La baja laboral no tiene nada que ver con la baja que tengas a efectos judiciales, ésta se establece según los días que el Médico Forense certifique que has estado impedido para tus ocupaciones habituales. Los días pueden ser impeditivos y no impeditivos y en función del número y del carácter que tengan son indemnizados en mayor o menor medida. Por otra parte también se pueden reclamar todos los gastos que se hayan originado, transporte, medicinas, etc. e incluso daños morales por el sufrimiento padecido. Si queda alguna cicatriz el Médico forense la reflejará y describirá porque tiene concepto de secuela y por tanto también es objeto de indemnización.
Para denunciar no necesitas ningún formulario, o bien te la recoge la policía o la presentas tú por escrito en el juzgado donde no te van a pedir ningún requisito de forma especial, como te apunté más arriba la diriges al juzgado de guardia con tus datos personales (nombre y apellidos, domicilio, DNI) y que formulas denuncia contra quien y luego expones los hechos.
Posteriormente te llamarán del juzgado para que te vea el médico forense y hacerte el ofrecimiento de acciones ( eso es para preguntarte si reclamas o no). También te recomiendo ponerte en contacto con los servicios jurídicos municipales para intentar llegar a un arreglo sin tener que celebrar juicio. Si no hay acuerdo ya sabes que tienes esos meses para denunciar y que a tiempo de renunciar, si hay acuerdo, estás siempre. Si el juez considerase que no hay responsabilidad penal te reservarías las acciones civiles que te permiten interponer una demanda en reclamación de esas lesiones y daños pudiendo solicitar el beneficio de justicia gratuita si no tienes medios. Ah! y si pones denuncia en el juzgado no hace falta que vayas a ponerla a comisaría y viceversa.
Espero haberte aclarado algo.