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Autor Tema: EEUU: ejemplo de locura penal.  (Leído 19888 veces)

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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #40 en: 28 de Diciembre de 2009, 14:24:26 pm »
Se trata, efectivamente, de un muy interesante y complicado caso de Derecho Internacional privado. Precisamente, nunca debió ir más allá de este ámbito. Ante la complejidad del mismo, y en vista de que no iba ser posible un acuerdo ni juducial ni extrajudicial, no hubiese estado de más, siempre a mi entender, una "Convención de debate y solución de la controversia" en el que se sentaran las siguientes partes en conflicto e intervinientes:

1. Representantes diplomáticos y judicales de EEUU.
2.Representantes diplomáticos y judiciales de España.
3.Algún mediador de la Haya imparcial.
4.Padre y sus abogados.
5.Madre y sus abogados.

Evidentemente, supone unos costes considerables, pero me da igual, puesto que se trata de un derecho fundamental el derecho a la asistencia y la tutela. Si pagamos impuestos es, entre otras muchas cuestiones, para que el Estado y las Instituciones nos solucionen problemas de cierta naturaleza.

El caso no debió nunca acabar en la vía penal, por ser de fondo una cuestión de Derecho privado, que, además, resulta que es nada clara acerca de la normativa internacional aplicable en la materia.

Y, si no resulta claro en materia privada, acerca de quién tenía la competencia (EEUU o España), así como tampoco acerca de quién estaba legal y legítimamente autorizado para estar con la niña en régimen de custodia, jamás un Estado (en este caso EEUU) puede imputar un tipo delictivo, como podría ser "secuestro" por parte de la madre, o desacato a resolución judicial EEUU por parte de la madre. Aún con todo, siempre están los principos del sentido común, la proporcionalidad y la equidad........catorce años de prisión le han metido a esta señora, tal cual homicida dolosa se tratase.

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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #41 en: 28 de Diciembre de 2009, 14:27:39 pm »
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Me ha faltado escribir esto:

¿Te imaginas lo que pueden pensar los americanos de un país, como España, que ejecuta civilmente acuerdos de tribunales eclesiásticos? Porque la nulidad canónica católica también existe en EE.UU., por supuesto, pero nunca con efectos civiles.

Y una cosa en cuanto a la pena de muerte de EEUU. Nueva Jersey no ha ejecutado a nadie desde 1976, aunque la pena se reinstauró en 1982. El Gobernador actual está en contra.

Las últimas ejecuciones del franquismo tuvieron lugar en septiembre de 1975.

Sí bueno, sólo faltó que la sentencia fuese de pena de muerte para la madre, así se quitan el problema los EEUU para los restos.

Es irrelevante, a mi entender, que haya pena de muerte en cinco "Estados" de los EEUU, o que la haya sólo en uno o en doce, la cuestión es que está dentro de las posbilidades penales de EEUU.
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #42 en: 29 de Diciembre de 2009, 00:20:40 am »
Hola de nuevo, me perdonareis que vuelva a dar mi opinion, pero desde mi punto de vista, se esta desenfocando un poco todo este tema. No es por criticar, pero por lo que veo, aqui cada cual esta tratando de arrimar el ascua a su sardina y llevándolo todo al terreno político, cuando estamos hablando, no lo olvidemos, de un contencioso de Derecho InternacionaL PRIVADO.

Tambien por lo que veo, hay un vivísimo interés en culpar al Gobierno español. ¿Pero es que nunca vamos a entender que, sea del color que sea, un Gobierno no puede llegar absolutamente a todo?. Estamos hablando de un contencioso entre dos particulares de los que se da la circunstancia de que son de distintas nacionalidades...si cada Gobierno de cada Estado tuviese que socorrer a cada nacional suyo juzgado en el extranjero, apañados vamos.

Parecemos olvidar, tambien, dos cosas fundamentales:
1.- La ULTIMA RESIDENCIA común de esas personas y de su hija es USA, por lo tanto, en teoria la competencia es de ellos, mas concretamente del estado de New Jersey.

