Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: MORDEKAY en 12 de Septiembre de 2016, 20:07:33 pm
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Derecho Administrativo II curso 2016 / 2017
Todo lo relacionado con la asignatura en el curso 2016/2017
Guia de la asignatura: Derecho Administrativo II (https://mega.nz/#!2t1gTYSR!Sz-Jen8a1o9Sy38-MYNTvEMJ31MBOMqnmUnnRC3GDRw)
Aquí no se piden ni ofrecen apuntes, todo post que lo haga será eliminado.
Zona de petición de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0
Zona de subida y descarga de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=13.0
Zona de compraventa de libros: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=20.0
Derecho Administrativo I y II Temas en clases de radio emitidas (audios) (http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=120690.0)
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Hola,
a por ella...
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Hola, allá vamos. Por lo visto este año cambia parte del temario? Alguien sabe algo de ésto?
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Yo también la tengo este año. Se sabe cuando ponen la guía con el temario??
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He llamado al departamento y me han dicho que cuando entreguen las actas........asi que a esperar
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A por ella también...(menudo rollo son los Administrativos)
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Hola, lo escribo aqui porque el hilo de septiembre ya está cerrado ¿alquien sabe algo de las plantillas de septiembre?
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Un saludo a todos. Tras probar fortuna en septiembre me temo que tocará matricularse de nuevo.
El año pasado aparecieron las leyes 39/15 y 40/15 sustituyendo a la 30/92. El libro salio a última hora (Al menos el de Admin I -esta claro que en Admin II no me centré lo suficiente :) ) pero no creo que cambien el temario, que hagan una nueva edición para solucionar erratas no seria de extrañar - por aquello del negocio editorial - pero solo eso. Habrá que esperar a la guia por si hubiera alguna sorpresa.
saludos
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Supuestamento en Sanz y Torres, la versión del manual es la 22.
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Supuestamento en Sanz y Torres, la versión del manual es la 22.
Yo he pedido este libro que es el que pone en la bibliografía básica de la asignatura:
Derecho Administrativo II. Régimen jurídico de la actividad administrativa. 22ª Edición
Autor: Parada Vázquez, José Ramón
Editorial: Open Ediciones
Saludos.
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He mirado por encima y están reflejadas las modificaciones legislativas, por lo tanto, la versión será la correcta.
Un saludo.
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A ver que tal sale admtvo II. Con la primera parte me aburri de lo lindo...
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Hola compis, me uno a vosotros. Alguien sabe hasta qué tema entra en el primer parcial?. No puedo acceder a las materias en las que me he matriculado aún y estoy algo pérdida. Gracias!
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Hola compis, me uno a vosotros. Alguien sabe hasta qué tema entra en el primer parcial?. No puedo acceder a las materias en las que me he matriculado aún y estoy algo pérdida. Gracias!
hola
en administrativo ll solo hay un examen, es cuatrimestral
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Perdón!! En el examen... Se q no es anual pero los administrativos me marean!!
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Me uno, a ver si hay suerte....
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Hola compis, me uno a vosotros. Alguien sabe hasta qué tema entra en el primer parcial?. No puedo acceder a las materias en las que me he matriculado aún y estoy algo pérdida. Gracias!
Que yo sepa, aún no aparece el temario en la guía didáctica. Habrá que esperar.
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¡Buenos días!
Yo la he cogido este año, me gustaría comprar ya los libros para que no se me eche el tiempo encima y empezar cuanto antes. Pero no está el programa y en la bibliografía básica indica este:
ISBN(13): 9788494169670
Título: DERECHO ADMINISTRATIVO II. RÉGIMEN JURÍDICO DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA (21)
Autor/es: Parada Vázquez, R ;
Editorial: Editorial Open Ediciones Universitarias
pero después hace la siguiente aclaración:
Comentarios y anexos:
Para la asignatura, el manual aconsejado es el Derecho Administrativo: Parte general, tomo I del profesor R. PARADA VÁZQUEZ, salvo en los tres primeros capítulos —cuyo estudio correspondía al Derecho administrativo I— pero cuya relectura resulta imprescindible para volverse a situar en la materia propia de la asignatura.
¿Puede que esté mal? ¿alguien que ya haya cursado la asignatura nos lo podría aclarar?
¡Muchísimas gracias!
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Buenos días:
La edición para este año es la 22.
Tal como puedes ver incluso en la librería de la UNED.
http://www.librosuned.com/LU4499/Derecho-Administrativo-II--R%C3%A9gimen-jur%C3%ADdico-de-la-actividad-administrativa-.aspx (http://www.librosuned.com/LU4499/Derecho-Administrativo-II--R%C3%A9gimen-jur%C3%ADdico-de-la-actividad-administrativa-.aspx)
Un saludo.
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cómo vais a estudiar esta asignatura?? Algunos apuntes recomendables?? :-\
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cómo vais a estudiar esta asignatura?? Algunos apuntes recomendables?? :-\
Mi método de estudio siempre se basa en estudiar por los manuales oficiales y más aún, si el examen es tipo test. ¿Quién puede asegurarte que la selección de contenido realizada por el autor no ha omitido una posible pregunta del examen?
Seguro que existen apuntes buenísimos, incluso mejor redactados que el manual; pero si algo lo desconozco, que sea por no haberlo estudiado, es decir, por una irresponsabilidad mía, no por dejar el trabajo en manos de un tercero.
Un saludo.
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Me apunto.
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Ojo que van a entrar en vigor en octubre de este año dos nuevas leyes que derogan la 30/92 , la 39/2015 y la 40/2015 del procedimiento administrativo y del régimen jurídico de la Administración respectivamente, por lo que los apuntes por muy buenos que sean van a estar totalmente desactualizados. A ver que dice el equipo docente pero con casi toda seguridad van a exigir el temario por las nuevas leyes. Habrá que comprar el libro.
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Otro que se une. Suerte :D :D
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Ojo que van a entrar en vigor en octubre de este año dos nuevas leyes que derogan la 30/92 , la 39/2015 y la 40/2015 del procedimiento administrativo y del régimen jurídico de la Administración respectivamente, por lo que los apuntes por muy buenos que sean van a estar totalmente desactualizados. A ver que dice el equipo docente pero con casi toda seguridad van a exigir el temario por las nuevas leyes. Habrá que comprar el libro.
Si entran en vigor en octubre no creo que el manual lo contemple aún, los manuales quedan elaborados de un año a otro.
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Las leyes se publicaron en octubre de 2015, ha dado tiempo de sobra a actualizar el manual...Ya te digo veremos a ver que dice el ED.
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Pues esperaremos a ver... :(
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Que tal compañeros? Alguno puede acceder ya a la plataforma alf para ver más o menos las guías con el temario de examen? O es todavía pronto? Creo que me he matriculado bien pero cuando accedo al campus solo me aparecen las materias en las que me he matriculado el año pasado. A vosotros también os pasa?? Muchas gracias!
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El curso pasado (2015/16) se publicó nueva edición del manual, no estuvo disponible hasta bien entrado el cuatrimestre. Este libro constituye la bibliografía básica tanto del Administrativo II como la de parte del Administrativo III. Las modificaciones legislativas que ya estaban vigentes antes de su publicación, como por ejemplo las cantidades de los contratos del sector público (Admin III), no estaban contempladas en el nuevo manual. Gran chapuza.
Me parecería tremendo que este curso hicieran lo mismo, publicar un nuevo manual obsoleto desde antes de publicarse. Para eso que mantengan el mismo.
PD: Descargad la app para Android "test Administrativo II Uned", creo que se llamaba así. Buenísima.
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con poquita ilusion por la asignatura, pero que remedio, aqui me quedo...
