;

Autor Tema: Derecho Financiero y Tributario II  (Leído 73029 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado jsoriguer1

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 847
  • Registro: 28/08/08
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #400 en: 28 de Mayo de 2015, 12:21:01 pm »
La última, la venta por un particular de un coche usado ¿tributa por ITPO?


Saludos


Desconectado diatomeax

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 350
  • Registro: 24/05/10
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #401 en: 28 de Mayo de 2015, 14:26:47 pm »
Si, art 7. 1. A. Transmision onerosa por actos inter vivos...
Sera en este caso el el sujeto pasivo segun el art 8.1 a) el adquiriente. Es correcto lo que digo?
panta rei

Desconectado diatomeax

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 350
  • Registro: 24/05/10
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #402 en: 28 de Mayo de 2015, 14:33:27 pm »
Duda: cuales son los medios de pago que se pueden utilizar para sarisfacer el gravamen? Pregunta de junio segunda semana muchas gracias
panta rei

Desconectado rogelt

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 147
  • Registro: 04/11/05
  • www.uned-derecho.com
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #403 en: 28 de Mayo de 2015, 15:00:38 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Duda: cuales son los medios de pago que se pueden utilizar para sarisfacer el gravamen? Pregunta de junio segunda semana muchas gracias
Utilizacion de efectos timbrados (art 12.1 TRLITP)

Desconectado jsoriguer1

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 847
  • Registro: 28/08/08
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #404 en: 29 de Mayo de 2015, 13:10:47 pm »
oeeeee oeeeeee oeeeee oeee oaaa OEEEEE OEEEE OEEEE OAAA !!! Examen accesible, sin duda, lo he pasado.

Gracias a todos


Desconectado jolagran

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 99
  • Registro: 27/09/07
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #405 en: 29 de Mayo de 2015, 14:14:47 pm »
Me alegro de que te haya salido bien .   ;)

Podrías colgar los enunciados de las preguntas, por favor ?

Gracias !!!!!!!!!!

Desconectado rogelt

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 147
  • Registro: 04/11/05
  • www.uned-derecho.com
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #406 en: 29 de Mayo de 2015, 14:32:52 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Me alegro de que te haya salido bien .   ;)

Podrías colgar los enunciados de las preguntas, por favor ?

Gracias !!!!!!!!!!
pásate por el foro de grado
No puedes ver los enlaces. Register or Login

Desconectado raincrou

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 124
  • Registro: 12/10/08
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #407 en: 29 de Mayo de 2015, 15:00:37 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
oeeeee oeeeeee oeeeee oeee oaaa OEEEEE OEEEE OEEEE OAAA !!! Examen accesible, sin duda, lo he pasado.

Gracias a todos

Enhorabuena¡¡¡¡ yo no digo na hasta que este a nota que despues me llevo el palo¡¡¡ :D

Desconectado jsoriguer1

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 847
  • Registro: 28/08/08
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #408 en: 29 de Mayo de 2015, 17:09:46 pm »
Tienes zazón, pero de tanto que la temía no he podido evitar el alegrón!

1.   Una SA que se dedica a la venta de libros ha adquirido un ordenador por un precio de 2.000 € para gestionar los pedidos. La sociedad ha vendido el ordenador a los dos años de comprarlo ¿Procede practicar en relación con ese ordenador la regularización de la deducción a que se refiere el art. 110 LIVA.
2.   Una SA se dedica tanto al arrendamiento de viviendas como a lal venta de ordenadores, actividades que tienen asignados grupos diferentes en la clasificación nacional de actividades económicas ¿qué método deberá utilizar para determinar las cuotas de IVA deducibles?
3.   Un odontólogo destina a su uso personal un utensilio que había adquirido para su consulta privada. ¿Está realizando un autoconsumo sujeto al IVA?
4.   Un funcionario público arrienda una plaza de garaje que ha heredado ¿Está gravado por el IVA el arrendamiento?
5.   Juan, profesor de un colegio público y residente en Madrid, ha vendido a un profesor amigo suyo que reside en Múnich coche que compró hace dos meses. Juan se encarga del transporte del vehículo a Alemania. ¿Queda esta venta sujeta al IVA?. En caso de estar sujeta, es aplicable alguna exención?
6.   Pedro ha recibido un préstamo de su hermano, documentándose la operación en una escritura pública ¿ Está gravada esta escritura por la cuota variable (gradual) del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados?