2.- Esta señora, como bien decia Drop, hizo una descarada eleccion de foro, creyendo que con eso salia favorecida dada la filosofia juridica garantista de los derechos inherentes a la maternidad que tenemos en España, filosofia que creo que aqui es necesaria, o lo era hasta hace muy poco, debido a la situacion de inferioridad civil teorica y practica padecida por la mujer hasta hace solo 30 años... pero que parece ser que por suerte en USA han podido superar dadas sus circunstancias. No sere yo quien defienda ese sistema judicial, para mi gusto arcaico y barbaro en muchas cosas, pero cuando las cosas se hacen bien, al Cesar lo que es del Cesar.

Ahora, os lo planteo desde otra perspectiva: imaginaos que me caso, tengo un hijo y me separo a tortas con mi conyuge, me dan la custodia de mi hijo y decido darle a la susodicha donde mas le duele, cojo un vuelo y me lo llevo a, por ejemplo, Zimbabwe porque alli me siento mas protegido (pongamos por caso que no existiese tratado de extradicion con ese pais, o que alli mi accion no seria considerada delito y me harian heroe nacional). ¿Estariais de acuerdo con esa accion?. ¿Estariais de acuerdo conque prive a mi hijo de su madre aunque ella solo tenga el derecho de visita?.

Pues, por favor, dejemonos de hacer el ciego, y obviemos por un momento que ella es española, el un yanqui, y que de paso podemos aprovechar para poner verde y dar leña al Gobierno. Es decir, dejemos a un lado nuestras filias y fobias personales y seamos juristas ecuanimes, que se supone que es lo que se pide de nosotros, porque no somos abogados contratados por ninguna de las dos partes.
Una vez hecho esto, decidme quien "tiene la culpa",  quien ha cometido tecnicamente un delito y quien no.

¿Pena desproporcionada?. ¡ Por supuesto¡, es una barbaridad... para nuestros parametros de justicia, que nunca hay que creer, como en las religiones, que la nuestra es la unica y verdadera. Dicho esto, esta claro que con el tiempo de pena se han pasado tres pueblos, esta mujer no es una asesina, terrorista, violadora, pederasta u otra barbaridad, solo una madre que ha obrado rematadamente mal desde el principio hasta el final, y esta pagando por ello.

¿La solucion?, hay quien ya la ha aportado aqui. Lamentablemente, las personas se condenan o salvan por sus actos. Si yo fuera juez, y no estuviese sujeto mas que a mi propio fuero, decretaria lo siguiente: la custodia de la menor, para el padre (puesto que la madre se ha descalificado por su actuacion), regimen de visitas lo suficientemente amplio para la madre, pero siempre dentro del estado en el que resida la menor; fijacion de la residencia, en principio corresponderia al padre salvo comun acuerdo (que veo casi imposible a estas alturas). En cuanto a la pena de carcel ,muchas personas han sufrido ya mas de lo imprescindible, y el propio interes de la menor exige dar por cumplida la pena y que la madre sea liberada. Ojala la pequeña Victoria pueda ver pronto a sus dos padres y estar con ellos... a riesgo de ser sensiblero, eso es lo unico importante.

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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #43 en: 29 de Diciembre de 2009, 00:37:46 am »
NO, siento discrepar, se TRATABA de una cuestión de Derecho Internacional privado, pero que acabó en la vía penal (sin ser claro qué tipo delictivo ha cometido esta mujer), y con un PENA (sanción) totalmente desproporcionada.

NO, por lo que a mi respecta, argumenté respecto a Derecho Internacional privado, respecto a que se trataba de una cuestión de fondo de Derecho de familia, respecto a que hay una cuestión final penal (que era el planteamiento del hilo), respecto a principios generales del derecho (universales y del derecho penal moderno), respecto a una cuestión también de diplomacia internacional (Derecho internacional público, puesto que hay contradicción de resoluciones) y, obviamente, todo eso no es político, sino jurídico.