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El curso pasado ya se estimaban las nuevas leyes, personalmente considero que lo mejor es imprimirlas ya que son cortitas y con unos buenos apuntes y las leyes al lado creo que sería mas que suficiente. Hacer todos los test posibles es imprescindible y la aplicación como ya han indicado esta muy bien.
No obstante para todo aquel que prefiera comprar el libro, es lo indicado, eso sí, requiere mucho mas tiempo de estudio.
Sobre el programa, sería extraño que no coincida con el del año pasado así que para ir empezando hay de sobra. Saludos
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Ojo que van a entrar en vigor en octubre de este año dos nuevas leyes que derogan la 30/92 , la 39/2015 y la 40/2015 del procedimiento administrativo y del régimen jurídico de la Administración respectivamente, por lo que los apuntes por muy buenos que sean van a estar totalmente desactualizados. A ver que dice el equipo docente pero con casi toda seguridad van a exigir el temario por las nuevas leyes. Habrá que comprar el libro.
El libro se compró el año pasado y servía para el adm. I y III. Así que no creo que vuelvan a cambiar el manual
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buenas
¿ :oveis el programa por alguna parte con la materia excluida si es que la hay?
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Hay alguna novedad sobre el temario?
Gracias
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Muy buenas a todos, sabeis si necesito tener aprobada Administrativo I para cursar el II? Muchas gracias.
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El curso pasado (2015/16) se publicó nueva edición del manual, no estuvo disponible hasta bien entrado el cuatrimestre. Este libro constituye la bibliografía básica tanto del Administrativo II como la de parte del Administrativo III. Las modificaciones legislativas que ya estaban vigentes antes de su publicación, como por ejemplo las cantidades de los contratos del sector público (Admin III), no estaban contempladas en el nuevo manual. Gran chapuza.
Me parecería tremendo que este curso hicieran lo mismo, publicar un nuevo manual obsoleto desde antes de publicarse. Para eso que mantengan el mismo.
PD: Descargad la app para Android "test Administrativo II Uned", creo que se llamaba así. Buenísima.
hola!!
gracias por informar sobre la app! :)
alguien sabe si definitivamente hay que comprarse el libro nuevo? o puede que solo sean unas pocas modificaciones?
yo la verdad es que habia empezado a estudiar del libro que me dejaron, pero no se que hacer ahora, si comprarme el nuevo o continuar con este porque es la primera vez que me matriculo en la uned y no se muy bien ni como ni por donde empezar con todo el temario que hay... y lo malo es que ocurre lo mismo con civil I y II :(
Saludos a todos
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Muy buenas a todos, sabeis si necesito tener aprobada Administrativo I para cursar el II? Muchas gracias.
hola! no es necesario. yo me he matriculado de administrativo I y II y de civil I y II también, y es primera matricula.
Suerte
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Buenas tardes, agotaré al máximo el tiempo para matricularme por motivos personales, les agradecería me indicasen como puedo conseguir el programa de la asignatura, con los temas q entran para el examen, me podría apañar con el del año pasado, es para hacerme una idea. Muchas gracias de antemano.
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Me uno
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Me apunto.
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El texto básico para esta asignatura de Administrativo II es la 22ª edición de 2015. Es decir, el mismo texto que se estudió el curso pasado.
Pero cabe la posibilidad de que con el curso ya avanzado saquen una nueva edición :'( :'(
De este departamento hay que esperar cualquier cosa.
Salu2.
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Compañero Jairo, eso precisamente quisiera saber.
de no estar aún el de este año, me gustaría saber el temario del año pasado, con las concordancias con el libro de la edición del año pasado.
Un saludo, muchas gracias y fuerza para todos.
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me apunto!
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Chicos recomendáis algunos apuntes?? :-\
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Podría subir alguien si es tan amable el programa de este año, o en su defecto, el del año pasado?
Muchas gracias.
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Hola compis!! Tengo entendido que el examen es tipo test.
Sabeis si en algun sitio se pueden encontrar posibles preguntas del examen? Lo comento porque me parece que seria una buena idea hacerlo, si alguien me ayuda podriamos entre todos sacar preguntas de cada tema, para ver las posibilidades... que decis? Lo intentamos o es una locura mia?
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Hola compis!! Tengo entendido que el examen es tipo test.
Sabeis si en algun sitio se pueden encontrar posibles preguntas del examen? Lo comento porque me parece que seria una buena idea hacerlo, si alguien me ayuda podriamos entre todos sacar preguntas de cada tema, para ver las posibilidades... que decis? Lo intentamos o es una locura mia?
deposito de exámenes de uned calatayud, con algunos de otros cursos resueltos. Necesarias las claves de alf para acceder. Para buscar enlace, poner eso en google, sale enseguida. suerte.
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Todos estáis con el libro?? :-\
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Sí, con el libro. Al ser test, no me arriesgo con apuntes.
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Otra más :D
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Otra que se apunta!.
Yo la curse hace dos años y la suspendí y aun encima ya no me vale el libro no se que hacer este año si comprar el manual o no la verdad que me estoy sacando la carrera gracias a los maravillosos apuntes que nuestros compañeros realizaron, pero en esta asignatura que me aconsejáis?. Hay algunos realmente buenos?.
Animo a todos muucha suerte!.
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Hay en internet tablas de equivalencias que facilitan mucho el estudio.
Pongo una dirección de ejemplo:
https://www.diba.cat/documents/446885/84030046/Comparativa+L+30+92+i+L+39+i+40.pdf/efe6d848-501a-4c96-a0b3-1221b6b75bf5
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Aún así esta asignatura me parece un auténtico rollo, esperemos que los test nos ayuden.
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Nadie se anima a actualizar o hacer este año apuntes nuevos con la nueva ley?. Igual con un tema cada uno podríamos elaborar unos buenos apuntes.
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Aún así esta asignatura me parece un auténtico rollo, esperemos que los test nos ayuden.
Es amigo mio, son apuntes de total confianza.
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Alguíen sabe cual es el libro exacto de esta asignatura, si la edición 22 o la 21 de Ramón parada, y si es suficiente para completar la asignatura.
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se recomienda el libro, pero ya también depende del tiempo de estudio que tengais, yo personalmente tiro casi siempre de apuntes, es verdad que a veces en los examenes, te quedas con la cara de :o :o esto no me venía en los apuntes.... pero bueno si el resto del temario lo llevas bien, se aprueba! Vamos que podemos!
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PD: Descargad la app para Android "test Administrativo II Uned", creo que se llamaba así. Buenísima.
Muchas gracias por el apunte.
Una cosa, en la guía leo que no entran los capítulos I, II y III del libro, ¿no?
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Gobbo, estás seguro de eso?. Tengo el programa y nada dice de esos capítulos.
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Buenas tardes, el año pasado entraba como materia de exámen las leyes 39 y 40/2015? Porque estoy viendo que el libro se edito el año pasado. Para saber si los apuntes que hay de Ponder son válidos o no. Gracias.
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Hay unos apuntes del compañero marco derecho que son muy buenos. Aún así a mi me parece mucho temario, y un rollazo considerable.
Entran ganas de ponerse a hacer test y jugársela! :-\
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Gobbo, estás seguro de eso?. Tengo el programa y nada dice de esos capítulos.
En la guía vienen los tres primeros capítulos, pero en el enlace de la web de la asignatura, en el apartado "contenido", pone esto:
Comentarios y anexos:
Para la asignatura, el manual aconsejado es el Derecho Administrativo: Parte general, tomo I del profesor R. PARADA VÁZQUEZ, salvo en los tres primeros capítulos —cuyo estudio correspondía al Derecho administrativo I— pero cuya relectura resulta imprescindible para volverse a situar en la materia propia de la asignatura.
