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Autor Tema: CASO REAL URGENTE SOLUCIONES  (Leído 3617 veces)

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Desconectado llamas-nua

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CASO REAL URGENTE SOLUCIONES
« en: 21 de Octubre de 2006, 18:44:37 pm »
Un padre compra a nombre de un hijo una finca situada en zona urbana , hay tres hijos más, a la hora de hacer el reparto de la herencia los cuatro hijos reunidos estan conformes en el reparto de todos los bienes restantes del patrimonio a partes iguales,pero se les presenta el problema de la mencionada finca, una vez realizados los lotes de cada hijo la finca la dejan en alto.

El padre, se me olvidaba mencionar, en el reparto de la herencia divide entre cuatro partes iguales sin hacer uso del tercio de mejora y del tercio de libre disposición a favor de los tres hijos restantes porque considera que el tema de la finca es un problema a resolver entre los cuatro hijos .

Evidentemente los cuatro  hijos incluido el favorecido por la finca  acuerdan aceptar la decisión del padre pero deciden que esa finca sea repartida cuanto antes entre los cuatro.

Mi pregunta : Como se arregla el caso, pués en su momento se planteo que el padre mejorase con otros bienes a los tres hijos pero el padre dice que res de res repartidos todos los bienes el hermano dueño de la finca está conforme en que en su momento esto se hizo por el bien de todos, si se recurre a una Donación entre hermanos el coste del Impuesto de Donaciones es elevadísimo , si se recurre a la venta de la finca evidentemente los tres hermanos cobrarían el dinero y lo guardarían bajo sus losas lo cual es una burrada , se podría hacer una Comunidad de Bienes, pero, ¿como?.

¿Qué solución como abogado se daría a este caso?.

Por favor, rogaría soluciones el caso es urgentisimo

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B.Russell

Desconectado Osa

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Re: CASO REAL URGENTE SOLUCIONES
« Respuesta #1 en: 21 de Octubre de 2006, 21:03:44 pm »
No te entiendo llamas -nua, "compra a nombre del hijo", creo entender que la escritura está el nombre del hijo, con lo cual ese hijo es el propietario indiscutible de esa finca. Otra cosa sería el que con ese acto -pagando el padre la finca- se tuviera que resolve lo de mejoramiento...... ¿lo entiendo bien?

Desconectado Hispania

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Re: CASO REAL URGENTE SOLUCIONES
« Respuesta #2 en: 21 de Octubre de 2006, 23:42:34 pm »
Entiendo que cuando compra a "nombre de un hijo" quién adquierre es el "hijo y que la compra está formalizada mediante escritura pública y por lo tanto es una adquisición de "pleno dominio" y por lo tanto dependera en principio de la predisposición del "hijo adquirente a resolver equitativamente esa supuesta ultima voluntad del padre, respecto al reparto igual a los cuatro hijos, en otro caso se presenta, entiendo yo, un conflicto judicial de demanda de acto anulable respecto de la administración del patrimonio familiar...???

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resfriao

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Re: CASO REAL URGENTE SOLUCIONES
« Respuesta #3 en: 22 de Octubre de 2006, 10:13:26 am »
El hijo que figura en escritura es el legítimo propietario. El padre no adquirió a nombre de nadie, el hijo adquirió con dinero que a lo mejor no era suyo, pero que sin algún documento no se podría demostrar que es una deuda con la herencia si lo tomó a préstamo del padre, que es lo único que los hermanos podrían reclamar, su parte del préstamo, pues sería un activo de la masa hereditaria.

Solución fácil y barata: la venta ficticia. Escrituro un proindiviso por venta del 75% a los otros tres, otorgando carta de pago como si hubiera existido el mismo: Vendo por lo mismo que compré, asi no hay plusvalia fiscal. Impuesto, el de Transmisiones Patrimoniales por la transmision y los actos jurídicos documentados por la Escritura, mucho mas barato que una donación.