NO, no se trata de cuestión reivindicativa política, sino reivindicativa de justicia, de sentido común, de equidad, de proporcionalidad, de analizar modos de resolución de controversias menos salvajes etc , todo eso es jurídico.

NO, en ni un sólo post de los emitidos por mí no he argumentado, con mayor o menor acierto, con fundamentos jurídicos. Luego se podrá estar en acuerdo o desacuerdo, pero está fundamentado jurídicamente cuanto he expuesto.


Eso es como si digo yo que "se está llevando el terreno a cuestiones misógenas", NO, no lo puedo decir. Vosotros argumentáis con vuestros arguementos, y yo con los míos, pero jurídicos.

Siento discrepar DARIO, y que te parezca, al parecer, lo más normal del mundo que le metan a una persona (mujer/madre) nada más y nada menos que catorce años de prisión por una cuestión de fondo de Derecho de familia.

Un saludo cordial.
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #44 en: 29 de Diciembre de 2009, 00:50:35 am »
Dije en más de una ocasión y repito ahora, aunque como casi siempre en vano: no tenemos autoridad alguna para juzgar el sistema judicial de USA, teniendo el que tenemos. A diferencia de aquí, allí si tienen separación de poderes: en todos los órdenes, desde el religioso al político pasando por el judicial (y los tres ámbitos independientes entre sí, no como aquí) desempeña un papel fundamental el pueblo. Aquí los poderes políticos, judicial y religioso son gobernados por los déspotas.

En cuanto a la proporcionalidad, eso depende siempre de un canon de comparación válido: si comparamos un homicidio castigado con 15 años aqui, con un secuestro castigado allí, antes se requiere examinar si los 15 años de aquí, (y bajando) están bien. La incongruencia es doble, si además decimos que somos nosotros los que nos hemos equivocado. No podemos decir que nuestro sistema no es correcto y utilizarlo como canon de comparación, para decir que la pena de allí es equivocado. Si será incorrecta la pena de ahí, lo será de por sí, no en comparación con un sistema que juzgamos incorrecto. (España).

No conozco el caso y por tanto, no puedo juzgar la proporcionalidad de la medida. Lo que sí digo es que no es correcto compararlo con una pena española que consideramos incorrecta, ni que pueda este caso servir como enmienda a la totalidad a un sistema judicial donde participa el pueblo y está establecida la separación de poderes.
La madurez, el talento y la sabiduría no tienen ni edad, ni sexo, ni jerarquía.

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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #45 en: 29 de Diciembre de 2009, 00:58:29 am »
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NO, siento discrepar, se TRATABA de una cuestión de Derecho Internacional privado, pero que acabó en la vía penal (sin ser claro qué tipo delictivo ha cometido esta mujer), y con un PENA (sanción) totalmente desproporcionada.

NO, por lo que a mi respecta, argumenté respecto a Derecho Internacional privado, respecto a que se trataba de una cuestión de fondo de Derecho de familia, respecto a que hay una cuestión final penal (que era el planteamiento del hilo), respecto a principios generales del derecho (universales y del derecho penal moderno), respecto a una cuestión también de diplomacia internacional (Derecho internacional público, puesto que hay contradicción de resoluciones) y, obviamente, todo eso no es político, sino jurídico.

NO, no se trata de cuestión reivindicativa política, sino reivindicativa de justicia, de sentido común, de equidad, de proporcionalidad, de analizar modos de resolución de controversias menos salvajes etc , todo eso es jurídico.

NO, en ni un sólo post de los emitidos por mí no he argumentado, con mayor o menor acierto, con fundamentos jurídicos. Luego se podrá estar en acuerdo o desacuerdo, pero está fundamentado jurídicamente cuanto he expuesto.


Eso es como si digo yo que "se está llevando el terreno a cuestiones misógenas", NO, no lo puedo decir. Vosotros argumentáis con vuestros arguementos, y yo con los míos, pero jurídicos.

Siento discrepar DARIO, y que te parezca, al parecer, lo más normal del mundo que le metan a una persona (mujer/madre) nada más y nada menos que catorce años de prisión por una cuestión de fondo de Derecho de familia.