Por eso me entra la duda :(
EDITO: Ah, vale. Creo que es otro libro el que nombran aquí. Con tanto libro me hago un lío de narices.
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Hola, el año pasado cursé admvo I y sí fueron materia de examen. Pero con respecto a los apuntes no se si esos están bien o no.
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hola, ¿sabeis si derecho administrativo I de derecho coincide con el del grado en ciencias jurídicas de las administraciones públicas?gracias :)
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Hay unos apuntes del compañero marco derecho que son muy buenos. Aún así a mi me parece mucho temario, y un rollazo considerable.
Entran ganas de ponerse a hacer test y jugársela! :-\
¿Alguna manera de acceder a esos apuntes? No los encuentro.
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Otro que se une.
Alguien puede poner el enlace para los apuntes por favor??? Mil gracias!
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Tema 5 pregunta tipo test, actualizado por mi.
http://www.daypo.com/test-derecho-administrativo-2-uned-grado-derecho.html
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Hola Sara! Podrías indicar, por favor, el enlace para los apuntes que comentas? Mil gracias!!
Hay unos apuntes del compañero marco derecho que son muy buenos. Aún así a mi me parece mucho temario, y un rollazo considerable.
Entran ganas de ponerse a hacer test y jugársela! :-\
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Si Sara por favor, indicánoslo! 8)
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Chicos, tenéis que buscar su página de facebook, en ella va colgando los apuntes que va realizando. Se llama marco derecho.
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Yo tengo los actualizados por Marta Calvo y la verdad tienen muy buena pinta, al ser el libro que se pide la edición de 2015 valen los apuntes del año pasado no?. Yo de momento he ido comprobando los primeros temas con el libro y me coinciden.
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Yo voy a optar por empaparme los test. Dicen que da resultado, así que alá vamos!
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Hola, yo usaré también tu sistema. pero alguien tiene test con sus respuestas correctas????. Gracias
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Bajaros de nuevo la guia del curso porque han añadido puntos en casi todos los temas. De hecho diria que han copiado el indice del libro tal cual sin quitar nada...
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Como vais compañeros? no se ustedes, pero yo estoy utilizando el temario que han pasado los compañeros unos que son de 41 paginas, y los esquemas de otro profesor, no se si con esto serán suficiente....
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Buenas tardes,
En la plataforma daypo, estamos subiendo tests actualizados con la normativa vigente. Buscar D. Administrativo 2 uned...
Un saludo.
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Gracias compañero.....Muy bueno esto... no lo sabia, para los tiempos de esperas esta muy muy bien, en vez de mirar otras cosas. Se puede utilizar por app o tiene que ser por medio de la pagina web??
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Gracias compañero.....Muy bueno esto... no lo sabia, para los tiempos de esperas esta muy muy bien, en vez de mirar otras cosas. Se puede utilizar por app o tiene que ser por medio de la pagina web??
Pagina web. Saludos.
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Gracias de nuevo, compañero y "paisano", si tu nick corresponde a donde vives!!! :)
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Sabéis si los exámenes anteriores que hay en calatayud de licenciatura y de plan antiguo sirven?.
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Sabéis si los exámenes anteriores que hay en calatayud de licenciatura y de plan antiguo sirven?.
Yo los voy a mirar...
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Buenas compañeros,
¿Sabéis decirme qué materia no entra?
¿Entra el arbitraje?
Un saludo
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El contenido lo tienes en la Guía de la asignatura:
PRIMERA PARTE. LOS ACTOS Y EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
TEMA I. EL ACTO ADMINISTRATIVO (1). CONCEPTO CLASES Y ELEMENTOS
1. Concepto y clases
2. Los actos políticos o de gobierno
3. Actos administrativos y potestad discrecional. Actos reglados y actos discrecionales.
4. Actos que no causan estado, actos firmes o consentidos y actos confirmatorios
5. Actos favorables y actos de gravamen
6. Actos expresos y actos presuntos por silencio administrativo
7. Los elementos del acto administrativo
8. El titular del órgano y la competencia
9. La causa y los presupuestos de hecho
10. Los móviles. La desviación del poder
11. El contenido y los elementos accidentales de los actos administrativos
12. Los elementos formales
13. Notificación y publicación del acto administrativo
TEMA II. EL ACTO ADMINISTRATIVO (2): EFICACIA Y EJECUTORIEDAD
1. La presunción de validez.
2. La eficacia de los actos administrativos. Demora en la eficacia e irretroactividad
3. La ejecutoriedad de los actos administrativos.
4. La configuración histórica del privilegio de decisión ejecutoria en el Derecho español.
5. La colaboración judicial en la ejecución de los actos administrativos.
6. Cuestionamiento constitucional.
7. Suspensión de efectos del acto administrativo.
8. Los medios de ejecución forzosa.
9. Límites y control judicial de los actos de ejecución. Su recurribilidad: tercerías de dominio e impugnación contenciosa.
TEMA III. EL ACTO ADMINISTRATIVO (3): INVALIDEZ, ANULACIÓN Y REVOCACIÓN
1. La invalidez y sus clases
2. La inexistencia
3. La nulidad de pleno derecho. Análisis de los supuestos legales
4. La imprescriptibilidad de la acción de nulidad de pleno derecho
5. Anulabilidad e irregularidad no invalidante
6. El principio de restricción de la invalidez: convalidación, incomunicación y conversión
7. La anulación por la Administración de los actos inválidos. El proceso de lesividad.
8. La revocación de los actos administrativos
9. Límites y condiciones a las facultades anulatoria y revocatoria de la Administración.
10. La rectificación de los errores materiales y aritméticos.
TEMA IV. EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
1. Significado y origen del procedimiento administrativo
2. La regulación del procedimiento administrativo. Antecedentes, contenidos, ámbito de aplicación y desarrollo reglamentario.
3. Clases de procedimiento administrativo
4. Los catálogos de derechos de los ciudadanos frente a las Administraciones Públicas y como interesados en un procedimiento administrativo.
5. Los sujetos en el procedimiento administrativo. El titular de la competencia. Abstención y recusación.
6. Los interesados en el procedimiento administrativo. Capacidad, representación y asistencia
7. Principios y cuestiones básicas del procedimiento administrativo.
8. La iniciación del procedimiento.
9. Tramitación e instrucción
10. La terminación del procedimiento
SEGUNDA PARTE. LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
TEMA V. LAS FORMAS DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA. LA ACTIVIDAD DE POLICÍA O LIMITACIÓN.
1. Las clases de la actividad administrativa.
2. Los principios que condicionan la actividad administrativa.
3. La actividad administrativa de limitación
4. Los grados de limitación en la libertad y derechos de los particulares
5. Las técnicas de la actividad de limitación. La reglamentación
6. La autorización
7. Declaración responsable y comunicación previa.
8. Ordenes, mandatos y prohibiciones.
TEMA VI. ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE FOMENTO.
1. Concepto y evolución de la actividad de fomento.
2. Las modalidades de la actividad de fomento y su naturaleza reglada.
3. Los incentivos económicos
4. La subvención.
5. La gestión indirecta de las subvenciones.
6. El procedimiento de otorgamiento de las subvenciones.
7. La relación de subvención: anulación, modificación, obligaciones del beneficiario y reintegro.
8. Control y sanciones.
9. Subvención y Derecho Comunitario.
TEMA VII. ACTIVIDAD DE PRESTACIÓN O SERVICIO PÚBLICO.