Desconectado llamas-nua

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Re: CASO REAL URGENTE SOLUCIONES
« Respuesta #4 en: 22 de Octubre de 2006, 17:49:28 pm »
Seguramente me he explicado mal, quiero decir que el padre adquirió la finca  rústica hace 25 años y se escrituró a nombre de un solo hijo (mal asesorado),bueno el caso es que ahora la finca es suelo urbano y evidentemente el único propietario es el hijo eso esta claro, pero, su deseo absoluto es repartirla lo antes posible entre sus tres hermanos , entre ellos no hay disputa afortunadamente porque sino evidentemente los otros tres no tendrían nada que hacer .

Por ello piden soluciones de como esté hermano pueda repartir la finca y aún sabiendo el coste económico de la operación que éste sea el más bajo.

Lo de la venta ficticia no lo acabo de entender recordemos que en este caso la plusvalía sería elevada ,además ellos desean expresamente que todo se haga de forma muy legal,se planteó en su momento el tema de la compraventa por los otros tres hermanos pero me piden otras posibles soluciones,de ahí lo de plantearles una Donación pero su impuesto es muy elevado,también lo de formar una Comunidad de Bienes.

Por ello  os preguntaba  si en éste foro  se encontraba alguna persona que estuviera muy metido en estos temas y querría ayudarme porque menudo enredo .

Lo que quiero que se entienda es que entre los cuatro hermanos no se ha planteado ningún conflicto,al contrario ese hermano lo que quiere es que sus hermanos tengan lo mismo que él y lo disfruten y se me dice que opción es la más aconsejable para pagar fiscalmente lo menos posible.

Gracias
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B.Russell

resfriao

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Re: CASO REAL URGENTE SOLUCIONES
« Respuesta #5 en: 22 de Octubre de 2006, 19:41:43 pm »
Una plusvalía fiscal  por la trasmisión de un inmueble  que lleva 25 años en el patrimonio de una persona nunca es tal, y me explico : es una ganancia patrimonial exenta, por lo tanto, esta es la solución (me remito a la TR de la Ley del IRPF, inmuebles adquiridos antes del 1998, si la memoria no me falla, se aplican los coeficientes reductores por años de permanencia en el patrimonio, de tal manera que los inmuebles se reducen el 11% por cada uno, siempre dato de memoria, pero que en cualquier caso, más de 25 años dan de sobra, y no tributa para el hermano propietario)

El que figura como propietario va al notario con los hermanos. Le dice al notario que les ha vendido un 25% a cada uno, y que ya ha cobrado el dinero (que no les ha cobrado, por supuesto). El notario hará una escritura de compraventa en la que figurarán, desde ese momento, los cuatro en proindiviso, y la escritura recogerá que es carta de pago al admitir el hermano propietario que ha cobrado, con lo que tampoco jamás podría reclamarles ese dinero, con una ventaja, que al no tributar por la ganancia patrimonial, puede poner valor de mercado, y asi, si lo venden, como ahí si tributarian los hermanos, la diferencia entre lo escriturado y por lo que vendan apenas pagará. Aunque eso ya va en gustos, hay quien prefiere cotizar en Renta y pagar menos ahora por las transmisiones patrimoniales

Por eso, insisto, es lo mejor. Cada hermano de los tres que no eran propietarios tendrá que hacer una liquidación de Transmisiones Patrimoniales, si no recuerdo mal, el 6 o 7% según la Comunidad Autonoma que sea, y pagarán actos jurídicos por la escritura (0,1% creo, ya digo que voy de memoria), además del Registro de la Propiedad.

Ves las ventajas frente a la donación? y todo absolutamente legal. Lo de la Comunidad de Bienes, ni plantearlo: no transfiere la propiedad, salvo donación o adquisición, asi que no resuelve nada, pues si se vendiera, solo vendería el propietario

Un saludo

Desconectado Hispania

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Re: CASO REAL URGENTE SOLUCIONES
« Respuesta #6 en: 23 de Octubre de 2006, 00:17:57 am »
llamas-nua, permíteme que no me extienda, que aprovechando la máxima (lo del Pisuerga por Valladolid), resfriao, creo que te da una respuesta acertada, especialista en Derecho Financiero y Tributario, solo añadir que en todas las operaciones de este caracter,a saber: notarias,imptos,etc.costarán dinero, pero si entre los hermanos existe la misma voluntad.."fantástico"la ventaja fundamental, es el periodo de tantos años, y el TR de la Ley del IRPF, permite la exencción, perdona no quiero repetir y reitero si me lo permite, lo que te apunte resfriao.
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Re: CASO REAL URGENTE SOLUCIONES
« Respuesta #7 en: 23 de Octubre de 2006, 15:58:56 pm »
En primer lugar estoy muy agradecida por vuestras respuestas ,solamente me queda por resolver un pequeño inconveniente y es el siguiente.

