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Autor Tema: Sobre el certificado de 1er ciclo.  (Leído 8659 veces)

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Desconectado moniperez

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Re:Sobre el certificado de 1er ciclo.
« Respuesta #20 en: 19 de Marzo de 2013, 11:35:54 am »
Por intentarlo no se pierde nada.
Gracias de nuevo por tu ayuda :)

A por la segunda!!

Desconectado MiLe_TzN

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Re:Sobre el certificado de 1er ciclo.
« Respuesta #21 en: 19 de Marzo de 2013, 17:23:02 pm »
Leyendo esa supuesta contestación del Ministerio, y en la UNED los créditos están asignados a cada curso (podéis verlo en el plan de estudio de la página de la Facultad), yo entiendo que tienen que ser los 180 créditos de los tres primeros cursos.
Yo tengo el certificado, y lo pedí cuando tenía los tres primeros cursos completos, con troncales, optativas y libre configuración.
Pero bueno, si veis que podéis argumentar ante el Ministerio lo que pedís, adelante :)
Abogada y Doctoranda

Desconectado Gem-Mas

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Re:Sobre el certificado de 1er ciclo.
« Respuesta #22 en: 19 de Marzo de 2013, 17:58:43 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
A los que os pueda hacer mucha falta:
Os hago un corta pega del foro de opositores (No sé hasta qué punto es fiable)
El certificado de la Uned hace expresa mención a los tres primeros cursos, la DT5ª de la ley no.
Si estuviese en vuestro lugar pediría un certificado de créditos en la Uned y solicitaría al ministerio el reconocimiento de la equivalencia, basándome en esa respuesta oficial que es vinculante. Preguntad al ministerio. A lo mejor os sirve.


"RESPUESTA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA A LA CONSULTA sobre "equivalente a diplomatura" en oposiciones con carreras por créditos:
 
La ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, establece, en su disposición transitoria 5ª, que, a los efectos de lo dispuesto en dicha Ley, se considerará equivalente al título de Diplomado universitario el haber superado tres cursos completos de una Licenciatura.
 
Dicha disposición transitoria tiene un efecto limitado al ámbito de regulación de dicha Ley, por lo que, con independencia de la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias, hay que entender plenamente vigente y aplicable la exigibilidad de tres cursos completos de una Licenciatura a los efectos del acceso a los Cuerpos, Escalas, Clases y Categorías al servicio de las Administraciones Públicas del Grupo B.
 
En el supuesto de que las enseñanzas de una licenciatura, en determinada Universidad, vengan estructuradas en créditos, sin separación de años o cursos académicos, habrá de estarse a cuanto se indica a continuación.
 
En el caso de enseñanzas universitarias oficiales de primero y segundo ciclo, es decir, de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero Superior (artº 4 RD 1497/1987, de 27 de noviembre), estructuradas en créditos, sin separación de su carga lectiva global en años académicos, debe considerarse que se cumple con las previsiones de la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984, de Medidas, cuando el alumno acredite haber superado, al menos, 180 créditos de la citada carga lectiva global de los estudios de que se trate, a no ser que la Universidad donde haya seguido dichos estudios considere que el número de créditos, a los efectos indicados, es superior a los 180.
 
En efecto, de acuerdo con el Real Decreto 1497/1987, de directrices generales comunes, modificado por los Reales Decretos 1267/1994, de 10 de junio, 2347/1996, de 8 de noviembre, 614/1997, de 25 de abril y 779/1998,de 30 de abril, la carga lectiva de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales debe oscilar entre 60 y 90 créditos por año académico (art.6.1), correspondiendo a las directrices generales propias determinar, por ciclos y en créditos, el mínimo y máximo de la carga lectiva global de los planes de estudios (art.6.2).
 
