Alguno que tenga idea de a que se refieren en la tercera práctica, que es la obligatoria, y en la que se nos dan unos fundamentos de hecho y de derecho, con lo menos 10 acusados, e intervención del ministerio fiscal, y a secas dice "realice el recurso de casación", que entenderíais, que hay que hacerlo representando a todas las partes, solo al Ministerio Fiscal, a uno concreto de los acusados, pues eso.