MECANISMO INVERSION SUJETO PASIVO EN EL SECTOR CONSTRUCCION.
REQUISITOS Y APLICACION.
Ejecución de obra, con o sin aportación de materiales, así como las cesiones de personal para su realización, consecuencia de contratos formalizados entre el promotor y el contratista, y entre contratistas y subcontratistas que tengan por objeto la urbanización de terrenos o la construcción o la rehabilitación.
La inversión del sujeto pasivo supone que la condición de sujeto pasivo se hace recaer en el adquiriente del bien o beneficiario de la prestación de servicios, en la medida que este sea un empresario o profesional que actúe como tal, debiéndose producir en tales casos la autorepercusión del impuesto: percibe la factura del transmitente del bien o prestador de servicio sin repercusión del IVA y el perceptor se autorepercute el impuesto, repercutiendo y soportando a la vez la cuota que corresponda por el tipo aplicable a la operación.
Para que en estas intervenciones se produzca inversión del sujeto pasivo es necesario que concurran todos y cada uno de los cuatro requisitos que enumeramos:
1. El destinatario de las operaciones sujetas al IVA debe actuar con la condición de empresario o profesional.
2. Las operaciones realizadas deben tener por objeto: la urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de edificaciones.
Las operaciones realizadas deben tener la naturaleza jurídica de ejecución de obra, con o sin aportación de materiales, incluida la cesión de personal necesario para su realización.
Estas operaciones responden a contratos directamente formalizados entre el promotor y el/los contratistas principales. También se producirá inversión de sujeto pasivo en los casos de ejecución de obra y cesión de personal efectuada para el contratista principal u otros subcontratistas, que sean causa de un contrato principal, que tenga por objeto la urbanización de terrenos o la construcción o la rehabilitación de edificaciones
El cumplimiento de estos cuatro requisitos deberá constatarse cada vez que se emita una factura en la cadena: SUBCONTRATISTAS——– CONTRATISTAS PRINCIPALES—PROMOTOR.
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Yo tampoco lo entiendo mucho, si te sirve de consuelo.