Los tres hermanos no poseen patrimonio alguno únicamente sus viviendas ,entonces; si realizan una compraventa ficticia ¿no podría la agencia tributaria teoricamente preguntarles de donde han sacado el dinero para la compra-venta?.

Es decir si en el IBI el valor catastral es de 500.000 E ,entonces no puedo escriturar por menos valor ,o si puedo? .

Muchisimas gracias.
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Desconectado Hispania

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Re: CASO REAL URGENTE SOLUCIONES
« Respuesta #8 en: 23 de Octubre de 2006, 17:55:55 pm »
una opción a reflexionar,  sería contemplar la transmisión del bién o compraventa, mediante la fórmula del "pago aplazado" al "gusto", me explico, la fórmula del pago aplazado, en la compraventa, es una operación normal y frecuente.
Ahora, se debe hacer un análisis previo de los ingresos de los distintos adquirentes para poder calcular la periodificación en años, claro, de los plazos y creo que el que tengan una vivienda cada uno es irrelevante.
El valor de escritura, teóricamente, debería tener el valor de prueba, no es la primera vez que el valor Catastral está sobre valorado, tu pactas un precio, y después posiblemente, en cualquier caso, siempre vendrá la Hacienda Autonómica, dando el valor calculado por esa administración. En fín, es un poco complejo hilar fino conociendo de primera mano el tema.
Esta opinión no pretende sentar doctrina, intenta apuntar en una posible dirección.Suerte
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Desconectado llamas-nua

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Re: CASO REAL URGENTE SOLUCIONES
« Respuesta #9 en: 24 de Octubre de 2006, 12:18:00 pm »
Gracias Hispania ,Resfriado y a todos.. uff creo que voy a necesitar un pelín de suerte de veras que esto tiene una tela .
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B.Russell

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Re: CASO REAL URGENTE SOLUCIONES
« Respuesta #10 en: 24 de Octubre de 2006, 20:00:01 pm »
Jolín...¡¡¡¡¡¡¡¡ ;D ;D ;D ;D ;D¡¡¡cuánto sabéis¡¡¡¡¡Os felicito de verdad, alegra saber que tenemos compañeros que nos pueden dar alguna ayuda de primera mano en estos casos. Saludos y mucha
suerte en todo en la vida.

                                                         Osa

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Re: CASO REAL URGENTE SOLUCIONES
« Respuesta #11 en: 25 de Octubre de 2006, 10:17:16 am »
De todas maneras, una cosa es la Base por la que tributar en IRPF o ITP y AJD, y otra es la realidad de la transacción, es decir, el importe de la venta se puede entender real el pactado por los compradores, evitas las posible explicaciones fiscales, que por otro lado dudo que te las pidan, ademas no te alejas de la realidad puedes poner como precio el coste e la compra-venta, eso si a la hora de pagar el ITP y de reflejar la exención de la ganancia patrimonial en Renta, suele ser el 1,5 del valor catastral, depende de las zonas, consulta en la notaria. El valor del documento sería distinto del ITP e IRPF eludiendo la donación.

El problema son las plusvalías de los hermanos, o pagan ahora el 6+1+1% de ITP y AJD y notaria, registro sobre el 75% del valor actual, o el día que lo vendan pagan un 15% o superior por el incremento patrimonial en IRPF sobre el mismo 75%.

Yo pondría el valor actual para minorar las plusvalías de mis hermanos, y si algún día Hacienda me preguntara por el pago, pues ya se verá, repito, no creo que pase si no hay otras cosas por ahí. Pues las informaciones fiscales de la notaria cuadrarán con la Renta.