he estudiado en segundo, pero eso y ná es lo mismo)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alfarero007 en 05 de Octubre de 2014, 01:02:47 am
art. 25.1 LIRPF (me queda un poco más claro....es que voy muy espeso)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alfarero007 en 05 de Octubre de 2014, 01:30:28 am
http://www.fiscal-impuestos.com/guia-fiscal-2014-capitulo-2-impuesto-renta-personas-fisicas.html
Os dejo este enlace que me esta resolviendo dudas (con bastantes ejemplos o supuestos)
es la misma página que cita Pravias pero referente al IRPF
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 06 de Octubre de 2014, 10:16:24 am
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sabe alguien las claves para poder entrar el lunes en la clase de ferrandis de forma directa? cuál es el enlace...

creo que empezaban este lunes.

nadie? cuando es para pedir bien que saturáis todo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 06 de Octubre de 2014, 10:20:37 am
Lo suyo seria verlas en directo, de todas formas, las suelen colgar al dia siguiente creo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 06 de Octubre de 2014, 10:24:34 am
yo quiero verlas en directo porque mira las del año pasado, no se entiende nada, si es así este año prefiero casi no verlas porque te pierdes, además que se pueden preguntar las dudas y si la voz se distorsiona decírselo...

a ver si alguien pone las claves porque a mí no me ha llegado nada, y tampoco sé por dónde se entra, un compañero dijo que las pondría pero...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 06 de Octubre de 2014, 10:35:30 am
No puedes ver los enlaces. Register or Login
http://www.fiscal-impuestos.com/guia-fiscal-2014-capitulo-2-impuesto-renta-personas-fisicas.html
Os dejo este enlace que me esta resolviendo dudas (con bastantes ejemplos o supuestos)
es la misma página que cita Pravias pero referente al IRPF

está muy bien, viene conn ejemplos para que quede más claro, gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ochentero en 06 de Octubre de 2014, 15:36:52 pm
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sabe alguien las claves para poder entrar el lunes en la clase de ferrandis de forma directa? cuál es el enlace...

creo que empezaban este lunes.
[/queote]


ilse yo tampoco tengo las claves pero buscando en baleares hay un archivo q explica como entrar
entras en www.intecca.uned.es
Buscas emisiones en directo
y hay otra opcion donde pones tus claves de acceso al campus , las pones y luego como estudiante uned creo que puedes verlas
no lo he probado todavia pq la clase es mañana pero si piden alguna otra clave no se cömo conseguirla
HAY ALGUIEN DE BALEARES QUE NOS PUEDA INFORMAR.?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ochentero en 06 de Octubre de 2014, 15:44:24 pm
Se me olvido decirte quedespues de dar tus claves eliges la opcion cadena campus y despues buscar emisiones en directo. El año pasado asi hice para ver emisiones de jaen y me dejaba verlas en directo no se si para baleares pediran alguna clave
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 06 de Octubre de 2014, 16:15:36 pm
No  veo la de financiero de esta tarde... y llevo un rato en esa página, torpe que es uno, seguro que es hoy? nno me sale entre las que emiten en directo hoy

en la página de baleares pone 6/10 martes... pero martes es 7/10 y no 6
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ferreret en 06 de Octubre de 2014, 17:31:02 pm
Hola, en principio mañana si no hay novedad voy a ir a las clases de forma presencial en Baleares, como también me interesa poder verlo desde casa, voy a pedir información de como hacerlo, y cuando pueda os la paso. Eso si, seguramente será la próxima semana cuando lo pueda hacer, ya que hasta el lunes no vuelvo a pillar ordenador, si no hay novedad.  8) :o :(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ochentero en 06 de Octubre de 2014, 18:02:03 pm
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No  veo la de financiero de esta tarde... y llevo un rato en esa página, torpe que es uno, seguro que es hoy? nno me sale entre las que emiten en directo hoy

en la página de baleares pone 6/10 martes... pero martes es 7/10 y no 6
[/quodte]


es mañana martes
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jujo59 en 07 de Octubre de 2014, 13:39:53 pm
Quisiera formar parte del grupo de apuntes
aparejadorpilas@gmail.com
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: luisa1979 en 07 de Octubre de 2014, 14:07:25 pm
Hola alguien va a ir a las clases de financiero en el aula de Marbella.? Es mañana no de 17 a 18 H, no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: leo20 en 07 de Octubre de 2014, 15:02:49 pm
Yo quisiera ver la clase esta tarde en directo pero no aparece. Esta la de turismo, ciencias ambientales  e introduccion a la economia de la empresa.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 07 de Octubre de 2014, 15:09:52 pm
Yo tampoco la veo entre las de hoy...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: leo20 en 07 de Octubre de 2014, 15:51:51 pm
Yo miraré para las 5.pero por lo que veo,hoy nos quedamos sin clase
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Winnie en 07 de Octubre de 2014, 17:38:24 pm
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sabe alguien las claves para poder entrar el lunes en la clase de ferrandis de forma directa? cuál es el enlace...

creo que empezaban este lunes.
[/queote]


ilse yo tampoco tengo las claves pero buscando en baleares hay un archivo q explica como entrar
entras en www.intecca.uned.es
Buscas emisiones en directo
y hay otra opcion donde pones tus claves de acceso al campus , las pones y luego como estudiante uned creo que puedes verlas
no lo he probado todavia pq la clase es mañana pero si piden alguna otra clave no se cömo conseguirla
HAY ALGUIEN DE BALEARES QUE NOS PUEDA INFORMAR.?

dónde se pueden ver las clases que habrá del profesor Ferrandis, lo de los horarios y los links si no es posible seguirlas en directo? Finalmente la clase ha sido hoy?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 07 de Octubre de 2014, 18:46:44 pm
nada, ahí no aparece ni clase ni nada, otras de diferentes carreras... pues ajo y agua
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alfarero007 en 07 de Octubre de 2014, 20:27:35 pm
Una pregunta que no viene a cuento,pero que siempre me he hecho. ¿Por qué denominan a asignaturas como "SEMESTRALES"?
En las fechas que estamos es cuando comienzan las tutorías, se puede acceder a ALF,algunos programas son todavía provisionales,etc,etc....y los examenes en enero.Yo hago cuentas y de seis meses ná de ná.Vamos,que un temario previsto para seis meses,lo tenemos que preparar en la mitad de tiempo... y no hablemos ya de las "ANUALES".
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: adodu1 en 07 de Octubre de 2014, 21:33:12 pm
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Una pregunta que no viene a cuento,pero que siempre me he hecho. ¿Por qué denominan a asignaturas como "SEMESTRALES"?
En las fechas que estamos es cuando comienzan las tutorías, se puede acceder a ALF,algunos programas son todavía provisionales,etc,etc....y los examenes en enero.Yo hago cuentas y de seis meses ná de ná.Vamos,que un temario previsto para seis meses,lo tenemos que preparar en la mitad de tiempo... y no hablemos ya de las "ANUALES".

Es que se las denomina cuatrimestrales, no semestrales...pero bueno, tienes razón, entre unas cosas y otras no tenemos 4 meses de cada, y menos en el segundo cuatrimestre.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: leo20 en 08 de Octubre de 2014, 09:22:46 am
Ilse es el dia 9 a las 19:00 la tutoria
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 08 de Octubre de 2014, 09:27:58 am
A mi me ha llegado este correo:


Ha sido invitado a la sala: WEB CONFERENCIA "Dº F y T II" (9-10-2014). GRADO EN
DERECHO. PRESENTACIÓN DE LA ASIGNATURA. TUTOR ELADIO J. APARICIO CARRILLO con
descripción: WEB CONFERENCIA "Dº F y T II" (9-10-2014). GRADO EN DERECHO. JAÉN.
PRESENTACIÓN DE LA ASIGNATURA. AULA 3. TUTOR ELADIO JOSÉ APARICIO CARRILLO

Para acceder a la sala siga los siguientes pasos:

    1. Ir a
https://2015.cursosvirtuales.uned.es/dotlrn/grados/asignaturas/66023072-15/intecca/
    2. Pinchar en el nombre de la sala  (WEB CONFERENCIA "Dº F y T II" (9-10-2014).
GRADO EN DERECHO. PRESENTACIÓN DE LA ASIGNATURA. TUTOR ELADIO J. APARICIO
CARRILLO)
    3. Introducir su apodo y la contraseña de la sala (  ) si la contraseña existe.
    4. Pulsar OK

Nota: La sala sólo estará disponible el 9-10-2014 19:00:00 durante 1 horas
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Winnie en 08 de Octubre de 2014, 12:12:26 pm
dónde se pueden ver las clases que habrá del profesor Ferrandis, lo de los horarios y  cómo se consiguein los links  para descargarlas después, si no es posible seguirlas en directo? y sabeis si puedes acceder a la clase de Ferrándiz si eres alumna de licenciatura?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ochentero en 08 de Octubre de 2014, 12:54:54 pm
Si hay alguien de baleares nos podria decir que tal la clase de ayer
he mirado en la web y no esta el profesor ferrandis comontutor de financiero , seria una faena que ya no de las clases!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Winnie en 08 de Octubre de 2014, 12:59:34 pm
ya no da él las clases? jo! he visto que este año da procesal I
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: luisa1979 en 08 de Octubre de 2014, 18:55:21 pm

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El servicio será restablecido a la mayor brevedad posible.

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Hola me sale esto al intentar entrar en videoconferencia


Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 08 de Octubre de 2014, 19:42:05 pm
Yo he visto que las clases las dará un tal J. mora ... así que al parecer ferrandis no las dará.  >:(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rutger en 08 de Octubre de 2014, 20:28:42 pm
Siempre podéis escuchar las de Ferrandis del curso pasado teniendo en cuenta las modificaciones para este curso...
Desde luego sus esquemas para el primer parcial (para el segundo no tanto) solucionan parte del examen porque en ellos te indica todos los artículos a los que se debe acudir según pregunten por un rendimiento de trabajo, de capital mobiliario, una renta exenta, etc.
Y puede que el profesor de este año sea bueno...no lo crucifiquéis antes de tiempo  ;D ;D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alfarero007 en 08 de Octubre de 2014, 23:11:45 pm
Donde se pueden conseguir los famosos esquemas del prof. Ferrandis?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dianemod en 09 de Octubre de 2014, 04:14:05 am
Hola,

He entrado esta noche a ver su primera clase del curso pasado, y en documentos están sus esquemas.

Mañana igualmente, a ver si tengo un hueco y cuelgo lo que tengo, que algún compañero facilitó.

El profesor Ferrandis aconseja el libro de Derecho Tributario ejercicios prácticos. No llega a los 12 euros.

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 09 de Octubre de 2014, 09:19:37 am
La primera clase dl profesor de baleares no vale la pena verla, historia y más historia, pérdida de tiempo, no aconsejable.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 09 de Octubre de 2014, 09:26:05 am
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Hola,

He entrado esta noche a ver su primera clase del curso pasado, y en documentos están sus esquemas.

Mañana igualmente, a ver si tengo un hueco y cuelgo lo que tengo, que algún compañero facilitó.

El profesor Ferrandis aconseja el libro de Derecho Tributario ejercicios prácticos. No llega a los 12 euros.
No es necesario gastarse el dinero, en los casos de Vivero ya está recogido ese manual.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rutger en 09 de Octubre de 2014, 09:41:15 am
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No es necesario gastarse el dinero, en los casos de Vivero ya está recogido ese manual.
Siiiii, y además os pone de donde es cada caso que aparece en sus apuntes (libro, examen, curso virtual...), un fenómeno el compañero Vivero!!!, y además gallego!!! :D :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dianemod en 09 de Octubre de 2014, 09:44:56 am
Qué bien!!! Porque me han escrito desde la librería de la Uned, diciéndome que los apuntes están agotados.

Yo lo que he comentado de la primera clase, es que ahí es donde están sus esquemas.

Por cierto, alguien me puede pasar esos apuntes de Vivero? Gracias

Mi email es dianemod@hotmail.com
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 09 de Octubre de 2014, 09:46:45 am
Rutger que buenos los genes de los gallegos  :D
Dianemod todo el material de financiero II 1 parcial incluido Vivero están en el post de Derechito zona apuntes temporales.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dianemod en 09 de Octubre de 2014, 10:22:28 am
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Rutger que buenos los genes de los gallegos  :D
Dianemod todo el material de financiero II 1 parcial incluido Vivero están en el post de Derechito zona apuntes temporales.

Muchísimas gracias. Ya los tengo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Allan Shore en 09 de Octubre de 2014, 10:42:11 am
Buenos días,

Otro que se une a FyT II...He visto que se recomiendan comprar unos "libritos" que cuestan 2-3 euros de la agencia tributaria de irpf, iva e impuesto de sociedades, mi duda es: dónde se pueden adquirir?

Otra duda que tengo es: para preparar la materia y para llevar al exámen se habla de que se puede usar el Código de Aranzadi o las leyes impresas...perdonad mi ignoracia pero, ¿Qué legislación es la que se puede llevar impresa? Las leyes impresas también se pueden llevar al exámen subrayadas?

Muchas gracias e antemano, la verdad es que esta asignatura me produce muuucho respeto  :-\
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: vagoneta en 09 de Octubre de 2014, 10:57:21 am
Esos libros se adquieren en las distintas administraciones de hacienda. Cuestán dos o tres euros y están muy bien, con ejemplos de casos y sus soluciones. También viene al final la ley el reglamento correspondiente. Con esto, los apuntes y casos de Vivero y las clases del prof. de Baleares se saca la materia. Mi consejo es que no compréis el libro de texto.

Un saludo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 09 de Octubre de 2014, 11:04:19 am
Tanto el código como las leyes impresas se pueden llegar subrayadas de colorines y utilizar separadores.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Winnie en 10 de Octubre de 2014, 12:48:08 pm
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La primera clase dl profesor de baleares no vale la pena verla, historia y más historia, pérdida de tiempo, no aconsejable.

yo también la he visto y no me lo podía creer, quería ir anotando las novedades tributarias a tener en cuenta. En fin, otro estilo, a ver cómo avanza en próximas semanas. Cuando he visto q no daba las clases Ferrandis, me he puesto a llorar como una idiota, supongo que llevar muchas asignaturas me angustia.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 10 de Octubre de 2014, 12:55:20 pm
Esa clase no vale, introductoria, una perdida de tiempo para las pocas clases que tenndrá para todo el temari, pero bueno él sabrá como tiene distribuidas sus clases, siempre puedes ver las del año pasado, yo es lo que estoy haciendo...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Alopekos en 10 de Octubre de 2014, 12:58:49 pm
Estoy viendo los vídeos de ferrandis del año pasado. Él señala un esquema de IRPF que iba a facilitar, pero en la carpeta de documentos de la plataforma no salen... Alguién sabe como conseguirlos o donde se encuentran?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 10 de Octubre de 2014, 13:03:39 pm
Los esquemas están en el post recopilatorio de zona apuntes temporales.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 10 de Octubre de 2014, 18:14:03 pm
Hola, cuando estamos en rendimientos de trabajo en especie a la hora de hacer igresos a cuenta o retenciones se menciona sin más que si es especie el empresario hace igreso a cuenta y si es dinerario retención, es el art. 99 pero no veo nada que lo detalle...

o sea diciendo que según el art. 99 el empresario tendrá que realizar ingreso a cuenta en el caso d renta en especie siempre que no haya repercutido sobre el empleado y si es dinerario se realizará retenció, con eso bastaría?  es que no veo un subpunto que lo detalle.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 10 de Octubre de 2014, 18:46:30 pm
En los artículos 74 y siguientes del Reglamento viene más detallado, pero yo también creo que con mencionar el 99 de la Ley es suficiente, de hecho en los casos resueltos de los apuntes viene así.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 10 de Octubre de 2014, 19:31:22 pm
entonces con el 99 basta, cuidado con las exennciones que vienen en el reglamento cuando está exento de ingreso a cuenta...

también he visto que en el 43.2 hace mención a dicho ingreso a cuenta cuando habla de la renta en especie, así que 43.2 y 99 son válidos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 11 de Octubre de 2014, 07:34:32 am
Una duda en el siguiente ejemplo:
Un padre abre una cuenta en 2005 a su hijo menor de edad en una entidad financiera, a efectos de ir comprando acciones de dicha entidad para el hijo. Todas las acciones se han comprado siendo menor de edad. El hijo, acabada la carrera y empezando a trabajar, es decir, mayor de edad, quiere comprar un coche, y se produce la venta de acciones en 2014.
¿A quién se imputa la ganancia/pérdida patrimonial en la declaración del IRPF, al padre o al hijo?
Por cierto, ¿quien está autorizado a dar la orden de venta: el padre o el hijo?
Un saludo,
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Alopekos en 11 de Octubre de 2014, 11:54:36 am
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Los esquemas están en el post recopilatorio de zona apuntes temporales.

Los de ferrandis se titulan  IRPF y su extensión son 15 páginas?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: May1985 en 11 de Octubre de 2014, 12:33:08 pm
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Los de ferrandis se titulan  IRPF y su extensión son 15 páginas?

Sí, así es.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: darbon en 11 de Octubre de 2014, 17:46:44 pm
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Los de ferrandis se titulan  IRPF y su extensión son 15 páginas?
Por favor ¿Podeis poner el enlace a esos esquemas?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: darbon en 11 de Octubre de 2014, 18:39:20 pm
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http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=100381.0


Gracias Ponder
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 12 de Octubre de 2014, 18:42:04 pm
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http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=100381.0

No hay como este tipo de esquema pero del IS? Yo éste no lo tenía, el que tengo de ferradis es el de una cara...

gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 12 de Octubre de 2014, 19:48:07 pm
Ayer me bajé estos esquemas de una compañera que están bien.

http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=90019.0
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 12 de Octubre de 2014, 20:15:31 pm
Derechito no funcionan los enlaces...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 12 de Octubre de 2014, 20:19:22 pm
En la página 3 los volvió a subir, si no valen tampoco los vuelvo a subir.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 12 de Octubre de 2014, 20:24:35 pm
es verdad, no había visto que tennía 3 páginas... ya los tengo.

es más acabo de ver que ya los tenía jeje, pero no sé si habrá algo como el esquema de ferrandis de una cara pero del IS, creo que no...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: xelito00 en 13 de Octubre de 2014, 08:52:00 am
Muchas gracias Ponder
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alberto8051 en 13 de Octubre de 2014, 18:24:58 pm
Hola, alguien me puede pasar un link con el Programa de este año de FyT II, gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 13 de Octubre de 2014, 22:24:56 pm
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Hola, alguien me puede pasar un link con el Programa de este año de FyT II, gracias.

El profesor Gerardo Menéndez ha puesto el siguiente email ayer día 12:
"Hemos publicado el programa del curso 2014-2015 en la carpeta de documentos:
https://2015.cursosvirtuales.uned.es/file/19974021/Programa_DFT_II_14-15.pdf   "

En otro orden de cosas, los Manuales de IRPF, IVA y Sociedades de la AEAT los he conseguido hoy en Santander en la propia Agencia, en Información. precio unitario manual: 2 euros.
Un saludo,
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 13 de Octubre de 2014, 22:31:24 pm
estoy un poco perdido, por qué en algunos casos cuando trata sobre ganancias patrimoniales sí se habla del art. 99 y en otros no, en el caso de premios(a no ser que esté exento) siempre sería pago en cuenta? estoy hecho un lío con lo del art. 99.

Si me toca un coche tendría que hacer unn ingreso a cuenta, no?

y si es por ejemplo es una transmisión a título oneroso? qué tendría que hacer...

gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Alopekos en 13 de Octubre de 2014, 23:01:49 pm
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estoy un poco perdido, por qué en algunos casos cuando trata sobre ganancias patrimoniales sí se habla del art. 99 y en otros no, en el caso de premios(a no ser que esté exento) siempre sería pago en cuenta? estoy hecho un lío con lo del art. 99.

Si me toca un coche tendría que hacer unn ingreso a cuenta, no?

y si es por ejemplo es una transmisión a título oneroso? qué tendría que hacer...

gracias



Yo en las ganancias y pérdidas patrimoniales me lo he planteado así, en base a unas clases que están en youtube de una profesora de la Pompeu Fabra.

Ella les llama VP: Variaciones Patrimoniales y diferencia:

- Incorporaciones de bienes y derechos a un patrimonio: ej premios (no traen causa en un negocio traslativo) forman parte de la BI General
- Negocios traslativos: Onerosos y Lucrativos, si periodo de - de 1 año desde adquisición bien o derecho a su traslación BI General, si + de 1 año BI ahorro.

En el caso de que te toque un coche, tú no tendrías que hacer nada, el que hace el ingreso a cuenta es el pagador. La cuantía está señalada está en el art.101.7, siendo el 19% (21% para los periodos impositivos 2012,13,14)

Con respecto a las transmisiones a título oneroso o lucrativo, depende de lo que se esté transmitiendo, entiendo, despúes de haber revisado los artículos 99,100 y 101 y de consultar la página de la AEAT, que sólo se practican retenciones en estos casos:

-Ganancias derivadas de transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva, se calcula la retención aplicando el porcentaje del 19%  sobre la cuantía de la ganancia, excepto en los períodos impositivos 2012, 2013 y 2014 que se aplicará el 21%.
-Ganancias patrimoniales derivadas de los aprovechamientos forestales de los vecinos en montes públicos, se calculará la retención aplicando el 19% de su importe, excepto en los períodos impositivos 2012, 2013 y 2014 que se aplicará el 21%.

Espero haberte ayudado.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Vara en 14 de Octubre de 2014, 10:25:57 am
Buenos días

Respecto a los manuales de la Agencia Tributaria, aparte de en la sede, se pueden comprar en algunos estancos. ¿Alguien sabría en cuáles de Valladolid y/o Salamanca?

Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rutger en 14 de Octubre de 2014, 12:48:47 pm
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estoy un poco perdido, por qué en algunos casos cuando trata sobre ganancias patrimoniales sí se habla del art. 99 y en otros no, en el caso de premios(a no ser que esté exento) siempre sería pago en cuenta? estoy hecho un lío con lo del art. 99.

Si me toca un coche tendría que hacer unn ingreso a cuenta, no?

y si es por ejemplo es una transmisión a título oneroso? qué tendría que hacer...

gracias


Ilse:
La LIRPF estabalece que determinadas personas o entidades, según abonen ciertas rentas, tengan la obligación de retener y de  ingresar en el Tesoro una cuantía preestablecida como pago a cuenta del impuesto personal  del perceptor.
Si la renta es en metálico el pagador de la renta tiene que detraer o “descontar” una parte de los rendimientos e ingresar su importe en el Tesoro Público. Si la renta es en especie la obligación se configura como ingreso a cuenta del irpf del perceptor; así lo que hace éste es anticipar el pago de su propio impuesto y cuando presenta su declaración anual pues tiene derecho a deducir las retenciones e ingresos a cuenta que soportó.
Las rentas y rendimientos sobre los que hay que aplicar retención o ingreso a cuenta (teniendo en cuenta si son en especie o en metálico) son principalmente estos: rendimientos de trabajo, de capital mobiliario, de actividades profesionales, de actividades agrícolas, ganaderas y forestales, los de actividades empresariaales por el método de estimación objetiva en su rendimiento neto, los premios que se entreguen por participar en juegos, concursos, rifas o combinacioens aleatorias, determinadas ganancias patrimoniales (las obtenidas por transmisión o reembolso de acciones y participaciones, con excepciones, las derivadas de aprovechamientos forestales de los vecinos en montes públicos), los rendimientos de arrendamiento/subarrendamiento de inmuebles urbanos y de bienes muebles, negocios o minas, los rendimientos derivados de propiedad intelectual y los de cesión del derecho de imagen.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 14 de Octubre de 2014, 13:10:38 pm
gracias rutger y alopekos, yame  ha quedado claro.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 14 de Octubre de 2014, 21:30:24 pm
el mínimo por ascendiente es solo por consanguinidad? ambos cónyuges tienen derech a la aplicación del mínimo?

juan y sofía casados, el padre de juan vive en casa de ambos, no rentas o rentas exentas, 70 años, podría sofía apllicar el mínimo?

imagino que no, al igual que se cmenntó con lo de descendientes...

qué decís.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rutger en 15 de Octubre de 2014, 01:28:04 am
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el mínimo por ascendiente es solo por consanguinidad? ambos cónyuges tienen derech a la aplicación del mínimo?

juan y sofía casados, el padre de juan vive en casa de ambos, no rentas o rentas exentas, 70 años, podría sofía apllicar el mínimo?

imagino que no, al igual que se cmenntó con lo de descendientes...

qué decís.

El ascendiente tiene que serlo en línea directa, un padre, un abuelo, etc por consanguinidad o por adopción (no valen ascendientes colaterales o por afinidad). 
Tiene que ser mayor de 65 (salvo discapacitados).
Si ambos cónyuges hacen declaración conjunta pueden beneficiarse del mínimo por ascendiente precisamente por hacerla conjunta, y si el derecho a su aplicación corresponde a dos o más contribuyentes, respecto a los mismos ascendientes, se hace en tal caso el prorrateo de su importe entre ellos por partes iguales; cuando los contribuyentes tengan distinto grado de parentesco con el ascendiente, la aplicación del mínimo corresponde a los de grado más cercano, salvo que éstos no tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000€, en cuyo caso corresponderá a los del siguiente grado.
No da derecho a la aplicación del mínimo por ascendientes aquéllos que, aun cumpliendo los requisitos, presenten declaración con rentas declaradas superiores a 1.800€.
Artículos 59 y 61 de la LIRPF
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 15 de Octubre de 2014, 01:51:33 am
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el mínimo por ascendiente es solo por consanguinidad? ambos cónyuges tienen derech a la aplicación del mínimo?

juan y sofía casados, el padre de juan vive en casa de ambos, no rentas o rentas exentas, 70 años, podría sofía apllicar el mínimo?

imagino que no, al igual que se cmenntó con lo de descendientes...

qué decís.

En este caso es diferente; ese supuesto es igual al que pusieron en febrero pasado y que me dejó en el 4.

Lo que se preguntaba era si Sofía podía incluir al padre de su marido en su declaración individual de la renta -por ahí tiene que estar la respuesta del ED y lo que comentamos en este foro-.

Bien, yo lo argumenté en base a que NO correspondía a la "nuera" -no me acuerdo del nombre- al interpretar que el grado de parentesco debía de serlo por consanguinidad respecto del ascendiente, es decir, del padre; puse incluso la mayor dedución al tener más de la edad, creo que eran 80, aunque no me acuerdo muy bien, estaba en el segundo escalón de edad para la deducción.

La respuesta de la reclamación fue de que no había contemplado el argumento de que sí podía la nuera, al ser parentesco "por afinidad" en el mismo grado que su marido, contemplar la deducción en su declaración individual.

Supongo que es lo que mismo que aporta rutger; si realizan la declaración conjunta, tanto uno como otro, en el mismo grado, consanguinidad y afinidad, se pueden deducir el 50 por ciento correspondiente al ascendiente; no obstante, ya que la LIRPF no recoge nada, ha sido objeto de interpretación por la Tribunales Económico-administrativos para el supuesto del grado por afinidad.

Saludos y suerte
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 15 de Octubre de 2014, 08:38:04 am
Si tenemos que sabernos también las interpretaciones de los Tribunales...uffffff :-\
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 15 de Octubre de 2014, 09:31:25 am
gracias, acabo de encontrar un caso de los exámenes sobre ese tema y daban por bueno tanto si decías que solo parientes ascendientes consanguíneos que colaterales, siempre que justificaras con los artículos correspondientes.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rutger en 15 de Octubre de 2014, 09:43:09 am
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gracias, acabo de encontrar un caso de los exámenes sobre ese tema y daban por bueno tanto si decías que solo parientes ascendientes consanguíneos que colaterales, siempre que justificaras con los artículos correspondientes.
Aplicando directamente la ley no se incluye el parentesco por afinidad y sería sólo el de consanguinidad, pero para acabar de rematarla hay opiniones doctrinales que engloba los dos. En todo caso, como el examen lo haces con la ley en la mano si lo justificas con su articulado tienen que dártelo por correcto, y si a mayores conoces las opiniones doctrinales pues lo clavas redondo.

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alberto8051 en 15 de Octubre de 2014, 09:47:15 am
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El profesor Gerardo Menéndez ha puesto el siguiente email ayer día 12:
"Hemos publicado el programa del curso 2014-2015 en la carpeta de documentos:
https://2015.cursosvirtuales.uned.es/file/19974021/Programa_DFT_II_14-15.pdf   "

En otro orden de cosas, los Manuales de IRPF, IVA y Sociedades de la AEAT los he conseguido hoy en Santander en la propia Agencia, en Información. precio unitario manual: 2 euros.
Un saludo,
Gracias Carlos,...
Ahora nos va a tocar saber hacer Declaraciones de Renta para se Licenciado en Derecho, vaya  m.i.e.r.d.a.  de asignatura...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: widowson en 15 de Octubre de 2014, 10:43:20 am
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Gracias Carlos,...
Ahora nos va a tocar saber hacer Declaraciones de Renta para se Licenciado en Derecho, vaya  m.i.e.r.d.a.  de asignatura...

 ;D ;D ;D ;D
Me encanta!!! ya había leído que no tenía que estudiarse derecho Romano porque en un juicio no vas a citar a Ulpiano, que no hacía falta estudiar Historia del Derecho porque no estaba vigente, que no había que estudiar Economía política ni hacienda pública porque no era de Derecho, que no hacía falta estudiar Eclesiástico porque este es un estado laico, pero lo de que no hubiera que saberse de qué va la ley de IRPF para ser licenciado en derecho ya me supera.
Si fuera por alguno, la licenciatura en Derecho duraría 3 meses  ;D ;D ;D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 15 de Octubre de 2014, 10:46:12 am
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;D ;D ;D ;D
Me encanta!!! ya había leído que no tenía que estudiarse derecho Romano porque en un juicio no vas a citar a Ulpiano, que no hacía falta estudiar Historia del Derecho porque no estaba vigente, que no había que estudiar Economía política ni hacienda pública porque no era de Derecho, que no hacía falta estudiar Eclesiástico porque este es un estado laico, pero lo de que no hubiera que saberse de qué va la ley de IRPF para ser licenciado en derecho ya me supera.
Si fuera por alguno, la licenciatura en Derecho duraría 3 meses  ;D ;D ;D

+100000

De hecho el derecho financiero y mercantil están en auge constantemente, por el contrario pocos pueden decir que comen del derecho penal...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 15 de Octubre de 2014, 11:02:01 am
por dónde estáis mirando el IS? las clases de ferrandis se oyen fatal...  por la teoría y hacer casos?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 15 de Octubre de 2014, 11:12:33 am
Sí, ahora de hecho me estoy volviendo loco con el caso 42, que va sobre el art. 40 ya derogado, y el código no hace mas que mandarte a disposiciones adicionales sin dejar nada claro, no creo que salga algo así en el examen...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 15 de Octubre de 2014, 11:21:44 am
examen septiembre que no está en calatayud:

1. José ha percibido 3000€ de dividendos de una sociedad de la que es accionista. Indique (1) si estos dividendos están gravados en su totalidad por el IRPF y (2) qué calificación merecen (es decir, en qué categoría de rentas del impuesto se incluyen).

2. En 2013 Fermín percibe unos rendimientos del trabajo que fueron exigibles en 2012 (atrasos). ¿A qué período impositivo del IRPF debe imputar esos rendimientos?

3. Susana ha sufrido lesiones no invalidantes en un accidente. Por razón de esas lesiones ha percibido una cantidad de 3000€ derivada de un contrato de seguro de accidentes que tenía suscrito con la aseguradora OCASO. Indique si esta renta está gravada por el IRPF.

4. Juan ha organizado una guardería para los hijos de sus empleados en un local de su propiedad. ¿Puede Juan deducir la amortización del local en la determinación del rendimiento de su actividad económica en el IRPF?

5. BETA S.A., se ha disuelto y liquidado. Tras pagar a los acreedores ha entregado a su socio único el patrimonio remanente, consistente en un local que tenía en el mercado un valor muy superior al valor por el que estaba contabilizado. ¿Debe BETA, S.A. integrar alguna renta en la base imponible de su impuesto sobre sociedades por esta operación? De ser así, ¿cómo se valora esa renta?

6. Fernando, residente en Estados Unidos, recibe en herencia la vivienda habitual de su difunta madre, situada en Madrid. El valor de la vivienda asciende a 100000€. ¿Debe incluir alguna cantidad por esta vivienda en la base liquidable del impuesto sobre sucesiones?

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 15 de Octubre de 2014, 11:26:35 am
Lo podemos solucionar aquí entre todos si queréis.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 15 de Octubre de 2014, 11:34:05 am
Pues sí no es mala idea, así un poco de práctica, yo estaba en ello ya que las soluciones en alf no están ni las he encontrado.

1. Rendimientos de capital mobiliario. LIRPF 25 1. a)
No están gravados por su totalidad sino que están exentos hasta una cuantía, LIRPF 7 y)  o sea que tendría que gravar  1500€.

qué decís?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 15 de Octubre de 2014, 11:44:29 am
Sí, estoy de acuerdo.

2-art 14.2.b al no ser imputable las circustancias al contribuyente, se imputará al periodo que fueron exigibles mediante autoliquidación complementaria, sin sanciones, intereses y recargos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 15 de Octubre de 2014, 11:55:48 am
3- Si no es autónomo está exenta por el art 7.d, si es autónomo hay que ir al art 30.2.1º.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 15 de Octubre de 2014, 11:57:47 am
creo bien...

en la 3 no lo tengo claro, sufre llesiones por lo que se aplicaría el 7 d y estaría exenta,no? pero la totalidad?

heemos cruzado mensajes, entonces art. 30
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: leiorgar en 15 de Octubre de 2014, 17:41:29 pm
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creo bien...

en la 3 no lo tengo claro, sufre llesiones por lo que se aplicaría el 7 d y estaría exenta,no? pero la totalidad?

heemos cruzado mensajes, entonces art. 30

Hola!

A mi tampoco me queda claro la segunda parte del art. 7 d/ si hubiera que aplicar el art. 30...

¿Cómo calcularíamos la parte exenta?  :-[ No me entero por mucho que lo lea....

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: leiorgar en 15 de Octubre de 2014, 17:50:43 pm

A ver si voy por buen camino...:

Si yo tengo un seguro de Accidentes y me he deducido la prima de la Base imponible, y resulta que sufro daños y me indemnizan con 15000€ porque es lo que tengo contratado, pero en el sistema de valoración de daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, están mis daños tasados en 10000€ ¿Tendría que tributar por 5000€?.

¿Se considerarían dichos 5000€ como rendimientos del capital mobiliario en base al art. 25.3 o rendimiento de trabajo en base al art. 17.4???

Qué lío....
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 15 de Octubre de 2014, 17:52:28 pm
Lo que debéis tener en cuenta mencionar la ley de responsabilidad civil de vehículos a motor.
Aquí se explica más detallado.
http://www.anudaseguros.es/como-tributan-las-indemnizaciones-derivadas-de-un-accidente-de-trafico/
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 15 de Octubre de 2014, 17:56:02 pm
http://www.actibva.com/magazine/fiscalidad/es-necesario-pagar-impuestos-por-las-indemnizaciones-por-danos-personales
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: higuita en 15 de Octubre de 2014, 18:31:57 pm
Os dejo las soluciones oficiales del examen de septiembre:


DFT II S14 1.ª PP ORDINARIO – SOLUCIONES

1.- José ha percibido 3.000 € de dividendos de una sociedad de la que es accionista. Indique (1) si
estos dividendos están gravados en su totalidad por el IRPF y (2) qué calificación merecen (es decir,
en qué categoría de rentas del impuesto se incluyen).
Los dividendos merecen la calificación de rendimientos del capital mobiliario, en concreto de
rendimientos obtenidos por la participación en los fondos propios de cualquier tipo de entidad. Son
citados expresamente en la letra a) del artículo 25.1 LIRPF.
Los dividendos percibidos no están gravados en su totalidad por el IRPF. De acuerdo con el
artículo 7.y) LIRPF, están exentos «Los dividendos y participaciones en beneficios a que se refieren los
párrafos a) y b) del apartado 1 del artículo 25 de esta Ley, con el límite de 1.500 euros anuales».
2.- En 2013 Fermín percibe unos rendimientos del trabajo que fueron exigibles en 2012 ("atrasos").
¿A qué período impositivo del IRPF debe imputar esos rendimientos?
Al hablarse de “atrasos” parece claro que el retraso en el pago no se ha producido por
encontrarse pendiente de resolución judicial la determinación del derecho a la percepción de los
rendimientos o su cuantía. Resulta aplicable entonces el primer inciso del artículo 14.2.b) LIRPF.
De acuerdo con este inciso, los rendimientos derivados del trabajo que se perciben en períodos
impositivos distintos a aquellos en que fueron exigibles debido a circunstancias justificables no
imputables al contribuyente se imputarán a los períodos impositivos en que fueron exigibles. Por
lo tanto en nuestro caso, si se da la circunstancia señalada, Fermín deberá imputar esos rendimientos al
período impositivo de 2012.
El precepto citado añade que «La autoliquidación se presentará en el plazo que media entre la
fecha en que se perciban y el final del inmediato siguiente plazo de declaraciones por el impuesto». Si
los atrasos se perciben una vez terminado el plazo de la declaración del IRPF 2012, Fermín
tendría que presentar una autoliquidación complementaria antes del término de presentación del
IRPF 2013. El precepto citado aclara que la presentación de esta autoliquidación complementaria
no llevará aparejada ni sanciones, ni intereses de demora, ni recargo alguno.
[2]
3.- Susana ha sufrido lesiones no invalidantes en un accidente. Por razón de esas lesiones ha
percibido una cantidad de 3.000 € derivada de un contrato de seguro de accidentes que tenía
suscrito con la compañía aseguradora OCASO. Indique si esta renta está gravada por el IRPF.
Se refiere a las indemnizaciones por daños personales derivadas de contratos de seguro de
accidentes el segundo párrafo del artículo 7.d) LIRPF. Se entiende por daños personales los
físicos, psíquicos o morales. El caso planteado se refiere a daños físicos (lesiones) y, por lo tanto,
procede examinar el contenido del párrafo señalado.
El precepto citado establece con carácter general la exención de las indemnizaciones a que
se refiere, si bien con dos limitaciones:
1.ª No quedan exentas las indemnizaciones derivadas de contratos de seguro de accidentes
cuyas primas hayan podido reducir la base imponible o ser consideradas gasto deducible por
aplicación de la regla 1.ª del artículo 30.2 LIRPF. Las primas satisfechas por Susana a la
aseguradora OCASO ni han reducido la base imponible ni han podido ser consideradas gasto
deducibles por aplicación de la regla citada. Por lo tanto, esta excepción no se aplica a nuestro
caso.
2.ª La exención sólo procede «hasta la cuantía que resulte de aplicar, para el daño
sufrido, el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en
accidentes de circulación, incorporado como anexo en el texto refundido de la Ley sobre
responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre».
En conclusión, la indemnización percibida por Susana estará exenta con el límite
cuantitativo indicado.
4.- Juan ha organizado una guardería para los hijos de sus empleados en un local de su propiedad.
¿Puede Juan deducir la amortización del local en la determinación del rendimiento de su actividad
económica en el IRPF?
Supongamos que Juan determina el rendimiento de su actividad económica a través del
régimen de estimación directa. En este régimen el rendimiento se calcula en lo sustancial de
acuerdo con las normas del Impuesto sobre Sociedades, según el artículo 28.1 LIRPF. Estas
normas establecen la deducibilidad de las amortizaciones de los elementos del activo fijo. Por lo
tanto, la amortización del local a que se refiere el supuesto será deducible en la medida en que ese
local esté afecto (esto es, se destine) a la actividad económica.
De acuerdo con el artículo 29.1.b) LIRPF, se consideran elementos patrimoniales afectos a
una actividad económica «Los bienes destinados a los servicios económicos y socioculturales del
personal al servicio de la actividad». El local en el que se organiza la guardería puede considerarse un
bien destinado a los servicios socioculturales de los trabajadores.
En conclusión, Juan podrá deducir la amortización del local en la determinación del rendimiento
de su actividad económica.
[3]
5.- BETA, S.A., se ha disuelto y liquidado. Tras pagar a los acreedores ha entregado a su socio
único el patrimonio remanente, consistente en un local que tenía en el mercado un valor muy
superior al valor por el que estaba contabilizado. ¿Debe BETA, S.A., integrar alguna renta en la
base imponible de su Impuesto sobre Sociedades por esta operación? De ser así, ¿cómo se valora
esa renta?
De acuerdo con el apartado 2 del artículo 15 TRLIS, se valoran por su valor normal de
mercado los elementos patrimoniales «transmitidos a los socios por causa de disolución». El apartado
3 del mismo artículo establece que «la entidad transmitente integrará en su base imponible la diferencia
entre el valor normal de mercado de los elementos transmitidos y su valor contable».
Si el local formaba parte del activo fijo o estaba clasificado como activo no corriente mantenido
para la venta deberá deducirse el importe de la depreciación monetaria en los términos previstos por el
apartado 9 del citado artículo 15 TRLIS.
6.- Fernando, residente en Estados Unidos, recibe en herencia la vivienda habitual de su difunta
madre, situada en Madrid. El valor de la vivienda asciende a 100.000 €. ¿Debe incluir alguna
cantidad por esta vivienda en la base liquidable del Impuesto sobre Sucesiones?
Para determinar la normativa aplicable deben tenerse en cuenta los siguientes preceptos de la Ley
22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades
Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas
normas tributarias:
- El primer párrafo del artículo 27.1 señala que «Los tributos cuyo rendimiento se cede a las
Comunidades Autónomas se regirán […], en los términos previstos en este Título, por las normas
emanadas de la Comunidad Autónoma competente según el alcance y los puntos de conexión
establecidos en el mismo».
- El artículo 32.1 establece que «Se cede a la Comunidad Autónoma el rendimiento del Impuesto
sobre Sucesiones y Donaciones producido en su territorio».
- El artículo 32.2 establece los criterios en virtud de los cuales se considera producido en el
territorio de una Comunidad Autónoma «el rendimiento del Impuesto sobre Sucesiones y
Donaciones de los sujetos pasivos residentes en España».
De la aplicación de estos preceptos se deduce que si el rendimiento es percibido por un sujeto
pasivo no residente en España, como es el caso, ese rendimiento corresponderá al Estado y resultará
aplicable la normativa estatal, en especial la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre
Sucesiones y Donaciones (en adelante, «LISD»).
De acuerdo con el artículo 7 LISD, Fernando, al no ser residente en territorio español, tributará
por obligación real «por la adquisición de bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza, que
estuvieran situados, pudieran ejercitarse o hubieran de cumplirse en territorio español». Al estar la
vivienda de su madre situada en España, Fernando deberá incluir la vivienda habitual de su madre en la
relación de los bienes hereditarios de su declaración del Impuesto sobre Sucesiones.
En la determinación de la base liquidable del impuesto, de acuerdo con el artículo 20.2.c) LISD,
las adquisiciones mortis causa de la vivienda habitual de la persona fallecida disfrutará de una reducción
del 95% con el límite de 122.606,47 € para cada sujeto pasivo si se cumplen las siguientes condiciones:
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 15 de Octubre de 2014, 19:12:09 pm
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Hola!

A mi tampoco me queda claro la segunda parte del art. 7 d/ si hubiera que aplicar el art. 30...

¿Cómo calcularíamos la parte exenta?  :-[ No me entero por mucho que lo lea....

imagino que no podemos saber la cuantía que resulta exenta porque hay que mirarlo en la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre.

Así que el caso finaliza diciendo en la cuannntía que resulte según la ley anterior.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 15 de Octubre de 2014, 19:24:40 pm
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A ver si voy por buen camino...:

Si yo tengo un seguro de Accidentes y me he deducido la prima de la Base imponible, y resulta que sufro daños y me indemnizan con 15000€ porque es lo que tengo contratado, pero en el sistema de valoración de daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, están mis daños tasados en 10000€ ¿Tendría que tributar por 5000€?.

¿Se considerarían dichos 5000€ como rendimientos del capital mobiliario en base al art. 25.3 o rendimiento de trabajo en base al art. 17.4???

Qué lío....

si hay resolución judicial por 15000 está exento el total, no? si no cubre el total, tenndrías que declarar como rendimieto del trabajo ya que el 25.3 te manda al 17.2 a) y en su apartado 4 habla de los contratos de seguro...

pero vamos, desde mispocos conocimientos en la materia, según lo veo yo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 15 de Octubre de 2014, 20:22:29 pm
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si hay resolución judicial por 15000 está exento el total, no? si no cubre el total, tenndrías que declarar como rendimieto del trabajo ya que el 25.3 te manda al 17.2 a) y en su apartado 4 habla de los contratos de seguro...

pero vamos, desde mispocos conocimientos en la materia, según lo veo yo

Esa es una de las puntuadas con 2 en mi examen; indiqué simplemente (en base al escrito del precepto) que se consideraba una renta encuadrada en el art. 7.d), a la que no era de aplicación la regla 1° del art. 30.2 -que también escribí-, y que la exención procedería en la cuantía recogida en el Texto Refundido (etc., viene en un pie de página en el Código Aranzadi), pero no puse cantidad.

Si os sirve.

En la primera también tenía el 2, y además de lo que habéis puesto, añadí el escrito de uno y otro artículo.

Y los otros 2,5 puntos se repartieron entre la 2 y la 6; muy bien el añadido de la declaración complementaria, a mi se me olvidó, aunque algo le dan, no como otros que la hacen desaparecer del mapa.  :(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: leiorgar en 15 de Octubre de 2014, 22:15:59 pm
A ver...¿ y por qué sabemos que Susana no puede deducirse la prima del seguro cómo se indica en el 30.2.1ª?

Tal vez sea una obviedad pero no lo veo....  :-[  :'(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 16 de Octubre de 2014, 00:16:29 am
porque el 30 2 1º dice que no tiene consideración de gasto deducible las aportaciones a mutualidades...

el examen de reserva no veo las soluciones, podemos hacerlo...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: leiorgar en 16 de Octubre de 2014, 09:58:41 am
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porque el 30 2 1º dice que no tiene consideración de gasto deducible las aportaciones a mutualidades...

el examen de reserva no veo las soluciones, podemos hacerlo...

Ainssss vale... ¡gracias!

Ok.... al examen de reserva... Yo creo que tengo guardados en casa unos casos prácticos que puso el profesor de mi centro asociado el año pasado... Voy a ver si los tengo y esta tarde los cuelgo...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 16 de Octubre de 2014, 11:02:21 am
Pongo yo la primera;

1. Pedro ha vendido una casa percibiendo una cantidad al contado y otra cantidad al cabo de dos años, ¿ está obligado Pedro a imputar temporalmente toda la renta obtenida en el periodo impositivo del IRPF en que tiene lugar la venta de la casa?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: leiorgar en 16 de Octubre de 2014, 13:02:36 pm
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Pongo yo la primera;

1. Pedro ha vendido una casa percibiendo una cantidad al contado y otra cantidad al cabo de dos años, ¿ está obligado Pedro a imputar temporalmente toda la renta obtenida en el periodo impositivo del IRPF en que tiene lugar la venta de la casa?

En base al art. 14.1.d) no está obligado, en operaciones a plazos o con precio aplazado, el contribuyente podrá optar por imputar proporcionalmente las rentas obtenidas en tales operaciones.........
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: leiorgar en 16 de Octubre de 2014, 17:40:41 pm

CASO PRACTICO Nº 1 (Nos lo remitió el tutor del Centro Asociado de Bergara el curso pasado, pero no tengo las soluciones...):

José es un abogado casado con Ana que trabaja como Directora Administrativa de una empresa y desean conocer la trascendencia fiscal de los siguientes hechos:

1.-Además de su vivienda habitual, disponen de otras dos viviendas, una de ellas alquilada a una familia en virtud de un contrato de una vigencia de cuatro años mientras que en la otra pasan sus vacaciones de verano.

2.-En el presente ejercicio ha vendido por 20.000 euros unas acciones que adquirieron el año 2007 por un importe de 30.000 euros y por las que en el año han percibido dividendos por un importe de 200 euros.

3.-José tiene instalado el bufete en su propio domicilio, dedicando a tal actividad dos habitaciones que representan el 20% de la superficie de la vivienda.

4.-La empresa en la que trabaja Ana ha efectuado a su favor aportaciones a un Fondo de Pensiones por importe de 1.000 euros durante el ejercicio.

5.-En el mes de agosto se les incendió el coche, habiendo percibido de la compañía de seguros la cantidad de 5.000 euros en concepto de siniestro total.

 :)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alfarero007 en 16 de Octubre de 2014, 19:02:12 pm
El coche que sortean en una rifa,¿es premio en especie<disp.adic.33º.3>? (en unos casos practicos del prof.Eladio figura como ganancia patrimonial)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alfarero007 en 16 de Octubre de 2014, 20:06:33 pm
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CASO PRACTICO Nº 1 (Nos lo remitió el tutor del Centro Asociado de Bergara el curso pasado, pero no tengo las soluciones...):

José es un abogado casado con Ana que trabaja como Directora Administrativa de una empresa y desean conocer la trascendencia fiscal de los siguientes hechos:

1.-Además de su vivienda habitual, disponen de otras dos viviendas, una de ellas alquilada a una familia en virtud de un contrato de una vigencia de cuatro años mientras que en la otra pasan sus vacaciones de verano.

2.-En el presente ejercicio ha vendido por 20.000 euros unas acciones que adquirieron el año 2007 por un importe de 30.000 euros y por las que en el año han percibido dividendos por un importe de 200 euros.

3.-José tiene instalado el bufete en su propio domicilio, dedicando a tal actividad dos habitaciones que representan el 20% de la superficie de la vivienda.

4.-La empresa en la que trabaja Ana ha efectuado a su favor aportaciones a un Fondo de Pensiones por importe de 1.000 euros durante el ejercicio.

5.-En el mes de agosto se les incendió el coche, habiendo percibido de la compañía de seguros la cantidad de 5.000 euros en concepto de siniestro total.

 :)

CUESTION 1.
Respecto de la vivienda alquilada:
Supone un rendimiento por arrendamiento (art.22.Rendimientos íntegros del capital inmobiliario)Tener en cuenta los gastos deducibles y reducciones del art.23. Este rendimiento forma parte de la renta general (art.45).
Respecto de la vivienda de vacaciones:
Art. 85 Imputación de rentas inmobiliarias (inmuebles urbanos no afectos a actividades económicas, excluida la vivienda habitual) 2% del valor catastral, 1,1% si éste ha sido revisado, 1,1% del 50% ,exceptuando valor del suelo, si carece de valor catastral.Esta renta imputada forma parte de la renta general (art.45).
Conforme al art. 48. a (integración y compensación de rentas) se integran y compensan formando parte de la base imponible general.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 16 de Octubre de 2014, 20:58:18 pm
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El coche que sortean en una rifa,¿es premio en especie<disp.adic.33º.3>? (en unos casos practicos del prof.Eladio figura como ganancia patrimonial)

premio en especie? quieres decir rendimiento de trabajo en especie? yo no le veo nada de rendimiento de trabajo, lo veo como gaanncia patrimonial...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alfarero007 en 16 de Octubre de 2014, 22:37:15 pm
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premio en especie? quieres decir rendimiento de trabajo en especie? yo no le veo nada de rendimiento de trabajo, lo veo como gaanncia patrimonial...
Disposición adicional trigésima tercera. Gravamen especial sobre los premios de
determinadas loterías y apuestas.
3. La base imponible del gravamen especial estará formada por el importe del premio
que exceda de la cuantía exenta prevista en el apartado 2 anterior. Si el premio fuera en
especie
, la base imponible será aquella cuantía que, una vez minorada en el importe del
ingreso a cuenta, arroje la parte del valor de mercado del premio que exceda de la cuantía
exenta prevista en el apartado 2 anterior.
A esto me referia.Lo que sucede es que se refiere a determinados órganos o entidades (ONCE, cruz roja,...).
En el caso del coche es una rifa de la parroquia (que no esta incluida entre éstos) y por eso tiene la consideración de ganancia patrimonial. Esto es: si la ONCE hace un cuponazo en el que el premio es el coche, está sujeto al gravamen especial, pero si el sorteo es de la escuela de fubtol del pueblo es ganancia patrimonial (entiendo yo...es que ando "mu" verdeee).
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 16 de Octubre de 2014, 22:45:24 pm
ni idea de disposiciones adicionales  :-X
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Alopekos en 16 de Octubre de 2014, 23:23:09 pm
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Disposición adicional trigésima tercera. Gravamen especial sobre los premios de
determinadas loterías y apuestas.
3. La base imponible del gravamen especial estará formada por el importe del premio
que exceda de la cuantía exenta prevista en el apartado 2 anterior. Si el premio fuera en
especie
, la base imponible será aquella cuantía que, una vez minorada en el importe del
ingreso a cuenta, arroje la parte del valor de mercado del premio que exceda de la cuantía
exenta prevista en el apartado 2 anterior.
A esto me referia.Lo que sucede es que se refiere a determinados órganos o entidades (ONCE, cruz roja,...).
En el caso del coche es una rifa de la parroquia (que no esta incluida entre éstos) y por eso tiene la consideración de ganancia patrimonial. Esto es: si la ONCE hace un cuponazo en el que el premio es el coche, está sujeto al gravamen especial, pero si el sorteo es de la escuela de fubtol del pueblo es ganancia patrimonial (entiendo yo...es que ando "mu" verdeee).

Yo entiendo que es una ganancia patrimonial tanto en uno como en otro caso. Lo que cambia si es de la ONCE, loterias etc... es que tiene una parte exenta de 2.500€ y tributaria lo restante. En este caso al ser un coche es una ganancia patrimonial en especie y habrá que llevar acabo la tasación/valoración correspondiente.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rutger en 17 de Octubre de 2014, 11:03:49 am
Pues miraros las disposiciones porque hay varias cuestiones en las que ha habido modificaciones y vienen en ellas. Para los premios precisamente la 33 hay que controlarla un poco.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alfarero007 en 17 de Octubre de 2014, 12:42:52 pm
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Yo entiendo que es una ganancia patrimonial tanto en uno como en otro caso. Lo que cambia si es de la ONCE, loterias etc... es que tiene una parte exenta de 2.500€ y tributaria lo restante. En este caso al ser un coche es una ganancia patrimonial en especie y habrá que llevar acabo la tasación/valoración correspondiente.