Un saludo cordial.

No es una cuestión sólo de Derecho Internacional Privado, el secuestro de menores es un delito. El DIPR regula las cuestiones de competencia internacional y de determinación de la ley aplicable. Siendo la norteamericana la ley aplicable a juicio del Tribunal, (correcto o incorrecto eso es otro asunto) el caso pasa entonces a ser una cuestión penal. El jurado debe declarar si es inocente o culpable, y luego el juez imponer la pena que esté establecida.
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #46 en: 29 de Diciembre de 2009, 01:02:26 am »
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Dije en más de una ocasión y repito ahora, aunque como casi siempre en vano: no tenemos autoridad alguna para juzgar el sistema judicial de USA, teniendo el que tenemos. A diferencia de aquí, allí si tienen separación de poderes: en todos los órdenes, desde el religioso al político pasando por el judicial (y los tres ámbitos independientes entre sí, no como aquí) desempeña un papel fundamental el pueblo. Aquí los poderes políticos, judicial y religioso son gobernados por los déspotas.

En cuanto a la proporcionalidad, eso depende siempre de un canon de comparación válido: si comparamos un homicidio castigado con 15 años aqui, con un secuestro castigado allí, antes se requiere examinar si los 15 años de aquí, (y bajando) están bien. La incongruencia es doble, si además decimos que somos nosotros los que nos hemos equivocado. No podemos decir que nuestro sistema no es correcto y utilizarlo como canon de comparación, para decir que la pena de allí es equivocado. Si será incorrecta la pena de ahí, lo será de por sí, no en comparación con un sistema que juzgamos incorrecto. (España).

No conozco el caso y por tanto, no puedo juzgar la proporcionalidad de la medida. Lo que sí digo es que no es correcto compararlo con una pena española que consideramos incorrecta, ni que pueda este caso servir como enmienda a la totalidad a un sistema judicial donde participa el pueblo y está establecida la separación de poderes.
[/quoque

¿Y tenemos autoridad para hablar de principios universales de la persona?. Son universales.

¿Y tenemos autoridad para hablar y juzgar, como otras muchas veces lo hemos hecho, sobre el Derecho talibán?. Porqué del Derecho talibán sí, y del Derecho EEUU no se puede.

A mí, el poder y del Estado me la refanfinfla, porque la "la verdad es la verdad, la diga el Rey, o su porquero", que es el que le cuida los cerdos al poderoso Rey.

Como futuro jurista busco la recta razón, y la justicia de fondo, sin atender a quien me enfrente.
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #47 en: 29 de Diciembre de 2009, 01:05:46 am »
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NO, siento discrepar, se TRATABA de una cuestión de Derecho Internacional privado, pero que acabó en la vía penal (sin ser claro qué tipo delictivo ha cometido esta mujer), y con un PENA (sanción) totalmente desproporcionada.

NO, por lo que a mi respecta, argumenté respecto a Derecho Internacional privado, respecto a que se trataba de una cuestión de fondo de Derecho de familia, respecto a que hay una cuestión final penal (que era el planteamiento del hilo), respecto a principios generales del derecho (universales y del derecho penal moderno), respecto a una cuestión también de diplomacia internacional (Derecho internacional público, puesto que hay contradicción de resoluciones) y, obviamente, todo eso no es político, sino jurídico.

NO, no se trata de cuestión reivindicativa política, sino reivindicativa de justicia, de sentido común, de equidad, de proporcionalidad, de analizar modos de resolución de controversias menos salvajes etc , todo eso es jurídico.

NO, en ni un sólo post de los emitidos por mí no he argumentado, con mayor o menor acierto, con fundamentos jurídicos. Luego se podrá estar en acuerdo o desacuerdo, pero está fundamentado jurídicamente cuanto he expuesto.


Eso es como si digo yo que "se está llevando el terreno a cuestiones misógenas", NO, no lo puedo decir. Vosotros argumentáis con vuestros arguementos, y yo con los míos, pero jurídicos.

