Creo que hay un error en el computo que haces, si lees detenidamente te dice que son "al menos cuatro convocatorias de examen en los dos cursos académicos siguientes a la citada fecha de extinción".
Ergo, dos cursos academicos a partir del 30 de septiembre de 2015, el primer curso sería 2015-2016 y el segundo 2016-2017, con las correspondientes convocatorias de febrero/junio y la septiembre, por dos años academicos serían las 4 menciona el precepto. La extraordinaria de diciembre no contaria, pues es eso extraordinaria.
¿Sería así o el calor me estruja la nerurona?
Yo soy partidario de hacer una campaña de solicitud de información a la UNED (correo electrónico o escritos al negociado de alumnos), para que se pronuncien cuanto antes y poder valorar que hacemos en la matricula de octubre, si nos inclinamos ya por el GRADO o si existe posibilidad de acabar la licenciatura con las convocatorias mencionadas al amparo de la disposición mencionada.
Saludos.