1. La actividad de prestación o de servicio público
2. Las fronteras entre la actividad de prestación y la actividad privada en la Constitución.
3. El régimen de servicio publico tradicional. Principios generales.
4. La relación de prestación. El estatus de los usuarios de los servicios públicos.
5. Las formas de gestión de los servicios públicos.
6. El modelo europeo de los servicios de interés económico general y el desmantelamiento de los servicios públicos económicos.
TEMA VIII. LA ACTIVIDAD SANCIONADORA.
1. Fundamento constitucional y límites de la potestad sancionadora
2. Reserva de ley y tipicidad.
3. La culpabilidad en las infracciones administrativas. La responsabilidad de las personas jurídicas.
4. Concepto, clases y graduación de las sanciones administrativas.
5. La responsabilidad civil derivada de las infracciones administrativas.
6. La extinción de las infracciones y las sanciones administrativas.
7. El principio non bis in idem y la subordinación de la potestad sancionadora administrativa a la jurisdicción penal.
8. El Derecho constitucional a las garantías procesales y la actividad administrativa sancionadora.
9. El procedimiento sancionador.
10. El principio nulla poena sine iudicio y la ejecutoriedad de los actos sancionadores de la Administración.
TEMA IX. LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA ARBITRAL.
1. Arbitraje y Administración Pública.
2. La actividad arbitral de la Administración.
3. La presunta inconstitucionalidad de la actividad administrativa arbitral y la dualidad de sus manifestaciones.
4. El régimen de la actividad administrativa arbitral.
5. La actividad de la Administración en el arbitraje voluntario en el Derecho privado.
6. Las manifestaciones pasadas y presentes de la actividad administrativa arbitral.
TERCERA PARTE. EL SISTEMA GARANTIZADOR DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
TEMA X. LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS
1. Los recursos administrativos
2. Clases de recursos y disposiciones comunes
3. El recuro de alzada
4. El recurso potestativo de reposición
5. El recurso de revisión
6. Revisión e impugnación de actos y sanciones tributarias. Las reclamaciones económico-administrativas.
7. Las reclamaciones previas al proceso civil y laboral y su supresión por la Ley de Procedimiento Administrativo Común.
TEMA XI. LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
1. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
2. Los modelos orgánicos de Justicia administrativa.
3. Ámbito de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4. Los órganos jurisdiccionales.
5. Las partes en el proceso contencioso-administrativo.
6. Objeto del recurso.
TEMA XII. EL PROCESO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.
1. El proceso contencioso administrativo como un proceso revisor o de apelación y sus insuficiencias
2. Medidas cautelares. La suspensión de efectos del acto recurrido
3. El procedimiento contencioso administrativo de primera o única instancia
4. Terminación del procedimiento
5. Procedimiento abreviado.
6. El sistema de recursos
7. El recurso de casación.
8. El recurso extraordinario de revisión
9. Ejecución de sentencias.
10. Procesos especiales.
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Muchas gracias
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Alguien tiene las soluciones de los examenes de años anteriores? Es que solo vienen algunas y para mi en fundamental preparar los test... o existe algun tipo de test autocorregibles de esta asignatura? Porque no encuentro nada tampoco. Gracias :)
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Alguien tiene las soluciones de los examenes de años anteriores? Es que solo vienen algunas y para mi en fundamental preparar los test... o existe algun tipo de test autocorregibles de esta asignatura? Porque no encuentro nada tampoco. Gracias :)
En este mismo hilo, cuentan que hay una aplicación para android llamada Test Administrativo II Uned.
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Perdon, no lei bien. Muchisimas gracias, acabo de descargarla :D
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Derecho Administrativo I y II Temas en clases de radio emitidas (audios):
Derecho Administrativo I y II Temas en clases de radio emitidas (audios) (http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=120690.0)
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Bueno señores que tal el examen?
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Bueno señores que tal el examen?
para mi gusto asequible. Sacar nota implica arriesgarse en algunas pero creo que no es un examen hecho a tracion.
Suerte a los de la segunda semana y ánimo
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Alguien tienen las soluciones del examen de hoy??
Gracias
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examen tipo b
1 señale que actos no causan estado b
2 a
3 b
4 a?
5 a
6 b
7 b
8 a
9 c
10 b
11 a?
12 a
13 b
14 b
15a?
16 b
17 c
18 c
19 c
20 b
21 b
casi todas comprobadas con manual, no recuerdo el tipo de examen por eso pongo el enunciado de 1 pregunta
suerte a todos
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Buenass,
Yo tengo exactamente las mismas respuestas.
Referenfe a la pregunta 4, es la A, la he buscado directamente en la ley 39/2015 y es literal.
Saludos,
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En la 5 estas seguro? El criterio general a solicitud del interesado es positivo, al no ser que cambiara con la nueva ley
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Es positivo salvo en el derecho de peticion k se considerara desestimado y es a lo que se refiere la pregunta.
Esto no ha cambiado de la antigua 30/92.
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asi es
Es positivo salvo en el derecho de peticion k se considerara desestimado y es a lo que se refiere la pregunta.
Esto no ha cambiado de la antigua 30/92.
asi es warlock, lo podeis comprobar en la pag, 48 del manual
saludos
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La pregunta 11 no es la C?
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Vaya retraso llevo, en la 3 puse la b de primeras y luego me ralle con lo de "del titular" y que hicieran otra pregunta en la 9 sobre nulidad de pleno derecho y al final puse la c, que bueno que lo tengo aprobado aun si la 11 esta mal, pero menudo cabreo me he pillado yo solo al ver tremendo fallo.
Porcierto gracias de la serra y los demas por poner las respuestas, yo intentaria ayudar pero la ultima vez que lo hice acabe dando muchas respuestas erroneas por buena jaja, y que aparte mis apuntes estan anticuados, no tienen referencia a la ley 39/2015
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Yo dependo q la 11 sea la C :( :( :(
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La 11 yo estoy convencido de que es la a , pero mejor esperate a que alguno compañero te responda que yo no tengo el libro, y encima mis apuntes no estan actualizados pero te pongo lo que dice los mios:
"Cuestión asimismo relevante en el régimen de las autorizaciones es su transmisibilidad. Su admision o no viene dada, en primer lugar, en función del grado de personalización de la actividad autorizada. Así en las autorizaciones otorgadas "intuitu personae" no es posible su transmisión (Ej. licencia de conducir o armas). En cambio, si la licencia se otorga en razón a una actividad sobre determinados objetos, cuando estos se transmiten se transmiten con ellos la autorización (Ej. en las licencias de construcción)."
Pero vamos no te fies mucho de mi, que lo mismo en el libro viene que es posible cuando una ley asi lo establezca.
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Efectivamente, como dice el compañero, las intuitu personae no son transmisibles.
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Es positivo salvo en el derecho de peticion k se considerara desestimado y es a lo que se refiere la pregunta.
Esto no ha cambiado de la antigua 30/92.
Ok gracias por la aclaración, me fié mas de "solicitiud" que de "petición".
No me pareció excesivamente difícil, pero aun así, si no lo llevas al dedillo o las preguntas son un poco liosas surgen dudas y si arriesgas corres el peligro de suspender. Creo que tengo 14 bien, que en cualquier sitio sería un 7:00, aquí restando las que dudas y fallas se queda en 5,5, como falle una más.....a septiembre
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Compañeros, como habeis visto el nivel del examen? Tengo 2 semanas desde hoy para darle a la materia desde cero. Un abrzo y suerte!
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Buenas,
Alguien puede subir las preguntas del examen de la primera semana?
Gracias
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Hola!!
Una preguntilla: Se puede estudiar con apuntes que no estén actualizado, y aún así aprobar, verdad?
Es que estoy viendo que algunos habéis estudiado por apuntes.
Decidme que sí!!
