al extinguirse la servidumbre los predios sirvientes quedan libres de la misma, y no se altera en principio la propiedad, ya que es inalterable, incluso cuando la servidumbre existía no se discutía quien tenía la propiedad de la franja en cuestión, sino que ésta era una carga o gravámen impuesta al predio sirviente a favor del predio dominante. esta es mi modesta opinión. saludos.