Siento discrepar DARIO, y que te parezca, al parecer, lo más normal del mundo que le metan a una persona (mujer/madre) nada más y nada menos que catorce años de prisión por una cuestión de fondo de Derecho de familia.

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No es una cuestión sólo de Derecho Internacional Privado, el secuestro de menores es un delito. El DIPR regula las cuestiones de competencia internacional y de determinación de la ley aplicable. Siendo la norteamericana la ley aplicable a juicio del Tribunal, (correcto o incorrecto eso es otro asunto) el caso pasa entonces a ser una cuestión penal. El jurado debe declarar si es inocente o culpable, y luego el juez imponer la pena que esté establecida.


Es en lo que hace a competencia: Derecho internacional privado. Ahí empieza todo.


Disculpas, en el anterior post mío se quedó insertado mi post dentro del azulado.
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #48 en: 29 de Diciembre de 2009, 01:15:05 am »
Y me parece correcto lo que dices, pero también me parece justo y correcto lo que yo digo. Bien está que cuentes lo que has contado, pero no deja de ser una parte de la verdad. Entonces si este caso es injusto, habrá que enmendar esa parte problemática del sistema judicial de allí... ¡pero no todo, hombre de Dios! Precisamente para que la verdad y la razón resplandezcan, la solución salomónica que propongo respecto a España es:

1. Endurezcamos las penas por los crímenes y borremos la reinserción.
2. No copiemos ciertas penas, en el caso de que sean desproporcionadas.
3. ¡Pero importemos de allí cuanto nos sea útil y provechoso, como por ejemplo, la separación de poderes!

Y éste es a mi juicio el camino de la razón: buscar la Justicia y lo demás, vendrá por añadidura.
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #49 en: 29 de Diciembre de 2009, 01:15:24 am »
¿Secuestro?.¿De quién?.La madre, el juzgado que interviene el pasaporte de la menor.....

No es el secuestro el exigir una condición para la liberación de la persona como está ocurriendo.

¿División de poderes?. Porque no denuncia el poder judicial cuando el gobierno de ese país no respeta resoluciones de la ONU por ejemplo.

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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #50 en: 29 de Diciembre de 2009, 01:26:03 am »
Pero qué SEPARACIÓN DE PODERES ni que vinagreta rancia !!, que estamos hablando de la justicia del caso particular, de la equidad, de principios y derechos elementales y universales de la persona, de contradicción de resoluciones (una de EEUU, y otra de España), de una cuestión de fondo de derecho de familia y que tiene su origen en el Internacional privado (la competencia y la determinación del derecho material aplicable), de una cuestión de internacional público (contradicción de resoluciones de distintos Estados, y un Tribunal español que retira el pasaporte a una menor -como ha indicado Zambri-)

Y qué tenemos que copiar de quién, de los EEUU, el qué, como copiar a Europa (Unión Europea), pues así no va, amigo simple 22........por mirar el espejo de terceros. O sea, amigo simple 22, que Europa se islamice te parece muy mal, pero que se americanice te parece estupendo, pues no .

España no tiene porqué seguir a nadie, salvo la normativa que estupidamente firme y ratifique en todo Convenio Internacional, que lo firma todo a ciegas, y luego es tan tonta (España) que resulta que es la única parte que cumple o hace por cumplir.
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #51 en: 29 de Diciembre de 2009, 01:32:00 am »
En cuanto al caso, pregúntale a quien se haya leído la sentencia. El delito por el que se le juzgó a la madre es, si se quiere ser exquisito, detención ilegal.

Justo o injustoo, eso pregúntale por ejemplo a Drop que se ha leído la sentencia o a quien se haya leído esa sentencia...

En cuanto a lo otro, lo he explicado varias veces: el pueblo decide si X, es inocente o culpable. El pueblo, no por ejemplo Bacigalupo, nombrado por Felipe González.