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Alguien puede poner el exámen.
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Yo he estudiado con mis apuntes de 2014, ya que es la segunda vez que la curso y creo que no he fallado ninguna, ya que de la nueva ley 39/2015 a la 30/92, a mi parecer los cambios no son muy relevantes, salvo la tramitación electrónica que hacen mucho hincapié en ello.
También decir que vengo de oposiciones y el recurso contencioso administrativo lo llevaba al día jeje.
Saludos,
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Hola!!
Una preguntilla: Se puede estudiar con apuntes que no estén actualizado, y aún así aprobar, verdad?
Es que estoy viendo que algunos habéis estudiado por apuntes.
Decidme que sí!!
Si, lo fiable es el libro y de la última edición, pero con unos buenos apuntes se puede aprobar, lo mas actualizados posible. En administrativo aún con el cambio de Ley, los conceptos generales son los mismos, si bien hay muchos cambios y pueden darte una sorpresa.
Yo he estudiado por apuntes que no estaban actualizados, aunque no sea lo recomendable, porque es lo que tenía y porque me niego entrar al juego de que cada año se cambie el manual sea de historia, el de romano o el que se tercie, y espero aprobar. Lo fundamental es lo que tú te esfuerces
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Sí, creo que esta asignatura se centra en conceptos del derecho administrativo que no han variado mucho con la Ley anterior, salvo algunas cosas claro, que tendría que comprobarlo con la Ley nueva directamente.
Muchas gracias a los dos, y enhorabuena por los aprobados.
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Alguien es tan amable de subir el exámen?
Gracias
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Alguien es tan amable de subir el exámen?
Gracias
el examen de ayer esta el ALF, en el foro de estudiantes con el titulo EXAMEN ENERO 2017
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Buenos días.
Tenéis examenes de años anteriores corregidos?
Un saludo y gracias
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el examen de ayer esta el ALF, en el foro de estudiantes con el titulo EXAMEN ENERO 2017
Muchas gracias
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Habemus plantilla?
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Yo coincido con David prácticamente en todas. En relación a la pregunta 11, esto es lo que he encontrado en una pagina jurídica:
Respecto a su transmisibilidad, su admisión,o no, viene dada en función del grado de personalización de la actividad autorizada.
En las autorizaciones otorgadas “intuitu personae" no es posible su transmisión (licencia de armas).
En cambio, si la licencia se otorga en razón a una actividad sobre determinados objetos, cuando éstos se transmiten s trasmite con ellos la autorización (licencias de construcción).
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Aqui he encontrado lo que dice ele señor Parada al respecto:
La transmisibilidad de las autorizaciones vendrá dado por el carácter de las mismas, si se trata de autorizaciones otorgadas “intuito personae” (en razón de la persona), no será posible su transmisión; pero en la mayoría de los casos al tratarse de autorizaciones que recaen sobre una actividad en determinados objetos, si será posible la misma. Por ejemplo, el permiso de conducir no es transmisible pero una licencia de obras si que lo es.
Así que la respuesta creo que definitivamente es la A
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Pero una licencia de obras no es intuitu personae no?
Mas bien seria un permiso de conducir, una licencia de caza...
En la pregunta se refiere expresamente a las que recaen directamente sobre las personas y estas obivamente no se pueden transmitir, asi lo interprete yo.
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Hay cambios sustantivos en todos los puntos de la gui docente por la entrada en vigor de la Ley 39/2015 o solo en partes especificas. Mis apuntes creo que no son actualizados...
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Os doy un pequeño consejo, en el portal oficial de la asignatura hay varios videos de los profesores hablando en el programa de la radio. No son muchos pero si los escucháis dan bastante información sobre lo que le dan más importancia.
En un principio con las respuesta que di y las comparadas con las de los compañeros estoy aprobado y solo me mire la materia muy por encima, no es para presumir la verdad, pero lo comento por si alguno va muy justo de tiempo que revise esos videos y quizás puedan ayudarle
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Gracias por la info petoto, voy justisimo! A ver si hay suerte
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Buenassss, podría poner alguien la pregunta 21 del examen de la primera semana?
Muchas gracias.
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Me acabo de dar cuenta de que ya está colgado en Calatayud. Gracias :)
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Alguien tiene ya las posibles respuestas cotejadas con el manual, para que nos sirvan de referencia mientras salen las notas.
Gracias.
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Hola,
Sabéis de algunos apuntes buenos y actualizados?
Gracias!
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Hola,
Viendo que el libro recomendado es un despropósito tanto porque es cero didáctico como plagado de errores, ¿estáis estudiando por la Ley directamente?
No sé si soy yo o este departamento me parece muy poco facilitador, ya que a pesar de indicarles los errores del libro, es como si no fuese con ellos.
Le estoy cogiendo una manía a esta asignatura...
Saludos
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Chicos, alguien me puede confirmar si la respuesta a la pregunta 15 de la primera semana es A?
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Buenas tardes,
En la plataforma daypo, estamos subiendo tests actualizados con la normativa vigente. Buscar D. Administrativo 2 uned...
Un saludo.
son fiables a modo de repaso?
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Hola,
Viendo que el libro recomendado es un despropósito tanto porque es cero didáctico como plagado de errores, ¿estáis estudiando por la Ley directamente?
No sé si soy yo o este departamento me parece muy poco facilitador, ya que a pesar de indicarles los errores del libro, es como si no fuese con ellos.
Le estoy cogiendo una manía a esta asignatura...
Saludos
Yo la verdad es que no estudie con el manual, me lei la 39/15 y la ley cont. Admin.
C-A lo llevaba mas flojito pero solo de la 39/15 si no me equivoco salieron 11 de 20. Reapuestas literales de la ley. El manual divaga mucho.
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Respuestas primera semana, cotejadas con la 39/2015, Manual y Plataforma Daypo:
1B
2A
3B
4A
5A
6B
7B
8A
9C
10B
11A
12A
13B
14B
15A
16B
17C
18C
19C
20B
21B
Suerte
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Alguien sabe donde se pueden consultar exámenes anteriores con respuesta incluida?
Gracias
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Alguien sabe donde se pueden consultar exámenes anteriores con respuesta incluida?
Gracias
Depósito exámenes Calatayud o la app del móvil. ¿Algunos esquemas de última hora ?
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Depósito exámenes Calatayud o la app del móvil. ¿Algunos esquemas de última hora ?
Hay unos en la zona de apuntes temporales que puso Machini que son fantásticos, los recomiendo 100%
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Suerte a todos los que nos presentamos hoy!
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Suerte a todos, espero que no sea muy rebuscado porque no le he dedicado mucho tiempo
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Visto para sentencia. ¡Suerte a todo el mundo!
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Buena suerte familia!!!
Vsmos a por ella
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Hola, pongo mis respuestas al de esta tarde para ir comparando
1c
2b
3b
4a
5b
6
7b
8a
9c
10b
11
12 tiene tela
13b
14b
15
16a
17a
18a
19a
20b
21a
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Las mías.No confiad en mi.
1-C
2-A
3-B
4-B
5-C
6-?
7-A
8-A
9-C
10-B
11-?
12-?
13-B
14-B
15-?
16-A
17-A
18-?
19-A
20-A
21-A
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Discrepo en la número 2. Yo he puesto la A (ejecutividad es lo mismo que ejecutoriedad).
La “ejecutividad” “ejecutoriedad” “privilegio de decisión ejecutoria” “autotutela ejecutiva” son términos con los que indistintamente se designa la cualidad del acto administrativo de producir todos sus efectos contra la voluntad de los obligados violentando su propiedad y libertad si fuere preciso. Esta cualidad es la que distingue a los actos administrativos de otros actos privados que necesitan del apoyo judicial para tomar sobre otro sujeto medidas persecutorias.
