En noviembre de 2005, la Mesa del Congreso votó a favor de tramitar la propuesta de reforma del Estatuto catalán, contra la que el PP presentó recurso de amparo ante el TC. En aquel recurso, el PP incluía la petición de recusación del Magistrado Pérez Tremps, acusándole de "asesorar" en la redacción del proyecto de reforma y, por tanto, de carecer de la debida imparcialidad (hay que tener encuenta que cuando el Sr. Tremps emite su informe, que no dictamen, era catedrático de D. Constitucional; aún no era magistrado del TC). El 24 de enero de 2006, el pleno del TC se opone a dicha recusación argumentando que la supuesta "asesoría" esgrimida por el PP era, en realidad, un trabajo académico. Textualmente, dice:" Un Trabajo académico, como el ya analizado y descrito, no puede justificar una sospecha fundada de parcialidad, incluso si su tesis coincidiera con la que luego es defendida por alguna de las partes". Aquella recusación, por el mismo motivo que ésta, fue rechazada por ocho votos contra tres; es decir, tres magistrados que en enero de 2006 (don Vicente Conde, don Javier Delgado y don Guillermo Jiménez) votaron por rechazar la recusación, en febrero 2007 votan por aceptarla. Curioso, muy curioso ¿verdad que si?.
Por otra parte, el Sr. Tremps anunció que renunciaría al puesto si se aceptaba esta segunda recusación. Entonces, si dimite ¿puede el gobierno nombrar otro magistrado?
Pero, además, si vemos los artículos del Estatuto catalán que el PP pretende inconstitucionales y los cotejamos con los correspondientes del proyecto de Estatuto andaluz, podemos comprobar que, unos, son copia literal y, otros, casi idénticos. Sin embargo, este Proyecto andaluz, fruto del pacto PP-PSOE, si que es constitucional para el PP.