Y que yo sepa, donde acaba la jurisdicción de USA, acaba la competencia de los Tribunales USA. Las relaciones con la ONU no son un tema judicial, sino gubernamental. Los malos tratos a la gente de Guantánamo han sido declarados inconstitucionales por el Supremo. Para eso sí tiene jurisdicción, no para decirle al Gobierno cómo tiene que hacer las cosas ante la ONU.

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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #52 en: 29 de Diciembre de 2009, 01:38:13 am »
No hay por qué seguir a otros, ni por qué dejar de hacerlo: habrá que seguir el camino recto de la razón venga de donde venga, tanto si es original, como importado. Pues lo justo, si es justo, no lo será por venir de aquí o de allí, sino que será justo o injusto en sí mismo. Yo no aceptaré nada por ser de aquí o de allí, sino por ser justo.
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #53 en: 29 de Diciembre de 2009, 01:39:42 am »
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En cuanto al caso, pregúntale a quien se haya leído la sentencia. El delito por el que se le juzgó a la madre es, si se quiere ser exquisito, detención ilegal.

Justo o injustoo, eso pregúntale por ejemplo a Drop que se ha leído la sentencia o a quien se haya leído esa sentencia...

En cuanto a lo otro, lo he explicado varias veces: el pueblo decide si X, es inocente o culpable. El pueblo, no por ejemplo Bacigalupo, nombrado por Felipe González.

Y que yo sepa, donde acaba la jurisdicción de USA, acaba la competencia de los Tribunales USA. Las relaciones con la ONU no son un tema judicial, sino gubernamental. Los malos tratos a la gente de Guantánamo han sido declarados inconstitucionales por el Supremo. Para eso sí tiene jurisdicción, no para decirle al Gobierno cómo tiene que hacer las cosas ante la ONU.




Tú, amigo simple 22, eres una persona sumamente inteligente, y bien sabes que como ha actuado EEUU no es más que un acto de poder y por cojones. Y sabes, que aunque se hubiesen cumplido todos los requisitos del tipo "detención ilegal" según los criterios de allí, meter a una persona catorce años de privación de libertad por eso es una aberración. Y sabes, que aunque NO CONCURRAN los elementos del tipo "detención ilegal" igualmente a esa mujer le hubiesen declarado culpable.

El sujeto pasivo de esta historia tan desagradable y negra, no es más que la madre.......del delito de SECUESTRO EN PAÍS EXTRANJERO, y del delito de COACCIONES, para que la menor vaya a EEUU por narices del poderoso Rey EEUU.
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #54 en: 29 de Diciembre de 2009, 01:54:18 am »
¿Secuestro de 2º grado?.

Invocar el art.51 de la Carta de Naciones Unidas como fundamento jurídico de su guerra contra el terrorismo internacional.¿No tiene jurisdicción?.

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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #55 en: 29 de Diciembre de 2009, 03:22:42 am »
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¿Secuestro de 2º grado?.

Invocar el art.51 de la Carta de Naciones Unidas como fundamento jurídico de su guerra contra el terrorismo internacional.¿No tiene jurisdicción?.

Eso ya depende del petróleo que haya en el "Estado terrorista". (fundamento jurídico: cuando está legítimado el uso de la fuerza en el contexto internacional y entrar por las armas en otro Estado soberano, Derecho Internacional público).

No es, por tanto, una respuesta política, sino jurídica  :)
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #56 en: 29 de Diciembre de 2009, 03:32:26 am »
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El sujeto pasivo de esta historia tan desagradable y negra, no es más que la madre.......del delito de SECUESTRO EN PAÍS EXTRANJERO, y del delito de COACCIONES, para que la menor vaya a EEUU por narices del poderoso Rey EEUU.

A ver si nos centramos jurídicamente:

La señora no ha sido condenada por un delito, ha sido condenada a catorce años por NUEVE DELITOS.

A la señora no la condena un juez, la condena un jurado por unanimidad.

El Juez tiene una horquilla de 5 a 20 años por los nueve delitos, le impone 14 y le da la opción de revisar la sanción impuesta, y la opción que le da es simplemente que cumpla los acuerdos firmados sobre visitas y que cumpla una Sentencia firme de un Tribunal. No le piden nada de otro mundo, que cumpla la Ley !!!