La totalidad de los Reales Decretos de directrices generales propias de los diferentes títulos de primero y segundo ciclo, establecen un mínimo global de 300 créditos, para toda la carrera, con la excepción de los estudios de Medicina, para los que se fija un mínimo total de 500 créditos (RD 1417/1990, de 26 de octubre, modificado por RD 1267/1994), y de Arquitectura, con un mínimo total de 335 créditos (RD 4/1990, 14 enero, modificado por RD 1267/1994). El máximo total de créditos por titulación está en función de lo establecido en el apartado 7º del artículo 9 del Real Decreto 1497/1987, en la redacción dada por el Real Decreto 1267/1994.
 
Como, por otra parte, la duración de los estudios de Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería Superior puede oscilar entre cuatro y cinco años (excepcionalmente seis años), según el artículo 3º del RD 1497/1987, en la redacción del RD 1267/1994, y la duración en años académicos, que se establece en las directrices generales propias, se entiende a efectos de la determinación de la carga lectiva de las enseñanzas y no como obligada realización del currículo en cursos académicos determinados (art. 3.5. RD 1497/1987), es por lo que deben ser las Universidades las que determinen con qué número de créditos, de acuerdo con el propio plan de estudios, un alumno ha superado los tres años o cursos completos a que se refiere la disposición transitoria 5ª de la Ley 30/1984, en el bien entendido de que, en ningún caso, ese mínimo puede ser inferior a los 180 créditos a que se ha hecho referencia al principio de este escrito".
 
 
Finalmente llegan a la siguiente conclusión:
 
"La conclusión es que para tener una EQUIVALENCIA A DIPLOMATURA, no hace falta que tengas aprobados los 3 PRIMEROS AÑOS DE UNA LICENCIATURA, sino que pueden ser el 2º, 3º y 4º año, o el 1º, 3º y 4º, o el 3º, 4º y 5º, o el número mínimo de créditos que dice el Ministerio, sin que tengan que ser obligatoriamente de cursos correlativos.
 
El Ministerio de Educación certifica títulos, y las Facultades certifican asignaturas o créditos aprobados. Para presentarse a una oposición alegando "estudios equivalentes a Diplomatura" hay que presentar un documento de tu Universidad donde diga cuántos créditos o asignaturas tienes aprobadas". [/i][/i]
En definitiva, de todo ese rollazo se desprende claramente que se deja a criterio de las Universidades la emisión del certificado, y como la Uned ha expuesto claramente los requisitos que exige para emitirlo, pues si os apetece perder el tiempo, podéis hacerlo tranquilamente.
Saludos

Desconectado pedro73

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Re:Sobre el certificado de 1er ciclo.
« Respuesta #23 en: 19 de Marzo de 2013, 20:36:30 pm »
y ya rizando el rizo, sabe alguien si para el grado hay algo por el estilo?? me interesa mucho saberlo

Desconectado Nancy24

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Re:Sobre el certificado de 1er ciclo.
« Respuesta #24 en: 20 de Marzo de 2013, 10:16:31 am »
te pido mil perdones y disculpas si yo no tenía razón. Me fie de lo que me dijeron en la UNED y yo siempre crei que en ésta tenían la suficiente información veraz para poder informar a los alumnos.
Yo sí, como había comentado, vi con mis propios ojos lo que comenté sobre convaalidaciones con asignaturas de 2º ciclo. No sé lo que está pasando pero me he quedado loca y mas que nada por haber hecho ilusiones y que según decís no sean ciertas.
Estoy alucinada con la UNED. ¿Cómo me han dicho eso y enseñado o mostrado un documento que lo acreditaba si no es cierto?
Estoy flipando. Ayer no pude contestar porque estaba trabajando pero, de cferdad y con todo mi corazón, lo siento si dije algo que no era cierto pero reitero estaba completamente segura por la información que recibí-
Perdóname

Desconectado moniperez

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Re:Sobre el certificado de 1er ciclo.
« Respuesta #25 en: 20 de Marzo de 2013, 10:26:32 am »
No te preocupes, sabemos que lo hiciste con tu mejor intención. Gracias de todas maneras
A por la segunda!!

