Bueno , una prueba de hecho entiendo que es presentar datos que demuestren veracidad , la verdad. Por ejemplo , documentos públicos, o privados en determinados casos , o testigos, o la pericial (péritos) .Y por prueba de derecho creo que es demostrar la existencia del derecho , de la norma, pero se supone que el el Juez conoce el derecho, luego no es obligatorio. Eso es lo que interpeto yo , pero no estoy seguro porque hace tiempo que no miro nada. Un saludo. A ver si alguién lo aclara , que es muy interesante pregunta. Gracias.