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Las mías, sin cotejar.
1-C 11-A 21-B
2-A 12-A
3-B 13-B
4-A 14-B
5-B 15-X
6-X 16-X
7-B 17-A
8-A 18-A
9-C 19-X
10-B 20-X
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La dificultad respecto del examen de la primera semana es abismal, la verdad que este departamento no ha sido equitativo a la hora de equilibrar los exámenes, solo hay un pregunta que hayan utilizado antes, y la 21.
Super decepcionado, han ido a a COGERNOS CON PREGUNTAS REBUSCADAS QUE TE LLEVAN A CONFUSION.
Que arto de Uned estoy.
-
La 7 es la B
Ley 39/15
"Artículo 53. Derechos del interesado en el procedimiento administrativo.
1. Además del resto de derechos previstos en esta Ley, los interesados en un procedimiento administrativo, tienen los siguientes derechos:
c) A no presentar documentos originales salvo que, de manera excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario. En caso de que, excepcionalmente, deban presentar un documento original, tendrán derecho a obtener una copia autenticada de éste".
La 12 es la A (falso). Lo que dice el texto sería una "comunicación previa".
La 16 creo que es la B. No lo he encontrado en la 39/15 pero sí en la 30/92 tal cual. Supongo que no haya cambiado.
La 20 creo que es la C, pero ni confirmo ni desmiento. No acabo de encontrarlo claro.
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Totalmente de acuerdo, hay muchísima diferencia entre el examen de la primera semana y este respecto a dificiltad, en mi opinión hay demasiadas preguntas rebuscadas en la que no influye ni la comprensión de la asignatura, sino el memorizar datos concretos o literales y de aspectos que pienso son hasta secundarios. Pero bueno, habrá que esperar las notas...ánimo
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La dificultad respecto del examen de la primera semana es abismal, la verdad que este departamento no ha sido equitativo a la hora de equilibrar los exámenes, solo hay un pregunta que hayan utilizado antes, y la 21.
Super decepcionado, han ido a a COGERNOS CON PREGUNTAS REBUSCADAS QUE TE LLEVAN A CONFUSION.
Que arto de Uned estoy.
Hoy antes de salir para el examen de hoy, hice el de la primera semana con las respuestas del foro. Contesté todas y dejé una en blanco y, si no hay variación, hubiera sacado un 8.
En el de hoy, he contestado a duras penas 13. Sé que al menos una la tengo mal. En el mejor de los casos tendré un 5'75. Si fallo otra más, un 5. A la tercera que falle, a septiembre.
Pero bueno, son las cosas del azar.
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La 7 es la B
La 12 es la A (falso). Lo que dice el texto sería una "comunicación previa".
La 16 creo que es la B. No lo he encontrado en la 39/15 pero sí en la 30/92 tal cual. Supongo que no haya cambiado.
La 20 creo que es la C, pero ni confirmo ni desmiento. No acabo de encontrarlo claro.
Si, la 16 es la B, artículo 112 de la 39/2015
Artículo 112 Objeto y clases
1. Contra las resoluciones y los actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, podrán interponerse por los interesados los recursos de alzada y potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de esta Ley.
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La 7 es la B
La 12 es la A (falso). Lo que dice el texto sería una "comunicación previa".
La 16 creo que es la B. No lo he encontrado en la 39/15 pero sí en la 30/92 tal cual. Supongo que no haya cambiado.
La 20 creo que es la C, pero ni confirmo ni desmiento. No acabo de encontrarlo claro.
Yo no tengo esta asignatura pero creo que la 20 es claramente la A. Lo tengo fresco de Procesal 1
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la 20 es la c, la a seria la capacidad juridica que es la aptitud para tener derechos e intereses legitimos, luego viene la legitimizacion que es que es que te lesionen esos derechos..., y posteriormente la capacidad procesal es que puedas reclamar esos derechos en un proceso,
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Opino igual que vosotros, yo he estado haciendo exámenes de años anteriores y en el peor de los casos dudaba en 3 o 4, en el de hoy he dudado en casi tooodas, hasta en las que me sabia las formulaban de manera que hacían dudar.
Yo no entiendo porque hay tanta diferencia de dificultad entre exámenes >:( de primera y segunda semana, yo desde luego con el examen de la primera semana hubiera sacado un 10 y en este no se si llegare al 5!!
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El único sitio donde he encontrado algo de la 20 es en unos apuntes que pululan por internet. No sé de qué ley está sacado. Dice:
En cuanto a la capacidad procesal, es decir, la aptitud para estar directamente en juicio, además de las personas que la ostentan de acuerdo con la Ley de Enjuiciamiento Civil la tienen los menores de edad para la defensa de aquellos de sus derechos e intereses legítimos cuya actuación les esté permitida por el OJ sin necesidad de asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o cúratela.
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CAPÍTULO I
Capacidad procesal
Artículo 18
Tienen capacidad procesal ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, además de las personas que la ostenten con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Civil, los menores de edad para la defensa de aquellos de sus derechos e intereses legítimos cuya actuación les esté permitida por el ordenamiento jurídico sin necesidad de asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela.
Los grupos de afectados, uniones sin personalidad o patrimonios independientes o autónomos, entidades todas ellas aptas para ser titulares de derechos y obligaciones al margen de su integración en las estructuras formales de las personas jurídicas, también tendrán capacidad procesal ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo cuando la Ley así lo declare expresamente.
Respecto a la 20...pienso que puede ser la A, pero cuanto más leo más me lio...
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Es cierto había leído mal. La 20 es la C. Perdon
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Pues yo comparando con los exámenes anteriores me ha parecido bastante más difícil.. no sé si a vosotros os ha pasado lo mismo.. En fin toca esperar
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Ha ido un amigo al examen hoy y tiene dudas de las preguntas 10, 12 y la 20. Como parece que la 20 finalmente es la C. Que le digo de la 10 y la 12. Ha puesto B en ambas y depende de ellas para aprobar.
Si alguien ha comprobado todo el examen y puede colgar las respuestas correctas sería la leche
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Perri, la 12 es la A seguro. Pregunta por la declaración responsable pero describe una "comunicación previa". Así que la respuesta es "falso" (A).
En cuanto a la 10, yo entiendo que es la B (caducidad = por falta de actividad). En ningún sitio lo encuentro tal cual, pero es lo que se sobreentiende.
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Yo nada más salir del examen estuve comparando con el libro:
1 - C
2 - A
3 - B
4 - A
5 - B
6 - A ( PENSÉ EN EL MOMENTO QUE ERA IMPUGNABLE PORQUE LA CONSIDERACIÓN DE UN 1 AÑO CORRESPONDÍA A LA ADMINISTRACIÓN DE ALEMANIA... PERO HABRÁ QUE ESPERAR )
7 - B
8 - A
9 - C
10 - B
11 - C
12 - A
13 - B
14 - B
15 - B
16 - B
17 - A
18 - A
19 - A
20 - C
21 - B
Creo que eso es todo pero tampoco lo toméis al 100% exacto.
Mucha suerte.
Un saludo.
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Por cierto. Ya he terminado los examenes hasta Mayo. Me voy a ver una pelicula en NETFLIX.
MEREZCO UNA NOCHE DE DESCANSO.