Desconectado alberto8051

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 568
  • Registro: 29/07/04
  • ¡Amo YaBB SE!
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #409 en: 30 de Mayo de 2015, 16:24:31 pm »
A ver, una ayudita a los de la primera semana. Toco ahora por primera vez el material de FyT2, para presentarme la segunda semana. Me he leído únicamente los "consejos" de Vivero, donde viene la estructura de la asignatura y de los impuestos y poco mas.

¿Me aconsejáis repasar primero la teoría de Vivero (un monton de paginas) o ir directamente a hacer casos como un loco (los de Vivero también)?

Gracias

Desconectado Veruska123

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1827
  • Registro: 27/06/13
  • www.uned-derecho.com
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #410 en: 31 de Mayo de 2015, 10:23:19 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
A ver, una ayudita a los de la primera semana. Toco ahora por primera vez el material de FyT2, para presentarme la segunda semana. Me he leído únicamente los "consejos" de Vivero, donde viene la estructura de la asignatura y de los impuestos y poco mas.

¿Me aconsejáis repasar primero la teoría de Vivero (un monton de paginas) o ir directamente a hacer casos como un loco (los de Vivero también)?

Gracias

Casos, casos y más casos prácticos  ;)

Desconectado alberto8051

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 568
  • Registro: 29/07/04
  • ¡Amo YaBB SE!
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #411 en: 31 de Mayo de 2015, 13:31:58 pm »
Muuuuuchas gracias

Desconectado miguel771

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 58
  • Registro: 25/09/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #412 en: 05 de Junio de 2015, 17:33:18 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Casos, casos y más casos prácticos  ;)
En mi opinión si empiezas directamente con los casos no te enteras de nada a no ser que ya sepas algo del tema, yo creo que primero una lectura y un esquema de la la Ley, y después a tope con los casos, un saludo  ;)

Desconectado Pablana

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 343
  • Registro: 28/09/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #413 en: 11 de Junio de 2015, 17:25:33 pm »
Alguien sigue algún esquema para resolver los casos? me vendría genial...

Desconectado santiagohr2001

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 155
  • Registro: 21/09/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #414 en: 11 de Junio de 2015, 17:32:59 pm »
Yo empiezo siempre por mencionar el hecho imponible (ar 4), concepto profesional art 5, calificarlo como entrega bienes o servicios art 8 o 11, tambien podemos poner el 3 territorialidad, devengo el 75 y base imponible el 78, luego sujeto pasivo el 84 repercusion el 88 y tipo impositivo el 90.
Esto vale para ir manejando todos los articulos aunque en los ultimos examenes las respuestas son a preguntas concretas, pero si te acostumbras a hacerlos así siempre podrás decir algo.

Desconectado Pablana

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 343
  • Registro: 28/09/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #415 en: 11 de Junio de 2015, 17:39:05 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Yo empiezo siempre por mencionar el hecho imponible (ar 4), concepto profesional art 5, calificarlo como entrega bienes o servicios art 8 o 11, tambien podemos poner el 3 territorialidad, devengo el 75 y base imponible el 78, luego sujeto pasivo el 84 repercusion el 88 y tipo impositivo el 90.
Esto vale para ir manejando todos los articulos aunque en los ultimos examenes las respuestas son a preguntas concretas, pero si te acostumbras a hacerlos así siempre podrás decir algo.

Muchas gracias!!!!!!y suerte  ;)

Desconectado alguacila

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 146
  • Registro: 24/01/08
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #416 en: 12 de Junio de 2015, 10:13:48 am »
1.- Un constructor factura al promotor de un local comercial las obras realizadas. ¿Debe el
constructor repercutir al promotor el IVA que se devenga por estas obras de construcción del
inmueble?
En la operación señalada se produce la inversión del sujeto pasivo del IVA. En efecto, de acuerdo
con la letra f) del artículo 84.uno.2.º LIVA, en las ejecuciones de obra consecuencia de contratos
directamente formalizados entre el promotor y el contratista que tenga por objeto la construcción de
edificaciones será sujeto pasivo el empresario o profesional para quien se realicen las operaciones, esto
es, el promotor. En consecuencia, el constructor no repercutirá la cuota del IVA al promotor.

