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Autor Tema: DUDA SOBRE HERENCIA  (Leído 2600 veces)

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Ninxa

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DUDA SOBRE HERENCIA
« en: 20 de Diciembre de 2006, 21:29:53 pm »
Hola a tod@s!

Tengo una duda: si la hija de una fallecida tiene que hacer "declaración de herederos" cuando la fallecida al morir no tenía ningún bien a su nombre ya que se lo transmitió todo a su hija (única)en vida.

Agradecería si alguien que lo supiera me lo hiciera saber.

GRACIAS.
Salu2  :)


visitante

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Re: DUDA SOBRE HERENCIA
« Respuesta #1 en: 20 de Diciembre de 2006, 21:39:24 pm »
Hola

si no hay herencia, no hay nada que declarar, por tanto, nada que hacer

Saludos

Desconectado MiLe_TzN

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Re: DUDA SOBRE HERENCIA
« Respuesta #2 en: 20 de Diciembre de 2006, 22:25:29 pm »
Yo aún no he dado herencia, pero si no me equivoco, tambièn influye en qué momento se lo dio. Aunque supongo que si sólo hay una hija, pasa todo para la hija.
Abogada y Doctoranda

Desconectado Hispania

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Re: DUDA SOBRE HERENCIA
« Respuesta #3 en: 21 de Diciembre de 2006, 01:32:20 am »
Entiendo, que no, según el CC. Objetivamente: quiere decir que la HERENCIA, es la masa de bienes y relación de patrimonio o conjunto patrimonial que es objeto de sucesión (art. 659,CC), también se llama vulgarmente, remanente de bienes y derechos del causante.

La declaración de herederos, es el proceso sucesorio que tiene por objeto atribuir una herencia fijando la titularidad de los llamados a ella por falta de designación a cargo del causante.

Por lo que se desprende, que si no existe bienes o patrimonio objeto de transmisión "mortis causa", no tiene que hacer declaración de herederos.

Espero sea de utilidad, saludos
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Ninxa

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Re: DUDA SOBRE HERENCIA
« Respuesta #4 en: 21 de Diciembre de 2006, 11:51:30 am »
MUCHAS GRACIAS!!, ya lo tengo claro, lo único es que si esta hija (única) tiene los bienes a su nombre bajo cualquier título (compraventa, donación...), y en su día pagó los correspondientes impuestos de transmisión patrimonial..etc., hasta ahí todo en regla, pero: si no los tiene registrados en el Registro de la Propiedad SUPONGO que sólo tendría que registrarlos y ya está, pero tampoco tiene que hacer declaración de herederos, puesto que, como bien me habeis explicado, no hay ningún bien a nombre de la fallecida, ¿no? 
GRACIAS DE NUEVO.
Salu2 ;)

Desconectado Hispania

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Re: DUDA SOBRE HERENCIA
« Respuesta #5 en: 21 de Diciembre de 2006, 19:21:50 pm »
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MUCHAS GRACIAS!!, pero: si no los tiene registrados en el Registro de la Propiedad SUPONGO que sólo tendría que registrarlos y ya está, pero tampoco tiene que hacer declaración de herederos, puesto que, como bien me habeis explicado, no hay ningún bien a nombre de la fallecida, ¿no? 
GRACIAS DE NUEVO.
Salu2 ;)


Efectivamente Ninxa, bajo mi punto de vista e interpretación ,para tu tranquilidad, dice el art.606 CC. " Los títulos de dominio, o de otros derechos reales sobre bienes inmuebles, que no estén debidamente inscritos o anotados en el Registro de la propiedad, no perjudican a tercero."

Y  el art.1462 CC. dice: " Se entenderá entregada la cosa vendida, cuando se ponga en poder y posesión del comprador.
Cuando se haga la venta mediante escritura pública, el otorgamiento de ésta equivaldrá a la entrega de la cosa  objeto del contrato, si de la misma escritura no resultare o se dedujere claramente lo contrario."

Otro problema sería, que la compra venta se hubiera realizado mediante documento privado.

Espero sea util lo expuesto.
Un saludo muy cordial
AGUA PARA TODOS
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Ninxa

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Re: DUDA SOBRE HERENCIA
« Respuesta #6 en: 22 de Diciembre de 2006, 18:49:51 pm »
GRACIAS HISPANIA!!!
Estoy más tranquila.
FELICES FIESTAS A TOD@S!!! ;D ;D
Salu2
;)

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Re: DUDA SOBRE HERENCIA
« Respuesta #7 en: 29 de Diciembre de 2006, 11:37:53 am »
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MUCHAS GRACIAS!!, ya lo tengo claro, lo único es que si esta hija (única) tiene los bienes a su nombre bajo cualquier título (compraventa, donación...), y en su día pagó los correspondientes impuestos de transmisión patrimonial..etc., hasta ahí todo en regla, pero: si no los tiene registrados en el Registro de la Propiedad SUPONGO que sólo tendría que registrarlos y ya está, pero tampoco tiene que hacer declaración de herederos, puesto que, como bien me habeis explicado, no hay ningún bien a nombre de la fallecida, ¿no? 
GRACIAS DE NUEVO.
Salu2 ;)


Dos cosas. La declaración de herederos es necesaria en casos de sucesión intestada. En el caso que expones, si es un heredero en primera linea de sucesión directa, será suficiente con una declaración de herederos notarial.
Tal y como dices, si al momento de acceder a los bienes de la madre, la hija liquidó el impuesto correspondiente y mediante escritura pública, bien de donación bien de compraventa inscribió tal circunstancia en el regsitro de la propiedad, no será necesria tal decalración al fallecimeinto de la madre.
Ahora bien, si al recibir tales bienes, solo se hizo de facto, es decir, no se otrogó la correspondiente escritura pública ni se inscribió tal cambio de titularidad en el regsitro correspondiente, si será necesaría tal declaración de herederos como paso previo a la partición y adjudicación de herencia para una posterior inscripción registral.