Estos premios están sujetos a un gravamen especial (20%) que: "7. Los contribuyentes que hubieran obtenido los premios previstos en esta disposición estarán obligados a presentar una autoliquidación por este gravamen especial, determinando el importe de la deuda tributaria correspondiente, e ingresar su importe en el lugar, forma y plazos que establezca el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas." y por tanto:  "8. No se integrarán en la base imponible del Impuesto los premios previstos en esta disposición adicional".
Además entiendo que pueden ser premios en especie: "Si el premio fuera en especie, la base imponible será aquella cuantía que, una vez minorada en el importe del ingreso a cuenta, arroje la parte del valor de mercado del premio que exceda de la cuantía exenta prevista en el apartado 2 anterior(2500€).", y por tanto sujeto a gravamen especial (20% de valor del mercado menos 2500€, minorado en el importe del ingreso a cuenta).
Por tanto si ya has tributado por ellos no puedes imputarlo como ganancia patrimonial, pues volverías a tributar (doble imposición)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ferreret en 17 de Octubre de 2014, 12:55:39 pm
 :D ;D cada vez me toi volviendo mas losssscooo, no entiendo naaaa socorroooo :'( :D :o
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Alopekos en 17 de Octubre de 2014, 13:38:42 pm
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Estos premios están sujetos a un gravamen especial (20%) que: "7. Los contribuyentes que hubieran obtenido los premios previstos en esta disposición estarán obligados a presentar una autoliquidación por este gravamen especial, determinando el importe de la deuda tributaria correspondiente, e ingresar su importe en el lugar, forma y plazos que establezca el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas." y por tanto:  "8. No se integrarán en la base imponible del Impuesto los premios previstos en esta disposición adicional".
Además entiendo que pueden ser premios en especie: "Si el premio fuera en especie, la base imponible será aquella cuantía que, una vez minorada en el importe del ingreso a cuenta, arroje la parte del valor de mercado del premio que exceda de la cuantía exenta prevista en el apartado 2 anterior(2500€).", y por tanto sujeto a gravamen especial (20% de valor del mercado menos 2500€, minorado en el importe del ingreso a cuenta).
Por tanto si ya has tributado por ellos no puedes imputarlo como ganancia patrimonial, pues volverías a tributar (doble imposición)

Osea que esos premios van por su cuenta no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alfarero007 en 17 de Octubre de 2014, 15:34:41 pm
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Osea que esos premios van por su cuenta no?
Es lo que entiendo. Hasta el 2013 estaban encuadradas como rentas exentas. A partir de ese año se sujetan a tributación mediante gravamen especial  (20% de lo que excedan en 2500€) pero se realiza mediante autoliquidación (modelo 136 https://www2.agenciatributaria.gob.es/wcl/PAMW-M136/index.zul)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rogelt en 17 de Octubre de 2014, 19:30:49 pm
PREGUNTAS EXAMEN RESERVA
2. Alberto satisface una anualidad por alimentos a su hermano en virtud de decisión judicial.
¿Tiene alguna repercusión en esta pago en el IRPF de Alberto?

3. Juan satisface contribuciones a un plan de pensiones de empleo ( en favor de sus empleados)
¿Debe Juan practaicar un ingreso a cuenta en el IRPF de su empleado respectos a estas contribuciones?

4. Fermin ha obtenido una renta de 10.000 € al transmitir unos bonos (títulos de renta fija) emitidos por Telefónica
¿Qué calificación merece esta renta a efectos del IRPF?

5. Una SA ha incluido como ingreso en su autoliquidación del Imuesto de Sociedades correspondiente a 2013 el importe de una venta que realizó, pero que había olvidado incluir en lal cuenta de resultados de ese ejercicio 2012.
¿Ha procedido correctamente?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 18 de Octubre de 2014, 13:56:14 pm
3. No ingreso a cuenta. Art. 102 RIRPF.

4. ganancias y pérdidas patrimoniales 33.1

puede ser? alguien pone solución a la 2ª?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rogelt en 18 de Octubre de 2014, 15:35:25 pm


Artículo 55 Reducciones por pensiones compensatorias

Las pensiones compensatorias a favor del cónyuge y las anualidades por alimentos, con excepción de las fijadas en favor de los hijos del contribuyente, satisfechas ambas por decisión judicial, podrán ser objeto de reducción en la base imponible.

"Este buen samaritano, si lo justifica mediante decisión judicial, tiene el mismo tratamiento fiscal favorable que la pensión compensatoria a favor del cónyuge".
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rogelt en 18 de Octubre de 2014, 15:47:17 pm
¿ El art. 99 LIRPF, podría ser un artículo "general" aplicable a las retenciones y a los pagos a cuenta, que sirviera de comodín por si fallara la memoria en el examen, con el fin de no meter mucho la pata ?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alfarero007 en 18 de Octubre de 2014, 16:01:37 pm
El prof. Ferrandis (tutoria I islles balears 2013/2014) si señala que es importante mencionar éste art. cuando se habla de las rentas del trabajo, ya sean pagos dinerarios (retenciones) o en especie (ingresos a cuenta).
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rogelt en 18 de Octubre de 2014, 17:15:28 pm
Bueno pues citaremos el 99 y el 101 por si las moscas
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 18 de Octubre de 2014, 19:09:32 pm
No me entero de nada delimpuesto de sociedades, y por más que leo no me aclaro y las clases del año pasado se oyen fatal, mal asunto...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rogelt en 19 de Octubre de 2014, 11:32:55 am
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No me entero de nada delimpuesto de sociedades, y por más que leo no me aclaro y las clases del año pasado se oyen fatal, mal asunto...
aquí la explica con ejemplos
http://www.gabilos.com/TRImpuestoSociedades/INDICE.htm
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 19 de Octubre de 2014, 16:40:08 pm
gracias, habéis visto la segunda clase? qué tal?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 19 de Octubre de 2014, 18:45:38 pm
Ha colgado ejercicios que se pueden descargar.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 20 de Octubre de 2014, 16:27:49 pm
voy a empezar con esta asignatura. como estas estudiandola vosotros?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 20 de Octubre de 2014, 20:06:03 pm
Lectura del resumen que hay del irpf y del is, después vídeos de ferrandis y tejerizo y por último casos y más casos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: niki en 21 de Octubre de 2014, 11:35:56 am
aqui os dejo unos videos interesantes

https://www.youtube.com/cha…/UC60njURNkvzy_NiZftnaGFQ/videos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pixar en 21 de Octubre de 2014, 14:01:36 pm
Hola compañeros, los códigos los podéis descargar del boe. No cometáis el error de comprar el código de aranzadi como hice yo. Me gasté mas de 60 euros en un código de papel de medio milímetro que te dolia el corazón subrayar y a letra 6

Ah y tener en cuenta que este parcial es mas complicado. El siguiente os gustará mas
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 21 de Octubre de 2014, 15:33:36 pm
Sabéis si ya se pueden cmprar los libritos esos de la AEAT?  alguien los ha comprado?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rogelt en 21 de Octubre de 2014, 15:51:32 pm
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Sabéis si ya se pueden cmprar los libritos esos de la AEAT?  alguien los ha comprado?
yo los he comprado (renta, sociedades e IVA), cuestan 2 € cada uno y son del año 2013.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pixar en 21 de Octubre de 2014, 16:54:12 pm
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yo los he comprado (renta, sociedades e IVA), cuestan 2 € cada uno y son del año 2013.

Son en Pdf?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dianemod en 21 de Octubre de 2014, 17:34:24 pm
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aqui os dejo unos videos interesantes

https://www.youtube.com/cha…/UC60njURNkvzy_NiZftnaGFQ/videos

No funciona el link
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: niki en 21 de Octubre de 2014, 17:47:44 pm
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No funciona el link

https://www.youtube.com/channel/UC60njURNkvzy_NiZftnaGFQ/videos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: kanty361 en 21 de Octubre de 2014, 22:18:09 pm
Hola es aconsejable comprar el libro de casos prácticos, o con los apuntes de viveros son suficientes.
Saludos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 21 de Octubre de 2014, 23:30:01 pm
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Hola es aconsejable comprar el libro de casos prácticos, o con los apuntes de viveros son suficientes.
Saludos

En los supuestos de vivero están los casos del libro, además de exámenes etc., pero están más actualizados en el documento de ponder, en apuntes temporales pravias colgó un enlace y allí tienes de todo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: kanty361 en 22 de Octubre de 2014, 10:05:12 am
Gracias y saludos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: kanty361 en 22 de Octubre de 2014, 10:09:00 am
Hola pongo un caso práctico cortito:

 Un trabajador utiliza un vehículo de empresa, adquirido por 12000€. La empresa no realiza el ingreso a cuenta y al trabajador le aplican en IRPF el 24%.

¿cuánto debe tributar y en que concepto?
Saludos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: juandecadiz en 22 de Octubre de 2014, 10:37:13 am
Buenas, lo primero me gustaria aclarar que he leido todo el hilo, y ya he visto que hay quien ha optado por imprimir las leyes sueltas del BOE, cosa que contemplo, pero he visto esto y ya estoy dudando http://www.grupoquorum.com/quorum-libros/libro/ver/id/566824/titulo/impuesto-sobre-la-renta-de-las-personas-fisicas.html ¿que os parece esta opción?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 22 de Octubre de 2014, 11:12:44 am
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Buenas, lo primero me gustaria aclarar que he leido todo el hilo, y ya he visto que hay quien ha optado por imprimir las leyes sueltas del BOE, cosa que contemplo, pero he visto esto y ya estoy dudando http://www.grupoquorum.com/quorum-libros/libro/ver/id/566824/titulo/impuesto-sobre-la-renta-de-las-personas-fisicas.html ¿que os parece esta opción?
Se supone que es la legislación del irpf?, y que haces con la del impuesto de sociedades?, y para el segundo parcial iva e ITP ??, al final muchos libros por el mismo precio.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: juandecadiz en 22 de Octubre de 2014, 12:26:55 pm
Al final, he imprimido el irpf y el IS + los reglamentos de cada uno y los tengo encuadernados ahora mismo aquí. Con eso es suficiente para el primer parcial no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 22 de Octubre de 2014, 12:50:33 pm
te falta el impusto de no residentes y su reglamento...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: juandecadiz en 22 de Octubre de 2014, 13:25:32 pm
He imprimido esto que tu mismo pusiste, con eso estaria todo, no?

IRPF
https://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=064_Impuesto_sobre_la_Renta_de_las_Personas_Fisicas&modo=1

únicamente § 1  Ley IRPF  § 2 Reglamento IRPF  § 5 ley del impuesto no residentes  § 6 Reglamento del impuesto no residentes.

Impuesto de Sociedades.
https://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=062_Impuesto_sobre_Sociedades&modo=1

§ 1 Ley Impuesto Sociedades(IS) § 2 Reglamento del IS § 4 Ley entidades no lucrativas § 5 reglamento entidades no lucrativas.

Por lo que cuando abres el documento a la izquierda te aparece el índice sistemático, ahí imprimes los números que he indicado desde la página que comienza hasta que termina, y así con el resto.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dgarcia1225 en 22 de Octubre de 2014, 13:28:00 pm
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Al final, he imprimido el irpf y el IS + los reglamentos de cada uno y los tengo encuadernados ahora mismo aquí. Con eso es suficiente para el primer parcial no?

Eso es lo que yo me imprimí para septiembre y fue suficiente :)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 22 de Octubre de 2014, 13:31:04 pm
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He imprimido esto que tu mismo pusiste, con eso estaria todo, no?

IRPF
https://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=064_Impuesto_sobre_la_Renta_de_las_Personas_Fisicas&modo=1

únicamente § 1  Ley IRPF  § 2 Reglamento IRPF  § 5 ley del impuesto no residentes  § 6 Reglamento del impuesto no residentes.

Impuesto de Sociedades.
https://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=062_Impuesto_sobre_Sociedades&modo=1

§ 1 Ley Impuesto Sociedades(IS) § 2 Reglamento del IS § 4 Ley entidades no lucrativas § 5 reglamento entidades no lucrativas.

Por lo que cuando abres el documento a la izquierda te aparece el índice sistemático, ahí imprimes los números que he indicado desde la página que comienza hasta que termina, y así con el resto.

sí con eso está bien... en tu anterior mensaje no decía nada de impuesto de no residentes, y más vale llevarlo por si les da por poner algún caso sobre este impuesto
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: juandecadiz en 22 de Octubre de 2014, 13:32:02 pm
si si es verdad, fallo mio. Bueno a practicar.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rogelt en 22 de Octubre de 2014, 13:34:01 pm
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Hola pongo un caso práctico cortito:

 Un trabajador utiliza un vehículo de empresa, adquirido por 12000€. La empresa no realiza el ingreso a cuenta y al trabajador le aplican en IRPF el 24%.

¿cuánto debe tributar y en que concepto?
Saludos
La utilización del vehículo de la empresa constituye un rendimiento del trabajo en especie cuando se destine a fines particulares (art. 42.1 LIRPF), que se valorará de acuerdo con lo previsto en la letra b) del artículo 43.1.1.º LIRPF: el 20 por 100 anual del coste de adquisición (incluidos los tributos que graven la operación) para la compañía o, si el vehículo no es propiedad de la compañía, el 20 por 100 anual del valor de mercado que correspondería al vehículo si fuese nuevo.
ESTO ES LO QUE TIENES QUE CONTESTAR EN EL EXAMEN. RECUERDA QUE SOMOS DE LETRAS Y NO TENEMOS QUE CALCULAR NADA.

LA RESPUESTA A LOS NÚMEROS LA SABES MEJOR QUE YO, VIENE EN LA PÁGINA QUE HAS COPIADO EL SUPUESTO
http://www.fiscal-impuestos.com/rendimientos-trabajo.html
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pixar en 22 de Octubre de 2014, 14:00:03 pm
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sí con eso está bien... en tu anterior mensaje no decía nada de impuesto de no residentes, y más vale llevarlo por si les da por poner algún caso sobre este impuesto

Ilse acuérdate de que 6 preguntas, 5 versaran sobre los bloques 1 y 2 que son precisamente el IRPF y Sociedades
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ugax en 22 de Octubre de 2014, 15:15:39 pm
Buenas tardes compañeros/as.

La asignatura la estáis estudiando por los apuntes de Ponder sobre la base de Vivero?, o puede que haya otros?.

¿Alguien comenta algo al respecto?, gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 22 de Octubre de 2014, 18:13:50 pm
todavía andamos con estas preguntas, cuando ya se ha comentado hasta la saciedad, mira que nos quejamos de los nuevos ppro y los no tan nuevo movidos por la comodidad despreocupación de mirar y buscar...

 lee, en el post se ha comentado no una ni dos veces, pero algunos os lo pasáis por el forro.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 23 de Octubre de 2014, 10:37:12 am
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He imprimido esto que tu mismo pusiste, con eso estaria todo, no?

IRPF
https://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=064_Impuesto_sobre_la_Renta_de_las_Personas_Fisicas&modo=1

únicamente § 1  Ley IRPF  § 2 Reglamento IRPF  § 5 ley del impuesto no residentes  § 6 Reglamento del impuesto no residentes.

Impuesto de Sociedades.
https://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=062_Impuesto_sobre_Sociedades&modo=1

§ 1 Ley Impuesto Sociedades(IS) § 2 Reglamento del IS § 4 Ley entidades no lucrativas § 5 reglamento entidades no lucrativas.

Por lo que cuando abres el documento a la izquierda te aparece el índice sistemático, ahí imprimes los números que he indicado desde la página que comienza hasta que termina, y así con el resto.

Eso mismo imprimí yo, y una vez encuadernado se maneja bastante bien.... aunque tengo curiosidad por ver el famoso índice analítico del Código.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 23 de Octubre de 2014, 10:50:12 am
Yo quería escanearlo y pasarlo aquí, pero definitivamente es imposible, tanto por el tochazo como por las paginas.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: juandecadiz en 23 de Octubre de 2014, 12:20:42 pm
Es que lo del indice analitico es para pensarlo, los que no lo tenemos ¿Que opciones tenemos?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 23 de Octubre de 2014, 12:24:05 pm
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Yo quería escanearlo y pasarlo aquí, pero definitivamente es imposible, tanto por el tochazo como por las paginas.

Eso había pensado yo también, pero no lo tienen en mi biblioteca.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jvalencia8 en 23 de Octubre de 2014, 13:47:09 pm
Según sentencia del TEAC del pasado mes, este Tribunal falla que en los supuestos de separación matrimonial o divorcio, el mínimo por descendiente corresponderá a quien tenga atribuida la guarda y custodia de los hijos a la fecha del devengo del Impuesto, al tratarse del progenitor que convive con aquellos. No obstante, procederá el prorrateo por partes iguales cuando la guarda y custodia sea compartida, con independencia de quién sea el progenitor con el que convivan a la fecha del devengo.
Además, contempla que el tratamiento previsto en los artículos 64 y 75 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es aplicable para las anualidades por alimentos satisfechas en virtud de decisión judicial a favor de los hijos en aquellos casos en los que el contribuyente que satisface las anualidades ostente la guarda y custodia compartida respecto de sus hijos, contribuyente que también tendrá derecho a aplicar el mínimo por descendientes.

El tema de las anualidades sí lo veo claro en los ART. 64 Y 75 de la Ley del Impuesto, pero sin embargo no sé en base a qué art. de la Ley del Impuesto se contempla el tema del prorrateo del mínimo por descendiente...

Alguién puede aportar en este tema ...?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 23 de Octubre de 2014, 15:08:12 pm
Como conocimiento práctico y personal lo veo interesante y es un buen aporte, pero de cara al examen yo me voy a ajustar a la Ley y punto. Si empezamos con sentencias, instrucciones, resoluciones y demás, me da algo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mariaro en 25 de Octubre de 2014, 09:20:54 am
Sabeis si siguen las clases on line de Eladio Aparicio, el año pasado mandaban invitaciones y las colgaba en el intecca uned. Este año solo me llegó una invitación y solo está colgada la primera clase..
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alfarero007 en 25 de Octubre de 2014, 11:49:16 am
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Es que lo del indice analitico es para pensarlo, los que no lo tenemos ¿Que opciones tenemos?
Puedes escanear el índice de aquí http://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=064_Impuesto_sobre_la_Renta_de_las_Personas_Fisicas&modo=1 (no te coincidirán las páginas,pero si tienes la referencia del índice) son unas cinco pag., creo, y está el del IRPF y RIRPF
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alfarero007 en 25 de Octubre de 2014, 11:52:08 am
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Sabeis si siguen las clases on line de Eladio Aparicio, el año pasado mandaban invitaciones y las colgaba en el intecca uned. Este año solo me llegó una invitación y solo está colgada la primera clase..
Puedes verlas en diferido (grabadas) a traves de intecca - cadena campus- en el buscador pones su nombre.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mariaro en 25 de Octubre de 2014, 13:21:46 pm
Sí, lo que me parece raro es que solo sale la del 9 de octubre, después de esa no han colgado más.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 25 de Octubre de 2014, 13:27:53 pm
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Puedes escanear el índice de aquí http://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=064_Impuesto_sobre_la_Renta_de_las_Personas_Fisicas&modo=1 (no te coincidirán las páginas,pero si tienes la referencia del índice) son unas cinco pag., creo, y está el del IRPF y RIRPF

Nos referimos al Código de Aranzadi
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alfarero007 en 25 de Octubre de 2014, 15:34:11 pm
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Nos referimos al Código de Aranzadi
Creía que os referíais a los que llevan impresas las leyes (entre los que me incluyo)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mariaro en 25 de Octubre de 2014, 18:48:43 pm
Entonces se pueden llevar impresas las leyes al examen en vez de comprar el código?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Veruska123 en 25 de Octubre de 2014, 19:50:10 pm
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Entonces se pueden llevar impresas las leyes al examen en vez de comprar el código?

Sí.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ManoliP en 26 de Octubre de 2014, 19:47:11 pm
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http://www.uned-illesbalears.net/ca/recursos-para-estudiantes/grabaciones/derecho-primer-semestre-tercer-curso-enlaces-grabaciones/

pero hay que leer ls apuntes o directo a los casos jajaja

Muchas gracias!!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: fonsopalencia en 27 de Octubre de 2014, 09:55:36 am
Hola compañeros, qué apuntes recomendáis para esta asignatura?

Gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: adodu1 en 27 de Octubre de 2014, 13:39:37 pm
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Hola compañeros, qué apuntes recomendáis para esta asignatura?

Gracias.

Hola,

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Os doy mis consejos, después cada uno que haga lo que mejor le convenga:
-Libro me lo compré y no sirve para nada.
-El examen es práctico, no te van a preguntar nada de teoría, puedes utilizar o el código o las leyes imprimidas, puedes subrayarlas.
-Las clases del profesor Ferrandis son buenas, pero algunas se escuchan mal, las del segundo parcial yo ni las escuché.
-Apuntes de Vivero aunque son buenísimos como todo lo que hace, es mejor ir al grano, me explico cuando recoge las soluciones explica y después resume la solución, yo me iría al final al final a la solución.
-Los manuales de la agencia tributaria de irpf, iva e impuesto de sociedades son muy prácticos, no se si cuentan 2 o 3 €.
-No vale el código del 2013, recordar que este año hay cambios al menos en el IRPF.
-Al principio todo os sonará a chino, y casi seguro que os entra el agobio, pero conforme vayáis haciendo casos se entienden.
-Manejar la legislación como si fuera el padrenuestro, al localizar el artículo a aplicar leerlo hasta final, tener muy en cuenta cualquier detalle porque puede ser que la solución sea distinta.
-Los casos del examen son muy concretos, las soluciones claras, nada de explicar rollazos, justificar vuestra solución con el artículo a aplicar.
-Si compráis el código os recomiendo editorial Aranzadi.
-Esta página está muy bien, lo explica claro y con ejemplos http://www.fiscal-impuestos.com/guia-fiscal-2014.html

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Esta profesora da muy buenas explicaciones
https://www.youtube.com/watch?v=yUumdzDWYTY#!

Esquemas y más esquemas:
http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=100381.0

http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=90019.0

Más info:
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O no me explico o simplemente no me leéis  :-X
Que no hay código irpf, no hay código impuesto de sociedades.
Que para el primer parcial hay que llevar la ley del irpf 35/2006 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764
 y su reglamento 439/2007 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6820
y así con el impuesto de sociedades https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-4456
reglamento impuesto sociedades https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-14600
ley de entidades no lucrativas https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2002-25039

Apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=91750.0
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: adodu1 en 27 de Octubre de 2014, 13:55:00 pm
Más apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=98811.0
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: albertus en 27 de Octubre de 2014, 20:07:20 pm
Pufff no sé ni por donde empezar con esta asignatura!!!
Una pequeña ayudita por si os queréis descargar los vídeos que hay en youtube sobre esta asignatura y tenerlos en el ordenador o en un tablet sin que sea necesario Internet.
Abrís youtube el vídeo que queráis y en la barra de direcciones donde pone por ejemplo:

https://www.youtube.com/watch?v=-Fs2GIQ3jHw&list=UUwXcSMFXcBRSBkmQJt08TdA

pues justo detrás de las www y del punto y antes del youtube hay que poner dos letras "s" quedaría así entonces:

https://www.ssyoutube.com/watch?v=-Fs2GIQ3jHw&list=UUwXcSMFXcBRSBkmQJt08TdA

le dais y a la derecha os pondrá varios formatos y clickais encima del que os interese.

Un saludo y ánimo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: adodu1 en 27 de Octubre de 2014, 20:15:14 pm
Interesante!
Gracias, Albertus.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: en libertad con cargos en 27 de Octubre de 2014, 21:08:15 pm
Hola, he pensado que podiamos poner un caso práctico diario de FyT II para que lo resolvamos entre todos con el fin de clarificar ideas.
Creo que unos 90/100 casos bien resueltos nos irian muy requetebien para poder afrontar los exámenes con ciertas garantías, y todo ello por la módica cantidad de 15/20 minutos díarios robados a nuestro precioso tiempo.
En los exámenes de año pasado la proporción fue de 3 o 4 preguntas de IRPF por cada 1 de IS, en consecuencia, los casos de IRPF deben ser mayoría.
Hoy empiezo yo.

EL CASO DEL DÍA  (27-10) <--- Debe llevar la fecha

¿ A efectos de IRPF qué tipo de renta son los siguientes rendimientos?
a)      Los ingresos obtenidos por un profesor universitario que imparte una conferencia en un seminario.
b)      Los ingresos que recibe un profesor que da clases de inglés en una academia, con contrato laboral, y clases particulares en su casa.
c)      Los Ingresos percibidos por un economista que trabaja como asesor fiscal por cuenta propia.
d)      Los Ingresos que percibe un abogado colegiado que trabaja contratado en una empresa inmobiliaria.
e)      El beneficio obtenido por la venta de una máquina afecta a una actividad empresarial.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: hergomez en 28 de Octubre de 2014, 14:53:11 pm
Buenas tardes, tengo imprimida la Ley del IRPF con la última modificación del 27 de julio de 2013. Ahora y siguiendo las pautas de preparación de la asignatura que dais, miro la misma Ley en el BOE y su última modificación corresponde al 17 de octubre.
Cómo el curso estaba iniciado cuando la última actualización del código fue aprobada, ¿es ésta la materia para la resolución de los casos? o ¿es la anterior actualización de la Ley? Me refiero al link que pueso el compañero ILSE en las anteriores páginas.
Saludos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: fonsopalencia en 29 de Octubre de 2014, 10:37:35 am
Buenos días ¿qué modificaciones ha habido este año con respecto al 2013? Por lo que veo algún retoque en la Ley IRPF. ¿Me olvidó de algo?

Gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rutger en 29 de Octubre de 2014, 11:27:29 am
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Buenos días ¿qué modificaciones ha habido este año con respecto al 2013? Por lo que veo algún retoque en la Ley IRPF. ¿Me olvidó de algo?

Gracias.
Las principales:
Incrementos en el mínimo familiar
El incremento del mínimo familiar de personas mayores de 64 años queda como sigue:
-    Mayores 64 años = 918,00 €
-    Mayores de 75 años = 918,00 € + 1122,00 € = 2040,00 €
Se modifican los límites a partir de los cuales se tributa al irpf, según la situación familiar del trabajador y del número de descendientes.
Los porcentajes máximos que puede aplicarse al regularizar varían en función de las retribuciones anuales del perceptor:
-    Perceptores <=  22.000,00 € = 43 % de retención máximo.
-    Perceptores > 22.000,00 € = 52% de retención máximo.
Minoración por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual: requisitos:
-    El importe de las retribuciones íntegras anuales del perceptor:< 33007,20 €
-    Fecha adquisición/rehabilitación: deberá ser anterior a 01-01-2013.
Minoración: Corresponderá a la disminución de 2 puntos porcentuales sobre el % que le corresponda al trabajador.

Y luego aquí tienes un pdf que te explica las novedades muy bien: http://www.google.es/url?url=http://www.albufete.com/es/component/phocadownload/category/56.html%3Fdownload%3D56&rct=j&frm=1&q=&esrc=s&sa=U&ei=q79QVLK8MczZat3igpgF&ved=0CCsQFjAE&usg=AFQjCNG_aMeIri-OBYM2BMUSt3GY016bnQ
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 29 de Octubre de 2014, 12:45:44 pm
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Buenas tardes, tengo imprimida la Ley del IRPF con la última modificación del 27 de julio de 2013. Ahora y siguiendo las pautas de preparación de la asignatura que dais, miro la misma Ley en el BOE y su última modificación corresponde al 17 de octubre.
Cómo el curso estaba iniciado cuando la última actualización del código fue aprobada, ¿es ésta la materia para la resolución de los casos? o ¿es la anterior actualización de la Ley? Me refiero al link que pueso el compañero ILSE en las anteriores páginas.
Saludos

La última actualización de la ley del IRPF que entraría en el examen sería la del 5 de Julio de 2014. La modificación del 17 de octubre ya se hizo con el curso empezado y por tanto no entra en el examen.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: hergomez en 29 de Octubre de 2014, 13:37:00 pm
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La última actualización de la ley del IRPF que entraría en el examen sería la del 5 de Julio de 2014. La modificación del 17 de octubre ya se hizo con el curso empezado y por tanto no entra en el examen.
Muchas gracias por la respuesta.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: grmd en 29 de Octubre de 2014, 15:08:08 pm
tengo el Código de aranzadi de 2013, si me imprimo la ley de IRPF de este año será suficiente?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 29 de Octubre de 2014, 16:02:15 pm
No hace falta imprimirla entera, imprime las modificaciones, busca la ley en el boe y le das a la opción análisis.
Adodu un poco más y le pones el próximo examen de febrero por cortesía del departamento, más fácil imposible  ::)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 29 de Octubre de 2014, 17:46:53 pm
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A ver...¿ y por qué sabemos que Susana no puede deducirse la prima del seguro cómo se indica en el 30.2.1ª?

Tal vez sea una obviedad pero no lo veo....  :-[  :'(

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porque el 30 2 1º dice que no tiene consideración de gasto deducible las aportaciones a mutualidades...


Pues yo sigo sin ver por qué Susana no puede deducirse la prima del seguro si el art. 30.2.1ª dice: No obstante, tendrán la consideración de gastos deducibles las cantidades abonadas en virtud de contratos de seguros....

Así, sí podría deducírsela, no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 29 de Octubre de 2014, 20:40:55 pm
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Pues yo sigo sin ver por qué Susana no puede deducirse la prima del seguro si el art. 30.2.1ª dice: No obstante, tendrán la consideración de gastos deducibles las cantidades abonadas en virtud de contratos de seguros....

Así, sí podría deducírsela, no?

No sé si podrá explicarlo con la suficiente claridad, creo que hay bastantes compañeros/as que son mucho mejores que yo en Financiero y Tributario, pero ya que esa pregunta fue una de las que sí tenía completamente bien en septiembre, y de que casi no puedo leer el Código de las pasadas del boli, lo intento.

¿Cómo comienza ese precepto al que aludes silvia.a?

Dice que "no tendrán la consideración de gasto deducible los conceptos a que se refiere el art. 14.3  LIS, ni las aportaciones  a mutualidades -respecto al empresario- (...) No obstante, tendrán la consideración de gasto deducible (...) contratos de seguros (...) profesionales no integrados en el régimen general de la seguridad social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos (...)

Es decir,  Susana no se encuentra entre ese "colectivo", eso es lo que da por inaplicable ese artículo para ese supuesto.

Saludos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dianemod en 30 de Octubre de 2014, 01:47:19 am
Hola,

Una duda. He ido a comprar hoy a Hacienda el manual de IRPF y el de Sociedades, y el de Sociedades no se si tiene que ser el de 2013 o si existe el 2014.

Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: grmd en 30 de Octubre de 2014, 10:21:24 am
respecto al Código del año pasado, hay cambios este año en IRPF ¿pero sabéis si hay en algo más? Pues pienso utilizar el Código de 2013 e imprimir lo del irpf, completo, no son muchas páginas, por no estar con modificaciones.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: hergomez en 30 de Octubre de 2014, 10:47:25 am
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La última actualización de la ley del IRPF que entraría en el examen sería la del 5 de Julio de 2014. La modificación del 17 de octubre ya se hizo con el curso empezado y por tanto no entra en el examen.
Veo que la de la Ley del Impuesto de Sociedades es del 1 de octubre.¿Es esa la que entra o la de marzo?. Sinceramente, no se desde cuando se considera iniciado el curso.  :-\
Perdona las molestias, y gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 30 de Octubre de 2014, 12:02:43 pm
He hecho la pregunta al Equipo Docente en los Foros virtuales y estoy a la espera de que contesten.
Yo tengo impresa la de marzo, pero me esperaré a ver si contestan antes de empezar a subrayar.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: miguel771 en 03 de Noviembre de 2014, 13:51:05 pm
Hola, yo estoy siguiendo las clases del profesor Ferrándiz de Financiero y Tributario II, explica muy bien pero se oye muy mal y es difícil de seguir, no se si sabéis otro enlace donde se pueden seguir todas las tutorías del curso pasado, el de este curso está muy bien también pero necesito un enlace donde estén todas las clases porque quiero examinarme de en Diciembre en la extraordinaria, muchas gracias y un saludo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 03 de Noviembre de 2014, 14:14:05 pm
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Veo que la de la Ley del Impuesto de Sociedades es del 1 de octubre.¿Es esa la que entra o la de marzo?. Sinceramente, no se desde cuando se considera iniciado el curso.  :-\
Perdona las molestias, y gracias.

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He hecho la pregunta al Equipo Docente en los Foros virtuales y estoy a la espera de que contesten.
Yo tengo impresa la de marzo, pero me esperaré a ver si contestan antes de empezar a subrayar.

Según respuesta del equipo docente, la Ley del Impuesto de Sociedades que entraría en el examen es la del 1 de octubre.
Así que me va a tocar volver a imprimirla... :-[
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: en libertad con cargos en 03 de Noviembre de 2014, 14:56:23 pm
Si es así, por qué en la guía recomiendan el "CÓDIGO TRIBUTARIO" editado por Aranzadi en 2014.
56€ a la basura?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 03 de Noviembre de 2014, 15:33:37 pm
Porque el del 2015 no está publicado.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 03 de Noviembre de 2014, 15:39:08 pm
Además el del año pasado es la edición del 2013, actualizada hasta noviembre del 2013. Los que hayan comprado la edición del 2014 estará actualizada para este curso.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 03 de Noviembre de 2014, 23:39:37 pm
Me refería a los que llevamos las leyes impresas, los del Código Aranzadi es el que ponen en la guía.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 04 de Noviembre de 2014, 15:52:26 pm
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Me refería a los que llevamos las leyes impresas, los del Código Aranzadi es el que ponen en la guía.
Te estás haciendo un lío, en el caso de la ley del IS los únicos que cambios que hay son:
SE MODIFICA:
los arts. 15 y 19, por Ley 17/2014, de 30 de septiembre (Ref. BOE-A-2014-9896). Si lo imprimiste en octubre no cambia, mira esos dos artículos para ver si afectan o no en la materia.
los arts. 15 y 19, por Real Decreto-ley 4/2014, de 7 de marzo (Ref. BOE-A-2014-2485).
SE AÑADE lal disposición transitoria 42, por Ley 1/2014, de 28 de febrero (Ref. BOE-A-2014-2219).
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Torrombo en 04 de Noviembre de 2014, 16:29:30 pm
hola, me uno al hilo, como de momento no tengo nada más que añadir, voy a aprovechar para que veais unas imágenes sorprendentes:

http://www.youtube.com/watch?v=pbcbbvC7rao

a ver si con la ayuda de todos esta la sacamos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pixar en 04 de Noviembre de 2014, 18:05:54 pm
hola a todos, dos preguntas.

Las clases ahora las da otro profesor, teneis videos del profesor ferrandis? porque no los encuentro por ninguna parte.

Segunda: cuando el que explica ahora dice que ha colgado documentos etc, eso imagino que los cuelga en su tutoria de islas baleares y no tenemos acceso no?

gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pixar en 04 de Noviembre de 2014, 18:42:16 pm
Ok los he encontrado ^^alguno tiene los documentos que colgo ferrandis?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: niki en 04 de Noviembre de 2014, 19:26:06 pm
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Ok los he encontrado ^^alguno tiene los documentos que colgo ferrandis?

pixar podrias enviarme las clases que has encontrado, gracias niki273@msn.com
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 05 de Noviembre de 2014, 08:37:09 am
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Te estás haciendo un lío, en el caso de la ley del IS los únicos que cambios que hay son:
SE MODIFICA:
los arts. 15 y 19, por Ley 17/2014, de 30 de septiembre (Ref. BOE-A-2014-9896). Si lo imprimiste en octubre no cambia, mira esos dos artículos para ver si afectan o no en la materia.
los arts. 15 y 19, por Real Decreto-ley 4/2014, de 7 de marzo (Ref. BOE-A-2014-2485).
SE AÑADE lal disposición transitoria 42, por Ley 1/2014, de 28 de febrero (Ref. BOE-A-2014-2219).

La verdad es que aún no he mirado los cambios de esta última actualización del IS, sólo he puesto la respuesta que me dio el equipo docente en referencia a la versión que entraría en el examen.
Aunque si dices que sólo cambia eso, llevas razón y no tendría que imprimirla. Gracias Pravias, lo miraré.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: navas_zgz en 05 de Noviembre de 2014, 10:31:50 am
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hola a todos, dos preguntas.

Las clases ahora las da otro profesor, teneis videos del profesor ferrandis? porque no los encuentro por ninguna parte.

Segunda: cuando el que explica ahora dice que ha colgado documentos etc, eso imagino que los cuelga en su tutoria de islas baleares y no tenemos acceso no?

gracias

Los documentos los cuelga en la propia pizarra. En la tutoría 4 verás que lo que normalmente es un fondo blanco, esta vez es un documento. Si en el menú de la izquierda le das a descargar, descargará ese documento.

El primer documento es sobre los cambios que hubo en la Ley del IRPF el año pasado, y el otro (que aparece a mitad de la tutoría) es un esquema hecho a mano sobre los pasos a seguir para resolver los casos prácticos.

Un saludo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: navas_zgz en 05 de Noviembre de 2014, 10:33:04 am
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pixar podrias enviarme las clases que has encontrado, gracias niki273@msn.com

http://www.uned-illesbalears.net/recursos-para-estudiantes/grabaciones/derecho-primer-semestre-tercer-curso-enlaces-grabaciones/

Ahí las tienes. Un saludo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ferreret en 05 de Noviembre de 2014, 10:44:36 am
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Los documentos los cuelga en la propia pizarra. En la tutoría 4 verás que lo que normalmente es un fondo blanco, esta vez es un documento. Si en el menú de la izquierda le das a descargar, descargará ese documento.

El primer documento es sobre los cambios que hubo en la Ley del IRPF el año pasado, y el otro (que aparece a mitad de la tutoría) es un esquema hecho a mano sobre los pasos a seguir para resolver los casos prácticos.

Un saludo.
Hola, no puedo descargarme los dos documentos de los que estas haciendo referencia, me los puedes mandar? mi correo es pmartorellb@gmail.com, muchas gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pixar en 05 de Noviembre de 2014, 15:43:27 pm
Disculpa Niki, llegue tarde y el compañero ya las habia colgado.


tengo otra pregunta, de acuerdo a las tutorias.

Entiendo que lLo primero que debemos preguntarnos en el caso es si son rendimientos de trabajo, capital, actividades economicas, ganancias o rentas y despues si tiene deducciones  cierto?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pixar en 05 de Noviembre de 2014, 16:38:25 pm
Otra pregunta, sabeis donde están las clases de Ferrandis del 2º parcial? veo que acaban en diciembre...

me respondo http://www.uned-illesbalears.net/ca/recursos-para-estudiantes/grabaciones/derecho-primer-semestre-tercer-curso-enlaces-grabaciones/
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Echaide en 05 de Noviembre de 2014, 18:05:52 pm
Buenas tardes.
No pude acceder al pdf de casos resueltos de José Vivero. Tal vez ya estaban descolgados de la nube. Me gustaría saber si alguien los tiene en pdf y me los puede enviar. Mi correo es jjechaideb@hotmail.com
Muchas gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 05 de Noviembre de 2014, 19:33:39 pm
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Según respuesta del equipo docente, la Ley del Impuesto de Sociedades que entraría en el examen es la del 1 de octubre.
Así que me va a tocar volver a imprimirla... :-[


¿cómo? no vale la última edición del código? espero que sí....
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 06 de Noviembre de 2014, 09:08:48 am
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¿cómo? no vale la última edición del código? espero que sí....
Silvia lee lo que he puesto antes.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 06 de Noviembre de 2014, 15:40:32 pm
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Silvia lee lo que he puesto antes.

Lo había leído ya, pravias. Pero en mi código, en la página justo antes del SUMARIO, pone en la parte superior: 21ª edición, cerrada a 23 de abril de 2014...

Supone ésto que no está actualizado a octubre?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 06 de Noviembre de 2014, 17:45:17 pm
Silvia ya he puesto que en el caso del impuesto de sociedades sólo hay articulos modificados en septiembre que igual no afectan a la asignatura. Por eso puse en enlace al boe con las modificaciones.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pixar en 06 de Noviembre de 2014, 18:05:12 pm
Pero por que no os descargais el codigo del boe-codigos electronicos?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 06 de Noviembre de 2014, 18:13:05 pm
Pixar tan sencillo porque ellos han comprado el código aranzadi editado hasta abril 2014, lo que están preguntando es por los cambios que ha habido hasta octubre de este mismo año.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 06 de Noviembre de 2014, 18:34:58 pm
El esquema de IRPF de Ferrandiz, cómo habéis hecho para imprimirlo en una pagina y que se vea bien? a mi me sale todo pequeño, y yo y la informática estamos peleados...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 06 de Noviembre de 2014, 19:20:57 pm
yo lo tengo impreso tal cual está, mismo formato tamaño etc., y se ve bastante bien, a ver si lo tienes más reducido...

imagino que tienes el de las flechitas.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 06 de Noviembre de 2014, 19:36:40 pm
Sí el de las flechitas, pues lo mismo he tocado algo, se me ve muy reducido y lo mas pequeño ni se lee, voy a mirar a ver.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 06 de Noviembre de 2014, 19:38:46 pm
entonces has tocado algo, el mío se ven todas las letras, incluso las más pequeñas, si no lo encuentras te lo envío...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: IgarciaTF en 10 de Noviembre de 2014, 20:50:45 pm
Hola, estoy hecho un lio respecto a la legislación del.impuesto de sociedades. No me coinciden los gravamenes del código actual ( del boe electrónico) con el manual. Por otro lado, veo que el Texto Refundido está en vigor hasta el 31 de Diciembre, de que ley nos examinaremos entonces??
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 11 de Noviembre de 2014, 09:29:56 am
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Hola, estoy hecho un lio respecto a la legislación del.impuesto de sociedades. No me coinciden los gravamenes del código actual ( del boe electrónico) con el manual. Por otro lado, veo que el Texto Refundido está en vigor hasta el 31 de Diciembre, de que ley nos examinaremos entonces??
Es normal encontrar erratas en el manual, al menos en el del año pasado encontrabas muchos errores en los %, no te preocupes lo que vale es la ley.
Seguís con las mismas dudas con la legislación tan dificil es mirar en el boe análisis?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: IgarciaTF en 11 de Noviembre de 2014, 10:34:38 am
Gracias Pravias, sìi he mirado el BOE y noticias jurídicas, y esa es la duda que mantengo. La actual ley pone que está en vigor hasta el 31 de diciembre de 2014 pero sin embargo la nueva ley aun no se ha publicado ( del IS). Sin embargo me imagino que nos examinaremos de la que está ahora en vigor.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 11 de Noviembre de 2014, 11:07:26 am
Pero que nueva ley?, si la ley es la misma lo único que cada año la actualizan.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: IgarciaTF en 11 de Noviembre de 2014, 13:42:39 pm
Ok, supongo que se referirá a las modificaciones entonces. Es que como veo que en noticias jurídicas pone en vigor hasta el 31-12-2014 pensaba que es que se había publicado una nueva que la sustituiría y llevo dos días buscándola.
Muchas gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dianemod en 11 de Noviembre de 2014, 19:02:33 pm
En Alf un profesor responde que lo que vale, es lo que está en el Código Tributario de ARanzadi en su 21 edición. Ya está.
Así que estas últimas actualizaciones ni caso, no os compliqueis la vida.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Veruska123 en 11 de Noviembre de 2014, 19:05:06 pm
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En Alf un profesor responde que lo que vale, es lo que está en el Código Tributario de ARanzadi en su 21 edición. Ya está.
Así que estas últimas actualizaciones ni caso, no os compliqueis la vida.

Gracias por la aclaración.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dianemod en 11 de Noviembre de 2014, 22:39:45 pm
Copio el mensaje del profesor que escribe en el foro de Tributario II.



Estimado D. Víctor:

No se exigirá el conocimiento de las normas que no aparezca publicadas en la última (21.ª) del Código Tributario de Aranzadi.

Atentamente,

Gerardo Menéndez
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pixar en 11 de Noviembre de 2014, 23:57:57 pm
Hola a todos

Tengo el libro electronico (boe) del IRPF que es el que voy a llevar al examen. Al imprimirlo me sale tanto la ley como el reglamento, hasta ahí bien.

El tema es que a partir de la pg 235 me sale "Modelos de declaracion de Impuesto..."  mas adelante "reduccion de indices de rendimiento neto para actividades" y por ultimo "ley impuesto sobre renta no residentes" son en total cerca de 100 folios que no se si debo llevarlos o no al examen.

Que creeis? gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: hergomez en 12 de Noviembre de 2014, 13:24:31 pm
En la primera clase de Ferrandis del año pasado, en el ejemplo que pone, que dice:
"La empresa aporta todos los meses 300€ a un plan de pensiones que tiene suscrito Pedro con una entidad financiera."
El profesor se refiere al artículo 99 de la LIRPF para afirmar que no hay obligación de efectuar ningún pago a cuenta. Sin embargo yo, por más que leo el artículo, no encuentro la no obligación por parte de la entidad de hacer el citado pago a cuenta cuando la aportación se refiera a un plan de pensiones.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: navas_zgz en 12 de Noviembre de 2014, 14:02:59 pm
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En la primera clase de Ferrandis del año pasado, en el ejemplo que pone, que dice:
"La empresa aporta todos los meses 300€ a un plan de pensiones que tiene suscrito Pedro con una entidad financiera."
El profesor se refiere al artículo 99 de la LIRPF para afirmar que no hay obligación de efectuar ningún pago a cuenta. Sin embargo yo, por más que leo el artículo, no encuentro la no obligación por parte de la entidad de hacer el citado pago a cuenta cuando la aportación se refiera a un plan de pensiones.

Lo que tú estás buscando es el artículo 102.2 del Reglamento IRPF. El artículo 99 es el que habla sobre las retenciones e ingresos a cuenta, pero la excepción en el caso de planes de pensiones es el artículo del Reglamento que te he mencionado antes.

Un saludo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: cipotegato en 13 de Noviembre de 2014, 12:35:49 pm
Hola, os quiero hacer una consulta por si me podéis asesorar: :'(

Estoy haciendo los casos prácticos siguiendo los apuntes del gran compañero José Vivero. El caso es que con las soluciones delante evidentemente resulta muy sencillo. A la vez que los hago consulto el código de Aranzadi.

El "problema" es que cuando llegue el examen y solo con el Código, temo no tener tiempo para localizar los artículos correspondientes para solucionar los casos.
Sé que comentáis que lo mejor es tener subrayados los artículos más importantes... y aquí viene mi duda. Cómo lo habéis resuelto vosotros; es decir, cómo puedo subrayar con "sentido común" (del que por lo visto no ando muy sobrado) los artículos más importantes para no perder excesivo tiempo.

Antes de comenzar a manchar el código me gustaría que, si no os importa, me echéis una mano para hacerlo bien y claro y así aprovechar a tope el tiempo del examen.

En fin, que agradezco mucho todos los comentarios que me hagáis al respecto.

Mucha suerte y gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 13 de Noviembre de 2014, 12:41:02 pm
Yo llevaba el código subrayado con colorines rotuladores de gel para que no traspasar.
En el primer parcial si fui con el tiempo más pegado, pero en el segundo me sobró tiempo, al hacer muchos casos ya vas directo al artículo que da la solución.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: cipotegato en 13 de Noviembre de 2014, 16:29:04 pm
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Yo llevaba el código subrayado con colorines rotuladores de gel para que no traspasar.
En el primer parcial si fui con el tiempo más pegado, pero en el segundo me sobró tiempo, al hacer muchos casos ya vas directo al artículo que da la solución.

Gracias Pravias, intentaré apañarme
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: marti_vf en 16 de Noviembre de 2014, 20:18:08 pm
Perdonad la pregunta. ¿El tema de que puedas subrayar y poner separadores dónde lo habéis visto? me pongo ahora con la asignatura, me he leído el hilo y se comenta que se puede pero no dónde lo dice y en Alf no lo encuentro. Muchas gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ochentero en 16 de Noviembre de 2014, 21:37:24 pm
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Yo llevaba el código subrayado con colorines rotuladores de gel para que no traspasar.
En el primer parcial si fui con el tiempo más pegado, pero en el segundo me sobró tiempo, al hacer muchos casos ya vas directo al artículo que da la solución.
[/quote

una pregunta: ¿donde se puedes conseguir marcadores de gel? He buscado y no los encuentro]
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Veruska123 en 16 de Noviembre de 2014, 22:12:41 pm
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Perdonad la pregunta. ¿El tema de que puedas subrayar y poner separadores dónde lo habéis visto? me pongo ahora con la asignatura, me he leído el hilo y se comenta que se puede pero no dónde lo dice y en Alf no lo encuentro. Muchas gracias

Está escrito en las instrucciones de los exámenes. Si te descargas algún examen de otro año lo verás sin problema. Primero hay un apartado que se llama "instrucciones", donde dicen la duración del examen, bla, bla, bla... Y luego ya plasman las preguntas.

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: marti_vf en 16 de Noviembre de 2014, 22:31:47 pm
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Está escrito en las instrucciones de los exámenes. Si te descargas algún examen de otro año lo verás sin problema. Primero hay un apartado que se llama "instrucciones", donde dicen la duración del examen, bla, bla, bla... Y luego ya plasman las preguntas.

De acuerdo le echaré un vistazo, gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: luka en 17 de Noviembre de 2014, 09:22:48 am
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Hola a todos

Tengo el libro electronico (boe) del IRPF que es el que voy a llevar al examen. Al imprimirlo me sale tanto la ley como el reglamento, hasta ahí bien.

El tema es que a partir de la pg 235 me sale "Modelos de declaracion de Impuesto..."  mas adelante "reduccion de indices de rendimiento neto para actividades" y por ultimo "ley impuesto sobre renta no residentes" son en total cerca de 100 folios que no se si debo llevarlos o no al examen.

Que creeis? gracias

Puedes llevar las normas que creas conveniente. Básicamente Ley y Reglamento de cada impuesto que vaya a examen. De hecho debeis contestar básicamente con la Ley (aunque si os currais el reglamento más mejor).

El código tributario contiene todas esas normas que citas y más por lo que lo que importa es que lleves las que te sirven para solventar el examen.

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: luka en 17 de Noviembre de 2014, 09:25:50 am
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Yo llevaba el código subrayado con colorines rotuladores de gel para que no traspasar.
En el primer parcial si fui con el tiempo más pegado, pero en el segundo me sobró tiempo, al hacer muchos casos ya vas directo al artículo que da la solución.
[/quote

una pregunta: ¿donde se puedes conseguir marcadores de gel? He buscado y no los encuentro]


En muchas tiendas los encuentras, imprentas, etc... Incluso por internet. En "papelería" de grandes almacenes también.

http://www.serofficebm.com/4538/nuevos-marcadores-del-gel-jovi-unicos-y-diferentes/

Como Pravias bien dice lo importante es marcarlo para que os ayude. Yo llegué a poner 150 post it porque me señalaba los artículos más relevantes.

 ;)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 20 de Noviembre de 2014, 20:05:44 pm
Buenas tardes, compis

Tengo una duda...

Estoy viendo las clases de islas balears del profesor Ferrandis y en la tutoría 3 ha hecho referencia las modificaciones en relación a los premios que hubo en 2013. Pues bien, para mi sorpresa...voy al índice analítico del código tributario (última edición) y busco "premios" y me remite al art. 7 ñ... voy a consultarle y me dice que están exentos, pero pone una nota (número 14) a pie de página que dice: letra ñ) suprimida por el art 2.1 de la Ley 16/2013, de julio, con efectos desde 1 de enero de 2013...

Con lo cual, de ello deduzco que los premios ya no están exentos de tributar en el irpf. Así, me pregunto...

- En primer lugar...¿por qué si tengo la última edición del código este apartado ñ) no ha sido suprimido directamente?
- En segundo lugar... intento buscar dicha ley para poder comprobar que se me explica que hasta 2500 euros está exento y a partir de ahí sí tributa, pero no está... ¿cómo voy a saber yo esto en el examen si no se me da la información en el código?

Me agobian estas cosas, porque en este caso me he dado cuenta, pero....¿y si hay más casos así? Se supone que me he gastado 60 euros en un código que me va a servir!!!

Ayyy diiiiios... >:(

Cómo lo veis? También puede ser que sea muy corta y no me haya dado cuenta de que sí viene en el código...

Ojalá me podáis ayudar!!!

Un saludo!!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: niki en 20 de Noviembre de 2014, 20:39:12 pm
Tienes razon, yo he buscado la ley y se hs suprimido la exencion, 60 euros k no se ajustan en fin daremos la solucion del codigo y luego ha protestar
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: niki en 20 de Noviembre de 2014, 20:51:12 pm
Alguien podria poner el enlace de las tutorias de este año
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 20 de Noviembre de 2014, 20:52:39 pm
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Tienes razon, yo he buscado la ley y se hs suprimido la exencion, 60 euros k no se ajustan en fin daremos la solucion del codigo y luego ha protestar

En serio?!?!

Es que me parece lo peor...

He comprobado que ocurre lo mismo con la nueva valoración para las rentas en especie. De hecho, el profesor Ferrandis pregunta a los alumnos en clase que si está en el código actualizado y ellos dicen que no. Él contesta que estará en el reglamento, pero vamos, yo tampoco lo veo...

Me parece tremendo...

Voy a plantear lo anterior en alf...a ver qué dicen....
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 20 de Noviembre de 2014, 20:54:21 pm
En el libro sí viene especificado que "desde el 1 de Enero de 2013 estos premios dejaron de estar exentos, sometiéndose a un gravamen único diferenciado del 20 por 100".
Y en el código viene, pero en una nota a pie de página, la verdad es que hubiera sido más fácil poner "suprimido" como aparece en el BOE.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 20 de Noviembre de 2014, 21:00:21 pm
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En el libro sí viene especificado que "desde el 1 de Enero de 2013 estos premios dejaron de estar exentos, sometiéndose a un gravamen único diferenciado del 20 por 100".
Y en el código viene, pero en una nota a pie de página, la verdad es que hubiera sido más fácil poner "suprimido" como aparece en el BOE.

Sí, veo que a pie de página pone que está suprimido por la ley 16/2012. Pero...no te dice que los primero 2500 euros estén exentos y el resto tributa...

Y si en el examen te dice ¿qué ocurre con un premio de 20.000 euros de la primitiva? según el código sólo podré decir que es un hecho imposible sujeto a irpf, porque no está entre las exenciones del art 7... Pero no estaría del todo bien...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 20 de Noviembre de 2014, 21:04:08 pm
En la nota a pie de página viene ver Disp. Adici. 33, en esa disposición viene lo de los 2500 € (creo que te refieres a eso)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Ra_chel en 20 de Noviembre de 2014, 21:05:09 pm
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Sí, veo que a pie de página pone que está suprimido por la ley 16/2012. Pero...no te dice que los primero 2500 euros estén exentos y el resto tributa...

Y si en el examen te dice ¿qué ocurre con un premio de 20.000 euros de la primitiva? según el código sólo podré decir que es un hecho imposible sujeto a irpf, porque no está entre las exenciones del art 7... Pero no estaría del todo bien...

Mira la disposición adicional   33 o 35 ahí te viene. No tengo el código delante sorry
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 20 de Noviembre de 2014, 21:08:33 pm
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En la nota a pie de página viene ver Disp. Adici. 33, en esa disposición viene lo de los 2500 € (creo que te refieres a eso)


Siiiiii, graaaacias!!!

Sabía que me lo resolveríais...jijiji. Ya estaba de los nervios, 60 euros a la basura?!?!! :D

Gracias de nuevo!!! :)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 20 de Noviembre de 2014, 21:18:07 pm
De nada  :)
No me estraña, ya hay antecedentes de libros con erratas y faltas de otorgrafía gordas que valen una pasta!.... y lo mal que sienta eso  :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: luu003 en 20 de Noviembre de 2014, 21:34:15 pm
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Sí, veo que a pie de página pone que está suprimido por la ley 16/2012. Pero...no te dice que los primero 2500 euros estén exentos y el resto tributa...

Y si en el examen te dice ¿qué ocurre con un premio de 20.000 euros de la primitiva? según el código sólo podré decir que es un hecho imposible sujeto a irpf, porque no está entre las exenciones del art 7... Pero no estaría del todo bien...

Los premios sometidos a gravamen no se integran en la base imponible del IRPF y las retenciones e ingresos a cuenta soportados no minoran la cuota líquida del IRPF ni se tienen en cuenta a efectos de solicitar las devoluciones por el IRPF.

Existe obligación de autoliquidar («modelo 136») el gravamen especial cuando no se haya soportado retención o ingreso a cuenta (premios sometidos a gravamen especial obtenidos en otros Estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo).