Hola, esto no lo acabo de entender. El constructor creo yo que si que repercutirá el iva al promotor y más dado que los dos son empresarios.

Me podeis ayudar Gracias!!!!!!!

Suerte en los exámenes. :)

Desconectado cipotegato

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 196
  • Registro: 06/02/11
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #417 en: 12 de Junio de 2015, 10:29:38 am »
Resultará de aplicación cuando se reúnan los siguientes requisitos:
El destinatario de las operaciones debe actuar con la condición de empresario o profesional.
Las operaciones realizadas deben tener por objeto la urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de edificaciones.
Las operaciones realizadas deben tener la naturaleza jurídica de ejecuciones de obra, con o sin aportación de materiales, incluida la cesión de personal necesario para su realización.
Tales operaciones deben ser consecuencia de contratos directamente formalizados entre el promotor y el o los contratistas principales, cualquiera que sea la forma oral o escrita de los contratos celebrados. La inversión del sujeto pasivo también se producirá, en los casos de ejecuciones de obra y cesiones de personal efectuadas para el contratista principal u otros subcontratistas, cuando las mismas sean consecuencia o traigan causa en un contrato principal, que tenga por objeto la urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de edificaciones.

Sacado de la Agencia Tributaria

Desconectado tempus fugit

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 343
  • Registro: 03/01/11
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #418 en: 12 de Junio de 2015, 10:38:49 am »
MECANISMO INVERSION SUJETO PASIVO EN EL SECTOR CONSTRUCCION.

REQUISITOS Y APLICACION.

Ejecución de obra, con o sin aportación de materiales, así como las cesiones de personal para su realización, consecuencia de contratos formalizados entre el promotor y el contratista, y entre contratistas y subcontratistas que tengan por objeto la urbanización de terrenos o la construcción o la rehabilitación.

La inversión del sujeto pasivo supone que la condición de sujeto pasivo se hace recaer en el adquiriente del bien o beneficiario de la prestación de servicios, en la medida que este sea un empresario o profesional que actúe como tal, debiéndose producir en tales casos la autorepercusión del impuesto: percibe la factura del transmitente del bien o prestador de servicio sin repercusión del IVA y el perceptor se autorepercute el impuesto, repercutiendo y soportando a la vez la cuota que corresponda por el tipo aplicable a la operación.

Para que en estas intervenciones se produzca inversión del sujeto pasivo es necesario que concurran todos y cada uno de los cuatro requisitos que enumeramos:

1. El destinatario de las operaciones sujetas al IVA  debe actuar con la condición de empresario o profesional.
2.  Las operaciones realizadas deben tener por objeto: la urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de edificaciones.
Las operaciones realizadas deben tener la naturaleza jurídica de ejecución de obra, con o sin aportación de materiales, incluida la cesión de personal necesario para su realización.
Estas operaciones responden a contratos directamente formalizados entre el promotor y el/los contratistas principales. También se producirá inversión de sujeto pasivo en los casos de ejecución de obra y cesión de personal efectuada para el contratista principal u otros subcontratistas, que sean causa de un contrato principal, que tenga por objeto la urbanización de terrenos o la construcción o la rehabilitación de edificaciones
El cumplimiento de estos cuatro requisitos deberá constatarse cada vez que se emita una factura en la cadena:   SUBCONTRATISTAS——– CONTRATISTAS PRINCIPALES—PROMOTOR.

No puedes ver los enlaces. Register or Login

Está más extenso en esta web. os dejo enlace.
Yo tampoco lo entiendo mucho, si te sirve de consuelo.

Desconectado santiagohr2001

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 155
  • Registro: 21/09/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Derecho Financiero y Tributario II
« Respuesta #419 en: 12 de Junio de 2015, 10:57:01 am »
Bien explicado, si lo piensas bien lo pillas, basicamente, que el que hace el servicio (ejecutor de la obra) factura sin iva, y que el que lo recibe (promotor) factura se autoreperctue el iva, lo repercute si es el caso o lo deduce si no.