Desconectado Hispania

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Re: DUDA SOBRE HERENCIA
« Respuesta #8 en: 29 de Diciembre de 2006, 12:35:04 pm »
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MUCHAS GRACIAS!!, ya lo tengo claro, lo único es que si esta hija (única) tiene los bienes a su nombre bajo cualquier título (compraventa, donación...), y en su día pagó los correspondientes impuestos de transmisión patrimonial..etc., hasta ahí todo en regla, pero: si no los tiene registrados en el Registro de la Propiedad SUPONGO que sólo tendría que registrarlos y ya está, pero tampoco tiene que hacer declaración de herederos, puesto que, como bien me habeis explicado, no hay ningún bien a nombre de la fallecida, ¿no? 
GRACIAS DE NUEVO.
Salu2 ;)


Dos cosas. La declaración de herederos es necesaria en casos de sucesión intestada. En el caso que expones, si es un heredero en primera linea de sucesión directa, será suficiente con una declaración de herederos notarial.
Tal y como dices, si al momento de acceder a los bienes de la madre, la hija liquidó el impuesto correspondiente y mediante escritura pública, bien de donación bien de compraventa inscribió tal circunstancia en el regsitro de la propiedad, no será necesria tal decalración al fallecimeinto de la madre.
Ahora bien, si al recibir tales bienes, solo se hizo de facto, es decir, no se otrogó la correspondiente escritura pública ni se inscribió tal cambio de titularidad en el regsitro correspondiente, si será necesaría tal declaración de herederos como paso previo a la partición y adjudicación de herencia para una posterior inscripción registral.

Calvario:

Por mi parte, agradezco tu opinión, pero si lees con detenimiento los dos mensajes respuestas del día 21 de Diciembre, verás que son coincidentes con el tuyo y por lo tanto me alegro ya que de esta manera se refuerzan los criterios.

Saludos
AGUA PARA TODOS
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Desconectado Calvario

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Re: DUDA SOBRE HERENCIA
« Respuesta #9 en: 29 de Diciembre de 2006, 12:42:18 pm »
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MUCHAS GRACIAS!!, ya lo tengo claro, lo único es que si esta hija (única) tiene los bienes a su nombre bajo cualquier título (compraventa, donación...), y en su día pagó los correspondientes impuestos de transmisión patrimonial..etc., hasta ahí todo en regla, pero: si no los tiene registrados en el Registro de la Propiedad SUPONGO que sólo tendría que registrarlos y ya está, pero tampoco tiene que hacer declaración de herederos, puesto que, como bien me habeis explicado, no hay ningún bien a nombre de la fallecida, ¿no? 
GRACIAS DE NUEVO.
Salu2 ;)


Dos cosas. La declaración de herederos es necesaria en casos de sucesión intestada. En el caso que expones, si es un heredero en primera linea de sucesión directa, será suficiente con una declaración de herederos notarial.
Tal y como dices, si al momento de acceder a los bienes de la madre, la hija liquidó el impuesto correspondiente y mediante escritura pública, bien de donación bien de compraventa inscribió tal circunstancia en el regsitro de la propiedad, no será necesria tal decalración al fallecimeinto de la madre.
Ahora bien, si al recibir tales bienes, solo se hizo de facto, es decir, no se otrogó la correspondiente escritura pública ni se inscribió tal cambio de titularidad en el regsitro correspondiente, si será necesaría tal declaración de herederos como paso previo a la partición y adjudicación de herencia para una posterior inscripción registral.

Calvario:

Por mi parte, agradezco tu opinión, pero si lees con detenimiento los dos mensajes respuestas del día 21 de Diciembre, verás que son coincidentes con el tuyo y por lo tanto me alegro ya que de esta manera se refuerzan los criterios.

Saludos
no pretendía ser redundante solo contestar con mi humilde conocimiento del tema.
Un saludo

Ninxa

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Re: DUDA SOBRE HERENCIA
« Respuesta #10 en: 29 de Diciembre de 2006, 18:17:51 pm »
GRACIAS NUEVAMENTE.
¡¡FELIZ AÑO 2007!!
Salu2 ;)

Desconectado Hispania

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Re: DUDA SOBRE HERENCIA
« Respuesta #11 en: 31 de Diciembre de 2006, 00:46:24 am »
Compañero Calvario, no ha sido mi intención que mi mensaje reflejara la interpretación que parece; en esto de las opiniones y añadidos a diversos criterios o distintas interpretaciones, cuando se trata de  "echar un cable" ante una duda de cualquiera de nosotros nunca sobran.
Por lo que creo que en muchas ocasiones la redundancia no es mala o no viene mal.

Lamento esa apreciación subjetiva y te pido disculpas.

Un saludo sincero.
AGUA PARA TODOS
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