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Autor Tema: Sentencia extraña.  (Leído 3929 veces)

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Desconectado palangana

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Re: Sentencia extraña.
« Respuesta #20 en: 06 de Marzo de 2009, 19:38:48 pm »
No , si lo que digo yo es que los requisitos deben darse en su integridad , es decir , todos y cada unos de ellos , y si no es así , pues estamos ante comisión delictiva, puesto que concurre el elemento de la antijuricidad. Por eso digo que si falta unos de los requisitos , pues deberá apreciarse otra circunstancia como complemento para absolver , como puede ser miedo insuperable o arrebato u obcecación. Pero de lo que se lee en exposición de hechos, ya se ve que no hay legítima defensa a secas......

1.Que estemos ante un ataque ilegítimo, contrario o no querido por el Derecho.
2.Que no se haya iniciado la controversia. No haber provocado o agredido primero.
2. Proporcionalidad en la fuerza para repelir la agresión ilegítima. El uso de la fuerza será el necesario hasta impedir o anular dicha agresión.

Pero si uno de las víctimas se escondió en un cuarto o sale corriendo, pues ya se ha impedido dicha agresión. No es de recibo salir corriendo detrás de quien te ha atacado , y ya te has defendido....

Igual ocurre con la eximente del estado de necesidad. Si el bien jurídico a proteger no es superior al que está en peligro , pues ya falta uno de los requisitos de la eximente , luego no puede alegarse, y un tribunal absolver en base a ello.....

Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

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Re: Sentencia extraña.
« Respuesta #21 en: 06 de Marzo de 2009, 19:48:30 pm »
Disculpas , no me he expresado bien. En la eximente estado necesidad el bien en peligro tiene que ser superior al bien que se vulnera.
Causar un daño a la propiedad para salvar una vida , por ejmeplo. Como es superior la vida a la propiedad , pues prevalece la vida.
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