Cierto, esto último, y además los valores pueden cambiar, cambia el valor que damos a cada uno de los grandes principios. Pero este es otro tema....
Pregunta:
"Y por qué la madre puede decidir por el nasciturus"
Sin respuesta:
¿Y porque el Estado u otra persona debería decidir por el nasciturus, quién mejor que la madre?
Como mujer y como madre defiendo los derechos de la misma y también el respeto a los valores y principios de la generalidad. Entre los principios fundamentales protegidos por las constituciones que informan los derechos de todas las personas se encuentran también la vida digna y el libre desarrollo de la personalidad, aparte de los derechos a la libertad (de decisión), a la dignidad y la integridad moral.
El enfoque necesariamente ha de hacerse desde el lado del ámbito jurídico. Se trata de los derechos de las personas (las mujeres afectadas) pero también desde el ámbito ético y biológico. Nos concierna a todos como seres humanos y les implica a los médicos y a la medicina.
Para no mezclar y confundir algunos conceptos.
Se ha hablado de la vida dependiente y de la vida independiente. En el tema que nos ocupa yo le daría el sentido del Derecho penal cuando distingue entre la vida independiente de las personas, defendida como bien jurídico en los delitos de homicidio y asesinato, y la vida independiente del nasciturus, defendida como bien jurídico en el delito de aborto no consentido y fuera de las indicaciones.
Es decir, es la diferencia entre la persona nacida (ser vivo ) y el ser vivo no nacido (feto o embrión).
Mi posición es que los derechos de la persona prevalecen sobre el valor que damos a la protección de la vida dependiente de esta misma persona. No obstante, los derechos tienen límites y junto a los derechos hay deberes. Por eso pienso que hay que respetar al ser nonato como si de persona se tratase y hay que limitar los derechos de la mujer en este aspecto al máximo.
¿Cómo se traza la línea entre lo punible y lo impune?
Llegado a este punto no podemos evitar consultar a la ciencia médica que nos puede orientar perfectamente y nos indica un sistema de plazos como límites. Con todo ello la consideración profunda sobre las circunstancias del embarazo indeseado desde el punto de vista ético, biológico y jurídico teniendo en cuenta las consecuencias en las vidas humanas siempre debe formar la base de la decisión.
Yo como mujer y como madre no tengo ninguna duda si he sido violada o si tengo que traer a este mundo un niño con graves taras físicas o psíquicas y no, la adopción no es una solución.
¿Y vosotros?
PD.Y que demos más importancia, más valor, a los infanticidios extrauterinos que a los infanticidio intrauterinos