La niña (auténtica víctima de todo esto) es una CIUDADANA NORTEAMERICANA, que una señora (a la sazón su madre) saca ilegalmente del país, es decir, secuestro internacional de menores cumpliendo todos los elementos del tipo (delito que la fiscalía norteamericana y el Tribunal deciden pasar por alto para no meterle una cadena prácticamente perpetua)

La saca ilegalmente puesto que la custodia es del padre por Sentencia judicial, y en el acuerdo para esa Sentencia ambos progenitores acatan el no llevarse a la niña a más de 90 millas del lugar donde reside (Nueva Jersey) sin el acuerdo escrito de la otra parte, así mismo acuerdos firmados y ratificados entre las partes, el primero de los cuales establece de forma meridianamente clara que "todos los asuntos legales que tengan que ver con la familia y sus bienes se resolverán en New Jersey, bajo las leyes de New Jersey."

La señora pide una Sentencia de un Juzgado español sin informar a este que ya existe una Sentencia anterior del Juez Edward Torack que concedió la custodia de la menor al padre y ordenó a la madre regresar a EEUU para entregar a su hija.

Y encima, para pitorrearse un poco más del Sistema Judicial de otro país (USA en ese caso), la buena señora se va a Estados Unidos a hacer ¿qué? ¿a proclamar a los cuatro vientos que se había pasado por el arco del triunfo a todo su sistema judicial? ¿a chantajear a los jueces de allí con un: o me cambiáis la sentencia o me quedo la niña? ¿o a decirles que después de sacar ilegalmente a un ciudadano estadounidense de su propio país (secuestrarlo) iba a pasar unos días de relax? Porque hay que ser corto, pero muy corto, para cometer un delito a conciencia en un país y después pretender que en ese mismo país ¿que? ¿que te inviten a unas cañas y a gambas?

A la Haya antes de hacer fechorías, a la ONU antes de hacer fechorías, a Asuntos Exteriores antes de hacer fechorías.


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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #57 en: 29 de Diciembre de 2009, 03:51:34 am »
Hola compañero Mordekay, no sé si habrás tenido tiempo de leer la totalidad del hilo. Desde mis primeros post vengo diciendo que la conducta de la madre será antijurídica, que su estrategia habrá sido mala, que probablemente estemos ante una auténtica imbécil de manual y pronóstico reservado (por insensata que se mete en la boca del lobo) etc.

Pero que me parece desproporcionada la sanción, cuáles son los NUEVE DELITOS ?

Luego, siento discrepar en cuanto a CIUDADANA AMERICANA, puesto que es de madre española (el ius sanguinis, 17.1 CC, si no recuerdo mal), luego americana exclusivamente, y porqué no española ?
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #58 en: 29 de Diciembre de 2009, 04:29:07 am »
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Hola compañero Mordekay, no sé si habrás tenido tiempo de leer la totalidad del hilo. Desde mis primeros post vengo diciendo que la conducta de la madre será antijurídica, que su estrategia habrá sido mala, que probablemente estemos ante una auténtica imbécil de manual y pronóstico reservado (por insensata que se mete en la boca del lobo) etc.

Pero que me parece desproporcionada la sanción, cuáles son los NUEVE DELITOS ?

Luego, siento discrepar en cuanto a CIUDADANA AMERICANA, puesto que es de madre española (el ius sanguinis, 17.1 CC, si no recuerdo mal), luego americana exclusivamente, y porqué no española ?

Esto es lo publicado al respecto por diarios españoles, norteamericanos y agencias: "Después de tan solo una hora y media de deliberaciones, los seis hombres y seis mujeres que componen el jurado emitieron su unánime veredicto de culpabilidad en los nueve delitos que se imputaban a Carrascosa: uno por desacato a una orden judicial y ocho por interferencia en la custodia de la niña."

Me remito a esto por no buscar ahora el veredicto, supongo que todas las agencias y toda la prensa no estarán faltando a la verdad.