Acordarse de eso si lo preguntan, me parece importante.

Salu2!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 21 de Noviembre de 2014, 00:15:23 am
El profesor Ferrandis hace referecia, en las tutorias el año pasado, a unos documentos en lo que ha señalado cuales son los artículos aplicables en cada caso para el IRPF. ¿Alguien tiene esos documento? No los encuentro...

Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rogelt en 23 de Noviembre de 2014, 15:34:28 pm
aquí lo explican muy bien
http://fiscal.blogs.lexnova.es/2013/01/23/principales-aspectos-del-gravamen-especial-sobre-los-premios-de-determinadas-loterias-y-apuestas/
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: yuna903 en 23 de Noviembre de 2014, 19:09:52 pm
Buenas tardes, ¿alguien está yendo a las tutorías de Escuelas Pías? creo que la profe
envía unos supuestos prácticos y luego los resuelve en clase. ¿alguno los tendría?
Gracias. PD: me refiero a los de este curso  ;)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: don teodoro en 23 de Noviembre de 2014, 20:46:33 pm
Hola chicos, donde puedo conseguir los casos prácticos? son los de los apuntes del Sr.Vivero??
muchas gracias compañeros.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: IRENE58 en 24 de Noviembre de 2014, 13:08:33 pm
buenas!!! yo los únicos que tengo son los de vivero, pero me gustaría saber si existen otros, gracias y ánimo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: tevivi en 24 de Noviembre de 2014, 19:40:52 pm
Hola compañeros!

Comenzando con el impuesto de sociedades. Demasiados términos contables que no entiendo... :-(

Sé que no existe una pócima mágica para entender este impuesto, pero agradecería cualquier consejo que me dieséis... No localizo videos sobre este impuesto en canal uned...

Gracias por leerme. Mucho ánimo para todos!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pixar en 25 de Noviembre de 2014, 12:38:02 pm
Hola una duda:

Pedro ha vendido una casa percibiendo una cantidad al contado y otra al cabo de dos años ¿Esta obligado a imputar temporalmente toda la renta obtenida en el periodo impositivo del IRPF en que tiene lugar la venta de la casa?


---

Mi respuesta sería mencionando el art 14 "imputación temporal" concretamente el 1-c "las ganancias y perdidas patrimoniales se imputan al periodo impositivo en que tenga lugar la alteración patrimonial"

Pero después iría al punto 2-d "en caso de operaciones a plazos o con precio aplazado, el contribuyente podrá optar por imputar porporcionalmente las rentas obtenidas en tales operaciones... Se considerarán operaciones a plazos o precio aplazado aquellas cuyo precio se perciba total o parcialmente mediante pagos sucesivos.."

Que os parece
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: fonsopalencia en 25 de Noviembre de 2014, 17:13:59 pm
Qué locura de asignatura. Una pequeña duda, los textos legales que te dejan en el examen, entiendo que será cualquier tipo de Código no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: adodu1 en 25 de Noviembre de 2014, 17:19:30 pm
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Qué locura de asignatura. Una pequeña duda, los textos legales que te dejan en el examen, entiendo que será cualquier tipo de Código no?

Sí, las leyes impresas o cualquier código.
Se ha comentado que el mejor es el de Aranzadi.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: adodu1 en 25 de Noviembre de 2014, 17:26:41 pm
Bueno, cualquier tipo de código no, el tributario, claro está jaja.
De cualquier editorial me refería.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Alopekos en 25 de Noviembre de 2014, 23:44:10 pm
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Hola una duda:

Pedro ha vendido una casa percibiendo una cantidad al contado y otra al cabo de dos años ¿Está obligado a imputar temporalmente toda la renta obtenida en el periodo impositivo del IRPF en que tiene lugar la venta de la casa?


---

Mi respuesta sería mencionando el art 14 "imputación temporal" concretamente el 1-c "las ganancias y perdidas patrimoniales se imputan al periodo impositivo en que tenga lugar la alteración patrimonial"

Pero después iría al punto 2-d "en caso de operaciones a plazos o con precio aplazado, el contribuyente podrá optar por imputar porporcionalmente las rentas obtenidas en tales operaciones... Se considerarán operaciones a plazos o precio aplazado aquellas cuyo precio se perciba total o parcialmente mediante pagos sucesivos.."

Que os parece


Yo entiendo que debería aplicarse el 2D, dado que realmente lo que nos dice el 1C es una regla general, mientras que el 2D es una regla especial. Y aunque no estemos en conflicto entre dos leyes, supongo que podemos guiarnos por "lex speciali derogat lex generali"
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Vara en 26 de Noviembre de 2014, 11:29:37 am
Buenos días

Respecto a las videoclases de uned Illes Balears, y a las del profesor Tejerizo, ¿se podrían descargar? De ser así, ¿cómo?

Gracias y un saludo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 26 de Noviembre de 2014, 12:06:44 pm
Las de Tejerizo en la parte de abajo-derecha viene el icono de descargar.
Las de Ferrandis creo que no, a no ser que ya utilices un programa.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: kanty361 en 26 de Noviembre de 2014, 13:04:33 pm
Hola, algún  compañero me puede enviar los apuntes del profesor Ferrandis, donde se recoge los artículos más importantes.
mcv361@hotmail.com
Saludos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 26 de Noviembre de 2014, 17:15:00 pm
Qué diríais en esta pregunta:

Dentro del programa de retribución flexible que tiene mi empresa existe la posibilidad de adquirir un ordenador, ¿qué impacto tiene en el IRPF?

Sería una retribución en especie?

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 26 de Noviembre de 2014, 19:52:17 pm
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Qué diríais en esta pregunta:

Dentro del programa de retribución flexible que tiene mi empresa existe la posibilidad de adquirir un ordenador, ¿qué impacto tiene en el IRPF?

Sería una retribución en especie?

Sí que sería una retribución en especie, si lo has acordado con tu empresa, ajá, así irá en la nómina mensual, y si te lo ha "dado" de forma flexible es porque te lo descontará poco a poco, con lo cual si excede el año en la flexibilización de las retribuciones mensuales, se irá computando por cada año de ejercicio como renta en especie, y no está exenta, computa el total.

No sé si os servirá de algo, pero el IS hice el año pasado un curso de contabilidad, que no hay que pagar, a menos que quieras el título, en ese caso te tienes que examinar acordando fecha en el centro asociado, es denso, aunque se llama Introducción a la contabilidad, pero me aclaró muchísimo las cuestiones de lo que podía ser un asiento positivo o negativo a efectos del impuesto.

¡Suerte!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 26 de Noviembre de 2014, 20:11:36 pm
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Sí que sería una retribución en especie, si lo has acordado con tu empresa, ajá, así irá en la nómina mensual, y si te lo ha "dado" de forma flexible es porque te lo descontará poco a poco, con lo cual si excede el año en la flexibilización de las retribuciones mensuales, se irá computando por cada año de ejercicio como renta en especie, y no está exenta, computa el total.

No sé si os servirá de algo, pero el IS hice el año pasado un curso de contabilidad, que no hay que pagar, a menos que quieras el título, en ese caso te tienes que examinar acordando fecha en el centro asociado, es denso, aunque se llama Introducción a la contabilidad, pero me aclaró muchísimo las cuestiones de lo que podía ser un asiento positivo o negativo a efectos del impuesto.

¡Suerte!


Gracias mnieves, pero me puedes decir en qué artículo te has basado para darme la respuesta? Por si me cae en el examen....

Es que tengo un documento de ferrandis del año pasado y pone que no se someten a gravamen los gastos e inversiones realizados por las empresas para habituar a los empleados en la utilización de nuevas tecnologías de la comunicación y de la informática. Es decir,que está exento. pero no sé si esto sigue siento así...

Alguien sabe?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 26 de Noviembre de 2014, 21:05:47 pm
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Gracias mnieves, pero me puedes decir en qué artículo te has basado para darme la respuesta? Por si me cae en el examen....

Es que tengo un documento de ferrandis del año pasado y pone que no se someten a gravamen los gastos e inversiones realizados por las empresas para habituar a los empleados en la utilización de nuevas tecnologías de la comunicación y de la informática. Es decir,que está exento. pero no sé si esto sigue siento así...

Alguien sabe?

No sé exactamente a qué documento te refieres, si es los de los esquemas, yo los tuve que ampliar a A3, entre lo poco que veo y que tiene peor la letra que yo, pues eso, se mezclaba todo.

De otro, ten cuidado de que efectivamente estás en el IRPF, en caso contrario, la flexibilización de material informático se ofertó para inducir las nuevas tecnologías en las empresas, de ahí que se diera también el incentivo fiscal.

Si te plantean eso tal y como está en un supuesto de IRPF hemos de pensar que el ordenador es un acuerdo con una empresa de informática y que dan la opción de adquisición al trabajador, pero para su uso particular, es decir, en lugar de coger el dinero e ir a comprarlo a una tienda, lo hago con la opción que me da mi empresa, que me sale más barato que el mercado por el descuento que le hacen a él.

Estoy empezando a creer que algo tan corto es un ejemplo de IS, pero bueno, sigamos con el ejemplo.

El art. 42.1 de la LIRPF se refiere al concepto de renta en especie como "la utilización, consumo u obtención, para fines particulares. de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado aun cuando no suponga un gasto real para quien las conceda".

Es decir, es el empresario el que ha de entregar el ordenador, o en otras palabras, aunque lo busque el trabajador es la empresa la que reza en la adquisición; si no fuese así el segundo párrafo de ese mismo precepto considera la renta como dineraria. No se encuentra entre las exenciones del art. 7.


A pesar de lo anterior, repasa si esa pregunta es del IS, creo que sí.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 26 de Noviembre de 2014, 23:40:26 pm
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No sé exactamente a qué documento te refieres, si es los de los esquemas, yo los tuve que ampliar a A3, entre lo poco que veo y que tiene peor la letra que yo, pues eso, se mezclaba todo.

De otro, ten cuidado de que efectivamente estás en el IRPF, en caso contrario, la flexibilización de material informático se ofertó para inducir las nuevas tecnologías en las empresas, de ahí que se diera también el incentivo fiscal.

Si te plantean eso tal y como está en un supuesto de IRPF hemos de pensar que el ordenador es un acuerdo con una empresa de informática y que dan la opción de adquisición al trabajador, pero para su uso particular, es decir, en lugar de coger el dinero e ir a comprarlo a una tienda, lo hago con la opción que me da mi empresa, que me sale más barato que el mercado por el descuento que le hacen a él.

Estoy empezando a creer que algo tan corto es un ejemplo de IS, pero bueno, sigamos con el ejemplo.

El art. 42.1 de la LIRPF se refiere al concepto de renta en especie como "la utilización, consumo u obtención, para fines particulares. de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado aun cuando no suponga un gasto real para quien las conceda".

Es decir, es el empresario el que ha de entregar el ordenador, o en otras palabras, aunque lo busque el trabajador es la empresa la que reza en la adquisición; si no fuese así el segundo párrafo de ese mismo precepto considera la renta como dineraria. No se encuentra entre las exenciones del art. 7.


A pesar de lo anterior, repasa si esa pregunta es del IS, creo que sí.

Sí, mnieves. Creo que tienes razón y es de IS...me estaba volviendo loca buscando y había caído en que podía ser IS. Pero la verdad es que está en un documento que dejó ferrandis sobre las modificaciones del IRPF en relación a los rendimientos de actividades económicas... Se le colaría este aspecto...

También creo que sería un rendimiento del trabajo en especie.

Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: amatista en 26 de Noviembre de 2014, 23:45:03 pm
Buenas noches. La profesora de mis tutorías está dando unos supuestos prácticos y luego además de resolverlos en clase, aporta las resoluciones por escrito. Si alguien está interesado en que se los envíe, con mucho gusto lo haré si me lo solicitáis al siguiente e-mail:
leo.fpl@telefonica.net

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 27 de Noviembre de 2014, 00:58:30 am
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Sí, mnieves. Creo que tienes razón y es de IS...me estaba volviendo loca buscando y había caído en que podía ser IS. Pero la verdad es que está en un documento que dejó ferrandis sobre las modificaciones del IRPF en relación a los rendimientos de actividades económicas... Se le colaría este aspecto...

También creo que sería un rendimiento del trabajo en especie.

Gracias

Hola

He encontrado la explicación; en realidad hay que tener mucho cuidado con las rentas por actividades económicas y el impuesto de sociedades, se pueden confundir, de hecho, eso se podría responder por ambos, en función de si es una sociedad o no, esa es la diferencia, así que lo llevamos al campo de las actividades profesionales o empresariales a efectos del impuesto sobre la renta.

1. Sería una renta por actividades económicas conforme al art. 27.1 LIRPF. Lo escribes al completo.

2. Conforme al art. 68.2 tienes las reducciones que tendrás que conectar con los arts. 36, 44, 69.2 TRIS en función del valor del ordenador u ordenadores, o con otras deducciones y los límites de aplicación siempre que no estén encuadrados en el art. 42 TRIS.

Por eso decía el llevarlo a uno u otro sitio, el planteamiento debe de estar mal o faltar algo, sólo sabemos que tenemos que llevarlo al IRPF, pero es que parece dar a entender que habla en primera persona, yo, trabajador, mi empresa, está acogida,  :-\
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 27 de Noviembre de 2014, 01:34:37 am
yo creo que se trata de un trabajador que se beneficia de esa retribución flexible y que sería un rendimiento del trabajo en especie.
Ferrandis, a la pregunta de ¿qué impacto tiene ese hecho (el adquirir el pc a través de la empresa)en el IRPF? dice: durante 2013 se prorroga el tratamiento fiscal anterior, es decir, no se someten a gravamen los gastos e inversiones realizados por las empresas para habituar a los empleados en la utilización de nuevas tecnologías de la información. Lo que implicaría que no se grava por IRPF. Pero... esto sigue así en 2014?

Por otro lado, en las novedades del RAE dice que " durante 2013 se mantienen las deducciones por inversiones destinadas a habituar a los empleados al uso de nuevas tecnologías"... esto sigue durante 2014?
Un ejemplo de ello podría ser también que el autónomo de posibilidad a los empleados de adquirir pc a través de la empresa y éste, como autónomo, se deduce por dicha inversión...

No sé si me explico...ya estoy un poco embotada... :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 27 de Noviembre de 2014, 02:17:50 am
Esto debe de valer porque no ha cambiado esos artículos respecto del 2013, así que continuarán con esa línea a los "emprendedores", incluso con el importe de sólo 50 euros por el seguro de autónoma si te das de alta por cuenta propia, durante los dos primeros años.

http://www.ineaf.es/tribuna/enfoque-practico-sobre-la-nueva-deduccion-por-inversion-de-beneficios-en-el-impuesto-sobre-sociedades/

Eso sigue para el ejercicio del 2014 que es el que hay que declarar en 2015.

Voy a seguir con lo mío, que aunque me dio quebraderos de cabeza pude quitármela, no así otras de las que se consideran tan fáciles.  :-X
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Natxo en 27 de Noviembre de 2014, 02:45:14 am
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Buenas noches. La profesora de mis tutorías está dando unos supuestos prácticos y luego además de resolverlos en clase, aporta las resoluciones por escrito. Si alguien está interesado en que se los envíe, con mucho gusto lo haré si me lo solicitáis al siguiente e-mail:
leo.fpl@telefonica.net

:) Gracias!!!!!!!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 27 de Noviembre de 2014, 11:28:35 am
Las pensiones por jubilación que son un Rendimiento íntegro del Trabajo según el art. 17.2.a.1ª, ¿están sometidas a retención?


Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 27 de Noviembre de 2014, 13:03:08 pm
Las pensiones, cuya cuantía supere el importe anual legalmente establecido, están sujetas a tributación en los términos establecidos en las normas reguladoras del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y sometidas, en su caso, al sistema general de retenciones a cuenta del impuesto...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 27 de Noviembre de 2014, 13:24:58 pm
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Las pensiones, cuya cuantía supere el importe anual legalmente establecido, están sujetas a tributación en los términos establecidos en las normas reguladoras del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y sometidas, en su caso, al sistema general de retenciones a cuenta del impuesto...

Gracias, puedes indicar el artículo?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 27 de Noviembre de 2014, 13:43:14 pm
creo que 75 ó 76 RIRPF.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 27 de Noviembre de 2014, 14:59:11 pm
Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 27 de Noviembre de 2014, 16:04:14 pm
otra duda...vaya locura!!! :D

En el mínimo por descendiente, los requisitos que establece el art. 58.1 para poder aplicarlo son:
1.- hijos menores de 24 años o con discapacidad de cualquier edad
2.- que convivan con el contribuyente
3.- que no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8000€... En este caso, se refiere a que el contribuyente no tenga rentas superiores a esa cantidad, no? o se refiere al hijo? Creo que se refiere al contribuyente porque luego el art. 61.2ª dice que no se puede aplicar el mínimo por descendiente si esté tiene rentas superiores a 1.800

Por otro lado, si es descendiente es menor de 3 años, el importe de 8000€ se incrementa hasta 10.244?


Gracias de antemano



Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 27 de Noviembre de 2014, 17:40:55 pm
Silvia los 8.000 € se refiere al descendiente, si fuera del contribuyente pocos se podrían deducir este mínimo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 27 de Noviembre de 2014, 17:43:40 pm
Estás confundiendo esos 1800 € http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/en_gb/Inicio_en_GB/_Segmentos_/Ciudadanos/Minimos__reducciones_y_deducciones_en_el_IRPF/Minimos/Minimo_por_descendientes/Requisitos_de_los_descendientes.shtml
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: zuspi en 27 de Noviembre de 2014, 20:21:42 pm
http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/206678662/tributos/noticias/6276317/11/14/Tributacion-del-rescate-de-una-poliza-de-vida.html#.Kku8SHXqUd42JA3
 
Consulta sobre irpf poliza de vida
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 28 de Noviembre de 2014, 13:30:59 pm
Es distinto decir pensión por incapacidad física permanente que pensión por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez? o se debe considerar lo mismo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rutger en 28 de Noviembre de 2014, 13:40:29 pm
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Es distinto decir pensión por incapacidad física permanente que pensión por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez? o se debe considerar lo mismo.
La permanente absoluta y gran invalidez son dos grados o tipos de incapacidad permanente, junto con la permanente parcial para la profesión habitual y la permanente absoluta para todo trabajo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 28 de Noviembre de 2014, 13:42:09 pm
Muchas gracias, entonces entiendo que si queda dentro a efectos de la exención.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: JOSE ANTONIO_VALENZUELA en 28 de Noviembre de 2014, 14:07:53 pm
Buenas tardes a titulo informativo, ya que no es materia de examen, hoy en el BOE ha salido dos disposiciones legislativas interesantes:

- Ley 26/14 de 27 de noviembre, de modificacion Lye 35.06 IRPD NO RESIDENTES
- Ley 27/14 de 27 de Noviembre, del Impuesto de Sociedadesç

Saludos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 28 de Noviembre de 2014, 19:32:58 pm
Buenas!!!

Si el caso nos dice: " un matrimonio con dos hijos menores comunes",

- la unidad familiar estará formada por los dos cónyuges y los hijos, y tributarán conjuntamente los cuatro, verdad?
- No podrían tributar cada cónyuge con uno de los hijos,ya que según el artículo 83.2 "la opción por la tributación conjunta deberá abarcar a la totalidad de los miembros de la unidad familiar"

Esto es así?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Ra_chel en 28 de Noviembre de 2014, 21:37:40 pm
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Buenas!!!

Si el caso nos dice: " un matrimonio con dos hijos menores comunes",

- la unidad familiar estará formada por los dos cónyuges y los hijos, y tributarán conjuntamente los cuatro, verdad?
- No podrían tributar cada cónyuge con uno de los hijos,ya que según el artículo 83.2 "la opción por la tributación conjunta deberá abarcar a la totalidad de los miembros de la unidad familiar"

Esto es así?

No tiene porque ser los dos conyuges con los dos hijos, o yo así lo entiendo, lo que puede ser es un conyuge individual y el otro conjunta con los dos hijos, no se si me he explicado  ???
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 28 de Noviembre de 2014, 21:48:34 pm
En caso de que un miembro de la unidad familiar opte por presentar la declaración individual, el resto de los miembros de la unidad familiar pierden el derecho a declarar conjuntamente.

Yo creo que una cosa es la declaración conjunta y otra el mínimo personal y famiiar, en este caso el familiar.

Yo entiendo que si uno de los cónyuges decide hacer declaración individual el otro también la tiene que hacer, y después entraría el mínimo por descendientes, entraría en juego el art. 61 se prorratean a partes iguales, después habría que ver si los hijos cumplen los requisitos.

pero no lo tengo del todo claro.




Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: niki en 28 de Noviembre de 2014, 23:40:45 pm
lo entiendo como tu ilse
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 29 de Noviembre de 2014, 00:12:07 am
la verdad que yo no lo tengo nada claro cuando dice lo de que si uno de la unidad familiar declara de forma individual el resto también lo tendrá que hacer conforme a dicho régimen, pero sí que he leído mucho casos en los que marido declara con hijo(supuesto que ya no sería individual) y mujer de forma individual, y si ya la mujer lo ha hecho individual cómo el marido sí puede hacerla conjunta? Entonces el art. 83,2 a qué se refiere...

si alguien lo puede explicar, tiene algo que ver que sean solo los menores de 18 años? cuando es declaración conjunta no entran los que son mayores de 18? cuando son mayores de 18 sería aplicar las reglas del mínimo por descendiente? 



Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ttanni en 29 de Noviembre de 2014, 10:17:42 am
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la verdad que yo no lo tengo nada claro cuando dice lo de que si uno de la unidad familiar declara de forma individual el resto también lo tendrá que hacer conforme a dicho régimen, pero sí que he leído mucho casos en los que marido declara con hijo(supuesto que ya no sería individual) y mujer de forma individual, y si ya la mujer lo ha hecho individual cómo el marido sí puede hacerla conjunta? Entonces el art. 83,2 a qué se refiere...

Si uno de los miembros de la unidad familiar opta por la declaración individual, todos los demás tendrán que hacerlo también individual. Eso es así, tal y como tú lo entiendes (art. 83.2).
Sólo en  el caso del art. 82.1.2ª (separación legal, no hay vínculo matrimonial), te encontrarás con el caso que planteas: un padre con los hijos que convivan con él, y la madre declarando individual; o viceversa.
Creo que ayuda recordar que sólo tenemos dos posibilidades para tributar de manera conjunta (art. 82.1.1ª y 82.1.2ª). Todo lo que no sea eso: declaración individual.
 
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ttanni en 29 de Noviembre de 2014, 10:22:52 am


si alguien lo puede explicar, tiene algo que ver que sean solo los menores de 18 años? cuando es declaración conjunta no entran los que son mayores de 18? cuando son mayores de 18 sería aplicar las reglas del mínimo por descendiente?
[/quote]

Los hijos mayores de 18 años y menores de 25 años (salvo que sean discapacitados) sólo intervienen en el mínimo por descendientes. Los menores de 18 años (también incapacitados) forman parte de la unidad familiar e intervienen también en el mínimo por descendientes.
Lo importante es tener claro que "mínimo por descendientes" y "unidad familiar" son dos conceptos diferentes y que se pueden aplicar uno o los dos, dependiendo de si se cumplen sus condiciones.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 29 de Noviembre de 2014, 10:27:17 am
Gracias, entonces la diferencia está en si están casados en la que podrán hacer declaración conjunta o individual y si uno de ellos la hace individual el resto de la unidad familiar tambié está obligado a hacerla de esta forma, aquí ya no entraría el mínimo por descediente, no? ya que como cada uno lo hace de forma individual, o sí...

después si es pareja de hecho si que podrían hacerlo de forma conjunta con los hijos siempre que cumpliera las condiciones...

o sea dices que si por ejemplo un padre tiene dos hijos y la hace conjuntamente con ellos, tambié podría aplicar el mínimo por descendiente siempre que cumpliera los requisitos, podría ser conjunta y además aplicar el mínimo, es así?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 29 de Noviembre de 2014, 10:32:51 am
otra duda, si yo tengo un apartamento en propiedad y lo alquilo sería rend. capital inmobiliario pero si éste a su vez lo subarrienda qué sería? mobiliario según el 25. 1c, sería un derecho personal cedido?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pixar en 29 de Noviembre de 2014, 12:18:40 pm
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otra duda, si yo tengo un apartamento en propiedad y lo alquilo sería rend. capital inmobiliario pero si éste a su vez lo subarrienda qué sería? mobiliario según el 25. 1c, sería un derecho personal cedido?

Es una buena pregunta, aunque saliendo del dº financiero creo que es ilegal realquilar un piso alquilado

Según la ley de arrendamiento urbanos en su articulo 8. 2. La vivienda arrendada sólo se podrá subarrendar de forma parcial (habitaciones) y previo el consentimiento escrito del arrendador.


Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 29 de Noviembre de 2014, 12:38:47 pm
bueno con autorización que imagino que se pueda dar el caso, qué sería que es lo importate saber, mobiliario por derecho de cesión personal? inmobiilario no porque no es un derecho real... ???
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Alopekos en 30 de Noviembre de 2014, 12:35:58 pm

Los subarriendos están en el 25.4, y se integran por ende en la BIG.
Un ejemplo de caso de tributación conjunta y mínimos:

Pepe y Luisa casados tienen un hijo común de 9 años llamado Ramoncito, Pepe decide hacer declaración individual.


Y para complicarlo más, resulta que además convive con los 3 sujetos señalados con anterioridad Jacinto, abuelo de Ramoncito y padre de Luisa, el cual tiene 64 años. Recibiendo de la empresa X.SL 12.000€ al año en concepto de rentas del trabajo. Así mismo, nos señalan que Luisa solo tiene unas rentas del trabajo de 7500€ y Pepe solo de 7000€:

Jacinto no puede formar parte de la unidad familiar a efectos de tributación conjunta, dado no cumple los requisitos.
Luisa y Pepe no pueden aplicarse el mínimo por ascendiente de Jacinto dado que pesa a convivir, tiene menos de 65 años, y no tiene discapacidad alguna. Además de que tiene rentas superiores a 8.000€
Jacinto, se podrá aplicar el mínimo por descendiente de Ramoncito, dejando, por ende, de poder aplicarselo Luisa Y Pepe, en virtud del art.61.1º, dado que tanto Luisa como Pepe tienen rentas inferiores a 8000€, pudiendo los parientes convivientes de grado más alejado aplicarse el mínimo. Sin embargo, si Pepe y Luisa hubieran decidido tributar conjuntamente si que hubieran podido aplicarse el mínimo por descendiente dado superarian entre los dos los 8.000€, incluyendo incluso en tributacion conjunta al niño.



Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: lukita2013 en 30 de Noviembre de 2014, 17:43:08 pm
Hola a todos!

Me gustaría formar grupo para preparar las preguntas de exámenes desde año 2007. Inicialmente había pensado plantear las dudas copiando enunciados, pero algunos son tan extensos que temo alargar tanto la pregunta que nadie la lea...  :(

Cualquier sugerencia será bienvenida.

Os dejo mi correo: omedetougozaimasu@gmail.com

Ánimo y buen estudio!

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 30 de Noviembre de 2014, 19:37:16 pm
otra duda sobre Unidad familiar:

Si Ay B están casados y conviven con dos hijos comunes menores (CyD) y un hijo no común menor de A (Z)... ¿Cuál sería la unidad familiar?

Al estar casados habría que aplicar el art. 82. 1 1ª y por tanto sería unidad familiar: A, B, C y D...pero, y Z? estaría el hijo no común incluido en esa unidad familiar? Realmente el artículo no dice que sólo formen parte de la unidad familiar los hijos comunes...

En caso de no poder formar Z parte de esa unidad familiar por no compartir "lazos" con B, ¿cuál sería la unidad familiar?
- A,B,C,D    y   Z individual
- A, E     y    B, C, D .....Creo que esto no sería posible, por que al estar A y B casados, tienen que estar dentro de la misma unidad familiar

No sé...tengo un lío con esto...jajajaj

A ver si alguien me lo aclara...graacias :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Alopekos en 30 de Noviembre de 2014, 23:07:27 pm
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otra duda sobre Unidad familiar:

Si Ay B están casados y conviven con dos hijos comunes menores (CyD) y un hijo no común menor de A (Z)... ¿Cuál sería la unidad familiar?

Al estar casados habría que aplicar el art. 82. 1 1ª y por tanto sería unidad familiar: A, B, C y D...pero, y Z? estaría el hijo no común incluido en esa unidad familiar? Realmente el artículo no dice que sólo formen parte de la unidad familiar los hijos comunes...

En caso de no poder formar Z parte de esa unidad familiar por no compartir "lazos" con B, ¿cuál sería la unidad familiar?
- A,B,C,D    y   Z individual
- A, E     y    B, C, D .....Creo que esto no sería posible, por que al estar A y B casados, tienen que estar dentro de la misma unidad familiar

No sé...tengo un lío con esto...jajajaj

A ver si alguien me lo aclara...graacias :D

Entiendo que A tiene las siguientes opciones: con B y los hijos comunes o solamente con Z
Mientras tanto B, en caso de que A tribute conjuntamente con Z, no podrá tributar con sus hijos, debido al art.83.2
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 01 de Diciembre de 2014, 16:51:01 pm
o sea que a la hora tributar con hijos no comunes éstos quedan excluidos de la unidad familiar?

porque  A no podría tributar con Z porque para que lo hicieran conjunamente tendrían que incluir al resto. Ya que si B lo hace de forma individual todos tendrían que hacerlo individual por el art. 83.2.

que liosillo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 02 de Diciembre de 2014, 00:21:12 am
Cuál es la diferencia entre la exención del artículo 7f y el 7g, que el f está reconocida por la SS? Qué es eso del régimen de clases pasivas, la jubilación de los funcionarios?

alguien que me explique  la diferencia de los dos artículos please.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 02 de Diciembre de 2014, 01:44:02 am
Oye en el programa vienen los antecedentes historicos y cosas asi.... Sólo es práctico no? IRPF Y SOCIEDADES en el primer cuatrimestre no?? sólo eso??
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 02 de Diciembre de 2014, 07:14:00 am
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Oye en el programa vienen los antecedentes historicos y cosas asi.... Sólo es práctico no? IRPF Y SOCIEDADES en el primer cuatrimestre no?? sólo eso??

sí, práctico nada más.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 02 de Diciembre de 2014, 10:31:34 am
Ilse las clases pasivas son los funcionarios civiles y militares.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 02 de Diciembre de 2014, 10:43:07 am
gracias, no tenía ni idea

a ver si alguien me puede responder a esto o es una chorrada, si se da el caso de tributación conjunta se puede aplicar el mínimo por ascendiente y deescendiente siempre que se cumplan los requisitos de los mismos?

modo estresado activado  :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 02 de Diciembre de 2014, 10:47:51 am
Yo entiendo que si, no creo que haya ninguna incompatibilidad al menos yo no la vi  ???
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: nachojerez en 02 de Diciembre de 2014, 13:15:07 pm
Buenas! os dejo un par de casos en los que tengo algunas dudas a ver que opinais vosotros compañeros

Juan y María están casados y conviven con el padre de Juan, que tiene una edad de 85 años y no obtiene ingresos. Si Juan y María presentan declaraciones individuales del IRPF, ¿ puede María aplicar el minimo por ascendiente del padre de Juan?

Para este caso de seria de aplicación el articulo 59 y 61.1?

Pedro ha percibido 2000€ en concepto de prima de asistencia a una Junta de la Sociedad de la que es accionista ¿ Como tributa  esta prima en el IRPF de Pedro?

y para este el 25.1.a
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 02 de Diciembre de 2014, 13:32:40 pm
Mínimo por ascendientes es en línea recta en este caso el que tiene derecho es Juan.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 02 de Diciembre de 2014, 13:34:21 pm
Tendrán la consideración de rendimientos íntegros del capital mobiliario los siguientes:
1. Rendimientos obtenidos por la participación en los fondos propios de cualquier tipo de entidad.
Quedan incluidos dentro de esta categoría los siguientes rendimientos, dinerarios o en especie:
a) Los dividendos, primas de asistencia a juntas y participaciones en los beneficios de cualquier tipo de entidad.
Antes estaban exentos hasta 1.500 no se si ha cambiado la cantidad.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 02 de Diciembre de 2014, 13:40:21 pm
Rentas exentas artículo 7.y) Los dividendos y participaciones en beneficios a que se refieren los párrafos a) y b) del apartado 1 del artículo 25 de esta Ley, con el límite de 1.500 euros anuales.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 02 de Diciembre de 2014, 13:46:27 pm
Lo veo tal cual dice pravias, podías ir al examen por mí que veo se te da bien
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ttanni en 02 de Diciembre de 2014, 14:26:09 pm
Buenas,
Por si le sirve a alguien, voy a aclarar una cuestión que yo tampoco tenía clara hasta ahora.
Según la Dirección General de Tributos (consulta vinculante V1846-12), en un matrimonio donde uno de los cónyuges "arrastre" algún hijo de un matrimonio anterior, para el caso de tributación conjunta, la unidad familiar estaría formada por ambos conyúges y todos los hijos, sean comunes o no comunes, siempre y cuando el cónyuge divorciado tenga la custodia total de dichos hijos habidos en su anterior matrimonio.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 02 de Diciembre de 2014, 22:57:12 pm
en una de las clases ferrandis decía que tenía que entenderse como hijos comunes cuando formaba unidad familiar para la tributación conjunta, que los extramatrimoniales no, pero si lo dice la dirección general de tributos...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Alopekos en 02 de Diciembre de 2014, 23:06:38 pm
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o sea que a la hora tributar con hijos no comunes éstos quedan excluidos de la unidad familiar?

porque  A no podría tributar con Z porque para que lo hicieran conjunamente tendrían que incluir al resto. Ya que si B lo hace de forma individual todos tendrían que hacerlo individual por el art. 83.2.

que liosillo.

Lo mejor es verlo de esta manera yo creo, dado que hay 2 tipos de unidad familiar.

Biparental + hijos (si hubiere)
Monoparental + hijos (siempre)

En el caso que señalabamos A tiene las dos opciones, o bien optar por tributacion conjunta con su cónyuge más los hijos comunes (biparental) o bien tributar en la opción monoparental con su hijo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 02 de Diciembre de 2014, 23:10:22 pm
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Lo mejor es verlo de esta manera yo creo, dado que hay 2 tipos de unidad familiar.

Biparental + hijos (si hubiere)
Monoparental + hijos (siempre)

En el caso que señalabamos A tiene las dos opciones, o bien optar por tributacion conjunta con su cónyuge más los hijos comunes (biparental) o bien tributar en la opción monoparental con su hijo.

Pero según lo que ha dicho ttani no podría ser, porque los hijos no comunes forman parte de la unidad familiar y tendrían que tributar conjuntamente TODOS, ya que si uno lo hace individual, el resto está obligado a la individual, art. 83.2, todo esto si están casados.

No? 
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ttanni en 03 de Diciembre de 2014, 10:54:47 am
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Pero según lo que ha dicho ttani no podría ser, porque los hijos no comunes forman parte de la unidad familiar y tendrían que tributar conjuntamente TODOS, ya que si uno lo hace individual, el resto está obligado a la individual, art. 83.2, todo esto si están casados.

No?

Así es.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: terreta en 03 de Diciembre de 2014, 11:44:02 am
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¡Muchísimas gracias Terreta!
De nada! Bueno...como no lo puse en su momento, deciros que son casos prácticos. Yo lo aprobé y con nota haciéndolos.  No toqué para nada la teoría.  Eso sí,  escuché varias clases de V Ferrandiz. Suerte y ánimo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rogelt en 03 de Diciembre de 2014, 12:49:49 pm
terreta, para poder descargarte los archivos es necesario darse de alta?, porque la pagina dice que es posible que ese elemento no esté disponible o se haya eliminado
me lo podias enviar a mi correo        lelesmises@gmail.com
gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: terreta en 03 de Diciembre de 2014, 13:07:01 pm
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terreta, para poder descargarte los archivos es necesario darse de alta?, porque la pagina dice que es posible que ese elemento no esté disponible o se haya eliminado
me lo podias enviar a mi correo        lelesmises@gmail.com
gracias
Buenas! Ahora mismo estoy fuera y me es imposible. A ver si algún compi puede mandar te lo.  Si no en cuanto esté en casa te lo mando. Saludos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Alopekos en 03 de Diciembre de 2014, 15:05:23 pm
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Pero según lo que ha dicho ttani no podría ser, porque los hijos no comunes forman parte de la unidad familiar y tendrían que tributar conjuntamente TODOS, ya que si uno lo hace individual, el resto está obligado a la individual, art. 83.2, todo esto si están casados.

No?

Según lo dicho, los hijos no comunes forman parte de la unidad familiar (biparental) y pueden tributar conjuntamente en ese tipo de unidad familiar. No obstante, yo entiendo que ello sin perjuicio de que el padre o la madre (A) decida acudir al otro tipo de unidad familiar de la cual también cumple los requisitos. En ese caso, el otro cónyuge no podrá tributar conjuntamente con los hijos comunes por el 83.2
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 03 de Diciembre de 2014, 15:27:05 pm
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Según lo dicho, los hijos no comunes forman parte de la unidad familiar (biparental) y pueden tributar conjuntamente en ese tipo de unidad familiar. No obstante, yo entiendo que ello sin perjuicio de que el padre o la madre (A) decida acudir al otro tipo de unidad familiar de la cual también cumple los requisitos. En ese caso, el otro cónyuge no podrá tributar conjuntamente con los hijos comunes por el 83.2

es lo que se está diciendo que si uno lo hace individual el resto están obligados a hacerlo igual, no pueden conjuntamente, en tu mensaje diferenciabas entre comunes y no comunes.

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 03 de Diciembre de 2014, 15:39:28 pm
Creo que queda de la siguiente forma.

Tributación conjunta la unidad familiar por los cónyuges casados legalmente y los hijos sean comunes y no comunes.

Después cuadno se cumplan los requisitos del mínimo por descendiente si hay algún hijo que no sea común se le apllicará solo al que corresponda, y si además tinen hijos comunes se prorratean, que por cierto se prorratea por separado porque las cuantías del primero y el segundo son diferentes, 1836 por el primero y 2040 por el segundo, no es para ti un hijo y para mi otro.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 03 de Diciembre de 2014, 18:24:29 pm
alguien tiene las respuestas de los examenes de feb del año pasado?? están los exámenes pero no las respuestas colgadas.
De donde estais estudiando? yo con los casos practicos de vivero. alguien tiene mas supuestos aparte de estos?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 03 de Diciembre de 2014, 18:29:24 pm
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sí, práctico nada más.
pero además de IRPF y SOCIEDADES preguntan también por "imposicion directa" como Donaciones. Yo creo que también me lo miraré porque desechar una pregunta cuando puede ser más fácil... no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 03 de Diciembre de 2014, 18:47:10 pm
Son 6 a responder 5, creo que son 4 IRPF 1 IS 1 ISD... yo he descartado estudiar ISD.

Aunque no sé si pueden preguntar 5 IRPF y 1 IS y no preguntar nada de ISD. No lo sé seguro.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 03 de Diciembre de 2014, 19:05:22 pm
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Son 6 a responder 5, creo que son 4 IRPF 1 IS 1 ISD... yo he descartado estudiar ISD.

Aunque no sé si pueden preguntar 5 IRPF y 1 IS y no preguntar nada de ISD. No lo sé seguro.
Ahora 6??!! antes eran 4 a responder 3 y por lo visto ibas super justo de tiempo!! Que locura
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: amatista en 03 de Diciembre de 2014, 19:06:35 pm
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Ahora 6??!! antes eran 4 a responder 3 y por lo visto ibas super justo de tiempo!! Que locura

Antes eran 3 preguntas con 2 apartados. Ahora cada pregunta se compone de un solo apartado.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: zuspi en 03 de Diciembre de 2014, 19:56:49 pm
Un poco mas de lio, en el irpf.

http://www.eleconomista.es/tributos/noticias/6272516/11/14/Alquiler-con-opcion-de-compra-a-favor-de-un-tercero-a-efectos-del-IRPF.html#.Kku8jtQhWvrUJ6t
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 04 de Diciembre de 2014, 18:48:37 pm
Me puede aclarar alguien cuando se somete algo al Impuesto del Patrimonio? no veo diferencia con respecto al IRPF, gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: MORDEKAY en 04 de Diciembre de 2014, 19:20:22 pm
http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=90019.0
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 05 de Diciembre de 2014, 12:52:07 pm
Hola, un premio del bingo está exento? dónde viene el límite a partir del cual ha de tributar, no encuentro el artículo, el 7ñ no dice nada. es ganancia patrimonial? cada día sé menos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 05 de Diciembre de 2014, 13:26:41 pm
Si Ilse es una ganancia patrimonial.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rutger en 05 de Diciembre de 2014, 13:37:18 pm
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Hola, un premio del bingo está exento? dónde viene el límite a partir del cual ha de tributar, no encuentro el artículo, el 7ñ no dice nada. es ganancia patrimonial? cada día sé menos

 Disposición adicional 33 de la LIRPF.
A partir del 1/01/12  están sometidos a un gravamen especial para todos del 20% a partir de 2500€
Ej: premio de 5500€: 2500€ están exentos y los 3000€ restantes tributan con gravamen del 20%.
Premios como hipódromo, concursos en radio y TV, bingo, casinos, etc: sometidas a IRPF como ganancias patrimoniales.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silu en 05 de Diciembre de 2014, 14:23:07 pm
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Hola, un premio del bingo está exento? dónde viene el límite a partir del cual ha de tributar, no encuentro el artículo, el 7ñ no dice nada. es ganancia patrimonial? cada día sé menos

Es una ganancia patrimonial y no está exento. Lo tienes que incluir como una ganancia más, y lo puedes compensar en caso de pérdidas. El problema es cómo justificas una cosa y la otra,  :-\, no tiene mucho sentido, pero es como está la norma. Imagina que vas al bingo y gastas 50 € en cartones. Tienes suerte y te llevas un premio de 200 euros. Tendrías que declarar como ganancia los 200 €, y por otro lado, compensarlo con los 50 € como pérdidas.

En la DA 33ª se refiere a premios y apuestas, tipo lotería, el gordo de la primitiva, etc, que antes no tributaban, pero no es aplicable a las apuestas "privadas". En el caso de las loterías, quien paga es el organismo de loterías, de tal manera que ingresaría en Hacienda su parte y al afortunado el resto, sin necesidad de declararlo después en la renta.

Es como lo entiendo  ;)

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ttanni en 05 de Diciembre de 2014, 14:26:56 pm
El tutor de la asignatura respondió a esta duda: "Como señala la contestación de la Dirección General de Tributos a la consulta V2085-14 (30/7/2014), los premios obtenidos en el bingo no se incluyen entre los incluidos en la disposición adicional trigésima tercera de la LIRPF y, por lo tanto, no se encuentran sujetos al gravamen especial ni pueden disfrutar de la exención de 2.500 € contemplada en la misma."
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 05 de Diciembre de 2014, 16:15:56 pm
gracias, iría en la base imponible general, no? ya qu no hay transmisión...

en el caso de transmisiones lucrativas u onerosas si ha pasado más de un año también irían en la base general, no?

oye que pasa con las noticias que todo son tragedias, en todos los canales, me tienen hasta los cojones con lo de los ultras, que manera de darle bombo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: belu212 en 06 de Diciembre de 2014, 08:02:21 am
hola chicos... no se cómo empezar a estudiar esto... si esquemas, si viveiro, si libro.... apuntes de ferrandis que no los encuentro... ¿podéis aconsejarme por favor?
muchas gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Alopekos en 06 de Diciembre de 2014, 11:53:41 am
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gracias, iría en la base imponible general, no? ya qu no hay transmisión...

en el caso de transmisiones lucrativas u onerosas si ha pasado más de un año también irían en la base general, no?

oye que pasa con las noticias que todo son tragedias, en todos los canales, me tienen hasta los cojones con lo de los ultras, que manera de darle bombo.

Las ganacias basadas en negocios translativos de más de 1 año entre adquisición y tranmisión del objeto pertenecen a la base del ahorro. Las de menos de 1 año van a la BIG.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 07 de Diciembre de 2014, 11:10:07 am
Tengo una duda, la pensión de alimentos en favor de los hijos fijada por decisión judicial esta exenta, art. 7.k, pero mi duda es de que habla entonces el art. 64, donde dice que forman parte de la BI del pagador, aunque con una tributación mas baja.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ttanni en 07 de Diciembre de 2014, 11:44:45 am
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Tengo una duda, la pensión de alimentos en favor de los hijos fijada por decisión judicial esta exenta, art. 7.k, pero mi duda es de que habla entonces el art. 64, donde dice que forman parte de la BI del pagador, aunque con una tributación mas baja.
El artículo 7.k habla del que recibe la anualidad por alimentos y el artículo 64 del que paga dicha anualidad.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 07 de Diciembre de 2014, 12:14:49 pm
Es verdad, que empanamiento llevo... muchas gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: lukita2013 en 08 de Diciembre de 2014, 19:02:34 pm
Hola a todos. Planteo dudas exámenes años anteriores y a ver si alguien se anima :-)

SEPTIEMBRE 2007 - Original

Primera

- Ingeniero ha cobrado honorarios proyecto obra: RIAE Art. 27 LIRPF
- Ha pagado varias cantidades a unos colaboradores temporales: Socios ¿?
- Ha satisfecho una sanción por infracción cometida en materia de contratación laboral: No tiene la consideración de gasto fiscalmente deducible a tenor de lo dispuesto en Art. 14 TRLIS.


Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 11 de Diciembre de 2014, 11:53:11 am
Bien. Voy a intentar resolver el caso. Primera cuestion.
Determinar que tipo de renta es la percibida, si no trabaja por cuenta ajena, como parece desprenderse del enunciado es un rendimiento de actividades economicas. ARt 27.1, ya  que parece que desempeña una profesion liberal. El hecho imponible viene espeficado en el articulo 6.1c, obtencion de renta por el contribuyente proviniente del rendimiento de actividades economicas.
Así mismo se puede decir que esta renta se integrara en la base imponible general y no en la del ahorro. ARt 45 y 46.
¿Hasta aqui correcto o algún error?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: cateto en 12 de Diciembre de 2014, 12:34:46 pm
Alguien me puede orientar sobre como entender el impuesto de sociedades. Por mas vueltas que le doy no logro comprenderlo.
Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 12 de Diciembre de 2014, 12:34:59 pm
Bien, ahora la segunda cuestión. El pago al colaborador.
La regla general en el articulo 28 en el ap 1 nos dice que el rendimiento de las actividades economicas se determina según las normas del impuesto sociedades. sin perjuicio de la estimacion directa u objetiva del 30 y 31. Asi que sin mas datos, se puede decir en general que n la ley de sociedades es un gasto contable ye igualmente fiscalmente. ¿correcto o no ? ¿habria alguna diferencia si se determina el rendimiento por estiamcion directa u objetiva?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 12 de Diciembre de 2014, 12:37:16 pm
Cateto si no dices las dudas que tienes difícil contestarte.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 12 de Diciembre de 2014, 12:45:48 pm
Siguiendo con la contestacion al examen propuesto, los gastos por multas efectivamente segun el art 14. c de la ley impuesto sociedades no son gastos deducibles, y a ella nos referimos por remision del art 28.1 ley irpf sobre calculo del rendimiento neto. ¿Bueno que mas añadiriais?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: cateto en 12 de Diciembre de 2014, 13:56:40 pm
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Cateto si no dices las dudas que tienes difícil contestarte.

Entre otras cosas ¿como aplico las amortizaciones?
gracias pravias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 12 de Diciembre de 2014, 13:58:31 pm
Hay diferentes formas de amortizar, en este enlace lo explica muy bien, si sigues con dudas concreta un poco más.
http://www.fiscal-impuestos.com/2-base-imponible-i-amortizaciones.html
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: cateto en 12 de Diciembre de 2014, 14:08:51 pm
Gracias Pravias, a  ver si con el enlace que me has indicado logro entenderlo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: amatista en 12 de Diciembre de 2014, 14:11:24 pm
yo estoy enviando a casos a quien me lo ha pedido pues yo los ofrecí. No sé si estáis entre los destinatarios. si os interesa, dejarme un e-mail.  :P
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 16 de Diciembre de 2014, 10:05:25 am
Entonces según lo que se dice el profesor J. Mora en las videoclases de este año, por la cesión de una vivienda al trabajador (Rdo. trabajo en especie) que no sea propiedad del empleador (es decir que el empleador pague un alquiler), la valoración será el importe del alquiler y no del 10% o 5% del Valor catastral.
¿Estoy en lo cierto?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 16 de Diciembre de 2014, 10:23:03 am
Si Trospi pero recuerda esta coletilla del artículo 43 La utilización de una vivienda que no sea propiedad del pagador. La valoración resultante no podrá ser inferior a la que hubiera correspondido de haber aplicado lo dispuesto en la letra a) del número 1.º de este apartado.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 16 de Diciembre de 2014, 10:28:43 am
Ok Pravias, lo tendré en cuenta.
Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 16 de Diciembre de 2014, 10:31:04 am
En financiero hay que leer muy bien el artículo entero, hay muchas veces que hay coletillas que cambia totalmente la solución del caso.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 16 de Diciembre de 2014, 15:40:17 pm
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Si Trospi pero recuerda esta coletilla del artículo 43 La utilización de una vivienda que no sea propiedad del pagador. La valoración resultante no podrá ser inferior a la que hubiera correspondido de haber aplicado lo dispuesto en la letra a) del número 1.º de este apartado.

Pravias yo tenía esa misma duda, en qué artículo viene lo que has puesto de no podrá ser inferior a la que hubiera... no lo veo en el 43.1 a   en ese habla sobre si la vivienda es propiedad del pagador.
Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 16 de Diciembre de 2014, 15:56:40 pm
Ilse artículo 43,1.d.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 16 de Diciembre de 2014, 18:47:02 pm
a ver pregunta: tenemos una casa que es nuestra vivienda habitual y otra que solo usamos 3 meses al año. Ambos inmuebles tienen los valores catastrales revisados.
La habitual no genera ningun tipo de renta ni nada no? eso es lo que tenemos que decir. en base al art.85.1
Pero la de vacaciones no se que tenemos que usar el parrafo 1 o el 2 del 85.1. Porque dice que el valor catastral está revisado, entonces es el 2% o el 1,1%.

me refiero al supuesto 27 de los apuntes de viviero
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 16 de Diciembre de 2014, 21:59:07 pm
¿Me deduce la vivienda en el IRPF de 2013 y siguientes ejercicios?

La respuesta depende de:

•Si se compró la vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013, los gastos e hipoteca son deducibles. Tendremos que esperar a ver qué puede ocurrir en ejercicios fiscales venideros, ya que desde Europa y el FMI reclaman que se elimine esta ventaja fiscal, lo que podría acabar pasando (de forma retroactiva). En todo caso, a mayo de 2014 no hay cambios en este aspecto.
•Si la primera residencia se ha comprado del 01/01/2013 en adelante, no se puede deducir cantidad alguna en el IRPF de 2013 en adelante. Ya no hay ventajas fiscales para comprar casas.


te refieres a eso?  yo creo que no entraría dentro del art. 85... simplemente no renta, no imputa renta, no hay beneficios fiscales...
En la imputación de rentas como dice el profesor es el caso del piso vacío, lo tienen vacío durante todo el año y viven 3 meses,  si fuera alquilado esos tres meses a tercera persona declararía por rendimientos del capital inmobiliario durante esos tres mesesy el resto imputación de rentas, si son ellos los que pasan 3 meses queda igual imputación de rentas, consta como piso vacio...

no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 17 de Diciembre de 2014, 08:45:42 am
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a ver pregunta: tenemos una casa que es nuestra vivienda habitual y otra que solo usamos 3 meses al año. Ambos inmuebles tienen los valores catastrales revisados.
La habitual no genera ningun tipo de renta ni nada no? eso es lo que tenemos que decir. en base al art.85.1
Pero la de vacaciones no se que tenemos que usar el parrafo 1 o el 2 del 85.1. Porque dice que el valor catastral está revisado, entonces es el 2% o el 1,1%.

me refiero al supuesto 27 de los apuntes de viviero

Valor catastral no revisado, se aplica el 2%
Valor catastral revisado, se aplica el 1,1%

Los meses que está alquilada sería Rendimiento Capital Inmobiliario y los meses que está vacía sería Imputación de renta.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 17 de Diciembre de 2014, 09:43:30 am
La deduccion por vivienda habitual está regulada en la disposición transitoria decimoctava, y se aplicara según los articulos 67.1 68.1 70.1  77.1  y 78 en su redaccion en vigor el 31-12-2012
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 17 de Diciembre de 2014, 10:01:45 am
Yo cuando se hable de alquiler de vivienda añadiria que es un rendimiento inmobiliario siempre y cuando no sea un rendimiento de actividades economicas. Art 27.2 a y b que cuente con un local y un empleado para desarrollar esta actividad. Si no es una actividad economica es un rendimiento de capital inmobiliario art 22.
Ademas cuando es un rendimiento de capital inmobiliario se deduce los gastos que ha sido necesarios para la otención del rendimiento, art 23.1 a.
Gastos de conservacion del inmueble así como tributos y recargos que no tengan caracter sancionador,, 2323.1 1º y 2º.
Con respecto a el rendimiento por alquiler, cuando es un rendimiento inmobiliario. Tambien añadiria que hay una reduccion del 60 % en rendimientos de alquiler vivienda, 23.2 1º, esa reduccion era del 100 % para inquilinos entre 18 y 30 años que no superen los ingresos establecidos  ar 23 2 2º, si bien esta aprobada su derogación en la modificaciones de este año.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 17 de Diciembre de 2014, 11:13:04 am
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Valor catastral no revisado, se aplica el 2%
Valor catastral revisado, se aplica el 1,1%

Los meses que está alquilada sería Rendimiento Capital Inmobiliario y los meses que está vacía sería Imputación de renta.
justo eso necesitaba saber, lo del valor. Me hice un lio!
lo del rendimiento de cap inmobiliario si es cierto. Y el compañero santiago también tienen razón sobre los gastos deducibles. Y las reducciones.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 17 de Diciembre de 2014, 12:30:48 pm
Otra pregunta. Supuesto 29 de los casos de vivero.
Una señora le alquila a su nieto un inmueble  por 600 euros al año y el valor catastral es de 200.000 euros, y el IBI son 500 euros.
Está claro que tenemos que usar el 24 LIR pues es el de arrendamientos entre parientes. Que nos manda al antes citado art. 85.1 LIR con el 1.1% y el 2%. Se dice que el resultado sera una presunción de rendimiento mínimo del capital inmobiliario. Y como los ingresos obtenidos son menos que ese resultado ( son 600 euros al año) se aplicará ese rendimiento mínimo ( el que salga del 1.1% o el 2%, según proceda).
Pero dice en los apuntes " este rendimiento minino es neto, por lo que no se admite ningún gasto deducible" osea que no nos podemos deducir los 500 euros del IBI ¿no? S
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 17 de Diciembre de 2014, 17:07:30 pm
El art. 24 dice que "el rendimiento neto total no podrá ser inferior al que resulte de las reglas del art. 85".
Yo entiendo también que no se deduce ningún gasto.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 17 de Diciembre de 2014, 18:10:20 pm
¿Alguien sabe que porcentaje de retención e ingreso a cuenta se debe aplicar de cara al examen, el 19% que dice el art. 101 de la Ley o el 21% que establece la Disposición Adicional 35.4 para los años 2012,2013 y 2014?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mitsukoakari en 20 de Diciembre de 2014, 12:35:18 pm
He llamado al Departamento y me han dicho que el 21%
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 20 de Diciembre de 2014, 12:45:12 pm
Pasan toda la puta clase riendo de cosas absurdas...