:D :D :D
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Casi casi seguras al 100%
1-C (pág 31 del manual)
2-A (69)
3-B (544)
4-A (91)
5-B (109)
6-A (118)
7-B (131)
8-A (143)
9-C (151)
10-B (152)
11-C (305)
12-A (313)
13-B (326)
14-B (398)
15-B (445)
16-B (542)
17-A (545)
18-A (115)
19-A (577)
20-C (579)
21-B (587)
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Muchas gracias por comprobarlas, jmmg ;)
Espero que sea así. Solo puedo fallar dos y sé que la 16 la he puesto mal. Si es así, las demás que he contestado concuerdan :)
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Con esas respuestas que ponéis tengo un 5 clavado y la de reserva bien. Me tocará esperar con incertidumbre, pero vamos que el examen se las traía...
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Con esas respuestas tengo un 5,75. ::)
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Por qué piensas que la 6 es impugnable???
-
Con esas respuestas tengo un 5,75. ::)
Y yo :D
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Ainssss!!!!ea!!!!!! pa septiembre.. muchas gracias jmmg.. Me has amargado el finde.. :-[
Es broma ;D Muchas gracias por comprobar....
Lo gracioso es que en este examen siempre tengo seguras 9,, y no me tocara la lotería jamas...
debo contestar una mas claro!!! :-\ y contesto.... y contesto....tota siempre igual 4 y pico ... el pico pa comereme una tapa de ensaladilla jajajaj
MUchiiiisimas felicidades a los que habéis aprobado que os habéis quitado un tostonazo difícil de aprobar... mas que penal.... por lo menos para mi
Pa´gustos colores jeje
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Administrativo 1 y Administrativo 2, hablamos de dos de los mayores huesos de la Uned. Yo me las quite a la primera pero por los pelos ambas. Suerte a todos!!
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Casi casi seguras al 100%
1-C (pág 31 del manual)
2-A (69)
3-B (544)
4-A (91)
5-B (109)
6-A (118)
7-B (131)
8-A (143)
9-C (151)
10-B (152)
11-C (305)
12-A (313)
13-B (326)
14-B (398)
15-B (445)
16-B (542)
17-A (545)
18-A (115)
19-A (577)
20-C (579)
21-B (587)
[/quote coincido contigo
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clashico, no te desanimes. En septiembre sale. Esta semana ha salido bastante difícil. A mí me ha pasado con asignaturas mucho peores, de poder aprobar el examen a ojos cerrados y en la semana que voy no dar una.
Me ha pasado también esta vez con Civil III. Hice todos los test anteriores antes de ir al examen y todos aprobados. Y aún estoy esperando la nota pero ando justo justo justo. Probablemente para septiembre igual.
Pero al final irán saliendo todas.
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He estado repasando las respuestas en el libro y me sale esto:
1.- C
2.- A
3.- B
4.- A
5.- B
6.- La ley española NO fija plazo, la ALEMANA fija un año. Así, que en principio, sería la A.
Ya tenemos la primera pregunta a impugnar (como siempre de traca).
7.- B
8.- A
9.- C
10.- B
11.- C
12.- A
13.- B
14.- B
15.- B
16.- B
17.- A
18.- A
19.- A
20.- C
21.- B
Yo si dan por buena la 6 sacaría un 4,75 :'( :'( :'( :'( :'(
Si anulan la 6, con la respuesta de la 21, sacaría 5,5 :D :D :D :D :D
Jóder, qué nervios.
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5,75 también... madre mía!!!
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Sería impugnable la 6??
Pregunto
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Mientras comprobaba las respuestas habéis colgado las vuestras y veo que coincidimos.
Casi seguro que la 6 la anulan para evitarse problemas, sino sería de traca que nos tuvieramos que saber también la ley alemana, así que espero que se pronuncien.
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para la pregunta 6, la ley establece el limite en la prescripción. (buscado la ley por internet)
Y la 17 el recurso de alzada es interpuesto normalmente al superior jerárquico, es decir que solo de forma excepcional sera interpuesto al mismo órgano.
De todas formas estoy suspenso :'(
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La 6 la tienen que anular sí o sí. La pregunta es el plazo de la Administración y en ESPAÑA la ley no dice nada. Como casi siempre se pasan de "listos" con las preguntas tipo test. Es raro el examen en que no tienen que anular alguna pregunta.
En Penal I tienen ¡¡¡DOS!!! preguntas de reserva y aquí UNA. Ellos mismos saben que casi seguro que van a meter la pata.
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Diego85 en relación con la 17, la respuesta, literal del libro, es la A y aquí el LIBRO va a misa.
Si han metido la pata en la 6 ha sido precisamente por eso, por hacer las preguntas siguiendo el libro y, por supuesto, una MALA redacción en las preguntas. Cosa nada extraña en la UNED.
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Lo peor es que luego en las tutorias nos dicen que no nos hagamos lios mentales que el recurso de alzada es ante el superior. Bueno asi me va, hay que memorizar y dejar de pensar... enhorabuena a los aprobados
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Yo no recuerdo si llegue a hacer la 18,creo que si, he entrado a ver si podía ver ya el examen escaneado y no,solo está el de penal de el martes.....Así que ha esperar 😕
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Nadie ha comentado nada (o yo no lo he visto, que puede ser) pero la 13 tenía dos respuestas iguales pero en distinto orden. Que procedimiento se aplica en estos casos.? Se Anula?
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La uned es como una caja de bombones, nunca sabes cual va a tocar jajaj.
Sobretodo en los tests, a veces son muy simples y otras son horribles...
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Mientras comprobaba las respuestas habéis colgado las vuestras y veo que coincidimos.
Casi seguro que la 6 la anulan para evitarse problemas, sino sería de traca que nos tuvieramos que saber también la ley alemana, así que espero que se pronuncien.
Totalmente de acuerdo , la 6 es anulable , impugnable y todos los "ables" posibles...Alguien se pasó de "frenada" al escogerla, sólo faltaría que nos tengamos que saber la ley alemana.
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Jooooooo........d.....rrr esta ni con agua caliente con un 4,8 otro. Veranito a disfrutar de ella en la piscina!!! Enhorabuena a los aprobados. Algún consejo para sacarla??? :'(
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TheGCman 13 tenía una correcta y dos incorrectas (para mi no es vinculante que fueran dos palabras en distinto orden). Así que no creo que la anulen, aunque...
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Nadie ha comentado nada (o yo no lo he visto, que puede ser) pero la 13 tenía dos respuestas iguales pero en distinto orden. Que procedimiento se aplica en estos casos.? Se Anula?
Yo pienso igual, cuando ví el examen me dije que ésta era anulada seguro.
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No creo que se anule, porque la correcta es la otra. Algunas preguntas las daban "regaladas" xD
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TheGCman 13 tenía una correcta y dos incorrectas (para mi no es vinculante que fueran dos palabras en distinto orden). Así que no creo que la anulen, aunque...
Pues fíjate que yo la dejé en blanco, porque no quise arriesgarme a fallarla ante la expectativa de que la anulasen y entrara la 21, que sí la tenía clara.
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A mí me pasó igual, yo no la contesté porque vi clarísimo que la iban a anular. De hecho fue la única que dejé en blanco.
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Yo en principio estoy suspenso por una pregunta :'( Aunque están diciendo de anular la 6, en ese caso aprobaría... pero vamos, me veo en septiembre ya
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Yo estoy suspenso por una pregunta pero la 6 no la contesté, así que no me sirve de nada. ¡Enhorabuena a los demás!
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Yo estoy suspenso por una pregunta pero la 6 no la contesté, así que no me sirve de nada. ¡Enhorabuena a los demás!
Si anulan la 6 da igual que la hayas contestado, no se tiene en cuenta y te cuentan la 21, además si la anulan por no tener respuesta difícilmente la ibas a poder contestar o sea que ánimo que puedes aprobar...