Desconectado MiLe_TzN

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Re:Sobre el certificado de 1er ciclo.
« Respuesta #26 en: 20 de Marzo de 2013, 18:56:59 pm »
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y ya rizando el rizo, sabe alguien si para el grado hay algo por el estilo?? me interesa mucho saberlo

No, porque Grado es el 1º ciclo, Máster el 2º ciclo y Doctorado 3º ciclo.

Abogada y Doctoranda

Desconectado mazacote

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Re:Sobre el certificado de 1er ciclo.
« Respuesta #27 en: 31 de Marzo de 2013, 16:52:27 pm »
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En definitiva, de todo ese rollazo se desprende claramente que se deja a criterio de las Universidades la emisión del certificado, y como la Uned ha expuesto claramente los requisitos que exige para emitirlo, pues si os apetece perder el tiempo, podéis hacerlo tranquilamente.
Saludos

Disculpad que discrepe....
Yo entiendo que lo que quiere decir la contestación del Ministerio, es que a los efectos de la ley es equivalente ( excepto que la universidad en cuestión entienda que para el primer ciclo son necesarios más de 180 créditos ) otra cosa distinta es que universidad te quiera hacer el certificado  concreto ..... pero si obtienes un certificado donde se acredite que has superado los 180 créditos ...  será el tribunal al que te presentes  para la oposión el que tendrá que valorar , y si le adjuntas la contestación creo que lo tendrá más claro.

En el caso de enseñanzas universitarias oficiales de primero y segundo ciclo, es decir, de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero Superior (artº 4 RD 1497/1987, de 27 de noviembre), estructuradas en créditos, sin separación de su carga lectiva global en años académicos, debe considerarse que se cumple con las previsiones de la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984, de Medidas, cuando el alumno acredite haber superado, al menos, 180 créditos de la citada carga lectiva global de los estudios de que se trate, a no ser que la Universidad donde haya seguido dichos estudios considere que el número de créditos, a los efectos indicados, es superior a los 180.

Desconectado mazacote

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Re:Sobre el certificado de 1er ciclo.
« Respuesta #28 en: 31 de Marzo de 2013, 16:54:15 pm »
Finalmente llegan a la siguiente conclusión:
 
"La conclusión es que para tener una EQUIVALENCIA A DIPLOMATURA, no hace falta que tengas aprobados los 3 PRIMEROS AÑOS DE UNA LICENCIATURA, sino que pueden ser el 2º, 3º y 4º año, o el 1º, 3º y 4º, o el 3º, 4º y 5º, o el número mínimo de créditos que dice el Ministerio, sin que tengan que ser obligatoriamente de cursos correlativos.
 
El Ministerio de Educación certifica títulos, y las Facultades certifican asignaturas o créditos aprobados. Para presentarse a una oposición alegando "estudios equivalentes a Diplomatura" hay que presentar un documento de tu Universidad donde diga cuántos créditos o asignaturas tienes aprobada

La conclusión es demoledora ....

Desconectado julio64

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Re: Sobre el certificado de 1er ciclo.
« Respuesta #29 en: 05 de Enero de 2022, 11:08:30 am »
Una pregunta, tengo duda sobre la acreditación de la "equivalencia a diplomatura" para acceso a A2 en la administración.

Yo cursé estudios de licenciatura en filología en la Universidad del País Vasco, no había créditos, en los años 1983-88 aproximadamente. Aprobé 1 y 2º curso completo. De 3º curso, recuerdo que eran 5 asignaturas y tengo 3 aprobadas. Y de 4ª curso tengo una también aprobada.

Posteriormente, con el plan 2000 comencé la licenciatura en Derecho en la Uned, y pedí traslado del expediente de la otra universidad. Aquí, el plan de estudios sí era por créditos y tengo 30 aprobados, lo abandoné ...

¿Sabéis si esto podría equipararse para poder acceder a oposiciones aduciendo la equivalencia por tener 180 créditos???  ¿qué pasos tendría que dar para intentarlo?

Os agradezco si alguien puede ayudarme,
Saludos