Profesor: cuanto más estudies mejor...
Alumnos: jajajaja

Profesor: os voy a explicar algo pero no creo que caiga.
Alumnos: jajaja entonces no lo expliques jajaja

Y así con las risitas que yo no sé dónde está el chiste...


Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: RitaMeisLeiro en 20 de Diciembre de 2014, 15:20:11 pm
Hola!! Este año todavía no he podido empezar con esta asignatura, he estado leyendo el hilo y tengo una duda, me he descargado las leyes del impuesto sobre sociedades y veo que hay dos apartados con el mismo título:
1 ley del impuesto de sociedades
2 ley del impuesto de sociedades
Entran los dos apartados o solo entra el apartado 1 y de ahí ya voy al 3 reglamento del impuesto sobre sociedades?

Graciass
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 20 de Diciembre de 2014, 19:10:39 pm
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He llamado al Departamento y me han dicho que el 21%

Ok....gracias :)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Torrombo en 21 de Diciembre de 2014, 19:32:59 pm
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Pasan toda la puta clase riendo de cosas absurdas...

Profesor: cuanto más estudies mejor...
Alumnos: jajajaja

Profesor: os voy a explicar algo pero no creo que caiga.
Alumnos: jajaja entonces no lo expliques jajaja

Y así con las risitas que yo no sé dónde está el chiste...

de que hablas?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 25 de Diciembre de 2014, 13:43:31 pm
Creo que este año le voy a pedir a los Reyes como regalo que me ayuden a entender el Impuesto de Sociedades... :-[
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 27 de Diciembre de 2014, 10:28:10 am
Yo tampoco me entero de mucho, es un poco lioso, ni viendo las clases de este año me aclaro, el problema es detectar en què artículo viene lo que nos pregubtan, si es deducible o no si es de reducidas dimensiones etc etc  mucha tela para una preguntita del carajo...  no sé cómo será el impuesto de sucesiones y donaciones lo mismo es más práctico y fácil estidiarse éste y no el is
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: luu003 en 27 de Diciembre de 2014, 11:35:47 am
Sucesiones me ha parecido el más sencillo de todos, con diferencia. De hecho lo recomiendo, después de IRPF e IS con una lectura se entiende sobradamente y para las otras con 2, 3, etc... No esta tan claro.

Salu2!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 27 de Diciembre de 2014, 18:55:46 pm
A ver en el apartado "Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades" cuales quedan? porque parece que todas están derogadas!! Que vergüenza!!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 27 de Diciembre de 2014, 19:23:32 pm
Haber una pregunta sobre sucesiones, ya que yo no la tengo muy clara ¿la devolucion de productos defectuosos es un gasto deducible?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: luu003 en 28 de Diciembre de 2014, 16:33:24 pm
Esa no es de sucesiones sino de sociedades. Creo recordar que había un máximo entre las garantías vivas del año en curso y los 2 últimos y el máximo deducible, dentro de las provisiones. Pero tendría que mirarlo y ahora no tengo los apuntes encima.

Cuando llegue a casa lo miro.

Salu2!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: luu003 en 28 de Diciembre de 2014, 16:35:27 pm
Por cierto, con ese "haber" casi me quedo bizco.

Salu2!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: vanegiselle en 29 de Diciembre de 2014, 09:04:57 am
hola buenos dias, sabe alguien si hay casos de examenes de sociedades resueltos, he visto los del libro de practicas pero no de examenes, es que no me entero bien con sociedades y quisiera hecharles un ojo
gracias y feliz año nuevo a todos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 29 de Diciembre de 2014, 10:03:37 am
Provisiones de productos defectuosos:
-Criterio general: deducibilidad exige que el gasto realizado se refiera a obligaciones legales o contractuales. Los gastos derivados de obligaciones tácitas, es decir, las asumidas por la empresa, bien por haberlas hecho públicas o bien por haberlas señalado a terceros, no son gasto fiscalmente deducible para esta.
Art. 14.3, a.
-El artículo 14.9 establece unos gastos de reparación... Se dota en el caso de que las ventas realizadas por el obligado tributario tengan unos periodos de garantía y se determina aplicando un porcentaje al saldo de ventas pendientes de garantías a final de ejercicio. Este porcentaje se calcula teniendo en cuenta los gastos por garantías realizados durante el periodo y en los dos anteriores dividido entre las ventas con garantías existentes en los mismos periodos.
También se aplica este procedimiento para los gastos casorios devoluciones de ventas.


En el examen hay que fijarse muy bien el enunciado porque os dará la clave para resolver el caso.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 29 de Diciembre de 2014, 11:33:48 am
Gracias por la solucion a los gastos  por devolucion de productos defectuosos. Ya creo que lo he entendido.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 29 de Diciembre de 2014, 11:37:30 am
Completo la respuesta indicando que esta devolución si es un gasto para la sociedad, si en otro ejercicio se constituyó una provisión como ésta no es fiscalmente deducible pues hay que hacer un ajuste extracontable negativo (ésto en el caso de que no hablemos de las reparaciones de garantía que mencioné antes que si fueron deducibles estas provisiones).
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jorgemartinez en 29 de Diciembre de 2014, 23:49:01 pm
Hola, estoy echando un vistazo a los exámenes de años anteriores y me gustaría preguntar si alguien tiene las soluciones de los primeros parciales entre los años 2008 y 2010, y si es tan amable de pasármelas. Mi correo es jorge.aeroestado@gmail.com
Muchas gracias de antemano
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 30 de Diciembre de 2014, 20:36:19 pm
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Sucesiones me ha parecido el más sencillo de todos, con diferencia. De hecho lo recomiendo, después de IRPF e IS con una lectura se entiende sobradamente y para las otras con 2, 3, etc... No esta tan claro.

Salu2!!

Por dónde has estudiado sucesiones, yo no lo tengo en apuntes y en las clases de ferrandis no  explica ese impuesto.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mitsukoakari en 30 de Diciembre de 2014, 21:55:06 pm
Sucesiones no entra en este cuatrimestre...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 30 de Diciembre de 2014, 22:38:14 pm
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Sucesiones no entra en este cuatrimestre...

Hola

Sí que entra, es el ISD, Impuesto de Sucesiones y Donaciones, es de los bloques que puede caer una pregunta o ninguna, y una pregunta de ese bloque me subió la nota del primer parcial en septiembre, así que aunque no estudiéis los apuntes o el manual, la Ley siempre ayuda, y el índice de la misma.  ;)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 30 de Diciembre de 2014, 22:47:52 pm
Normalmente suele ser 4 irpf 1 is y 1 isd  pero podríann quitar la de isd, la verdad que el is es un auténtico coñazo, creo que le echaré un vistazo al isd pero así en seco si no hay clases ni nada pillar la ley sin más creo que me enteraré de poco...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 31 de Diciembre de 2014, 10:05:54 am
Ha salido de isd, o de no residentes o dos del IS, pueden salir por donde sea, pero yo me voy a mirar el ISD y no residentes a modo de comodín porque como dice ILSE no me entero un carajo del IS.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: luu003 en 31 de Diciembre de 2014, 12:27:49 pm
ISD es regalado, e IRNR en menor medida, en comparación con las dos primeras. Pero es que nada que ver a nivel de comprensión de los matices, que es lo que te pueden estropear el ejercicio.

Lo he estudiado por el libro por cierto, que es uno de los que compré este año.

E hice unos apuntes por lo que  si no encontráis por ahí y le queréis echar un vistazo para complementar la ley, me decís. Lo único que son escritos de mi puño y letra, nada de word que ya no me da tiempo.

Salu2!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: fonsopalencia en 03 de Enero de 2015, 11:51:05 am
Qué asignatura más compleja.....
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 03 de Enero de 2015, 14:46:14 pm
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Buenas noches. La profesora de mis tutorías está dando unos supuestos prácticos y luego además de resolverlos en clase, aporta las resoluciones por escrito. Si alguien está interesado en que se los envíe, con mucho gusto lo haré si me lo solicitáis al siguiente e-mail:
leo.fpl@telefonica.net
Muchas gracias, y Feliz año
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ochentero en 03 de Enero de 2015, 17:59:52 pm
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ISD es regalado, e IRNR en menor medida, en comparación con las dos primeras. Pero es que nada que ver a nivel de comprensión de los matices, que es lo que te pueden estropear el ejercicio.

Lo he estudiado por el libro por cierto, que es uno de los que compré este año.

E hice unos apuntes por lo que  si no encontráis por ahí y le queréis echar un vistazo para complementar la ley, me decís. Lo único que son escritos de mi puño y letra, nada de word que ya no me da tiempo.

Salu2!!


a mi me interesa si no te importa me harias un gran favor enviandomelo a ochentero44@hotmail.es

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: luu003 en 03 de Enero de 2015, 19:49:33 pm
Ok, pero no estoy ahora con ellos encima, el domingo te los mando ya que no puedo antes.

Salu2!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ochentero en 03 de Enero de 2015, 20:27:11 pm
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Ok, pero no estoy ahora con ellos encima, el domingo te los mando ya que no puedo antes.

Salu2!!

ok muchas gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: luu003 en 04 de Enero de 2015, 21:01:11 pm
He colgado los apuntes de IS e ID en apuntes temporales. Espero que os sirvan.

Recomiendo echarle un ojo a ambos impuestos ya que me parecen más asequibles que los precedentes.

Salu2!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 04 de Enero de 2015, 21:35:26 pm
Aquí también hablan de estos:

ISD

https://www.youtube.com/watch?v=EZDuSZFTJ-0

IP

https://www.youtube.com/watch?v=niIBlPuJVqo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ALBERMAR en 04 de Enero de 2015, 23:17:34 pm
Mirar estos,  también explica  bien los impuestos.

https://www.youtube.com/watch?v=4XBB1S_Wz6M
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 05 de Enero de 2015, 16:29:36 pm
Estoy estudiando el impuesto de sociedades y en la redaccion actual  de la ley a partir del 2015 no encuentro deducciones por reinversion de beneficios. ¿hay alguna similar o disposicion transitoria No lo encuentro y en años anteriores hay varios casos que hacen referencia a esta deducción.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 05 de Enero de 2015, 16:41:09 pm
Estás mirando la nueva ley?, no os vais a examinar de la anterior?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 05 de Enero de 2015, 17:21:59 pm
se supone que el examen es de la redaccion en vigor a la entrada del curso, así que supongo que se debe contestar con respecto a lo que estaba en vigor en octubre, no se si se deberia ademas hacer referencia a la nueva legislacion vigente.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 05 de Enero de 2015, 17:24:14 pm
Pero esta ley es de noviembre, así que imagino que debes contestar por la anterior y la referencia al articulo 42.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 05 de Enero de 2015, 17:40:12 pm
Eso hare, ya es dificil en si como para manejar bien todos los cambios legislativos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 05 de Enero de 2015, 20:13:18 pm
Gracias por los vídeos, a ver si me entero de algo de sucesiones y donaciones y paso del IS.

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 06 de Enero de 2015, 08:39:22 am
En referencia a la PEC del domingo, día 11, y a los efectos oportunos:
Si habéis seguido las instrucciones de "Dar de alta una nueva declaración", hay un dato claro (punto 16), la vivienda no tiene referencia catastral. Es posible que luego se juegue con esta información.
Un saludo,
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rogelt en 06 de Enero de 2015, 14:35:47 pm
Una vez localizado el artículo adecuado aplicable al supuesto ¿Resulta suficiente para aprobar (un 5) si plasmamos literalmente el artículo? ¿Hay que florearlo con rica prosa?.
A modo de ejemplo citaré dos supuestos del examen de reserva del año pasado

Alberto satisface una anualidad por alimentos a su hermano en virtud de decisión judicial.
¿Tiene alguna repercusión en esta pago en el IRPF de Alberto?.

De acuerdo con el artículo 55 LIRPF "Las pensiones compensatorias a favor del cónyuge y las anualidades por alimentos, con excepción de las fijadas en favor de los hijos del contribuyente, satisfechas ambas por decisión judicial, podrán ser objeto de reducción en la base imponible".

Juan satisface contribuciones a un plan de pensiones de empleo (en favor de sus empleados)
¿Debe Juan practicar un ingreso a cuenta en el IRPF de su empleado respectos a estas contribuciones?

De acuerdo con el artículo 102. 2 RIRPF "No existirá obligación de efectuar ingresos a cuenta respecto a las contribuciones satisfechas por los promotores de planes de pensiones, de planes de previsión social empresarial y de mutualidades de previsión social que reduzcan la base imponible".
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 06 de Enero de 2015, 14:51:00 pm
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Una vez localizado el artículo adecuado aplicable al supuesto ¿Resulta suficiente para aprobar (un 5) si plasmamos literalmente el artículo? ¿Hay que florearlo con rica prosa?.
A modo de ejemplo citaré dos supuestos del examen de reserva del año pasado

Alberto satisface una anualidad por alimentos a su hermano en virtud de decisión judicial.
¿Tiene alguna repercusión en esta pago en el IRPF de Alberto?.

De acuerdo con el artículo 55 LIRPF "Las pensiones compensatorias a favor del cónyuge y las anualidades por alimentos, con excepción de las fijadas en favor de los hijos del contribuyente, satisfechas ambas por decisión judicial, podrán ser objeto de reducción en la base imponible".

Juan satisface contribuciones a un plan de pensiones de empleo (en favor de sus empleados)
¿Debe Juan practicar un ingreso a cuenta en el IRPF de su empleado respectos a estas contribuciones?

De acuerdo con el artículo 102. 2 RIRPF "No existirá obligación de efectuar ingresos a cuenta respecto a las contribuciones satisfechas por los promotores de planes de pensiones, de planes de previsión social empresarial y de mutualidades de previsión social que reduzcan la base imponible".

Hola rogelt

No se trata de "florearlo", pero sí de completarlo.

No fue de los exámenes que me tocó, pero yo añadiría en el primer supuesto, el precepto de la deducción.

En el segundo, podrías indicar que se trata de un retribución en especie, a pesar de estar exento  de practicar el ingreso a cuenta, no obstante esos planes de pensiones se descuentan del neto del trabajador, así que lo paga él, al fin y al cabo es así.

De otro, depende del caso; el curso pasado me dejaron el primer parcial en un 4 en febrero, sólo por no indicar de forma más clara -aparte de lo que tuve mal, claro- la cuestión de parentesco por afinidad y por consaguinidad, y alguna otra cosita que me hubiese dado el aprobado.

Con lo cual, dada mi experiencia y la diferencia de mis dos exámenes de septiembre, que floreé algo más, es una condición favorable para ese san cinco bendito, al menos, en el segundo en lo que a mi se refiere.

Saludos y suerte
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 06 de Enero de 2015, 14:51:36 pm
Si finalizas con una conclusión, en plan, "en este caso..." yo creo que perfecto.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 06 de Enero de 2015, 21:06:34 pm
Teneis la ley que estaba en vigor el comienzo de curso? En internet para imprimir en pdf solo encuentro la actual.
Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: tevivi en 07 de Enero de 2015, 09:01:14 am
Buenos días y feliz año!

Disculpad si esta pregunta se ha formulado antes... He leído las 36 páginas anteriores y no la he visto.

En apuntes temporales, he localizado un esquema de IRPF encabezado "iusmasoquista”, podéis confirmarme si éste es el esquema del Profesor Ferrandis y dónde puedo localizar el esquema del profesor sobre IS?

Muchas gracias!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 07 de Enero de 2015, 09:15:33 am
Tevivi ese esquema es de un compañero, el resto de esquemas del profesor Ferrandis está reunido en la zona de apuntes temporales.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Evitajus en 07 de Enero de 2015, 11:28:44 am
Hola, una pregunta ¿ os habéis comprado el código tributario para el examen o con las leyes impresas? Si vais con las leyes impresas ¿ cuales son todas las necesarias? Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alberto8051 en 07 de Enero de 2015, 20:55:30 pm
A ver, resumiendo, esquemas de teoría del prof. ferrandis, del IRPF e IS, clases del mismo, Código Aranzadi con post-it para el examen y hacer casos y más casos...me equivoco?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Veruska123 en 07 de Enero de 2015, 21:41:14 pm
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A ver, resumiendo, esquemas de teoría del prof. ferrandis, del IRPF e IS, clases del mismo, Código Aranzadi con post-it para el examen y hacer casos y más casos...me equivoco?

Así estoy estudiando yo la materia.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alberto8051 en 07 de Enero de 2015, 21:57:57 pm
Y otra cuestión, después de lio que organizan en cuanto a los bloques y las preguntas de cada bloque, también se puede sacar la conclusión de que es suficiente con saber bien el IRPF y el IS, no?

Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 08 de Enero de 2015, 09:10:39 am
Si Alberto Irpf +Is y examen aprobado.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ochentero en 08 de Enero de 2015, 09:23:11 am
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Ok, pero no estoy ahora con ellos encima, el domingo te los mando ya que no puedo antes.

Salu2!!


hola quería saber si me has mandado los archivos porque yo no lo he recibido en el correo que te puse. Si no te importa enviarmelo te vuelvo a dar mi correo, Ojo, es hotmail.es y no .com
ochentero44@hotmail.es

Gracias y mucha suerte en los examenes
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 08 de Enero de 2015, 10:31:45 am
Ochentero si dos mensajes después dijo que los había colgado para todos, ahh que tú no lees... vale, pues están en el subforo de apuntes.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ochentero en 08 de Enero de 2015, 10:48:16 am
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Ochentero si dos mensajes después dijo que los había colgado para todos, ahh que tú no lees... vale, pues están en el subforo de apuntes.

Gracias ilse pero si lo hubiese leido no escribiria, perdona si te ha molestado, no era mi intención. Que sepas que no suelo escribir y menos ser pesado preguntando o pidiendo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 08 de Enero de 2015, 12:36:14 pm
La cuestión es que para manejar el IS tela, no hay quien se aclare, yo al menos.


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Y otra cuestión, después de lio que organizan en cuanto a los bloques y las preguntas de cada bloque, también se puede sacar la conclusión de que es suficiente con saber bien el IRPF y el IS, no?

Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 08 de Enero de 2015, 18:37:01 pm
que ley tenemos que usar en el IS ? 4/2004 o la 27/2014? tengo el código pero como es del año pasado está derogado. Se pueden ir con las leyes fotocopias?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pedro73 en 08 de Enero de 2015, 20:51:57 pm
alguien podría resolverme una duda que seguro que es facililla para todos menos para mi
en el régimen de atribución de rentas, por ejemplo dos chicos montan un bar como comunidad de bienes y dice que tributará no la comunidad sino los comuneros;o sea se le atribuye a cada uno de ellos, lo que no entiendo es como califico esa renta? lo declara como rendimientos de actividades económicas?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 09 de Enero de 2015, 08:47:41 am
Yo entiendo que sí según el art. 88 LIRPF.

Artículo 88. Calificación de la renta atribuida.
Las rentas de las entidades en régimen de atribución de rentas atribuidas a los socios, herederos, comuneros o partícipes tendrán la naturaleza derivada de la actividad o fuente de donde procedan para cada uno de ellos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pedro73 en 09 de Enero de 2015, 08:53:48 am
yo tambien lo entiendo así, pero todavía estoy por encontrar un sitio que lo diga claramente y a esta alturas con estas dudas no puede ser
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 09 de Enero de 2015, 11:35:02 am
Yo creo que depende quien es el perceptor de rentas. El irpf grava las rentas obtenidas por las personas fisicas art. 1 Ley irpf y el impuesto sociedades grava la renta obtenida por las sociedades y entidades juridicas art  1 de la ley del impuesto de sociedades. No recuerdo haberlo visto pero es la deduccion que saco del estudio de las leyes, que depende de por quien esté formada la comunidad de bienes
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 09 de Enero de 2015, 13:45:43 pm
cuando es una empresa de reducida demiensión¿? 10 millones de euros? en el art. 108 dice eso. pero en el libro de ejercicios (de hace años) dice 8 millones de euros.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 09 de Enero de 2015, 14:57:37 pm
Siempre lo que diga la Ley.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 09 de Enero de 2015, 17:14:59 pm
yaaa. osea 10 millones de euros empresa pequeña.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 09 de Enero de 2015, 17:51:00 pm
Por qué dice ferrandis que la cesión de derechos es una ganancial patrimonial... no sería rend cap inmobiliario? Lo mismo hasta ya lo he pregubtado.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 09 de Enero de 2015, 19:36:56 pm
No sé si te refieres a esto;
A, el propietario de un terreno por ejemplo, que cede su derecho en usufructo a B es  RCInmobiliario, pero si B lo cede a un 3º (C), sería GyP Patrimoniales.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 09 de Enero de 2015, 19:46:50 pm
Y la cesión de la nuda propiedad por qué es ganancia patrimonial si la cesión de derechos es rend inmobiliario...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 09 de Enero de 2015, 19:52:46 pm
Se puede decir que ceder la nuda propiedad es transmitir, hay una verdadera transmision de patrimonio, no una cesion de derechos, por tanto hay una alteracion del patrimonio art. 33.1 Ley IRPF
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 09 de Enero de 2015, 20:06:56 pm
Para ser RCI hay que ser titular del inmueble(derecho real)..., art. 22.1, sino se es titular (derecho personal) sería PyG...art 33.1, salvo que por Ley se califiquen como rendimientos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 10 de Enero de 2015, 09:33:48 am
IS, cuando habla de que las empresas se pueden ajustar al tipo impositivo del 15(300000€ primeros) ó 20(resto) para empresas que se hayan creado a partir del 1 de enero de 2013 siempre que realice actividad económica...

cuál es el artículo?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 10 de Enero de 2015, 13:52:21 pm
Disposición adicional decimonovena. Entidades de nueva creación.
1. Las entidades de nueva creación, constituidas a partir de 1 de enero de 2013, que realicen actividades económicas tributarán, en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente, con arreglo a la siguiente escala, excepto si, de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de esta ley, deban tributar a un tipo inferior:
a) Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros, al tipo del 15 por ciento.
b) Por la parte de base imponible restante, al tipo del 20 por ciento.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 10 de Enero de 2015, 16:27:23 pm
gracias, a ver si entiendo lo de los ajustes, si tengo un gasto extracontable negativo es  un importe que he deducido de la base imponible(me aminora la base), y si resulta que ese ajuste extracotable lo he puesto mal tendría que hacer un ajuste extracontable positivo quitándolo de la deducción de la base con lo cual aumentaría la misma y hacienda es la que se lleva el cacho.

y el problema es encontrar si ese gasto es deducible en la ley, art. 11 12 13 14
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 10 de Enero de 2015, 17:09:52 pm
Si, muchas preguntas del IS son sobre si hay que hacer ajuste extracontable o no básicamente, hay que tener muy claro que se tiene que ajustar, como multas, impuestos etc.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 10 de Enero de 2015, 17:20:59 pm
Entender el impuesto de sociedades requiere entender que hay dos contabilidades: Una la que refleja el resultado empresarial determinado con arreglo a la legislacion mercantil y es el resultado contable,el que  se obtiene de la cuenta de pérdidas y ganancias. Por otro lado está la contabilidad fiscal, parte del resultado  contable de la cuenta de perdidas y ganancias pero se le hacen determinados ajustes porque fiscalmente tienen un tratamiento distinto al contable.
Son ajustes extracontables positivos aquellos que integran en la base imponible cantidades que se consideran rentas positivas a pesar de que no han sido considerados como ingresos contables, o bien gastos que han sido deducidos para hallar el resultado contable pero que tienen la consideración de no deducibles fiscalmente. Es decir perjudican al contribuyente porque aumenta su base imponible.
Son ajustes extracontables negativos aquellos que minoren el resultado contable para hallar la base imponible (por ejemplo, la exclusión de la base imponible de una renta exenta fiscalmente pero que se consideró contablemente como ingreso), en este caso beneficia al contribuyente.

Para ayudarte puedes decir positivo aumenta base imponible, negativo la disminuye.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 10 de Enero de 2015, 17:31:19 pm
qué pasa que lo que yo he dicho no es correcto o te gusta adornarte...  lo que nos gusta ir detrás diciendo lo mismo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 10 de Enero de 2015, 19:42:42 pm
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Entender el impuesto de sociedades requiere entender que hay dos contabilidades: Una la que refleja el resultado empresarial determinado con arreglo a la legislacion mercantil y es el resultado contable,el que  se obtiene de la cuenta de pérdidas y ganancias. Por otro lado está la contabilidad fiscal, parte del resultado  contable de la cuenta de perdidas y ganancias pero se le hacen determinados ajustes porque fiscalmente tienen un tratamiento distinto al contable.
Son ajustes extracontables positivos aquellos que integran en la base imponible cantidades que se consideran rentas positivas a pesar de que no han sido considerados como ingresos contables, o bien gastos que han sido deducidos para hallar el resultado contable pero que tienen la consideración de no deducibles fiscalmente. Es decir perjudican al contribuyente porque aumenta su base imponible.
Son ajustes extracontables negativos aquellos que minoren el resultado contable para hallar la base imponible (por ejemplo, la exclusión de la base imponible de una renta exenta fiscalmente pero que se consideró contablemente como ingreso), en este caso beneficia al contribuyente.

Para ayudarte puedes decir positivo aumenta base imponible, negativo la disminuye.

Gracias! Me has ayudado a entenderlo, muy bien explicado  :)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 11 de Enero de 2015, 09:15:45 am
Una tasa local es deducible?, en què artìculo viene, gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Veruska123 en 11 de Enero de 2015, 10:32:19 am
¿Vais a hacer la Pec? Acabo de leer que dura 3 horas, demasiado tiempo... Yo me lo estoy pensando.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 11 de Enero de 2015, 12:06:30 pm
Hola Ilse, si te has explicado bien, y es una explicacion correcta para entender. Lo que he intentado es responder como lo haria en un examen, siento que no te haya servido la explicacion, no obstante te recomiendo que te habitues a emplear terminos juridicos, te ayudara a aprobar  ya que demostrara un mayor nivel de conocimiento.
Animo a todos que ya falta poco :)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 11 de Enero de 2015, 12:39:20 pm
Vais hacer la pec? yo ya he rellenado lo poco que dicen.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 11 de Enero de 2015, 12:47:05 pm
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Vais hacer la pec? yo ya he rellenado lo poco que dicen.
Intentemoslo. A las 19,45 on line.
Creo q es la primera vez que se hace un examen en domingo en una universidad española. Yo jamás lo he visto, y son muchos años. Creo que estamos haciendo historia en la explotación del alumnado.
Un saludo, y suerte (si hay dudas nos vemos aquí)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 11 de Enero de 2015, 12:50:18 pm
Sobre la tasa local, nos referimos al impuesto de sociedades?
Si es así el art 14.1 b nos dice no tendrán la consideración de gastos fiscalmente deducibles los derivados de la contabilización del Impuesto sobre Sociedades.
Los tributos en general son contablemente gastos y como tal inciden en el resultado contable o sea cuenta de pérdidas y ganancias, pero que sucede con el impuesto de sociedades? que como todos los impuestos, disminuye el resultado contable, pero fiscalmente la ley impuesto sociedades no lo admite como gasto deducible pòr el mencionado ar. 14.1 b, así que hay que hacer un ajuste extracontable, o sea un ajuste positivo (positivo porque aumenta la base imponible), en cambio con el resto de los impuesto no hay que hacer ningún ajuste.
Es correcto o puede haber algún error?
Esto con respecto al impuesto de sociedades, en el impuesto irpf tambien incide, así en el rendimiento capial inmobiliario se reconoce como gasto deducible en el 23.2 ley irpf.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 11 de Enero de 2015, 13:46:49 pm
Gracias santiago, es sobre sociedades, he encontrado esto en un examen que copio y pego,no sé si tendrá que ver el tipo de tasa  ???;

Una SA ha deducido como gastos en su autoliquidación del Impuesto sobre
Sociedades una tasa municipal por tratamiento de residuos industriales.


La sociedad ha procedido correctamente al deducir la tasa. No hay ninguna previsión
respecto de este tipo de gastos en la normativa del IS y, por lo tanto, no deberá practicarse ningún
ajuste extracontable por este motivo (art. 10.3 TRLIS).
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 11 de Enero de 2015, 15:07:31 pm
La pec la subes a las 18 OJO, a las 19.45 se puede empezar a entregar y empieza el plazo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 11 de Enero de 2015, 15:21:49 pm
hay que sacar un 7,5 en el examen para que te sumen la nota, yo creo que paso, si alguien después cuando termine el tiempo puede colgarla para echarle un vistazo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Veruska123 en 11 de Enero de 2015, 16:45:08 pm
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hay que sacar un 7,5 en el examen para que te sumen la nota, yo creo que paso, si alguien después cuando termine el tiempo puede colgarla para echarle un vistazo.

Lo mismo digo  ;)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 18:13:50 pm
los datos de la pec se pueden empezar a meter en el programa PADRE cuando nos los den, no? y luego a partir de las 19.45 entregarse, verdad?

a ver q tal...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ranchal en 11 de Enero de 2015, 18:15:26 pm
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los datos de la pec se pueden empezar a meter en el programa PADRE cuando nos los den, no? y luego a partir de las 19.45 entregarse, verdad?

a ver q tal...

Yo creo que sí. Pero a partir de las 19h45 tenemos máximo tres horas para entregarla, ¿cierto?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 18:19:23 pm
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Yo creo que sí. Pero a partir de las 19h45 tenemos máximo tres horas para entregarla, ¿cierto?

Eso entiendo... Pero no creo que nos lleve muchísimo tiempo hacerla, no?!?! a ver si la cuelgan... :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ana79 en 11 de Enero de 2015, 18:21:17 pm
Los datos q debían de estar a las 18:00, no los hand colgado todavía verdad?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 11 de Enero de 2015, 18:22:00 pm
Yo creo que hasta las 19:45 no nos darán los datos.
Hay una contradicción en el pdf que enviaron porque por un lado pone: "La prueba consistirá en la cumplimentación de una declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a través de la utilización del programa PADRE con los datos sobre operaciones y rentas que se proporcionarán en la fecha citada a las 18:00 horas."
Y justo debajo pone a partir de las 19:45: "Le recomendamos que descargue el programa PADRE antes del domingo 11 de enero de 2015, de tal forma que en el tiempo de duración de la PEC sólo tenga que introducir los datos que le facilitaremos a las 19:45."

Puede que lo de las 18:00 sea una errata
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 18:25:40 pm
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Yo creo que hasta las 19:45 no nos darán los datos.
Hay una contradicción en el pdf que enviaron porque por un lado pone: "La prueba consistirá en la cumplimentación de una declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a través de la utilización del programa PADRE con los datos sobre operaciones y rentas que se proporcionarán en la fecha citada a las 18:00 horas."
Y justo debajo pone a partir de las 19:45: "Le recomendamos que descargue el programa PADRE antes del domingo 11 de enero de 2015, de tal forma que en el tiempo de duración de la PEC sólo tenga que introducir los datos que le facilitaremos a las 19:45."

Puede que lo de las 18:00 sea una errata


Pues me parece fatal...tener a todos pendiente de la pec 2 horas...en fin... errores así se nos tendrán a nosotros en cuenta en el examen?....
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ranchal en 11 de Enero de 2015, 18:26:36 pm
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Yo creo que hasta las 19:45 no nos darán los datos.
Hay una contradicción en el pdf que enviaron porque por un lado pone: "La prueba consistirá en la cumplimentación de una declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a través de la utilización del programa PADRE con los datos sobre operaciones y rentas que se proporcionarán en la fecha citada a las 18:00 horas."
Y justo debajo pone a partir de las 19:45: "Le recomendamos que descargue el programa PADRE antes del domingo 11 de enero de 2015, de tal forma que en el tiempo de duración de la PEC sólo tenga que introducir los datos que le facilitaremos a las 19:45."

Puede que lo de las 18:00 sea una errata
Estoy contigo, tiene pinta de que han modificado el resto de horas, pero se les coló las 18h. Yo tuve que leerlo varias veces para entender la hora exacta. Encima estoy desde Londres y tengo que contar con que aquí es una hora menos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 11 de Enero de 2015, 18:40:34 pm
Ya no hay duda el tutor ha contestado en alf: Estimados estudiantes:
La PEC dará comienzo a las 19:45, como se indica en la noticia publicada en el "Tablón de noticias".
Atentamente,
Gerardo Menéndez
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: fun9 en 11 de Enero de 2015, 19:07:26 pm
Hola, quería preguntar que versión habéis descargado del programa padre. Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 11 de Enero de 2015, 19:11:43 pm
La versión 1.35
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 11 de Enero de 2015, 19:22:35 pm
Yo la voy a hacer. Sé que es muy difícil un 7.5 pero tampoco baja... ¿ Y si el examen me sale estupendo, tengo un 7.5? y puedo llegar a sobresaliente. Yo lo intento!!! El año pasado me cogí está asignatura (no estudié nada) pero intenté hacer la pec porque pensaba que me iba a dar tiempo para el examen presentarme (no fue así) y casi apruebo la PEC.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: fun9 en 11 de Enero de 2015, 19:44:15 pm
Perdonar no me había leído la pagina de instrucciones,no obstante gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Piteras en 11 de Enero de 2015, 19:46:08 pm
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Intentemoslo. A las 19,45 on line.
Creo q es la primera vez que se hace un examen en domingo en una universidad española. Yo jamás lo he visto, y son muchos años. Creo que estamos haciendo historia en la explotación del alumnado.
Un saludo, y suerte (si hay dudas nos vemos aquí)
Hablándote de memoria, creo que en Septiembre hay convoccatoria oficial en Domingo(no reserva, creo que me comentaron que era convocatoria)...por lo que el récord durará poco!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 19:57:08 pm
En el punto 1 se puede aplicar la reducción deo 40% del art. 18 2a, verdad? Sería sobre el importe integro, es decir: 26616,92? o a éste hay que restarle la cotización?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ochentero en 11 de Enero de 2015, 20:06:00 pm
Si pero no me deja en casilla reduccion
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 20:13:30 pm
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Si pero no me deja en casilla reduccion

pero es el 40% sobre 26616,92 o sobre (26616,92 - 1964,92) ?

 a mí si me ha dejado meterlo....
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 11 de Enero de 2015, 20:19:17 pm
sobre los 24000 restantes
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 11 de Enero de 2015, 20:20:30 pm
A mi me da una reducción de 9860.8
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 20:24:05 pm
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A mi me da una reducción de 9860.8

A mi también... ;)

Otras dudas:

1.-La cantidad recibida del seguro de renta vitalicia es un Rendimiento del capital mobiliario, verdad? Pero no veo en que casilla meterlo...

2.- El plan de pensiones, sé que si la que aporta es la empresa es un Rendimiento de Trabajo en especie...pero aquí el que aporta es el propio contribuyente...también es una RT? donde lo metemos?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 11 de Enero de 2015, 20:26:41 pm
1 la he puesto en la casilla 26, art 25.3
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 20:30:04 pm
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1 la he puesto en la casilla 26, art 25.3

Sí, justo la vi...pero en la casilla de la DT 4ª no hay que poner nada, no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 11 de Enero de 2015, 20:31:42 pm
Lo del apartado dos sera el art. 25.3.2º) creo yo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: kanty361 en 11 de Enero de 2015, 20:32:04 pm
Hola podríamos decir las casillas a marcar.
El seguro de rentas vitalicias inmediatas creo que es la casilla 26 y al tener 43 tributa un 35€ es decir 3500€, es así?
Saludos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 11 de Enero de 2015, 20:32:26 pm
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Sí, justo la vi...pero en la casilla de la DT 4ª no hay que poner nada, no?

Tiena una reducción del 35
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Saritaph en 11 de Enero de 2015, 20:35:13 pm
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Hola podríamos decir las casillas a marcar.
El seguro de rentas vitalicias inmediatas creo que es la casilla 26 y al tener 43 tributa un 35€ es decir 3500€, es así?
Saludos

Yo creo que sí. Y en cuanto a la reducción del 40% creo que como reducción especial se aplica sobre el rendimiento íntegro (26616,92).
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: May1985 en 11 de Enero de 2015, 20:35:26 pm
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En el punto 1 se puede aplicar la reducción deo 40% del art. 18 2a, verdad? Sería sobre el importe integro, es decir: 26616,92? o a éste hay que restarle la cotización?

Pero cómo sabemos que han sido más de 2 años? Pone varios pero no especifica...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 11 de Enero de 2015, 20:38:03 pm
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Hola podríamos decir las casillas a marcar.
El seguro de rentas vitalicias inmediatas creo que es la casilla 26 y al tener 43 tributa un 35€ es decir 3500€, es así?
Saludos
eso creo yo. entonces ponemos en rendimiento integro los 3500 y la retencion los 735. y ya está no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: fun9 en 11 de Enero de 2015, 20:39:13 pm
las perdidas patrimoniales no se como colocarlas , ¿alguna idea?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 11 de Enero de 2015, 20:41:37 pm
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Pero cómo sabemos que han sido más de 2 años? Pone varios pero no especifica...
es renta irregular porque las indemnizaciones por despido lo son. http://www.abc.es/economia/20140701/abci-despido-indemnizacion-reforma-fiscal-201406300859.html
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 11 de Enero de 2015, 20:42:38 pm
tiene una ganancia patrimonial de 1000 euros, pero no se donde se pone, es de hace mas de un año.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 20:43:46 pm
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las perdidas patrimoniales no se como colocarlas , ¿alguna idea?

ha obtenido una ganancia, no?
 yo lo he colocado en el 294 y siguientes...pero no sé si también hay que meterlos en el 305 y siguientes...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 11 de Enero de 2015, 20:45:55 pm
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es renta irregular porque las indemnizaciones por despido lo son. http://www.abc.es/economia/20140701/abci-despido-indemnizacion-reforma-fiscal-201406300859.html
No queda exento nada.
Ver art.7. e) ... sin que pueda considerarse como tal la establecida en virtud de pacto, convenio o contrato (que es el caso). Luego todo cotiza.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 11 de Enero de 2015, 20:47:41 pm
A efectos informativos, me da a devolver 964,54. Esperemos sea correcto.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 20:48:36 pm
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A efectos informativos, me da a devolver 964,54. Esperemos sea correcto.

Donde has metido el plan de pensiones?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 11 de Enero de 2015, 20:50:17 pm
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No queda exento nada.
Ver art.7. e) ... sin que pueda considerarse como tal la establecida en virtud de pacto, convenio o contrato (que es el caso). Luego todo cotiza.
muy buen apunte, gracias. nos arreglaste a todos!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: yesusrr en 11 de Enero de 2015, 20:51:14 pm
Me da a devolver 2779,28.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 20:52:33 pm
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Me da a devolver 2779,28.


que alguno diga donde ha puesto el plan de pensiones, por favor!!!  Graaacias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 11 de Enero de 2015, 20:52:56 pm
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Donde has metido el plan de pensiones?
Casilla 378
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pepecb en 11 de Enero de 2015, 20:53:36 pm
donde habéis metido la donación de las acciones porfavor que no la encuentro?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 11 de Enero de 2015, 20:54:10 pm
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donde habéis metido la donación de las acciones porfavor que no la encuentro?
296 por ejemplo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ochentero en 11 de Enero de 2015, 20:54:42 pm
Y el interes bancario ?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: kanty361 en 11 de Enero de 2015, 20:55:10 pm
El apartado 4,  la donación es en la casilla 355, pagina 29 y consignamos solo 750 €
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: yesusrr en 11 de Enero de 2015, 20:55:38 pm
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Y el interes bancario ?
021
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 11 de Enero de 2015, 20:57:16 pm
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El apartado 4,  la donación es en la casilla 355, pagina 29 y consignamos solo 750 €
En la 355 es una suma y no puedes introducir datos. Vete a la casilla 296
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 11 de Enero de 2015, 20:57:51 pm
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296 por ejemplo
al haberlas donado seria una perdida. no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mitsukoakari en 11 de Enero de 2015, 20:58:02 pm
No me aparece lacasilla 355, ¿os ocurre a alguno?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: yesusrr en 11 de Enero de 2015, 20:58:15 pm
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El apartado 4,  la donación es en la casilla 355, pagina 29 y consignamos solo 750 €

Mi opinión es que va en la 358 ya que se trata del ahorro
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 11 de Enero de 2015, 20:58:54 pm
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No me aparece lacasilla 355, ¿os ocurre a alguno?
Lee dos mensajes antes
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: fun9 en 11 de Enero de 2015, 20:59:03 pm
A MI TAMBÍEN, ME DA LO MISMO. AL DARLE A IMPRIMIR ME DA UN ERROR SOBRE LA VIVIENDA QUE NO PUEDO ARREGLAR.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 11 de Enero de 2015, 21:00:16 pm
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al haberlas donado seria una perdida. no?
No se computa como pérdida patrimonial (art. 33.5.c)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 21:01:39 pm
Yo lo he hecho así:

1.- casilla: 001 con reducción 40% sobre ( 26616,92-1964,92)
2.- casilla: 026 con reducción 35%
3.- casilla: 021
4.- casilla: 296
5.- casilla: 378

Resultado: a devolver: 1091,46...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: shopielf en 11 de Enero de 2015, 21:02:43 pm
Podemos hacer un resumen de casillas con cifras si quereis
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 11 de Enero de 2015, 21:03:31 pm
En la casilla 001 no hay reducción (art. 7. e) LIRPF
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: kanty361 en 11 de Enero de 2015, 21:03:44 pm
En la aportación al plan de pensiones,  creo que hay que irse al limite que establece el art. 51. Al tener 43, solo se puede deducir un 30€ de los rendimientos netos del trabajo.
A mi me sale 6369,04 lo que se puede deducir.
Pagina 32 del programa padre y casilla 32.
Alguno está conmigo o lo he hecho mal.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 11 de Enero de 2015, 21:03:59 pm
A devolver 1622.80 €
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Renénavelgas en 11 de Enero de 2015, 21:04:54 pm
597, 98 es mi resultado
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 11 de Enero de 2015, 21:06:13 pm
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En la aportación al plan de pensiones,  creo que hay que irse al limite que establece el art. 51. Al tener 43, solo se puede deducir un 30€ de los rendimientos netos del trabajo.
A mi me sale 6369,04 lo que se puede deducir.
Pagina 32 del programa padre y casilla 32.
Alguno está conmigo o lo he hecho mal.
Como es un programa informatico, pones en el Plan de Pensiones lo que has metido, y el programa automáticamente dice lo que te puedes deducir. No tienes que calcular nada. Distinto sería si lo haces a mano.(por ejemplo en el examen)-
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ranchal en 11 de Enero de 2015, 21:07:15 pm
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No queda exento nada.
Ver art.7. e) ... sin que pueda considerarse como tal la establecida en virtud de pacto, convenio o contrato (que es el caso). Luego todo cotiza.

Mira el art. 11 e del RIRPF, pone que se benefician del 40% también las cantidades satisfechas por la empresa a los trabajadores por la resolución de mutuo acuerdo de la relación laboral. Osea que sí que tiene que aplicarse, entiendo yo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Piteras en 11 de Enero de 2015, 21:08:09 pm
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Sí, justo la vi...pero en la casilla de la DT 4ª no hay que poner nada, no?
No, ahí nada, no afecta esa disposición transitoria para nada...a mí también me ha confundido
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: shopielf en 11 de Enero de 2015, 21:09:11 pm
Vamos por partes... Casilla 001 Retribuciones dinerarias. Como lo habeis puesto?
 Que apartados habeis rellenado?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mitsukoakari en 11 de Enero de 2015, 21:09:34 pm
Las rentas vitalicias... Deberían constar en todo caso en el 027 no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 21:10:07 pm
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En la casilla 001 no hay reducción (art. 7. e) LIRPF


la reducción a la que hago referencia no es por ser exenta sino por haberla recibido en pago único e imputarla toda al periodo impositivo, es decir, por ser irregular...no sé si me equivoco
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ranchal en 11 de Enero de 2015, 21:11:56 pm
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la reducción a la que hago referencia no es por ser exenta sino por haberla recibido en pago único e imputarla toda al periodo impositivo, es decir, por ser irregular...no sé si me equivoco
Yo estoy contigo silvia, pero yo he aplicado a ese dinero habiendo restado la seguridad social antes. Y luego he hecho el cálculo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 11 de Enero de 2015, 21:13:05 pm
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Mira el art. 11 e del RIRPF, pone que se benefician del 40% también las cantidades satisfechas por la empresa a los trabajadores por la resolución de mutuo acuerdo de la relación laboral. Osea que sí que tiene que aplicarse, entiendo yo.
Tienes razón. Pago único. Reducción del 40% conforme art. 11 RIRPF.
Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: davazpi en 11 de Enero de 2015, 21:13:18 pm
A mi me sale a devolver 932,98.

Más o menos creo que por ahí andan los tiros  :(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 21:13:46 pm
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Yo estoy contigo silvia, pero yo he aplicado a ese dinero habiendo restado la seguridad social antes. Y luego he hecho el cálculo.


a mi la reducción me sale 9860,80...restando la seg social al importe integro y aplicando el 40%
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mitsukoakari en 11 de Enero de 2015, 21:14:46 pm
598,90 pero a pagar... xD
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 11 de Enero de 2015, 21:15:11 pm
Terminé. Gracias Carlos ( seguro que te sale muy bien el examen)  ;D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Matías en 11 de Enero de 2015, 21:17:01 pm
En que casilla habéis metido la reducción de 9860,80??
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 21:17:26 pm
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No, ahí nada, no afecta esa disposición transitoria para nada...a mí también me ha confundido


Ya, esa disposición no afecta, pero sí hay que aplicar un 35% de reducción de acuerdo al art. 25 3. a) 2º...por la edad del contratante... Así que yo la he puesto en esa casilla...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 21:20:27 pm
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En que casilla habéis metido la reducción de 9860,80??

casilla: 008
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ranchal en 11 de Enero de 2015, 21:21:52 pm
Pues a mí, me da a devolver 2645,32€ :S
No coincido con nadie creo... He rellenado las mismas casillas.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Piteras en 11 de Enero de 2015, 21:22:10 pm
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Yo lo he hecho así:

1.- casilla: 001 con reducción 40% sobre ( 26616,92-1964,92)
2.- casilla: 026 con reducción 35%
3.- casilla: 021
4.- casilla: 296
5.- casilla: 378

Resultado: a devolver: 1091,46...
Yo lo he hecho igual salvo
la 3 he descontado los 10€ en la 29
la 4, he puesto 1750 en la 296 y 1000 en la 297
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Matías en 11 de Enero de 2015, 21:24:18 pm
gracias Silvia, pero no me deja…me da error??
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mitsukoakari en 11 de Enero de 2015, 21:25:08 pm
Ogh ahora me sale a devolver 1.081 ; creo que yo lo voy a dejar ya así, muchas vueltas...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 21:25:33 pm
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Yo lo he hecho igual salvo
la 3 he descontado los 10€ en la 29
la 4, he puesto 1750 en la 296 y 1000 en la 297

yo igual, piteras...qué te sale? a mi a devolver: 1091,46
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: si si en 11 de Enero de 2015, 21:26:18 pm
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Pues a mí, me da a devolver 2645,32€ :S
No coincido con nadie creo... He rellenado las mismas casillas.


a mi me da lo mismo que a ti !!!!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 11 de Enero de 2015, 21:26:46 pm
El 40% de reducción es del importe integro o hay q restar la Seg.Social? en que art. lo dice?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: si si en 11 de Enero de 2015, 21:28:55 pm
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El 40% de reducción es del importe integro o hay q restar la Seg.Social? en que art. lo dice?

 en un principio lo hice con el integro pero luego al leer a la gente le reste, pero no estoy muy segura creo que me da una barbaridad  :D :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 21:29:47 pm
la última página que me sale no es la 57 como dice las instrucciones sino la 58...a vosotros también?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Piteras en 11 de Enero de 2015, 21:31:31 pm
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Pues a mí, me da a devolver 2645,32€ :S
No coincido con nadie creo... He rellenado las mismas casillas.
A mí me da eso también ;)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jgodino6 en 11 de Enero de 2015, 21:33:23 pm
Por qué se marca en la casilla 08 una reducción de 9860,80 e, no debería ser el 40% de los ingresos íntegros, es decir, 10646,77 e. a mi me da a devolver 2779,28 e.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ranchal en 11 de Enero de 2015, 21:34:07 pm
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la última página que me sale no es la 57 como dice las instrucciones sino la 58...a vosotros también?

Sí, es la 58, un desplegable donde tienes que ponerlo que das el dinero al tesoro público.
Menos mal Piteras que somos dos... le he dado muchas vueltas y me sale ese resultado y no otro. NO sé en el apartado 1 se han olvidado de meter la retención a parte de la seguridad social.
Yo la voy a dejar así.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Piteras en 11 de Enero de 2015, 21:34:18 pm
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yo igual, piteras...qué te sale? a mi a devolver: 1091,46
Pues descuadramos 1500€  ;)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 21:34:52 pm
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A mí me da eso también ;)

Piteras, y si lo has hecho como yo...por qué no nos da el mismo resultado?!?! :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 11 de Enero de 2015, 21:36:14 pm
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Por qué se marca en la casilla 08 una reducción de 9860,80 e, no debería ser el 40% de los ingresos íntegros, es decir, 10646,77 e. a mi me da a devolver 2779,28 e.
Misma cantidad
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Piteras en 11 de Enero de 2015, 21:36:30 pm
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Por qué se marca en la casilla 08 una reducción de 9860,80 e, no debería ser el 40% de los ingresos íntegros, es decir, 10646,77 e. a mi me da a devolver 2779,28 e.
Si revisas el art.18.4 de IRPF dice: 4. Las reducciones previstas en este artículo no se aplicarán a las contribuciones empresariales imputadas que reduzcan la base imponible, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 51, 53 y en la disposición adicional undécima de esta Ley.
por lo que hay qeu restar lo de la seguridad social antes ;)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ranchal en 11 de Enero de 2015, 21:38:24 pm
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Misma cantidad
OUee ya somos 3 :) Entregada
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 11 de Enero de 2015, 21:38:58 pm
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Si revisas el art.18.4 de IRPF dice: 4. Las reducciones previstas en este artículo no se aplicarán a las contribuciones empresariales imputadas que reduzcan la base imponible, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 51, 53 y en la disposición adicional undécima de esta Ley.
por lo que hay qeu restar lo de la seguridad social antes ;)


Cómo? no entiendo? yo he restado al importe integro la seguridad social para aplicar el 40%... reducción: 9860,80...no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Piteras en 11 de Enero de 2015, 21:40:00 pm
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Piteras, y si lo has hecho como yo...por qué no nos da el mismo resultado?!?! :D
¿repasamos los cuadros uno a uno? Te he mandado un privado
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ochentero en 11 de Enero de 2015, 21:43:27 pm
Donaciones como lo habeis puesto no encuentro el articulo, no ira por isd?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: shopielf en 11 de Enero de 2015, 21:43:33 pm
Si por favor repasemos cada casilla...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: tricarma en 11 de Enero de 2015, 21:47:55 pm
A mi me da a devolver 2.645,32......
Creo que es la misma cantidad que os da a alguno de vosotros?
 :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pink_shadow en 11 de Enero de 2015, 21:51:41 pm
A mi me da a devolver 2.643 ,22  , muy poca diferencia con lo que os da a la mayoria, ¿que pude haber hecho mal para que me de tan parecido pero no exacto?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Piteras en 11 de Enero de 2015, 21:55:59 pm
revisa lo de los 10€ de gastos de mantenimiento del deposito
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: peqe.ana en 11 de Enero de 2015, 21:59:24 pm
Hola, a mi me da otra cantidad y he puesto lo mismo que vosotros, no lo entiendo. Habéis reducido las cotizaciones en el rendimiento de trabajo de 1964.92??
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pink_shadow en 11 de Enero de 2015, 22:00:56 pm
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revisa lo de los 10€ de gastos de mantenimiento del deposito
Si, creo que es eso lo que tengo distinto, pero en mi opinión no son deducibles esos gastos.
Por lo que he estado buscando,ya que tenia la duda,he encontrado que no son deducibles, sólo serian deducibles en caso de que fuese un depósito de acciones y no en este caso,que es depósiuto bancario?
Por más que busco me sale en todas partes que las comisiones por mantenimiento no son deducibles, ¿ dónde lo habeis visto? no quiero dejarlo asi y que este mal pero por otra parte no encuentro lo contrario en ningun lado
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: kanty361 en 11 de Enero de 2015, 22:04:37 pm
El importe integro de 26616,92 lo debo de poner en la casilla, no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: peqe.ana en 11 de Enero de 2015, 22:10:28 pm
El 35%   de reducción de las rentas vitalicias lo habeis hecho directamente, habeis consignado en la casilla 026 ya el 35% de 10000, es decir, 6500???
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 11 de Enero de 2015, 22:13:01 pm
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Si, creo que es eso lo que tengo distinto, pero en mi opinión no son deducibles esos gastos.
Por lo que he estado buscando,ya que tenia la duda,he encontrado que no son deducibles, sólo serian deducibles en caso de que fuese un depósito de acciones y no en este caso,que es depósiuto bancario?
Por más que busco me sale en todas partes que las comisiones por mantenimiento no son deducibles, ¿ dónde lo habeis visto? no quiero dejarlo asi y que este mal pero por otra parte no encuentro lo contrario en ningun lado
Me temo que tienes razón, y los gastos de mantenimiento de depositos bancarios no son deducibles.
A corregir, pues. Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pink_shadow en 11 de Enero de 2015, 22:14:31 pm
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Me temo que tienes razón, y los gastos de mantenimiento de depositos bancarios no son deducibles.
A corregir, pues. Gracias

De nada,esque no estaba segura del todo por ser la única que lo habia puesto asi, pero no encontraba donde ponia que lo fueran. Pues a enviarla entonces y esperar que sea asi, no quiero romperme más la cabeza por hoy con esta asignatura.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Matías en 11 de Enero de 2015, 22:15:22 pm
Perdón por la pregunta… como hacéis para subirla y
entregarla??
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 11 de Enero de 2015, 22:23:31 pm
Plan de trabajo / Tareas
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Matías en 11 de Enero de 2015, 22:25:02 pm
Estoy ahí, pero como es una aplicación de la agencia tributaria…. tengo q exportar la declaración??
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ranchal en 11 de Enero de 2015, 22:26:06 pm
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De nada,esque no estaba segura del todo por ser la única que lo habia puesto asi, pero no encontraba donde ponia que lo fueran. Pues a enviarla entonces y esperar que sea asi, no quiero romperme más la cabeza por hoy con esta asignatura.
Yo no estaba segura y no he visto dónde poder comprobarlo, así que sí que he puesto los 10 euros. Si es como dices, creo que es lo único que tengo mal. Espero que no baje mucho.  :'(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ranchal en 11 de Enero de 2015, 22:28:14 pm
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Estoy ahí, pero como es una aplicación de la agencia tributaria…. tengo q exportar la declaración??
Tienes que hacer que la imprimes y guardar el pdf. Luego subes el pdf.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 11 de Enero de 2015, 22:33:26 pm
Buenas noches a todos. Y ahora a cenar y dormir que mañana hay que madrugar.
Un saludo, y gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Matías en 11 de Enero de 2015, 22:34:16 pm
MUCHAS GRACIAS!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Topitok en 11 de Enero de 2015, 23:09:38 pm
A mi me salía 2777,18 a devolver.