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Buenos días,
Creo que la trampa de la pregunta 6 se encuentra en que el art. 109 de la 39/2015 dice: "mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables" que hay que combinar con el art. 30 de la Ley 40/2015 dice."1. Las infracciones y sanciones prescribirán según lo dispuesto en las leyes que las establezcan. Si éstas no fijan plazos de prescripción, las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses; las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves al año."
Pero yo en el examen la dejé en blanco porque por más que pensaba solo me venía "mientras no haya transcurrido el plazo", y si es cierto que el el libro donde se habla de las sanciones menciona estos plazos.
No se si esta será la clave, pero ahora sin agobios me ha venido esto a la cabeza.
Suerte
Saludos
-
Yo estoy suspenso por una pregunta pero la 6 no la contesté, así que no me sirve de nada. ¡Enhorabuena a los demás!
Yo tampoco la contesté, esa es la cosa, que contarian la pregunta 21 y esa creo que todo el mundo la tiene bien
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muy buenas
y se sabe algo de las plantillas?? 1a semana?
:(
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Buenos días,
Creo que la trampa de la pregunta 6 se encuentra en que el art. 109 de la 39/2015 dice: "mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables" que hay que combinar con el art. 30 de la Ley 40/2015 dice."1. Las infracciones y sanciones prescribirán según lo dispuesto en las leyes que las establezcan. Si éstas no fijan plazos de prescripción, las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses; las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves al año."
Pero yo en el examen la dejé en blanco porque por más que pensaba solo me venía "mientras no haya transcurrido el plazo", y si es cierto que el el libro donde se habla de las sanciones menciona estos plazos.
No se si esta será la clave, pero ahora sin agobios me ha venido esto a la cabeza.
Suerte
Saludos
No va por ahí. En otra parte del apartado "Revocación" explica que esta prescribirá cuando prescriban las acciones...equidad... buena fe... No tiene nada que ver con cuando prescribe una sanción y, por tanto, ya no puede ser perseguida por la Administración. La revocación les sirve para cambiar un acto administrativo por otro porque han cambiado las circunstancias. El caso es que no indica plazo. Solo cuando habla de ALEMANIA! indica que prescribe al año. :o
Así que esperemos que la anulen. Porque sino en todas las que te equivoques puedes alegar que en España no es así pero en Francia. Alemania o x sí. O que ahora no pero hace años con la ley de 1958 sí como indica el libro, etc. Si te hacen una pregunta genérica como esa es porque se refieren a España y ahora. Así que espero que la anulen.
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Pienso que no hay trampa, solamente un error que como tal es totalmente subsanable, además, está previsto. Por tanto, la acción es anular la pregunta 6 y sustituirla por la 21, la cual afortunadamente es correcta. Se imaginan que también fuese nula ?
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A todo esto cuál es la fórmula para corregir
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No va por ahí. En otra parte del apartado "Revocación" explica que esta prescribirá cuando prescriban las acciones...equidad... buena fe... No tiene nada que ver con cuando prescribe una sanción y, por tanto, ya no puede ser perseguida por la Administración. La revocación les sirve para cambiar un acto administrativo por otro porque han cambiado las circunstancias. El caso es que no indica plazo. Solo cuando habla de ALEMANIA! indica que prescribe al año. :o
Así que esperemos que la anulen. Porque sino en todas las que te equivoques puedes alegar que en España no es así pero en Francia. Alemania o x sí. O que ahora no pero hace años con la ley de 1958 sí como indica el libro, etc. Si te hacen una pregunta genérica como esa es porque se refieren a España y ahora. Así que espero que la anulen.
Bueno pues esperemos que sea lo que comentas, si así ayuda a más compañeros.
Mi razonamiento lo hice porque en la ley: dice que la revocación se puede hacer mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables y estos son las sanciones, pues entendía que si buscas el plazo de prescripción de las sanciones tienes la respuesta.
Saludos y muchísimas suerte para todos
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A todo esto cuál es la fórmula para corregir
Cada pregunta acertada 0,5. Las erróneas restan 0,25.
Saludos
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Bueno pues esperemos que sea lo que comentas, si así ayuda a más compañeros.
Mi razonamiento lo hice porque en la ley: dice que la revocación se puede hacer mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables y estos son las sanciones, pues entendía que si buscas el plazo de prescripción de las sanciones tienes la respuesta.
Saludos y muchísimas suerte para todos
Una expropiación es un acto de gravamen también, hay más no sólo las sanciones.
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Compañeros, hablando con un amigo se ha dado cuenta de que la pregunta 17 también debería ser anulada o que dieran cualquier respuesta por válida. Os copio aquí el recurso que estoy preparando por si pensáis que se puede añadir o cambiar algo.
-Que en el caso de la pregunta número 6 esta sea anulada porque establece tres respuestas de las cuales ninguna está recogida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Por tanto, ninguna respuesta es válida.
Así, la citada ley, tal y como menciona el libro/manual recomendado para la asignatura en varias ocasiones en los apartados 8 y 9 del TEMA III “EL ACTO ADMINISTRATIVO (3): INVALIDEZ, ANULACIÓN Y REVOCACIÓN”, establece unos límites generales a las facultades de anulación y revocación al indicar que “no podrán ser ejercidas cuando por prescripción de acciones, por el tiempo transcurrido o por otras circunstancias, su ejercicio resulte contrario a la equidad (…)”. De este modo, en ningún caso establece un límite expreso de un año, tres o seis meses, lo que contradice el mencionado artículo de la ley de que al menos una respuesta será válida.
Por otro lado, el manual solo menciona un plazo que está recogido en dichas respuestas, con referencia al ordenamiento jurídico alemán de una ley de 1976, pero en el enunciado referido de la pregunta 6 no pregunta por este. Como supra se indica, en ninguna de las cuestiones del examen se precisa si estas se refieren al momento coetáneo o a nuestro ordenamiento porque son de sentido común tales extremos. Si se admitiera esa premisa, realizando una interpretación de la pregunta hasta ese límite, debería admitirse para todas las preguntas de dicho examen. Así todas pueden encontrar otra respuesta alternativa e igualmente válida en otro momento histórico, porque no precisa que se refiera al actual, o tomando como referencia alguna de las comparaciones que efectúa el libro con otros ordenamientos.
-Que en el caso de la pregunta 17 esta sea anulada por contradecir la mencionada regla, en el sentido de que solo una de las respuestas será válida, al existir dos completamente equivalentes: así, la respuesta a) indica que la interposición se hará “ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo” y la opción c) “indistintamente”. Por tanto, ambas respuestas reflejan que es correcto realizar la interposición a uno u otro órgano indistintamente, valga la redundancia. Por otro lado, la b) indica que “normalmente ante el órgano superior jerárquico” por lo que también da por válidas ambas alternativas, tal y como lo hacen las opciones a) y c).
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Yo la 17 no lo tengo tan claro que vayan a hacer nada (aunque entiendo tu razonamiento), el manual dice taxativamente "Por el interesado ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo". Luego la respuesta es la a)
La b) dice "por el interesado NORMALMENTE ante el órgano superior jerárquico" , normalmente de manera normal o habitual no parece que sea la respuesta correcta ya que lo normal o habitual no sabemos cual es.
la c) dice "indistintamente" , indistintamente la a) y la b), ¿indistintamente en una y "normalmente" en otra? es una contradicción en si misma, yo creo que ahí el departamento tiene elementos potentes para no anularla, tanto por el texto taxativo del manual como por el razonamiento anterior.
La 6 creo que la anularán de "oficio".
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Pues yo también creo que la 6 podría ser anulada,pero la 17 la 39/2015, lo dice tal cual viene recogida en la respuesta.
Pero claro eso lo pienso yo.