Yo no he dicho que no sea española la niña, pero es hija de padre norteamericano, nacida en Norteamérica y por tanto, para los Estados Unidos (y para el resto del mundo) es, ante todo, ciudadana suya, sin perjuicio de su otra nacionalidad. Para más abundamiento la familia residía en USA, sometidos legalmente por un lado y explícitamente (por pacto de ambos cónyuges) por otro a los Tribunales y Leyes de New Jersey

En cuanto a la señora, independientemente de todos los calificativos subjetivos que emitamos sobre su conducta, el hecho objetivo es que es una delincuente que ha cometido delitos graves.

Y respecto a la pena, podrá parecernos excesiva, justa o leve (eso es opinión política y no se debate en esta sede), las penas, las leyes y los procesos judiciales en Estados Unidos vienen dados por la voluntad de sus habitantes, lo que es innegable es que su sistema jurídico, al igual que el nuestro, si no perfecto, es al menos bastante seguro para el imputado. Cada sistema es el reflejo de la idiosincrasia del pueblo que se lo ha dado a si mismo, y al igual que un norteamericano no concibe que quien emita un cheque sin fondos no vaya directamente a al cárcel, al español no le cabe en la cabeza que por deudas se prive de libertad a una persona.

Saludos.

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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #59 en: 29 de Diciembre de 2009, 06:14:51 am »
Bueno, no estoy de acuerdo, compañero Mordekay. En mi opinón, el debatir sobre la proporcionalidad de las penas, si nos parecen excesivas, justas, injustas, leves o rídculas (lo que sea) NO es una cuestión política, sino jurídica, puesto que atiende a unos de los fines del Derecho, que es hacer justicia (y, dentro de ésta, debe tenerse en cuenta la equidad y el principio de individualización de la pena, y eso es para mí jurídico). Pero bueno, si entiendes que no debatirse sobre ese extremo por ser una cuestión política, no veo debate. Pero tampoco habría debate entonces en el hilo de PENA DE MUERTE NI EN MUCHOS OTROS, puesto que ahí se habla de si es justo o injusto, si es abusivo O NO LO ES por parte de los Estados etc, y salen críticas a EEUU y otrs Estados que las contemplan (y en base a tu argumentación los Estados pueden tener el sistema penal que quieran, y es según tú cuestión política). Como cuando otras veces he criticado yo  (y otros muchos) la práctica de la amputación del clítoris, o que a un ladrón le corten las manos y otras barbaridades punitivas de otras culturas y Estados.

Abrí el hilo sin ánimo de polémica porque me parecía interesante jurídicamente, pero está claro que nadie de los que defienden una cosa, y de los que defienden otra, va a acabar dando la razón al otro grupo, yo creo. Parece que no tiene solución consensuada.

La primera Sentencia Civil fue la custodia para el padre, pero ni concemos al padre ni conocemos a la madre. Tampoco sabemos quién es ese Juez que da la custodia al padre en aquella primera sentencia y en base a qué fundamentos. Por el principio de buena fe y confianza (es Juez y Estado extranjero, no lo olvidemos), pensemos que es una Autoridad judicial justa e imparcial que actuó en interés de la menor, y no una autoridad imparcial que actuó por motivaciones machistas/misógenas, racistas, chouvinistas etc

Mi ordenamiento jurídico, el español, dice que la niña es española por derecho de sangre de todas todas (art.17.1 CC), y yo, como ciudadano español, me debo a mi ordenamiento jurídico, no a lo que me diga el ordenamiento EEUU, eso es lógico, yo creo. Para mí no es menos española que estadounidense, sino doble nacionalidad por igual.

Dice la prensa que expones "uno de desacato y ocho de interferencia de la custodia", no se dice mada secuestro, salvo que sean "sinónimos jurídicos", lo cual desconozco, pero me extraña.


En fin, que mi posición ya ha quedado clara en este supuesto y lo he defendido para mí con argumentos jurídicos, más o menos acertados, pero para mí son jurídicos.

Un saludo.




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