Ah y los gastos de mantenimiento de la cuenta no son deducibles.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: May1985 en 12 de Enero de 2015, 10:09:58 am
jajaja pues a mi me daba a devolver 274,44 € pero es que yo sigo pensando que la reducción del 40% no cabe y por eso la tengo tan diferente.
A ver si nos la corrigen prontito y salimos de dudas  :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Iker014 en 12 de Enero de 2015, 11:04:22 am
Hice la PEC y estoy viendo las intervenciones del foro. A mi me salió a devolver 2779,28.
Creo que tengo mal el tema del depósito que metí los 10 € de los gastos de mantenimiento.
Luego he visto que en el tema de las rentas vitalicias, mucha gente ha realizado una reducción del 35%. Yo no he hecho eso, yo he aplicado un 35%, es decir, en vez de restar el 35% a 10.000, he puesto 3500, pues como dice el art. 25.3.2º "se considera rendimiento de capital mobiliario el resultado de aplicar a cada anualidad los porcentajes siguientes...".
Otro elemento diferenciador de mi PEC con la de algunos de ustedes es el punto 1, donde yo introduje la cantidad íntegra con la reducción del 40%, según lo dispuesto en el art. 11 del Reglamento IRPF. He leído que alguno decía que estaban exentas, pero, según mi criterio, no es así, pues el art. 7 e) establece como exentas las indemnizaciones por despido o cese del trabajador "... sin que pueda considerarse como tal la establecida en virtud de convenio, pacto o contrato".
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: May1985 en 12 de Enero de 2015, 11:37:39 am
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Hice la PEC y estoy viendo las intervenciones del foro. A mi me salió a devolver 2779,28.
Creo que tengo mal el tema del depósito que metí los 10 € de los gastos de mantenimiento.
Luego he visto que en el tema de las rentas vitalicias, mucha gente ha realizado una reducción del 35%. Yo no he hecho eso, yo he aplicado un 35%, es decir, en vez de restar el 35% a 10.000, he puesto 3500, pues como dice el art. 25.3.2º "se considera rendimiento de capital mobiliario el resultado de aplicar a cada anualidad los porcentajes siguientes...".
Otro elemento diferenciador de mi PEC con la de algunos de ustedes es el punto 1, donde yo introduje la cantidad íntegra con la reducción del 40%, según lo dispuesto en el art. 11 del Reglamento IRPF. He leído que alguno decía que estaban exentas, pero, según mi criterio, no es así, pues el art. 7 e) establece como exentas las indemnizaciones por despido o cese del trabajador "... sin que pueda considerarse como tal la establecida en virtud de convenio, pacto o contrato".

Pues yo entonces puse todo como tu menos los 10€ del depósito y eso nos daría una diferencia tan grande?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Iker014 en 12 de Enero de 2015, 11:38:39 am
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Pues yo entonces puse todo como tu menos los 10€ del depósito y eso nos daría una diferencia tan grande?
No creo, alguna diferencia más tiene que haber, supongo yo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Iker014 en 12 de Enero de 2015, 11:45:46 am
Mis datos son:
Casilla 001: Importe íntegro- 15970.15 (el total menos el 40%)
                   Retención- 3421.84
                   Seguridad social- 1964.92

Casilla 021: Importe íntegro- 200
                   Retenciones- 42
                   Gastos- 10 (esto está mal, no debería haberlo incluido).

Casilla 026: 3500 (el 35% de 10.000)

Casilla 296: 1750
Casilla 297: 1000

Casilla 378: 8000
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: May1985 en 12 de Enero de 2015, 12:34:34 pm
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Mis datos son:
Casilla 001: Importe íntegro- 15970.15 (el total menos el 40%)
                   Retención- 3421.84
                   Seguridad social- 1964.92

Casilla 021: Importe íntegro- 200
                   Retenciones- 42
                   Gastos- 10 (esto está mal, no debería haberlo incluido).

Casilla 026: 3500 (el 35% de 10.000)

Casilla 296: 1750
Casilla 297: 1000

Casilla 378: 8000

Vale no, ya está es que te había entendido que no le hacías la reducción del 40% al punto 1.
La verdad qeu en esto sigo teniendo un lío...se supone que el pacto imposibilita la reducción o yo lo estoy entendiendo fatal, porque todos ustedes le han quitado el 40% y yo no, no lo veo jjejee

Normal que no nos cuadrase!!  ???
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Iker014 en 12 de Enero de 2015, 13:00:10 pm
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Vale no, ya está es que te había entendido que no le hacías la reducción del 40% al punto 1.
La verdad qeu en esto sigo teniendo un lío...se supone que el pacto imposibilita la reducción o yo lo estoy entendiendo fatal, porque todos ustedes le han quitado el 40% y yo no, no lo veo jjejee

Normal que no nos cuadrase!!  ???

Yo entiendo que no es así, que lo que supone el pacto no es la reducción, sino que esas rentas dejen de estar exentas.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: May1985 en 12 de Enero de 2015, 14:27:51 pm
Ahhhh pues podría ser, sí.

Pues entonces tengo esa parte mal, supongo que corregirán 2 puntos para cada pregunta de todas formas.

Muchas gracias!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Topitok en 12 de Enero de 2015, 15:03:26 pm
La reducción hay que ponerla en la casilla correspondiente, no hay que restarla del rendimiento íntegro y poner la cantidad que nos dé. Es decir, se ponen los 26 mil y pico como rendimiento íntegro y en la casilla de reducción el 40% de dicha cantidad.

Haciéndolo de la otra manera el resultado va a ser el mismo pero a efectos informativos no se está dando la información correcta a la AEAT, es más, esa declaración sería revisada al no coincidir los rendimientos íntegros que a ellos les constan con los declarados.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: agallardo167 en 12 de Enero de 2015, 15:05:49 pm
No me aparece en entrega de trabajos. A mas de uno le ocurre?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Piteras en 12 de Enero de 2015, 15:19:11 pm
A mí me pasa igual, pero está activo lo de calificaciones...espero que no sea ningún error!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Iker014 en 12 de Enero de 2015, 16:15:15 pm
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No me aparece en entrega de trabajos. A mas de uno le ocurre?
A mi tampoco
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 12 de Enero de 2015, 17:10:09 pm
Gente no entiendo lo de la cuota liquida. Alguien me lo explica?
 Cuota íntegra estatal                            Cuota líquida autonómica
(-) Deducción vivienda tramo estatal   (-) Deducción vivienda tramo autonómica
(-) 50% restantes deducciones           (-) 50% restantes deducciones
(-) Deducción alquiler vivienda    

                                                                   (-) Deducciones autonómicas
    
Cuota líquida estatal   Cuota líquida autonómica
Cuota líquida = cuota líquida estatal + cuota líquida autonómica

No lo entiendo ni con el esquema...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 12 de Enero de 2015, 19:30:53 pm
Creo que el objetivo de la PEC era doble:
Por un lado, acercarnos a la realidad de la fiscalidad del IRPF, es decir, practicar con el Programa PADRE; y por otro, decirnos que hay que andar con mucho ojo, pues los ejercicios eran simples pero con unos pequeños matices interesantes (por ejemplo las comisiones de mantenimiento de c/c, en los que dimos por sentado que eran gasto deducible, menos mal que Pink_shadow estuvo presto al quite).
La verdad es que el profesorado de este departamento es muy competente y eficaz. Ya quisiera yo que otros funcionaran la mitad de la mitad de bien.
Un saludo, y ánimo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 12 de Enero de 2015, 19:34:25 pm
Pues yo creo que este departamento es horrible. Apenas ponen material. Te dicen de comprar un libro que no sirve para nada pues son ejercicios el examen... De Donaciones y no residentes donde están los ejercicios en la plataforma?! Y vídeos solo de IRPF
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Iker014 en 12 de Enero de 2015, 19:55:01 pm
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Creo que el objetivo de la PEC era doble:
Por un lado, acercarnos a la realidad de la fiscalidad del IRPF, es decir, practicar con el Programa PADRE; y por otro, decirnos que hay que andar con mucho ojo, pues los ejercicios eran simples pero con unos pequeños matices interesantes (por ejemplo las comisiones de mantenimiento de c/c, en los que dimos por sentado que eran gasto deducible, menos mal que Pink_shadow estuvo presto al quite).
La verdad es que el profesorado de este departamento es muy competente y eficaz. Ya quisiera yo que otros funcionaran la mitad de la mitad de bien.
Un saludo, y ánimo
Pues la verdad es que yo lo que he sacado en claro al hacer la PEC, es que tengo que estudiar mas, jajajajajajajaa
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 12 de Enero de 2015, 19:57:07 pm
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Pues la verdad es que yo lo que he sacado en claro al hacer la PEC, es que tengo que estudiar mas, jajajajajajajaa

+100000

Yo igual.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Beatriz Morillo en 12 de Enero de 2015, 20:10:54 pm
Chicos, no encuentro los apuntes que el profesor ferrandis dice en los tutoríales que va a colgar! Alguien me los puede pasar o decirme donde los puedo conseguir? Graciaaaas
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: belu212 en 13 de Enero de 2015, 12:41:15 pm
¿porqué reducís el 40%? :s
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Piteras en 13 de Enero de 2015, 13:40:30 pm
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¿porqué reducís el 40%? :s
POr la aplicación del 18.2 a) del LIRPF
"El 40 por ciento de reducción, en el caso de rendimientos íntegros distintos de los previstos en el artículo 17.2 a) de esta Ley que tengan un período de generación superior a dos años y que no se obtengan de forma periódica o recurrente, así como aquellos que se califiquen reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo."
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 13 de Enero de 2015, 13:41:12 pm
Haciendo un caso IRPF encuentro que dice que  las contribuciones empresariales satisfechas por los promotores de planes de pensiones, de planes de previsión social empresarial y de mutualidades de previsión social, cuando sean imputadas a los trabajadores no tienen obligación de efectuar ingresos a cuenta.
Esto es así actualmente o ha habido alguna modificacion? No veo el articulo  :-[¿donde viene  >:(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 13 de Enero de 2015, 13:52:07 pm
Art. 102.2 del Reglamento
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 13 de Enero de 2015, 14:03:01 pm
 :) Gracias no me acordaba que tambien habia reglamento de concentrado que estba en la ley.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: belu212 en 13 de Enero de 2015, 14:17:00 pm
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POr la aplicación del 18.2 a) del LIRPF
"El 40 por ciento de reducción, en el caso de rendimientos íntegros distintos de los previstos en el artículo 17.2 a) de esta Ley que tengan un período de generación superior a dos años y que no se obtengan de forma periódica o recurrente, así como aquellos que se califiquen reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo."

muchas gracias... no me pude descargar el programa padre en MAC... pero tal y como lo veo.. casi mejor no haberla presentado...
yo pensaba que las deducciones se hacían después de rellenar todo.. de todo se aprende!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: prabaquer en 14 de Enero de 2015, 15:40:24 pm
Alguien que me aclare, A y B son matrimonio y conviven con dos hijos comunes de 11y 10 años, ademas convive con ellos el hijo de A fruto de un matrimonio interior de 16 años. que posibilidades de tributacion veis? y las aplicaciones de minimo por descendiente? Gracias, Vaya lio!!!!!!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: luu003 en 14 de Enero de 2015, 16:42:27 pm
Entiendo que el padre con el no común, o en caso contrario y excluyente con los otros 3(madre y otros dos hijos).

Salvo mejor opinión fundada en derecho.

Salu2!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ttanni en 14 de Enero de 2015, 18:29:58 pm
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Alguien que me aclare, A y B son matrimonio y conviven con dos hijos comunes de 11y 10 años, ademas convive con ellos el hijo de A fruto de un matrimonio interior de 16 años. que posibilidades de tributacion veis? y las aplicaciones de minimo por descendiente? Gracias, Vaya lio!!!!!!!

Es posible la tributación conjunta de la unidad familiar compuesta por ambos cónyuges y los tres hijos, ya que son menores de 18 años.
En cuanto al mínimo por descendientes, A puede aplicarse dicho mínimo para los tres hijos (el 50% de los dos hijos comunes con B y el 100 % del suyo del matrimonio anterior) y B puede aplicarse dicho mínimo únicamente con los dos comunes (el 50% de cada uno de ellos).
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 14 de Enero de 2015, 20:01:57 pm
Pueden tributar de forma conjunta según articulo 82 LIRF:
1. Podrán tributar conjuntamente las personas que formen parte de alguna de las siguientes modalidades de unidad familiar:
1.ª La integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiera:
a) Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientes de éstos.
b) Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
2.ª En los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y que reúnan los requisitos a que se refiere la regla 1.ª de este artículo.
2. Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.
3. La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente a 31 de diciembre de cada año.
Visto este articulo si la pareja tiene vinculo de matrimonio el dia 31 diciembre puede tributar de forma conjunta junto con los hijos comunes menores de edad o mayores sujetos a patria potestad, si no viven independientemente.
El problema es con el hijo no común ¿que hacer? pues en mi opinión no puede incluirse en la declaración conjunta del matrimonio ya que no es hijo comun e ambos.
No podria hacerse dos conjuntas, por un lado matrimonio e hijos comunes y por otro conyuge y su descendiente no comun porque nadie puede formar parte d dos unidades familiares.
Así pues deberia ser dos, una con cada conyuge y podria cada conyuge declarar con sus descendientes, siempre que no los declarara el otro progenitor, o sea cada desdenciente podria estar incluido de forma conjunta con uno de sus progenitores.

Aplicacion de  minimo por descendiente art 59:
1. El mínimo por descendientes será, por cada uno de ellos menor de veinticinco años o con discapacidad cualquiera que sea su edad, siempre que conviva con el contribuyente y no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros, de:
1.836 euros anuales por el primero.
2.040 euros anuales por el segundo.
3.672 euros anuales por el tercero.
4.182 euros anuales por el cuarto y siguientes.
Ar 61.1
1.ª Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, ascendientes o discapacidad, respecto de los mismos ascendientes o descendientes, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.
En base a estos articulos como no pudieron hacer dclaracion conjunta todos los miembros del enunciado debe aplicarse el art 61.1 es decir cada progenitor se aplicara la deducción de forma prorrateada.
Espero no haberme liado ni olvidado nada, aunque podria añadir que:
No procederá la aplicación del mínimo por descendientes, ascendientes o discapacidad, cuando los ascendientes o descendientes que generen el derecho a los mismos presenten declaración por este Impuesto con rentas superiores a 1.800 euros segun art 61.2, en el enunciado hay un menor de 16 años o sea que esto seria posible.
¿Algún error u olvido?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: luu003 en 14 de Enero de 2015, 20:53:00 pm
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El problema es con el hijo no común ¿que hacer? pues en mi opinión no puede incluirse en la declaración conjunta del matrimonio ya que no es hijo comun e ambos.
No podria hacerse dos conjuntas, por un lado matrimonio e hijos comunes y por otro conyuge y su descendiente no comun porque nadie puede formar parte d dos unidades familiares.
Así pues deberia ser dos, una con cada conyuge y podria cada conyuge declarar con sus descendientes, siempre que no los declarara el otro progenitor, o sea cada desdenciente podria estar incluido de forma conjunta con uno de sus progenitores.

Entiendo eso, y el hijo extramatrimonial con el padre biológico.

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1.ª Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, ascendientes o discapacidad, respecto de los mismos ascendientes o descendientes, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.
En base a estos articulos como no pudieron hacer dclaracion conjunta todos los miembros del enunciado debe aplicarse el art 61.1 es decir cada progenitor se aplicara la deducción de forma prorrateada.

Atendiendo al último inciso no se prorratea ya que no forman de la misma unidad convivencial si la realizan separadamente por ser dos unidades familiares. Creo, ya que de esta asignatura cada vez entiendo menos.

Salu2!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ttanni en 14 de Enero de 2015, 21:14:59 pm
Ya se ha dicho en este post (consulta vinculante de la DGT; también lo dijo el tutor en ALF) que el hijo no común forma parte de la unidad familiar.
En cuanto al mínimo por descendientes, hay que tener en cuenta que es un concepto independiente de la unidad familiar y se le aplican sus propias reglas.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ttanni en 14 de Enero de 2015, 21:40:52 pm
De todas formas, en caso de tributación conjunta, el mínimo por descendientes dará como resultado el 100 % de cada uno de los hijos, sumando las partes de cada cónyuge. Cuando tiene su importancia es en caso de tributación individual por parte de cada cónyuge.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: luu003 en 14 de Enero de 2015, 21:49:42 pm
Aclarado, muchas gracias.

Salu2!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 15 de Enero de 2015, 11:27:41 am
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Ya se ha dicho en este post (consulta vinculante de la DGT; también lo dijo el tutor en ALF) que el hijo no común forma parte de la unidad familiar.
En cuanto al mínimo por descendientes, hay que tener en cuenta que es un concepto independiente de la unidad familiar y se le aplican sus propias reglas.
Respecto a esto según lo que he podido ver en algunos casos ha sido una respuesta dada con matices, ya que para que esto sea así debe ser que el menor esté sujeto a patria potestad unicamente con el progenitor que vive, es decir que no se puede dar como valido cuando la patria potestad es compartida.
Una cosa es un caso de examen y otra un caso real, en el examen (en mi opinion) ya es bastante con no equivocarse, debiendo darse una respuesta generica, aunque desde luego conocer todas las directrices de la administracion muy bien pero es dificil llegar a tal control del sistema financiero, por lo menos para mi.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rogelt en 15 de Enero de 2015, 13:32:07 pm
Así han sido calificadas estas rentas en las plantillas

Juan ha constituido un derecho de usufructo sobre un bien inmueble de su propiedad en favor de Eugenio por un precio de 20.000 €.
Calificación de rendimiento íntegro de capital inmobiliario.

Alberto ha constituido un derecho de usufructo vitalicio sobre un terreno de su propiedad a favor de Rodrigo por un precio de 180.000 €.
Calificación de rendimiento íntegro de capital inmobiliario.

Rodrigo ha cedido su derecho de usufructo a Juan por 200.000 €.
Calificación de ganancia o pérdida patrimonial
¿Por qué esta distinción?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 15 de Enero de 2015, 13:42:54 pm
Porque en el último caso es un derecho ya existente, en los dos primeros los constituye el propietario a favor de alguien, en el tercero ese alguien lo transmite (ganancia patrimonial) a un tercero.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rogelt en 15 de Enero de 2015, 14:39:33 pm
La verdad es que no me aclaro, porque la cesión también podría suponer un arriendo.
De todos modos recordaré la regla usufructuaria y santas pascuas:
- constitución = rendimiento de capital inmobiliario.
- cesión=ganancia o pérdida patrimonial. 
Cuando sea mayor no pienso hacer un usufructo en toda mi vida (que horror de palabra)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jvalencia8 en 15 de Enero de 2015, 16:25:24 pm
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Es posible la tributación conjunta de la unidad familiar compuesta por ambos cónyuges y los tres hijos, ya que son menores de 18 años.
En cuanto al mínimo por descendientes, A puede aplicarse dicho mínimo para los tres hijos (el 50% de los dos hijos comunes con B y el 100 % del suyo del matrimonio anterior) y B puede aplicarse dicho mínimo únicamente con los dos comunes (el 50% de cada uno de ellos).

Creo que en caso de optar por la tributacion conjunta, procede aplicar el minimo por descendientes por los tres hijos si cumplen los requisitos del 58 y 61 de la ley del impuesto. Lo que dice ttani entiendo que sería para el caso de tributación individual. ¿Es correcto...? Es que me estoy liando....
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 15 de Enero de 2015, 17:18:09 pm
Yo tampoco lo entiendo, o sea que los hijos no comunes sí se incluyen en el matrimonio en cuanto a la declaración conjunta pero a efectos del mínimo por descendiente solo el padre o la madre... Yo pensaba que en matrimonios no había distinción entre hijos comunes y no comunes en cuando a la aplicación del mínimo por descendiente, sí cuando sea pareja de hecho o separación legal.

Entonces en el caso de parejas de hecho, si una pareja tiene 3 hijos pero uno de ellos no es común a la pareja sino de otra relación anterior, la unidad familiar la podría formar cualquiera  de ellos con todos los hijos?, o se excluye el no común...


En el caso de separación legal o bien en los casos de parejas de hecho, la unidad familiar estará formada por el padre o la madre y la totalidad de los hijos menores (o mayores incapacitados judicialmente) que convivan con uno u otro.




 
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 15 de Enero de 2015, 18:42:01 pm
¿Alguien lo ha consultado con profesor?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mariagonsi en 15 de Enero de 2015, 18:48:07 pm
Estoy viendo que se ha derogado el Texto Refundido del Impuesto de Sociedades a partir del 1 de enero de 2015. nos afecta para el examen?
Estoy super desfasada...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 15 de Enero de 2015, 20:58:15 pm
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Estoy viendo que se ha derogado el Texto Refundido del Impuesto de Sociedades a partir del 1 de enero de 2015. nos afecta para el examen?
Estoy super desfasada...

no
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jramirez387 en 15 de Enero de 2015, 21:15:39 pm
Este ejercicio está en la plataforma, hay varios con las soluciones , picar en bloque 1 autoevaluación y podrás hacer el ejercicio y luego ver la solución

a) Formarán unidad familiar a los efectos de la tributación conjunta el matrimonio y los tres hijos menores de edad, siempre que los hijos no vivan independientes de los padres con el consentimiento de estos (art. 82.1 LIRPF).
Procede aplicar el mínimo por descendientes en relación con los hijos que cumplan las condiciones previstas en el artículo 58.1 y en la norma 2.ª del artículo 61 LIRPF. En caso de tributación individual, el mínimo correspondiente a los hijos comunes se prorratearán entre A y B por partes iguales (regla 1.ª del art. 61 LIRPF) y A aplicará íntegramente el mínimo correspondiente al hijo de 17 años.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: luu003 en 15 de Enero de 2015, 23:08:50 pm
Muchas gracias compi, totalmente resuelto.

Salu2!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 16 de Enero de 2015, 08:33:20 am
En las parejas de hecho pueden formar unidad familiar y tributar conjuntamente cualquiera de lo dos con todos los hijos comunes y no comunes y además aplicar el mínimo por descendiente?, o lo estoy flipando...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rutger en 16 de Enero de 2015, 08:54:13 am
En el caso de parejas de hecho con hijos, el progenitor que presente declaración conjunta con los hijos aplicará el mínimo por descendientes, dado que, al presentar los hijos declaración por este impuesto, la pareja de hecho en declaración individual no tiene derecho a la aplicación del mínimo.

Si existen hijos comunes se establece que, en el caso de que ambos padres tengan derecho por razón de convivencia, con  el mismo descendiente, el mínimo por descendiente correspondiente, se prorrateará entre ellos por partes iguales, es decir, la Ley obliga a prorratear las correspondientes las cantidades correspondientes al mínimo por descendientes, de cada menor entre los contribuyentes que se los puedan deducir.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 16 de Enero de 2015, 09:03:01 am
No lo entiendo estoy súper espeso, quirres decir que si uno de ellos hace declaración conjunta con todos los hijos aplicaría tMbién el mínimo por descendiente, , y el otro no  tendría derecho al mínimo? Pero si conviven todos juntos?Y uno de elloa quiere tributar con todos los hijos el otro ya no se podria aplicar el mínimo?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rutger en 16 de Enero de 2015, 09:45:38 am
Ilse, lo que yo entiendo es que por ejemplo es una pareja de hecho con un hijo en común, si uno de los progenitores de la pareja de hecho hace declaración conjunta con el hijo de ambos el otro no podra aplicarse el minimo por descendiente puesto que el descendiente estaría presentando declaración con el otro progenitor al hacerla conjunta con el.
Mira, tengo guardado de cuando hice la asignatura una consulta vinculante de la DGT en este sentido porque también a mi se me planteaban dudas (V1400-07 y te digo lo que pone la respuesta:
"En definitiva, en el caso de una pareja de hecho que convive y que tiene hijos menores de edad que no obtienen rentas, si uno de los progenitores presenta declaración conjunta con todos los hijos, tendrá derecho a aplicar el importe total del mínimo familiar por descendientes, dado que al presentar los hijos declaración, existe un único contribuyente con derecho a la aplicación del mínimo familiar, el progenitor con el que tributan conjuntamente, y no procede la aplicación del prorrateo establecido en el número 2 del artículo 43 de la Ley del Impuesto".
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 16 de Enero de 2015, 10:04:43 am
Pues no tenía la menor idea, gracias rutger...

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 16 de Enero de 2015, 11:08:45 am
Siguiendo con el IRPF, y las dclaraciones conjuntas esta es la contestacion que he encontrado dada por profesora esta cuestión, pongo tal cual:

 "Unidad familiar compuesta por un matrimonio casado (padre, madre e hijo común menor):
La pareja casada podrá tributar conjuntamente sus rentas y si el hijo menor tiene rentas debe
declararlas también. Y según el art. 84.5 las rentas de cualquier tipo obtenidas por las personas
físicas integradas en una unidad familiar que hayan optado por la tributación conjunta serán
gravadas acumuladamente. Pero ojo!, en caso de que alguno de los miembros de la unidad
familiar presente declaración individual , los restantes miembros deberán utilizar el mismo
régimen(art. 83.2 LIrpf). "

Por otra parte y dando respuesta a lo que indicas, si esta pareja casada tiene un hijo no común
menor de edad, forma parte de la unidad familiar y por tanto es aplicable lo dicho
anteriormente. Hay que tener en cuenta que el artículo 14 de la CE veda hacer distinciones
entre distintos supuestos de filiación (art. 108 CC).
Puntualizar que también es válido en caso de hijos mayores de edad incapacitados
judicialmente.

-¿Y si los padres están separados legalmente o no hay vínculo matrimonial y existen hijos
menores o mayores de edad incapacitados judicialmente?
Pueden tributar conjuntamente el hijo con su madre o el hijo con su padre (con el que conviva),
ya que nadie puede formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.

Finalmente indicarte que, NO constituye unidad familiar (aunque convivan en el mismo
domicilio y estén unidos por lazos de parentesco). Ejemplo: Padres con hijos mayores de edad
o hijos que alcanzaron la mayoría de edad durante el período impositivo."

CONCLUSION: el matrimonio con hijo no comun que convive  y reune requisitos (menor edad, mayor sujeto a tutela y no presente declaracion individual) puede entrar en la declaración conjunta de la unidad familiar. Esto no viene en ningún articulo legal y es en virtud de la aplicación del art 14 Constitución.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 16 de Enero de 2015, 11:19:40 am
Y ademas se añade en otra contestacion  que:
según sentencia del TEAC de septiembre 2014 este Tribunal falla que en los supuestos de
separación matrimonial o divorcio, el mínimo por descendiente corresponderá a quien
tenga atribuida la guarda y custodia de los hijos a la fecha del devengo del Impuesto, al
tratarse del progenitor que convive con aquellos. No obstante, procederá el prorrateo
por partes iguales cuando la guarda y custodia sea compartida, con independencia de
quién sea el progenitor con el que convivan a la fecha del devengo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: tevivi en 16 de Enero de 2015, 12:24:28 pm
Febrero 2008


- Un matrimonio se ha divorciado el 15 de Julio y uno de los cónyuges se ha quedado con la vivienda común después de satisfacer al otro la mitad de su valor actual una vez descontada la mitad del hipotecario pendiente.

Tengo dudas sobre esta pregunta examen. Un poco de luz?

Gracias y suerte a todos!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jvalencia8 en 16 de Enero de 2015, 12:41:53 pm
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Este ejercicio está en la plataforma, hay varios con las soluciones , picar en bloque 1 autoevaluación y podrás hacer el ejercicio y luego ver la solución

a) Formarán unidad familiar a los efectos de la tributación conjunta el matrimonio y los tres hijos menores de edad, siempre que los hijos no vivan independientes de los padres con el consentimiento de estos (art. 82.1 LIRPF).
Procede aplicar el mínimo por descendientes en relación con los hijos que cumplan las condiciones previstas en el artículo 58.1 y en la norma 2.ª del artículo 61 LIRPF. En caso de tributación individual, el mínimo correspondiente a los hijos comunes se prorratearán entre A y B por partes iguales (regla 1.ª del art. 61 LIRPF) y A aplicará íntegramente el mínimo correspondiente al hijo de 17 años.

Esto ya se parece al criterio que tenía en mi mente.
gracias chic@s por ayudar
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jvalencia8 en 16 de Enero de 2015, 12:51:28 pm
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Ilse, lo que yo entiendo es que por ejemplo es una pareja de hecho con un hijo en común, si uno de los progenitores de la pareja de hecho hace declaración conjunta con el hijo de ambos el otro no podra aplicarse el minimo por descendiente puesto que el descendiente estaría presentando declaración con el otro progenitor al hacerla conjunta con el.
Mira, tengo guardado de cuando hice la asignatura una consulta vinculante de la DGT en este sentido porque también a mi se me planteaban dudas (V1400-07 y te digo lo que pone la respuesta:
"En definitiva, en el caso de una pareja de hecho que convive y que tiene hijos menores de edad que no obtienen rentas, si uno de los progenitores presenta declaración conjunta con todos los hijos, tendrá derecho a aplicar el importe total del mínimo familiar por descendientes, dado que al presentar los hijos declaración, existe un único contribuyente con derecho a la aplicación del mínimo familiar, el progenitor con el que tributan conjuntamente, y no procede la aplicación del prorrateo establecido en el número 2 del artículo 43 de la Ley del Impuesto".

Estoy en desacuerdo con Rutger, ya que la respuesta del equipo docente en una de las respuestas de las plantillas de examenes anteriores contempla todo lo contrario en el párrafo segundo....

a)  Las  dos  personas  no  casadas  no  forman  parte  de  la misma  unidad  familiar,  pues  el
artículo 82.1 LIRPF no configura como tal a las uniones de hecho. De acuerdo con la regla 2.ª del
citado artículo 82.1 («formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u
otro»)  y  del  artículo  82.2  LIRPF  («Nadie  podrá  formar  parte  de  dos  unidades  familiares  al
mismo  tiempo»), pueden  tributar conjuntamente sólo una de esas dos personas y el hijo común,
siempre  –claro  está–  que  éste  sea menor  de  edad  o  esté  incapacitado  judicialmente  y  sujeto  a
patria potestad prorrogada o rehabilitada.

Procede aplicar el mínimo por descendiente si el hijo reúne las condiciones previstas en el
artículo 58.1 y en la norma 2.ª del artículo 61 LIRPF. Ahora bien, según la Dirección General de
Tributos [consulta V1146-11 (9/5/2011)], si uno de los padres tributa conjuntamente con el hijo y
éste obtiene unas rentas superiores a 1.800 €, dicho progenitor aplicaría íntegramente el mínimo
por descendiente correspondiente a ese hijo y el otro progenitor no tendría derecho al mínimo. Si
el  hijo  no  obtiene  unas  rentas  superiores  a  1.800  €  el  mínimo    se  prorrateará  entre  los  dos
progenitores  por  partes  iguales,  según  la  norma  1.ª  del  artículo  61 LIRPF,  aun  cuando  uno  de
ellos tribute conjuntamente con el hijo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rutger en 16 de Enero de 2015, 13:03:12 pm
No estás en desacuerdo conmigo, estás en desacuerdo con la respuesta dada por la DGT a una consulta vinculante (la V1400-07) que yo me he limitado a transcribir.
Dadas las dos consultas señaladas se entiende que entonces depende de las rentas de los hijos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 16 de Enero de 2015, 13:17:02 pm
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Estoy en desacuerdo con Rutger, ya que la respuesta del equipo docente en una de las respuestas de las plantillas de examenes anteriores contempla todo lo contrario en el párrafo segundo....

a)  Las  dos  personas  no  casadas  no  forman  parte  de  la misma  unidad  familiar,  pues  el
artículo 82.1 LIRPF no configura como tal a las uniones de hecho. De acuerdo con la regla 2.ª del
citado artículo 82.1 («formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u
otro»)  y  del  artículo  82.2  LIRPF  («Nadie  podrá  formar  parte  de  dos  unidades  familiares  al
mismo  tiempo»), pueden  tributar conjuntamente sólo una de esas dos personas y el hijo común,
siempre  –claro  está–  que  éste  sea menor  de  edad  o  esté  incapacitado  judicialmente  y  sujeto  a
patria potestad prorrogada o rehabilitada.

Procede aplicar el mínimo por descendiente si el hijo reúne las condiciones previstas en el
artículo 58.1 y en la norma 2.ª del artículo 61 LIRPF. Ahora bien, según la Dirección General de
Tributos [consulta V1146-11 (9/5/2011)], si uno de los padres tributa conjuntamente con el hijo y
éste obtiene unas rentas superiores a 1.800 €, dicho progenitor aplicaría íntegramente el mínimo
por descendiente correspondiente a ese hijo y el otro progenitor no tendría derecho al mínimo. Si
el  hijo  no  obtiene  unas  rentas  superiores  a  1.800  €  el  mínimo    se  prorrateará  entre  los  dos
progenitores  por  partes  iguales,  según  la  norma  1.ª  del  artículo  61 LIRPF,  aun  cuando  uno  de
ellos tribute conjuntamente con el hijo.


Estoy contigo jvalencia8.
En las clases virtuales se dice eso también.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 16 de Enero de 2015, 14:05:37 pm
Pero si habéis dicho lo mismo,no?, pareja de hecho con un hijo, uno de ellos tributa conjuntamente con el hijo  y además puede aplicar el mínimo por descendiente, el otro lo haría de forma individual y no podría aplicar el mínimo ya que el hijo no puede formar parte de dos unidades familiares distintas, no?, sería correcto?

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 17 de Enero de 2015, 13:45:33 pm
¿Sabéis el artículo exacto que dice que la venta de Bonos tributa como RCMobiliario?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 17 de Enero de 2015, 14:09:48 pm
Ok, ya lo encontré.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 17 de Enero de 2015, 20:52:23 pm
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Febrero 2008


- Un matrimonio se ha divorciado el 15 de Julio y uno de los cónyuges se ha quedado con la vivienda común después de satisfacer al otro la mitad de su valor actual una vez descontada la mitad del hipotecario pendiente.

Tengo dudas sobre esta pregunta examen. Un poco de luz?

Gracias y suerte a todos!
1º cuestión tratamiento del matrimonio:
Artículo 82. Tributación conjunta.
1. Podrán tributar conjuntamente las personas que formen parte de alguna de las siguientes modalidades de unidad familiar:
1.ª La integrada por los cónyuges no separados legalmente.
En este caso no procede la tributación conjunta ya que estan separados el 31 diciembre.
La  determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente a 31 de diciembre de cada año echa a tener en cuenta sobre su situación personal es la definida por el Art 82.3.
2ª cuestión tratamiento de la transmisión de la vivienda.
La transmisión de la vivienda se puede considerar como una ganancia o perdida patrimonial ya que es una alteración el en patrimonio (ar 33) y se valora de acuerdo con el ar 35, pero el art 33. a b y c  nos dice 2.
Se estimará que no existe alteración en la composición del patrimonio:
a) En los supuestos de división de la cosa común.
b) En la disolución de la sociedad de gananciales o en la extinción del régimen económico matrimonial de participación.
c) En la disolución de comunidades de bienes o en los casos de separación de comuneros.
Así que si no procede entender que ha habido alteración patrimonial y por tanto no hay ganancia o perdiada patrimonial.
Tratamiento para el conyuge que se queda la vivienda:
Si se compro como vivienda habitual en fecha anterior al 01-01-2013 procede:

Disposición transitoria decimoctava. Deducción por inversión en vivienda habitual.
1. Podrán aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual en los términos previstos en el apartado 2 de esta disposición:
a) Los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2013 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma.
Se mantienen las condiciones cara estos contribuyentes de la legislación anterior es decir se puede deducir según el 68.1  de ley en su redaccion anterior (hasta 9040 euros, se deduce el 7,5 % de las cantidades satisfechas incluyendo gastos de adquisición e intereses financieros)
Como lo veis añadiriais algo?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 18 de Enero de 2015, 13:27:27 pm
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Si revisas el art.18.4 de IRPF dice: 4. Las reducciones previstas en este artículo no se aplicarán a las contribuciones empresariales imputadas que reduzcan la base imponible, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 51, 53 y en la disposición adicional undécima de esta Ley.
por lo que hay qeu restar lo de la seguridad social antes ;)
Vista la Solución del E.D. al primer punto de la PEC, parece que no es aplicable el 18.4. (no dice nada al respecto). La solución del ejercicio de la PEC está en: Entrega de Trabajos /  Tareas / Enunciado / Detalles/Solución.
Un saludo,
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mitsukoakari en 18 de Enero de 2015, 14:21:40 pm
El Código fue actualizado en noviembre... ¿Al examen entonces qué debemos llevar? Alguno del 2013-2014 o el del 2014-2015?
Es un error llevar el actualizado?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 19 de Enero de 2015, 17:42:44 pm
Me han corregido la PEC, me quitan 4 puntos, y en Comentarios me dicen:
"En su ejercicio existen fallos en la casilla 08 que debía haber puesto 10.646,77. Y en la cantidad a devolver debía haber puesto 2.777,18 euros"
Sin comentarios,
Un saludo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: bonabi en 21 de Enero de 2015, 19:42:59 pm
Alguien me puede mandar todo lo de la Ley que se puede llevar al examen tanto de IRPF como de IS, ya que yo lo que tengo son los dos BOE y son más o menos 500 págs
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 22 de Enero de 2015, 10:33:55 am
Una dudilla de última hora, ¿lleváis anotado el número del artículo en los pos-it separadores para ir directos a él?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ochentero en 22 de Enero de 2015, 10:50:52 am
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Pero si habéis dicho lo mismo,no?, pareja de hecho con un hijo, uno de ellos tributa conjuntamente con el hijo  y además puede aplicar el mínimo por descendiente, el otro lo haría de forma individual y no podría aplicar el mínimo ya que el hijo no puede formar parte de dos unidades

una cosa es la unidad familiar y otra el minimo por descendiente
el tratamiento fiscal es diferente
aunque la pareja no formen unidad familiar, si el hijo es comun cada uno podrá aplicarse el minimo por descendiente a 50% cada uno, mira art. 61.1°
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 22 de Enero de 2015, 12:48:21 pm
son deducibles los gastos de investigación y desarrollo?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 22 de Enero de 2015, 13:14:58 pm
Art   11.2 d Podrán amortizarse libremente los gastos de investigación y desarrollo activados como inmovilizado intangible, excluídas las amortizaciones de los elementos que disfruten de libertad de amortización. En virtud de este articulo si.
Ademas en el art 35 se detalla tambien ademas  una deducción en la cuota integra
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 22 de Enero de 2015, 17:09:51 pm
y ya no hay deducciones por actividades de exportación. no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 22 de Enero de 2015, 17:49:59 pm
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Me han corregido la PEC, me quitan 4 puntos, y en Comentarios me dicen:
"En su ejercicio existen fallos en la casilla 08 que debía haber puesto 10.646,77. Y en la cantidad a devolver debía haber puesto 2.777,18 euros"
Sin comentarios,
Un saludo
Posiblemente en algún Centro Asociado, y me consta que así ha sido, algún profesor (que no tiene claro que el programa PADRE es una aplicación informática, y que hace cálculos automáticos) ha restado 2 puntos por tener mal el resultado, la respuesta del Equipo Docente ha sido:
"No parece haber necesidad de aclararlo. Cada una de las cinco preguntas tiene una valoración de 2 puntos. El importe del resultado final se ha reflejado simplemente para facilitar la comprobación."
Lógico.
Un saludo,
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 22 de Enero de 2015, 18:05:48 pm
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y ya no hay deducciones por actividades de exportación. no?
Esto es lo que he encontrado en internet:
en el ejercicio 2011 concluyeron la reducción paulatina de muchas de las deducciones reguladas en el Impuesto sobre Sociedades (tales como las deducciones por actividades de exportación, fomento de las tecnologías de la información y de la comunicación, contribuciones a planes de pensiones, inversiones medioambientales o por gastos por formación profesional…) que ha conllevado a su desaparición definitiva.
En la redacción actual de la Ley solo refiere las del ar 34 (cine y cultura).
En la reaccion anterior estaba en el art 37 pero esta derogada, creo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: May1985 en 22 de Enero de 2015, 18:47:08 pm
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Posiblemente en algún Centro Asociado, y me consta que así ha sido, algún profesor (que no tiene claro que el programa PADRE es una aplicación informática, y que hace cálculos automáticos) ha restado 2 puntos por tener mal el resultado, la respuesta del Equipo Docente ha sido:
"No parece haber necesidad de aclararlo. Cada una de las cinco preguntas tiene una valoración de 2 puntos. El importe del resultado final se ha reflejado simplemente para facilitar la comprobación."
Lógico.
Un saludo,

Sí, yo también vi esa respuesta y me quede un poco confusa porque está clarísimo que teniendo una sola casilla mal el resultado no será el correcto!!
A mi no me han dado la nota pero también se que tengo un fallo así que ya te contaré si me quitan 4 puntos o 2.

De todas formas por qué no intentas mandar mail al tutor que te corrigió y le pides aclaración? Yo haría eso...

En fin, suerte!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 22 de Enero de 2015, 18:49:44 pm
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Posiblemente en algún Centro Asociado, y me consta que así ha sido, algún profesor (que no tiene claro que el programa PADRE es una aplicación informática, y que hace cálculos automáticos) ha restado 2 puntos por tener mal el resultado, la respuesta del Equipo Docente ha sido:
"No parece haber necesidad de aclararlo. Cada una de las cinco preguntas tiene una valoración de 2 puntos. El importe del resultado final se ha reflejado simplemente para facilitar la comprobación."
Lógico.
Un saludo,
te la aprobaron Carlos?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: si si en 22 de Enero de 2015, 20:18:42 pm
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Posiblemente en algún Centro Asociado, y me consta que así ha sido, algún profesor (que no tiene claro que el programa PADRE es una aplicación informática, y que hace cálculos automáticos) ha restado 2 puntos por tener mal el resultado, la respuesta del Equipo Docente ha sido:
"No parece haber necesidad de aclararlo. Cada una de las cinco preguntas tiene una valoración de 2 puntos. El importe del resultado final se ha reflejado simplemente para facilitar la comprobación."
Lógico.
Un saludo,

yo también lo he visto pero interpreto que te da la razón a ti
yo le mandaría email al tutor con esa respuesta del equipo docente, que cada pregunta vale 2 puntos y que el resultado es para comprobar y si no me dijese nada le escribiría email a GM explicándole que me han corregido mal la pec
de hecho yo he tenido el mismo fallo, resté la cotización de SS antes de hallar el 40% y mi puntuación ha sido 8
bueno compañero te deseo suerte y a ver si te cambian la nota
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 23 de Enero de 2015, 19:52:13 pm
Alguien sabe donde se recoge en el código el régimen transitorio de exoneración de las plusvalías?? concretamente los coeficientes reductores (11,11%; 25%; y 14,28%) que se aplicarán?? Miro y miro y no lo veo. Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 23 de Enero de 2015, 20:29:21 pm
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Alguien sabe donde se recoge en el código el régimen transitorio de exoneración de las plusvalías?? concretamente los coeficientes reductores (11,11%; 25%; y 14,28%) que se aplicarán?? Miro y miro y no lo veo. Gracias

Puedes concretar algo más de a lo que te refieres?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 23 de Enero de 2015, 20:34:20 pm
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Puedes concretar algo más de a lo que te refieres?

La disposicion transitoria novena se refiere a las ganancias patrimoniales por venta de elementos patrimoniales adquiridos con anterioridad a 1994
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 24 de Enero de 2015, 22:20:22 pm
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La disposicion transitoria novena se refiere a las ganancias patrimoniales por venta de elementos patrimoniales adquiridos con anterioridad a 1994

Sii!! muchas gracias, no lo ubicaba  :P Está en la Disp. Transitoria 9ª, era exactamente a eso a lo que me referia. Gracias!!  :)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Veruska123 en 25 de Enero de 2015, 16:43:02 pm
No sé si algún compañero/a ha colgado el vídeo éste:

https://www.youtube.com/watch?v=bYpv8VWB-3M

Estoy que me tiro de los pelos con el IS. Las clases del profesor Vicente Ferrandis se escuchan fatal, así es que buscando más información me he topado con esta profesora. A mi modo de parecer, en 15 minutos explica las bases del impuesto. Lo comparto  por si a alguien más se le ha atragantado el impuesto.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: dianemod en 25 de Enero de 2015, 23:54:05 pm
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No sé si algún compañero/a ha colgado el vídeo éste:

https://www.youtube.com/watch?v=bYpv8VWB-3M

Estoy que me tiro de los pelos con el IS. Las clases del profesor Vicente Ferrandis se escuchan fatal, así es que buscando más información me he topado con esta profesora. A mi modo de parecer, en 15 minutos explica las bases del impuesto. Lo comparto  por si a alguien más se le ha atragantado el impuesto.

Muchas gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: alberto8051 en 28 de Enero de 2015, 01:01:56 am
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Una dudilla de última hora, ¿lleváis anotado el número del artículo en los pos-it separadores para ir directos a él?
No, yo llame al Dto. para preguntar si podía poner cosas en los posit tipo "ganacias y perdidas patrimoniales", etc y me dijeron que no, que únicamente para separar las leyes. Cuando llevas hechos muchos casos ya te van sonando por donde "caen" las cosas y por donde buscarlas, no te preocupes...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 28 de Enero de 2015, 10:11:40 am
El equipo docente del foro virtual me contestó que no había problema en llevar anotado los números de los artículos en los separadores. Ojo, me refiero sólo al número.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: foto031 en 28 de Enero de 2015, 16:33:14 pm
Hola, entiendo por lo comentado que no se puede poner en los post-it por ejemplo "capital mobiliario", "pérdidas y ganancias", "actividades económicas".... Pues vaya faena! lo tengo separado así.
Por favor, si alguien lo tiene claro, ¿lo puede comentar?, gracias y mucha suerte a tod@s.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 28 de Enero de 2015, 16:49:47 pm
No os compliquéis la vida no hace falta esos separadores, al hacer los casos os vais del tirón al artículo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 28 de Enero de 2015, 18:45:18 pm
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Hola, entiendo por lo comentado que no se puede poner en los post-it por ejemplo "capital mobiliario", "pérdidas y ganancias", "actividades económicas".... Pues vaya faena! lo tengo separado así.
Por favor, si alguien lo tiene claro, ¿lo puede comentar?, gracias y mucha suerte a tod@s.
Yo creo que sí se puede, en los propios exámenes pone los siguiente a cerca de esto: "Se permite, además, la utilización de marcadores (como pegatinas "post-it") para separar las distintas normasutilizadas o los distintos epígrafes dentro de una norma. Estos marcadores sí pueden incluir las anotaciones necesarias para identificar la norma o capítulo que señalan (por ejemplo, "IRPF" o "base imponible" ).
Yo también los tengo identificados con el nombre del título del capítulo o sección del código.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 28 de Enero de 2015, 18:52:52 pm
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Yo creo que sí se puede, en los propios exámenes pone los siguiente a cerca de esto: "Se permite, además, la utilización de marcadores (como pegatinas "post-it") para separar las distintas normasutilizadas o los distintos epígrafes dentro de una norma. Estos marcadores sí pueden incluir las anotaciones necesarias para identificar la norma o capítulo que señalan (por ejemplo, "IRPF" o "base imponible" ).
Yo también los tengo identificados con el nombre del título del capítulo o sección del código.

Yo también lo entiendo así.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 28 de Enero de 2015, 19:03:27 pm
Unas dudillas resolviendo un examen del 2011:
1.- El empleado de un banco adquirió acciones del propio banco con un préstamo otorgado por éste.
En 2010 recibe dividendos por esas acciones y paga los intereses correspondientes al préstamo.

Entiendo que los dividendos serían RCMobiliario (Art. 25), excepto los exentos hasta 1500€ del art. 7y, y que los intereses del préstamo no serían deducibles.


2- Una persona física realiza, por cuenta de una sociedad dedicada a la explotación de hidrocarburos, labores de marketing para la difusión de una tarjeta de crédito emitida por ésta.
Recibe una cantidad fija mensual y una cantidad variable en función de las tarjetas que ha logrado colocar.


Yo aquí pondría Rendimientos del Trabajo del Art. 17 sin más.

¿Como lo veis?  ???

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 29 de Enero de 2015, 12:16:44 pm
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Unas dudillas resolviendo un examen del 2011:
1.- El empleado de un banco adquirió acciones del propio banco con un préstamo otorgado por éste.
En 2010 recibe dividendos por esas acciones y paga los intereses correspondientes al préstamo.

Entiendo que los dividendos serían RCMobiliario (Art. 25), excepto los exentos hasta 1500€ del art. 7y, y que los intereses del préstamo no serían deducibles.


2- Una persona física realiza, por cuenta de una sociedad dedicada a la explotación de hidrocarburos, labores de marketing para la difusión de una tarjeta de crédito emitida por ésta.
Recibe una cantidad fija mensual y una cantidad variable en función de las tarjetas que ha logrado colocar.


Yo aquí pondría Rendimientos del Trabajo del Art. 17 sin más.

¿Como lo veis?  ???
Lo he encontrado resuelto, ten pongo la solucion:
Contestación.– 1) Conviene distinguir el régimen tributario aplicable a los dividendos del aplicable en relación con los intereses.
a) Para el empleado los dividendos constituyen rendimientos del capital mobiliario derivados de la participación en fondos propios de entidades (art. 25.1 LIRPF). Estarán exentos con el límite de 1.500 euros anuales [art.y) LIRPF]. Sin embargo, la base de la retención estará constituida por la contraprestación íntegra, sin que se tenga en consideración esa exención (art. 101.4 LIRPF).
Para el Banco, los dividendos no constituyen gasto ni a efectos contables, ni a efectos fiscales [art. 14.1.a) LIRPF].
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 29 de Enero de 2015, 12:22:12 pm
b) Para el empleado, los intereses satisfechos por el préstamo no tienen, en principio, relevancia alguna. En particular, no constituyen un gasto deducible en la determinación del rendimiento neto del capital mobiliario derivado de los dividendos, toda vez que, según el artículo 26.1 LIRPF, sólo tienen esa consideración «Los gastos de administración y depósito de valores negociables».
Si el tipo de interés devengado es inferior al normal de mercado, la concesión del préstamo puede constituir una retribución en especie que formará parte de los rendimientos del trabajo del empleado. De acuerdo con el artículo 43.1.1.º c) LIRPF, «En los préstamos con tipos de interés inferiores al legal del dinero», el rendimiento se valora por «la diferencia entre el interés pagado y el interés legal del dinero vigente en el período». Ahora bien, como este rendimiento es satisfecho por una empresa (el Banco) que tiene como actividad habitual la realización de la actividad (concesión de préstamos) «esta valoración no podrá ser inferior al precio ofertado al público» en los términos previstos por el artículo 43.1.1.º f) LIRPF.
Para la entidad los intereses constituyen un ingreso más de su actividad.
2) Si no existe relación laboral con la sociedad, la persona física obtendrá rendimientos de actividades económicas como corredor o comisionista (art. 27.1 LIRPF).
A los efectos de determinar si la sociedad debe practicar retención sobre las cantidades satisfechas, el artículo 95.2.b), 2.º, RIRPF califica como rendimientos profesionales (sometidos a retención) los obtenidos por los comisionistas siempre que se limiten a acercar o aproximar a las partes interesadas para la celebración de un contrato. Cuando, además de esta función, asuman el riesgo y ventura de las operaciones, los rendimientos serán empresariales (no sometidos a retención), según el mismo precepto.
Como es natural, las cantidades pagadas son gasto deducible para la sociedad de explotación de hidrocarburos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 29 de Enero de 2015, 12:32:19 pm
Al segundo caso yo le daria otra solucion ademas, ya que dice que trabaja por cuenta de una sociedad por tanto tiene una relacion laboral y lo percibido es  un suelo o salario art 17.1.a.
Lo percibido por comisiones podria decirse que tiene la reduccción al  articulo 18.1 2.a si se a generado en un periodo superior a dos años y no se obtiene de forma periodica.

Esta seria la solucion que yo le daria, aunque sin embargo en el caso que he encontrado resuelto lo entiden como rendimiento de actividades economicas. Para mi seria valido si haces el matiz de decir si es una relacion laboral por cuenta ajena (sueldo) o por cuenta propia (Actividad Economica).
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 29 de Enero de 2015, 13:15:40 pm
Gracias compañero.
Pedazo de respuesta a la respuesta 1, si nos tenemos que extender tanto en el examen no nos da tiempo a terminar... :-\
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 29 de Enero de 2015, 13:25:12 pm
Y se podria añadir con respecto a el empleado de un banco adquirió acciones del propio banco con un préstamo otorgado por éste que:
Art.42.2 que la entrega a trabajadores en activo de forma gratuita o por precio inferior al de merado de acciones de la propia empresa no se consideran rendimientos en especie, si no exceden d 12.000 euros y en las condiciones reglamentarias establecidas.

Es lo que tiene un Codigo Tributario de dos kilos que hay mil articulos apartados, excepciones..... :'( :'( :'(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 29 de Enero de 2015, 14:07:48 pm
-Una pregunta sobre Sociedades:
Que tratamiento fiscal tienen la dotacion de creditos para litigios?
En el articulo 13 vienen algunas no deducibles pero no encuentro nada sobre litigios en curso.  :o :o¿?
Solucion?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: 268 en 29 de Enero de 2015, 15:45:29 pm
Por si puede ayudar.

Preguntado al equipo que se puede llevar a examen su respuesta ha sido:
Estas son las instrucciones del examen:
 
Antes de contestar las preguntas, lea detenidamente estas INSTRUCCIONES:
1) Debe contestar solamente CINCO de las seis preguntas. Si contesta a las seis preguntas, sólo se corregirán las cinco primeras.
2) Justifique todas y cada una de sus respuestas e indique con la mayor precisión posible qué precepto o preceptos entiende aplicables en cada uno de los supuestos.
3) No conteste las preguntas en esta hoja de examen.
4) Las preguntas deben contestarse en el mismo orden en que aparecen formuladas.
5) La duración del examen será de una hora y treinta minutos.
6) Se permite la consulta de textos legales (recogidos en códigos, descargados de internet o fotocopiados), así como del programa oficial de la asignatura. Los textos legales pueden estar subrayados, pero no pueden estar acompañados de comentarios o anotaciones (ya estén impresos o sean manuscritos). Se permite, además, la utilización de marcadores (como pegatinas "post-it") para separar las distintas normas utilizadas o los distintos epígrafes dentro de una norma. Estos marcadores sí pueden incluir las anotaciones necesarias para identificar la norma o capítulo que señalan (por ejemplo, "IRPF" o "base imponible").
7) Puede quedarse si lo desea con esta hoja de examen.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 29 de Enero de 2015, 18:44:21 pm
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-Una pregunta sobre Sociedades:
Que tratamiento fiscal tienen la dotacion de creditos para litigios?
En el articulo 13 vienen algunas no deducibles pero no encuentro nada sobre litigios en curso.  :o :o¿?
Solucion?

Yo tampoco encuentro nada.
¿Significaría eso que sería deducible entonces, al no exisitir precepto que lo prohiba?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Iker014 en 29 de Enero de 2015, 20:20:33 pm
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Yo tampoco encuentro nada.
¿Significaría eso que sería deducible entonces, al no exisitir precepto que lo prohiba?
Yo tampoco encuentro nada, por lo que entiendo lo mismo: es deducible.

Pego una explicación de las provisiones que he encontrado por internet.

Provisiones
Desde el punto de vista contable y según el nuevo PGC, toda provisión debe responder a una obligación actual derivada de un suceso pasado, cuya cancelación sea probable que origine una salida de recursos y su importe pueda medirse con facilidad. Por tanto, tendrán la consideración de provisión los elementos de pasivo, indeterminados respecto a su importe y fecha en la que se cancelarán. Añadir, además, que dichas provisiones pueden venir determinadas por una disposición legal o contractual o por una obligación implícita o tácita.

Las provisiones obedecen al principio de prudencia valorativa. Se contabilizarán únicamente los beneficios obtenidos hasta la fecha de cierre del ejercicio, mientras que los riesgos con origen en el ejercicio o en otro anterior se contabilizarán en cuanto sean conocidos, incluso si sólo se conocieran entre la fecha de cierre de las cuentas anuales y la fecha en que éstas se formulen.

Frente a este concepto de provisión proporcionado por la normativa contable, la normativa reguladora del impuesto sobre sociedades establece un carácter más restrictivo, dado el hecho de que una provisión contabilizada puede no ser gasto deducible fiscalmente. Si bien, mientras que una provisión no esté contabilizada, nunca podrá ser gasto deducible desde un punto de vista fiscal.

Es el propio TRLIS el que limita la deducibilidad fiscal de las provisiones, límite que aparece en el artículo 13 del citado texto refundido.

Como criterio general se puede destacar, tras la nueva redacción del artículo dada por la Ley 16/2007, la no deducibilidad de los gastos derivados de obligaciones implícitas o tácitas. Es decir, la deducibilidad exige que el gasto realizado se refiera a obligaciones legales o contractuales, frente a la normativa contable que permite el nacimiento de una provisión por disposición legal, contractual o por una obligación implícita o tácita, situándose en este último caso en la expectativa válida creada por la empresa frente a terceros, de asunción de una obligación por parte de aquélla.

Se observa, por tanto, el carácter más restrictivo del TRLIS ya que los gastos derivados de obligaciones tácitas, es decir, las asumidas por la empresa, bien por haberlas hecho públicas o bien por haberlas señalado a terceros, no son gasto deducible para ésta.

Junto a esta restricción se establecen otros supuestos de gastos de provisiones no deducibles. Estos son:

Los relativos a retribuciones a largo plazo del personal. No obstante, sí serán deducibles las contribuciones de los promotores de los planes de pensiones que se encuentren regulados en el Real Decreto Legislativo 1/2002, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Regularización de los Planes y Fondos de Pensiones, así como las realziadas a planes de previsión social empresarial.
Los concernientes a los costes de cumplimiento de contratos que excedan a los beneficios económicos que se esperan recibir de los mismos.
Los derivados de reestructuraciones, excepto si se refieren a obligaciones legales o contractuales y no meramente tácitas.
Los relativos al riesgo de devoluciones de ventas.
Los de personal que se correspondan con pagos basados en instrumentos de patrimonio, utilizados como fórmula de retribución de empleados, tanto si se satisface en efectivo o mediante la entrega de dichos instrumentos.
Además, el artículo 13 señala la deducibilidad, con límites, de los gastos por actuaciones medioambientales, gastos relativos a provisiones técnicas realizadas por entidades aseguradoras, así como el importe de la dotación a la reserva de estabilización, gastos relativos a provisiones técnicas efectuados por las sociedades de garantía recíproca y por sociedades de reafianzamiento cuyo objeto social comprenda el reaval  de las operaciones de garantía otorgadas por las sociedades de garantía recíproca y los inherentes a los riesgos derivados de garantías de reparaciones y revisiones.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: yesusrr en 29 de Enero de 2015, 21:37:18 pm
Pues mañana al examen de las 8 (Canarias) sin la nota de la PEC aún  :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 29 de Enero de 2015, 22:34:11 pm
mañana examen, ya veremos :-\
Ale a dormir para estar descansados y suerte :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 29 de Enero de 2015, 22:40:26 pm
Suerte compañeros....
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Veruska123 en 29 de Enero de 2015, 22:42:20 pm
¡Mucha suerte! A ver si se portan bien y nos lo ponen asequible, ¿sería mucho pedir?  ;D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: niki en 29 de Enero de 2015, 22:55:09 pm
 :D :D :D Mucha suerte compañeras, que se porten bien y contad pronto cositas, al torooooooooo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: May1985 en 30 de Enero de 2015, 09:30:52 am
Mucha suerte a todos!!!! Yo iré el día 13 pero estoy cagaitaaa  :o
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 30 de Enero de 2015, 09:38:43 am
Dotación para litigios os copio la contestación de la agencia tributaria:
El artículo 13.1 del TRLIS en redacción dada por la Ley 4/2008, señala una serie de gastos por dotaciones a provisiones que no son fiscalmente deducibles, entre los que no se especifican las provisiones para otras responsabilidades, por lo que en cuanto tengan el carácter de provisiones contables y no se exceptúen en la relación contenida en el artículo 13 del TRLIS, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.3 del TRLIS , dicha dotación es fiscalmente deducible a efectos de la determinación de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, salvo que la dotación corresponda a un gasto que no sea fiscalmente deducible.
Normativa:
Artículo 13 .1 TRLIS Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo de 2004.
Artículo primero Ley 4/2008, de 23 de diciembre de 2008.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: santiagohr2001 en 30 de Enero de 2015, 10:36:01 am
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Dotación para litigios os copio la contestación de la agencia tributaria:
El artículo 13.1 del TRLIS en redacción dada por la Ley 4/2008, señala una serie de gastos por dotaciones a provisiones que no son fiscalmente deducibles, entre los que no se especifican las provisiones para otras responsabilidades, por lo que en cuanto tengan el carácter de provisiones contables y no se exceptúen en la relación contenida en el artículo 13 del TRLIS, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.3 del TRLIS , dicha dotación es fiscalmente deducible a efectos de la determinación de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, salvo que la dotación corresponda a un gasto que no sea fiscalmente deducible.
Normativa:
Artículo 13 .1 TRLIS Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo de 2004.

Gracias por la respuesta, pero para mi y es tarde, ya he hecho el examen. la verdad es que no ha sido rebuscado, todo ha salido en examenes anteriores, así que asequible, si has hecho casos, porque casi no me da tiempo a hacerlo, venga buscar el articulo correcto y si me descuido aún sabiendolo no me da tiempo.
Artículo primero Ley 4/2008, de 23 de diciembre de 2008.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 30 de Enero de 2015, 11:15:28 am
Buenas impresión después el examen.
El examen ha ido en la línea de los del año pasado, preguntas concretas y sin ambigüedades, sin necesidad de tener que extenderse demasiado.
Luego lo colgaré, ahora voy con el móvil.
A grandes rasgos... una sobre retribución en especie e ingreso a cuenta, una del promotor que se queda con una casa, una de subarrendamiento de negocio, una de tributación conjunta, la del IS sobre reparto de dividendos y del IRNR una incapacidad permanente en un estado extranjero.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Rafarodri en 30 de Enero de 2015, 11:19:30 am
Como tiene que ser, un examen para saber quien ha estudiado y quien no, pero sin tonterias ambiguedades y demas gilipolleces.
Bien por el departamento
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 30 de Enero de 2015, 11:24:29 am
Exactamente, eso es.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 30 de Enero de 2015, 11:41:27 am
Lo acabo de ver, yo que ando acojonado con la del IS y ha sido una joya de pregunta, espero que la semana que viene se porten.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: yesusrr en 30 de Enero de 2015, 11:55:20 am
Examen factible aunque trabajoso si lo llevabas bien estructurado, con las ideas claras y las leyes bien indicadas. En caso de que fueras a verlas, complicado, según mi criterio.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 30 de Enero de 2015, 12:06:17 pm
FYT II 1º semana

1.- Pedro satisface una retribución en especie a Juan, uno de sus empleados, detrayendo del sueldo dinerario de este el importe del correspondiente ingreso a cuenta. ¿Debe Juan sumar el ingreso a cuenta a la retribución en especie que percibe al determinar el rendimiento del trabajo en su declaración IRPF?
2.- Javier, promotor inmobiliario, se queda con una de as edificaciones cuya construcción ha promovido para utiliizarla los fines de semana. El valor de mercado de esa vivienda es de 100000€. ¿Qué transcendencia tiene la operación en relación con el rendimiento de la actividad económica de Javier en el IRPF?
3.-Un empresario persona física cede su posición contractual como arrendatario de un local de negocio a otro empresario por 20000€. ¿Cómo calificaría la renta que obtiene el primer empresario al ceder el contrato de arrendamiento? Dicho de otro modo, ¿en qué categoría de renta del IRPF se incluye?
4.- A y B forman pareja de hecho y conviven con un hijo común y con un hijo de A. Ambos hijos son menores de edad. A pretende tributar conjuntamente en IRPF con el hijo que tuvo de otra pareja, de tal manera que B y el hijo común presentarían declaraciones individuales. ¿Es posible?
5.-ALFA, SA ha repartido dividendos entre sus accionistas. ¿Sería gasto fiscalmente deducible en el IS de ALFA, SA?
6.- Juan, residente en un Estado que no ha firmado un convenio de doble imposición con España, percibe una prestación por incapacidad permanente absoluta de la S. Social española.
¿Está sujeta al IRNR? En caso de estar sujeta, ¿es aplicable alguna exención?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: foto031 en 30 de Enero de 2015, 12:06:25 pm
Yo creo metí la pata en el supuesto 6, no mencioné el Impto. para no residentes, me limité a decir que estaba exenta y por lo tanto no tenía que tributar por esa pensión. :'(
Poco tiempo para poner todos los detalles, no me dio tiempo ni de repasarlo.
Suerte en los resultados.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Peke13 en 30 de Enero de 2015, 12:07:45 pm
Que habeis respondido en cada pregunta?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: yesusrr en 30 de Enero de 2015, 12:12:11 pm
En la pregunta 3, que han respondido? Yo opté por Rendimiento del Capital Mobiliario, apartado "Otros". Artículo 25.4.c LIRPF. Alguna opinión?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Scraiper en 30 de Enero de 2015, 12:21:40 pm
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En la pregunta 3, que han respondido? Yo opté por Rendimiento del Capital Mobiliario, apartado "Otros". Artículo 25.4.c LIRPF. Alguna opinión?

Es una ganancia patrimonial. Es lo único que puse bien porque en el resto de argumentación metí una gamba tremenda intentando explayarme un poco y me fui sin querer a las transmisiones lucrativas. Espero que no sean muy duros y no me tumben el examen por este fallo :(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 30 de Enero de 2015, 12:23:33 pm
En la 1 puse, que no debe sumarlo porque ya se le ha repercutido. art 43.2 y 99.6.
En la 2, Act. económicas x valor de mercado menos el coste de construirla...art.28.4 y añadí imputación de renta del art.85 por ser para fines de semana.
En la 3, RCMobiliario art 25.4.c
En la 4, conjunta A y los 2 hijos
En la 5, no deducible del art. 14 y ajuste positivo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Veruska123 en 30 de Enero de 2015, 12:26:04 pm
El examen ha sido normalito, largo pero nada rebuscado. Si estudias, lo sacas... No como el examen de administrativo de ayer  >:(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Peke13 en 30 de Enero de 2015, 12:33:53 pm
En la del matrimonio cabe la posibilidad de que el B tribute con el hijo común ?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: foto031 en 30 de Enero de 2015, 12:45:50 pm
Yo lo he puesto así, A con su hijo y B con el hijo común, haciendo mención a la pronunciación de la Dirección General de Tributos, donde dice que si se cumple el art. 58, podrán prorratear el mínimo por descendientes del hijo común entre los dos, aunque el hijo forme parte de la unidad familiar únicamente con B.
Seguramente será un disparate.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Peke13 en 30 de Enero de 2015, 12:48:51 pm
Yo he puesto varias opciones. Primero que A con su hijo de la otra pareja. Tambien A con los dos hijos.
Y luego B con el hijo en comun, salvo que A tribute con los dos.
Luego iba a poner los minimos por descendientes pero como preguntaba por la tributacion conjunta o no al final no lo puse...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 30 de Enero de 2015, 12:51:59 pm
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Es una ganancia patrimonial. Es lo único que puse bien porque en el resto de argumentación metí una gamba tremenda intentando explayarme un poco y me fui sin querer a las transmisiones lucrativas. Espero que no sean muy duros y no me tumben el examen por este fallo :(

En que art te basas? yo sigo viendo como dicen el art 25 de rendimientos de capital mobiliario.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Peke13 en 30 de Enero de 2015, 12:58:43 pm
Yo tambien puse ganancia porq entendi que al preguntar por el que cede, a el le poduce una variacion en el patrimonio.

Lo del capital mobiliario lo entendi si preguntaban por el otro.
Pero vamos no lo puse muy convencida
Título: Mis respuestas, espero comentarios. y de fácil nada de nada.
Publicado por: jalcolea10 en 30 de Enero de 2015, 13:00:56 pm
1. No, pues ya se lo han detraído al empleado. Hay que hacer mención a los artículos 42.1, 42.3 y 99.6 LIRPF. Este creo que está claro.

2. No lo he hecho.

3. Este tiene tela y creo que 2 opciones pueden ser correctas, si bien tengo mis dudas.

3.1. Si consideramos que el EMPRESARIO PERSONA FÍSICA se dedica a arrendar inmuebles, esto se debe imputar como rendimiento de actividades económicas.
3.2. Si consideramos que lo que subarrienda el empresario es el local de negocios y este se considera afecto a la actividad del mismo, creo que no es un rendimiento de capital inmobiliario, pues el artículo 21.1 LIRPF dice así:

Artículo 21 Definición de rendimientos del capital

1. Tendrán la consideración de rendimientos íntegros del capital la totalidad de las utilidades o contraprestaciones, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, que provengan, directa o indirectamente, de elementos patrimoniales, bienes o derechos, cuya titularidad corresponda al contribuyente y no se hallen afectos a actividades económicas realizadas por éste.
No obstante, las rentas derivadas de la transmisión de la titularidad de los elementos patrimoniales, aun cuando exista un pacto de reserva de dominio, tributarán como ganancias o pérdidas patrimoniales, salvo que por esta ley se califiquen como rendimientos del capital.

2. En todo caso, se incluirán como rendimientos del capital:

a) Los provenientes de los bienes inmuebles, tanto rústicos como urbanos, que no se hallen afectos a actividades económicas realizadas por el contribuyente.
b) Los que provengan del capital mobiliario y, en general, de los restantes bienes o derechos de que sea titular el contribuyente, que no se encuentren afectos a actividades económicas realizadas por éste.

Por tanto, si ese derecho de arrendamiento se encuentra afecto, entiendo que podemos excluirlo de rendimientos del capital inmobiliario.
¿Entonces dónde lo metemos? Creo que es una ganancia patrimonial que va aparte del rendimiento de actividad económica en virtud del artículo 28.2 LIRPF que establece que: "Para la determinación del rendimiento neto de las actividades económicas no se incluirán las ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de los elementos patrimoniales afectos a las mismas, que se cuantificarán conforme a lo previsto en la sección 4.ª de este capítulo." La sección 4º del capítulo son las perdidas y ganancias patrimoniales que se calculan de acuerdo a los artículos 33,34 y 35 LIRPF, por lo que la diferencia entre lo que paga el empresario por el alquiler del local y los 20.000 euros estará la ganancia o pérdida patrimonial derivada del derecho patrimonial que supone el alquiler que el empresario previamente tenía y que ahora a su vez cede (subarrienda) a otro empresario. Sino está afecto, entonces sí es un rendimiento del capital inmobiliario.

Esto es lo que yo opino y he argumentado lo mejor posible, quizá no sea lo correcto.

4. A y B no pueden tributar conjuntamente, pues son pareja de hecho, no están casados. B no puede tributar con el hijo exclusivo de A, pues no les une relación de parentesco alguna. Las posibilidades, teniendo en cuenta que no estan casados y que una persona no puede permanecer a dos unidades al mismo tiempo son:

1ª. A con su hijo de la otra relación y B con el hijo que tiene a medias con A.
2ª. A con su hijo de la otra relación y el hijo que tiene a medias con B y B tributa individualmente.

Por tanto sí es posible tributación conjunta de A con su hijo de la otra relación y por otro lado, B con el hijo que tiene a medias con A.

Artículo 82 LIRPF

5. Los dividendos no son gastos deducibles ni contable ni fiscalmente (yo he metido la pata con las prisas y he dicho que sí eran deducibles contablemente, pero no fiscalmente y que había que hacer ajuste extracontable +), por lo que no procede ajuste alguno por esto. Ver artículo 14.1a)
Sí procede, sin embargo, en virtud del artículo 15.3 y 15. 5 hacer ajuste extracontable por las diferencias que arrojan esos artículos, el 15.5 para la sociedad que abona dividendos y el 15.3 para los socios sujetos a IS que los reciben.

6. No residente que percibe rentas en territorio español en virtud de artículo 13.1d) está sujeto en principio al IRNR, pero a tenor de lo establecido en el artículo 14.1a) IRNR que remite al artículo 7 LIRPF, se trata de una renta exenta por ser invalidez permanente absoluta.

Así que de fácil lo que se dice fácil nada de nada, tiene un montón de matices, y ademas considero que el manual no tiene el nivel necesario para hacer bien este examen...en hora y media.

Saludos compañeros, espero matizaciones y correcciones.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Scraiper en 30 de Enero de 2015, 13:06:01 pm
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En que art te basas? yo sigo viendo como dicen el art 25 de rendimientos de capital mobiliario.

Porque es básicamente una alteración patrimonial con motivo de la transmisión de un derecho (se transmite el arrendamiento). Lo que transmite es el arrendamiento en sí mismo, no se constituye ningún subarriendo. Un par de extractos sacados de internet:

"as cantidades percibidas por el arrendatario en los supuestos de traspaso o cesión de los derechos de arrendamiento tienen la consideración de ganancias patrimoniales

"Respecto a la fiscalidad del ingreso del inquilino que deja la finca, si éste es una persona física, el importe que reciba no será un rendimiento del negocio, sino una ganancia patrimonial"
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer En cuantoparcial (2014 / 2015)
Publicado por: canariote en 30 de Enero de 2015, 13:06:42 pm
 En la tercera puse lo que muchos, ganancia patrimonial. Pero en INTERNET vi esto:

En cuanto a la renta que recibe el antiguo inquilino por el traspaso del local de negocios o por la cesión de negocio, deberá declararlo y tributar en el IRPF como ganancia patrimonial, que se calculará deduciendo del importe del traspaso el valor de neto de los bienes y derechos entregados. Los tipos a aplicar son del 19% para los primeros 6.000 euros y el 21% para los restantes, aunque entre 2012 y 2014 los porcentajes a aplicar son del 21% para los primeros 6.000 euros, el 25% para los siguientes 18.000 y el 27% para la cantidad restante. En el caso de que el antiguo inquilino sea una sociedad deberá tributar esta ganancia en el Impuesto sobre Sociedades (IS).
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jalcolea10 en 30 de Enero de 2015, 13:07:03 pm
El 5, en efecto, salvo que se considere una actividad económica, parece que en virtud del art. 25.4c) es un rendimiento del capital MOBILIARIO, aún así tengo mis dudas por el hecho de lo que establece el artículo 21.1 de lo de bienes afectos, no me queda claro, es decir, no se qué artículo tiene más valor, quizá sea el c) por ser una regla más especial para subarriendos.

Saludos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 30 de Enero de 2015, 13:07:12 pm
entonces a ver que me aclare. Por la PEC. El indemización por desempleo es irregular y se reduce el 40% (18.2) o las indemizaciones por despido están exentas si son por convenio, pacto o contrato (7.e) ? No entendí muy bien porque se aplicaba el 18
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jalcolea10 en 30 de Enero de 2015, 13:10:37 pm
Scraiper, entiendo lo que dices, no es que subarriende, sino que CEDE el contrato como tal, con las mismas condiciones que él tenía con el propietario original,  por lo tanto quizá lo tengamos bien y sea ganancia patrimonial como he dicho más arriba.

Saludos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Scraiper en 30 de Enero de 2015, 13:21:42 pm
Yo he sido bastante más concreto con las respuestas y he procurado irme lo mínimo posible por las ramas xD. Respecto a la 4ª pregunta (pareja de hecho con hijos) simplemente me he ceñido a lo que preguntaban es decir: ¿Pueden tributar A su hijo conjuntamente y B y el hijo común de forma individual?

He puesto que no. ¿Por qué?

Puede tributar conjuntamente la unidad familiar. ¿Cual es la unidad familiar en este caso? Según el art 82.1.2º la unidad familiar en caso de que no exista vínculo matrimonial la componen el padre o la madre y TODOS los hijos que convivan con uno u otro. El hijo forma parte de la unidad familiar y por lo tanto si decide hacer la declaración de forma individual entiendo que hay que aplicar la regla contenida en el 83.2: La opción de la tributación cojunta deberá abarcar a la TOTALIDAD de los miembros de la unidad familiar. Si uno de ellos presenta declaración individual, los restantes miembros deberán utilizar el mismo régimen.

Por lo tanto para que se de el requisito de la unidad familiar, ésta debería estaría compuesta bien por el padre, su hijo propio y el hijo común o bien por la madre y el hijo común. Desde el momento en el que el hijo común decide tributar individualmente yo entiendo que hay que aplicar la regla anteriormente expuesta y por ello no procede la tributación conjunta.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: canariote en 30 de Enero de 2015, 13:30:54 pm
Respuesta al caso 2:

 La actividad de promoción inmobiliaria constituye una actividad económica cuyos
rendimientos se declaran en el IRPF de acuerdo con las reglas establecidas en los artículos 27 y
siguientes de la LIRPF.
En cuanto a la edificación que conserva como vivienda ocasional debe tenerse en
cuenta lo previsto en el artículo 28.4 LIRPF. De acuerdo con este precepto, en caso de
autoconsumo «Se atenderá al valor normal en el mercado de los bienes o servicios objeto de la
actividad». En consecuencia, el contribuyente deberá incluir entre los rendimientos de su
actividad económica el valor de mercado de esa vivienda (100.000 €), menos el coste que ha
tenido por construirla.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: canariote en 30 de Enero de 2015, 13:33:16 pm
Respuesta del caso 1:

1) De acuerdo con el artículo 82.1 LIRPF, en los casos en que no existe un vínculo
matrimonial, pueden tributar conjuntamente las personas que formen parte de la
unidad familiar integrada por el padre o la madre y todos los hijos menores de edad que
convivan con uno u otro. Las parejas de hecho, pero sin vínculo matrimonial, no
configuran unidad familiar a los efectos de la tributación conjunta en el IRPF. A esos
efectos sólo un miembro de la pareja podrá formar unidad familiar con sus hijos. En el
caso planteado, por lo tanto, podrán tributar conjuntamente A y su hijo, por un lado, y B y
su hijo, por otro.
En lo que se refiere al mínimo por descendientes, su aplicación procede por los
descendientes que convivan con el contribuyente y que reúnan las demás condiciones
previstas en el artículo 58 y en la norma 2.ª del artículo 61 LIRPF. En nuestro caso, si se
dan estas condiciones, A y B aplicarán íntegramente el mínimo por descendientes
correspondiente a sus hijos respectivos. Esto es, A aplicará el mínimo por descendientes
por su hijo, y B aplicará el mínimo por descendientes por el suyo3.

Respuesta obtenida de examenes anteriores por el equipo docente
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: nachopomar en 30 de Enero de 2015, 14:05:13 pm
Mis respuestas:
1.- No, art. 43.2.
2.- Es un rendimiento de la actividad económica, art. 28.4; además es una renta imputable (art. 85)
3.- Pasé
4.- No es posible (art. 83). Las posibilidades son:
- todos declaración individual
- A con "todos" sus hijos, esto es, A con el común y el otro; y B individual
- B con el hijo común; A y el otro hijo declaración individual
5.- No (art. 15.a); hay que hacer un ajuste extracontable positivo
6.- Está sujeta al IRNR (art. 13.d), pero está exenta (art. 14.1, que remite al art. 7.f del IRPF)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rogelt en 30 de Enero de 2015, 14:15:36 pm
Pregunto: Si "clavas" los arts. apropiados que resuelven el supuesto y luego lo acabas resolviendo mal no puntuan no siquiera una décimas?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: IgarciaTF en 30 de Enero de 2015, 14:23:02 pm
Pregunta número 3, yo he puesto Rendimiento capital Inmobiliario por la cesión de un derecho real, como es el arrendamiento, sobre un inmueble


.Artículo 22 Rendimientos íntegros del capital inmobiliario

1. Tendrán la consideración de rendimientos íntegros procedentes de la titularidad de bienes inmuebles rústicos y urbanos o de derechos reales que recaigan sobre ellos, todos los que se deriven del arrendamiento o de la constitución o cesión de derechos o facultades de uso o disfrute sobre aquéllos, cualquiera que sea su denominación o naturaleza.

2. Se computará como rendimiento íntegro el importe que por todos los conceptos deba satisfacer el adquirente, cesionario, arrendatario o subarrendatario, incluido, en su caso, el correspondiente a todos aquellos bienes cedidos con el inmueble y excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido o, en su caso, el Impuesto General Indirecto Canario.


Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: zetta en 30 de Enero de 2015, 14:28:40 pm
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Pregunta número 3, yo he puesto Rendimiento capital Inmobiliario por la cesión de un derecho real, como es el arrendamiento, sobre un inmueble


.Artículo 22 Rendimientos íntegros del capital inmobiliario

1. Tendrán la consideración de rendimientos íntegros procedentes de la titularidad de bienes inmuebles rústicos y urbanos o de derechos reales que recaigan sobre ellos, todos los que se deriven del arrendamiento o de la constitución o cesión de derechos o facultades de uso o disfrute sobre aquéllos, cualquiera que sea su denominación o naturaleza.

2. Se computará como rendimiento íntegro el importe que por todos los conceptos deba satisfacer el adquirente, cesionario, arrendatario o subarrendatario, incluido, en su caso, el correspondiente a todos aquellos bienes cedidos con el inmueble y excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido o, en su caso, el Impuesto General Indirecto Canario.




Yo he puesto lo mismo ...del capital inmobiliario y lo argumenté así también .... a ver si hemos acertado...ojalá  ::)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 30 de Enero de 2015, 14:30:32 pm
Para que sea derecho real tiene que ser de su propiedad, cosa que no ocurre al ser arrendatario. Se trata de un derecho personal.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: IgarciaTF en 30 de Enero de 2015, 14:38:23 pm
 :-[ :-[ :-[ :-[...pufff... aunque lo justifiqué por ahí, quizás no como derecho real en sí ,pero sí como cesión de un derecho de uso o disfrute.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: chesco en 30 de Enero de 2015, 16:34:16 pm
Hola buenas tardes, podríais echarme una mano con una duda sobre un caso práctico? os pongo en antecedentes:
SUPUESTO 22 DE LOS APUNTES DE VIVERO
Suscripción con fondo de inversión garantizado por 3.000
Venta 6 meses después, cantidad reembolsada 4.687
Valor real del fondo en el momento de la venta 3.900

En los apuntes de vivero:
La diferencia entre los 3000 que costaron y los 3900 que valían realmente: Ganancia patrimonial
La diferencia entre lo que valían 3900 y lo cobrado por ellos 4687: Rendimiento del capital mobiliario

Lo que no entiendo es ¿Por qué no es todo ganancia patrimonial? al final mi patrimonio sufre una variación de la que gano los 1687

Agradezco vuestra ayuda,
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Phil Anselmo en 30 de Enero de 2015, 17:02:48 pm
Yo puse ganancia patrimonial porque así lo vi en un caso parecido de los de Vivero Russo, caso que cayó en examen en septiembre 2012

Pregunta caída en el examen de septiembre 2012.

Segunda.– Precise la trascendencia a efectos del IRPF de los siguientes actos o negocios
jurídicos:
1) Alberto ha constituido un derecho de usufructo vitalicio sobre un terreno de su propiedad a
favor de Rodrigo por un precio de 180.000€.
2) Rodrigo ha cedido su derecho de usufructo a Juan por 200.000€.

1) La retribución percibida por Alberto merece la calificación de rendimiento de
capital inmobiliario. En efecto, de acuerdo con el artículo 22.1 LIRPF, «Tendrán la
consideración de rendimientos íntegros procedentes de la titularidad de bienes inmuebles
rústicos y urbanos o de derechos reales que recaigan sobre ellos, todos los que se deriven del
arrendamiento o de la constitución o cesión de derechos o facultades de uso o disfrute sobre
aquéllos, cualquiera que sea su denominación o naturaleza».

En la cuantificación de ese rendimiento debe tenerse en cuenta la reducción del 40 por
100 prevista en los artículos 23.3 LIRPF y 15 RIRPF. El artículo 15.1.c) RIRPR recoge entre
los rendimientos de capital inmobiliario que se consideran obtenidos de forma notoriamente
irregular en el tiempo los «obtenidos por la constitución o cesión de derechos de uso o disfrute
de carácter vitalicio». En consecuencia, si estos ingresos se imputan en un único período
impositivo (como señala el primer párrafo del art. 15.1 RIRPF), resultará aplicable la reducción.
 
2) La renta derivada de la transmisión del derecho real de usufructo realizada por
Rodrigo a Juan constituye una ganancia o pérdida patrimonial de acuerdo con el artículo 33.1
LIRPF, según el cual «Son ganancias y pérdidas patrimoniales las variaciones en el valor del
patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración
en la composición de aquél, salvo que por esta Ley se califiquen como rendimientos».

El importe de la ganancia o pérdida patrimonial será la diferencia entre los valores de
adquisición y de transmisión del derecho. En relación con el valor de adquisición debe tenerse
en cuenta lo previsto en los artículos 37.1.k) y 35.2 LIRPF. De acuerdo con el primer precepto
citado, el precio de adquisición se minorará de forma proporcional al tiempo durante el cual el
titular no hubiese percibido rendimientos del capital inmobiliario. El valor resultante se
actualizará mediante la aplicación de los coeficientes a que se refiere el artículo 35.2 LIRPF.


Así corrigió el caso el equipo docente...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 30 de Enero de 2015, 17:56:32 pm
Yo lo veo así:
Del arrendador al arrendatario: RCInmobiliario
Del arrendatario al subarrendatario: RCMobiliario

Del propietario al usufructuario: RCInmobiliario
Del usufructuario a  un 3º: GyP Patrimonial

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 30 de Enero de 2015, 18:02:44 pm
puede alguien poner las preguntas para los que vamos a la segunda semana?,gracias.

lo acabo de ver.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rogelt en 30 de Enero de 2015, 18:05:14 pm
FYT II 1º semana

1.- Pedro satisface una retribución en especie a Juan, uno de sus empleados, detrayendo del sueldo dinerario de este el importe del correspondiente ingreso a cuenta. ¿Debe Juan sumar el ingreso a cuenta a la retribución en especie que percibe al determinar el rendimiento del trabajo en su declaración IRPF?

2.- Javier, promotor inmobiliario, se queda con una de as edificaciones cuya construcción ha promovido para utiliizarla los fines de semana. El valor de mercado de esa vivienda es de 100000€. ¿Qué transcendencia tiene la operación en relación con el rendimiento de la actividad económica de Javier en el IRPF?

3.-Un empresario persona física cede su posición contractual como arrendatario de un local de negocio a otro empresario por 20000€. ¿Cómo calificaría la renta que obtiene el primer empresario al ceder el contrato de arrendamiento? Dicho de otro modo, ¿en qué categoría de renta del IRPF se incluye?

4.- A y B forman pareja de hecho y conviven con un hijo común y con un hijo de A. Ambos hijos son menores de edad. A pretende tributar conjuntamente en IRPF con el hijo que tuvo de otra pareja, de tal manera que B y el hijo común presentarían declaraciones individuales. ¿Es posible?

5.-ALFA, SA ha repartido dividendos entre sus accionistas. ¿Sería gasto fiscalmente deducible en el IS de ALFA, SA?

6.- Juan, residente en un Estado que no ha firmado un convenio de doble imposición con España, percibe una prestación por incapacidad permanente absoluta de la S. Social española.
¿Está sujeta al IRNR? En caso de estar sujeta, ¿es aplicable alguna exención?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 30 de Enero de 2015, 18:59:17 pm
por si a alguien le interesa por 1 eurillo:

http://www.expansion.com/2015/01/28/empresas/tmt/1422462696.html

a ver a los de la segunda semana qué nos cae...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 30 de Enero de 2015, 19:23:30 pm
cuando habláis del RCM ponéis 25.4 c), no existe ese artículo será 25.1 c?

puede alguien explicar cuándo se trata de inmobiliario y mobiliario en cuanto a cesión, a mí no me queda claro, derecho personal, titularidad del mismo sería RCM y si es derecho real RCI?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 30 de Enero de 2015, 19:55:24 pm
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Respuesta del caso 1:

1) De acuerdo con el artículo 82.1 LIRPF, en los casos en que no existe un vínculo
matrimonial, pueden tributar conjuntamente las personas que formen parte de la
unidad familiar integrada por el padre o la madre y todos los hijos menores de edad que
convivan con uno u otro. Las parejas de hecho, pero sin vínculo matrimonial, no
configuran unidad familiar a los efectos de la tributación conjunta en el IRPF. A esos
efectos sólo un miembro de la pareja podrá formar unidad familiar con sus hijos. En el
caso planteado, por lo tanto, podrán tributar conjuntamente A y su hijo, por un lado, y B y
su hijo, por otro.
En lo que se refiere al mínimo por descendientes, su aplicación procede por los
descendientes que convivan con el contribuyente y que reúnan las demás condiciones
previstas en el artículo 58 y en la norma 2.ª del artículo 61 LIRPF. En nuestro caso, si se
dan estas condiciones, A y B aplicarán íntegramente el mínimo por descendientes
correspondiente a sus hijos respectivos. Esto es, A aplicará el mínimo por descendientes
por su hijo, y B aplicará el mínimo por descendientes por el suyo3.

Respuesta obtenida de examenes anteriores por el equipo docente

Pero A no tendría que tributar con los dos hijos?, esa solución no es la que estoy leyendo según habéis puesto en el caso de hoy....
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 30 de Enero de 2015, 21:11:33 pm
A ver si me ayudais con este caso:

Pedro directivo de una empresa, recibe de ésta, la siguiente prestación:
Disfruta de una vivienda cuyo valor del mercado es 210.000euros y por la que la empresa paga 9600 euros de alquiler anual.

Entiendo que es retribución en especie y que se tendrá que aplicar el 43.1.1º.a)  pero el valor catastral cual es?? no es el valor del mercado no? o si? y para que ponen lo del alquiler?? 

AYUDA!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Rafarodri en 30 de Enero de 2015, 21:44:10 pm
Creo que era importante añadir art 84 reducciones en las familias monoparentales. Y no tenia derecho por haber convivencia
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: adodu1 en 30 de Enero de 2015, 22:37:15 pm
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por si a alguien le interesa por 1 eurillo:

http://www.expansion.com/2015/01/28/empresas/tmt/1422462696.html

a ver a los de la segunda semana qué nos cae...

Gracias, el día 7 IS y IVA.
Título: pregunta tributación familiar
Publicado por: jalcolea10 en 31 de Enero de 2015, 11:09:51 am
La pregunta 4 estaba formulada de manera que induce a error, pero creo que la respuesta es sí por que cuando dice la LIRPF que En los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos (COMUNES) que convivan con uno u otro y que reúnan los requisitos a que se refiere la regla 1.ª de este artículo. La clave está en que deben ser hijos comunes. Por ello, es posible que A tribute conjuntamente con su hijo de la otra relación, cumpliendo con lo que dice la Ley, y también puede tributar A con su hijo de la otra relación y el hijo común, tributando B individualmente. Pero si A tributa, como dice el supuesto de examen con el hijo de la otra pareja y B con el hijo común, lo cual es posible, entonces si el hijo común y siempre que tenga el consentimiento de los padres vive independientemente tributa individualmente SÓLO CONDICIONA a B, pero no a A y su hijo de la primera unidad familiar, por que son unidades familiares DISTINTAS. Lo que ocurre es que el supuesto induce a error y parece que preguntaba si era posible tributar A con su hijo de la otra relación y por otra parte e independientemente de A y dicho hijo, B con el hijo común, lo cual también es posible. Sin embargo, si la opción es que A tribute con los dos hijos y b independientemente, entonces si el hijo común tributa individual, sí condiciona a A y al hijo de la otra relación de A, porque están integrados en la misma unidad familiar. Eso creo yo.
Está puesto con mucha mala lechuga esta pregunta.
Saludos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 31 de Enero de 2015, 12:11:38 pm
Creo que no tienen quw ser hijos comunes para la declaración conjunta de los hijos comunes y no con el padre o la madre, otra cosa es el mínimo que aquí sí habría que tener en cuenta el no común.

Título: Re:pregunta tributación familiar
Publicado por: Scraiper en 31 de Enero de 2015, 13:03:48 pm
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La pregunta 4 estaba formulada de manera que induce a error, pero creo que la respuesta es sí por que cuando dice la LIRPF que En los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos (COMUNES) que convivan con uno u otro y que reúnan los requisitos a que se refiere la regla 1.ª de este artículo. La clave está en que deben ser hijos comunes. Por ello, es posible que A tribute conjuntamente con su hijo de la otra relación, cumpliendo con lo que dice la Ley, y también puede tributar A con su hijo de la otra relación y el hijo común, tributando B individualmente. Pero si A tributa, como dice el supuesto de examen con el hijo de la otra pareja y B con el hijo común, lo cual es posible, entonces si el hijo común y siempre que tenga el consentimiento de los padres vive independientemente tributa individualmente SÓLO CONDICIONA a B, pero no a A y su hijo de la primera unidad familiar, por que son unidades familiares DISTINTAS. Lo que ocurre es que el supuesto induce a error y parece que preguntaba si era posible tributar A con su hijo de la otra relación y por otra parte e independientemente de A y dicho hijo, B con el hijo común, lo cual también es posible. Sin embargo, si la opción es que A tribute con los dos hijos y b independientemente, entonces si el hijo común tributa individual, sí condiciona a A y al hijo de la otra relación de A, porque están integrados en la misma unidad familiar. Eso creo yo.
Está puesto con mucha mala lechuga esta pregunta.
Saludos.

El tema está en el planteamiento de la cuestión. Y yo creo que no pueden tributar de la manera que lo proponen en la pregunta. Para tributar conjuntamente lo primero que hay que apreciar es el requisito de UNIDAD FAMILIAR, en este caso la importancia del hijo común es tremenda porque para que se de el requisito de la unidad familiar el hijo común tiene que formar parte de una unidad familiar necesariamente (ya sea con el padre o con la madre), en el momento que nos dicen que el hijo común va a tributar de forma individual tenemos que atenernos a lo dispuesto en el articulo 83.2: La opción por la tributación conjunta deberá abarcar a la totalidad de los miembros de la unidad familiar. Si uno de ellos presenta declaración individual, los restantes deberán utilizar el mismo régimen.

Si el hijo común tributa de forma individual el resto tiene que hacerlo también.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: IgarciaTF en 31 de Enero de 2015, 18:16:10 pm
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A ver si me ayudais con este caso:

Pedro directivo de una empresa, recibe de ésta, la siguiente prestación:
Disfruta de una vivienda cuyo valor del mercado es 210.000euros y por la que la empresa paga 9600 euros de alquiler anual.

Entiendo que es retribución en especie y que se tendrá que aplicar el 43.1.1º.a)  pero el valor catastral cual es?? no es el valor del mercado no? o si? y para que ponen lo del alquiler?? 

AYUDA!

Sara debes diferenciar cuando la vivienda es propiedad o  no del pagador. SI es propiedad se aplica los valores catastrales sino se aplica el coste del alquiler.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 31 de Enero de 2015, 19:11:52 pm
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Sara debes diferenciar cuando la vivienda es propiedad o  no del pagador. SI es propiedad se aplica los valores catastrales sino se aplica el coste del alquiler.
entonces como crees que se resolvería?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Phil Anselmo en 31 de Enero de 2015, 20:57:11 pm
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entonces como crees que se resolvería?

Cesión de la vivienda
La cesión de la vivienda constituye un rendimiento del trabajo en especie (42.1 LIR).
42.1 LIR Rentas en especie
Constituyen rentas en especie la utilización, consumo u obtención, para fines particulares, de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, aun cuando no supongan un gasto real para quien las conceda.
Cuando el pagador de las rentas entregue al contribuyente importes en metálico para que éste adquiera los bienes, derechos o servicios, la renta tendrá la consideración de dineraria.

Valoración de la retribución
43.1.1º.a) LIR Valoración rentas en especie
Con carácter general, las rentas en especie se valorarán por su valor normal en el mercado, con las siguientes especialidades:
1º. Los siguientes rendimientos del trabajo en especie se valorarán de acuerdo con las siguientes normas de valoración:
a) En el caso de utilización de vivienda, el 10 por 100 del valor catastral.
En el caso de inmuebles localizados en municipios en los que los valores catastrales hayan sido revisados o modificados, o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general, de conformidad con la normativa catastral, y hayan entrado en vigor a partir del 1 de enero de 1994, el 5 por 100 del valor catastral.
Si a la fecha de devengo del impuesto los inmuebles carecieran de valor catastral o éste no hubiera sido notificado al titular, se tomará como base de imputación de los mismos el 50 por 100 de aquél por el que deban computarse a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio. En estos casos, el porcentaje será del 5 por 100.
La valoración resultante no podrá exceder del 10 por 100 de las restantes contraprestaciones del trabajo.

Al valor resultante se adicionará el ingreso a cuenta realizado por la empresa, salvo que su importe hubiera sido repercutido a Pedro (43.2 LIR).
43.2 LIR Valoración rentas en especie
En los casos de rentas en especie, su valoración se realizará según las normas contenidas en esta Ley. A dicho valor se adicionará el ingreso a cuenta, salvo que su importe hubiera sido repercutido al perceptor de la renta.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 31 de Enero de 2015, 22:57:22 pm
claro. eso también lo tengo yo, tengo los casos resueltos. Pero no lo entiendo, ahi habla de los valores catastrales
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Phil Anselmo en 01 de Febrero de 2015, 11:51:49 am
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claro. eso también lo tengo yo, tengo los casos resueltos. Pero no lo entiendo, ahi habla de los valores catastrales

Entonces si tienes los casos, verás que éste por el que preguntas lo resolvieron así en el curso virtual en 2011. No te compliques y resuélvelo  así. Lo del valor de mercado lo pondrán para confundir...  ;)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: niki en 01 de Febrero de 2015, 13:40:36 pm
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Entonces si tienes los casos, verás que éste por el que preguntas lo resolvieron así en el curso virtual en 2011. No te compliques y resuélvelo  así. Lo del valor de mercado lo pondrán para confundir...  ;)



de que casos estais hablando? los tengo? sera lo que no tengo, jajajaja que estres, me los podeis enviar? gracias mil, niki273@msn.com
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 01 de Febrero de 2015, 18:52:33 pm
Entonces en los posit se puede "escribir" en plan RT  RCM RCI  etc., yo no los llevo escritos pero si se puede...

Algún consejo de los que ya lo habéis hecho?, me encomiendo a san irpfanio?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 01 de Febrero de 2015, 20:12:49 pm
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Sara debes diferenciar cuando la vivienda es propiedad o  no del pagador. SI es propiedad se aplica los valores catastrales sino se aplica el coste del alquiler.
Una duda que me ha surgido, ¿en qué artículo aparece lo de la valoración por el coste de alquiler si la vivienda no es de propiedad?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Iker014 en 01 de Febrero de 2015, 20:50:46 pm
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Entonces en los posit se puede "escribir" en plan RT  RCM RCI  etc., yo no los llevo escritos pero si se puede...

Algún consejo de los que ya lo habéis hecho?, me encomiendo a san irpfanio?

Si que se puede Ilse, incluso lo pone en las instrucciones del examen, que dice literalmente: "Se permite, además, la utilización de marcadores (como pegatinas "post-it") para separar las distintas normas utilizadas o los distintos epígrafes dentro de una norma. Estos marcadores sí pueden incluir las anotaciones necesarias para identificar la norma o capítulo que señalan (por ejemplo, "IRPF" o "base imponible")".
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 01 de Febrero de 2015, 21:01:58 pm
voy a ello entonces aunque casi que me los he aprendido de memoria con tanto caso y tantas clases, pero será de ayuda.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: niki en 01 de Febrero de 2015, 22:51:23 pm
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voy a ello entonces aunque casi que me los he aprendido de memoria con tanto caso y tantas clases, pero será de ayuda.



ves como si se podia, es que no me haces caso
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 02 de Febrero de 2015, 09:28:21 am
Volvoreta mira el artículo 43 ley irpf
art 43.1.1.d
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 02 de Febrero de 2015, 09:41:33 am
Hola en qué artículo vienen los intereses?, RCM?


Nikiii  la aprobamos aunque solo sea esta.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 02 de Febrero de 2015, 12:42:32 pm
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Volvoreta mira el artículo 43 ley irpf
art 43.1.1.d
Muchisimas gracias Pravias!!
Ok entonces en la valoración de la vivienda, como renta en especie:
* Si es propiedad del pagador: art. 43.1.1º a) LIRPF: en general, 10% del valor catastral;
* Si no es propiedad: art. 43.1.1º d) LIRPF: la valoración es por el alquiler, pero no podrá ser inferior a lo dispuesto en el 43.1 a) (es decir, 10% valor catastral)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 02 de Febrero de 2015, 12:47:55 pm
Os pongo una pregunta y respuesta de la agencia tributaria.
Pregunta

Pareja de hecho. Ella tiene dos hijos de un matrimonio anterior. Con la nueva pareja de hecho tiene otro hijo. ¿Podrán presentar declaracion conjunta, ella con los dos hijos del anterior matrimonio y él con el hijo de la unión de hecho?

Respuesta

No. Cuando no existe vinculación matrimonial, la unidad familiar está formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro. Por tanto, existirán dos posibilidades de tributación conjunta:

a) ella con todos sus hijos: los del anterior matrimonio y el hijo común. Él tributara individualmente.

b) él con el hijo común. En ese caso ella deberá presentar declaración individual, puesto que uno de sus hijos presenta ya declaración con el otro progenitor.

Más datos en estos ejemplos https://www2.agenciatributaria.gob.es/ES13/S/IAFRIAFRC12F?TIPO=C&CODIGO=1337
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: adodu1 en 02 de Febrero de 2015, 13:18:45 pm
Pravias, eres el mejor VIP que tenemos!
Gracias! :-*
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 02 de Febrero de 2015, 13:25:20 pm
es cierto, pravias es una muy buena compañera pero yo no entiendo el apartado b, qué pasa con los hjos de ella, si se supone que él declara con el común y si la unidad familiar está formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro   :)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 02 de Febrero de 2015, 13:27:30 pm
Entiendo que es individual con los dos hijos, no conjunta monoparental.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 02 de Febrero de 2015, 13:32:28 pm
individual con los dos hijos?, pero si la ley te está obligando a que si declaras conjuntamente con un hijo tienes que incluir a  todos, no puedes dejar a los no comunes fuera e incluir al común... realmennte no lo etiendo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 02 de Febrero de 2015, 13:35:29 pm
Uf que manera de complicarse con tener hijos de distintas parejas  ;D
Según este ejemplo yo entiendo que el hijo "perdido" no entra en la declaración conjunta  si se elige la segunda opción. Otro tema es aplicar el mínimo por descendientes.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 02 de Febrero de 2015, 13:44:09 pm
En una pareja de hecho en la que uno de los miembros tiene hijos no comunes, habiendo además hijos comunes de la pareja, no cabe tampoco la posibilidad de más de una declaración conjunta. Sólo existen dos posibilidades (una u otra) de tributación conjunta: a) el que tiene hijos comunes y no comunes puede declarar conjuntamente con todos ellos; b) el que sólo tiene hijos comunes puede declarar conjuntamente sólo con ellos. En uno y otro caso, el otro miembro de la pareja de hecho ha de tributar individualmente (AEAT 19-6-00).
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 02 de Febrero de 2015, 13:44:21 pm
no sé, yo sigo sin verlo, entiendo que se haga distinción para aplicar el mínimo para el hijo no común que nada tiene que ver con la declaración conjunta,  si la madre o el padre quiere tributar conjuntamente con los hijos tiene que incluirlos a todos, no puede dejar a unos fuera, no lo tengo nada claro.

Por lo que veo según el ejemplo existe la posibilidad de que el hijo declare con su madre biológica y los otros dos comunes con su padre, entonces cuando dice la unidad familiar está formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro, a qué se refiere con el TODOS.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 02 de Febrero de 2015, 13:47:25 pm
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En una pareja de hecho en la que uno de los miembros tiene hijos no comunes, habiendo además hijos comunes de la pareja, no cabe tampoco la posibilidad de más de una declaración conjunta. Sólo existen dos posibilidades (una u otra) de tributación conjunta: a) el que tiene hijos comunes y no comunes puede declarar conjuntamente con todos ellos; b) el que sólo tiene hijos comunes puede declarar conjuntamente sólo con ellos. En uno y otro caso, el otro miembro de la pareja de hecho ha de tributar individualmente (AEAT 19-6-00).

ahí está, entonces la opción b anterior se contradice con este mensaje.

llevo todo el puto curso con los hijos comunes y no comunes.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 02 de Febrero de 2015, 13:51:22 pm
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Os pongo una pregunta y respuesta de la agencia tributaria.
Pregunta

Pareja de hecho. Ella tiene dos hijos de un matrimonio anterior. Con la nueva pareja de hecho tiene otro hijo. ¿Podrán presentar declaracion conjunta, ella con los dos hijos del anterior matrimonio y él con el hijo de la unión de hecho?

Respuesta

No. Cuando no existe vinculación matrimonial, la unidad familiar está formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro. Por tanto, existirán dos posibilidades de tributación conjunta:

a) ella con todos sus hijos: los del anterior matrimonio y el hijo común. Él tributara individualmente.

b) él con el hijo común. En ese caso ella deberá presentar declaración individual, puesto que uno de sus hijos presenta ya declaración con el otro progenitor.

Más datos en estos ejemplos https://www2.agenciatributaria.gob.es/ES13/S/IAFRIAFRC12F?TIPO=C&CODIGO=1337

En la b, dice una conjunta de el padre y su hijo, los otros dos no tienen vinculo alguno con el por lo que no le afecta el TODOS, y ella al "quitarle" uno de sus tres hijos le toca por cojones individual porque debe hacerla con todos.

TODOS los hijos para el es el único que tiene, TODOS para ella son 3
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 02 de Febrero de 2015, 13:52:33 pm
 ;D en ocasiones veo mocosos llorando.
Voy a ver si encuentro algo más claro y lo pongo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 02 de Febrero de 2015, 13:54:27 pm
Vivan  mis faltas de ortografía :D :D :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 02 de Febrero de 2015, 13:57:07 pm
Me ha costado pero lo he cogido:

PADRE: solo tiene un hijo, puede hacerla solo o conjunta con su hijo, no tiene mas familia.
MADRE: tiene 3, si la hace conjunta la debe hacer con los 3, si no pone a todos la tiene que hacer individual.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 02 de Febrero de 2015, 13:59:42 pm
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Me ha costado pero lo he cogido:

PADRE: solo tiene un hijo, puede hacerla solo o conjunta con su hijo, no tiene mas familia.
MADRE: tiene 3, si la hace conjunta la debe hacer con los 3, si no pone a todos la tiene que hacer individual.

en las parejas de hecho puede haber dos declaraciones conjuntas?
En una pareja de hecho en la que uno de los miembros tiene hijos no comunes, habiendo además hijos comunes de la pareja, no cabe tampoco la posibilidad de más de una declaración conjunta.

si el padre la hace solo con su hijo, los otros dos la hacen con su madre?, pensé que no se podía hacer dos declaraciones conjuntas.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 02 de Febrero de 2015, 14:01:37 pm
No, si el padre decide hacerla con su hijo, a ella le toca hacerla individual.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 02 de Febrero de 2015, 14:04:28 pm
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No, si el padre decide hacerla con su hijo, a ella le toca hacerla individual.

qué pasa con los otros hijos?, o sea que en las parejas de hecho hace distinción entre hijos comunes y no comunes, ya que el todos no incluiría a los no comunes cuando es el padre(en este caso)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: niki en 02 de Febrero de 2015, 14:04:38 pm
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en las parejas de hecho puede haber dos declaraciones conjuntas?
En una pareja de hecho en la que uno de los miembros tiene hijos no comunes, habiendo además hijos comunes de la pareja, no cabe tampoco la posibilidad de más de una declaración conjunta.

si el padre la hace solo con su hijo, los otros dos la hacen con su madre?, pensé que no se podía hacer dos declaraciones conjuntas.

no se pueden hacer dos conjuntas una la hara quien se ponga al hijo conjunta y la otra individual, pero cuando hablamos conjunta con hijjo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 02 de Febrero de 2015, 14:07:56 pm
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qué pasa con los otros hijos?, o sea que en las parejas de hecho hace distinción entre hijos comunes y no comunes, ya que el todos no incluiría a los no comunes cuando es el padre(en este caso)

Los otros dos supongo que si no les corresponde hacerla no la harán sin mas, sí, leí que cuando no esté expresamente tipificado, solo son los parientes sanguineos, todos, pero solo los sanguineos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 02 de Febrero de 2015, 14:11:07 pm
vale, lo que pasa que en las clases ferrandis decía que el código no diferencia entre comunes y no comunes, que viene hijos e implicitamente conlleva ambos, por eso no entiedno muy bien, bueno ahora ya creo que lo tengo claro
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 02 de Febrero de 2015, 14:12:13 pm
Yo creo que no diferencia en caso de matrimonio, en uniones de hecho sí.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 02 de Febrero de 2015, 14:29:53 pm
a ver las declaraciones con hijos tb se consideran conjuntas.
no podrán declarar como unidad familiar porque no lo son según el 82 al no estar casados
puede tributar conjuntamente con el hijo de ambos solo uno de los padres porque "nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo" art. 82
está claro que ella tributa conjuntamente con sus hijos sola.
sobre el que es de ambos. habrá que aplicar el mínimo por descendiente si reúne las condiciones del 58 y en el 61
*  si uno de los padres  tributa conjuntamente con el hijo y el hijo obtiene rentas superiores a 1800euros, dicho progenitor aplicará íntegramente  el mínimo por descendiente correspondiente a ese hijo y el otro progenitor no tendrá derecho al mínimo.
*si el hijo no obtiene rentas superiores a 1800 euros, el mínimo se prorrateará entre los dos progenitores por partes iguales, según el 61.1º, aun cuando uno de ellos tribute conjuntamente con el hijo.

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 02 de Febrero de 2015, 14:34:32 pm
A ver que voy yo... "gracias sara".
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 02 de Febrero de 2015, 16:06:26 pm
jejejejejejejeje. Muy original  ;D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 02 de Febrero de 2015, 16:11:17 pm
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jejejejejejejeje. Muy original  ;D
[/quote

No entiendo cual es la cosa de este caso.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 02 de Febrero de 2015, 16:14:31 pm
 ;D Sara que no sabemos que hacer con el hijo no común, vamos a este paso lo enviamos a un internado y asunto arreglado  ;D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 02 de Febrero de 2015, 18:11:42 pm
Pues mandarle al internado!  ;D ;D

Oye que art era el que decía que las aportaciones a planes de pensiones no hay obligación de efectuar el ingreso a cuenta? Que no me acuerdo. Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 02 de Febrero de 2015, 18:22:28 pm
102.2 rirpf
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 02 de Febrero de 2015, 18:36:50 pm
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102.2 rirpf
Gracias!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 02 de Febrero de 2015, 19:53:42 pm
Y el art. que dice que las pensiones compensatorias a favor del cónyuge y las anualidades por alimentos  pueden ser sustituidas, si consta la aprobación judicial, por la entrega de un capital en bienes o dinero?.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 02 de Febrero de 2015, 21:31:38 pm
Sobre cesión el profesor resuelve un caso que puede servir para aclarar; 

La cesión implicará la transmisión si, como parece deducirse del enunciado del caso, tiene carácter definitivo y no se trata, por lo tanto, de una cesión temporal.
En caso de transmisión completa de la titularidad del derecho de propiedad o de un derecho real de uso o disfrute la renta generada se calificará como ganancia o pérdida patrimonial. Es lo que sucede en el caso que reproduce. Rodrigo transmite la totalidad de su derecho de usufructo.
Si, por el contrario, se trata de la transmisión de parte de las facultades inherentes a la titularidad del derecho (o de la cesión temporal del derecho), se tratará de un rendimiento del capital inmobiliario.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jvalencia8 en 03 de Febrero de 2015, 01:33:08 am
Pues yo sigo pensando y opinando que se trata de un supuesto de rendimiento del capital mobiliario. Incluso el profesor Tejerizo así lo comenta en sus videos explicativos sobre la base imponible.
Ya veremos quien está en lo cierto cuando el equipo docente se pronuncie. 



Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: fonsopalencia en 03 de Febrero de 2015, 09:30:28 am
Que haya suerte para tod@s.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 03 de Febrero de 2015, 09:34:19 am
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Pues yo sigo pensando y opinando que se trata de un supuesto de rendimiento del capital mobiliario. Incluso el profesor Tejerizo así lo comenta en sus videos explicativos sobre la base imponible.
Ya veremos quien está en lo cierto cuando el equipo docente se pronuncie.

Aquí hay que argumentar, no vale con el yo sigo pensando... explica el porqué  y nos enteramos todos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jvalencia8 en 03 de Febrero de 2015, 09:58:48 am
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Aquí hay que argumentar, no vale con el yo sigo pensando... explica el porqué  y nos enteramos todos.
Tiees razón ILSE, comento por qué opino esto.

Entiendo que el enunciado de la pregunta del examen hace referencia a una "cesión por parte del arrendatario a otra persona física del arrendamiento que tiene de un negocio", si esto es así, podemos decir que se trata de un "subarriendo de negocio". Llegados a este punto, debemos comentar que la Ley del Impuesto en el art. 24.4 no lo refiere como tal, ya que solamente habla de arrendamiento de negocio.

Sin embargo, analizando el manual práctico del IRPF emitido por la AEAT, observamos lo siguiente y transcribo literalmente

"Rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible general

Casilla 033. Rendimientos procedentes del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas o de subarrendamientos.

Se consignarán en esta casilla los rendimientos íntegros procedentes del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas, así como los procedentes del subarrendamiento percibidos por el subarrendador, siempre que no constituyan actividades económicas, en cuyo caso deberán declararse entre los rendimientos derivados del ejercicio de dichas actividades."


Por tanto, yo entiendo que reportar los rendimientos procedentes del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas, así como los rendimientos procedentes del subarrendamiento, y que era lo que preguntaba el equipo docente. Todo ello, salvo mejor criterio.

Esta es mi humilde opinión. Espero haber ayudado.

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jvalencia8 en 03 de Febrero de 2015, 10:02:09 am
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Tiees razón ILSE, comento por qué opino esto.

Entiendo que el enunciado de la pregunta del examen hace referencia a una "cesión por parte del arrendatario a otra persona física del arrendamiento que tiene de un negocio", si esto es así, podemos decir que se trata de un "subarriendo de negocio". Llegados a este punto, debemos comentar que la Ley del Impuesto en el art. 24.4 no lo refiere como tal, ya que solamente habla de arrendamiento de negocio.

Sin embargo, analizando el manual práctico del IRPF emitido por la AEAT, observamos lo siguiente y transcribo literalmente

"Rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible general

Casilla 033. Rendimientos procedentes del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas o de subarrendamientos.

Se consignarán en esta casilla los rendimientos íntegros procedentes del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas, así como los procedentes del subarrendamiento percibidos por el subarrendador, siempre que no constituyan actividades económicas, en cuyo caso deberán declararse entre los rendimientos derivados del ejercicio de dichas actividades."


Por tanto, yo entiendo que reportar los rendimientos procedentes del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas, así como los rendimientos procedentes del subarrendamiento, y que era lo que preguntaba el equipo docente. Todo ello, salvo mejor criterio.

Esta es mi humilde opinión. Espero haber ayudado.

Disculpadme no puse lo definitivo al respecto, aunque creo que se entendía, a saber:

Por tanto, yo entiendo que reportar los rendimientos procedentes del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas, así como los rendimientos procedentes del subarrendamiento, y que era lo que preguntaba el equipo docente, debe reflejarse como rendimiento del capital mobiliario. Todo ello, salvo mejor criterio.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 03 de Febrero de 2015, 10:21:49 am
Tú dices que si es una cesión del arrendatario a tercera persona sería mobiliario y si es cesión del titular al arrendatario es inmueble, no? Digamos que hay una doble cesión y dos arrendatarios pero en la primera cesión sería inmueble y la segunda mueble, sería eso?

En mis apuntes tengo una explicación de ferrandis que creo que ya se había comentDo aquí que puede sr parecido, la casa que se alquila(inmobiliario) y el arrendatario la subarrienda(mobiliario).


O no tiene nada que ver, oye que envidia me dais os expresáis que da gusto, así mis exámenes parece que los ha escrito mi sobrino.  >:(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jvalencia8 en 03 de Febrero de 2015, 10:39:59 am
Ánimo ILSE que puedes con estae hueso...lo que quería trasnmitir es que tanto arrendamiento como subarrendamiento tributa como mobiliario...o así lo entiendo yo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 03 de Febrero de 2015, 10:43:44 am
http://www.revistainmueble.es/2014/07/10/la-fiscalidad-en-el-subarrendamiento-de-bienes-inmuebles/
Creo que Jvalencia tiene razón os copio lo más destacado.
Por el contrario, cuando el arrendatario–subarrendador  cede el inmueble arrendado en virtud de un contrato de subarrendamiento, el importe que perciba del subarrendatario, no tendrá la consideración de rendimiento del capital inmobiliario, sino que se tratará de un rendimiento del capital mobiliario (artículo 25.4 c) de la Ley del IRPF); que, además, no formará base de la renta del ahorro del IRPF (como los rendimientos habituales del capital mobiliario: intereses, dividendos, etc…) sino que se integrará dentro de la renta general (artículos 45 y 46 de la Ley del IRPF) y, por tanto, tributarán al tipo medio del contribuyente.
Esta consideración como rendimiento del capital mobiliario para el subarrendatario será de aplicación tanto si el subarriendo se realizada sobre una vivienda como sobre un local del negocio (subarrendamiento para uso distinto a vivienda).
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 03 de Febrero de 2015, 10:46:39 am
Pravias pero el compañerp dice que ambos son mobiliarios y eso se acerca más a lo que yo he explicado antes.

Creo que tengo que ser el único que está en babia.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 03 de Febrero de 2015, 10:48:35 am
Ilse a que te refieres con los dos?, en este caso está subarrendando y sería mobiliario.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 03 de Febrero de 2015, 10:50:15 am
Arrendamiento y subarrendamiento para él son mobiliarios.

A ver si es que soy un liante  ;D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 03 de Febrero de 2015, 10:51:57 am
Ah no no.
El dueño del local (del que no se pregunta en el examen).... inmobiliario.
El empresario que cede su arrendamiento... mobiliario.
Tienen la consideración de rendimientos íntegros del capital inmobiliario los que se deriven del arrendamiento o de la constitución o cesión de derechos o facultades de uso o disfrute sobre bienes inmuebles, cualquiera que sea su denominación o naturaleza.
Sin embargo, en el supuesto de subarrendamientos, las cantidades percibidas por el subarrendador se consideran rendimientos del capital mobiliario (LIRPF art.25.4.c). La participación del propietario o usufructuario del inmueble en el precio del subarriendo tiene la consideración de rendimientos del capital inmobiliario.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 03 de Febrero de 2015, 10:53:52 am
Así es como lo había entendido...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 03 de Febrero de 2015, 11:27:35 am
Se aplicaría la reducción de la cesión si es irregular?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 03 de Febrero de 2015, 11:47:13 am
 ??? Sigo dándole vueltas a la cesión:
-Puede ser la cesión ganancia patrimonial? me refiero a los 20.000 y rendimiento mobiliario en el caso de que sea una renta que se perciba periódicamente?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 03 de Febrero de 2015, 12:13:29 pm
En cuanto a la renta que recibe el antiguo inquilino por el traspaso del local de negocios o por la cesión de negocio, deberá declararlo y tributar en el IRPF como ganancia patrimonial, que se calculará deduciendo del importe del traspaso el valor de neto de los bienes y derechos entregados.
http://www.mundojuridico.info/tributacion-en-el-traspaso-de-local-de-negocios/
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Peke13 en 03 de Febrero de 2015, 14:06:28 pm
Chicos, no se si estáis hablando del caso del exámen ,si es así, acabo de leer en alf que un profesor ha dicho que se trata de una ganancia patrimonial. Dice que no puede ser rendimiento del capital por el artículo 15.1 (creo recordar) del RIRPF
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 03 de Febrero de 2015, 15:47:16 pm
Si Peke estábamos hablando de ese caso y creo que como dices la cesión es ganancia patrimonial, otra cosa es si se cobrara un subarriendo que sería mobiliario.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 03 de Febrero de 2015, 16:34:39 pm
Soluciones en alf primer parcial.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 03 de Febrero de 2015, 16:37:04 pm
A ver si alguien puede colgarlas que yo ya terminé y tengo curiosidad.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 03 de Febrero de 2015, 16:40:33 pm
1.- Pedro satisface una retribución en especie a Juan, uno de sus empleados, detrayendo del sueldo dinerario de este el importe del correspondiente ingreso a cuenta. ¿Debe Juan sumar el ingreso a cuenta a la retribución en especie que percibe al determinar el rendimiento del trabajo en su declaración del IRPF?
De acuerdo con el artículo 43.2 LIRPF, al valor de la retribución en especie «se adicionará el ingreso a cuenta, salvo que su importe hubiera sido repercutido al perceptor de la renta».
En el caso planteado el importe del ingreso a cuenta se ha repercutido a Juan. En consecuencia, Juan no deberá sumar este ingreso al determinar su rendimiento del trabajo.
2.- Javier, promotor inmobiliario, ha decidido quedarse con una de las edificaciones cuya construcción ha promovido para utilizarla como vivienda durante los fines de semana. El valor de mercado de esa vivienda es de 100.000 €. ¿Qué trascendencia tiene esta operación en relación con el rendimiento de la actividad económica de Javier en el IRPF?De acuerdo con el primer párrafo del artículo 28.4 LIRPF, «Se atenderá al valor normal en el mercado de los bienes o servicios objeto de la actividad, que el contribuyente […] destine al uso o consumo propio». En consecuencia, Javier deberá sumar los 100.000 € al resto de los rendimientos que derivan de su actividad empresarial.
3.- Un empresario persona física cede su posición contractual como arrendatario de un local de negocio a otro empresario por un precio de 20.000 €. ¿Cómo se califica la renta que obtiene el primer empresario al ceder el contrato de arrendamiento? Dicho de otro modo, ¿en qué categoría de renta del IRPF se incluye?La renta derivada del traspaso se califica como ganancia o pérdida patrimonial de acuerdo con el artículo 33.1 LIRPF, toda vez que se pone de manifiesto una variación en el valor del patrimonio con ocasión de una alteración en la composición de éste y esta variación no se califica por la LIRPF como rendimiento. Confirma esta calificación el artículo 37.1.f) LIRPF, que establece una regla específica de valoración de la ganancia o pérdida patrimonial para los casos de traspaso.
Debe aclararse que no resulte de aplicación al supuesto el artículo 15.1.a) RIRPF. Este precepto señala que los importes obtenidos por el traspaso o la cesión del contrato de arrendamiento de locales de negocio se consideran obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo cuando se imputen en un único período impositivo «A efectos de la aplicación de la reducción prevista en el artículo 23.3 de la Ley del Impuesto». El artículo 23.3 LIRPF regula las reducciones por irregularidad aplicables en relación con los rendimientos del capital inmobiliario. De acuerdo con el artículo 22.1 LIRPF, «Tendrán la consideración de rendimientos íntegros procedentes de la titularidad de bienes inmuebles rústicos y urbanos o de derechos reales que recaigan sobre ellos, todos los que se deriven del arrendamiento o de la constitución o cesión de derechos o facultades de uso o disfrute sobre aquéllos, cualquiera que sea su denominación o naturaleza». De todos estos preceptos se deduce que el artículo 15.1.a) RIRPF se está refiriendo a los rendimientos que, por razón del traspaso, pueda percibir el propietario del inmueble (o el titular de un derecho real sobre el inmueble, en su caso), y no al importe que percibe el arrendatario-cedente.
[2]
Tampoco resulta aplicable el artículo 25.4.c) LIRPF, que califica como rendimientos de capital mobiliario, entre otros, «los procedentes del subarrendamiento percibidos por el subarrendador». En el caso planteado no tiene lugar un subarrendamiento, toda vez que el arrendatario cede su posición como tal a otra persona.
4.- A y B forman una pareja de hecho y conviven con un hijo común y con un hijo de A. Ambos hijos son menores de edad. A pretende tributar conjuntamente en el IRPF con el hijo que tuvo de otra pareja, de tal manera que B y el hijo común presentarían declaraciones individuales. ¿Lo ve posible?No es posible. De acuerdo con el artículo 82.1 LIRPF, cuando no existiera vínculo matrimonial, podrá tributar conjuntamente la unidad familiar «formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y que reúnan los requisitos a que se refiere la regla 1.ª de este artículo». En consecuencia, a efectos de la tributación conjunta, A forma unidad familiar con el hijo que tuvo de otra pareja y con el hijo común.
5.- ALFA, S.A., ha repartido unos dividendos entre sus accionistas. ¿Son esos dividendos un gasto fiscalmente deducible en el Impuesto sobre Sociedades de ALFA, S.A.?No lo son. De acuerdo con el artículo 14.1.a) TRLIS no tienen la consideración de gastos fiscalmente deducibles «Los que representen una retribución de los fondos propios». En el mismo sentido se manifiesta el artículo 15.a) de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
6.- Juan, residente en un Estado que no ha firmado un convenio de doble imposición con España, percibe una prestación por incapacidad permanente absoluta de la Seguridad Social española. ¿Está sujeta esta prestación al Impuesto sobre la Renta de no Residentes? En caso de estar sujeta, ¿es aplicable alguna exención?Al no haberse firmado un convenio de doble imposición con el Estado de residencia resulta aplicable exclusivamente nuestra normativa doméstica.
De acuerdo con el artículo 13.1.d) TRLIRNR, se consideran rentas obtenidas en territorio español «Las pensiones y demás prestaciones similares, cuando deriven de un empleo prestado en territorio español o cuando se satisfagan por una persona o entidad residente en territorio español o por un establecimiento permanente situado en éste». El mismo precepto señala que «Se consideran prestaciones similares, en particular, las previstas en el artículo 16.2.a) y f) del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo». Esta remisión debe entenderse hecha hoy a las letras a) y f) del artículo 17.2 LIRPF. Entre las prestaciones señaladas en la letra a) están «Las pensiones y haberes pasivos percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social». Por lo tanto, la prestación sí está sujeta al IRNR.
Es aplicable la exención mencionada en el artículo 14.1.a) TRLIRNR. De acuerdo con este precepto, están exentas en el IRNR «Las rentas mencionadas en el artículo 7 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo», con ciertas matizaciones que no son aplicables a nuestro caso. La remisión debe entenderse hecha hoy al artículo 7 LIRPF. De acuerdo con la letra f) de este artículo 7 están exentas las prestaciones reconocidas al contribuyente por la Seguridad Social como consecuencia de incapacidad permanente absoluta, entre otras. La prestación a que se refiere el caso está por lo tanto exenta en el IRNR.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 03 de Febrero de 2015, 16:47:19 pm
Gracias Ilse aclarado lo de la ganancia patrimonial al ceder por completo su posición  :-[
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: trospi23 en 03 de Febrero de 2015, 19:23:27 pm
Me he quedao a cuadros con lo de que es ganancia patrimonial, en las videoclases se decía que era RCMobiliario, pero bueno, de todo se aprende...al menos las otras 4 las tengo perfectas.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pixar en 03 de Febrero de 2015, 20:40:16 pm
Una pregunta, sabeis si el impuesto de sucesiones y donaciones es igual en las comunidades autonomas? o cada una es diferente.

Y otra pregunta.. en un examen aparece "Madre dona nuda propiedad a Hijo, al cabo del tiempo madre muere y se produce consolidaciond el dominio en el hijo, ¿Como tributa en el Impuesto sobre sucesiones y donaciones?

Lo que veo es que tambien tributaria en ITPAJD
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rogelt en 03 de Febrero de 2015, 21:03:37 pm
La 2ª pregunta ya la hicieron en el Febrero de 2012 y ahora dan otra solución distinta.
Esto es lo que decía la PLANTILLA EXAMEN 2.ª semana - SOLUCIONES
La actividad de promoción inmobiliaria constituye una actividad económica cuyos rendimientos se declaran en el IRPF de acuerdo con las reglas establecidas en los artículos 27 y siguientes de la LIRPF.
Debe tenerse en cuenta lo previsto en el artículo 28.4 LIRPF. De acuerdo con este precepto, en caso de autoconsumo «Se atenderá al valor normal en el mercado de los bienes o servicios objeto de la actividad».
En consecuencia, el contribuyente deberá incluir entre los rendimientos de su actividad económica el valor de mercado de esa vivienda (100.000 €), menos el coste que ha tenido por construirla.

En qué quedamos?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 03 de Febrero de 2015, 21:12:49 pm
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La 2ª pregunta ya la hicieron en el Febrero de 2012 y ahora dan otra solución distinta.
Esto es lo que decía la PLANTILLA EXAMEN 2.ª semana - SOLUCIONES
La actividad de promoción inmobiliaria constituye una actividad económica cuyos rendimientos se declaran en el IRPF de acuerdo con las reglas establecidas en los artículos 27 y siguientes de la LIRPF.
Debe tenerse en cuenta lo previsto en el artículo 28.4 LIRPF. De acuerdo con este precepto, en caso de autoconsumo «Se atenderá al valor normal en el mercado de los bienes o servicios objeto de la actividad».
En consecuencia, el contribuyente deberá incluir entre los rendimientos de su actividad económica el valor de mercado de esa vivienda (100.000 €), menos el coste que ha tenido por construirla.

En qué quedamos?

A mi me parece que no hay mucha diferencia, no?
La respuesta que pones de Febrero de 2012 me parece más completa, pero no veo que digan cosas distintas, de hecho se remiten al mismo artículo, al 28.4 LIRPF.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rogelt en 03 de Febrero de 2015, 21:40:12 pm
Examen 2015
Javier deberá sumar los 100.000 € al resto de los rendimientos que derivan de su actividad empresarial.
Examen 2012
El contribuyente deberá incluir entre los rendimientos de su actividad económica el valor de mercado de esa vivienda (100.000 €), menos el coste que ha tenido por construirla.

Soy de Licenciatura y no puedo entrar en ALF, pero si pudiera, le haría saber al autor de la plantilla que en la plantilla de respuestas del año 2012 se descontaba el coste por construirla. A ver si se ponen de acuerdo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 03 de Febrero de 2015, 22:42:22 pm
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Examen 2015
Javier deberá sumar los 100.000 € al resto de los rendimientos que derivan de su actividad empresarial.
Examen 2012
El contribuyente deberá incluir entre los rendimientos de su actividad económica el valor de mercado de esa vivienda (100.000 €), menos el coste que ha tenido por construirla.

Soy de Licenciatura y no puedo entrar en ALF, pero si pudiera, le haría saber al autor de la plantilla que en la plantilla de respuestas del año 2012 se descontaba el coste por construirla. A ver si se ponen de acuerdo.
Ahh ok, te referias en concreto a descontar el coste por construirla. La verdad es que esa apreciación, de descontar el coste de construirla, no la he encontrado en el código. El art. 28 LIRPF no hace ninguna mención, o hay algún cambio legislativo, o no se de donde sacaron eso  :o
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 04 de Febrero de 2015, 07:52:49 am
En qué artículo letra del RIRPF viene que las cantidades destinadas a ampliación o mejora de los pisos no son deducibles, gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 04 de Febrero de 2015, 09:17:46 am
13.a
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 04 de Febrero de 2015, 11:30:13 am
Si alguien le interesa las reformas en materia tributaria 2015
http://www.fiscal-impuestos.com/reforma-tributaria-2015.html#ene15
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: cipotegato en 04 de Febrero de 2015, 12:59:50 pm
Una pregunta: a la hora de resolver los casos de IRPF, casi siempre se usa la ley, pero ¿cómo sabes que además de la ley tienes que usar el reglamento?. Quiero decir, cuando ponen un caso cómo puedes saber si se usa el Reglamento o por el contrario es suficiente con la Ley :'(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 04 de Febrero de 2015, 13:14:33 pm
El reglamento complementa la ley sobre todo en el primer parcial (en el segundo apenas se utiliza), se suele utilizar para definir más los detalles tipo de gastos, dietas, etc.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 04 de Febrero de 2015, 13:29:14 pm
Yo lo que veo que es más para deducciones, como  dice pravias gastos dietas, también para lo de ingresos a cuenta o retenciones.

Te digo los qu tengo yo señalados que he ido encontrando en exámenes y casos y que se suelenn repetir:

Art. 9 RIRPF Dietas y asignaciones para gastos de locomoción...
Art. 13    Gastos deducibles de los RCI
Art.55 Adquisición y rehabilitación de la vivienda habitual.
Art. 74 retenciones e igresos a cuenta.
Art. 102 ingresos a  cuenta
En especial el 2 para planes de pensiones.

No tengo más si alguien tiene alguno que crea importante.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: cipotegato en 04 de Febrero de 2015, 14:17:10 pm
Muchas gracias a los dos. Lo tendré muy en cuenta 8)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pixar en 04 de Febrero de 2015, 16:49:23 pm
Hola 1 pregunta, en el 1º caso del examen, "Pedreo satisface retribucion en especie a un empleado detrayendo del sueldo de este importe el correspondiente ingreso a cuenta.."

Entiendo que la retribucion en especie puede detraerse del salario pero en este caso seria una contraprestacion onerosa por lo que habría que aplicarle el IVA no?


Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 04 de Febrero de 2015, 16:59:45 pm
Pixar que estás preguntando del iva?, lo que ha hecho ha sido quitarle del sueldo el ingreso a cuenta de esa retribución en especie.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 04 de Febrero de 2015, 17:01:16 pm
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Se aplicaría la reducción de la cesión si es irregular?

23.3 lirpf
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 06 de Febrero de 2015, 12:15:39 pm
Cuando se debe inscribir o no en el registro especial del Ministerio de Economía y Hacienda  las UTES ? Donde lo pone?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: fonsopalencia en 06 de Febrero de 2015, 14:36:47 pm
Acongojado estoy con esta asignatura  :-\
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 07 de Febrero de 2015, 13:21:54 pm
según el art. 6 de impuesto de sociedades, las atribuciones a rentas (sociedades civiles, herencias yacentes, comunidades de bienes) se harán por el IRPF?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: tradixion en 07 de Febrero de 2015, 15:07:53 pm
Para quien no lo haya visto, ya están las soluciones del primer parcial en Alf. Suerte.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: malomos en 07 de Febrero de 2015, 17:21:00 pm
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según el art. 6 de impuesto de sociedades, las atribuciones a rentas (sociedades civiles, herencias yacentes, comunidades de bienes) se harán por el IRPF?

Yo llegué a esta conclusión Sara y afirmo que me está costando lo suyo  :-[ . El Impuesto de Sociedades es infumable.......

El art. 8 de la LIRPF excluye de la calificación de contribuyente por este impuesto a las Sociedades civiles, tengan o no personalidad jurídica, herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades a que se refiere el art. 35.4 de la ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Las rentas correspondientes a las mismas se atribuirán a los socios, herederos, comuneros o partícipes, respectivamente, de acuerdo con lo establecido en la sección 2ª del Título X de esta ley.
Por otra parte, el artículo que indicas del Impuesto de Sociedades, art. 6, en resumen indica que las rentas de estas sociedades civiles, herencias yacentes…….etc.. se atribuirán a socios, herederos, comuneros…..
Pues bien, se desprende de todo ello que estas entidades  no son sujetos pasivos ni del Impuesto de Sociedades ni tampoco del IRPF sin embargo sí obtienen rentas y el Estado no grava directamente a estas sociedades sino a quienes generan esas rentas, esto es, socios, herederos, comuneros……..
La sección 2ª antes indicada regula todo el régimen de atribución de rentas: Artículos 86 y ss. Y en concreto el art. 88 indica la calificación de la renta atribuida: “Las rentas de las entidades en régimen de atribución de rentas atribuidas a los socios, herederos, comuneros o partícipes tendrán la naturaleza derivada de la actividad o fuente de donde procedan para cada uno de ellos”. Ejemplo: Si por ejemplo es una sociedad civil que tiene actividad profesional la renta obtenida se gravará como “rendimiento de Actividades profesionales”. O por ejemplo: Socios de una comunidad de bienes . Uno de ellos es capitalista (es decir, solo puso dinero y no desarrolla la actividad pero cobra rentas), en este caso la renta  recibida normalmente  se gravará como “rendimiento de capital mobiliario”.
 Y el art. 99.2 obliga también a estas entidades a realizar pagos a cuenta.
Mírate el articulo 89 y ss de la ley del IRPF. Por los supuestos que han salido en exámenes anteriores creo que se sacan bien estas preguntas con estos artículos delante. En definitiva, yo si algo cae en el examen aunque sea de memoria, lo que tengo claro es que el Estado grava y grava y grava y grava...... ;D ;D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 07 de Febrero de 2015, 20:40:30 pm
Muchas gracias!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Camba en 08 de Febrero de 2015, 11:35:47 am
Hola

Gracias a los compañeros de ADE hay un enlace que tiene ejemplo prácticos y también tiene explicaciones que ayudan. Para este 1º parte puede ser muy justo. Os lo dejo por si os es útil

http://www.fiscal-impuestos.com/guia-fiscal-2014-capitulo-1-procedimientos-tributarios-normas-comunes.html

Mucha suerte!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 08 de Febrero de 2015, 14:00:54 pm
debo ser corta pero me parece a chino este art.17. 3
El perceptor de cantidades sobre las que deba retenerse a cuenta de este impuesto computará aquéllas por la contraprestación íntegra devengada.

Cuando la retención no se hubiera practicado o lo hubiera sido por importe inferior al debido, el perceptor deducirá de la cuota la cantidad que debió ser retenida.

En el caso de retribuciones legalmente establecidas que hubieran sido satisfechas por el sector público, el perceptor sólo podrá deducir las cantidades efectivamente retenidas.

Cuando no pudiera probarse la contraprestación íntegra devengada, la Administración tributaria podrá computar como importe íntegro una cantidad que, una vez restada de ella la retención procedente, arroje la efectivamente percibida. En este caso se deducirá de la cuota, como retención a cuenta, la diferencia entre lo realmente percibido y el importe íntegro.


Sobre todo el último parrafo. Como lo hace la Administración?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: zuspi en 08 de Febrero de 2015, 16:23:09 pm
Alguien que me lo aclare.

Si soy funcionario  e interpongo un contencioso ( despues de sus pasos) para reclarmar una retribución ( rendimiento trabajo), puedo deducir hasta 300 euros por gastos de abogado?.
Eso he entendido.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: albertus en 08 de Febrero de 2015, 19:55:35 pm
Pufff madre mía el impuesto de sociedades es imposible no entiendo nada!
El irpf lo llevo bien y el donaciones y no residentes más o menos podría contestar con el código pero sociedades no me entra, como me saquen de lo básico adiós.
¿Sabéis si caen muchas de sociedades en el examen?
¿Corrigen muy duro en este departamento?
Ánimo y suerte
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: malomos en 08 de Febrero de 2015, 20:52:44 pm
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debo ser corta pero me parece a chino este art.17. 3
El perceptor de cantidades sobre las que deba retenerse a cuenta de este impuesto computará aquéllas por la contraprestación íntegra devengada.

Cuando la retención no se hubiera practicado o lo hubiera sido por importe inferior al debido, el perceptor deducirá de la cuota la cantidad que debió ser retenida.

En el caso de retribuciones legalmente establecidas que hubieran sido satisfechas por el sector público, el perceptor sólo podrá deducir las cantidades efectivamente retenidas.

Cuando no pudiera probarse la contraprestación íntegra devengada, la Administración tributaria podrá computar como importe íntegro una cantidad que, una vez restada de ella la retención procedente, arroje la efectivamente percibida. En este caso se deducirá de la cuota, como retención a cuenta, la diferencia entre lo realmente percibido y el importe íntegro.


Sobre todo el último parrafo. Como lo hace la Administración?


Yo lo he visto a través de estos ejemplos. En cuanto al segundo de los ejemplos, el 15% creo que ya no es el real porque el tipo general es del 19% según artículo 140.6 I.Sociedades. Que alguien me corrija.... :-\
En el caso de retribuciones legalmente establecidas que hubieran sido satisfechas por el sector público, el perceptor sólo podrá deducir las cantidades efectivamente retenidas.

Ejemplo:
Un ayuntamiento pagó a la empresa una retribución de 2.500 € por un préstamo que le realizó. El importe de la retribución lo fijó la Comunidad Autónoma mediante ley. No se practicó retención, pese a que correspondía realizar una retención  del 19%.

En este caso, correspondía practicar una deducción del 19% por parte de la empresa, pero como la retribución la paga el sector público, sólo se puede deducir la cantidad efectivamente retenida, que en este caso es 0 ya que la AP nada ha retenido. Es decir, ninguna consecuencia si el pagador es la AP.


Cuando no pudiera probarse la contraprestación íntegra devengada, la Administración tributaria podrá computar como importe íntegro una cantidad que, una vez restada de ella la retención procedente, arroje la efectivamente percibida. En este caso se deducirá de la cuota, como retención a cuenta, la diferencia entre lo realmente percibido y el importe íntegro.


Ejemplo:

Se percibieron 3.400 € correspondientes a unos intereses percibidos de otra empresa. Sobre este importe debió practicarse una retención del 19%, aunque no se hizo. No se ha podido justificar que estos intereses sean el importe íntegro de la contraprestación.
La Sociedad X ha retribuido a cada uno de sus trabajadores 30.000€ el pasado año. No practicó retención y la Sociedad no puede demostrar la contraprestación íntegra devengada.

Solución:En principio, estamos en el caso de que un pagador no ha realizado la retención establecida, sin embargo, como no se puede probar el importe de la retribución caben dos casos:
5.1-. La empresa, en principio podrá deducir en concepto de retención el 15% de la cantidad percibida. 15% x 3.400= 510 €.
5.2-. No obstante, a diferencia de los casos anteriores, aquí no se ha podido probar el importe de la retribución percibida. La Administración puede elevar el ingreso hasta una cantidad tal que si de ella se dedujese el importe de la retención, el líquido resultante fuese 3.400.
[3.400 / (1-0' 15) ]= 4.000.
Si a 4.000 le quitamos la retención de 4.000 x 0' 15= 600, el líquido resultante es de 3.400 €.
Se han producido por tanto dos efectos. Por un lado se produce un ajuste positivo de 600 € debido a que se ha incrementado el ingreso computable de 3.400 a 4.000 €. Por otro lado, la empresa tiene derecho a deducir los 600 € en concepto de retención.
Esta operación de elevar al íntegro no debe realizarla el empresario, sino que debe hacerlo la Administración en su caso.
- La Administración considera que los 30.000€ percibidos por cada uno de los empleados son netos de retenciones, de forma que para calcular la cantidad retenida habrá que elevar al íntegro la retribución.  :o :o
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: zuspi en 08 de Febrero de 2015, 21:02:44 pm
Este enlace puede servir para entrenar.

http://www.elmundo.es/elmundo/hemeroteca/blogs/consultoriofiscal/2011/16.html
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Diego Alatriste en 08 de Febrero de 2015, 21:19:14 pm
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Pufff madre mía el impuesto de sociedades es imposible no entiendo nada!
El irpf lo llevo bien y el donaciones y no residentes más o menos podría contestar con el código pero sociedades no me entra, como me saquen de lo básico adiós.
¿Sabéis si caen muchas de sociedades en el examen?
¿Corrigen muy duro en este departamento?
Ánimo y suerte

Que me corrijan si me equivoco, pero creo que son 4 preguntas sobre IRPF y una sobre IS.

Por tanto entiendo que haciendo bien los del IRPF bastaría para aprobar holgadamente, ¿NO?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 09 de Febrero de 2015, 01:27:34 am
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Yo lo he visto a través de estos ejemplos. En cuanto al segundo de los ejemplos, el 15% creo que ya no es el real porque el tipo general es del 19% según artículo 140.6 I.Sociedades. Que alguien me corrija.... :-\
En el caso de retribuciones legalmente establecidas que hubieran sido satisfechas por el sector público, el perceptor sólo podrá deducir las cantidades efectivamente retenidas.

Ejemplo:
Un ayuntamiento pagó a la empresa una retribución de 2.500 € por un préstamo que le realizó. El importe de la retribución lo fijó la Comunidad Autónoma mediante ley. No se practicó retención, pese a que correspondía realizar una retención  del 19%.

En este caso, correspondía practicar una deducción del 19% por parte de la empresa, pero como la retribución la paga el sector público, sólo se puede deducir la cantidad efectivamente retenida, que en este caso es 0 ya que la AP nada ha retenido. Es decir, ninguna consecuencia si el pagador es la AP.


Cuando no pudiera probarse la contraprestación íntegra devengada, la Administración tributaria podrá computar como importe íntegro una cantidad que, una vez restada de ella la retención procedente, arroje la efectivamente percibida. En este caso se deducirá de la cuota, como retención a cuenta, la diferencia entre lo realmente percibido y el importe íntegro.


Ejemplo:

Se percibieron 3.400 € correspondientes a unos intereses percibidos de otra empresa. Sobre este importe debió practicarse una retención del 19%, aunque no se hizo. No se ha podido justificar que estos intereses sean el importe íntegro de la contraprestación.
La Sociedad X ha retribuido a cada uno de sus trabajadores 30.000€ el pasado año. No practicó retención y la Sociedad no puede demostrar la contraprestación íntegra devengada.

Solución:En principio, estamos en el caso de que un pagador no ha realizado la retención establecida, sin embargo, como no se puede probar el importe de la retribución caben dos casos:
5.1-. La empresa, en principio podrá deducir en concepto de retención el 15% de la cantidad percibida. 15% x 3.400= 510 €.
5.2-. No obstante, a diferencia de los casos anteriores, aquí no se ha podido probar el importe de la retribución percibida. La Administración puede elevar el ingreso hasta una cantidad tal que si de ella se dedujese el importe de la retención, el líquido resultante fuese 3.400.
[3.400 / (1-0' 15) ]= 4.000.
Si a 4.000 le quitamos la retención de 4.000 x 0' 15= 600, el líquido resultante es de 3.400 €.
Se han producido por tanto dos efectos. Por un lado se produce un ajuste positivo de 600 € debido a que se ha incrementado el ingreso computable de 3.400 a 4.000 €. Por otro lado, la empresa tiene derecho a deducir los 600 € en concepto de retención.
Esta operación de elevar al íntegro no debe realizarla el empresario, sino que debe hacerlo la Administración en su caso.
- La Administración considera que los 30.000€ percibidos por cada uno de los empleados son netos de retenciones, de forma que para calcular la cantidad retenida habrá que elevar al íntegro la retribución.  :o :o

si lo leo un par de veces a lo mejor me entero. Pero este supuesto facil no es. Y sí es el 19% (creo). por ello en el segundo ejemplo cuando pones el 15% te estas refiriendo todo el rato al 19% o ese 15% de donde sale? jejejeje

Por cierto de donde sacaste estos ejemplos?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: SaraFuertes en 09 de Febrero de 2015, 13:55:41 pm
supuesto 70
Planteamiento
Horizonte SA es una compañía asegoradora que fue requerida por la Dirección
General de Seguros para que efectuara una serie de dotaciones adicionales a las
provisiones técnicas obligatorias en virtud de su normativa reguladora. En
consecuencia, la compañía ha considerado gasto fiscalmente deducible del IS el
total importe de dichas dotaciones.
¿Es correcto este modo de proceder?

Catalogación IS / Gastos deducibles

Solución
El art. 13.2 TRIS establece una serie de excepciones a la regla general de no
deducibilidad de las dotaciones a provisiones para la cobertura de riesgos
previsibles, pérdidas eventuales, gastos o deudas probables. Entre estas
excepciones, cuya deducibilidad se admite, se encuentran en la letra e) “las
dotaciones a las provisiones técnicas realizadas por las entidades
aseguradoras hasta el importe de las cuantías mínimas establecidas por las
normas aplicables”. En consecuencia, no hay duda sobre la posibilidad de
deducir el importe de las dotaciones hasta el límite de las cuantías mínimas
establecidas en las normas aplicables.
En cuanto al exceso sobre el mínimo legal, en el supuesto planteado viene
impuesto por la autoridad administrativa encargada de la supervisión de este
tipo de compañías, por lo que podría sostenerse su deducibilidad. Sin embargo,
la interpretación literal del precepto excluye dicha deducibilidad, en la medida
que se trata de dotaciones que no son exigidas con carácter general por las
normas aplicables


No entiendo muy bien este supuesto. porque no es deducible al final? Y sobre todo miro en la ley y el art. 13.2 letra e) no dice nada de lo que dice este caso.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: miguel771 en 09 de Febrero de 2015, 18:14:32 pm
Hola muchachos tengo una duda, del art43.2 deduzco que la adición del ingreso a cuenta se realiza siempre que haya rendimiento en especie salvo que sea contribuciones a planes de pensiones y planes de previsión social conforme al art102 RIR, pero en los casos de Vivero veo que unas veces lo añade y otras no, si alguien pudiera explicármelo se lo agradecería muchas gracias  :)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jgm15132 en 11 de Febrero de 2015, 09:43:01 am
Ya no queda casi nada. Ánimo a todos.
Tengo el código que parece un árbol de navidad, lleno de post-it por todos lados. El problema es que no me aclaro ni yo. Si alguien han conseguido configurar una sistemática ordenada para marcar sólo lo más relevante, agradecería que lo comentas. Casi es mejor marcar una docena de puntos fundamentales que no 200 y no ser capaz de aclararse con ellos. Sobre todo en I.S. que se me hace de noche cada vez que empiezo. Gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: fonsopalencia en 11 de Febrero de 2015, 10:17:54 am
Es la asignatura más complicada de la carrera. :-[
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 11 de Febrero de 2015, 10:25:55 am
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Hola muchachos tengo una duda, del art43.2 deduzco que la adición del ingreso a cuenta se realiza siempre que haya rendimiento en especie salvo que sea contribuciones a planes de pensiones y planes de previsión social conforme al art102 RIR, pero en los casos de Vivero veo que unas veces lo añade y otras no, si alguien pudiera explicármelo se lo agradecería muchas gracias  :)

Como lo de renta general o del ahorro, si sabes que hay que hacer ingreso o retención ponlo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: rogelt en 11 de Febrero de 2015, 14:15:37 pm
Aunque LAS RESPUESTAS DE LAS PLANTILLAS, los son a efectos puramente informativos, que no prejuzgan las competencias de cada uno de los Profesores del equipo docente, creo que sería oportuno comprobarlas antes de publicarlas.
En efecto, en el examen de la 1ª semana de 2015 han repetido una pregunta que ya hicieron en la 2ª semana de 2012, pero ahora la solución de la plantilla ya no es la misma, salvo que hubiera cambio legislativo y no me hubiera enterado.

PREGUNTA
Javier, promotor inmobiliario, ha decidido quedarse con una de las edificaciones cuya construcción ha promovido para utilizarla como vivienda durante los fines de semana. El valor de mercado de esa vivienda es de 100.000 €. ¿Qué trascendencia tiene esta operación en relación con el rendimiento de la actividad económica de Javier en el IRPF?

SOLUCIÓN DE LA PLANTILLA 1ª semana de 2015
De acuerdo con el primer párrafo del artículo 28.4 LIRPF, «Se atenderá al valor normal en el mercado de los bienes o servicios objeto de la actividad, que el contribuyente […] destine al uso o consumo propio».
En consecuencia, Javier deberá sumar los 100.000 € al resto de los rendimientos que derivan de su actividad empresarial.

SOLUCIÓN DE LA PLANTILLA de la 2.ª semana de 2012
De acuerdo con este precepto, en caso de autoconsumo «Se atenderá al valor normal en el mercado de los bienes o servicios objeto de la actividad».
En consecuencia, el contribuyente deberá incluir entre los rendimientos de su actividad económica el valor de mercado de esa vivienda (100.000 €), menos el coste que ha tenido por construirla.

Ojo, porque estamos hablando de una pasta gansa :-)
Y qué puntuación se merece la persona que, siguiendo los criterios de la plantilla, haya aplicado en el examen dicha reducción?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 11 de Febrero de 2015, 14:27:25 pm
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Aunque LAS RESPUESTAS DE LAS PLANTILLAS, los son a efectos puramente informativos, que no prejuzgan las competencias de cada uno de los Profesores del equipo docente, creo que sería oportuno comprobarlas antes de publicarlas.
En efecto, en el examen de la 1ª semana de 2015 han repetido una pregunta que ya hicieron en la 2ª semana de 2012, pero ahora la solución de la plantilla ya no es la misma, salvo que hubiera cambio legislativo y no me hubiera enterado.

PREGUNTA
Javier, promotor inmobiliario, ha decidido quedarse con una de las edificaciones cuya construcción ha promovido para utilizarla como vivienda durante los fines de semana. El valor de mercado de esa vivienda es de 100.000 €. ¿Qué trascendencia tiene esta operación en relación con el rendimiento de la actividad económica de Javier en el IRPF?

SOLUCIÓN DE LA PLANTILLA 1ª semana de 2015
De acuerdo con el primer párrafo del artículo 28.4 LIRPF, «Se atenderá al valor normal en el mercado de los bienes o servicios objeto de la actividad, que el contribuyente […] destine al uso o consumo propio».
En consecuencia, Javier deberá sumar los 100.000 € al resto de los rendimientos que derivan de su actividad empresarial.

SOLUCIÓN DE LA PLANTILLA de la 2.ª semana de 2012
De acuerdo con este precepto, en caso de autoconsumo «Se atenderá al valor normal en el mercado de los bienes o servicios objeto de la actividad».
En consecuencia, el contribuyente deberá incluir entre los rendimientos de su actividad económica el valor de mercado de esa vivienda (100.000 €), menos el coste que ha tenido por construirla.

Ojo, porque estamos hablando de una pasta gansa :-)
Y qué puntuación se merece la persona que, siguiendo los criterios de la plantilla, haya aplicado en el examen dicha reducción?
El tutor ha respondido en alf, un compañero planteó esta duda allí y la respuesta ha sido:
"La solución es la misma. La única diferencia es que en la solución de febrero de 2012 se aclaraba que el coste de construcción era un gasto deducible en la determinación del rendimiento neto de la actividad económica.

El artículo 28.4 LIRPF obliga a incluir entre los rendimientos íntegros de la actividad económica el valor de mercado de los bienes o servicios objeto del autoconsumo o cedidos o prestados a terceros de forma gratuita precisamente porque el coste de la producción de estos bienes o servicios se habrá deducido en la determinación de esos rendimientos.

Atentamente,

Gerardo Menéndez"
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 11 de Febrero de 2015, 16:26:06 pm
Hola  a y b casados presentan declaración individual y con ellos vive el padre de a, el mínimo por ascemdiente solo puede aplicarlo a por relación de consanguinidad?, o cómo queda este caso, no se prorratea?

Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 11 de Febrero de 2015, 19:58:04 pm
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Hola  a y b casados presentan declaración individual y con ellos vive el padre de a, el mínimo por ascemdiente solo puede aplicarlo a por relación de consanguinidad?, o cómo queda este caso, no se prorratea?

Gracias
En el libro, cuando habla del mínimo por ascendiente, justo al final pone que se plantea la duda de si los parientes afines pueden dar derecho a la reducción o no (no dice nada más) sólo lo deja expuesto tal cual.
En el examen de febrero de 2014 la primera semana hay un caso igual:
4.- Juan y María están casados y conviven con el padre de Juan, que tiene una edad de 85 años y no obtiene
ingresos. Si Juan y María presentan declaraciones individuales del IRPF, ¿puede María aplicar el mínimo por
ascendiente por el padre de Juan?
La respuesta del equipo docente es:
"De acuerdo con el artículo 56.3 LIRPF el mínimo por ascendientes forma parte del mínimo personal y familiar. El
ascendiente del caso cumple los requisitos de convivencia, edad y no percepción de rentas previstos en el artículo
59 LIRPF. De acuerdo con la norma 1.ª del artículo 61 LIRPF, cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a
la aplicación del mínimo por el mismo ascendiente, su importe se prorrateará entre ambos por partes iguales.
En el caso de María la aplicación del mínimo plantea dudas porque su parentesco no es de consanguinidad sino
de afinidad. Por regla general, cuando la norma tributaria se refiere al parentesco por afinidad lo señala
expresamente [vid., por ejemplo, el artículo 20.2.a) LISD]. En los artículos 58 LIRPF (mínimo por descendientes) y
59 LIRPF (mínimo por ascendientes) no se incluye expresamente el parentesco por afinidad. Tampoco lo hace el
artículo 61 LIRPF, que establece normas comunes para la aplicación de los mínimos En consecuencia, se entiende
comúnmente que sólo procede aplicar estos mínimos por descendientes o ascendientes consanguíneos.
Aplicando este criterio al caso planteado se llegaría a la conclusión de que María no puede aplicar el mínimo por
ascendiente por el padre de Juan.
Ahora bien, aunque la postura que recogemos en el apartado anterior es la que mantiene la Dirección general de
Tributos, no faltan opiniones contrarias. Así el Profesor Martín Queralt señala en la última edición del manual
recomendado (pág. 202) que «Se plantea la duda [de] si los parientes afines pueden dar derecho a la reducción
[rectius: al mínimo] o no». Y el Tribunal Supremo (sentencia de 16 de marzo de 2003) ha sostenido que, cuando la
Ley no distingue la naturaleza del parentesco, hay que entender que engloba tanto a los parientes por
consanguinidad como a los parientes por afinidad. En consecuencia, se admitirá también como correcta la
respuesta en la que se indique que María sí puede aplicar ese mínimo, siempre que se justifique con base en los
preceptos citados en el primer párrafo de esta solución."
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 12 de Febrero de 2015, 10:07:41 am
Buenas

Una duda...

Ay B no casados conviven con un hijo común menor que recibe 4050 euros de rendimiento de capital mobiliario de una cartera de valores que le ha sido donada.

En cuanto a la UF, podría ser A con el hijo O B con el hijo, porque se cumplen los requisitos del art 82 segunda modalidad: convive y menor

En cuanto al mínimo por descendiente: si los progenitores hacen declaración individual, el hijo también la hará ya que está obligado de acuerdo con el art. 96. 2 b) por recibir rendimientos del capital mobiliario superiores a 1.600 euros

Mi duda viene en la tributación conjunta... si A tributa con el hijo...no se podría aplicar el mínimo por descendiente porque no se cumple el requisito del art. 61.2, verdad? Exige que el descendiente que da derecho a aplicar el mínimo no presente declaración por rentas superiores a 1800€... Este está obligado según hemos dicho...

Qué os parece?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: joselugobi13 en 12 de Febrero de 2015, 11:01:32 am
Que envidia me dais... yo no entiendo ni papa...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: hergomez en 12 de Febrero de 2015, 11:18:01 am
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Que envidia me dais... yo no entiendo ni papa...
Si te sirve de consuelo, yo estoy igual  ;D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 12 de Febrero de 2015, 11:40:58 am
Yo ya después de 7 exámenes no me entra nada mas, esperemos que no se pasen.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 12 de Febrero de 2015, 12:06:43 pm
A mí el is me trae por la calle la amargura, esperando que la pregunta sea parecida a la primera semana...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 12 de Febrero de 2015, 13:34:33 pm
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Buenas

Una duda...

Ay B no casados conviven con un hijo común menor que recibe 4050 euros de rendimiento de capital mobiliario de una cartera de valores que le ha sido donada.

En cuanto a la UF, podría ser A con el hijo O B con el hijo, porque se cumplen los requisitos del art 82 segunda modalidad: convive y menor

En cuanto al mínimo por descendiente: si los progenitores hacen declaración individual, el hijo también la hará ya que está obligado de acuerdo con el art. 96. 2 b) por recibir rendimientos del capital mobiliario superiores a 1.600 euros

Mi duda viene en la tributación conjunta... si A tributa con el hijo...no se podría aplicar el mínimo por descendiente porque no se cumple el requisito del art. 61.2, verdad? Exige que el descendiente que da derecho a aplicar el mínimo no presente declaración por rentas superiores a 1800€... Este está obligado según hemos dicho...

Qué os parece?
vaya caso!!
Yo creo que sí pueden optar a tributación conjunta: el padre O la madre con el hijo (cumplen requisitos y condiciones del art. 82.1.2º)
En cuanto al mínimo por descendiente: No procede si el hijo presenta declaración (por rentas superiores a 1.800 €) segun norma 2º del art. 61.
Y el art. 96 lo obliga a presentar la declaración (por no cumplir la condición, que exime de su declaración, establecida en el art. 96.2 b). En principio, según LIRPF está obligado a realizar la declaración, por lo que no corresponde aplicar el mínimo por descendiente.
Lo único que a mí me sale de ojo es que la cartera de valores ha sido una donación, y eso no se si lo ponen para "despistar" o por algo.
Vamos Silvia!!! que mañana arrasamos... y si no, por lo menos ya estaremos liberadas  ;)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 12 de Febrero de 2015, 13:37:42 pm
Sabéis el art que era el de que las indemnizaciones del personal de alta dirección esta sujeta íntegramente al irpf?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 12 de Febrero de 2015, 13:58:40 pm
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Sabéis el art que era el de que las indemnizaciones del personal de alta dirección esta sujeta íntegramente al irpf?
Yo creo que no hay artículo donde lo ponga, de echo hay opiniones encontradas al respecto (el autor del manual: Martin Queralt opina que, pese a estar previstas, dichas indemnizaciones, en un contrato, deberían estar exentas).
Te copio mejor lo que he encontrado en un examen de febrero de 2013:
1) El directivo de una Sociedad Anónima ha sido despedido con una indemnización de
90.000 €.
1) De acuerdo con el primer párrafo de la letra e) del artículo 7 LIRPF, están exentas en el IRPF.
De acuerdo con ese precepto, si el empleado de la Sociedad Anónima tuviera derecho a una indemnización por despido de acuerdo con la normativa laboral, la cantidad percibida estaría exenta hasta el importe establecido con carácter obligatorio en esta normativa.
Si los 90.000 € percibidos superan este importe, el exceso será gravado como rendimiento del trabajo (art. 17 LIRPF). Si la relación laboral se ha extendido durante un período superior a dos años, podría resultar aplicable sobre el rendimiento íntegro no exento una reducción del 40 por 100 por razón del período de generación en los términos previstos en los artículos 18.2 LIRPF y 11.2 RIRPF1.
Si, como parece deducirse del enunciado, la relación laboral era especial de alta dirección, se entiende por lo general que la cantidad percibida está sujeta al IRPF sin exención, toda vez que la normativa laboral aplicable (Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección) no establece una indemnización máxima ni mínima para el supuesto de cese en la relación, esto es, no establece una cuantía de indemnización «con carácter obligatorio»
Ahora bien, no faltan opiniones en contra. Así, el Profesor MARTÍN QUERALT señala que «hay supuestos en los que la cantidad abonada está prevista en un contrato y, pese a ello, cabe entender que debe considerarse exenta porque la cantidad convenida pasa a integrarse en el propio ordenamiento jurídico, al existir en el mismo una remisión expresa a la cantidad pactada para el caso de rescisión contractual» y cita como uno de estos supuestos el de la relación laboral de alta dirección.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 12 de Febrero de 2015, 14:01:01 pm
Muchas gracias, ya podía estar buscando ya...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 12 de Febrero de 2015, 14:02:45 pm
 :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: malomos en 12 de Febrero de 2015, 14:36:44 pm
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A mí el is me trae por la calle la amargura, esperando que la pregunta sea parecida a la primera semana...

Espero que de este impuesto no caiga más de una pregunta que por lo demás será la gran discriminada  :-[ . Si en el resto de impuestos tengo que ir despacio en el de Sociedades las tortugas me ganarían  ;D ;D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pedro73 en 12 de Febrero de 2015, 16:11:58 pm
haber que falta poco, una pregunta del IS, en las exenciones de los art 21 y 22, primero se aplican estos y si no procede, luego al final podemos deducir por el art del 30 al 32? me estoy refiriendo para evitar la doble imposición internacional; es así no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: malomos en 12 de Febrero de 2015, 16:42:06 pm
Si, claro yo creo entenderlo así. En cuanto a la exención, el legislador opta por la liberación total del tributo (aunque cumpliendo unos requisitos) mientras que en la deducción, sí hay ingresos que están sujetos a tributación pero ésta simplemente se reduce por una serie de circunstancias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pedro73 en 12 de Febrero de 2015, 16:48:06 pm
entendido, es que no recuerdo donde estudié que se podría optar entre aplicar una deducción u otra, tanto cambiar de asignatura cuando la cojo ya me olvido de la anterior!!!

gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 12 de Febrero de 2015, 16:55:00 pm
Dudaaaaa!!! :D

El subarriendo de un inmueble... es ganancia patrimonial o rendimiento del capital inmobiliario?

graaaacias.  ;)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pecadolili en 12 de Febrero de 2015, 17:15:42 pm
Es rendimiento de capital mobiliario. Art. 25.4.c
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: malomos en 12 de Febrero de 2015, 17:40:03 pm
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Buenas

Una duda...

Ay B no casados conviven con un hijo común menor que recibe 4050 euros de rendimiento de capital mobiliario de una cartera de valores que le ha sido donada.

En cuanto a la UF, podría ser A con el hijo O B con el hijo, porque se cumplen los requisitos del art 82 segunda modalidad: convive y menor

En cuanto al mínimo por descendiente: si los progenitores hacen declaración individual, el hijo también la hará ya que está obligado de acuerdo con el art. 96. 2 b) por recibir rendimientos del capital mobiliario superiores a 1.600 euros

Mi duda viene en la tributación conjunta... si A tributa con el hijo...no se podría aplicar el mínimo por descendiente porque no se cumple el requisito del art. 61.2, verdad? Exige que el descendiente que da derecho a aplicar el mínimo no presente declaración por rentas superiores a 1800€... Este está obligado según hemos dicho...

Qué os parece?

Mira que es enrevesado este caso. Expongo un caso en el que se refleja la diferencia entre que esta pareja tribute uno de los padres o hijos o lo hagan de forma individual.
Ejemplo 2. Pareja de hecho con hijos comunes residentes en la Comunidad de Galicia.Don A.S.T. y doña M.V.V., conviven sin existencia de vínculo matrimonial y tienen en común tres hijos que conviven conellos y cuyas edades son 18, 12 y 6 años, respectivamente. El hijo menor ha obtenido 4.050 euros de rendimientos delcapital mobiliario procedentes de una cartera de valores donada por su abuelo materno al nacer. Los restantes hijos no han obtenido rentas en el ejercicio.Determinar el importe del mínimo personal y familiar de ambos contribuyentes en el supuesto de tributación individual ytributación conjunta a efectos del cálculo del gravamen estatal y del gravamen autonómico.
Solución:
Nota previa:dado que la Comunidad Autónoma de Galicia no ha ejercido competencias normativas en la regulación de lascuantías del mínimo personal y familiar, el importe de éste determinado conforme a lo dispuesto en la Ley del IRPF debeutilizarse para el cálculo tanto del gravamen estatal como del gravamen autonómico.1)

Tributación individual del padre y de la madre:
Mínimo del contribuyente.............................................. ................................. 5.151
Mínimo por descendientes: - Hijo 1º (18 años) (50% s/1.836)...............................918
Hijo 2º (12 años) (50% s/2.040)............................. ........................................1.020
Hijo 3º (6 años)........................................................... ................................ 0
Total mínimo por descendientes. ........................................................... ...........1.938
Total mínimo personal y familiar................................................... ................... 7.0892)
 
Tributación conjunta del padre o la madre con los hijos menores de edad:
Mínimo del contribuyente. ........................................................... ..... 5.151
Mínimo por descendientes:
Hijo 1º (18 años) (50% s/1.836)........................................................... ... 918
Hijo 2º (12 años) (50% s/2.040)........................................................... .. 1.020
 Hijo 3º (6 años) (100% s/3.672)........................................................... . 3.672
Total mínimo por descendientes . ........................................................... . 5.610
Total mínimo personal y familiar................................................... .......... 10.761
Es decir, si la pareja opta por la segunda opción el niño de 6 años lo mismo da que haya recibido esta renta . Sin embargo me viene a la cabeza el hecho de que al recibir la donación ha tenido que pagar el Impuesto de donaciones y el donante incluir en su IRPF esta donación por si obtuvo una ganancia patrimonial. Vaya lío que no me aclaro.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 12 de Febrero de 2015, 17:55:09 pm
No lo termino de entender, ¿por qué se aplica el mínimo por descendiente en la tributación conjunta? Si en el art. 58 y 61 pone que para que se aplique el mínimo por descendientes los requisitos son:
* Menor de 25 años;
*Convivencia (en sentido amplio) con el contribuyente;
* No tengas rentas anuales (excluidas las exentas) superiores a 8.000 €; y
*No presenten declaración del Irpf con rentas superiores a 1.800 € (que sería nuestro caso).
Lo del impuesto de donaciones y sucesiones yo también lo he pensado....
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 12 de Febrero de 2015, 17:56:10 pm
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Mira que es enrevesado este caso. Expongo un caso en el que se refleja la diferencia entre que esta pareja tribute uno de los padres o hijos o lo hagan de forma individual.
Ejemplo 2. Pareja de hecho con hijos comunes residentes en la Comunidad de Galicia.Don A.S.T. y doña M.V.V., conviven sin existencia de vínculo matrimonial y tienen en común tres hijos que conviven conellos y cuyas edades son 18, 12 y 6 años, respectivamente. El hijo menor ha obtenido 4.050 euros de rendimientos delcapital mobiliario procedentes de una cartera de valores donada por su abuelo materno al nacer. Los restantes hijos no han obtenido rentas en el ejercicio.Determinar el importe del mínimo personal y familiar de ambos contribuyentes en el supuesto de tributación individual ytributación conjunta a efectos del cálculo del gravamen estatal y del gravamen autonómico.
Solución:
Nota previa:dado que la Comunidad Autónoma de Galicia no ha ejercido competencias normativas en la regulación de lascuantías del mínimo personal y familiar, el importe de éste determinado conforme a lo dispuesto en la Ley del IRPF debeutilizarse para el cálculo tanto del gravamen estatal como del gravamen autonómico.1)

Tributación individual del padre y de la madre:
Mínimo del contribuyente.............................................. ................................. 5.151
Mínimo por descendientes: - Hijo 1º (18 años) (50% s/1.836)...............................918
Hijo 2º (12 años) (50% s/2.040)............................. ........................................1.020
Hijo 3º (6 años)........................................................... ................................ 0
Total mínimo por descendientes. ........................................................... ...........1.938
Total mínimo personal y familiar................................................... ................... 7.0892)
 
Tributación conjunta del padre o la madre con los hijos menores de edad:
Mínimo del contribuyente. ........................................................... ..... 5.151
Mínimo por descendientes:
Hijo 1º (18 años) (50% s/1.836)........................................................... ... 918
Hijo 2º (12 años) (50% s/2.040)........................................................... .. 1.020
 Hijo 3º (6 años) (100% s/3.672)........................................................... . 3.672
Total mínimo por descendientes . ........................................................... . 5.610
Total mínimo personal y familiar................................................... .......... 10.761
Es decir, si la pareja opta por la segunda opción el niño de 6 años lo mismo da que haya recibido esta renta . Sin embargo me viene a la cabeza el hecho de que al recibir la donación ha tenido que pagar el Impuesto de donaciones y el donante incluir en su IRPF esta donación por si obtuvo una ganancia patrimonial. Vaya lío que no me aclaro.

Pues yo sigo creyendo que no se cumple el requisito del art. 61.2ª... porque está obligado a hacer la declaración con una renta superior a 1800 euros de acuerdo al art. 96.2.a) que exige declaración cuando se tienen rendimientos de k mobiliario mayores a 1.600 euros...


No sé...que jaleoooo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 12 de Febrero de 2015, 17:59:57 pm
Igual os aclara este enlace
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Segmentos_/Ciudadanos/Minimos__reducciones_y_deducciones_en_el_IRPF/Minimos/Minimo_por_descendientes/Requisitos_de_los_descendientes.shtml
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 12 de Febrero de 2015, 18:06:43 pm
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Igual os aclara este enlace
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Segmentos_/Ciudadanos/Minimos__reducciones_y_deducciones_en_el_IRPF/Minimos/Minimo_por_descendientes/Requisitos_de_los_descendientes.shtml

Vale, entiendo que a si tiene rentas superiores a 1.800 puede aplicarse el progenitor con el que tribute conjuntamente todo el mínimo. Pero obviamente, puedes ganar más de 1800 y no estar obligado, caso de obtener rendimientos de trabajo de un solo pagador por importe de 20000...como no llevas a los 22 que exige el art 96.1a) no estarías obligado a presentar declaración y por tanto, si no la presentas, aun obteniendo más de 1800 puedes tributar conjuntamente...

No se si me explico...estoy atacada...tanto estudiar y al final tengo más dudas que ná! aaagggr
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 12 de Febrero de 2015, 18:15:54 pm
 ;D Tranquila que los casos son sencillos, tu debes fijarte en los requisitos que los cumplan (edad y rentas) y después te vas al artículo de las reglas comunes.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 12 de Febrero de 2015, 18:22:16 pm
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;D Tranquila que los casos son sencillos, tu debes fijarte en los requisitos que los cumplan (edad y rentas) y después te vas al artículo de las reglas comunes.



Pues por eso mismo...porque en las reglas comunes no veo lo que, según el caso resuelvo, debería ser....jajajajajajajajaja :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 12 de Febrero de 2015, 18:31:30 pm
Partiendo de que el menor el de 6 años obtiene más de 1800 €
-primer supuesto individual nadie tiene derecho al mínimo
-segundo supuesto conjunta+1 padres al tener más de 1800, ese padre es el que se aplica todo el mínimo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pecadolili en 12 de Febrero de 2015, 18:37:18 pm
Yo entiendo que cuando presenta la declaración conjunta con el padre o la madre, el descendiente no presenta declaración propiamente dicha, ya que es una tributación conjunta. Sus ingresos se añaden al de la tributación familiar. Así que ya no se incumple el derecho al mínimo.
 
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jesusgomez en 12 de Febrero de 2015, 18:41:02 pm
Compañeros.as una pregunta, para el examen de derecho tributario II te permiten tener códigos y leyes? y en este sentido que textos te dejan?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 12 de Febrero de 2015, 18:43:37 pm
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Yo entiendo que cuando presenta la declaración conjunta con el padre o la madre, el descendiente no presenta declaración propiamente dicha, ya que es una tributación conjunta. Sus ingresos se añaden al de la tributación familiar. Así que ya no se incumple el derecho al mínimo.
Ahhh ok, creo que ya lo entendí.
Es como decir que la norma 2º del art. 61, basicamente se aplicará cuando descendiente presente declaración (individual).
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: volvoreta82 en 12 de Febrero de 2015, 18:46:22 pm
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Compañeros.as una pregunta, para el examen de derecho tributario II te permiten tener códigos y leyes? y en este sentido que textos te dejan?
Esto es lo que dijo el equipo docente, te copio el mensaje:
"Estimados estudiantes:

Nos han formulado varias preguntas sobre los textos legales que deben consultar en el estudio y que deben utilizar en el examen.

En la guía del curso se recomienda utilizar el "Código Tributario", editado por Aranzadi (edición del año 2014).

No obstante, pueden también encontrar las normas objeto de estudio y que deberán consultar en el examen en otros Códigos, como los siguientes:

- "Leyes y Reglamentos Tributarios. Legislación del contribuyente", editado por Tecnos (2.ª edición, 2014)

- "Código de Legislación Tributario", editado por el BOE. En relación con este último pueden ver la información sobre la edición en papel en la página

http://tienda.boe.es/detail.html?id=9788434020870

y pueden encontrar la versión actualizada y gratuita en pdf en la página

http://www.boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=049_Codigo_de_Legislacion_Tributaria&modo=1

En cambio, el "Código Tributario" editado por La Ley no recoge en papel todas las normas que serán objeto de estudio y que deberían consultar en el examen.

Atentamente,

Gerardo Menéndez"
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: niki en 12 de Febrero de 2015, 18:56:44 pm
que preguntas pusieron,¿ se que ya estan puestas pero quiero ver que opciones tenemos los de la 2
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 12 de Febrero de 2015, 19:18:25 pm
Una pregunta referida a un ejercicio que tengo de Venta de Obligaciones (25.2 Ley), en posesión periodo mayor de 2 años:
"Señalar que el art. 26.2 de la Ley IRPF indica que la reducción del 40% no resulta aplicable a este tipo de rendimientos". No lo veo, alguien sabe por qué, o hay algún error.
Gracias, Un saludo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: malomos en 12 de Febrero de 2015, 19:26:47 pm
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Vale, entiendo que a si tiene rentas superiores a 1.800 puede aplicarse el progenitor con el que tribute conjuntamente todo el mínimo. Pero obviamente, puedes ganar más de 1800 y no estar obligado, caso de obtener rendimientos de trabajo de un solo pagador por importe de 20000...como no llevas a los 22 que exige el art 96.1a) no estarías obligado a presentar declaración y por tanto, si no la presentas, aun obteniendo más de 1800 puedes tributar conjuntamente...

No se si me explico...estoy atacada...tanto estudiar y al final tengo más dudas que ná! aaagggr

Tienes razón Silvia. El hijo está obligado a declarar según art. 96.2.b. porque recibe rendimientos de capital mobiliario que superan los 1.600 euros anuales. Ahora bien, lo que sí es cierto es que no está obligado a hacerlo de una forma determinada y ahí creo que está la clave.
Una cosa es obligación de declarar y otra hacerlo de una forma concreta. Así pues, hay dos opciones:
     1º.-Si lo hace de forma CONJUNTA con uno de los progenitores y no tiene rentas anuales que superan 8.000 euros da derecho a la aplicación del mínimo por descendiente (Art. 58.1 LIRPF). Y además se hará de la siguiente forma:
                   -Si tiene renta = o inferior a 1.800 euros.......el mínimo se deduce entre padres a partes iguales
                   -Si tiene renta superior a 1800 euros....el mínimo se lo aplica íntegramente el progenitor con quien el hijo realice su declaración.

     2º.-Si la presenta de forma INDIVIDUAL y sus rentas son superiores a 1.800 euros no hay deducción. (Art. 61.2º LIRPF).

 


Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: malomos en 12 de Febrero de 2015, 19:31:05 pm
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Una pregunta referida a un ejercicio que tengo de Venta de Obligaciones (25.2 Ley), en posesión periodo mayor de 2 años:
"Señalar que el art. 26.2 de la Ley IRPF indica que la reducción del 40% no resulta aplicable a este tipo de rendimientos". No lo veo, alguien sabe por qué, o hay algún error.
Gracias, Un saludo

Te estás refiriendo al artículo 25.2 ¿pero no es el 25.4 que habla de otros rendimientos del capital mobiliario ?  :-\
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: silvia.a en 12 de Febrero de 2015, 19:38:30 pm
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Tienes razón Silvia. El hijo está obligado a declarar según art. 96.2.b. porque recibe rendimientos de capital mobiliario que superan los 1.600 euros anuales. Ahora bien, lo que sí es cierto es que no está obligado a hacerlo de una forma determinada y ahí creo que está la clave.
Una cosa es obligación de declarar y otra hacerlo de una forma concreta. Así pues, hay dos opciones:
     1º.-Si lo hace de forma CONJUNTA con uno de los progenitores y no tiene rentas anuales que superan 8.000 euros da derecho a la aplicación del mínimo por descendiente (Art. 58.1 LIRPF). Y además se hará de la siguiente forma:
                   -Si tiene renta = o inferior a 1.800 euros.......el mínimo se deduce entre padres a partes iguales
                   -Si tiene renta superior a 1800 euros....el mínimo se lo aplica íntegramente el progenitor con quien el hijo realice su declaración.

     2º.-Si la presenta de forma INDIVIDUAL y sus rentas son superiores a 1.800 euros no hay deducción. (Art. 61.2º LIRPF).

Sigo en mis 13...perdonadme...

Pues por eso mismo, porque el art 61.2ª no dice qué forma de declaración debe hacer (o no) para que genere el derecho... Sólo dice que "presente declaración"...por eso mismo, yo creo que la presente como la presente (individual o conjunta), al estar obligado, no puede el progenitor aplicarse en mínimo...

perdonarme de verdad, pero... >:( ;D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 12 de Febrero de 2015, 19:39:38 pm
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Te estás refiriendo al artículo 25.2 ¿pero no es el 25.4 que habla de otros rendimientos del capital mobiliario ?  :-\
Me refiero a Obligaciones, y considerando que el 26.2 se refiere a la reducción del 40% solo al 25.4, ¿eso significa que tampoco se reducen si fueran acciones?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: malomos en 12 de Febrero de 2015, 20:20:05 pm
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Sigo en mis 13...perdonadme...

Pues por eso mismo, porque el art 61.2ª no dice qué forma de declaración debe hacer (o no) para que genere el derecho... Sólo dice que "presente declaración"...por eso mismo, yo creo que la presente como la presente (individual o conjunta), al estar obligado, no puede el progenitor aplicarse en mínimo...

perdonarme de verdad, pero... >:( ;D

¿Y por qué no va a poder aplicarse el mínimo el progenitor  si el menor hace con él/ella la declaración conjunta?  Así está establecido en la propia página de la AEAT. Ahora bien, si el menor presenta (su declaración individual...) con rentas superiores a 1.800 euros, nadie podrá beneficiarse del mínimo por descendiente. Así pues, estando obligado o no estándolo las reglas son las mismas para la deducción por descendiente.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pedro73 en 12 de Febrero de 2015, 20:29:19 pm
necesito ayuda, haber cuando se tiene un ingreso, sea ganancia patrimonial, por rendimiento de trabajo, de capital mobiliario etc que haya que sumarle el ingreso a cuenta o retención(que veo que siempre es del 19%) porque este hay que aplicárselo al resultado de incrementar 20% del valor de coste de adquisición o coste para el pagador? este último porcentaje sale del reglamento pero no entiendo porque se hace, porfa haber si alguien me dice!!! :-\ :-\
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pecadolili en 12 de Febrero de 2015, 21:09:16 pm
Normalmente, cuando te pagan algo (por ejemplo la nómina) el pagador te hace una retención (que le da a Hacienda). Pero cuando la retribución es en especie, como no es un dinero hay que hacer un ingreso a cuenta (lo primero es difernciar estos dos conceptos retención e i. a cuenta). Para calcular el importe del ingreso a cuenta, el reglamento te dice cómo se calcula en los artículos 102 a 107 según sea una retribución en especie, una ganancia patrimonial, etc.
Espero haberte ayudado, un saludo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pedro73 en 12 de Febrero de 2015, 21:23:48 pm
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Normalmente, cuando te pagan algo (por ejemplo la nómina) el pagador te hace una retención (que le da a Hacienda). Pero cuando la retribución es en especie, como no es un dinero hay que hacer un ingreso a cuenta (lo primero es difernciar estos dos conceptos retención e i. a cuenta). Para calcular el importe del ingreso a cuenta, el reglamento te dice cómo se calcula en los artículos 102 a 107 según sea una retribución en especie, una ganancia patrimonial, etc.
Espero haberte ayudado, un saludo

si ya sé lo que es un ingreso a cuenta o retención, lo que no entiendo es el método de cálculo, ya que en la ley en el 101 establece unos porcentajes que hay que adicionar al coste, hasta haí bien, lo que no entiendo son para que sirven los art esos del reglamento que dices del 102 al 107, parece que volviese a contar lo mismo, y lo mismo no es, ya que los porcentajes no son los mismos y los hechos imponibles si, trabajo, rae, ganancias patrimoniales etc no sé si me explico
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pecadolili en 12 de Febrero de 2015, 21:46:57 pm
Ah! creo que ya te entiendo. A ver si lo entiendes como yo lo veo. En el reglamento habla de rendimiento en especie. En la ley habla de retribuciones e ingresos a cuenta cuando son rendimientos y rentas dinerarias. Yo lo entiendo así, pero igual estoy perdida...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pedro73 en 12 de Febrero de 2015, 22:09:28 pm
no sé si será asi porque en un caso de examen que habla de un premio de un coche ( renta en especie) habla de ingreso a cuenta!?

de todas formas gracias por ayudarme, poco a poco, lo malo es que falta poco!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: victorm30 en 12 de Febrero de 2015, 22:14:30 pm
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si ya sé lo que es un ingreso a cuenta o retención, lo que no entiendo es el método de cálculo, ya que en la ley en el 101 establece unos porcentajes que hay que adicionar al coste, hasta haí bien, lo que no entiendo son para que sirven los art esos del reglamento que dices del 102 al 107, parece que volviese a contar lo mismo, y lo mismo no es, ya que los porcentajes no son los mismos y los hechos imponibles si, trabajo, rae, ganancias patrimoniales etc no sé si me explico
Vamos a ver compi:
102 RIRPF
Te dice en el a) que cuando sea rendimiento del trabajo en especie, se aplica para el cálculo de la retención a cuenta, lo estipulado en el 80 del reglamento
En el b) que cuando el rendimiento del trabajo en especie consista en un ingreso  por parte de tu jefe a un plan de pensiones no hay que hacer ingreso a cuenta(esto ha caido alguna vez ojo).
103RIRPF
Apartado 1- te dice que cuando sea un rendimiento en especie procedente del capital modiliario el ingreso a cuenta será el 19% de incrementar el valor de adquisición un 20%
En español la Caixa te regala una tele valorada en 1000e por abrir una cuenta ahorro, el ingreso a cuenta será el resultado de incrementar los 1000 en 20% esto es,1200e y luego realizarle a los 1200 el 19%  esto es, 228 que será el ingreso a cuenta a practicar.
104RIRPF
caso de rendimiento de actividades económicas en especie se aplica los porcentaje del 95 del reglamento.
105RIRPF
determinados casos de ganacias patrimoniales en especie.
Premios satisfechos en especie,imagina  un periódico sortea un coche por su 100 aniversario entre sus lectores, el procedimiento es el mismo que con la tele que comente antes.
Podríamos comentar muchísimos matices pero creo que esto es lo más básico que he conseguido entender,esperemos que tengamos suerte mañana.


Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pedro73 en 12 de Febrero de 2015, 22:22:04 pm
muchísimas gracias a ámbos, ahora si lo entendí, vaya lio que yo tenia montado en la cabeza, no diferenciaba una cosa de la otra, estamos bos!!!

gracias de nuevo y suerte para mañana
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: malomos en 12 de Febrero de 2015, 23:24:20 pm
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Vamos a ver compi:
102 RIRPF
Te dice en el a) que cuando sea rendimiento del trabajo en especie, se aplica para el cálculo de la retención a cuenta, lo estipulado en el 80 del reglamento
En el b) que cuando el rendimiento del trabajo en especie consista en un ingreso  por parte de tu jefe a un plan de pensiones no hay que hacer ingreso a cuenta(esto ha caido alguna vez ojo).
103RIRPF
Apartado 1- te dice que cuando sea un rendimiento en especie procedente del capital modiliario el ingreso a cuenta será el 19% de incrementar el valor de adquisición un 20%
En español la Caixa te regala una tele valorada en 1000e por abrir una cuenta ahorro, el ingreso a cuenta será el resultado de incrementar los 1000 en 20% esto es,1200e y luego realizarle a los 1200 el 19%  esto es, 228 que será el ingreso a cuenta a practicar.
104RIRPF
caso de rendimiento de actividades económicas en especie se aplica los porcentaje del 95 del reglamento.
105RIRPF
determinados casos de ganacias patrimoniales en especie.
Premios satisfechos en especie,imagina  un periódico sortea un coche por su 100 aniversario entre sus lectores, el procedimiento es el mismo que con la tele que comente antes.
Podríamos comentar muchísimos matices pero creo que esto es lo más básico que he conseguido entender,esperemos que tengamos suerte mañana.

Disculpa que pueda intervenir compi, pero veo que manejas la materia y el tiempo me agobia  :-[. La forma de hallar los ingresos a cuenta no son los mismos como indica el artículo 102 y ss y depende de su procedencia.
En el caso de ingresos a cuenta que procedan de retribuciones dinerarias tengo un lío de cuidado ¿podrías poner algún ejemplo que tengas? Tengo este artículo 102.1 cruzado.... :-\
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: victorm30 en 13 de Febrero de 2015, 00:15:45 am
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Disculpa que pueda intervenir compi, pero veo que manejas la materia y el tiempo me agobia  :-[. La forma de hallar los ingresos a cuenta no son los mismos como indica el artículo 102 y ss y depende de su procedencia.
En el caso de ingresos a cuenta que procedan de retribuciones dinerarias tengo un lío de cuidado ¿podrías poner algún ejemplo que tengas? Tengo este artículo 102.1 cruzado.... :-\
Uff lo que pides amigo no es para estudiantes como yo y me extraña que pregunten algo tan complejo como determinar el ingreo a cuenta de los rendimientos del trabajo,pero lee los art 83 a 86 del reglamento.Pero vamos que no tengo yo tampoco muy claro este tema.
Suerte que ya acabamos el parcial.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: adodu1 en 13 de Febrero de 2015, 02:49:09 am
Bueno, a ver que tal se nos da mañana.. :-\

Mucha suerte, chiquetes!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: mnieves en 13 de Febrero de 2015, 03:20:18 am
¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡Suerte!!!!!!!!!!!!!!!

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 13 de Febrero de 2015, 08:09:47 am
Pero es a las 16, no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 13 de Febrero de 2015, 08:42:00 am
Sí, a las 16
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: agallardo167 en 13 de Febrero de 2015, 09:00:52 am
Ánimo para el examen!! Yo ya estoy saturado con tanto artículo!! Después del examen... libertad al fin!  :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pedro73 en 13 de Febrero de 2015, 10:27:43 am
como haceis para diferenciar la cesión de la nuda propiedad, o el traspaso o cesión de un local de negocio de si es del 22.1 o del 33.1? o sea, si es rendimiento de capital inmobiliario o ganancia o pérdida patrimonial?
yo creo que en algún momento del estudio lo entendí, pero lo que es ahora no doy pie con bola!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 13 de Febrero de 2015, 10:32:36 am
Yo cuando en el enunciado pone a título gratuito u oneroso me voy directo a ganancia o pérdida  :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 13 de Febrero de 2015, 10:42:34 am
Rendimiento  derivados de elementos patrimoniales que cumplan los dos siguientes requisitos:
-la titularidad debe corresponder al contribuyente (propiedad, usufructo, etc.)
-no deben estar afectos al desarrollo de una actividad.
Inmobiliarios procedentes de bienes inmuebles sean rústicos o urbanos. Ejemplo arrendar un inmueble, constituir un usufructo sobre un local de mi propiedad.
Ganancia patrimonial:
Variación del patrimonio siempre que no se considere como rendimiento.
Ejemplo venta casa, obtención de premio, etc.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pedro73 en 13 de Febrero de 2015, 11:06:50 am
gracias a los dos por contestar, lo que dices Ilse no está mal, pero no nos vale para todos los casos, aunque lo tendré en cuenta

o sea que si está afecto a rae inmediatamente lo calificamos de ganancia o pérdida, de ahí sacan lo del traspaso de local que no daba entendido

si los fáciles los entiendo, venta de inmuebles, donación etc donde me lío es cuando empiezan con la cesión, constitución, uso, disfrute etc

pe: ceder el derecho de usufructo, leyendo el 22.1 piensas directamente que es rendimiento de capital inmobiliario y parece ser que no que es ganancia o perdida patrimonial y no entiendo porque
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Carlos02 en 13 de Febrero de 2015, 11:12:58 am
Os recuerdo que al final del Código Tributario hay un Índice Analítico que nos puede ayudar en caso necesario. Pegarle un vistazo,
Suerte para todos, alea iacta est
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 13 de Febrero de 2015, 11:19:52 am
Pedro si constituyes un usufructo de un inmueble tuyo es un rendimiento, pero si lo que cedes es tu derecho de usufructo (lo enajena) es ganancia porque se produce la transmisión de ese usufructo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 13 de Febrero de 2015, 11:22:16 am
Rendimientos: arrendamiento de local, constituyes un  usufructo de ese local, vas a recibir un rendimiento por esas actividades.
Ganancia: cedes la propiedad, cedes un usufructo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pedro73 en 13 de Febrero de 2015, 11:32:23 am
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Rendimientos: arrendamiento de local, constituyes un  usufructo de ese local, vas a recibir un rendimiento por esas actividades.
Ganancia: cedes la propiedad, cedes un usufructo.


entendido!! transmites la propiedad o el derecho, ya no es tuyo; con la transmisión es una ganancia y te quedas sin el, y en el rendimiento lo sigues teniendo y recibes un dinero
gracias   :D :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 13 de Febrero de 2015, 11:34:46 am
 ;D de nada, luego distinguir si es mobiliario o inmobilario.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pedro73 en 13 de Febrero de 2015, 11:41:37 am
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;D de nada, luego distinguir si es mobiliario o inmobilario.


eso no tengo problema, lo distingo perfectamente

mucha suerte hoy que ya falta poco

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 13 de Febrero de 2015, 13:07:50 pm
Yo ya estoy licenciada, la sufrí el año pasado, en serio tranquilos que al final se queda todo en un susto.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: malomos en 13 de Febrero de 2015, 13:46:15 pm
A mí también me hará falta mucha suerte. Gracias Pravias por tus explicaciones. Entre esta y DIPrv. me quedé en los huesos  ;D ;D ;D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: higuita en 13 de Febrero de 2015, 14:20:07 pm
Vosotros ponéis lo que recomendaba el profesor Ferrandis al inicio de los casos: en el caso de que se cumpla las condiciones establecidas en la ley del impuesto....?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 13 de Febrero de 2015, 17:19:35 pm
Madre mía que cacao en todas dudaba menos en la de los 2040e y en la de is qur era el art 19,3 y puse el 19,1...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 13 de Febrero de 2015, 17:33:58 pm
He puesto que había reducción del 40, que no estaba exenta porqur era pacto y que era rendimiento del trabajo von reducción del 18irpf y  11,3 rirpf... pero no sé, me sonaba esa pregunt, aunque lo de exento no lo preguntaba  pero una cosa deriva a la otra jjj
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: b3ni en 13 de Febrero de 2015, 17:48:38 pm
Mis respuestas según artículos de las 5 primeras:
1: 17.1 y 18.1a lirpf y 11.1rirpf procede la reducción
2: art 33.5b bien particular de consumo
3: art 57  7191 eur
4: art. 25.2 y 101.4 incluirá todo y desglosado. Tb art. 26 gastos deducibles
5: art 19.3 lis teniendo en cuenta el 19.1 y 19.2

Suerte
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Pravias en 13 de Febrero de 2015, 17:51:31 pm
Qué tal os ha ido??
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 13 de Febrero de 2015, 17:55:30 pm
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Mis respuestas según artículos de las 5 primeras:
1: 17.1 y 18.1a lirpf y 11.1rirpf procede la reducción
2: art 33.5b bien particular de consumo
3: art 57  7191 eur
4: art. 25.2 y 101.4 incluirá todo y desglosado. Tb art. 26 gastos deducibles
5: art 19.3 lis teniendo en cuenta el 19.1 y 19.2

Suerte

7191? , no sé perp creo que son 2040

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Ra_chel en 13 de Febrero de 2015, 18:09:23 pm
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7191? , no sé perp creo que son 2040

Yo tengo 7191
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: fr128 en 13 de Febrero de 2015, 18:09:51 pm
la pregunta 3
Tener en cuenta que ha cambiado la ley
en mi manual de 2014 son otras a las actuales
yo he sumado a la cantida a deducir todo el mundo 5151+
12 años a 1122 euros por año (ya que tiene 87  87-75: 12)
13464+5151: 18615

A ver si alguien que lo sepa pone la operación
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 13 de Febrero de 2015, 18:16:48 pm
Vaya cabronada de examen, y menudo cacao:

1- He puesto que hay reducción y que no esta exenta
2-No se considera perdida bienes para consumo.
3- 7000 y pico
4- la que mas loco me ha vuelto, no encontraba nada y me pillaba la hora y he decidido poner la 6
5- 19.3 y demas
6- esta sujeta y no hay exención, ahora, los art en los q me basao a saber
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 13 de Febrero de 2015, 18:21:40 pm
Vale yo entendí el minimo por ascendiente, esa mal entera. Vaya cagada.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: marti_vf en 13 de Febrero de 2015, 18:23:01 pm
En el caso 3 yo he puesto 6273 (5151+1122).
Según este enlace que os dejo parece lo correctos.
"Esta cuantía asciende a 6069 euros si se tiene más de 65 años y a 6273 euros si eres mayor de 75"

http://finanzas.excite.es/declaracion-de-la-renta-conjunta.html
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 13 de Febrero de 2015, 18:24:31 pm
en mi código pone los 5000 y pico, los 900 y pico si eres mayor de 65 y 1000 y pico si eres de 75, total, 7000 y pico
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jjo en 13 de Febrero de 2015, 18:28:21 pm
Yo en la pregunta del IS he dicho que no porque el período impositivo nunca puede exceder de 12 meses (no recuerdo el art. pero sí lo he puesto en el examen) y que en 2013 habrá de practicarse un ajuste extracontable positivo para incluir este gasto indebidamente deducido. Después le he hablado de que en principio las compras de mercaderías sí eran deducibles como gastos, pero que debían estar referidas al ejercicio económico y, además, estar registradas contablemente. Creo que con lo que he dicho me la den por buena.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: priscila80 en 13 de Febrero de 2015, 18:40:33 pm
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en mi código pone los 5000 y pico, los 900 y pico si eres mayor de 65 y 1000 y pico si eres de 75, total, 7000 y pico

Art. 57

1. El mínimo del contribuyente será, con caracter general, de 5.151 euros anuales.
2. Cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 años, el minimo se aumentará en 918 euros anuales. Si la edad es superior a 5 años, el minimo se aumentará adicionalmente en 1.122 euros anuales.

Según esto yo he puesto 5.121 + 1.122 = 6.273 euros anuales


En la pregunta 1, he puesto dos opciones. Si se refiere a una indemnización he puesto que está exenta. Si se refiere a un sueldo o salario, he puesto el Art. 20.

Pregunta 2, he puesto algo de las amortizaciones....no recuerdo el articulo.
Pregunta 4, Art.25
Pregunta 5, Art. 19.3

En mi opinión este examen ha sido mas dificil que el de la primera semana.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 13 de Febrero de 2015, 18:44:12 pm
con ese adicionalmente entendí que los 900 también...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jjo en 13 de Febrero de 2015, 18:45:25 pm
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Art. 57

1. El mínimo del contribuyente será, con caracter general, de 5.151 euros anuales.
2. Cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 años, el minimo se aumentará en 918 euros anuales. Si la edad es superior a 5 años, el minimo se aumentará adicionalmente en 1.122 euros anuales.

Según esto yo he puesto 5.121 + 1.122 = 6.273 euros anuales

Pero eso es para el período impositivo 2013/14. Ha habido novedades. Yo también tengo un código de 2013 y he redondeado: mínimo 5.500 + 1.500 para mayores de 75. En total, me salían 7.000 euros, y por lo que he leído no iba muy desencaminado. En cualquier caso, más que el importe exacto, yo creo que valorarán el que sepas obtener el mínimo por contribuyente con la circunstancia añadida de que sobrepase una edad.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 13 de Febrero de 2015, 18:45:41 pm
Y es así hay que sumar los 918 a los 1122.

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con ese adicionalmente entendí que los 900 también...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: marti_vf en 13 de Febrero de 2015, 18:48:13 pm
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Art. 57

1. El mínimo del contribuyente será, con caracter general, de 5.151 euros anuales.
2. Cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 años, el minimo se aumentará en 918 euros anuales. Si la edad es superior a 5 años, el minimo se aumentará adicionalmente en 1.122 euros anuales.

Según esto yo he puesto 5.121 + 1.122 = 6.273 euros anuales

Yo he dicho que he puesto lo mismo 6273
He encontrado página Agencia Tributaria y dice que para 2014 era de  7.191 euros

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Impuesto_sobre_la_Renta_de_las_Personas_Fisicas__IRPF_/_INFORMACION/Reforma_Renta_2015/Minimo_personal_y_familiar/Minimo_del_contribuyente.shtml
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: priscila80 en 13 de Febrero de 2015, 18:48:19 pm
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Pero eso es para el período impositivo 2013/14. Ha habido novedades. Yo también tengo un código de 2013 y he redondeado: mínimo 5.500 + 1.500 para mayores de 75. En total, me salían 7.000 euros, y por lo que he leído no iba muy desencaminado. En cualquier caso, más que el importe exacto, yo creo que valorarán el que sepas obtener el mínimo por contribuyente con la circunstancia añadida de que sobrepase una edad.


Supuestamente las novedades no entraban, en el foro virtual el profesor decía que con el código del año pasado servía para este examen
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: maria84 en 13 de Febrero de 2015, 18:48:45 pm
Acabo de comprobarlo en la página de hacienda es la suma de las 3 cantidades, que habéis puesto en la 4?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Llanos en 13 de Febrero de 2015, 18:48:57 pm
He tenido dos bastante mal, por lo que veo. ¿Me corregirán el examen? Creo que una en blanco o dos muy mal es motivo para esto, aunque las otras tres estén bien.
Gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jjo en 13 de Febrero de 2015, 18:51:19 pm
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Supuestamente las novedades no entraban, en el foro virtual el profesor decía que con el código del año pasado servía para este examen

Eso lo desconocía. De todas formas, imagino que mirarán el procedimiento, al margen de las cantidades (espero).
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: priscila80 en 13 de Febrero de 2015, 18:51:34 pm
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Acabo de comprobarlo en la página de hacienda es la suma de las 3 cantidades, que habéis puesto en la 4?

Pues si es así ya la tengo mal >:(
Yo este examen nunca se por donde cogerlo....
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jjo en 13 de Febrero de 2015, 18:55:03 pm
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Acabo de comprobarlo en la página de hacienda es la suma de las 3 cantidades, que habéis puesto en la 4?

Más o menos, yo he dicho que Fermín debía integrar en su base los 1.000 euros y que la entidad tenía la obligación de practicar las retenciones aparte.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 13 de Febrero de 2015, 19:04:46 pm
el tiempo es justo, no sé por qué dejan 2hs para asignaturas tipo test de 20 preguntas y 1h30 para este tipo de exámenes, a ver el delegado que medie y proponga, no te da tiempo a repasar y vas con prisas buscando por el dichoso código...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: priscila80 en 13 de Febrero de 2015, 19:07:25 pm
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el tiempo es justo, no sé por qué dejan 2hs para asignaturas tipo test de 20 preguntas y 1h30 para este tipo de exámenes, a ver el delegado que medie y proponga, no te da tiempo a repasar y vas con prisas buscando por el dichoso código...

Yo he salido del examen pensando justo eso mismo ILSE. Es que no lo entiendo....es mi segundo año con esta asignatura y siempre suspendo porque no me da tiempo a nada y al final acabo hecha un lio.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: marti_vf en 13 de Febrero de 2015, 19:09:35 pm
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el tiempo es justo, no sé por qué dejan 2hs para asignaturas tipo test de 20 preguntas y 1h30 para este tipo de exámenes, a ver el delegado que medie y proponga, no te da tiempo a repasar y vas con prisas buscando por el dichoso código...

Totalmente de acuerdo. No se entiende.
Tampoco que tengas que seguir el orden de las preguntas. Si te encallas y con el poco tiempo  :'(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 13 de Febrero de 2015, 19:10:04 pm
Eso me ha pasado a mi, encabronado con la 4 buscando artículos al final me he ido a la sexta y así me ha salido.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 13 de Febrero de 2015, 19:11:04 pm
Yo la de la base imponible por no dejarla en blanco pues lo primero que se te ocurre y  ves en el código, después la cagada que no me ha dado tiempo a repasar y en vez de leer mínimo del contribuyetne he leído ascendiente y así mis cuentas, alas 17:13 me veo entregando el examen sin saber ni lo que he escrito.

resultado 2 bien, así que para septiembre. No somos máquinas, un poco de tiempo que necesiito pensar y buscar por favor.  :D

Y después vas a administrativo te dejan 2 horas para 20 preguntas, se tequeda cara de gilipollas
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 13 de Febrero de 2015, 19:13:09 pm
A ver como puntúan pero yo me la veo para septiembre también.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 13 de Febrero de 2015, 19:17:57 pm
Después para qué cojones quieren que copiemos el artículo, su contenido, si pones art.17. 1 a  de qué vale copiarlo literalmente, pérdida de tiempo,  así me veía yo copiando el 19.3 IS que me sudaba la mano ajajajaja

que cosa más tonta
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 13 de Febrero de 2015, 19:19:01 pm
jajaja si, tal cual me ha pasado a mi, pensando me cago en todo si poniéndole el número van sobrados
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Veruska123 en 13 de Febrero de 2015, 19:21:44 pm
Por lo que veo, lo habéis visto complicado. Si alguien es tan amable de poner las preguntas...  :)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: b3ni en 13 de Febrero de 2015, 19:23:27 pm
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la pregunta 3
Tener en cuenta que ha cambiado la ley
en mi manual de 2014 son otras a las actuales
yo he sumado a la cantida a deducir todo el mundo 5151+
12 años a 1122 euros por año (ya que tiene 87  87-75: 12)
13464+5151: 18615

A ver si alguien que lo sepa pone la operación

18615?? Quién llegara a 87 años!!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: francho79 en 13 de Febrero de 2015, 19:24:03 pm
yo al final he acabado poniendo un "resumiendo" porque oía el tic tac en mi cabeza y veía que no llegaba.
Mucha razón el que no den más tiempo y más con una materia tan densa.
os pongo, resumidito, lo que he contestado:
A la 1 que si que puede 11f RIRPF
la 2, que si, pero matizando, que luego tiene que compensar con el ingreso, en esta dudo.
la 3.7191
4.que tiene que meter en la renta la suma de los intereses y el ingreso a cuenta
5.el 19.3
y ahora a rezar y a armarse de paciencia hasta las notas
F5 F5  F5...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: priscila80 en 13 de Febrero de 2015, 19:31:39 pm
Cuanto tardan en colgar las soluciones del examen?

En la 2 creo que no es pérdida patrimonial por ser el coche un bien de consumo propio.
Yo la he liado y no se ni lo que he puesto sobre amortizaciones  :-\ Vamos una cagada en toda regla... :'(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: b3ni en 13 de Febrero de 2015, 19:31:49 pm
Si tienes las cosas claras (que es lo que quieren ver) da tiempo de sobra, en alguna no había que poner mucha parrafada y en este examen lo que no hagas en hora y media no lo haces en dos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: francho79 en 13 de Febrero de 2015, 19:32:58 pm
yo he acabado poniendo también algo de amortizaciones e integración de rentas, vamos, que me liado...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ILSE en 13 de Febrero de 2015, 19:33:45 pm
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Si tienes las cosas claras (que es lo que quieren ver) da tiempo de sobra, en alguna no había que poner mucha parrafada y en este examen lo que no hagas en hora y media no lo haces en dos

de sobra mis cojones.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: priscila80 en 13 de Febrero de 2015, 19:36:19 pm
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Si tienes las cosas claras (que es lo que quieren ver) da tiempo de sobra, en alguna no había que poner mucha parrafada y en este examen lo que no hagas en hora y media no lo haces en dos

Pues yo creo que falta tiempo, porque como dicen los compañeros ya no es tener las cosas más o menos claras. Es que tienes que buscar, tienes que copiar y tienes que pensar aunque sea un poquito. Además, hay que hacer una redacción un poco decente y que se te entienda. A eso sumale, que tienes que que ir respondiendo por orden, con lo que conlleva si te atrancas en alguna de las preguntas ya estás perdiendo tiempo...
Y por supuesto, si te pones a comparar con otros examenes no tiene explicación que dejen por ejemplo para Mercantil dos horas, que es tipo test y no muy rebuscado que digamos, y para este solo hora y media.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: francho79 en 13 de Febrero de 2015, 19:38:13 pm
He escaneado y subido el examen, espero que lo podáis ver.

https://drive.google.com/file/d/0B4ApbIkdowmUcHpBXy0zRzRIS0E/view?usp=sharing
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: marti_vf en 13 de Febrero de 2015, 19:42:54 pm
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de sobra mis cojones.

+1
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: marti_vf en 13 de Febrero de 2015, 19:45:24 pm
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He escaneado y subido el examen, espero que lo podáis ver.

https://drive.google.com/file/d/0B4ApbIkdowmUcHpBXy0zRzRIS0E/view?usp=sharing

Se ve perfecto.

Aquí las tenéis en texto.
1- Fermín y la empresa para la que trabajaba han puesto fin de mutuo acuerdo a la relación laboral. Por esta resolución del contrato la empresa satisface 10.000€ a Fermín. ¿Disfruta este rendimiento de alguna reducción por irregularidad en el IRPF?

2- Suponga que Ud. ha vendido por 10.000€ un vehículo que adquirió en 2008 por 30.000€ para su uso particular. ¿Puede computar como pérdida patrimonial en el IRPF los 20.000€ de diferencia?

3- Indique el importe exacto que procede aplicar en concepto de mínimo del contribuyente si este tiene 87 años, de acuerdo con la Ley estatal que regula el IRPF.

4- Fermín ha recibido intereses de un depósito bancario que tenía contratado. El Banco ha practicado la consiguiente retención y ha ingresado en la cuenta corriente de Fermín los intereses resultantes, que ascienden a 1.000€. ¿Qué importe debe incluir Fermín en la base imponible del IRPF?¿La cantidad íntegra, esto e, previa a la retención?¿O la cantidad neta que ha recibido en su cuenta (1.000€)?

5- Una SA ha incluido como gasto en su autoliquidación del IS correspondiente a 2013 el importe de una compra de mercaderías que realizó en 2012, pero que había olvidado incluir en la cuenta de resultados de ese ejercicio 2012. ¿ Ha procedido correctamente?

6- Guillermo, residente en Argentina, ha vendido en la bolsa española acciones emitidas por una sociedad residente en España.¿ Está sujeta la renta que obtiene al IRNR? En caso de estar sujeta, ¿es aplicable alguna exención? En su respuesta prescinda del contenido del convenio que resulte aplicable y tenga en cuenta únicamente la normativa doméstica.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jjo en 13 de Febrero de 2015, 19:48:25 pm
¡Para septiembre! Ahora, ¿no hay cosas que preguntar en la LIRPF que se tienen que ir al Reglamento? En fin...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: marti_vf en 13 de Febrero de 2015, 19:52:38 pm
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¡Para septiembre! Ahora, ¿no hay cosas que preguntar en la LIRPF que se tienen que ir al Reglamento? En fin...

¿Cuál es la del reglamento?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: jjo en 13 de Febrero de 2015, 19:56:43 pm
La 1ª, como la ha contestado Francho.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: robredo en 13 de Febrero de 2015, 19:57:13 pm
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Art. 57

1. El mínimo del contribuyente será, con caracter general, de 5.151 euros anuales.
2. Cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 años, el minimo se aumentará en 918 euros anuales. Si la edad es superior a 5 años, el minimo se aumentará adicionalmente en 1.122 euros anuales.

Según esto yo he puesto 5.121 + 1.122 = 6.273 euros anuales


En la pregunta 1, he puesto dos opciones. Si se refiere a una indemnización he puesto que está exenta. Si se refiere a un sueldo o salario, he puesto el Art. 20.

Pregunta 2, he puesto algo de las amortizaciones....no recuerdo el articulo.
Pregunta 4, Art.25
Pregunta 5, Art. 19.3

En mi opinión este examen ha sido mas dificil que el de la primera semana.

Respecto a la cantidad, coincido contigo.

Respecto a la interpretación de la indemnización, al ser un acuerdo entre partes, y no una indemización la considero una renta sujeta y no aplicable la irregularidad, pues su generación no procede de una actividad economica realizada durante varios ejercicios.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: marti_vf en 13 de Febrero de 2015, 20:36:06 pm
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Respecto a la cantidad, coincido contigo.

Respecto a la interpretación de la indemnización, al ser un acuerdo entre partes, y no una indemización la considero una renta sujeta y no aplicable la irregularidad, pues su generación no procede de una actividad economica realizada durante varios ejercicios.

Respecto a la 1. " Las cantidades percibidas en concepto de indemnización por extinción del contrato de trabajo por mutuo acuerdo tendrá para el trabajador la consideración de rendimientos íntegros del trabajo"

http://portaljuridico.lexnova.es/doctrinaadministrativa/JURIDICO/48577/consulta-vinculante-dgt-de-18-de-junio-de-2010-irpf-extincion-de-la-relacion-laboral-de-mutuo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: maria84 en 13 de Febrero de 2015, 21:54:11 pm
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Segmentos_/Ciudadanos/Discapacitados/Minimo_Personal__Familiar_y_por_Discapacidad.shtml

Aquí viene la suma del mínimo, en un cuadro abajo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: May1985 en 13 de Febrero de 2015, 21:58:32 pm
Pues yo en la 4 he puesto que es la cantidad íntegra en base al 99.5 pero vamos que ni idea!!  De resto igual: la 1 con el 18.2 y el 11 del Reglamento que si reduce el 40%, la 2 no es pérdida por ser bien de consumo,  la 3 7191€ y la 5 con el 19.3 que no procede correctamente

En cuanto al tiempo, totalmente de acuerdo, muuuuy poco!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ELESPA en 13 de Febrero de 2015, 22:01:03 pm
Pero no habíamos quedado que la norma a tener en cuenta era la que estuviese vigente al inicio del curso y que los cambios durante el mismo no se tendrían en cuenta?. Me he comprado el Código de Aranzadi con sus 55 pavos y no me ha valido de nada..... por no contener la reforma de noviembre 2014. He sumado el mínimo general 5151+1122, en cualquier caso creo que además había que sumar la cantidad correspondiente por ser además mayor de 65 años 918 euros (todas estas cantidades antes de la reforma en vigor desde enero, claro...).

La 1ª Art. 11 f) RIRPF
La 2ª  Art. 33. 5 b) no se computan perdidas las debidas al consumo
La 3ª  ya la he comentado arriba
La 4ª Art.25.2; art. 90 RIRPF y art. 93 RIRPF (base de retención sobre rendimientos de capital mobiliario será la contraprestación integra exigible o satisfecha)
La 5a art. 10 LIS (determinación de la BI) y art. 19.1 y 3 (imputación temporal de ingresos y gastos). No era fiscalmente deducible por no haberse imputado contablemente en la cuenta de perdidas y ganancias

Espero que se de bien
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: niki en 13 de Febrero de 2015, 22:04:31 pm
 :D :D :D :D este examene ha sido una locura, esta claro los de la segunda semana son mas complicados, pero en fin siempre nos quedara septiembre
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Falcone en 13 de Febrero de 2015, 22:26:25 pm
¿Nadie ha hecho el supuesto del impuesto para no residentes?...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 13 de Febrero de 2015, 22:32:32 pm
Yo, puse sujeta y no exenta
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: faranaz1 en 13 de Febrero de 2015, 22:47:26 pm
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¿Nadie ha hecho el supuesto del impuesto para no residentes?...
Hola,
Yo lo hice pero no le metí al final; es la que dejé.
Creo que es muy sencilla:
Art. 1  Estaría sujeta a tributación
Art 12.1   obtención de rentas
Art 13.1.b  sin establecimiento permenente
Art 13.1.i.1    ..cuando se deriven de valores emitidos por entidades residentes en españa"

Art 24   base imponible   según las normas del IRPF

exenciones: no hay.

Saludos
Francisco
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: faranaz1 en 13 de Febrero de 2015, 23:06:06 pm
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Pero no habíamos quedado que la norma a tener en cuenta era la que estuviese vigente al inicio del curso y que los cambios durante el mismo no se tendrían en cuenta?. Me he comprado el Código de Aranzadi con sus 55 pavos y no me ha valido de nada..... por no contener la reforma de noviembre 2014. He sumado el mínimo general 5151+1122, en cualquier caso creo que además había que sumar la cantidad correspondiente por ser además mayor de 65 años 918 euros (todas estas cantidades antes de la reforma en vigor desde enero, claro...).

La 1ª Art. 11 f) RIRPF
La 2ª  Art. 33. 5 b) no se computan perdidas las debidas al consumo
La 3ª  ya la he comentado arriba
La 4ª Art.25.2; art. 90 RIRPF y art. 93 RIRPF (base de retención sobre rendimientos de capital mobiliario será la contraprestación integra exigible o satisfecha)
La 5a art. 10 LIS (determinación de la BI) y art. 19.1 y 3 (imputación temporal de ingresos y gastos). No era fiscalmente deducible por no haberse imputado contablemente en la cuenta de perdidas y ganancias

Espero que se de bien
Hola
Coincido en las cuatro primeras pero no en la 5.
No es de aplicación aquí el segundo párrafo del art 19.3?
Es decir que es posible incluirla como gasto en el 2013 si de esto no se deriva una tributación inferior a la que se hubiera producido de haberla incluido en el 2012...
No sé, yo así lo veo
Suerte para todos
Francisco
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: pedro73 en 13 de Febrero de 2015, 23:17:35 pm
asi es, de hecho en un examen que anda por ahí daban esa respuesta, que es válido siempre que no fuese con idea que causar una tributación inferior, y yo fue la respuesta que puse
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: derechito_11 en 13 de Febrero de 2015, 23:24:00 pm
Yo también puse eso. Sino deriva una en tributacion menor puede perfectamente.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Arbotante en 13 de Febrero de 2015, 23:27:04 pm
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Hola
Coincido en las cuatro primeras pero no en la 5.
No es de aplicación aquí el segundo párrafo del art 19.3?
Es decir que es posible incluirla como gasto en el 2013 si de esto no se deriva una tributación inferior a la que se hubiera producido de haberla incluido en el 2012...
No sé, yo así lo veo
Suerte para todos
Francisco

Hola Faranaz,

Vaya tela de examen, eh !!, vaya por delante que coincido con todos aquellos que piensan que 1 hora y media se hace corta. Por otro lado, en la pregunta del IS yo también la basé en el segundo párrafo del art. 19.3, igual que tu.

En cuanto a la pregunta 3, también llevaba el código de Aranzadi del 2014 y clavé el artículo, lo copie íntegro, pero al final hice la operación sumando sólo los 2 importes......supongo que algo puntuarán, no?, a ver si vamos a llegar a la locura de que o esta perfecta o esta mal, es decir o 0 o 10 puntos, sin términos medios. Y respecto a la reforma, si es de Noviembre 2014, no pueden tenerla en cuenta porque el curso académico ya había comenzado y el programa ya estaba publicado, así como el manual y la Ley, que de hecho no recoge tal reforma.

En fin, ahora hay que desconectar y cargar las pilas unos días, así que sin agobiarse y a pasarlo bien.

Suerte a todos !!

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ELESPA en 13 de Febrero de 2015, 23:31:51 pm
Examen con muchas trampas y muy jodido
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: fr128 en 14 de Febrero de 2015, 00:03:33 am
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18615?? Quién llegara a 87 años!!!
jajjaajajaja
si que cagada , aun no se de donde me ha salido.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: baldruus en 14 de Febrero de 2015, 08:23:56 am
Pues yo para septiembre. Tengo una mal, y otra que puse más o menos lo q había que poner pero no respondí como tocaba a la pregunta.
Siempre pasa lo mismo en la UNED, o vas a la semana en la que hubieras aprobado o vas a la chunga.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: ELESPA en 14 de Febrero de 2015, 09:21:33 am
Hombre, creo yo que con una mal y otra a medias, con el resto bien no puede suponer un suspenso, no? A ver si algun aprobado cuenta su experiencia en la corrección.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Falcone en 14 de Febrero de 2015, 09:23:05 am
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Hombre, creo yo que con una mal y otra a medias, con el resto bien no puede suponer un suspenso, no? A ver si algun aprobado cuenta su experiencia en la corrección.

Dios te escuche...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: fr128 en 14 de Febrero de 2015, 11:08:26 am
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Hola,
Yo lo hice pero no le metí al final; es la que dejé.
Creo que es muy sencilla:
Art. 1  Estaría sujeta a tributación
Art 12.1   obtención de rentas
Art 13.1.b  sin establecimiento permenente
Art 13.1.i.1    ..cuando se deriven de valores emitidos por entidades residentes en españa"

Art 24   base imponible   según las normas del IRPF

exenciones: no hay.

Saludos
Francico

Yo la hice y he puesto lo mismo , tenia duda en si estaba exento o no pero lo acabo de mirar bien y efectivamente esta exento. EN lo demas coincido
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: Falcone en 14 de Febrero de 2015, 14:06:18 pm
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Yo, puse sujeta y no exenta

Basándote, ¿en qué artículo de la ley?...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: unserapio en 14 de Febrero de 2015, 16:36:26 pm
Buenas tardes tengo una duda:
En el caso de que no hayas respondido del todo bien a la pregunta, pero hayas citado bien el precepto aplicable al caso que se plantea ¿Como creéis que lo valorarán? Me pasa eso en casi todas las preguntas del examen de la primera semana por ejemplo: Puse que el padre podía tributar con el hijo solamente a parte de la madre y el otro hijo pero cité bien el artículo en lo que me equivoque fue al interpretarlo y por lo tanto en la fundamentación de la pregunta.
Que opinais?
Gracias a todos y saludos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
Publicado por: leiorgar en 14 de Febrero de 2015, 18:07:19 pm
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Yo también puse eso. Sino deriva una en tributacion menor puede perfectamente.

¡Yo también puse lo mimso!  :)

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Basándote, ¿en qué artículo de la ley?...

En esta puse que estaban exentos 1500€.
Indiqué todos los arts. 1,el 5 el 13.a y la exención la b asé en el 14.1.a que nos remite al 7 de la Ley del IRPF, ahi el 7.y)... Pero ahí ya andaba a todo correr porque no me daba tiempo... Tengo serias dudas, pero ¿Por qué dan tan poco tiempo?....  :-\